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Sesión 79ª Ordinaria y 80ª Especial, en miércoles 28 de noviembre de 2012
De 16:19 a 02:29 horas del jueves 29 de octubre. Asistencia de 37 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Camilo Escalona, Presidente y Alejandro Navarro, Vicepresidente.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé.



REAJUSTA REMUNERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO

Se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos y otros beneficios que indica y modifica normas legales que señala. (Boletín Nº 8.706-05) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto reajustar las remuneraciones del Sector Público, conceder aguinaldos de Navidad para el año 2012 y de Fiestas Patrias del año 2013, para el sector activo y el pasivo, además de otorgar otros beneficios que indica.
Contenido del Proyecto de ley:
- Reajusta en 5% las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones de los trabajadores del sector público, personal de las Universidades y de servicios traspasados.
- Concede un aguinaldo de Navidad de $44.226 para trabajadores con remuneraciones líquidas igual o inferior a $580.466 y, de $23.466 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de $1.927.314.
- Otorga un aguinaldo de Fiestas Patrias para el año 2013, de $56.941 para los trabajadores con remuneraciones líquidas en el mes de agosto del año 2013 igual o inferior a $580.466 y, de $39.665, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de $1.927.314.
- Entrega un bono de escolaridad de $55.526, pagadero en dos cuotas iguales de $27.763, cada una, la primera en marzo y la segunda en junio del año 2013 y una bonificación adicional al bono de escolaridad de $23.224 por cada hijo que cause este derecho, para funcionarios que tengan una remuneración líquida igual o inferior a $580.466 y no exceda de $1.927.314, que se pagará junto a la cuota del mes de marzo de 2013.
- Otorga un bono de vacaciones, que se pagará en el mes de enero de 2013, y cuyo monto será de $60.000 para los trabajadores con remuneraciones brutas sea igual o inferior a $580.466, y de $40.000 para aquellos cuya remuneración bruta supere tal cantidad y no exceda de $1.927.314.
- Establece un bono de acuerdo de $185.000, que se pagará por una sola vez en el mes diciembre de 2012, a los trabajadores cuya remuneración bruta del mes de noviembre de 2012 sea igual o inferior a $631.800, y de $92.500 para aquellos cuya remuneración bruta supere tal cantidad y no exceda de $1.927.314.
- Respecto del sector pasivo, fija en $49.500 el bono de invierno, el que se pagará en el mes de mayo próximo; en $15.400 el aguinaldo de Fiestas Patrias, el que se incrementará en $7.900 por cada carga y, en $17.700 el aguinaldo de Navidad para el 2013, incrementándose en $10.000, por cada carga familiar.
- Fija para el 2013, en $96.504 el aporte anual para los Servicios de Bienestar.
- Incorpora una modificación en la Ley de Pesca, permitiendo a los pescadores artesanales, en particular los de Aysén y Magallanes, participar en la licitación del bacalao, pesquería declarada como incipiente, que permite licitar solamente un 10% de la cuota global de captura. De ese porcentaje, un 50% se subastará entre los armadores artesanales y el otro 50% entre los industriales.
Intervinieron los Senadores Fulvio Rossi, Eugenio Tuma, Isabel Allende, José García, Mariano Ruiz-Esquide, Hosaín Sabag, Hernán Larraín, Carlos Bianchi, Francisco Chahuán, Pedro Muñoz, Andrés Zaldívar, Alejandro García-Huidobro, Ximena Rincón, Jaime Quintana, Ignacio Walker, Patricio Walker, Antonio Horvath, Eduardo Frei, Alejandro Navarro, Jaime Orpis, Víctor Pérez, y los Ministros de Hacienda, Felipe Larraín y de Economía, Pablo Longueira.
En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.




