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Accidentes de verano: hasta 5 años de reclusión podrían arriesgar encargados de piscinas públicas que no cumplan con seguridad

Así lo dispone la moción presentada por el senador Francisco Chahuán que precisa, además, el cierre definitivo del recinto.

4 de febrero de 2019

Plena época estival, sumado a las altas temperaturas, parecen ser los ingredientes perfectos para propiciar el esparcimiento familiar en lugares como piscinas y piletas; sin embargo estos recintos no siempre cumplen con las condiciones de seguridad mínimos necesarios y se pueden transformar en verdaderas trampas mortales.

 

Imagen foto_00000002“En nuestro país ha aumentado el uso de piscinas públicas, lo que constituye una sana actividad (…) que no obstante ello, reviste diversos riesgos para sus usuarios ya sea, por su falta de aptitudes natatorias o bien, por la carencia de medidas adecuadas de seguridad que permitan un funcionamiento normal de las piscinas”, precisa el senador Francisco Chahuán, autor de una moción que buscan endurecer penas y sanciones en piscinas sin medidas para evitar mortal succión de personas.

 

En concreto, se proponen desde los 3 años y un día hasta los 5 años de privación de libertad si se trata de la muerte de una persona, y para los casos en que ocurran lesiones la pena va los 541 días  a los 3 años de privación de libertad.

 

“Hemos decidido avanzar en un proyecto de ley que establece un cuasidelito específico para aquellos que son los responsables y administradores de piscinas pública para los efectos se tomen todas las medidas de rigor para impedir la posibilidad de succión de personas en las piscinas públicas”, agrega el legislador.

 

La moción que deberá ser analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento modifica el artículo 492 del Código Penal, agregando un nuevo inciso final:

 

"A los administradores o encargados a cualquier título de piscinas que no cumplieren con las normas reglamentarias de seguridad sobre su funcionamiento, a consecuencia de lo cual, se produjere un cuasidelito de homicidio o de lesiones, se les impondrán las penas contempladas en el artículo 490, aumentadas en un grado, y el cierre definitivo de la piscina donde se produjere dicho incumplimiento."

 

En este contexto, el senador Chahuán recordó y lamentó el deceso del pequeño Konrad, un niño de tres años que falleció hace un año, luego de ser succionado por un ducto sin protección en Osorno, y establece un cuasidelito para los dueños o administradores de piscinas públicas.

 

El parlamentario, junto con los padres del menor, han estado trabajando para exigir medidas más estrictas e iniciaron una cruzada para evitar que otros padres vivan la traumática experiencia de perder un hijo por una negligencia en una piscina pública.

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