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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 364ª
Sesión 7ª, en martes 5 de abril de 2016
Ordinaria
(De 16:18 a 20:26)
PRESIDENCIA DE SEÑOR RICARDO LAGOS WEBER, PRESIDENTE;
SEÑOR JAIME QUINTANA LEAL, VICEPRESIDENTE, Y SEÑORA
ADRIANA MUÑOZ D'ALBORA, PRESIDENTA ACCIDENTAL
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores (as):
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--Espina Otero, Alberto
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Navarro Brain, Alejandro
--Orpis Bouchon, Jaime
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Tuma Zedan, Eugenio
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros del Interior y Seguridad Pública, señor Jorge Burgos Varela; de Hacienda, señor Rodrigo Valdés Pulido; Secretario General de la Presidencia, señor Nicolás Eyzaguirre Guzmán; de Justicia y Derechos Humanos, señora Javiera Blanco Suárez; y del Trabajo y Previsión Social, señora Ximena Rincón González.
Asimismo, se encontraban presentes diversos asesores de Gobierno y de Senadores.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:18, en presencia de 15 señores Senadores.
El señor LAGOS (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor LAGOS (Presidente).- Las actas de las sesiones 107ª, extraordinaria, en 10 de marzo de 2016; y 1ª y 2ª, ordinarias, en 15 y 16 de marzo, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de las señoras y señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA

El señor LAGOS (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor ALLIENDE (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Tres de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con el primero hace presente la urgencia, calificándola de "discusión inmediata", para la tramitación del proyecto de ley que moderniza el sistema de relaciones laborales e introduce modificaciones en el Código del Trabajo (boletín N° 9.835-13).
Con el siguiente retira la urgencia y la hace presente nuevamente, calificándola de "suma", con relación al proyecto de ley que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (boletín N° 10.057-06).
Con el último retira la urgencia y la hace presente nuevamente, calificándola de "simple", para la tramitación del proyecto de ley sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía (boletín N° 6.499-11).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
De Su Excelencia la Presidenta de la República, con el que comunica su ausencia del territorio nacional entre los días 29 de marzo y 2 de abril del presente año para asistir a la Cumbre de Seguridad Nuclear en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América.
Informa que será subrogada durante ese lapso por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Jorge Burgos Varela, con el título de Vicepresidente de la República.
--Se toma conocimiento.
Dos de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha prestado su aprobación al proyecto de ley que modifica la fecha de las elecciones primarias municipales (boletín Nº 10.595-06) (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
Con el segundo señala que ha aprobado las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que modifica los cuerpos legales que indica para permitir la inscripción de pactos electorales diversos en elecciones municipales (boletín N° 10.185-06).
--Se toma conocimiento y se manda archivar el documento junto a sus antecedentes.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Expide copia autorizada de las sentencias definitivas pronunciadas en el ejercicio del control de constitucionalidad acerca de los siguientes proyectos de ley:
-El que fortalece el carácter público y democrático de los partidos políticos y facilita su modernización, incluyendo la resolución rectificatoria (boletín N° 10.154-07).
-El que modifica las leyes orgánicas constitucionales de Municipalidades y sobre Gobierno y Administración Regional para permitir a los partidos políticos la presentación de candidaturas sólo en las regiones donde se encuentren legalmente constituidos (boletín N° 9.924-07).
-El que modifica cuerpos legales que indica para permitir la inscripción de pactos electorales diversos en elecciones municipales (boletín N° 10.185-06).
-Sobre fortalecimiento y transparencia de la democracia (boletín N° 9.790-07).
--Se toma conocimiento y se manda archivar los documentos junto a sus antecedentes.
Adjunta resoluciones dictadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de las siguientes disposiciones:
-Inciso antepenúltimo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil.
-Artículo 8°, N° 2, de la ley N° 18.101, que fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos, a los efectos que indica.
-Artículo 483 del Código Procesal Penal.
-Inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad.
-Las palabras "en el caso de inhabilidad física o moral de ambos padres" en el artículo 226 del Código Civil y en los artículos 366, 367, 369, 370 y 372 del Código Civil y 838, 839 y 841 del Código de Procedimiento Civil.
--Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Ministro de Relaciones Exteriores:
Remite, en respuesta a solicitud de información enviada en nombre del Honorable señor Chahuán, antecedentes relativos al estado de avance del programa de refugio o acogida en el país para ciudadanos de origen sirio.
Del señor Ministro Secretario General de la Presidencia:
Responde inquietud, planteada en nombre del Honorable señor Coloma, acerca del elevado número de urgencias hechas presentes a los proyectos en tramitación en el Senado durante la actual Legislatura.
Del señor Ministro de Desarrollo Social:
Contesta solicitud de información, expedida en nombre del Honorable señor Espina, en cuanto a las medidas adoptadas por dicha Cartera para asegurar la protección de una persona con un deterioro mental y físico serio en la comuna de Traiguén.
De la señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos:
Remite segundo informe semestral de la Partida 10, Capítulo 04, Programa 02 Programa de Rehabilitación y Reinserción Social, Glosa 06, atinente a los gastos asociados a las medidas alternativas de la ley N° 18.216, según lo dispone la ley N° 20.798, de Presupuestos del Sector Público para el año 2015.
Del señor Ministro de Economía, Fomento y Turismo:
Deriva al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, por tratarse de un asunto de su competencia, consulta cursada en nombre del Honorable señor Navarro, relativa a la coordinación del transbordo en la zona austral.
Del señor Ministro de Obras Públicas:
Atiende petición, enviada en nombre de la Honorable señora Von Baer, respecto de una inspección en la ruta T-230, camino al sector Puile, entre Mariquina y la Ruta 5, comuna de Mariquina, con el objeto de verificar su mal estado y la necesidad de instalar una señalética adecuada.
Responde solicitudes de información, planteadas en nombre del Honorable señor Espina, sobre los siguientes asuntos:

1.- Razones por las que no se contempló en la concesión de la Ruta 5 Sur, sector de Villa Esperanza, comuna de Collipulli, la edificación de un nuevo paso bajo nivel con medidas apropiadas para evitar accidentes e inundaciones.

2.- Razones por las que la comuna de Collipulli no ha sido beneficiada con la reparación de vías y por las que tampoco se ha realizado el Proyecto de Conservación de Vías Urbanas, Región de La Araucanía, año 2015.
Remite el cronograma de reparación de caminos situados entre las localidades de Corral y Valdivia, materia consultada en nombre del Honorable señor De Urresti, a la que se adhirió el Honorable señor Navarro.
De la señora Ministra de Salud:
Contesta acuerdo del Senado concerniente a la conveniencia de realizar un estudio estadístico sobre trastornos alimentarios en Chile (boletín N° S 1.852-12).
Atiende solicitud de información, efectuada en nombre del Honorable señor Espina, en relación con las medidas adoptadas por esa Secretaría de Estado para controlar el hacinamiento en los centros de salud familiar de la comuna de Angol y con la etapa en que se encuentra el traslado del CESFAM de Huequén.
Contesta solicitud de información, remitida en nombre del Honorable señor Ossandón, referente a las medidas implementadas para enfrentar los gastos extraordinarios en salud en las comunas que reciben un gran número de turistas en período estival.
Responde consultas, formalizadas en nombre del Honorable señor Navarro, sobre las materias que se enuncian a continuación:

1.- Condiciones laborales de salud, higiene y seguridad de los trabajadores con diversidad funcional.

2.- Protocolos de manejo de desechos que deben seguir las salmoneras y las plantaciones de mitílidos.
Del señor Ministro de Bienes Nacionales:
Absuelve solicitud de información, efectuada en nombre del Honorable señor Quinteros, respecto de la fiscalización realizada por dicha Secretaría de Estado para verificar el cierre del acceso a la playa ubicada debajo del Hotel Borde Lago, comuna de Puerto Varas.
Remite información, solicitada en nombre de la Honorable señora Von Baer, relativa a los procedimientos de regularización en trámite en el sector La Plata-Los Ulmos, comuna de Paillaco.
Contesta solicitud de información, cursada en nombre del Honorable señor De Urresti, acerca de la situación que afecta a los vecinos de la localidad de Huellelhue, comuna de Valdivia, debido al cierre de un camino de acceso a playa.
Da respuesta a petición, remitida en nombre del Honorable señor Guillier, tocante a la posibilidad de otorgar el carácter de bien nacional protegido a los geogliflos de Chug-Chug, ubicados en la Región de Antofagasta.
Del señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones:
Responde inquietud, planteada en nombre del Honorable señor Espina, por fallas en la antena ubicada en Mininco, lo que impide a los habitantes de la comuna de Angol comunicarse por teléfono y acceder a Internet.
Del señor Ministro (s) del Medio Ambiente:
Atiende petición de antecedentes, enviada en nombre del Honorable señor De Urresti, en cuanto al trabajo y a las acciones realizadas por el proyecto Partnership Market Readiness, PMR-Chile, y a las que se ejecutarán durante el presente año.
Del señor Presidente (s) de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso:
Transmite acuerdo de ese Tribunal, recaído en la solicitud, cursada en nombre de la Honorable señora Pérez San Martín, atinente a la necesidad de crear una Sala itinerante de la Corte en las provincias de Los Andes y de San Felipe.
Del señor Subsecretario General de Gobierno:
Atiende consulta, efectuada en nombre del Honorable señor Navarro, referente al impacto que la suscripción y ratificación por el Ejecutivo del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP) provocaría en las competencias de los servicios públicos relacionados por medio de esa Secretaría de Estado.
Del señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura:
Absuelve consulta, expedida en nombre del Honorable señor De Urresti, acerca de la solicitud de espacio costero marino para pueblos originarios efectuada por la comunidad indígena Rayen Mawida, en la Región de Los Ríos.
Del señor Subsecretario de Justicia:
Informa número de proyectos financiados con cargo al Subtítulo 31 Iniciativas de Inversión, de la Partida 10 Ministerio de Justicia, Capítulo 01 Secretaría y Administración General, Programa 01 Secretaría y Administración General, de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2016.
Del señor Secretario General de Carabineros de Chile:
Remite antecedentes sobre gasto institucional de los últimos cinco años en la custodia y prevención de delitos a empresas forestales en la zona de Arauco, materia consultada en nombre del Honorable señor Navarro.
Del señor Director del Servicio de Impuestos Internos:
Da respuesta a solicitud de información, remitida en nombre del Honorable señor Navarro, en relación con el impacto tributario que tendría la fusión entre Metlife y la Administradora de Fondos de Pensiones Provida, y los recursos que dejaría de percibir el Estado por esa causa.
Del señor Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción:
Remite antecedentes, solicitados en nombre del Honorable señor De Urresti, sobre el memorándum de entendimiento para el desarrollo de tecnología y producción del carbonato de litio (grado de batería) en el Salar de Atacama, suscrito por Corfo y la empresa Rockwood Litio Limitada.
Del señor Director Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:
Da respuesta a solicitud de información, formalizada en nombre del Honorable señor Navarro, atinente al aterrizaje de un helicóptero con camuflaje en Tranaquepe, comuna de Tirúa.
Del señor Director del Trabajo:
Contesta solicitud de antecedentes, cursada en nombre del Honorable señor Bianchi, relativa al estudio de una regulación de excepción en materia de control de asistencia, jornadas y descansos para los transportistas de servicios turísticos de la Región de Magallanes, atendidas las especiales condiciones de clima y lejanía.
Del señor Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal:
Expide antecedentes, recabados en nombre del Honorable señor De Urresti, en cuanto al trabajo del laboratorio de propagación de la Escuela de Agronomía de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso con relación al desarrollo agrícola sustentable de especies medicinales nativas de la Isla de Pascua.
Del señor Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso:
Comunica elección del nuevo Presidente del Consejo Regional de Valparaíso.
Del señor Director de Obras (s) de la Ilustre Municipalidad de San Antonio:
Atiende solicitud de información, realizada en nombre del Honorable señor Chahuán, respecto del estado de avance de la edificación del Hospital Claudio Vicuña de dicha comuna y de la fecha estimada del término de las obras.
Del señor Jefe de Gabinete del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo:
Responde solicitud de información, formulada en nombre del Honorable señor Navarro, con la adhesión de la Honorable señora Muñoz, tocante a los motivos del varazón de jibias ocurrido recientemente en la isla Santa María y las medidas adoptadas sobre el particular.
Del señor Jefe de Gabinete de la Ministra del Trabajo y Previsión Social:
Da respuesta a consulta, expresada en nombre del Honorable señor Navarro, concerniente al impacto que se provocaría en las áreas de interés de dicha Cartera si el Ejecutivo suscribiera y ratificara el Acuerdo Estratégico Transpacífico de Asociación Económica.
De Deloitte Auditores y Consultores Limitada:
Remite informe de auditoría sobre procedimientos, sistemas de información, mecanismos de control y programas de computación del Servicio Electoral destinados a la inscripción de electores en el Registro Electoral, en cumplimiento de la ley N° 18.556.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informes
De la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto aprobatorio, en segundo trámite constitucional, del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Consejo Federal Suizo relativo a la readmisión de personas en situaciones irregulares (Acuerdo de Readmisión) y su Protocolo, suscrito en Santiago, Chile, el 23 de noviembre de 2006 (boletín N°10.122-10) (con urgencia calificada de "simple").
De la Comisión de Vivienda y Urbanismo, recaído en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones para extender la vigencia del certificado de informaciones previas que emite la Dirección de Obras Municipales en el caso que indica (boletín N° 10.395-14) (con urgencia calificada de "simple").
De la Comisión de Educación y Cultura, recaído en los proyectos de ley, en primer trámite constitucional, que permiten la transformación de institutos profesionales y centros de formación técnica en personas jurídicas de aquellas regidas por el Título XXXIII del Libro I del Código Civil (boletines números 10.261-04 y 10.302-04, refundidos).
De la misma Comisión, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza erigir un monumento en memoria de la folclorista señora Margot Loyola Palacios (boletín N°10.253-24).
De la Comisión de Minería y Energía, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional (boletín N° 10.240-08) (con urgencia calificada de "suma").
--Quedan para tabla.
Moción
De la Honorable señora Goic, con la que da inicio a un proyecto de ley que modifica el artículo 201 del Código del Trabajo en materia de fuero paternal (boletín N° 10.596-13).
--Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Declaración de inadmisibilidad
Moción del Honorable señor García, con la que propone un proyecto que modifica la ley N° 19.828, que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor, para establecer un registro nacional de hogares del adulto mayor.
--Se declara inadmisible por corresponder a una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia la Presidenta de la República, conforme lo dispone el inciso cuarto, número 2°, del artículo 65 de la Constitución Política de la República.
Solicitud de desarchivo
Del Honorable señor Chahuán, en cuanto a los siguientes proyectos de ley:
-El que incorpora en la ley N° 19.496, sobre protección a los derechos de los consumidores, la obligación de disponer de desfibriladores externos portátiles en los centros comerciales (boletín Nº 9.014-03).
-El que modifica el Código Sanitario para incluir la kinesiología entre las profesiones médicas y afines (boletín N° 9.260-11).
--Se accede a lo solicitado, volviendo los proyectos al estado en que se encontraban al momento de archivarse, en conformidad con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 36 bis del Reglamento del Senado.
Proyecto de acuerdo
De los Honorables señor De Urresti, señoras Allende, Goic y Muñoz y señores Araya, Bianchi, Chahuán, García, Girardi, Guillier, Horvath, Moreira, Navarro, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Rossi, Tuma y Patricio Walker, por el que solicitan a Su Excelencia la Presidenta de la República que, si lo tiene a bien, disponga el cabal cumplimiento de la Convención de Ottawa y la asistencia integral a las víctimas de explosiones de minas u otros artefactos explosivos militares abandonados o sin estallar, entre otras materias relacionadas (boletín N° S 1.863-12).
--Queda para ser votado en su oportunidad.
Comunicaciones
De la Honorable señora Pérez San Martín, mediante la cual informa la resolución del Servicio Electoral, publicada en el Diario Oficial de 19 de marzo recién pasado, que acoge la inscripción del Partido Amplitud en el Registro de Partidos Políticos en la Región de Coquimbo.
De los Honorables señora Pérez San Martín y señores Guillier y Horvath, con la que comunican la formación del Comité Independientes y Amplitud, cuyos representantes serán los Honorables señora Pérez San Martín y señor Guillier.
--Se toma conocimiento.

El señor ALLIENDE (Prosecretario).- En este momento ha llegado a la Mesa el informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (boletín N° 10.057-06) (con urgencia calificada de "suma").

El señor LAGOS (Presidente).- Queda para tabla y, de acuerdo con lo conversado por los Comités, para Fácil Despacho en la sesión ordinaria de mañana.
Terminada la Cuenta.
Puede intervenir el Senador señor García.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, se ha declarado inadmisible un proyecto de ley de mi autoría para la creación de un registro nacional de hogares del adulto mayor. Solicito que se oficie a la Primera Mandataria a fin de que le otorgue su patrocinio a la iniciativa, tendiente a que los recintos de esa índole en una situación de clandestinidad puedan hacerse visibles y, de esa manera, mejore la calidad de vida de los adultos mayores residentes en ellos.

El señor ESPINA.- Con mi adhesión.

El señor LAGOS (Presidente).- Somos tres.

El señor ESPINA.- El oficio puede enviarse en nombre de la Sala.

El señor TUMA.- De todos.

El señor LAGOS (Presidente).- En nombre de la Sala, entonces.
Acordado.
Tiene la palabra el señor Secretario.


ACUERDOS DE COMITÉS

El señor LABBÉ (Secretario General).- En sesión del día de hoy, los Comités adoptaron los siguientes acuerdos:

1.- Rendir homenaje al diario El Austral, de La Araucanía, con ocasión de haber cumplido cien años de vida, al inicio de la sesión ordinaria del miércoles 20 del mes en curso.

2.- Realizar una sesión especial el lunes 18 de abril, de 17:30 a 19:30, con el objeto de abordar los problemas que afectan a la salmonicultura.

3.- Tratar en la tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria de mañana, miércoles 6 de abril, en primer y segundo lugares, respectivamente, los siguientes asuntos:
-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la fecha de las elecciones primarias municipales (boletín N° 10.595-06), autorizándose a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización para informar mediante certificado, y
-Proyecto de ley, en trámite de Comisión Mixta, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (boletín N° 10.057-06).
Nada más.

El señor LAGOS (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Pizarro.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, no sé si esa decisión fue unánime, pero realmente se genera un problema, porque el funcionamiento de las Comisiones especializadas para tratar una serie de proyectos con urgencia y sumamente importantes lo estamos concentrando en los días lunes.
La de Economía, que preside el Senador señor Moreira, ha acordado sesionar en Santiago con relación al proyecto de ley del SERNAC. Y empieza a las 15 o las 16, hasta las 19.
Entonces, es imposible que estemos en dos lugares al mismo tiempo. Definamos qué es más prioritario para la Sala.
Citar para un lunes en la tarde acá, a sabiendas de la cantidad de reuniones y coordinaciones en la Capital, donde está la sede del Ejecutivo, francamente no me parece adecuado. Juzgo que no es la mejor decisión.
Nosotros, por lo menos, nos oponemos.
El señor LAGOS (Presidente).- Voy a abordar en seguida ese punto.
Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- En la misma línea, señor Presidente, los lunes vamos a tratar el proyecto de la ONEMI y realmente tenemos muy poco tiempo para otras cosas.
Además, los parlamentarios normalmente usamos ese día para tener contacto con las autoridades del Ejecutivo.
Entonces, creo que no puede ser que se fije una sesión de Sala el lunes en la tarde. El asunto es muy importante, pero se puede ver en qué momento y oportunidad podemos tratarlo.
Desde ya, se van a provocar problemas en el funcionamiento de las Comisiones.

El señor LAGOS (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Harboe.

El señor HARBOE.- También en la misma línea, señor Presidente, deseo consignar que en esos días en la tarde funciona la Comisión de Constitución. Estamos con una agenda recargada, discutiendo tres veces por semana el proyecto sobre modificación del decreto ley N° 211, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
Entonces, usted comprenderá que fijar una sesión en Valparaíso, por muy importante que sea la salmonicultura, en lo que más bien dice relación con una materia de análisis, y suspender todas las Comisiones especializadas solo va a afectar, a mi juicio, la calidad y profundidad del trabajo legislativo en Comisiones.