BONO POR MEJORAMIENTO DE TRATO PARA PERSONAL DE SERVICIOS DE SALUD

Se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que otorga una asignación asociada al mejoramiento del trato a los usuarios para los funcionarios pertenecientes a las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares de los establecimientos de los servicios de salud. (Boletín Nº 8.660-11). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto, iniciado en Mensaje, tiene por objeto reforzar la política de recursos humanos en el sector salud, consagrando una asignación asociada al mejoramiento del trato al usuario a favor de los funcionarios de dicho sector.
Contenido del Proyecto de ley:
- Otorga una asignación anual en relación a los resultados obtenidos en el proceso de evaluación de la calidad del trato a los usuarios de los funcionarios de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares de los establecimientos de los servicios de salud que cumplan con los requisitos que se exigen.
- Se establecen las normas para la implementación y aplicación del instrumento de evaluación de la calidad de trato de los usuarios y la forma de determinar el resultado obtenido.
- La asignación será tributable e imponible y se pagará en una solo cuota, a más tardar el 30 de noviembre de cada año.
- El monto del beneficio se fija en tres niveles, dependiendo de los resultados obtenidos: el primer nivel, en $255.000, el segundo, en $190.000 y, el tercer nivel en $125.000.
- En forma excepcional, el primer pago de la asignación será por un monto único de $ 190.000 para todos los funcionarios de los establecimientos de los servicios de salud señalados, no será tributable ni imponible y no estará sujeta a la aplicación del instrumento de evaluación.
Intervinieron los Senadores Ricardo Lagos, Ximena Rincón, Francisco Chahuán, Andrés Zaldívar, Gonzalo Uriarte, Alejandro Navarro, Fulvio Rossi, Antonio Horvath, Patricio Walker, José Antonio Gómez, Guido Girardi y Carlos Bianchi.
En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.



Se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea una asignación asociada al mejoramiento de la calidad de trato al usuario, para los funcionarios regidos por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. (Boletín Nº 8.661-11). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

BONO POR MEJORAMIENTO DE TRATO PARA PERSONAL DE SERVICIOS DE SALUD MUNICIPAL

Se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea una asignación asociada al mejoramiento de la calidad de trato al usuario, para los funcionarios regidos por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. (Boletín Nº 8.661-11). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto otorgar una asignación asociada al mejoramiento del trato al usuario de los establecimientos de salud primaria. Ello con el objeto de incentivar el avance en la implementación de mejores prácticas de trabajo en el ejercicio de la función pública.
Proyecto de ley:
- Otorga una asignación para el personal que se desempeña en los establecimientos municipales de atención primaria de salud y en las entidades administradoras de salud municipal, contratados a plazo fijo o indefinido y que cumplan los requisitos que se establecen.
- Establece un sistema de medición de la satisfacción y percepción usuaria, mecanismo que, junto con servir de base de la asignación que se otorga, dotará a las entidades involucradas de información, la que les permitirá la adecuada toma de decisiones enfocadas en la entrega de un servicio de excelencia.
- Señala la forma en que el Subsecretario de Redes Asistenciales determinará para cada año un valor hora de la asignación, para efectos de calcular su monto.
- La asignación se divide en tres tramos: el primero, destinado a los funcionarios ubicados en el 33%  mejor evaluado, cuyo valor corresponderá a 3 veces el valor hora; aquéllos ubicados en el segundo 33%, cuyo valor será de dos veces el valor hora y, los ubicados en el 34% restante, el valor corresponderá a una vez el valor hora, montos que deberán ser multiplicados por las horas de cada funcionario contratadas en el respectivo establecimiento.
- La asignación se pagará en una sola cuota, a más tardar conjuntamente con las remuneraciones del mes de noviembre de cada año.
- Excepcionalmente, el primer pago de la asignación será por un monto único de $180.000 para cada funcionario, la que no estará sujeta a la aplicación del instrumento de evaluación y no será tributable ni imponible.
Intervino el Senador José Antonio Gómez.
En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.




