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Sesión 17ª, Ordinaria, en martes 15 de mayo de 2012
De 16:21 a 20:37 horas. Asistencia de 35 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Camilo Escalona, Presidente y Alejandro Navarro, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.



MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DEL EX SENADOR MARIO PAPI

El Senado guardó un minuto de silencio en homenaje a la memoria del ex Senador señor Mario Papi Bayer, recientemente fallecido.



El Presidente del Senado saludó a la Diputada Päivi Lipponen, Presidenta de la Comisión del Futuro del Parlamento de Finlandia, presente en las tribunas, a la vez que valoró el aporte de su trabajo en la Comisión que preside en su país, cuyo propósito primordial es el de crear nuevas tecnología y adaptar aquéllas para la humanización de la actividad parlamentaria. Finalizó agradeciendo la cesión de derechos que ella hiciera al Senado, a través del Senador Carlos Cantero, en orden a permitir la publicación de su libro.

SALUDO A PRESIDENTA DE COMISIÓN DEL FUTURO DE FINLANDIA

El Presidente del Senado saludó a la Diputada Päivi Lipponen, Presidenta de la Comisión del Futuro del Parlamento de Finlandia, presente en las tribunas, a la vez que valoró el aporte de su trabajo en la Comisión que preside en su país, cuyo propósito primordial es el de crear nuevas tecnología y adaptar aquéllas para la humanización de la actividad parlamentaria. Finalizó agradeciendo la cesión de derechos que ella hiciera al Senado, a través del Senador Carlos Cantero, en orden a permitir la publicación de su libro.




MEJORA FISCALIZACIÓN PARA PREVENIR DELITO DE ABIGEATO

Quedó para segunda discusión en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que mejora la fiscalización para la prevención del delito de abigeato. (Boletín Nº 7.411-01) Con urgencia calificada de "simple".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto mejorar la fiscalización y el control que realizan los organismos estatales competentes, asignándoles mayores y mejores herramientas para la prevención del delito de abigeato.
Proyecto de ley:
- Elimina la "Guía de Libre Tránsito" como documento idóneo para realizar el transporte de ganado, remplazándola por un "Formulario de Movimiento Animal", en el cual se consigna tanto el número de identificación del animal, como los datos de su propietario.
- Consecuente con lo anterior, se deroga el impuesto municipal asociado a la adquisición de la Guía de Libre Tránsito.
- Encarga al Servicio Agrícola y Ganadero determinar las especificaciones técnicas y la forma de obtención de los antecedentes que deberán consignarse en el Formulario.
- Establece como obligación del transportista o del encargado de la carga, el llevar consigo y entregar al destinatario el correspondiente Formulario de Movimiento Animal.
- Sanciona a los dueños, gerentes o empleados de las ferias de ganado y mataderos que reciban, rematen o faenen ganado, sin haber recibido el respectivo Formulario de Movimiento Animal, emitido en el establecimiento de origen. Asimismo, establece la obligación de mantener y de entregar los documentos que comprueben la procedencia del ganado, vendido o faenado, en la forma y plazo que determine el SAG.
- Entrega a Carabineros de Chile y al SAG, las funciones de fiscalización del cumplimiento de estas normas.
- La trasgresión de las normas que prohíben la faena de determinados animales o aves, o las referidas a las marcas de animales vacunos y caballares, será sancionada con multas hasta 100 UTM ($3.964.900) y el decomiso de los productos o subproductos provenientes del beneficio del animal de que se trate.
Intervinieron los Senadores Juan Antonio Coloma, Juan Pablo Letelier, Alberto Espina y Hernán Larraín.
En consecuencia, procede continuar con la segunda discusión de esta iniciativa, en la próxima sesión que celebre el Senado.