El señor LAGOS (Presidente).- Comprendo el razonamiento de los señores Senadores.
Hago presente que, durante diciembre recién pasado, los Comités acordaron, entre otras materias:

"2.- No realizar más sesiones especiales los días martes y miércoles, en razón de que impiden el funcionamiento paralelo de las Comisiones y el estudio de los proyectos de ley, y, por tratarse de reuniones muy importantes, llevarlas a cabo los lunes, a las cinco de la tarde (en Valparaíso), o bien los jueves en la mañana".
No me provoca dificultad el que ello se quiera modificar, pero el criterio de no sesionar los martes o miércoles en la mañana obedeció a que se celebran reuniones de Comisión. Y se dijo: "Hagámoslo en Valparaíso los lunes en la tarde o los jueves en la mañana". Se ha propuesto citar a la Sala un lunes en la tarde por las mismas razones con que se explicó el cambio.
Entonces, nos va quedando el jueves o, derechamente, entrar a lo hecho hoy día: sesionar de 12 a 14 en un martes o un miércoles.
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, con el debido respeto a los Comités, al acuerdo adoptado y a la Mesa anterior, muy bien dirigida por mi Honorable colega Patricio Walker, sucede que la cuestión también forma parte del criterio con que se aplican las decisiones de los primeros.
No quiero decirle que Su Señoría no tiene buen criterio. Lo que planteo es que una sesión especial en un jueves en la mañana es más factible que en un lunes en la tarde, porque normalmente funcionamos martes y miércoles. En la mañana de hoy lo hicimos en Sala para ocuparnos en el proyecto de Agenda corta y ahora lo discutiremos hasta su total despacho. La mayoría de los Senadores se quedan acá, y eso posibilita que el miércoles o jueves a lo mejor podamos empezar más temprano.
Mas el otro aspecto que también tiene que imperar es que no podemos estar celebrando sesiones especiales por cualquier tema. A lo mejor, un problema tan importante como el de la salmonicultura puede verlo, con mucha más especialidad, la Comisión de Pesca y entregar después un informe a la Sala o a los Comités, y ahí evaluar entre todos si corresponde o no. Ese es el otro sentido del acuerdo adoptado.
Esto es lo mismo que en el caso de los proyectos de acuerdo: presentamos veinte o treinta, y después no pasa mucho.
Todos sabemos lo que sucede también con las Comisiones especiales.

El señor LAGOS (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Prokurica.

El señor PROKURICA.- Señor Presidente, quien pidió en su oportunidad, como jefe de bancada -cuando lo era-, que no se celebraran sesiones especiales los martes y miércoles, para que se tomara el acuerdo, fue el Senador que habla. Y creo que eso tiene una razón de ser, cual es que las Comisiones no pueden funcionar y el trabajo se va atrasando.
No nos oponemos a que se solicite ese tipo de reuniones, pero para un lunes o un jueves.
Si usted determina el lunes para tal efecto, así será.
Como me parece que hay algunas propuestas distintas en el sentido de que el trabajo de ese día también se podría afectar, entonces que sea el jueves en la mañana. No tengo problema. Pero estimo que sesiones especiales en martes o miércoles generan un daño para la labor en Comisión. Algunos órganos técnicos discuten proyectos que tienen urgencia, y, por lo tanto, se atrasan en el cumplimiento de una obligación que nos corresponde a todos.
El señor LAGOS (Presidente).- Estamos llegando a un entendimiento.
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, respeto mucho la autoría del colega Prokurica, pero realmente creo que es preciso hacer primero el trabajo en Comisión. No sacamos nada con realizar sesiones de Sala para venir a escucharnos un par de discursos y después terminar la sesión. Lo lógico sería que antes hubiera una sesión especial de la Comisión especializada y ahí se determinara si acaso es preciso o necesario efectuar una sesión de Sala.
Por eso, señor Presidente, le pediría que, respetando el planteamiento de otros parlamentarios, se revisara el acuerdo con el objeto de encontrar una salida.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Moreira.

El señor MOREIRA.- Señor Presidente, independiente de los buenos oficios que se pretenda desarrollar en los puntos a tratar en estas sesiones especiales, quiero señalar que quienes somos presidentes de Comisión estamos permanentemente recibiendo llamados telefónicos del Gobierno y de los Ministros respectivos para pedirnos un esfuerzo adicional a fin de que el Ejecutivo pueda sacar adelante los distintos proyectos.
Sabemos que existe un especial interés en que se aprueben una serie de iniciativas antes del 21 de mayo. Yo entiendo que el Gobierno quiera demostrar su capacidad legislativa junto al Congreso.
Por lo mismo, señor Presidente, pido que nos dejen trabajar tranquilos los días lunes en la Comisión de Economía, en que lo hacemos de 3 a 5 y media o 6 de la tarde para despachar los diferentes proyectos.
De lo contrario, si no salen las iniciativas, ya no será una cuestión de demora atribuible a los parlamentarios en las Comisiones y tendrán que asumir sus responsabilidades quienes están pidiendo estas sesiones especiales que, por muy importantes que sean, se pueden consensuar.
El problema del salmón lo hemos vivido en la Región de Los Lagos con el Senador Quinteros. Pero antes de traer el tema a la Sala, donde habrá puros elocuentes discursos y no soluciones, yo propongo, formalmente, revisar el acuerdo y efectuar una sesión especial en la Comisión de Pesca, a la cual nosotros asistiremos. Ahora, si después es necesario que sea visto en la Sala, que así sea. Pero a veces se cita aquí a sesiones especiales y yo cuento tres, cuatro o cinco Senadores que se quedan porque los demás se van a trabajar en otros asuntos legislativos.
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.- Señor Presidente, en la misma línea que ya han planteado varios colegas, considero conveniente revisar el acuerdo, toda vez que son las Comisiones especializadas las que deberían traer una propuesta a la Sala.
¿Para qué son las sesiones especiales sino para escuchar a los expertos, al Ministro y al Subsecretario del ramo y a los técnicos y jefes de servicio?
Ese debate debería efectuarlo primero la Comisión a la cual se le haya asignado la materia. Y luego, si hubiera alguna conclusión o propuesta de parte de ese órgano técnico, habría que someterla a la consideración de la Sala y, más aún, con las solemnidades que corresponde: en el Salón Plenario de la ex sede del Congreso Nacional, para facilitar la asistencia de numerosas personas que estén interesadas en escuchar lo que se diga en esa sesión especial.
En resumen, pediría reconsiderar el acuerdo, citar a reunión de Comités y resolver el punto en la línea que hemos indicado varios señores Senadores.

El señor LAGOS (Presidente).- Les voy a plantear una propuesta.
Reglamentariamente, no hay ningún inconveniente en revisar el acuerdo si los Comités así lo deciden, y en que ellos discutan la posibilidad de que en algunos casos se privilegie el trabajo de Comisión por sobre el de Sala. Eso se resolverá en su oportunidad.
En cuanto a la sesión especial citada para el lunes 18, si, por las razones que se han señalado, ello resulta de máxima complejidad, les propongo realizarla el jueves 21 de abril, de 10 a 12, porque, de lo contrario, igual va a interferir con el trabajo que efectúan las Comisiones los martes y miércoles.
En todo caso, quiero hacer presente que la solicitud para citar a sesión especial el lunes 18 no la hizo uno sino varios Comités: el Demócrata Cristiano, el del Partido Por la Democracia, el del Partido Socialista, el Independientes, Amplitud y el del MAS e Independiente.
En consecuencia, lo que tenemos que discutir es la fecha.
El acuerdo vigente nos da dos opciones: o un lunes en la tarde o un jueves en la mañana, siempre en Valparaíso. Ahora, si el lunes resulta muy conflictivo, les propongo celebrar la sesión especial el jueves 21 de abril, de 10 a 12.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA



APLICACIÓN EFECTIVA DE PENAS ESTABLECIDAS PARA DELITOS DE ROBO, HURTO Y RECEPTACIÓN Y MEJORAMIENTO DE SU PERSECUCIÓN PENAL

El señor LAGOS (Presidente)- Corresponde proseguir la discusión particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación, y mejora la persecución penal en dichos delitos, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.885-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 52ª, en 15 de septiembre de 2015 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 76ª, en 24 de noviembre de 2015.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (segundo): sesión 104ª, en 9 de marzo de 2016.
Hacienda: sesión 104ª, en 9 de marzo de 2016.
Discusión:
Sesiones 76ª, en 24 de noviembre de 2015 (se aprueba en general); 3ª, en 22 de marzo de 2016 (queda pendiente la discusión en particular); 4ª, en 23 de marzo de 2016 (queda pendiente la discusión en particular); 5ª, en 23 de marzo de 2016 (queda pendiente la discusión en particular); 6ª, en 5 de abril de 2016 (queda pendiente la discusión en particular).

El señor LAGOS (Presidente).- Recuerdo a la Sala que existe acuerdo unánime de los Comités para extender esta sesión hasta el total despacho de la "Agenda corta antidelincuencia".
Quedan tres o cuatro materias relativamente significativas, de tal manera que apelo a la máxima capacidad de cada uno para sacar adelante dicho objetivo del modo más eficiente posible.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores y señoras Senadoras, en conformidad al acuerdo de Comités que se dio a conocer en la sesión especial de la mañana, se reabrió el debate respecto de la letra b) incorporada por el número 16) del artículo 2° del proyecto, cuyo texto figura en las páginas 70 y 71 del comparado.
Ello, con el objeto de conocer y votar la proposición que formularía la Comisión de Constitución, que consiste en reemplazar dicha letra b) por la siguiente:
"b) Sustitúyase el inciso sexto por los siguientes:
"Los funcionarios públicos que hubieren participado en una actuación de la investigación, los peritos y las personas que accedan a la investigación en virtud de una diligencia ordenada por el Ministerio Público, o una orden de un tribunal, estarán obligados a guardar secreto de las mismas. Igual obligación tendrán los intervinientes que señala el artículo 12, respecto de las diligencias de la investigación a las que hayan tenido acceso.
"Las personas indicadas en el inciso anterior que infrinjan el deber de guardar secreto serán sancionadas con la pena de multa de veinte a doscientas unidades tributarias mensuales o presidio menor en su grado mínimo.".
El señor LAGOS (Presidente).- En discusión.

Le pido al Presidente de la Comisión de Constitución que explique, ojalá con bastante detalle, el sentido de la proposición.
Para ello, si le parece a la Sala, le daremos todo el tiempo necesario.
Tiene la palabra el Senador señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, vamos a tratar de explicar, en la forma más pedagógica posible, qué es lo que ha ocurrido.
Para que nos puedan entender, el proyecto conocido como "Agenda corta" tiene tres grandes áreas de trabajo.
La primera de ellas es el aumento de penas para determinados delitos contra la propiedad. Por ejemplo, el Senado ya aprobó aquellas normas que suben el piso de la pena, en el caso de robos calificados, de 10 años y un día a 15 años, así como también un aumento de penas respecto de ciertos delitos que se cometen frente a funcionarios policiales.
Una segunda área de discusión dice relación con normas de beneficio intrapenitenciario -una de ellas, la que aludía a la razón humanitaria para los mayores de 75 años, fue rechazada por las razones que latamente fueron explicadas en la sesión de esta mañana- y con normas relativas a la construcción de recintos penales.
Una tercera área apunta a fortalecer el trabajo de las instituciones policiales y del Ministerio Público para mejorar la persecución penal, lo cual, al final del día, es el centro y objetivo de la "Agenda corta".
Dentro de tales mejoras se hallan una serie de modificaciones que otorgan nuevas atribuciones a las policías. Por ejemplo, se permite que funcionarios policiales puedan actuar con agentes encubiertos, infiltrados, para esclarecer determinados delitos contra la propiedad. La norma más polémica -que, sin duda, será motivo de una larga discusión esta tarde- corresponde al control preventivo de identidad.
A su turno, el Ministerio Público ha detectado un conjunto de falencias en la persecución penal que realiza y, como consecuencia de ello, ha solicitado una serie de modificaciones, algunas de las cuales ya han sido aprobadas por el Senado y otras están por discutirse.
Dentro de esas modificaciones se planteaba la necesidad de dar protección a ciertas circunstancias. Así, se aprobaron nuevas normas de protección de testigos y de cómo deben declarar los testigos en el proceso penal, con el objeto de mantener la prueba testimonial frente a un testigo amenazado.
Otro de los problemas que el Ministerio Público mencionó en la Comisión de Constitución son las filtraciones que se producen en las investigaciones. Se señaló -y fue parte de la discusión que tuvimos en dicho organismo- que el plazo de 40 días de secreto de la investigación para todos los intervinientes, aprobado cuando se analizó el Código Procesal Penal y vigente desde el año 2000, es muy corto.
Se discutió largamente en la Comisión si el Ministerio Público debía tener un plazo mayor, de cuánto debería ser este, etcétera, y se llegó a la convicción de que dicho organismo podría pedir, por razones fundadas, una ampliación de 40 días más para el secreto de la investigación, con una limitante, que es respetar los derechos del imputado.
Como consecuencia de ello, la Comisión dispuso que el secreto de la investigación pudiera durar hasta 80 días. Sin embargo, se plantea la discusión -y en esto asumo lo que dije en su minuto en la referida instancia- de si estamos frente a un problema de tipificación penal. Hoy, el funcionario público -entendiendo por tal al fiscal que lleva la causa, a un policía, a una persona que trabaja en la fiscalía- que viola el secreto de la investigación es sancionado conforme al artículo 246 del Código Penal, que consagra el delito de violación del secreto.

El señor PROKURICA.- Esa es la ley vigente.

El señor ARAYA.- Esa es ley penal vigente, que no ha sido modificada.
¿Cuál era el problema? Que el Código Penal establece un rango de penas para el funcionario público que depende de la gravedad de la violación del secreto. Así, puede ser sancionado con la suspensión de su cargo, con una multa y, en aquellos casos más graves, cuando se produce daño a la causa pública, con presidio mayor en cualquiera de sus grados, es decir, con una pena de 5 años y un día a 20 años.
Esto, según la ley penal vigente, que no fue tocada por la Comisión de Constitución.
¿Dónde estaba el problema? En lo que ocurría con aquellos particulares que, estando obligados a guardar secreto de lo que conocían, violaban ese secreto.
Al respecto, en la Comisión sostuve que ahí, en el fondo, se aplicaba lo que en Derecho Penal se conoce como "teoría de la comunicabilidad del vínculo", ampliamente aceptada por la jurisprudencia nacional y por la doctrina, según la cual en aquellos delitos especiales que requieren alguna característica particular del sujeto activo -es decir, de quien comete el delito, en este caso el funcionario público-, para que el hecho delictivo cometido por el particular no quede sin sanción, se entiende que a ese particular (o "el extraño", como se lo denomina) se le comunica ficticiamente el vínculo y puede ser también sujeto de sanción penal.
Lo hemos visto en una considerable cantidad de casos. Quizás uno de los más importantes es el desfalco a Codelco, donde el señor Juan Pablo Dávila, que era el único funcionario público implicado, fue condenado por fraude al Fisco, pero también lo fueron los partícipes en el delito, que eran particulares.
En lo personal, me tocó actuar como abogado querellante en una causa contra el alcalde de Antofagasta en ejercicio en esa época, Daniel Adaro, que fue condenado por fraude al Fisco, así como también, por el mismo delito, particulares que no tenían la calidad de funcionario público.
Entonces, para evitar esa discusión, y acogiendo además un argumento que se esgrimió en la Comisión en el sentido de que parecía un despropósito que hubiera una sanción para los funcionarios públicos y no expresamente una para los privados, en circunstancias de que el Ministerio Público ha señalado que parte importante de las filtraciones no se producen directamente a través de sus funcionarios, sino por terceros extraños que conocen de la investigación penal, la Comisión adoptó el criterio de aprobar un tipo penal que, en el fondo, determina que todo aquel que tenga la obligación de guardar secreto y no lo haga será objeto de una pena de presidio menor en su grado mínimo, que va de 61 días a 3 años.
Esa era la pena original.
¿Por qué ello no suscitaba problema, a juicio de la Comisión? Porque, históricamente, se ha entendido que quienes tienen la obligación de guardar el secreto son, en primer lugar, los funcionarios públicos; segundo, los intervinientes en el proceso penal -estoy hablando del querellante y el abogado particular-, y, eventualmente, un tercero que realice una diligencia judicial por orden del tribunal, como un perito. También se puede dar el caso de que quien administra una compañía de telecomunicaciones reciba la orden de un tribunal de interceptar un teléfono y, en tal hipótesis, no puede comunicarle a la persona objeto de la interceptación que su teléfono está "pinchado".
Y esto, ¿por qué motivo? Porque el Código Procesal Penal -cuyo texto se encuentra vigente desde el año 2000 y al cual no hemos sabido que se le dé una interpretación distinta por parte de la jurisprudencia hasta el día de hoy- comienza señalando, en el artículo pertinente, bajo el título "Secreto de las actuaciones de investigación" y como principio básico, que "Las actuaciones de investigación realizadas por el ministerio público y por la policía serán secretas para los terceros ajenos al procedimiento".
Ello, pues el legislador del año 2000 quiso tutelar dos bienes jurídicos: primero, la presunción de inocencia, y segundo -y es lo que le interesa a la sociedad en su conjunto-, que se puedan esclarecer los delitos, para lo cual es necesario que el Ministerio Público cuente con herramientas que permitan resguardar la prueba y llevar a cabo diligencias que no sean conocidas por quien va a ser objeto de ellas.
Esa es la razón del secreto.
Sin embargo, dicho precepto (el artículo 182 del Código Procesal Penal) contiene un inciso quinto que es, a mi juicio, el que condujo a confusión. Dice: "Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, no se podrá decretar el secreto sobre la declaración del imputado o cualquier otra actuación en que hubiere intervenido o tenido derecho a intervenir, las actuaciones en las que participare el tribunal, ni los informes evacuados por peritos, respecto del propio imputado o de su defensor".
Y termina señalando dicha disposición, que es ley vigente desde el año 2000, que "Los funcionarios que hubieren participado en la investigación y las demás personas que, por cualquier motivo, tuvieren conocimiento de las actuaciones de la investigación estarán obligados a guardar secreto respecto de ellas".
La Comisión de Constitución entendió -como lo han entendido la doctrina y la jurisprudencia- que esta obligación de secreto estaba limitada a quienes conocían del proceso por causas directas. No obstante, algún periodista pudo haber interpretado, con justa razón, que esta norma alcanzaba a la prensa, lo que no es así, porque nunca fue motivo de discusión en la referida instancia.
Por tal razón, la solución que la Comisión propone hoy día a la Sala del Senado es precisar quiénes son los que están obligados a guardar el deber de secreto.
Para tal efecto, se distinguen tres tipos de personas. El primero está constituido por los funcionarios públicos que hubieren participado en la investigación -esto es, el fiscal, las policías, los asistentes del fiscal, el defensor penal público, etcétera-. Un segundo grupo está conformado por aquellas personas que accedan a la investigación en virtud de una diligencia ordenada por el Ministerio Público o por una orden del tribunal. Por ejemplo, un tercero que debe hacer cumplir una orden judicial, como el gerente de un banco que recibe la orden de un tribunal de garantía de levantar el secreto bancario respecto de determinado cliente, el cual queda impedido de comunicársela a quien será objeto de la diligencia. Y hay un tercer grupo en el cual se hallan los intervinientes en el proceso penal, definidos claramente -por lo cual no admite duda- en el artículo 12 del Código Procesal Penal.
La Comisión de Constitución considera que con la solución propuesta no queda duda acerca de quiénes pueden ser objeto de sanción penal. Con la disposición vigente, que leí, alguien podría haber interpretado que la norma también alcanzaba a la prensa y a cualquier persona que por diferentes razones conociera de la causa. Y se excluye también, como lo señala el precepto, lo que puedan decir los testigos y las víctimas.
Resuelto lo anterior, la Comisión mantuvo el criterio de que era necesario penalizar las filtraciones que se produjeran respecto de aquellos obligados a guardar secreto, estableciendo un rango de penas que va desde una multa de 20 a 200 unidades tributarias mensuales hasta presidio menor en su grado mínimo, es decir, de 61 a 540 días.
¿Por qué hicimos esta distinción? Porque concluimos que no era lo mismo aquel funcionario o particular que filtra un documento y no frustra la investigación versus aquella persona que, conociendo la carpeta completa, logra frustrarla y produce con ello la impunidad del delito o hace imposible determinar quién lo cometió.
Creemos que esta solución debiera concitar el mayor consenso, toda vez que no hemos hecho otra cosa que llevar a texto legal lo que la interpretación histórica y la doctrina indican en cuanto a cómo debe entenderse el artículo 182 del Código Procesal Penal.
Algunos han pretendido señalar que con esto hemos querido poner un manto de secreto o incorporar una norma de secreto que no existía, lo que no es correcto. Se trata de una norma que se halla vigente desde que empezó a regir la reforma procesal penal. No es una disposición que haya incluido la Comisión de Constitución ni un precepto que se haya incorporado a último momento, sino una norma que buscaba entregar al Ministerio Público un mayor plazo para el secreto de ciertas actuaciones. ¿Por qué razón? Porque los fiscales que defendían ese aumento señalaron que había numerosas diligencias que no se alcanzaban a cumplir en 40 días en causas complejas, como las de tráfico de drogas, lavado de dinero, terrorismo, las relacionadas con pornografía infantil, donde muchas veces, por distintas razones, el día 41 se ven obligados a entregar la información de lo que se está haciendo. Y si aún existen diligencias que no se han llevado a cabo y estas se conocen, se frustra la investigación. Y el fin último y lo que nos interesa a nosotros y al Ministerio Público es que se aclaren los delitos.
Pero se insiste en el mismo criterio: el día 81 la investigación pasa a ser totalmente pública respecto de los intervinientes y las audiencias continúan siendo públicas, salvo que, por razones fundadas, se decrete el secreto de determinadas actuaciones.
En definitiva, no se toca lo que ha sido la estructura histórica del Código Procesal Penal ni lo que ha existido en los últimos 20 años, desde que entró en vigencia la reforma. Lo que se plantea es más bien una norma de perfeccionamiento, a fin de que el Ministerio Público cuente con una herramienta eficaz para la persecución penal y el esclarecimiento de los delitos.
Como se señaló en la Comisión de Constitución en términos muy poco académicos, lo que se hace es "emparejar la cancha" y evitar la discusión sobre cuál debe ser la sanción penal aplicable al particular que viole el secreto de la investigación.
Por esa razón, se ha optado por crear un tipo penal especial, distinto de la figura contenida en el artículo 246, que contempla dos penas, para que sea el juez de la causa el que determine, atendido el caso específico, cuál aplicar: una multa de 20 a las 200 UTM o el presidio menor en su grado mínimo a medio.
Muchos podrán preguntar por qué no distinguimos y no entramos al detalle más fino. Esto ya lo hemos señalado: el Código Procesal Penal regula todas las investigaciones penales. Sabemos que la criminalidad tiene infinitas formas y que, quizás, avanza bastante más rápido que las técnicas de investigación. De ahí que la Comisión optó por dejar una norma de carácter general que, por una parte, deja al arbitrio del Ministerio Público su uso, y por la otra, permite que exista la suficiente cautela en el sentido de que el imputado siempre pueda pedir el levantamiento del secreto, su cautela de garantía, a fin de saber qué pasa con la investigación.
Y respecto de lo que le interesa a la opinión pública, el conocimiento de la investigación, este va a existir una vez que se levante el secreto.
Aquí no estamos volviendo, desde ningún punto de vista, a procesos que no van a ser conocidos por la gente. Lo que le decimos a la sociedad en su conjunto es que, dada la complejidad de cierta investigación, ciertas actuaciones es necesario realizarlas en secreto para que no se frustren, y, una vez que ellas estén hechas, pasarán a ser públicas.
Asimismo, deseo aclarar aquí la situación que más polémica ha causado, que dice relación con la prensa. Un periodista que por A, B o C motivos recibe información que no es objeto del secreto, o que es filtrada, por ejemplo -de lo que se habló respecto a un caso equis-, no está sometido a esta disposición penal. Solamente entran en esta y van a poder ser sancionados penalmente conforme a esta norma -reitero- quienes estén obligados a guardar el secreto: los funcionarios públicos que conocen de la investigación, los intervinientes del proceso y los particulares que deben cumplir una diligencia ordenada por el Ministerio Público o por el Tribunal.
La Comisión de Constitución cree que con esto se soluciona el problema y que no debiera haber errores interpretativos porque, al final del día, lo que estamos buscando como Comisión y en el marco de la "Agenda corta" es que el Ministerio Público cuente con herramientas eficaces para la persecución penal. Y cabe señalar que sus representantes expusieron latamente en la Comisión por qué razón necesitaban que el secreto de la investigación, en casos complejos, se pudiera extender hasta por 40 días más y, asimismo, que requerían que existiera una sanción penal por su vulneración con el objeto de evitar la discusión sobre cuál sanción sería aplicable al particular.
Por tal razón se opta por esta fórmula, que nosotros pensamos que resuelve adecuadamente el problema, la cual fija un criterio con que históricamente se ha interpretado el artículo 182 del Código Procesal Penal y establece un tipo penal especial para evitar la discusión de remitirlo al de la violación del secreto contenido en el artículo 246.

