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Sesión 15ª, Ordinaria, en martes 8 de mayo de 2012
De 16:20 a 19:57 horas. Asistencia de 38 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Camilo Escalona, Presidente y Alejandro Navarro, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.



JURAMENTO O PROMESA DE FUNCIONARIOS DEL SENADO

El Presidente tomó juramento o promesa a los siguientes funcionarios de planta de la Corporación:
Escalafón de Secretaría: señoras Jacqueline Calderón Godoy, María Esteban López y señores Javier Besoaín Cornejo, Leonel Figueroa Veas, Mauricio Fuentes Díaz, Rodrigo Poblete Masoli y Marcelo Rojas Vega;
Escalafón Profesional y Técnico: señora Sara Poblete Lozano;
Escalafón Administrativo: señoras Rosalba López Mena, Carmen Ocampo Pinto y Karina Vargas Hormazábal; y señores Carlos Alvarado Ruiz, Esteban Espinoza Araya, Marco Cruz Arévalo, Juan Gallardo Bazán, Germán Kayser López, Mauricio Núñez Gallardo, Cristian Pradenas Ochoa, Gregorio Robles Villarroel, José Tapia Cáceres y Juan Varas Ballesteros.


Por unanimidad, se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.539, permitiendo a los pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile y de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, incorporarse a Cajas de Compensación de Asignación Familiar. (Boletín Nº 7.441-13)

PERMITE A PENSIONADOS DE CAPREDENA Y DIPRECA INCORPORARSE A CAJAS DE COMPENSACIÓN

Por unanimidad, se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.539, permitiendo a los pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile y de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, incorporarse a Cajas de Compensación de Asignación Familiar. (Boletín Nº 7.441-13)
El proyecto, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto extender el universo de posibles afiliados a las Cajas de Compensación, permitiendo que los pensionados de CAPREDENA Y DIPRECA se incorporen a ellas, a fin que tengan acceso a prestaciones de crédito social, adicionales y complementarias que ofrecen estas entidades. Con esta iniciativa, se extenderá a todos los pensionados de los distintos regímenes previsionales del país, incluidos los titulares de Pensiones Básicas Solidarias, la posibilidad de afiliarse a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar. Sólo a los pensionados por gracia, atendida la naturaleza de dicho beneficio, no les está permitido afiliarse a una de estas Cajas de Compensación.
Proyecto de ley:
- Incluye a los pensionados de DIPRECA y de CAPREDENA entre aquéllos que podrán afiliarse a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (C.C.A.F.), para que puedan acceder a las prestaciones de crédito social, adicionales y complementarias, que dichas entidades administran.
- La afiliación será de carácter voluntaria -y no obligatoria- por parte de estos pensionados.
Intervinieron los Senadores Francisco Chahuán, Carlos Bianchi, Ximena Rincón, Lily Pérez, Hosaín Sabag y Eugenio Tuma.
En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 22 de mayo próximo.




RECHAZAN ATAQUE INCENDIARIO A AUTOMÓVIL DEL RECTOR DE LA USACH

El Senado acordó oficiar al rector de la Universidad de Santiago, Juan Manuel Zolezzi, expresándole la solidaridad de la Corporación y, el total rechazo al ataque incendiario perpetrado en la sede de la Universidad de Santiago de Chile y que destruyera el vehículo de la rectoría universitaria.



ESTABLECE SISTEMA DE ELECCIONES PRIMARIAS

Se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece el Sistema de Elecciones Primarias para la nominación de candidatos a Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes. (Boletín N° 7.911-06). Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto iniciado en Mensaje del Presidente de la República, tiene por objeto regular un sistema de elecciones primarias a ser usado por los partidos políticos en la nominación de sus candidatos a cargos de elección popular, incrementando de este modo la libertad de elección de los ciudadanos y fomentando la igualdad de oportunidades en el acceso a los cargos públicos.
Proyecto de ley:
- Establece un sistema de elecciones primarias, a cargo del Servicio Electoral, al cual deberán someterse los partidos políticos que, voluntariamente y de acuerdo a sus estatutos, decidan recurrir a este mecanismo como método de designación de todos o algunos de sus candidatos a cargos de Presidente de la República, Senador, Diputado y Alcalde.
- Las primarias relativas a candidatos a Presidente de la República y a parlamentarios deberán realizarse conjuntamente, y en un acto distinto, las correspondientes a candidatos a alcaldes, todas las cuales deberán verificarse el vigésimo domingo anterior a la elección presidencial o municipal, según corresponda.
- Sólo se llevaran a cabo primarias en aquellos territorios electorales en donde se hayan declarado candidatos.
- Regula la actuación de los órganos internos de los partidos políticos en la decisión de someterse a elecciones primarias; el hacerlo en forma individual o formando parte de un pacto electoral; cuáles serán sus candidatos y los territorios electorales en los que participarán.
- No será obligatorio someter al mismo proceso de primarias a todos los cargos que se eligen en una misma elección popular, de forma que serán los órganos del partido correspondiente los que decidan respecto de que distritos electorales, circunscripciones senatoriales o que comunas participarán. En todo caso, en cada primaria, los partidos o pactos deberán declarar un número de candidatos superior al de cargos a elegir en las elecciones correspondientes.
- Regula las declaraciones de candidaturas para la participación en las elecciones primarias, disponiéndose que los candidatos deberán pertenecer al partido político o a alguno de aquellos que integran el pacto electoral, según si el partido concurre individualmente a las primarias o conformando un pacto electoral.
- Establece las normas que regulan lo relativo a los padrones electorales; las cédulas electorales, el derecho a sufragio de los electores, y todo lo relativo al acto electoral de las elecciones primarias, incluida su calificación.
- Los resultados de las elecciones primarias tendrán efecto vinculante, debiendo el Tribunal Calificador de Elecciones (en el caso de elecciones de Presidente de la República o de Parlamentarios) o el Tribunal Electoral Regional (tratándose de elección de alcaldes) proclamar como candidatos nominados para la elección definitiva en cada territorio electoral, a aquellos que hayan obtenido las mayores votaciones individuales en las elecciones primarias correspondientes.
- Se prohíbe a los candidatos que no resultaron electos en una elección primaria, presentarse como candidatos en la elección definitiva por el mismo cargo y territorio electoral. Tampoco podrá el partido político o pacto electoral declarar otros candidatos que los electos en las primarias.
- Establece como límite al gasto electoral de la primaria, un 25% del fijado para la elección definitiva.
Intervinieron los Senadores José Antonio Gómez, Víctor Pérez, Hosaín Sabag, Jorge Pizarro, Alejandro Navarro, Eugenio Tuma, Camilo Escalona, Pedro Muñoz, Carlos Larraín, Ricardo Lagos, Hernán Larraín, Patricio Walker, Eduardo Frei, Andrés Zaldívar, Juan Pablo Letelier, Mariano Ruiz-Esquide, Francisco Chahuán, Alberto Espina y el Ministro Secretario General de la Presidencia (subrogante), Claudio Alvarado.
En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 28 de mayo próximo.