LEY DE PESCA

Se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la ley General de Pesca y Acuicultura contenida en la ley N° 18.892 y sus modificaciones. (Boletín Nº 8.091-21) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objetivo central la sustentabilidad de los recursos hidrobiológicos, para lo cual propone un sistema de administración y gestión a largo plazo, que considera la explotación óptima de los recursos pesqueros en armonía con el medio ambiente.
Principales materias aprobadas:
- Dispone que los titulares de licencias transables de pesca clase A y B pagarán anualmente en el mes de marzo una patente de beneficio fiscal por cada una de las naves inscritas en el Registro respectivo, estableciendo la fórmula de cálculo del valor a pagar y una gradualidad en relación al tonelaje de las embarcaciones.
- Establece además y sólo respecto de los titulares de licencias transables de pesca clase A (industriales), el pago anual de un impuesto específico (Royalty), cuyo monto será el resultado de aplicar la fórmula que se introduce, sobre el número de toneladas que tengan derecho a extraer, de conformidad con el coeficiente de participación que representen sus licencias.
- Reserva a la pesca artesanal el ejercicio de las actividades pesqueras extractivas en una franja del mar territorial de 5 millas marinas, desde el límite norte del país hasta el paralelo correspondiente a Pargua por el sur. Dentro de la primera milla de esta franja, sólo podrán operar embarcaciones artesanales menores de 12 metros de eslora. Sin embargo, en las circunstancias excepcionales que se establecen, podrán ingresar pescadores con naves mayores, siempre que no dañen el fondo de los ecosistemas marinos.
- Regula el "Régimen Artesanal de Extracción", consistente en la distribución de la fracción artesanal de la cuota global de captura en una determinada Región, ya sea por área o flota, tamaño de las embarcaciones, caleta, organizaciones de pescadores artesanales o individualmente.
- Permite a los pescadores artesanales, en forma excepcional, extender el área de pesca a las regiones contiguas, lo cual se deberá efectuar a través del procedimiento contemplado en los planes de manejo, bastando el acuerdo de los pescadores artesanales involucrados en la pesquería respectiva y que registren desembarques en los últimos tres años en la zona a la que se extienden.
- Otorga al Instituto de Fomento Pesquero el carácter de colaborador y asesor permanente en el proceso de toma de decisiones con respecto al uso sustentable de los recursos pesqueros y la conservación del medio ambiente marino, en su calidad de organismo técnico especializado en investigaciones científicas en materia de pesquerías y acuicultura.
- Introduce modificaciones al Fondo de Administración Pesquero, a objeto de establecer las bases de una plataforma social para los trabajadores de la industria pesquera, especialmente en materias de capacitación y de reinserción laboral.
- Otorga un plazo de 6 meses desde la entrada en vigencia de este proyecto como ley, para que los armadores titulares de autorizaciones de pesca de pesquerías administradas mediante límite máximo de captura (régimen antiguo de pesca), opten por cambiar sus autorizaciones de pesca por licencias transables de pesca clase A, sometiéndose a las regulaciones del nuevo sistema que se establece en este proyecto de ley; regulándose los efectos de la no opción.
- Regula los porcentajes en los que se fraccionará la cuota global de captura entre el sector artesanal y el industrial entre los años 2013 y 2032, respecto de cada uno de los recursos hidrobiológicos y áreas que se indican.
Intervinieron los Senadores José Antonio Gómez, Ximena Rincón, Alejandro Navarro, Jovino Novoa, Carlos Bianchi, Ricardo Lagos, Jaime Orpis, Antonio Horvath, Jorge Pizarro, Baldo Prokurica, Gonzalo Uriarte, Patricio Walker, Andrés Zaldívar, Hernán Larraín, Jaime Quintana, Juan Antonio Coloma, Pedro Muñoz, Guido Girardi, Francisco Chahuán, Hosaín Sabag, Alberto Espina, Ignacio Walker, el Ministro de Economía, Pablo Longueira, la asesora del Ministerio, Mónica Ríos y la asesora de la Subsecretaría de Pesca, María Alicia Baltierra.
En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.