El señor LAGOS (Presidente).- El señor Ministro del Interior ha pedido hacer uso de la palabra.
Adelante, señor Ministro.

El señor BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad Pública).- Señor Presidente, muy brevemente porque creo que la intervención del Presidente de la Comisión de Constitución del Senado ha sido muy esclarecedora de aquellas consideraciones y cuestiones que se tuvo a la vista en la rediscusión que hizo la Comisión sobre el tema, y la explicación es omnicomprensiva de las situaciones que se plantearon.
A juicio del Gobierno, la fórmula resuelta por la Comisión y propuesta por su Presidente al Honorable Senado es correcta desde el punto de vista de solucionar cualquier duda que se hubiera presentado.
No obstante, quiero decir que, en opinión del Gobierno, en el texto original que aprobó la Comisión nunca estuvo ni en la letra ni en el espíritu de quienes participaron en esa redacción intentar afectar a terceros ajenos a los intervinientes.
A mí me correspondió, como Vicepresidente de la República, firmar la indicación respectiva. Y las actas indican que quienes intervinieron en su texto, más allá de la conveniencia de algunas modificaciones que ha señalado el señor Presidente, jamás tuvieron como intención realizar acto alguno de conculcación al derecho a informar de la prensa ni tampoco lo refleja la letra de la disposición aprobada en su momento.
Es más, como lo ha dicho el señor Presidente, buena parte de la discusión que se produjo proviene de una frase que no está consignada en la primitiva indicación, sino en un inciso que viene del texto original del Código Procesal Penal: "las demás personas".
La Comisión ha resuelto mejorar esa redacción con ocasión de esta rediscusión, para que aquellos que, a mi juicio, sin mayor fundamento creen que ahí puede haber una causalidad de sospecha persecutoria, ya no lo piensen.
En consecuencia, el Ejecutivo, no obstante que la proposición es de la Comisión y que no participó en su redacción -sí en la discusión ayer y hoy, pero no en su elaboración-, cree que ella soluciona los eventuales problemas interpretativos que algunos creían que presentaba la primera norma.
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El señor LAGOS (Presidente).- Quiero saludar al equipo de debate de la escuela Osanam, que nos visita desde la Región de Los Lagos, cuyos integrantes fueron los ganadores del Campeonato Provincial de Debate.
¡Bienvenidos!
--(Aplausos en la Sala).
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El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero agradecer a quienes levantaron la voz para revisar este artículo: el Colegio de Periodistas, diversos ciudadanos.
La verdad es que esto generó conmoción.
El inciso séptimo del artículo que estamos rebatiendo y redebatiendo dispone: "El que violare las normas sobre secreto establecidas en el presente artículo, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio.", es decir 61 días a tres años de cárcel. Como se observa, se habla de "El que violare". No se refiere a alguien o a determinadas personas como ahora se señala en el texto que lo sustituye.
Quiero abocarme a un tema de forma y a otro de fondo.
El de forma: obviamente, se tienen que suprimir los incisos sexto y séptimo, no podemos dejar el sexto vigente. Eso no lo dice la proposición que se nos ha repartido.
Evidentemente que en la versión anterior la prensa sí estaba afectada, y podemos dar ejemplos de ello.
Ahora, considero que en la propuesta de modificación hay ciertos temas que todavía tenemos que revisar, porque esta norma que limita las sanciones de cárcel solo a las partes o intervinientes en caso de que filtren la carpeta investigativa genera los siguientes problemas, que solicito que por lo menos se aclaren.
En primer término, no distingue entre "reserva" y "secreto". La sanción penal debería quedar solo limitada a los casos en que la fiscalía hubiera declarado el secreto: cuarenta días, ampliado en cuarenta días más, sin posibilidad de oponerse.
Y, en segundo lugar, sanciona penalmente a la víctima. Si la víctima de un delito grave y que causa conmoción pública cuenta a un medio de comunicación o a un tercero qué le pasó, en la práctica estará revelando antecedentes de la carpeta investigativa y se le perseguirá criminalmente. Entonces, a la víctima de un delito además lo estaremos persiguiendo criminalmente y le impediremos que pueda informar sobre lo que le pasó a los medios o a otras personas de su comunidad.
En cuanto a la desproporción de la sanción penal, la pena asociada a este nuevo delito -nueva según la proposición-, una multa de 20 a 200 UTM o 61 a 540 días de reclusión, también puede ser no proporcional con respecto a la que afecta al delincuente. O sea, la pena puede ser menor que la sanción por haberla filtrado. ¡Desde luego que es una desproporción!
Yo creo que esto tiene solución, pero no una restringida solo a lo que se nos plantea.
Primero, la sanción solo debe establecerse para las partes o intervinientes del proceso penal, como está dicho, y deben fijarse normas especiales para la víctima, quien siempre tendrá la libertad de poder informar sobre los hechos que lo afectaron sin comprometer la investigación.
Segundo, la sanción solo debe aplicarse para la filtración de antecedentes de carpetas investigativas que se hayan declarado como secretas.
Tercero, la sanción debe ser proporcional en relación con la gravedad del delito que se investigue en la carpeta filtrada. Una fórmula es que se aplique una sanción de multa y, en caso de que se quiera fijar una pena privativa de libertad, debe ser inferior a aquella que corresponde al delito que se investiga.
A nuestro juicio, la solución que propone la Comisión apunta en la dirección correcta; pero debe ser mejor socializada con la Defensoría Penal Pública, con la Asociación de Fiscales, con la Asociación Víctimas de la Delincuencia de nuevo en ese órgano técnico.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, creo que las explicaciones que ha dado el Presidente de la Comisión, el Senador Pedro Araya, contribuyen a esclarecer debidamente lo que aquí ha ocurrido. Y, contrariamente a lo señalado por el Senador que me antecedió en el uso de la palabra, quiero manifestar que no hay ninguna ninguna justificación para que la interpretación que alguna prensa le ha dado a lo que hizo la Comisión justifique señalar que el Senado o la Comisión de Constitución han intentado poner una ley mordaza, ocultar a los poderosos, o alguna cosa de esa naturaleza.
Me parece que a eso ha contribuido, a mi juicio, el profundo desconocimiento -a lo mejor, alguien ha obrado de mala fe- de lo que aquí se aprobó.
En el Senado solo se acogió lo referido al artículo 182, que no se refiere al secreto general, sino al que declara el fiscal acerca de algunas actuaciones, de ciertas carpetas investigativas, para el mejor éxito y progreso en determinada investigación.
Con tal fin, primero se realizó una ampliación del plazo que hoy día puede decretar el fiscal para la mantención del secreto de 40 días a otros 40.
Y, segundo, como esta norma no tenía una sanción específica, sino que la remitía a otra disposición, que limitaba a los que se podía sancionar, se pidió incorporar en ella la respectiva sanción, para asegurar que nadie, no únicamente el fiscal o los funcionarios públicos, sino también los intervinientes en esta materia por otros motivos, pudiera quedar sin sanción de transgredir lo dispuesto.
En tal sentido, señor Presidente, el magnificar algo que nunca se estableció habla de una grave desinformación respecto de lo que aquí se ha realizado.
Sin embargo, se produjo el debate, hubo esta interpretación equivocada de la norma, y luego de esta discusión, curiosamente, se podría prestar a que alguien la malinterpretara.
Ello, porque el actual inciso sexto del artículo 182 dispone que "Los funcionarios que hubieren participado en la investigación y las demás personas que, por cualquier motivo, tuvieren conocimiento de las actuaciones de la investigación", y alguien podría entender que si un periodista tiene conocimiento de un documento filtrado y lo publica estaría sujeto a lo que en aquella se dispone.
No obstante, esa disposición se encuentra vigente desde el año 2000, y en casi dieciséis años jamás se aplicó a un periodista, pues ni la doctrina ni la jurisprudencia la hicieron extensiva a tales profesionales.
Por lo tanto, se está creando un fantasma de algo que no ha existido. Es una discusión abstracta, no referida a la realidad concreta de lo ocurrido ni tampoco a la doctrina y la jurisprudencia.
Pero producida la discusión y la situación expuesta, para evitar esa interpretación -que nunca se ha dado-, se ha planteado la fórmula explicitada por el Senador Araya, que circunscribe esto a los funcionarios públicos que hubieren participado en alguna actuación de la investigación, a los peritos, a las personas que accedan a ella en virtud de una diligencia ordenada por el Ministerio Público o por los tribunales y, por cierto, a los intervinientes, según los términos definidos en el artículo 12 del Código Procesal Penal.
Eso circunscribe absolutamente la interpretación a que quien no integre esa nómina no será jamás objeto de sanción por la difusión que haga de un documento que llegue a su conocimiento, a diferencia de las personas que ahí figuran.
Ahora me referiré a las inquietudes que aquí se plantean.
Se dice que esto habría que circunscribirlo a las carpetas específicas. ¡Pero eso ya es así!
A mí me sorprende cuando oigo a un Senador manifestar: "hay que hacer esto", en circunstancias de que la norma actual establece que "El fiscal podrá disponer que determinadas actuaciones, registros o documentos sean mantenidas en secreto".
Entonces, no estamos hablando en general, sino sobre lo que el fiscal determina: "Esto se va a considerar secreto". Y respecto de eso se debe mantener el secreto y no de otras cosas.
En cuanto a la víctima, por cierto que ella también está libre en sus declaraciones. Con todo, si tuvo acceso a un documento secreto no puede revelar su contenido, porque estaría infringiendo la norma. Pero sus declaraciones, como las de los testigos, no son objeto de ninguna restricción.
Y en relación con la proporcionalidad de la sanción, no hay nada más discutible que eso. Es muy opinable cuándo una sanción es más gravosa que otra.
Sobre el particular, señor Presidente, creo que se puede debatir eternamente.
La norma que habíamos propuesto inicialmente, ya que no había sanción y al fiscal se le podía aplicar a propósito del artículo 246 del Código Penal una pena muy gravosa, tenía por objeto reducir la penalidad determinada por dicha disposición.
Sin embargo, para evitar todo tipo de dificultades, se estableció una penalidad gradual, que el juez va a poder aplicar según la gravedad del tipo penal de que se trate, es decir, una multa de 20 a 200 unidades tributarias mensuales (léase, de 900 mil a 9 millones de pesos); y una sanción de presidio menor en su grado mínimo, que va de 61 días a 541.
Eso se hace, con absoluta gradualidad.
Señor Presidente, nuestro objetivo fue darles más facilidades a los fiscales con el objeto de que la investigación secreta fuera realmente eficaz y así mejorar sus resultados.
Lo anterior ha sido planteado por los persecutores respecto de numerosos casos en los cuales el tiempo destinado a las investigaciones secretas -algunas duraban dos o tres años- se puede prorrogar de los 40 días actuales hasta los 80, y con acceso al imputado para que no se vea sorprendido en sus derechos, con el objeto de lograr que ellos culminen favorablemente según los propósitos de la persecución penal.
Aquí no se está protegiendo a nadie. Al contrario, se trata de asegurar que el fiscal y su equipo puedan avanzar en su investigación.
Por consiguiente, esa transgresión es la que se castiga, pues antes no tenía una sanción clara, y particularmente respecto de quienes no siendo funcionarios públicos o fiscales quedaban fuera de la aplicación de esta norma.
Por eso, creo que la disposición propuesta no se requiere para efectos prácticos. Pero, dado el debate que hubo, se hizo necesaria y la Comisión ha preferido asumir el problema, no retrocediendo en su criterio, como algún diario ya ha interpretado, sino simplemente haciéndose cargo de la realidad, por la ignorancia de algunos que no han sabido entender el sentido de norma sugerida.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, voy a seguir la línea del Senador Horvath, porque es evidente que lo que se precise ahora ayudará a aclarar algunos aspectos.
Quiero decir a Sus Señorías que aquí hay un conjunto de normas que se cruzan con otros cuerpos legales y, por lo tanto, surgen inquietudes como las siguientes.
Los periodistas ya son responsables de la información difundida y de los delitos que pudiesen cometer en virtud de esa difusión, según lo consigna el artículo 7° de la Ley de Prensa.
Por lo tanto, la inclusión de esta norma, de alguna manera se encuentra en cierto momento con la disposición recién señalada.
En segundo término, la aplicación del precepto sugerido y la determinación de sanciones quedan a cargo de un magistrado.
Todos sabemos que en el principio de la libertad de información, sobre todo en el período investigativo, la filtración ha sido un hito histórico. Recordemos el famoso caso "Watergate", en Estados Unidos, en que lo sucedido se conoció por filtraciones. Y, ahora mismo, en distintas partes, hemos conocido filtraciones que han permitido esclarecer ciertos hechos, sobre todo por WikiLeaks y otros medios.
Por consiguiente, de alguna manera el periodismo investigativo queda en una delgada línea entre lo que se considera filtración legítima o ilegítima.
Por ejemplo, aquí no se hace ninguna discriminación entre la filtración intencionada con el fin de favorecer a una persona acusada de un crimen y el ejercicio del derecho a la información que tienen los ciudadanos en investigaciones de alta connotación.
Digamos las cosas con franqueza: muchas veces la filtración se produce para ampliar el espacio y desbloquear investigaciones que encuentran presiones de sectores interesados en determinada investigación, que además tienen poder.
A los ciudadanos comunes y corrientes eso no les es posible, sino solo a los que pueden influir en el proceso investigativo, de la naturaleza que sea.
También quiero recordar que la Ley de Prensa obliga a los periodistas a comparecer como testigos en las causas que involucran información que manejan, y además les atribuye responsabilidad penal por los delitos en que pudiesen incurrir en la divulgación de su información.
En consecuencia, el ampliar el número y el tipo de personas que quedan obligadas por esta disposición legal, que no son las que se hallan consideradas actualmente, sino aquellas que pueden acceder a la investigación en virtud de haber participado en alguna diligencia ordenada por el Ministerio Público o el tribunal, hace que esas personas también queden obligadas a la mantención del secreto de la investigación, pues eventualmente podrían tener conocimiento de hechos que permitieran esclarecer los procesos.
En lo referido a las investigaciones por violaciones de derechos humanos, ello ha ocurrido más de alguna vez. Pero ahora eso se limitaría.
A mayor abundamiento, tal como estaba redactada la norma hasta antes de la proposición que ahora se plantea, de alguna manera se llegaba incluso a equiparar la entrega de información de alto interés público con los delitos de receptación de especies, hurto, lesiones menos graves, etcétera, lo que obviamente no era en ningún caso razonable.
Además, en el contexto de esta discusión -porque las cosas hay que decirlas; tienen consecuencias políticas-, la lectura que va a hacer la opinión pública será legítima.
No es que la gente no entienda nada, que sea lesa, que no se informe, que no sea experta, que no conozca el Derecho. La cuestión es que la ciudadanía cruza declaraciones que hace una autoridad y otra autoridad con las actuaciones del Congreso Nacional.
Pero con este tipo de normas, en los hechos, se termina restringiendo el periodismo investigativo y el acceso a las fuentes.
La letra b) en comento, a pesar de la indicación presentada, sigue siendo una disposición que no contribuirá a un mayor periodismo de investigación y tampoco a que la prensa tenga un rol más independiente para ejercer su derecho a la información, por cuanto se propone aumentar el número de personas que quedan limitadas en el ejercicio de la libertad de expresión.
Además, se plantea elevar las sanciones, llegando incluso a penas de cárcel para quienes transgredan dicha disposición, y se deja a criterio del juez cuál norma aplicar y qué atenuantes corresponde considerar.
Es distinto filtrar información cuando se busca favorecer a un narcotraficante que hacerlo cuando está en juego, por ejemplo, el correcto ejercicio de la autoridad en juicios contra actos de corrupción.
En consecuencia, la letra propuesta sigue siendo ambigua. Se generarán problemas de interpretación, lo que será dañino tanto para los Poderes del Estado como para la debida independencia de las investigaciones periodísticas.
Por esa razón, sigo desconforme con esta norma. Francamente la encuentro innecesaria.
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, comparto lo señalado por el Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, Senador señor Araya, en el sentido de respaldar las investigaciones en las que resulta esencial guardar sigilo, reserva o secreto: por ejemplo, cuando se trata de desbaratar una red de pedofilia, de narcotráfico, de lavado de activos, de terrorismo.
¡Por supuesto que hay justificación para ello!
Por lo que dijeron el Ejecutivo -y lo reiteró el Ministro del Interior, quien se encuentra en la Sala- y el propio Presidente de la Comisión de Constitución cuando se reabrió el debate sobre esta norma, todos entendimos que era de toda lógica y de sentido común proteger ciertas investigaciones.
Pese a ello, la propuesta que se nos entregó me llena de dudas.
En su primera parte, esta dice: "Los funcionarios públicos que hubieren participado en una actuación de la investigación," -imagino que eso incluye a peritos y a auxiliares de justicia, aunque hay todo un mundo de funcionarios que son parte de una investigación- "los peritos y las personas que accedan a la investigación".
Es muy amplia la definición respecto de quiénes son "los funcionarios públicos" y "las personas".
Se trata de un problema de sentido común y no solamente de técnica legislativa, pues estamos en un mundo que exige cada día más transparencia y acceso a la información.
Por esa razón, más que establecer que a mucha gente (personas no identificadas y funcionarios) le será aplicable una norma que va desde una sanción de multa hasta presidio menor en su grado mínimo -a criterio del juez, por cierto-, sería interesante acotar a quiénes se quiere sancionar: a qué funcionarios o escala de funcionarios.
Al igual que a los Senadores Horvath y Guillier, a mí también me resulta muy amplia y un poco ambigua la proposición en comento.
En consecuencia, así como está redactada, la votaré en contra, por cuanto, a mi juicio, no satisface realmente lo que se quiere resolver, que es acotar.
Reitero: entiendo y comparto absolutamente la necesidad del Ministerio Público de guardar secreto en investigaciones de casos puntuales y calificados.
La ampliación de la norma a gran cantidad de funcionarios va contra el sentido de lo que muchos creemos oportuno en el momento que está viviendo nuestro país. Por el contrario, se precisa destapar las cosas y promover la transparencia y el acceso a la información en todo tipo de investigación.
Señor Presidente, dejo hasta aquí mi intervención y reitero que con la redacción propuesta tampoco quedo tranquila ni satisfecha.
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, trataré de entregar las aclaraciones de la forma más pedagógica posible, para que entiendan bien quienes están viendo esta sesión por televisión y todos los colegas, Senadoras y Senadores, que no son abogados y que no han participado en la Comisión.
En primer lugar, la figura penal que se establece debe reunir una condición que se denomina "dolo directo"; es decir, aquel que filtra información tiene que actuar sabiendo que va a causar un perjuicio en la investigación.
En el caso que planteó el Senador Horvath de una persona que cuenta lo que le ocurrió: "Yo fui víctima de un delito. Me pasó A, B, C", no se comete el delito de violación de secreto que aquí se está sancionado.
¿Cuándo, teóricamente, sí se cometería? Cuando, conociendo de una diligencia necesaria para el éxito de la investigación, como sería pincharle los teléfonos a un sospechoso, la persona dijera, dolosamente: "Mire, a tal fulano le están pinchando los teléfonos". Ahí sí sería sujeto de ese delito.
La víctima siempre va a poder contar qué le pasó y podrá tener sus apreciaciones respecto de cómo se lleva adelante el curso de una investigación.
La norma propuesta exige que haya dolo, o sea, que la filtración se haga con la intencionalidad de hacer fracasar una investigación penal.
Respecto de lo que expuso el colega Guillier sobre el caso de WikiLeaks, cabe señalar que lo propuesto es absolutamente distinto. Aquí estamos circunscribiendo el tema única y exclusivamente a las actuaciones judiciales en el marco de un proceso penal. No estamos hablando de periodismo investigativo.
Un periodista que quiere investigar un hecho de corrupción, el cual no es objeto de persecución penal aún, lo podrá realizar. Entonces se regirá por la Ley de Prensa, que le entrega un estatuto al periodista: le da ciertos derechos, pero también le establece responsabilidades.
Si queremos revisar dicho estatuto, habrá que ver otro proyecto. Esa es otra discusión, que no corresponde a la "Agenda corta". Si el periodista debe responder o no por delitos que pueda cometer con ocasión de una publicación o la difusión de una información, es otro debate, que no guarda relación con la norma propuesta.
Asimismo, quiero recordar que el Congreso ya ha aprobado normas relativas a la protección del secreto. Por ejemplo, el artículo 37 de la Ley de Drogas, que no ha sido objeto de discusión -al menos, no he escuchado a nadie levantar la voz en contra de tal artículo-, señala expresamente: "La violación del secreto de la investigación y de la identidad de las personas a que se refieren los artículos precedentes será castigada con presidio menor en sus grados medio a máximo".
O sea, existen precedentes.
El número 16) del artículo 2º de la iniciativa, que modifica el artículo 182 del Código Procesal Penal, busca introducir un criterio de carácter general para no ir delito por delito señalando quiénes tienen o no obligación de guardar secreto.
Otro punto a considerar es que siempre el rango de penas, cuando uno revisa el Código Penal, implica una decisión del legislador que suele ser arbitraria: a algunos nos gustaría que tal delito tuviera penas más bajas; a otros, penas más duras.
Fue motivo de larga discusión en la llamada "Agenda corta" si convenía o no subir el piso de las sanciones para los delitos contra la propiedad.
¡Porque esa es una decisión arbitraria!
¿Por qué se fijan rangos de penas? Porque el legislador hace la siguiente reflexión: "Frente a una actuación delictiva, el juez debe ponderar las condiciones del caso".
Pues bien, en la proposición de la Comisión se establecen dos penas: una multa que va de 20 a 200 UTM o presidio menor en su grado mínimo. ¿Por qué razón? Porque el juez tendrá que evaluar si la filtración afectó la investigación en forma importante o poco significativa y, a partir de ello, determinar la sanción adecuada.
Toda nuestra legislación penal está construida con rangos de penas. Podremos discutir sobre ello probablemente este año, cuando ingrese el proyecto de ley del nuevo Código Penal.
No hay una línea que indique qué penas deben aplicarse en cada delito. Ello depende del criterio del legislador del momento.
En ese plano algunos colegas tienen razón en cuanto a que existe arbitrariedad a la hora de fijar sanciones.
Sin embargo, con la proposición que nos ocupa la Comisión busca que el juez de la causa, atendida la naturaleza del hecho que está conociendo, pueda actuar dentro de un rango de penas suficientemente flexible, que va desde una multa hasta el presidio, dependiendo del daño que se haya causado con la filtración que se investiga.
Insisto en que la norma que obliga a guardar secreto en este ámbito se halla vigente desde la dictación del Código, y no ha generado problemas. Lo planteado por la Comisión no es más que llevar a texto legal la interpretación que, tradicionalmente, la doctrina y la jurisprudencia han dado al artículo 182.
Y reitero que en nuestra legislación ya existen disposiciones de protección de secreto que son mucho más duras: la Ley de Drogas contempla una pena de presidio menor en su grado medio a máximo. Es una norma expresa, respecto de la cual hasta el día de hoy nadie ha levantado la voz para criticar que afecta el derecho a la información de las personas.
Vuelvo a señalar que esta proposición se refiere única y exclusivamente a procesos penales en curso, no a las actuaciones del periodismo investigativo. Este va a seguir existiendo.