CREA EL REGISTRO NACIONAL DE PRÓFUGOS DE LA JUSTICIA

Por unanimidad, se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia. (Boletín N° 7.408-07) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto establecer un registro nacional de personas que han evadido la acción de la justicia, que facilite la persecución, coordinada y eficaz, de los imputados y condenados prófugos y evitar, de este modo, que se afecte la confianza y el respeto de la ciudadanía por el sistema judicial penal.
Proyecto de ley:
- Crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, en el que deberán anotarse todas las órdenes de detención dictadas por los tribunales penales, en contra de las personas que se encuentren en las siguientes situaciones procesales:
a) Imputados declarados rebeldes y aquellos que hayan sido sometidos a prisión preventiva o a arresto domiciliario y se hayan fugado; y
b) Condenados respecto de los cuales se ha dictado orden de aprehensión; aquellos que se fugaren mientras se encuentren cumpliendo efectivamente una pena privativa de libertad; a quienes se les haya revocado alguna de las medidas alternativas a las penas privativas y restrictivas de libertad; o bien se les haya revocado la libertad condicional u otro beneficio penitenciario.
- Especifica las anotaciones que, en cada caso, deberá ingresarse en el registro que se crea.
- Determina el procedimiento para un expedito ingreso de la anotación o su eliminación, según proceda.
- Establece el carácter reservado de los antecedentes que figuren en este Registro, estableciendo quienes podrán tener acceso a ellos.
- Obliga a los tribunales de justicia, al Ministerio Público y a Gendarmería de Chile, a implementar sistemas de control de acceso del público a sus instalaciones, que permitan verificar si éstas registran órdenes de detención pendientes en el Registro que se crea.
Intervinieron los Senadores Alberto Espina, Hernán Larraín, Carlos Bianchi, Patricio Walker, Hosaín Sabag, José Antonio Gómez, Baldo Prokurica, Alejandro Navarro, Pedro Muñoz, Víctor Pérez y el Ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter.
En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.



Sin debate y por unanimidad, se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades la causal de cesación temporal en el cargo de concejal. (Boletín N° 8.291-06)

CREA LA CAUSAL DE CESACIÓN TEMPORAL EN EL CARGO DE CONCEJAL

Sin debate y por unanimidad, se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades la causal de cesación temporal en el cargo de concejal. (Boletín N° 8.291-06)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Jaime Orpis, Fulvio Rossi y Hosaín Sabag, tiene por objeto establecer en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades una causal de cesación temporal en el cargo de concejal. Ello, con la finalidad de dar solución a la situación que se ha producido en el municipio de Arica, con motivo de la detención de algunos concejales y del alcalde por presuntas irregularidades financieras, situación que ha impedido que el municipio siga funcionando normalmente, ya que tanto el alcalde como la mayoría de los concejales están impedidos de ejercer sus funciones.
Proyecto de ley:
- Establece la causal de cesación temporal en el cargo de los concejales, con motivo de la incapacidad de concurrir a las sesiones del concejo de manera regular o desempeñar las funciones propias del cargo por motivos de fuerza mayor u otra causal que genere similares consecuencias.
- El concejal podrá reintegrase a sus labores habituales cuando cese la causal de impedimento temporal.
- Las vacantes temporales se proveerán de acuerdo a las normas del artículo 78 de la LOC de Municipalidades, esto es, con el ciudadano más votado de la lista electoral de concejal que obtuvo el cargo.
En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 25 de mayo próximo.



Sin debate y por unanimidad, se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza al Banco Central suscribir un aumento de la cuota correspondiente a Chile en el Fondo Monetario Internacional (FMI). (Boletín Nº 8.217-05) Con urgencia calificada de "suma".

AUTORIZA AL BANCO CENTRAL PARA AUMENTAR SU CUOTA EN EL FMI

Sin debate y por unanimidad, se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza al Banco Central suscribir un aumento de la cuota correspondiente a Chile en el Fondo Monetario Internacional (FMI). (Boletín Nº 8.217-05) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto autorizar al Banco Central de Chile para suscribir, con cargo a su disponibilidad de reservas, el aumento de cuota que a Chile corresponde en el Fondo Monetario Internacional.
Proyecto de ley:
- Faculta al Banco Central de Chile para suscribir, con cargo a su disponibilidad de reservas, el aumento de cuota que le corresponde a Chile en el FMI, hasta completar la cantidad de 1.744.300.000 Derechos Especiales de Giro (DEGs), equivalente a cerca de 1.380 millones de dólares.
- El aumento de la cuota que aporta al FMI es un requerimiento que, cada cierto tiempo, Chile debe satisfacer, en su calidad de miembro de dicho organismo, y que ya se ha realizado en ocho ocasiones anteriores, entre abril de 1959 y enero de 1999.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados, para que sea remitido al Ejecutivo, para su promulgación.