El señor LAGOS (Presidente).- Terminó su tiempo señor Senador.
Le doy un minuto adicional.

El señor ARAYA.- Gracias, señor Presidente.
El Ministro del Interior me acota que en la Ley de Drogas la norma de secreto se aplica a toda la investigación que realice el Ministerio Público. Ahí no rige el plazo de 40 días ni la posibilidad de ampliarlo hasta 80. Es un precepto ya establecido.
Vuelvo a repetir: el periodismo investigativo no se verá afectado por lo dispuesto en la letra b) en análisis.
Lo único que busca el legislador, para proteger el bien jurídico mayor de esclarecer los delitos y descubrir a los culpables, es fijar ciertos períodos de secreto y especificar quiénes están obligados a guardarlo.
Respecto de algo que señaló la Senadora Lily Pérez, dejo constancia de que no estamos ampliando el rango de los sujetos activos obligados al secreto: ellos serán siempre quienes guarden relación con la investigación penal. Aquí no hablamos de cualquier persona.
Los funcionarios públicos mencionados en la proposición son aquellos que participan en la investigación penal. Por usar un ejemplo burdo, esta disposición no afectaría a un carabinero en Punta Arenas que filtra una carpeta de investigación que le llegó de rebote sobre una causa que se lleva en Santiago.
¿Me permite un minuto más para terminar, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).- Le concedo treinta segundos.

El señor ARAYA.- Gracias.
Vuelvo a insistir: el deber de secreto recae solamente sobre quienes conocen de la investigación.
Por último, se habla de las personas que deben cumplir una diligencia ordenada por un tribunal o por el Ministerio Público. En ese caso, no se trata de funcionarios públicos, sino de particulares, de privados, a quienes la Fiscalía les pide colaborar en una investigación. En virtud de esa actuación, se les exige guardar secreto.

El señor LAGOS (Presidente).- Tengo inscrito a continuación al Senador señor Espina.
Antes de darle la palabra, consulto si existe acuerdo para abrir la votación.

El señor ESPINA.- Pero quiero exponer antes.

El señor LAGOS (Presidente).- Señor Senador, puede disponer igual de sus cinco minutos de intervención, sin desmedro del tiempo de fundamentación de voto.

El señor ESPINA.- Entonces, no hay problema.

El señor LAGOS (Presidente).- Si le parece a la Sala, abriremos la votación.
Acordado.
En votación la propuesta de la Comisión de Constitución para reemplazar la letra b) del número 16) del artículo 2º del proyecto.
--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero hacerme cargo de algunas afirmaciones que se hicieron la semana pasada.
Un Honorable Senador señaló que le habían pasado un gol.

El señor HARBOE.- ¡No se encuentra en la Sala!

El señor ESPINA.- No formulo críticas, simplemente quiero saber quién le pasó el gol. ¿Fue el Senador De Urresti? ¿Fue el Senador Harboe? ¿Fue el Senador Araya? ¿Fue el Senador Larraín? ¿Fue el Ministro del Interior? ¿Fue el Fiscal Nacional?
En esta materia voy a barajar todas mis cartas.
Yo estoy disponible para que discutamos sobre si una iniciativa de ley es buena o mala. Pero no acepto, derechamente, que se nos diga que somos ¡una tropa de sinvergüenzas!
¡No estoy dispuesto para eso!
Prefiero ser impopular, pero no renunciar a defender lo que ha sido un trabajo serio, acometido con responsabilidad.
Obviamente, en esta materia no tenemos la última palabra.
Por otra parte, el Presidente de la Corte Suprema ha dicho que lo propuesto es volver al sumario antiguo. Lamento que dicha autoridad sostenga tal opinión, sabiendo que un procedimiento y otro no guardan relación. La actual investigación siempre es pública -¡siempre!- tanto para el querellante como para los imputados, salvo -y de manera excepcional- que el propio fiscal decrete por 40 días la obligación de mantener secreto.
¡El sumario antiguo, en cambio, era secreto de forma permanente!
Señor Presidente, me había quedado callado, pero algunas cosas hay que decirlas aquí para clarificar lo que estamos debatiendo.
Se ha señalado que la prensa se verá afectada por la norma propuesta. Permítanme leer el primer inciso del artículo 7º de la Ley sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo: "Los directores, editores de medios de comunicación social, las personas a quienes se refieren los artículos 5º y 6º" -los periodistas- "y los corresponsales extranjeros que ejerzan su actividad en el país, tendrán derecho a mantener reserva sobre su fuente informativa, la que se extenderá a los elementos que obren en su poder y que permitan identificarla y no podrán ser obligados a revelarla ni aun judicialmente.".
¡Ni aun judicialmente!
Por lo tanto, los periodistas se hallan debidamente amparados, salvo que en la información que entregue alguno de ellos cometa el delito de injurias.
En segundo lugar, quiero citar a un fiscal a quien supongo que nadie considera un profesional que no ha investigado con acuciosidad.
¿Qué señaló el fiscal Luis Toledo en materia de filtraciones en El Mercurio? "Lo que interesa es proteger la prueba". Y luego agrega: "No tiene que ver con la labor de la prensa, la que está amparada por la ley.". Y ya demostré por qué.
A su juicio, esto está más bien vinculado "a los intervinientes -derechamente algunos abogados- que pasan carpetas completas cuando hay diligencia pendientes.".
Luego expresa: "Además de abrir una investigación penal, que está a cargo del fiscal (Sergio) Moya, me fui dando cuenta con el curso de la investigación de que al parecer había filtraciones que salían desde los mismos intervinientes de la causa penal. La investigación, necesariamente, en algún momento va a ser pública y la ley lo prevé. De hecho, los intervinientes tienen acceso a toda la información," -querellantes y querellados- "pero estamos obligados éticamente también a que esa investigación sea eficaz y produzca resultados. Entonces, hay veces que esta exacerbada publicidad -y yo sé que con esto puedo tener una prensa en contra, pero lo defiendo porque es profesional lo que estoy diciendo- puede atentar contra esa eficacia y eso sería muy perjudicial.".
Eso lo dice un fiscal de la república. ¡Y nadie puede argumentar que el fiscal Toledo protege a poderosos!
Y aprovecho de hacerme cargo de las opiniones que sustentan que algunos fiscales protegen a los poderosos. Yo pediría que indiquen quiénes hacen eso y que se querellen. Porque la norma en comento está avalada por el Fiscal Nacional. Si alguien piensa que este o algún otro fiscal -yo no lo creo- protege a poderosos, ¡está imputando un delito!, porque significaría que no está investigando.
Si alguien lo estima así, que actúe en consecuencia.
¿Qué establece la norma actual? Que siempre la información y las actuaciones de una investigación son abiertas para los intervinientes (el imputado o acusado y los querellantes), salvo que excepcionalmente el fiscal decrete la mantención del secreto por 40 días, plazo que ahora se propone prorrogar, con motivos fundados, por 40 días más.
Dispone que en ese período no debe divulgarse información cuyo conocimiento pueda afectar el éxito de la investigación.
En tal caso, se establecen sanciones solo para los fiscales, policías y funcionarios públicos, consistente en la suspensión del cargo y, además, en el pago de una multa. Pero a los intervinientes no les pasaba nada.
Cuando se acusa a los fiscales de filtrar información, estos contestan que no son ellos -entre paréntesis, les creo en gran medida, aunque podrá haber alguna excepción- sino los intervinientes, los cuales no son objeto de ninguna sanción.
Ante ello, sostienen: "Eso no es correcto".
Como manifiesta el fiscal Toledo, es necesario fijar una norma que acote quiénes pueden ser sancionados por filtrar información durante una investigación, antecedentes que siempre se hallarán en conocimiento del imputado y del querellante. Pero a estos hoy solo se les pide que no revelen la información públicamente, porque puede afectar la investigación.
¿Qué se hace en esa materia?
Señor Presidente, ¿me concede un minuto adicional, por favor?

El señor LAGOS (Presidente).- Puede continuar.

El señor ESPINA.- Gracias.
La Senadora Lily Pérez encontraba excesiva la cantidad de personas a quienes se aplica la prohibición. Pero, en realidad, se acota ese número.
La proposición de la Comisión dice: "Los funcionarios públicos que hubieren participado en una actuación de la investigación," -ellos no deben contar nada acerca de las investigaciones- "los peritos" -si estos hacen revelaciones públicas, pueden distorsionar o cambiar la naturaleza de la pericia- "y las personas que accedan a la investigación en virtud de una diligencia ordenada por el Ministerio Público". El caso típico de esto último es cuando se ordena pinchar el teléfono de un sospechoso y el gerente de un banco le cuenta a este sobre la diligencia, lo cual frustra la investigación.
Con la disposición propuesta, un periodista tiene pleno derecho de publicar lo que quiera sobre una investigación penal, pues no está contemplado dentro de las personas que infringen la ley por dicho acto.
Si el periodista...

El señor LAGOS (Presidente).- Concluyó su tiempo de intervención, señor Senador. Ahora le corre el tiempo de su fundamentación de voto.

El señor ESPINA.- Muy bien.
Si el periodista difunde una información que ha recibido, no será objeto nunca de sanción por esta causal, ya que no está considerado dentro de los posibles infractores.
¿Es funcionario público? No es funcionario público.
¿Es perito? No es perito.
¿Es una persona que accede a la investigación en virtud de diligencia ordenada por el Ministerio Público? No.
¿Se trata de una orden emanada de un tribunal que lo obliga a guardar secreto? Tampoco.
A mi juicio, señor Presidente, la norma propuesta está bien construida. Es una disposición correcta; que excluye a los periodistas; que protege las investigaciones, como dice don Luis Toledo, y que apunta a equiparar dos derechos.
El primero es el de la ciudadanía a informarse acerca de una investigación relevante, el cual lo tiene en la formalización, en la acusación y, asimismo, en el juicio oral.
En segundo lugar, el derecho del fiscal de poder llevar adelante una investigación con éxito.
Y se excluye expresamente -¡expresamente!- a todo lo que diga relación con la prensa, por el artículo 7° de la ley pertinente, que leí anteriormente.
En cuanto a lo que sostiene el Senador Horvath -le agradezco por estar presente-, la norma actual establece: "Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, no se podrá decretar el secreto sobre la declaración del imputado o cualquier otra actuación en que hubiere intervenido o tenido derecho a intervenir, las actuaciones en las que participare el tribunal, ni los informes evacuados por peritos, respecto del propio imputado o de su defensor.".
O sea, el imputado siempre -se lo señalo al Senador Horvath, con todo cariño- podrá referirse a la declaración que hace en privado.
¡Cómo se le va a impedir a un imputado decir: "Soy inocente" o dirigirse a los medios de comunicación y afirmar que no tiene responsabilidad!
Obviamente, lo que no va a poder hacer, como muy bien expresó el Presidente de la Comisión de Constitución, es plantear: "Yo soy inocente y quiero contarles que decretaron la intervención de seis líneas telefónicas, que existen varios agentes encubiertos y tres testigos protegidos", porque va a dañar su propia investigación.
Entonces, señor Presidente, yo creo que esta norma está bien construida.
También considero que debemos cuidar el lenguaje. Podemos estar en desacuerdo, pero que, a título gratuito, descalifiquemos al Senado atribuyéndole intenciones distintas ¡lo encuentro inaceptable!
Pienso que redactamos una disposición respecto de la cual nadie de buena fe puede considerar que perjudica el éxito de la investigación ni menos el derecho investigativo de la prensa a publicar todo lo que quiera en cualquier investigación, ya que nunca va a ser sujeto de la sanción que se establece en estas normas, porque tiene la protección especial y, además, porque no es interviniente.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el texto propuesto por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento para la letra b) del número 16) del artículo 2° del proyecto (29 votos favorables y 3 abstenciones).
Votaron a favor las señoras Allende, Goic, Muñoz y Van Rysselberghe y los señores Allamand, Araya, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Harboe, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Montes, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvieron la señora Lily Pérez y los señores Bianchi y Horvath.
El señor LAGOS (Presidente).- Se deja constancia de la intención de abstenerse de los Senadores señores Guillier y Navarro.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, corresponde ahora continuar con el número 2) del artículo 7°, norma aprobada por mayoría. Se encuentra en la página 143 del comparado.
La Comisión propone remplazar la expresión "436, 440 y 443 bis" por "436 y 440". Es decir, está eliminando de esta norma la referencia al artículo 443 bis del Código Penal, precepto que se refiere expresamente al robo de cajeros automáticos.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra para que pueda explicar esta modificación.

La señora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- Señor Presidente, respecto de esta norma, en la actualidad, por regla general, se requiere el cumplimiento del cincuenta por ciento de la condena para solicitar la libertad condicional.
Hoy día, además, se accede y se decreta vía judicial, que es uno de los cambios de la ley N° 20.603.
Nosotros hemos incorporado otras figuras penales en las que se exigirán dos tercios de cumplimiento. Este plazo ya lo contempla la ley para delitos más graves, como los terroristas. Así, hemos incluido el robo con violencia, el robo por sorpresa y el robo en lugar habitado, además de los homicidios que se cometan contra miembros de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones y de Gendarmería.
Esas son las incorporaciones que hacemos a un catálogo existente de delitos que exigen mayor proporción (dos tercios) que lo normal en el cumplimiento de las penas para acceder a la libertad condicional.

El señor HARBOE.- Se excluye el robo de cajeros automáticos.
La señora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- Efectivamente, se excluye el robo de cajeros automáticos.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, la señora Ministra nos ha planteado que hoy día existen ciertos delitos a los cuales el legislador considera de mayor gravedad, como el robo con violencia, el robo por sorpresa, el robo en lugar habitado, el homicidio de un funcionario policial y un conjunto de otros que ya se incluyen en el listado pertinente. Ahora bien, si una persona que ha sido condenada por alguno de ellos quiere optar al beneficio de la libertad condicional, requiere, según esta norma, haber cumplido dos tercios de la condena, en función de que esos delitos son más graves.
Estaba implícito que se incorporaba el delito de robo de cajeros automáticos, y algunos planteamos que debía retirarse. Porque la verdad es que, en lo personal, no considero que el robo de dispensadores de dinero tenga la misma gravedad que presenta el robo con violencia o el homicidio de un funcionario policial. En su oportunidad, en la Cámara de Diputados, voté en contra de aumentar la pena al robo de cajeros automáticos. Ya se ha demostrado que ha disminuido el delito de robos de estos dispensadores y los delincuentes se dedicaron a ir a robar a las casas.
Entonces, no me parece adecuado que le pongamos el mismo requisito -cumplir dos tercios de la condena- cuando solo se está afectando, en estricto rigor, un lugar privado donde además el dinero está asegurado y no existe ningún hecho que afecte la integridad física de las personas.
Por eso, recomiendo apoyar la propuesta de excluir el robo de cajeros automáticos como uno de los tipos penales a los cuales se les exige mayor tiempo de cumplimiento de condena.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, esto es parte de los puntos que buscan restablecer la autoridad de las policías.
Nosotros hemos dicho claramente que uno de los problemas que existían en nuestra legislación era que las policías habían perdido sentido de autoridad.
Nosotros ya aprobamos una norma importante que incluso era parte de un proyecto de ley que presentamos los Senadores de Renovación Nacional, para el cual habíamos obtenido del ex Ministro del Interior el compromiso de colocarle urgencia legislativa. Esto fue liderado por el Senador Espina. Nos habíamos reunido también con el General Director de Carabineros. El objetivo es posibilitar el restablecimiento de esa autoridad policial. Así, no solo se abordó el maltrato de obra a Carabineros, sancionando como se debe también los casos en que no hubiese señas físicas de ese maltrato -esto ya quedó consignado en esta "Agenda corta"-, sino que adicionalmente se busca restringir los beneficios carcelarios cuando no se haya dado cumplimiento a un porcentaje importante de la pena aplicada ante el homicidio de un policía.
Por tanto, esta es una norma que debemos aprobar y que va en la dirección correcta.
Señor Presidente, ¿podemos abrir la votación?

El señor LAGOS (Presidente).- ¿Les parece que abramos la votación?

El señor LETELIER.- Señor Presidente, ¿me permite?

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra, señor Senador.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, antes de que comience la votación quiero entender la afirmación que se hizo respecto de los delitos que se incorporan.
Yo entiendo perfectamente que el robo con violencia o el homicidio son delitos de altísima gravedad. Pero el ejemplo que se puso -excusen mi ignorancia-, del robo de un cajero automático, puede haber sido malo. Y quiero explicar por qué.
Se excluye el robo de cajeros automáticos. Sin embargo, depende de cómo este se efectúe.
¿Qué pasa si el robo de un cajero automático se comete a mano armada en un supermercado? Uno va a decir: "¡Ah, no: es el cajero!".
¿Y qué ocurre si es perpetrado por una red de delincuentes, del crimen organizado, que no solo roba un cajero automático, sino varios?
Entonces, me gustaría entender bien lo que se está construyendo ahora. Es cierto que la amenaza del atentado a la vida tiene mucho más valor que la amenaza del atentado contra las cosas. No me asiste la menor duda de ello.
Pero quisiera que se explicara bien este asunto, para comprenderlo. Porque -según entiendo- aquí estamos estableciendo ciertos delitos respecto de los cuales no habrá -entre comillas- mano más blanda, eximentes o rangos más bajos.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, yo le quiero contestar al Senador Letelier, porque su pregunta me parece muy atingente.
¿En qué consiste en términos generales esta norma, que es bastante sencilla?
La persona condenada a prisión, una vez que ha cumplido cierto período de la pena, puede acceder al beneficio llamado de "libertad condicional". La regla general es haber completado el 50 por ciento de la pena.
La sanción más dura en nuestro ordenamiento es para el delito de robo calificado: cuando una persona roba y mata, roba y viola o roba y secuestra.
Ese delito antes era castigado en Chile con la pena de muerte. Pero esta se derogó y se estableció el denominado "presidio perpetuo calificado", que implica 40 años de cárcel sí o sí.
Luego, hay una norma relacionada con otros delitos graves, que dispone que, para optar al beneficio de la libertad condicional, la persona condenada debe haber cumplido dos tercios de la pena.
El artículo 3° del decreto ley pertinente los nombra. Dice: "A los condenados por los delitos de parricidio, homicidio calificado," -el que se comete con alevosía y premeditación, con ensañamiento- "robo con homicidio, violación con homicidio, violación de persona menor de catorce años", etcétera.
Y la ley en proyecto agrega tres situaciones.
La primera es el "robo con violencia o intimidación en las personas". Este ocurre cuando, por ejemplo, se emplea un arma (una pistola) y se golpea a alguien para que entregue determinada cosa.
Es el más violento, aparte del robo con resultado de muerte o el robo con violación. Se trata del asalto a mano armada. Y se puede cometer en la calle, en un local comercial o en las casas.
La segunda es el "robo con fuerza en las cosas en lugar habitado". Este se registra cuando, por ejemplo, una persona rompe una puerta o una ventana para entrar a una casa sin saber si hay alguien ahí o no, aunque accidentalmente no haya nadie.
Respecto de ese delito sería factible decir, incluso, que existe dolo eventual. Porque la persona podría representar que hay alguien en la casa y, sin embargo, roba igual.
En tal caso, se le dice a quien comete el delito: "Sabe qué más, usted va a tener que cumplir dos tercios de la pena".
La tercera se refiere al homicidio -no estaba considerado, pero se clarificó- de gendarmes, de carabineros y de miembros de la Policía de Investigaciones.
Era incomprensible que quien cometiera asesinato de un particular tuviera que cumplir dos tercios de la pena para poder optar al beneficio de la libertad condicional y no aquel que hubiese matado a un policía o a un gendarme.
Se igualó, por lo tanto, la situación respecto del homicidio.
En el caso que plantea el Senador Letelier, de la persona que entra con fuerza a un supermercado donde hay un cajero automático, ese delito se transforma: deja de ser robo de cajero automático y pasa a configurar el delito de robo con violencia o intimidación en las personas. Porque el delito ya no es el robo del cajero automático, que sería un robo específico o un robo con fuerza en las cosas. Si usa violencia o intimidación, cambia el tipo penal y se transforma: ya no es robo del cajero, sino robo con violencia o intimidación en las personas, cuyo objeto material va a ser un cajero automático.
Por lo tanto, me parece que están bien contempladas las medidas que establecemos. Y considero correcto lo que señaló el Senador Harboe en cuanto a haber excluido de estas normas el robo de cajeros automáticos, pues ello nos parecía un exceso. Porque el robo de un dispensador de dinero, siendo un delito grave, no es comparable, por ejemplo, al caso de quien roba con resultado de muerte.
Señor Presidente, quiero dar un dato que al parecer no se comprende bien.
Cuando uno habla de robo con violencia o intimidación en las personas, yo noto como que queda en el aire.
¡No! Se trata del robo en que se meten a una casa; amarran a quienes se encuentran allí; muchas veces ocurren abusos sexuales que no se denuncian, pues ninguna de las víctimas, mujeres u hombres, va a salir a contar que, además del robo, fue objeto de violación; dejan a la familia con un trauma gigantesco, tanto por los bienes materiales que fueron sustraídos como por el daño psicológico derivado de toda esa experiencia.
Estamos, pues, hablando de uno de los delitos más graves, que tiene el mayor reproche social.
Por eso, nos parece que la incorporación de estas normas, que son menores que las que venían de la Cámara de Diputados, va en la línea de los delitos que se están sancionando, en que se debe cumplir dos tercios de la pena para los efectos de acceder a alguno de los beneficios legales que se establecen para esos casos.

El señor CHAHUÁN.- ¿Puede abrir la votación, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).- ¿Les parece a Sus Señorías?
Acordado.
En votación el número 2) del artículo 7° propuesto por la Comisión de Constitución.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el número 2) del artículo 7° propuesto por la Comisión de Constitución (26 votos a favor, uno en contra y una abstención).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Muñoz, Lily Pérez y Van Rysselberghe y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Harboe, Horvath, Lagos, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Quinteros, Rossi, Ignacio Walker y Patricio Walker.
Votó por la negativa el señor Guillier.
Se abstuvo el señor De Urresti.
El señor LAGOS (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto afirmativo del Senador señor Ossandón.

Entiendo que ahora corresponde ver un artículo pendiente de la sesión anterior, respecto del cual el Senador señor Coloma pidió votación separada.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Exactamente, señor Presidente, quedó pendiente el artículo 11 (páginas 160 a 162 del comparado), que es de carácter orgánico constitucional, por lo que debe aprobarse con dicho quorum. Sin perjuicio de ello, el Senador señor Coloma pidió votación separada para el referido artículo.
Como se trata de una norma de quorum especial, igualmente corresponde votarla.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, efectivamente, en su momento yo pedí votación separada respecto del artículo 11, que tiene que ver con los datos personales de imputados y condenados.
Dicha norma establece que el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones de Chile, Gendarmería de Chile y el Poder Judicial deberán intercambiar ese tipo de datos.
Se agregó al final que, en uso de la potestad reglamentaria, otros organismos también podían estar sujetos a tal obligación.
Mi argumentación -no la voy a repetir- básicamente apuntaba a que el tratamiento de los datos personales por parte de un organismo público solo era factible cuando una ley así lo dispusiera, no por vía reglamentaria. Porque esto puede violentar la potestad reglamentaria, y debe ser expresamente establecido.
Adicionalmente, mis reparos se fundan en que existen algunos organismos autónomos.
Entonces, yo no entendía bien cómo en virtud de la ley en proyecto era factible ampliar el alcance de la referida disposición y que no solo los organismos que se detallan en ella, sino también los que el reglamento respectivo fijara podían sumarse a la obligación de intercambiar datos.
Señor Presidente, después de terminada la sesión en que se discutió esta materia, nosotros conversamos con el Ministerio de Justicia. El diálogo fue bueno, y entiendo que llegamos a una propuesta común para resolver la situación descrita, por lo menos parcialmente.
Si quiere, le presento la indicación pertinente. Pero quiero leer su texto, pues la idea es que haya acuerdo sobre el particular.
Dice: "El funcionamiento de este banco de datos se regirá por un decreto supremo del Ministerio de Justicia, que llevará la firma del Ministro del Interior y Seguridad Pública, el que podrá determinar otras instituciones u órganos de los señalados" -aquí viene el cambio- "en el artículo primero de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, con excepción de aquellos que gocen de autonomía constitucional, para que dentro de la esfera de su competencia, integren el mismo".
De esa manera, señor Presidente -aquí está anotado; el Ministerio de Justicia propuso la fórmula de redacción-, podría salvarse la objeción planteada y resolverse por unanimidad el punto.
¿Quedó claro? ¿O no tanto?

El señor LAGOS (Presidente).- ¿Sería una indicación?

El señor COLOMA.- Sería una indicación, para la cual pido la unanimidad.
El texto fue consensuado con el Ministerio de Justicia.
Si Su Señoría quiere, puede consultar a la Sala.
Es una forma de dejar claro que a los organismos que tienen autonomía constitucional no se les puede imponer por reglamento la obligación de enviar datos.
¡Por algo está consagrada la autonomía constitucional!
Esa es la fórmula para solucionar el problema que plantea la votación separada.

El señor LAGOS (Presidente).- Me gustarían dos cosas: primero, recabar la información del Ministerio de Justicia, y segundo, tener el texto a la vista.

El señor LARRAÍN.- Ahí lo tiene, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- Luego veríamos si los señores Senadores concurren a la unanimidad.
Tiene la palabra la señora Ministra.

La señora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- Señor Presidente, el texto de la indicación que se acaba de explicitar, efectivamente, fue concordado con nosotros.
Estamos de acuerdo en que por vía administrativa, reglamentariamente, se pueda incorporar a otras instituciones, a menos que gocen de autonomía constitucional, caso en el que deberá usarse el camino legal.
Eso es lo que se incorpora mediante la indicación del Senador Coloma.
Así que estamos de acuerdo.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

La señora ALLENDE.- ¿Va a abrir la votación, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).- Antes de abrirla debo ver qué haremos con la indicación que se presentó, señora Senadora.
Así que voy a recabar un poquito de información.
Para tal efecto, ofrezco la palabra.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, sugiero que acojamos la indicación (para ello tendría que haber unanimidad en la Sala), la cual fue trabajada entre el Senador Coloma y el Ministerio de Justicia.
Lo anterior, por lo siguiente.
En estricto rigor, la "Agenda corta" antidelincuencia busca entregar herramientas para mejorar la eficacia en la persecución de los delitos de mayor ocurrencia.
En 2014 tuvimos un millón 130 mil hogares victimizados. De ellos, 87 por ciento -como señalé en sesión anterior- pertenecen a los grupos socioeconómicos C3 y D, es decir, gente de clase media y esfuerzo; y en esta situación, cuando se trató de imputado desconocido (o sea, llegó la policía tras ocurrir el delito y el delincuente ya no estaba en el lugar de los hechos), en 99,3 por ciento de los casos no hubo ningún tipo de sanción.
Entonces, haciéndonos cargo de tal realidad, se redacta esta "Agenda corta" antidelincuencia, que incluye cerca de treinta medidas destinadas justamente a salvar las situaciones a cuyo respecto los operadores del sistema (léase Carabineros, Investigaciones, Fiscalía) nos decían: "Estos son los problema que estamos enfrentando". Y uno de ellos era la imposibilidad de compartir información.
Hacia el año 2007 se inició el trabajo para la creación del Banco Unificado de Datos.
En verdad, unificar datos de Carabineros, de la Policía de Investigaciones, del Poder Judicial, del Ministerio Público y de Gendarmería resultaba extremadamente complejo: por los celos institucionales; por la reserva de la información; por los mecanismos tecnológicos, y por los medios de protección de la información.
Después de cerca de diez años, quiero felicitar al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública, pues esta mañana se puso en marcha el Banco Unificado de Datos.
Hoy se dio inicio al intercambio de información entre todas las instituciones. Ello permitirá reducir los tiempos de respuesta; contar con mejor información policial en terreno precisamente para identificar a quienes tienen órdenes de detención o causas pendientes, o a aquellos que están siendo investigados en diferentes lugares de nuestro país a través del Ministerio Público. Es decir, vamos a mejorar la respuesta del Estado frente a los que hacen del delito su actividad habitual.
Por eso, considero muy importante y oportuno que aprobemos ahora la norma propuesta, pues precisamente hoy el Ministro del Interior inauguró el Banco Unificado de Datos y lo puso en marcha.
Señor Presidente, conforme a la ley en vigor, por decreto supremo la autoridad podrá ir sumando instituciones para que entreguen información al Banco Unificado de Datos.
Pues bien, en sesión anterior el Senador Coloma hizo una advertencia y dijo: "Cuidado, porque no correspondería que por decreto supremo se obligara, por ejemplo, a instituciones como el Banco Central, que tiene autonomía constitucional, o como el SERVEL, ente al que le acabamos de dar autonomía constitucional, a ingresar información. Mejor hagámoslo por ley, para evitar que haya flexibilidad en la materia y que se afecte la autonomía de instituciones a las cuales nosotros, como legisladores, les otorgamos autonomía constitucional".
Entonces, esta indicación respeta la potestad reglamentaria y permite que por decreto supremo otras instituciones sean incorporadas al mecanismo del Banco Unificado de Datos. Empero, tratándose de aquellas que gozan de autonomía constitucional, para su inclusión debe mediar ley.
Un paréntesis, señor Presidente.
Obviamente, cuando hablamos del Ministerio Público y del Poder Judicial, ya están incorporados. El problema surge en el caso de las nuevas instituciones autónomas constitucionalmente.
En consecuencia, me parece que la aprobación de la enmienda hecha en conjunto con el Gobierno posibilitará darle mayor respaldo a lo que se puso en marcha hoy, que sin duda significará, desde el punto de vista de los operadores del sistema de seguridad, aumentar la eficacia en la identificación y persecución penal de los delincuentes habituales.
Y un paréntesis final, señor Presidente.
Un estudio realizado con las policías arroja que 378 personas han sido detenidas por ellas más de 50 veces.
Por consiguiente, la utilización de la nueva base de datos posibilitará que en diversas partes del territorio nacional la Fiscalía, el Poder Judicial, Carabineros, Investigaciones y Gendarmería identifiquen la información necesaria para alertar al sistema, sancionar adecuadamente y evitar que aquello vuelva a ocurrir.
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, llama la atención que el mencionado banco de datos no existiera.
¿Cuál es la coordinación que tienen actualmente las policías, el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior?
Cuando a un funcionario le consultan sobre una persona y su eventual relación con algún delito, ¿no hay coordinación?
Una pregunta mínima: ¿Cómo se procede hoy sin el referido banco de datos?
Porque constituiría un grave error que no existiera coordinación mínima en un área que hoy día -todos lo reconocemos- es sensible.
En segundo lugar, yo desconfío de los decretos supremos.
Actualmente tenemos un Ministro del Interior y una Ministra de Justicia. En el próximo Gobierno podemos tener otros. Y todos son nombrados por el Presidente de la República (nos pasa también con el Director de Impuestos Internos).
Entonces, es factible que una nueva Administración no quiera hacer funcionar el Banco Unificado de Datos o desee "omitirlo".
¿Quién va a salir del mencionado Banco?
Porque los imputados, si dejan de tener esta condición y quedan libres de todo cargo, deben salir de él. ¿No es cierto?
Aquí estamos creando un DICOM de las policías en torno a los imputados y los condenados. Y todos sabemos el destino que tienen los DICOM: son una foto que queda, aunque después se pague la deuda; en este caso, la deuda con la sociedad.
En consecuencia, uno podría preguntar si las personas, pese a que después se demuestre su total inocencia y queden en libertad, van a estar siempre sujetas al hecho de que en algún minuto figuraron en el Banco Unificado de Datos como imputadas.
A mi entender, una información tan vital como esa no puede quedar al arbitrio de una decisión política.
Porque -seamos francos- el Ministerio del Interior es un Ministerio político. Y el Ministro de Justicia es nombrado políticamente. Ello, en circunstancias de que para el manejo de datos sensibles necesitamos autonomía, como la del Ministerio Público.
Por tanto, tengo dudas, pues debe mediar un decreto supremo.
¿Dónde se radicará la base de datos? ¿Quién va a manejarla?Cuando fuimos a visitar a Sabas Chahuán a propósito de los aparatos que adquirió el Ministerio Público para las intervenciones telefónicas, la respuesta fue: "Están aquí, en el Ministerio Público. Y, cuando nos remiten los datos de otras intervenciones telefónicas, yo puedo chequear para determinar si me los enviaron completos o no".
A mi juicio, en este caso el decreto supremo no es suficiente.
¡Porque luego nos vamos a quejar de que el Director de Impuestos Internos no actúa debido a que la autoridad política lo presiona...!
Entonces, pienso que debe haber una fórmula que garantice que el Banco Unificado de Datos no estará afecto al vaivén de la autoridad política. Porque, como expresé, el criterio sobre la materia puede cambiar.
Por último, yo pregunto si en esta materia estamos sujetos o no a la ley de filtraciones.
Porque este es un banco de datos. Y, después de lo sucedido en Panamá, todos los bancos de datos son hackeables.
En el Congreso Nacional y en muchos otros lugares -lo hemos conocido en el Ministerio de Defensa, por ejemplo- existe una vulnerabilidad extrema de los bancos de datos, pues no hay protección adecuada contra los hackers.
Por tanto, el banco de datos a que nos estamos refiriendo puede ser un DICOM.
¿Va a haber DICOM histórico o la eliminación será obligatoria?
¿Qué pasará si alguien no es eliminado del Banco Unificado de Datos?
Porque al crearse el DICOM dijimos: "¡Muy bien! Se hace con una buena intención: la sanidad financiera". Pero después se prestó para abusos.
Para el fin objetivo de la coordinación, el mecanismo debería funcionar plenamente. Sin embargo, todos sabemos que estos bancos de datos pueden terminar de mala manera.
Se habla de instituciones autónomas: Agencia de Inteligencia, Banco Central.
¿Podrá la INTERPOL acceder al Banco Unificado de Datos?
¿Quién da la autorización ante una demanda internacional de bancos de datos generales? ¿O se trata solo de aspectos puntuales? Es decir, ¿se puede consultar por una persona o es factible acceder a todo el banco de datos?
Siento que estamos creando un instrumento potencialmente muy significativo para las policías.
No sé qué tienen ahora. Y si no tienen nada es un grave error.
Creo que algo de coordinación hay. Porque no sería entendible que cada cual trabajara en su metro cuadrado.
Entonces, me habría gustado saber cómo se está funcionando ahora.
Señor Presidente, ya hemos legislado a la carrera: nos ha ido mal, y hemos debido retroceder.
Por consiguiente, quienes no participamos en la Comisión de Constitución necesitamos un poquito más de información para formarnos convicción en el sentido de que lo que estamos aprobando funcionará y no se va a desvirtuar.
Si el Ministro del Interior, o la Ministra de Justicia, o el Presidente de la Comisión de Constitución nos informaran sobre la materia, sería importantísimo. Porque yo soy contrario a los DICOM, pues al final perjudican a inocentes.
Uno persigue a los malos ¡Bien! ¡Hay que darles duro! Pero a veces terminan pagando también los inocentes o los que quedan en libertad.