ACUERDO MERCOSUR SOBRE RESTITUCIÓN DE VEHÍCULOS Y EMBARCACIONES QUE TRASPASAN ILEGALMENTE LAS FRONTERAS DE LOS ESTADOS PARTES

Sin debate y por unanimidad, se aprobó en general y particular, el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el "Acuerdo de Asunción sobre Restitución de Vehículos Automotores Terrestres y/o Embarcaciones que Trasponen Ilegalmente las Fronteras entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile", suscrito en Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 7 de diciembre de 1999. (Boletín N° 8.058-10)
El ejecutivo, en el Mensaje con que se da inicio a este proyecto de Acuerdo Internacional, señala que su objetivo es implementar diversas medidas de orden regional, destinadas a combatir acciones que dicen relación con el desplazamiento forzoso de vehículos sin documentación o con documentación falsa, desde el territorio de uno de los países signatarios hacia otro Estado firmante, con el fin de ser enajenados en forma ilícita en este último.
Instrumento internacional:
- Regula la incautación de todo vehículo o embarcación que ingrese hacia y desde un Estado Parte, cuando quién los conduzca no posea la documentación suficiente para acreditar propiedad y origen, ésta sea manifiestamente falsa o el vehículo haya sido denunciado por robo, hurto o infracción aduanera.
- Establece la colaboración y el intercambio de información, entre los organismos competentes de cada Estado Parte, a objeto de procurar la incautación de estos vehículos.
- Estipula el procedimiento a seguir por las personas, físicas o jurídicas, para reclamar la restitución de un vehículo de su propiedad, que le hubiere sido robado o hurtado.
- Regula el procedimiento que debe seguir la autoridad aduanera, policial o judicial que ha incautado un vehículo, en orden a solicitar por escrito a las autoridades del Estado Parte del cual se presume originario el vehículo, información sobre registro policial de robo o hurto del mismo en territorio de procedencia.
En consecuencia, el proyecto de acuerdo internacional vuelve a la Cámara de Diputados, para que ésta lo remita al Ejecutivo para su promulgación.



CREA EL SERVICIO NACIONAL FORESTAL "CONAF"

Se rechazó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea el Servicio Nacional Forestal "CONAF". (Boletín Nº 7.486-01). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto, iniciado en Mensaje, tiene por objeto complementar la institucionalidad medioambiental mediante la transformación de la actual Corporación Nacional Forestal (CONAF), en un servicio público que contribuya al desarrollo sustentable del país, impulsando la preservación, conservación, protección, incremento, manejo y aprovechamiento de los recursos y ecosistemas forestales, bosques urbanos y los recursos naturales renovables, sin perjuicio de la competencia y facultades que le correspondan al Ministerio del Medio Ambiente y otros organismos sectoriales.
Contenido del proyecto rechazado:
- Creaba el Servicio Nacional Forestal, como un servicio descentralizado y dependiente del Ministerio de Agricultura, el cual será el continuador legal de la Corporación Nacional Forestal, debiendo cumplir todas las funciones y ejercer todas las atribuciones que las leyes y reglamentos en actual vigencia le hubieren conferido a la CONAF.
- Entre otras atribuciones, entregaba al Servicio, la aplicación y fiscalización del cumplimiento de las normas sobre bosques y plantaciones forestales y el uso del fuego en zonas rurales, la prevención y combate de incendios forestales y el control de plagas forestales.
- Le correspondería también al Servicio elaborar y participar en la ejecución de planes de desarrollo forestal y promover las políticas públicas de manejo de bosques nativos y plantaciones establecidas por propietarios forestales.
- La dirección superior del Servicio era entregada al Director Nacional, con la autoridad, atribuciones y deberes inherentes a esa calidad
Intervinieron los Senadores José García, Ximena Rincón, Soledad Alvear, Antonio Horvath, Eugenio Tuma, Juan Pablo Letelier, Juan Antonio Coloma, Alejandro Navarro, Carlos Bianchi, Hernán Larraín, José Antonio Gómez, Guido Girardi, Jaime Quintana, Jorge Pizarro, Ricardo Lagos, Alejandro García-Huidobro, Francisco Chahuán, Alberto Espina y el Ministro de Agricultura subrogante, Álvaro Cruzat.
En consecuencia, corresponde comunicar al Ejecutivo el rechazo de la idea de legislar sobre este proyecto.