El señor MONTES.- ¡Se acabó la Patagonia...!

El señor PROKURICA.- ¡Y también las represas...!

El señor LAGOS (Presidente).- Pidió la palabra el señor Ministro, quien tiene preferencia.
Puede intervenir, señor Ministro.

El señor BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad Pública).- Señor Presidente, el artículo en cuestión dice al comienzo: "El Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones de Chile, Gendarmería de Chile y el Poder Judicial deberán intercambiar, de conformidad con el artículo 20 de la ley Nº 19.628, los datos personales de imputados y condenados,...".
¡De eso estamos hablando!

El señor PROKURICA.- Obvio.

El señor BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad Pública).- En el inciso segundo expresa: "Corresponderá al Ministerio Público la administración del banco de datos que se forme y que se configurará con los datos señalados en el inciso anterior...".
O sea, ¡es un instrumento eminentemente persecutorio de los delincuentes, no de quienes no cometen delitos!
Gracias, señor Presidente.

El señor NAVARRO.- Yo me refería a las personas que son imputadas.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Montes.

El señor MONTES.- Señor Presidente, quiero valorar este artículo y su intención.
Como dijo el colega Navarro, es bien extraño que este banco de datos no hubiera existido hasta ahora, pues se trata de un instrumento fundamental para saber qué ocurre en la realidad y conocer el actuar de ciertas personas.
En todo caso, la preocupación de Su Señoría no me parece tan significativa. Yo creo que debe haber antecedentes sobre situaciones personales pretéritas y actuales.
Por cierto, hay que decir qué pasó y, además, señalar cuando la persona cumplió.
La idea última es tener un registro que permita investigar. Y se trata de un elemento de apoyo solo para las policías. No estamos hablando de un DICOM abierto a cualquier persona, sino de un ente que pueda facilitar la indagación.
Mi mayor duda -y se lo digo al Ministro del Interior por intermedio de la Mesa- son la construcción y operación de este banco de datos.
Tenemos la experiencia del banco de ADN de violadores: si no me equivoco, transcurrieron siete años entre la decisión de crearlo y la implementación.
Entiendo que el banco de huellas está atrasadísimo -no sé si en el caso que nos ocupa se considera para la recolección de datos-: en él operarán distintas instituciones, a las que todavía no se ha articulado.
Son cosas increíbles: la delincuencia actúa con mucha celeridad y tiene inteligencia para ir respondiendo a la autoridad; sin embargo, en el lado de las instituciones algo serio pasa.
Yo tengo dudas sobre la definición de lo que tendría el banco en comento, que está muy referido a las personas. Pero, en mi concepto, las características de los ilícitos, los lugares donde se perpetran los delitos y los modus operandi también habrá que ir incorporándolos a la base de datos.
Uno oye a Carabineros y a otras instituciones decir: "El problema ya no es el portonazo. Este se está remplazando crecientemente por el ataque por ambos lados del vehículo que se detiene frente a un semáforo".
Tiene que haber algún sistema que detecte aquello, acumule la información y determine qué tipo de personas están actuando del modo descrito.
El concepto de datos planteado aquí me parece dudoso, señor Presidente.
Se dice que va a haber un decreto de Justicia, con la firma del Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Yo espero que eso salga cuanto antes. Debe entenderse que la cuestión es dinámica. Porque hay que partir de un punto, pero apuntando a algo mayor. Entonces, ha de ampliarse el concepto de datos implícito acá.
Con respecto a la administración del Banco Unificado de Datos, me parece bien que corresponda al Ministerio Público, no a Interior.
El problema radica en que el sistema debe ir madurando, se tiene que desarrollar cada vez con mayor fuerza.
Ahora, la implementación no va a ser homogénea en todo el país. Algunas regiones avanzarán con mayor velocidad; por tanto, tendrán más información y permitirán ampliar el concepto de datos con mayor celeridad.
Incluso, imagino que en Santiago ya hay más datos que en muchas otras comunas de nuestro país.
En todo caso, considero que lo importante -y se lo digo a los Ministros a través del señor Presidente- es que el sistema parta -el Senador Harboe dijo "Ya partió"; yo no sé qué puede haber partido antes de la ley- y, además, que se prevea la construcción por etapas, para tener lo antes posible una base de información cuantitativa y cualitativa.
En muchas situaciones la información cualitativa en materia de persecución del delito es muy determinante.
Entonces, no entiendo si va a haber solo un registro de personas, y eventualmente de huellas, o si la idea es intercambiar la información.
El que más información tiene es, sin duda, el Ministerio Público, porque acumula investigaciones de diversas fuentes. Pero eso no se aprovecha para la persecución del delito. Así, hay separación causa por causa, caso por caso, y no se acumula la información para analizar escenarios concretos y hacer un trabajo mucho más inteligente y agudo.
La delincuencia avanza más rápido que la capacidad de la autoridad para captar sus movimientos y acciones.
Espero que el concepto inicial de datos limitados a personas evolucione hacia la recepción de información bastante más cualitativa, para procesarla en función de la investigación delictual.
Sin duda, voy a votar a favor.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.

El señor PROKURICA.- Señor Presidente, hay que reconocer los pasos importantes que se dan en la lucha contra la delincuencia.
Yo creo que este es un paso muy significativo.
Un señor Senador preguntaba si antes no existían los bancos de datos.
¡Por supuesto que existían!
El problema estriba en que los datos no sirven cuando no están sistematizados y cuando los organismos de inteligencia no cruzan toda la información debido a que para este efecto no hay trabajo de equipo.
Ahora, existen numerosas razones para no entregar la información: celo de las instituciones; riesgo de que se filtren los datos y se pierda el trabajo de muchos años en la lucha contra la delincuencia, en fin.
Por lo tanto, cuando no hay cruce de información y cuando no existen bancos de datos como el inaugurado hoy día, el trabajo resulta poco eficaz.
Aquello ha ocurrido históricamente en la inteligencia. Y a veces la inteligencia que se hace en otras áreas no coopera en la batalla contra la delincuencia.
En mi opinión, ese elemento también debería estar incorporado.
Ahora, hay que reconocer el trabajo realizado y, asimismo, que se está dando un gran paso en esta materia, que se inició en el Gobierno del Presidente Piñera.

El señor NAVARRO.- ¡No le fue muy bien...!

El señor PROKURICA.- Y el Senador Espina tiene bastante responsabilidad desde el punto de vista de los primeros pasos que se dieron.
Ahora, señor Presidente, yo he dicho que, si el problema existe con los delincuentes chilenos, la situación es mucho más complicada: nuestras policías no tienen ninguna posibilidad de detectar y detener a delincuentes internacionales que quieren ingresar a nuestro país, a menos que estén encargados por la INTERPOL.
Entonces, ¿a qué estamos llegando? ¡A que en Chile cometan ilícitos delincuentes importados!
¡Yo creo que nosotros podemos exportar delincuentes, no importarlos...!
Leo en la prensa que ahora hay sicarios en nuestro país: ¡tenemos delincuentes que por 500 mil pesos matan a una persona!
Ese es un delito muy común en otras naciones de América. En Chile casi no existe, por la eficacia de nuestras policías y porque la cultura de la delincuencia todavía no llega a esos extremos.
Señor Presidente, yo creo que, como gobiernos, como país, estamos en deuda con nuestras policías. No hago una crítica solo al actual Gobierno.
Creo que debiéramos tener tratados con nuestros vecinos limítrofes y con los Estados de donde viene la mayoría de los inmigrantes, de tal manera que nuestras policías pudieran intercambiar información y decirles en la frontera a delincuentes que no figuren encargados por la Interpol -o sea, clonadores de tarjetas, carteristas, ladrones de baja monta y otros- y quieran venir a "trabajar" a Chile: "¿Sabe? No puede entrar, señor, porque crucé los datos con su lugar de origen y usted está encargado por tal o cual delito". Ello no pasa hoy día: esas personas muestran el carné y entran. Y el resultado es que se están viendo ilícitos que antes no existían aquí.
Hemos constatado con la Comisión de Defensa, donde hemos hecho un trabajo importante en la materia, que ni Investigaciones ni Carabineros pueden contar con un convenio que permita parar el flujo susceptible de incrementar la delincuencia, aunque sea en una baja proporción. Porque hemos visto que no es cierto que los inmigrantes sean los mayores aportantes en la cantidad de delitos, pero sí de aquellos que son violentos y que no conocíamos en nuestro territorio.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, vamos a dar la unanimidad respecto a la indicación presentada por el colega Coloma, porque es razonable y plantea una justa precisión respecto de órganos con autonomía constitucional que no pueden ser obligados a entregar información por un decreto supremo. Me parece que es preciso hacer el punto desde la óptica de que se tendrán que incorporar a través de una ley.
Lo relevante, estando de acuerdo con la situación, es que eso no sea un obstáculo. Y también lo es que quede en la historia de la ley que determinadas instituciones autónomas le proporcionarán antecedentes al banco unificado de datos, a fin de disponer, en definitiva, de una coordinación adecuada. Han sido innumerables las intervenciones de Senadores -y fue la discusión que se dio en la Comisión- en el sentido de que efectivamente se debe contar con una sistematización en el intercambio de información.
Bien reseñaba el señor Ministro que se trata de imputados y de condenados. ¡Y vaya que hace falta una mayor armonización especialmente entre las policías y en la actuación del Ministerio Público!
El año pasado, a propósito del debate acerca del fortalecimiento de este último organismo, aprobamos la unidad de análisis criminal, que es precisamente una instancia en la cual se pueden discutir y focalizar indagaciones con rasgos comunes, como en el caso del delito de abigeato, o efectuarse un análisis, individualmente, para lograr una visión del territorio y de cómo se conectan los malhechores. La idea, en definitiva, es una investigación focal, más que de cada una de las causas, lo que claramente genera ineficiencia.
Juzgo importante la presencia de los titulares del Interior y de Justicia, porque la labor que será necesario realizar principalmente con las policías, con el Ministerio Público, es de enorme significación.
El banco unificado de datos tiene que ser una base para identificar con fluidez a los imputados, a los condenados, a las personas que han entrado en la carrera delictual, de modo que pueda cruzarse la información y conseguirse más eficacia.
Sin lugar a dudas, cabe apoyar la indicación presentada por el Senador señor Coloma al artículo 11, ya respaldado en la Comisión, y reiterar la conveniencia de que un consenso, como lo hemos expuesto aquí, en cuanto al manejo de la información de manera adecuada, con la preservación de los derechos constitucionales de cada ciudadano. Pero lo principal es que el trabajo sea eficaz y que las policías y el Ministerio Público dispongan de los instrumentos requeridos para una persecución penal más eficiente en nuestro ordenamiento jurídico.
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario para explicar el contenido preciso de la indicación. Entiendo que hay unanimidad, pero se trata de estar seguros de lo que se apruebe.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Con relación a la parte final del inciso primero del artículo 11, en lo referente al decreto supremo que firmarán los Ministros y determinará las entidades que integrarían el banco de datos, se propone acordar por unanimidad la siguiente redacción: "el que podrá determinar otras instituciones u órganos de los señalados en el artículo primero de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, con excepción de aquellos que gocen de autonomía constitucional, para que dentro de la esfera de su competencia, integren el mismo".
Si ello se acogiera, se votaría la disposición con ese cambio.

El señor LAGOS (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, entiendo que la indicación se orienta al resguardo de la privacidad y, particularmente, a la restricción de una autonomía indiscriminada.
Sin embargo, quiero consultar si se incluye a las superintendencias financieras. ¿Cuáles son exactamente los organismos autónomos? Porque si esas instituciones van a revestir esta última característica y no estarán comprendidas, y luego será preciso dictar un cuerpo legal para que se pueda acceder a ellas en el caso de un delito financiero, deseo saber exactamente cuáles son las que quedarían fuera, para que no tengamos que lamentar después la necesidad de hacer correcciones por dejar alguna entidad con tal resguardo.
Por cierto, son importantes el robo con violencia, el "portonazo", ¡pero los delincuentes de cuello y corbata también justifican todo el rigor de la ley! Y lo que hemos construido siempre, en los últimos veinticinco años -he sido parte de eso-, es una legislación que no apunta contra ellos con la misma dureza expresada por el Senador señor Espina. ¡Por alguna razón les levantamos las penas de cárcel! ¡Por alguna razón salen todos absueltos! ¡Se roban miles y miles de millones de pesos, arruinan la vida de muchas personas y no les ocurre nada! ¡Pasan piola!
Los conductores arriesgan ahora por lo menos un año de cárcel si se encuentran en estado de ebriedad. Pero cabe recordar el ejemplo, muy reciente, de las farmacias.
Entonces, voy a votar a favor de la indicación, pero quiero saber si se incluye -repito- a las instituciones financieras, porque, en definitiva, no deseo que existan resguardos cuando se pida este tipo de datos por delitos económicos.
Si se pudiera aclarar el punto, sería muy importante, dado que la indicación se presenta en la Sala y no habíamos tenido la posibilidad de conocerla. El señor LAGOS (Presidente).- Sin perjuicio de que el titular del Interior seguramente explicará este aspecto, el texto hace referencia a órganos "que gocen de autonomía constitucional". Y entiendo que ese no es el caso que se acaba de plantear.
El señor Ministro ha pedido la palabra.

El señor BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad Pública).- Señor Presidente, era para decir de peor manera lo que usted acaba de expresar.

El señor LAGOS (Presidente).- Como no lo sabemos, Su Señoría puede intervenir y ahí comparamos.

El señor BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad Pública).- El texto es absolutamente claro a la hora de determinar con relación a quiénes se requerirá una ley.

El señor NAVARRO.- ¡Es para abogados...!

El señor BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad Pública).- La ley se presume conocida de todos.
En cuanto a los órganos con autonomía constitucional, ¿empezamos de atrás para delante en la Carta? El Banco Central; la Contraloría General de la República; el Ministerio Público; el Servel, incorporado recientemente; el Poder Judicial; el Tribunal Constitucional.

El señor LAGOS (Presidente).- El Honorable señor Navarro dijo que concurría a la unanimidad, entonces, una vez aclarado el punto.

El señor LABBÉ (Secretario General).- La norma es de rango orgánico constitucional.

El señor LAGOS (Presidente).- En votación.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el artículo 11 con el texto de la indicación, dejándose constancia, para el efecto del quorum constitucional exigido, de que se registran 31 votos a favor.
Votaron las señoras Goic, Muñoz, Lily Pérez y Van Rysselbergue y los señores Allamand, Bianchi, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor LAGOS (Presidente).- Los Senadores señores Larraín y Chahuán dejan constancia de su intención de voto a favor.

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El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).- Sí, Su Señoría.

El señor WALKER (don Ignacio).- Solicito que se permita hasta el jueves 14 de abril la presentación de indicaciones al proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y otros cuerpos legales en lo relativo a probidad y transparencia.

El señor LAGOS (Presidente).- Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
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El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde ocuparse en la última normativa pendiente, que es la del artículo 12, aprobado en la Comisión por mayoría de cuatro votos contra uno.
El señor LAGOS (Presidente).- En discusión.
Puede intervenir el señor Ministro.

El señor BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad Pública).- Señor Presidente, se ha abierto el debate sobre la disposición que establece el control preventivo de identidad.

El señor LAGOS (Presidente).- Ruego a los señores Senadores mantener silencio.

El señor BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad Pública).- En el discurso genérico con que se inauguró por parte del Ejecutivo el tratamiento del proyecto hace dos semanas destiné una buena parte a justificar la necesidad, a juicio del Gobierno de la Presidenta Bachelet, de crear el instrumento en examen y tuve la oportunidad de señalar algunas voces que pretenden representarlo como un equivalente o algo similar a la denominada "detención por sospecha". Eso seguramente está en acta.
También pude exponer las diferencias entre una y otra institución, y que la detención por sospecha, vigente hasta 1998, fue sustituida, con arreglo al nuevo Código Procesal Penal -ya no tan nuevo: lleva más de dieciocho años de aplicación en algunas regiones-, por el control de identidad, cuya versión actual es producto de modificaciones efectuadas desde 2002 en adelante.
Por desgracia, tengo que partir raudamente a Santiago por razones del cargo -dentro del límite de 120 kilómetros por hora, en todo caso-, pero se encuentra presente la Ministra de Justicia, quien, por lo demás, ha acompañado la tramitación de la iniciativa, en forma más directa, en distintas instancias legislativas.
Quisiera hacer un par de consideraciones, eso sí, ya que hemos intentado, como Ejecutivo, buscar elementos, tanto en el derecho comparado como en la jurisprudencia, demostrativos de que esta institución, eminentemente identificatoria y que ayuda al rol preventivo de las policías, no se diferencia muy sustancialmente de instrumentos más bien investigativos en causas penales abiertas o en la búsqueda de un delito flagrante. Para eso está el instrumento del artículo 85 del Código Procesal Penal.
Recorriendo con nuestros asesores distintos aspectos doctrinarios, descubrimos hace algún tiempo un fallo recientemente dictado en un país donde también se ha discutido recientemente el asunto: nuestra vecina República Argentina. De las cosas más notables que me he impuesto, me permitiré leer un par de elementos contenidos en una resolución sobre el mismo debate.
Es decir, hago referencia al carácter de la identificación en las circunstancias señaladas en el artículo 12 propuesto, que son mucho más restrictivas -mucho menos laxas, si se quiere- que las provenientes de la Cámara de Diputados, en el sentido de circunscribirse más el control preventivo, de contemplarse mayores garantías para el identificado y de establecerse de manera más determinada a quién se le puede practicar la diligencia.
Quedan absolutamente fuera, para citar un caso, los menores de 14 años. En el caso de existir una duda por la ausencia de identificación, siempre se presumirá, según la ley, que la persona es menor de 14 años.
Lo que deseo compartir, en este sentido, es que la circunstancia de que una autoridad de prevención, como Carabineros, lleve adelante procedimientos identificatorios de personas al azar en lugares públicos o de acceso público -son supuestos que se dan en nuestra propuesta- no es, per se, violatorio de ninguna garantía constitucional, siempre que la identificación encuentre apoyo en la consecución de las funciones inherentes al mantenimiento del orden público y se argumente en condiciones razonables y proporcionales que no resulten contrarias a los derechos garantizados en la Constitución Política de la República.
Y eso es lo que busca, en muchos aspectos, el artículo 12: contemplar garantías suficientes para aquel a quien se desea identificar.
La diligencia tampoco debe suponer un trato discriminatorio, desigual o arbitrario, de manera tal que no colocar a las personas en situaciones de inferioridad o de indefensión respecto de otras que circulen libremente por el mismo lugar donde se está verificando.
Consecuentemente, a diferencia de lo expresado, muchas veces, en algunas críticas, la facultad de la autoridad policial en orden a requerir la identificación en lugares públicos o de acceso público no exige la concurrencia de circunstancias sospechosas o indiciarias acerca de la hipotética comisión de un ilícito que debe ser conjurado, sino que razonablemente se justifica por la propia función de prevención y disuasión que le concierne, en tanto son funcionarios públicos encargados de hacer cumplir las leyes y velar por una convivencia pacífica de todos los que transitan libremente por esos lugares.
El genuino control que la autoridad de prevención -la policía- ejerce en determinados sitios con fines disuasorios, para resguardar en mayor medida las legítimas expectativas de seguridad que la población deposita en ella, ciertamente no puede ser tildado en abstracto de espurio e insostenible bajo el argumento de que limitaría de una manera poco significativa la circulación de los ciudadanos o su intimidad, máxime cuando se trata de la mera exhibición del documento público de toda persona de existencia visible que se domicilie en el territorio, que por lo demás debe cuanto menos tramitar e incluso presentar en muchas circunstancias en que resulte necesario acreditar, fehacientemente, la identidad para el ejercicio de ciertos derechos u obligaciones.
Ese es el sentido del control preventivo de identidad, no otro: ayudar en la prevención y solicitar la exhibición de un documento que, por lo demás, las chilenas y los chilenos mayoritariamente necesitamos portar para realizar cientos de trámites.
Queremos insistir en eso, porque no hay razón para presumir que lo que aquí se quiere es crear un instrumento destinado a la conculcación de los derechos de las personas.
Todo lo contrario. Para evitar cualquier riesgo de que ello ocurra, hemos agregado en el artículo, particularmente en la Comisión especializada del Senado, elementos resguardadores, garantizadores, para que la facultad policial de pedir en determinadas circunstancias el carné de identidad esté acompañada de las garantías destinadas a evitar arbitrariedad, discriminación o abuso.
Además, se agrega la obligación de contar con información pública de los controles preventivos identificatorios que se hayan efectuado en períodos anteriores.
Muchas gracias, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- A usted, señor Ministro.
A continuación, tiene la palabra el Senador señor Quinteros.

El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, desde hace varios años, la delincuencia está afectando la calidad de vida de millones de chilenos. Como Senadores socialistas, hemos apoyado y apoyaremos todas las iniciativas legales y administrativas dirigidas a enfrentar este flagelo.
Estamos convencidos de que la respuesta del Estado debe ser multidisciplinaria y requiere adoptar medidas sociales integradoras -en el ámbito de la educación, la capacitación, el empleo, la vivienda, los espacios públicos, las políticas de infancia y adolescencia, la salud mental, la reinserción y la rehabilitación-, así como una revisión completa de nuestro Código Penal, de los sistemas de cumplimiento de condenas y del fortalecimiento de las capacidades de nuestras policías y del trabajo de prevención y persecución penal.
En esta perspectiva, apoyamos el proyecto de ley del Ejecutivo denominado "Agenda corta antidelincuencia", que persigue facilitar la investigación del Ministerio Público y hacer efectivas las penas a los condenados por delitos de robo, hurto y receptación.
Sin embargo, no podemos estar de acuerdo con la indicación incorporada en la discusión en la Cámara de Diputados que establece el denominado "control de identidad", que permitiría la detención administrativa, por hasta cuatro horas, de toda persona que no porte un documento de identificación en caso de serle requerido, prácticamente en cualquier lugar y circunstancia. En el caso de menores de edad, estos podrían ser conducidos a un recinto policial por hasta una hora para confirmar su identidad.
La enorme mayoría de los expertos en políticas de seguridad, profesores de Derecho Penal, el Instituto Nacional de los Derechos Humanos, informes de relatores especiales de Naciones Unidas y de UNICEF y representantes de diversas organizaciones sociales han cuestionado esta medida por considerarla innecesaria, sin evidencia que la sustente, además de representar un serio riesgo de privaciones arbitrarias de la libertad personal, que recaería en la parte más discriminada de la población, lo que es aún más grave considerando que dicha medida también puede afectar a menores de edad.
Asimismo, la facultad de control de identidad se ha establecido en el marco de las atribuciones de resguardo del orden público que posee Carabineros, materia que excede los objetivos del proyecto de ley y que no puede ser regulada sin analizar los efectos que puede tener en el ejercicio de los derechos de libertad de reunión y de asociación.
En consecuencia, hemos decidido no aprobar la indicación citada, y llamamos a las distintas bancadas a enfocarse en medidas que efectivamente apunten al combate contra la delincuencia, asegurando siempre la plena vigencia de las garantías constitucionales de que gozan los chilenos y las chilenas.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, en la última encuesta de opinión pública y de evaluación de gestión del Gobierno, correspondiente a febrero del presente año, ante la consulta "¿Usted aprueba o desaprueba la forma como Michelle Bachelet y su equipo de gobierno están manejando la delincuencia?", solo un 7 por ciento aprueba y un 92 por ciento desaprueba la gestión en materia de delincuencia.
Yo creo que estos datos, este 92 por ciento de rechazo, es claramente indicativo de que la gente está cansada: cansada de los robos, de los asaltos, de la inseguridad, de la desprotección. Y por lo tanto nos llama a nosotros, como legisladores, a actuar para que podamos tener normas que permitan entregar mayor seguridad y mayor protección a la población. La ciudadanía quiere vivir tranquila, quiere dormir tranquila, sin sobresaltos.
A diferencia del Senador Quinteros, yo pienso que esta medida apunta, precisamente, a ayudar a nuestras policías a efectuar controles preventivos de identidad que les permitan aprehender a personas que, teniendo órdenes de detención, se encuentran virtualmente prófugas de la justicia; en pocas palabras, a garantizar que la ciudadanía tenga, como he dicho, mayor seguridad.
Yo entiendo, señor Presidente, que existan dudas y temores en cuanto a cómo se va a ejercer esta atribución, pero el propio artículo 12, que vamos a votar, señala que "En la práctica de la identificación se respetará la igualdad de trato y no discriminación arbitraria".
Dicho precepto establece además que, "En el ejercicio de esta facultad, los funcionarios policiales deberán exhibir su placa y señalar su nombre, grado y dotación", y que, "Si la persona se negare a acreditar su identidad o si, habiendo recibido las facilidades del caso, no le fuere posible hacerlo, la policía podrá conducirla a la unidad policial más cercana para identificarla".
Agrega que este conjunto de procedimientos no podrá extenderse por más de 4 horas, tratándose de mayores de 18 años, y de una hora, cuando se tratare de personas mayores de 14 años y menores de 18.
Dispone, asimismo, que "Las policías deberán elaborar un procedimiento estandarizado de reclamo que permita a aquellas personas que estimen haber sido objeto del ejercicio abusivo del control de identidad (...) formular su reclamo de conformidad con las normas administrativas".
Añade que "constituirá una falta administrativa para el funcionario policial ejercer las atribuciones señaladas en este artículo de manera abusiva, aplicando un trato denigrante a la persona a quien se ha controlado la identidad", y que "Esta infracción dará lugar a la responsabilidad administrativa que corresponda, sin perjuicio de la figura penal que ella también pueda configurar".
El artículo 12 concluye señalando que "Las policías informarán trimestralmente al Ministerio del Interior y Seguridad Pública sobre los antecedentes que les sean requeridos por este último, para conocer la aplicación práctica que ha tenido el control preventivo de identidad".
A mi juicio, señor Presidente y Honorables colegas, se han tomado todos los resguardos para que esta no sea una medida abusiva y para que, muy por el contrario, sea una medida preventiva, una medida que permita, a nuestras policías, ser más eficaces en el control y sobre todo en la prevención del delito.
Anuncio que votaré a favor.

El señor MOREIRA.- Solicito abrir la votación, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Algunos Comités están pidiendo abrir la votación.
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, según Carabineros de Chile, en el año 2014 se realizaron cerca de 2 millones de controles de identidad, lo cual significa que la institución tiene hoy esa facultad.
Por su parte, la Policía de Investigaciones señala que no es necesaria esta norma, pues ellos aplican el principio de "investigar para detener y no detener para investigar".
Ese es incluso el lema del organismo.
Por lo tanto, estamos discutiendo algo que es absolutamente innecesario, según la PDI.
Además, no se ha demostrado la eficacia que esos 2 millones de controles de identidad han tenido. Habría que conocer las estadísticas de cuántos de aquellos casos redundaron en una acción positiva para identificar a alguien prófugo de la justicia o que estaba por cometer algún delito. Pero no está la evidencia, no se muestra.
Por otro lado -ya lo decíamos-, en el artículo 85 del Código Procesal Penal que se propone en el proyecto, en especial su inciso segundo, señala que "Procederá también tal solicitud cuando los funcionarios policiales tengan algún antecedente que les permita inferir que una determinada persona tiene alguna orden de detención pendiente". La verdad es que, salvo por telepatía, no veo cómo podría ocurrir aquello.
También se habla de "inferir" si una persona tiene una orden de detención o está por cometer un delito, o que se pudiera disponer a cometerlo.
Vale decir, se trata de una serie de artículos que se van sucediendo y que, en verdad, van generando más problemas que soluciones y complican lo anterior.
Una norma que esgrime su fundamento en la "deducción" que se hace respecto de una persona en base a antecedentes que se ignora cuáles son y que no están determinados por la ley se transforma, por lo tanto, en un riesgo de discriminación.
¿Dónde van a encontrar los indicios? Yo les puedo apostar que eso se va a asociar con ciertos barrios, con condiciones sociales, con edades, etcétera.
Además, la propia norma establece que sin un nuevo indicio se podría proceder al registro de las vestimentas, equipaje o vehículo de una persona.
¿Se dan cuenta de la humillación que puede ser eso en la vía pública, en una plaza o en otro lugar?
También se alude al aumento de las tasas de detenciones pendientes en Chile. ¿Nadie se ha hecho la pregunta de si ello no será más bien producto de una insuficiente técnica de la policía?
¿Se imaginan la cantidad de policías haciendo controles de identidad al azar para ver si pueden detener a alguien, ocupando mucho personal para esa labor? Y la comisaría deberá disponer de un verdadero ejército de funcionarios para buscar los antecedentes y poder conseguir la identidad de esas personas. En otras palabras, es un método poco eficaz.
¿Qué sentido tiene? ¿Por qué los funcionarios no se concentran en una acción policial más inteligente?
La iniciativa establece, además, que una detención podría llegar a cuatro horas. ¿Por qué una persona que sale a trotar por el sector o que va a otro barrio donde no lo conocen los vecinos y no funciona el plan cuadrante, porque viene desplazándose de larga distancia, tiene que arriesgarse a terminar cuatro horas en una comisaría? ¿O alguien que va al cine con su pareja o a otro lugar? ¿Qué sentido tiene?
¿O un menor de edad? ¿Alguien se ha preguntado el trauma que es para un niño de 14, 15 años que lo detengan en una comisaría durante una hora? (Yo he visto casos, entre paréntesis: ¡"cabros chicos" llorando!). Si a un hijo de ustedes le pasara eso no sé si lo mirarían con simpatía. Serían los primeros en ir a reclamar.
Ahora bien, hay reclamaciones de organismos internacionales.
La UNICEF ha hecho presente que esto podría vulnerar los derechos de los menores.
La Corte Suprema ha establecido que el allanamiento sin autorización y la mayor severidad para aplicar las penas distorsiona la gravedad de los delitos.
El Instituto de Derechos Humanos ha dicho que la fórmula elegida afecta el derecho a la libertad e integridad de las personas; que no respeta el principio de no discriminación; que se opone al criterio básico de que las afectaciones a derechos fundamentales que autorice el ordenamiento deben ser impuestas de forma progresiva y proporcional.
¡Nada de eso se garantiza!
¡Y todo ese riesgo es para hacer más controles, cuando ya se realizan casi 2 millones al año!
Entonces, ¿qué sentido tiene lo que estamos haciendo? Lo encuentro insensato y, además, ineficaz. Pero también puede terminar siendo otro problema que tendremos que corregir en un tiempo más.
Votaré absolutamente en contra, señor Presidente, y hago reserva de constitucionalidad
.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- ¿Puedo hablar en un par de minutos más, señor Presidente?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Sí, Su Señoría.

La señora ALLENDE.- Solicito abrir la votación.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- No hay acuerdo, señora Senadora.

El señor PROKURICA.- Pídalo de nuevo, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra, a continuación, el Senador señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, respecto de lo manifestado por el Senador Alejandro Guillier, quien me antecedió, debo decir que hay que despejar primero una duda, porque él hizo referencia a una norma vigente en el Código Procesal Penal, que es el artículo 85, precepto que nada tiene que ver con el artículo 12.
El artículo 85, como muy bien señaló mi colega, es una disposición cuyo objetivo es la investigación penal, y es quizás el artículo que más modificaciones ha sufrido desde que entró en vigencia la reforma procesal penal. Pero en su espíritu se mantiene intacto: entregar a las policías una herramienta para poder controlar la identidad de una persona cuando existan ciertas sospechas o indicios.
Pero esa discusión no corresponde a lo que estamos viendo; es absolutamente distinta. La Comisión de Constitución hizo una referencia a eso al hacer algunas precisiones producto de ciertas dudas o contradicciones que han existido en la jurisprudencia al interpretar la palabra "indicios". Algunos jueces de garantía entienden que el artículo 85, al decir "indicios", se refiere a dos elementos; otros, que alude a uno. Pero el mencionado órgano técnico resolvió ese punto en un artículo anterior señalando que "indicio" está relacionado con un solo hecho; que no es necesario que concurran dos.
Dicho lo anterior, creo que no procede esa discusión a propósito del artículo 12.
¿A qué apunta esta disposición?
Si bien es cierto que uno tiene que reconocer lo que se señaló con anterioridad, debo precisar que yo fui muy contrario a la norma original emanada de la Cámara de Diputados, porque no entregaba ningún tipo de control, sino que establecía que el funcionario policial podía requerir la identidad de cualquier persona, en cualquier lugar, sin distinguir. Así, se podía llegar al absurdo de que un funcionario policial acudiera eventualmente a un domicilio particular a pedirle a una persona que se identificara, incluso a un menor de edad, a un niño.
¿Qué hizo la Comisión de Constitución, recogiendo un planteamiento que también formuló el Ministerio del Interior producto del trabajo con las policías y de las deficiencias que se observan? Permitir el denominado "control de identidad preventivo", medida que no tiene un fin investigativo. Lo que hace la norma es facultar para que se le pida a cualquier chileno, mayor de 14 años, que se encuentre en la vía pública o en un lugar de libre acceso al público, que se identifique.
¿Cuál es el sentido? Así como todos tenemos derechos, también tenemos ciertas cargas y ciertas obligaciones que soportar. Por eso, el legislador lo que está haciendo es determinar que cada persona que se encuentre en la vía pública, en un lugar de libre acceso al público, debe portar un documento de identificación válido. Para ello la ley define que son documentos de identificación válidos el carnet de identidad, la licencia de conducir y el pasaporte, y en el caso de los menores entre 14 y 18 años, la Tarjeta Nacional Estudiantil.
Tal como me dice la Senadora Lily Pérez, esa fue una indicación que surgió del debate legislativo.
¿Y en qué consiste el procedimiento? Si un carabinero quiere controlar la identidad, saber quién es la persona que está caminando, le pide la cédula de identidad; en seguida, verifica en el sistema que dicha cédula corresponda efectivamente a la persona que dice ser. Y ahí termina el procedimiento.
¿Cuándo se la deriva a la unidad policial? Cuando se niega a identificarse o no tiene un documento válido.
Suele ocurrir -y este es un ejemplo que se dio en la Comisión de Constitución- que a quienes nos gusta salir a hacer deporte en la mañana temprano, ir a correr, lo hacemos sin documentos que nos identifiquen. ¿Qué se dice respecto de esos casos? Que el funcionario, antes de llevar a la persona a la unidad policial, debe darle facilidades para que se pueda identificar. Por ejemplo, si está haciendo deporte cerca de su domicilio, podrá señalarle al policía: "Mire, yo vivo en esta parte. Déjeme ir a buscar mis documentos". Y él tendrá que permitírselo.
La persona solo será llevada a la unidad policial cuando no se pueda identificar, cuando no tenga documentos, cuando no quiera decir quién es.
Y aquí viene la segunda distinción.
Esa persona no se encuentra técnicamente detenida en la unidad policial. No está con orden de detención. Se la lleva a la unidad policial con el solo objeto de comprobar su identidad.
Y respecto de eso, la Comisión de Constitución también estableció que la persona, aun cuando no está detenida, tiene ciertos derechos y garantías: la primera, puede hacer una llamada telefónica a quien estime conveniente para informar que se encuentra en un recinto policial. Segundo, no puede ser llevada a un calabozo o puesta en contacto con detenidos por otros delitos. Tercero, el procedimiento debe durar como máximo cuatro horas. Si la identificación se logra al minuto cinco desde que la persona está en la unidad policial, ella se puede retirar inmediatamente del recinto.
Técnicamente, no se está hablando, como se ha querido instalar, de una detención, sino que lo que se está haciendo es entregarles a las policías una herramienta con la que efectivamente puedan verificar la identidad de alguien.
Además, hay que señalar lo siguiente.
Cuando el Senado y la Cámara de Diputados discutieron la Ley de Violencia en los Estadios, aprobamos la misma norma y señalamos que las policías iban a poder controlar la identidad de una persona durante un lapso de tiempo anterior y posterior a cualquier encuentro deportivo, sin distinguir si se trataba de un partido de básquetbol o de otra disciplina.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
Tiene un minuto adicional.

El señor ARAYA.- Dicho eso, señor Presidente, creo que la norma original que venía de la Cámara de Diputados generaba muchos resquemores. Y la redacción de la Comisión de Constitución entrega un elemento que va a permitir a las policías un mejor control del orden público y, además, resguardar adecuadamente, a mi juicio, los derechos de los ciudadanos.
El único deber y la única obligación que se les impone a los ciudadanos es portar un documento de identificación válido emitido por la autoridad competente. Esa es la única carga, porque al momento de que la persona demuestre quien es ahí terminará el procedimiento, salvo que tenga orden de detención pendiente.

El señor HARBOE.- ¿Por qué no abre la votación, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Abra la votación, por favor.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, primero quiero contestar la siguiente pregunta. ¿Por qué estamos estableciendo un control preventivo de identidad? ¿Por qué razón el legislador, y de manera transversal el Gobierno; parlamentarios de la Nueva Mayoría y de la Oposición estamos tratando de que se apruebe el control preventivo de identidad?
Las razones son bastante objetivas. La primera de ellas es que, más allá de todos los esfuerzos que los Gobiernos puedan haber hecho en esta materia -no lo desconozco-, las cifras nos señalan, de acuerdo al índice de victimización de la Fundación Paz Ciudadana, que entre el año 2000 y el año 2015 los robos violentos a la población aumentaron de 30,8 por ciento a 38,9.
Yo he aprendido a no dudar de que todos han tratado de hacer lo mejor. Pero hay una tendencia al aumento y, por tanto, es una materia en que no hemos tenido éxito.
En la Comisión de Constitución le preguntamos al Presidente de la Corte Suprema -junto con el Senador Harboe, recuerdo- cuántos prófugos de la justicia había por delitos graves, ¡graves!, porque se trata de jueces de garantía o de tribunales orales. Y nos dijo que existían 66 mil órdenes de detención pendientes. Quiero decirles que, si sumamos las de Investigaciones y Carabineros, son como 80 mil, descontado las que se repiten.
O sea, somos un país con una cantidad gigantesca de órdenes de detención pendientes por delitos graves.
Tercer dato: el propio Ministerio Público nos dice que en su lucha respecto a los delitos en contra de la propiedad, que dan origen a esta "Agenda corta", el fracaso ha sido rotundo. Y reconozco la hidalguía del Ministerio Público al reconocer que "en esto hemos fracasado". Tenemos 94 por ciento de robos violentos que se cierran año a año en los que no se obtiene ningún resultado. No estoy hablando de hurto, sino de robos violentos.
Y, si vamos a aquellos delitos donde no hay imputado, o sea donde no se logra identificar a la persona en el primer momento, llegamos a 99 por ciento.
Es decir, robar es gratis, más allá de la buena fe de todos.
Entonces, uno dice: ¿qué han hecho otros países en esta materia? Parte importante de lo que hace la "Agenda corta". Y empezamos a investigar qué ocurría con el control preventivo de identidad. ¿Era un invento nuestro? ¿Era algo inusual? Y resulta que consta en el informe de la Comisión de Constitución que en Alemania -un país bastante civilizado- para que un policía pueda hacer un control preventivo de identidad le basta la causal de evitar un peligro.
¿Y qué es evitar un peligro? No se dice.
Y eso se da en varios Estados.
Nos vamos a la legislación francesa, en la que se señala que los controles administrativos policiales representan la categoría de control preventivo. Estos son permitidos en los siguientes casos: para prevenir una infracción al orden público -o sea, no ha ocurrido nada-, en particular si está en peligro la seguridad de las personas y los objetos. Y uno indaga ¿qué significa eso? Nada.
En el caso de España, la norma le permite abiertamente a la policía pedir su carnet de identidad a una persona cuando quiera, en cualquier lugar y, si no se lo exhibe, es arrestada y además registrada.
Luego nos vamos a Italia, donde pasa exactamente lo mismo: existe una obligación general de identificarse cuando la autoridad lo solicita.
Yo les ruego leer el informe. Ninguno de esos países es incivilizado.
La policía chilena nos pide: "por favor, denme este instrumento". Se dice que sus integrantes abusan. Pero cuando vemos los controles investigativos no preventivos, que son los que existen hoy, el 0,7 por ciento es objeto de reclamo. De cada cien casos, en menos de uno se reclama por abuso.
Por lo tanto, si realmente queremos contar con un instrumento que le permita a la policía hacer controles aleatorios para saber si una persona tiene orden de detención pendiente -ese es el objetivo-, este es el instrumento adecuado.
Está por terminar mi tiempo, señor Presidente, ¿me da un minuto más?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Dispone de un minuto adicional, señor Senador.

El señor ESPINA.- Entonces dijimos: "bueno, pero se puede abusar de esta norma".
Quiero decirles, en primer lugar, que de todas las autoridades públicas chilenas, Carabineros es la que da más confianza a la gente.
En segundo lugar, los resguardos que se ponen son tremendos: el policía que abuse de esta norma y detenga ilegalmente a una persona arriesgará una pena de tres años de cárcel ¡de tres años de cárcel! Y, si abusa en la forma como la trata, se le suspenderá de su cargo.
Pero eso se le olvida a todos los que critican esta iniciativa.
El policía tiene el deber de identificarse, de señalar su grado, nombre y unidad; no puede discriminar; y tiene que enviar trimestralmente al Ministerio del Interior -del Gobierno de ustedes- todos los antecedentes sobre los controles preventivos realizados: por qué los hace, cuándo los hace, en qué barrios, en qué sectores, cuál es la naturaleza de las personas y cuál es el éxito, porque podríamos concluir en un año más que este instrumento no sirvió. Esa es la verdad, podríamos decir: ¡No sirvió!
Entonces, estamos dando una atribución con todos los resguardos para evitar los abusos. Absolutamente todos aquellos que establece la legislación comparada.
Por esa razón, votamos a favor de este artículo, pues lo consideramos útil y necesario para enfrentar el delito.
¿Me da treinta segundos, señor Presidente, a fin de redondear la idea?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Sí, señor Senador.

El señor ESPINA.- ¿Por qué digo esto? Porque he escuchado las críticas, y nuevamente voy a decir: aquí critican los abogados. ¡Perdónenme una cosa! ¿Y la versión de Carabineros?
¿A quién le creo? A Carabineros, que va a la Comisión y nos dice: "por favor, denme esta herramienta". ¿No le voy a creer?
Ahora, ¿tomamos resguardos para evitar que la policía pueda abusar? Todos los resguardos que se pueden adoptar razonablemente.
Segundo, ¿por qué se parte del supuesto, como dijo el Senador Ossandón, de que el policía va a querer abusar de esta facultad contra gente humilde, si él es, en gran medida, de origen humilde?
Señor Presidente, creo que es una buena disposición, y hay que aprobarla con todos los resguardos que se han adoptado.

La señora ALLENDE.- Abramos la votación, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Se ha solicitado nuevamente abrir la votación.
¿Habría acuerdo, manteniendo los tiempos?
Acordado.
En votación el artículo 12.
--(Durante la votación).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, el control preventivo de identidad no solamente es necesario, sino también urgente para efectos de entregar herramientas a las policías a fin de cumplir su labor.
Ya ha señalado el Senador Espina -por su intermedio, señor Presidente- que hay cerca de 80 mil órdenes pendientes de detención. Este tema incluso fue parte de la Agenda antidelincuencia que presentamos los Senadores de Renovación Nacional, liderados por el Senador Alberto Espina, para cuya discusión le pedimos al Ejecutivo que le fijara urgencia.
Creemos, sin lugar a dudas, que la única manera de poder generar condiciones de seguridad, de bajar los índices de victimización es entregar este instrumento a las policías.
Hemos señalado claramente que, cuando uno vive en sociedad, uno entrega parte de sus derechos, de sus bienes jurídicos protegidos para la obtención de un bien jurídico mayor: en este caso, la seguridad pública.
Por tanto, cuando además en este instrumento se han tomado todos los resguardos a fin de evitar abusos de las policías, que ellas le pidan a un transeúnte que exhiba su documento de identificación para asegurar finalmente la paz social nos parece absolutamente justificable.
Considerábamos, además, insólito que esta facultad la pudiera ejercer la policía respecto de un conductor de un vehículo motorizado, al solicitarle su documento identificatorio, pero no de un transeúnte.
Acá no estamos -lo digo para que quede meridianamente claro- pidiendo a través de esta norma el restablecimiento de la detención por sospecha; por el contrario: se trata simplemente de aportar a un bien jurídico superior: la paz social y la seguridad pública. Si eso implica que las personas deban portar su documento de identidad, nos parece perfectamente posible, necesario y adecuado.
Por lo mismo, señor Presidente, creemos que esta es una herramienta esencial, urgente, no solo por las 80 mil órdenes de detención pendientes en Carabineros e Investigaciones, respecto de las cuales, en definitiva, no existe instrumento alguno para poder pesquisar a los involucrados, sino además, porque habrá coordinación entre las policías, a través de un banco integrado que va a permitir que las órdenes de detención solicitadas hoy a la PDI también las pueda conocer Carabineros, y viceversa.
Ese también es un tema interesante.
Este banco integrado va a permitir, por ejemplo, que a una persona deudora de alimentos, cuando intente salir del país, le sea requerida su identificación para chequear efectivamente esa condición y para que se puedan tomar todas las medidas de rigor que correspondan.
En tal sentido, cuando estamos pensando en la primera prioridad ciudadana: la seguridad pública, creemos que los ciudadanos también tienen que aportar parte de sus libertades, de sus derechos, para asegurar el bien jurídico superior de la paz social.
Por tanto, votamos favorablemente el control preventivo de identidad. Es una medida urgente, necesaria, y que hemos pedido los Senadores de Renovación Nacional en los proyectos de ley que en su oportunidad presentamos.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- . Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, no se trata de una votación simple la que estamos llevando a cabo sobre el control de identidad, sino quizás de uno de los aspectos más polémicos y controversiales de esta "Agenda corta antidelincuencia".
Es cierto que el Gobierno ha empujado con fuerza la posibilidad del control de identidad, pero también lo es que la Corte Suprema, fundaciones como Paz Ciudadana y varios grupos de nuestra sociedad se han manifestado en contra de la respectiva norma.
El asunto es muy complejo, porque para quienes defendemos las libertades civiles representa un problema compatibilizar la teoría del derecho a la defensa de aquellas con la praxis.
Desde ese punto de vista, el conglomerado al que pertenezco se ha mostrado constantemente en contra de la norma en cuestión.
Producto de ello, presenté una indicación que fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, la cual establece que "Si no pudiere lograrse la identificación por los documentos expedidos por la autoridad pública," -a lo que se refirió el Senador informante, señor Araya- "las policías podrán utilizar medios tecnológicos de identificación para concluir con el procedimiento de identificación de que se trata.".
Es decir, se otorgan todas las posibilidades para que una persona a la cual se le requiere su identidad pueda ser identificada no solo mediante el carné respectivo, situación que, obviamente, puede parecer algo arbitraria en ciertas oportunidades, sobre todo en la gente más joven.
Por esa razón presenté la indicación en comento. Y estoy muy satisfecha de que la Comisión la haya apoyado por unanimidad. Pienso que, por una parte, debemos conciliar todo lo relativo al resguardo de las libertades civiles, pero por otra, también prevenir, ¡prevenir!, algo que hoy día representa un flagelo en nuestro país: la delincuencia.
Si con estas medidas lográramos disminuir al menos en 1 por ciento el número de víctimas hoy día afectadas y que prácticamente no tienen ningún tipo de defensa, porque el Estado en la actualidad no se hace parte de ella, pero sí de la de sus victimarios, con cargo fiscal, creo que podríamos decir que hemos tenido éxito en esta labor.
Sin embargo, como aquí se ha dicho, opino que las medidas propuestas deben ser objeto de una evaluación permanente.
Yo comparto que se trata de un tema tremendamente complejo, y también que en ciertos momentos de la historia las sociedades tienen que hacer sacrificios y muchas veces perder un poquito de libertad individual -lo digo con harta responsabilidad- en pos de la tranquilidad de la mayoría de la población.
En Europa hoy día se hace control de identidad a todas las personas que suben a un tren, y también se realizan dichos controles por otras razones, como terrorismo, según lo que algunos señalan.
Sin embargo, en Chile existe un flagelo enorme por problemas de delincuencia. Y las personas que han sido víctimas de ella nos piden que demos más atribuciones a las policías para impedir que se cometan esos actos delictivos.
Además, suscribo que, a fin de evitar cualquier abuso de la autoridad, se realice una capacitación de proporciones a nuestros cuerpos policiales, particularmente a Carabineros, para que no se cometa ningún tipo de arbitrariedad ni de injusticia por el uso de la norma que nos ocupa.
Asimismo, me parece que los resguardos que se han tomado en esta disposición son bastante fuertes y drásticos.
Por todo lo anterior, señor Presidente, voto a favor de la norma propuesta.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.- Señor Presidente, quiero partir haciendo una reflexión un poco más general, pero centrada muy especialmente en el fenómeno de la delincuencia en nuestra sociedad.
Hemos recibido un proyecto de ley que, sin duda, era necesario discutir y trabajar con el objeto de perfeccionar muchos aspectos de su contenido que es preciso fortalecer y mejorar.
En cuanto a la reflexión general, y tal vez no solo por haber experimentado situaciones tremendamente injustas, tengo que preguntarme quién fiscaliza a los fiscales.
Al respecto, puedo señalar que a dichas autoridades no las fiscaliza absolutamente nadie.
Los fiscales pueden gastar en una causa lo que estimen conveniente; no asumen ninguna responsabilidad; no reciben ninguna sanción. De hecho, en estos catorce años no ha habido ningún fiscal sancionado, ¡ni uno!
Y para qué hablar de los premios por cumplimiento de metas. Ellos se las autoimponen; se califican de manera individual, y con nota 7. Por lo tanto, todos obtienen el premio final, en dinero, por la función que realizan.
Ahí existe una situación del todo grave y que es necesario también señalar a propósito del debate de este proyecto.
Otro de los temas que quiero hacer presente es que aquí estamos hablando de represión, pero no incorporamos nada en materia de contención a raíz de lo que pasa, por ejemplo, en Gendarmería.
Ya nos hemos referido a la situación de las cárceles en Chile, al problema de hacinamiento que las aqueja. También hemos conversado acerca de la condición en que se encuentran las mujeres y los hombres que conforman dicha institución, cuyos integrantes están tan presos como los presos que cuidan, con la diferencia de que tienen las llaves de las puertas y de que trabajan horas de horas, semana tras semana, durante meses y años en un ambiente absolutamente inhumano.
Nada se dice de ello en este proyecto de ley, y consideramos del todo pertinente alzar la voz para reclamar porque, así como hay medidas represivas, deben existir otras en paralelo, como una política de Estado.
Aquí no hacemos cosa alguna respecto a la educación. Y esto que puede parecer universal, liviano, no lo es. Debemos pensar que, así como casi en el mundo entero existe represión, necesaria en la materia que tratamos, se debe complementar con otros aspectos, como la educación, como el tener una sociedad mucho más incluyente, para bajar, a lo mejor, la cantidad de personas que delinquen y que existan mayores oportunidades, porque el que entra a la cárcel sale igual o peor que cuando ingresó.
Ese tema no lo estamos considerando, señor Presidente.
Entonces, cuando las policías nos piden más facultades, cabe preguntarse con qué criterio pueden detener a una persona que, como decía un Senador, sale a trotar encapuchado y sin su carné de identidad.
Se ha dicho que hoy más de 60 mil personas tienen órdenes de detención pendientes, en fin. Pero eso significa que el sistema no esté funcionando como se debe.
Y lo que más me preocupa, señor Presidente, es un hecho que ocurre en nuestro país: a raíz de las protestas y de las marchas estudiantiles, muchos jóvenes sufren un trato absolutamente denigrante.
¡Esa es una realidad! No lo estoy diciendo porque sí.
Es de público conocimiento que menores de 14, 15 o 16 años -lo manifestó también un Senador que me antecedió en el uso de la palabra- han sido víctimas de un trato inapropiado por parte de las policías.
Entonces, por un lado, tenemos que escuchar lo que la ciudadanía nos reclama en materia de combate contra la delincuencia -¡no hay duda de eso!- y, por otro, debemos procurar que las fuerzas de orden actúen de modo profesional y humano hacia los menores de 18 años, fundamentalmente.
A quienes participamos en la actividad pública, nos debe preocupar que existan políticas de Estado que garanticen que el ciudadano menor de edad no terminará en situaciones que nadie desea.
En definitiva, creo que...

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
Le doy un minuto adicional para que termine.

El señor BIANCHI.- Gracias.
Creo que este proyecto de ley es necesario, pues responde a lo que nos reclama la ciudadanía. Sin embargo, hay que establecer ciertos resguardos ante las atribuciones que estamos entregando.
¡Creo que los fiscales deben ser fiscalizados, y no actuar como se les antoja, sin asumir ninguna responsabilidad!
Señor Presidente, de manera muy especial, también debemos contemplar medidas de Estado para apoyar a la institución que recibe el impacto mayor en lo relativo al ámbito delincuencial: Gendarmería de Chile.
Va a llegar el momento en que esta entidad va a explosionar. ¡No darán para más las malas condiciones en que trabajan esos funcionarios!
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, este es uno de los proyectos más razonables que he visto para dar una lucha coherente y decidida contra la delincuencia.
No voy a repetir las cifras que bien explicitaron los miembros de la Comisión de Constitución respecto de la situación objetiva del país en esta materia. Pero sí debo señalar que legislar al margen de la realidad social es muy complejo. Y esta nos plantea la necesidad de innovar en cómo enfrentar la delincuencia.
He estado mirando una serie de encuestas históricas y advierto que este tema no permanece en un mismo nivel, sino que crece. Hace 20 o 30 años quizás no se marcaba con la misma fruición de ahora. Hoy día sí se prioriza, y ello tiene que ver con la urgencia de la ciudadanía de vivir en una sociedad más protegida.
Lo anterior exige repensar positivamente los derechos de cada uno y también ver cómo instaurar los deberes que debemos establecer en toda sociedad.
He oído a los Senadores que, en su legítimo derecho, son contrarios al artículo 12 propuesto, y no entiendo dónde está el problema de tener una cultura de la identificación. No veo esto como un pecado mortal y no me parece que se vulnere el derecho a la intimidad, que es muy importante de preservar.
Muchas veces en este Senado he reclamado por lo contrario, pues aquí hay una lógica de "Gran Hermano": existe mayor requerimiento de datos, los que están muy desprotegidos, y cada vez se intenta poner a disposición de la gente más antecedentes nuestros.
Sin embargo, la información mínima consistente en que un ciudadano diga quién es -"el que nada hace nada teme"- pareciera vulnerar un principio esencial. ¡Yo no lo veo así, para nada!
Pienso que es un deber mínimo de la sociedad.
Y si hoy no se logra aprobar la modificación que nos ocupa, será necesario crear una cultura social mínima, mediante la cual cada uno sea capaz de dar un paso en materia de identificación.
No creo que la enmienda vulnere la libertad de las personas, de la cual soy un gran defensor. De hecho, he reclamado cuando distintas iniciativas de ley plantearon conculcar muchas libertades, particularmente en los últimos años.
La disposición en análisis entró en una órbita que la hace aparecer -no sé si por presiones grupales o sensaciones térmicas- como la peor de las decisiones.
Yo he estado estudiando este asunto -no es ninguna gracia, porque ocupé la documentación que la Comisión pidió a la Biblioteca del Congreso Nacional- para ver si somos un país tan raro, pues parece que somos los únicos que pedimos un control de identidad.
Alemania, que en materia de derechos debe ser de las naciones más consistentes, coherentes y respetuosas de las libertades, establece un sistema muy similar al propuesto.
España, que Chile ha replicado legislativamente en muchas instituciones (desde la reforma procesal en delante), también tiene un control preventivo de identidad.
Un creciente número de estados de Estados Unidos lo tiene.
Francia, defensor de las libertades a más no poder, lo tiene.
Italia, que es quizás la otra gran fuente del Derecho, lo tiene.
En consecuencia, ni siquiera innovamos con algo que remecerá la historia del mundo. Simplemente estamos tomando ideas que han sido útiles en otras naciones para dar una herramienta a las policías que les permita prevenir y también sancionar, en caso de que haya orden de detención pendiente, que, como dijeron distintos Senadores, se cuentan por decenas de miles.
Señor Presidente, sé que este tema es interesante, profundo y que genera una legítima diversidad de opiniones. Pero, como soy partidario de una sociedad libre, me parece fundamental entender la lógica de los deberes y las responsabilidades sociales.
Lo otro me parecería un abuso. Es como decir: "¿Sabe qué? Yo hago lo que quiero y no me obligo nada. Tengo derecho a exigir todo". Bueno, cuando uno reclama el derecho a la seguridad, debe estar dispuesto, como mínimo, al deber de identificarse.
No veo que eso vulnere ningún principio.
Le pido un minuto más, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Lo tiene, señor Senador.

El señor COLOMA.- Adicionalmente, observo que el artículo 12 está lleno de resguardos: se fijan las obligaciones del funcionario policial (entre ellas, la de exhibir su placa y señalar su nombre); se habla de igualdad de trato y no discriminación arbitraria; se establece el respeto a la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos del Niño; se garantizan las facilidades del caso para identificarse, y se indican las distintas forma de identificación (cédula, licencia de conducir, pasaporte o tarjeta nacional estudiantil).
Objetivamente, se ofrece un catálogo con alternativas razonables para vivir en una sociedad en la cual impere la ley y, además, se avance hacia una mayor justicia y defensa para las personas.
Por ello, señor Presidente, pienso que este artículo no solo es necesario, sino que también podría significar un antes y un después muy importante, aunque no dramático, para empoderar a las policías y mejorar la seguridad en Chile.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.

El señor PROKURICA.- Señor Presidente, no quiero repetir argumentos sobre la relevancia de combatir la delincuencia hoy para nuestra sociedad y la opinión pública.
En todas las encuestas y en todos los encuentros que realizamos con dirigentes sociales y con las comunidades, nos están diciendo que, por favor, hagamos algo para resolver el problema de la delincuencia.
Es curiosa la posición de algunos colegas: expresan que hay que luchar contra la delincuencia, que está agobiando a nuestras familias, a nuestra gente; sin embargo, cuando llega el minuto de votar para entregar una herramienta a las policías que casi todos los países desarrollados tienen, dicen: "No".
¿Qué objetivo cumple un instrumento como este? Ya lo mencionaron varios señores Senadores: hay un número muy importante de órdenes de detención que, en la práctica, no se llevan a cabo.
Yo tengo la teoría de que la impunidad hizo de la delincuencia una profesión. Al delincuente que roba permanentemente o lo detienen y lo dejan en libertad, o nunca lo descubren. Los propios informes de la Fiscalía señalan que más del 90 por ciento de las causas termina en archivo, en nada.
¡Entonces, existe total impunidad!
A mi juicio, la sociedad tiene que hacer algo cuando hay más de 60 mil órdenes de detención que no se pueden cumplir.
He escuchado dos argumentos en contra del artículo 12. Trataré de rebatirlos y de convencer a los colegas que los sostienen, pues considero que están equivocados.
El primero de ellos consiste en decir: "Yo no apruebo la enmienda propuesta porque las policías ya poseen las facultades pertinentes". Bueno, si es así, ¿cuál es el problema para aprobarla? ¿Qué riesgo se corre?
El segundo es el temor a que las fuerzas de orden y seguridad abusen de la atribución que se plantea. Pero, ¡por favor!, si la institución más creíble en Chile, según todas las encuestas de opinión pública, es Carabineros; las policías, en general.
Por lo tanto, a mi juicio, ninguno de esos dos argumentos es suficiente para votar en contra de la modificación en análisis.
En esta materia no podemos tener ninguna duda, señor Presidente.
Creo que las actuales condiciones de la delincuencia nos están cambiando la vida para mal. Están destruyendo a la familia y afectando a gente inocente, especialmente a los más modestos, muchos de los cuales, para llegar a sus casas, deben pasar por sectores donde los delincuentes se han tomado las calles. Ahí les cobran peaje, los asaltan y los someten a todo tipo de abusos, y la autoridad no está presente porque, en mi opinión, no dispone de las herramientas adecuadas.
Entonces, debemos ceder parte de nuestros derechos ciudadanos. No es posible obtener resultados en este ámbito sin aplicar alguna restricción sobre los derechos actuales.
Y, ¡por favor!, no nos preocupemos tanto de los delincuentes y concentrémonos más en la gente decente, que cumple la ley y que día tras día ve restringida su libertad, por ejemplo, para salir de noche. Sentimos temor cada vez que nuestros hijos asisten a una fiesta o a otro lado porque no sabemos si van a volver.
Debemos dar este paso, hacer un sacrificio y entregarles las herramientas necesarias a las policías. Luego de un tiempo prudente, habrá que analizar los resultados alcanzados.
No me cabe ninguna duda que esta herramienta es buena. Y no es algo nuevo; no lo inventamos aquí, en Chile. El control preventivo de identidad existe en muchos países desarrollados, que tienen bastante más tiempo de cultura y de combate a la delincuencia que nosotros, porque ahí se respeta a las policías y se hace cumplir la ley.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.- Señor Presidente, con esta "Agenda corta" el Ejecutivo y el Congreso Nacional están dando una señal muy potente para combatir la delincuencia.
La ciudadanía nos pregunta en todas partes qué hacemos para bajar los índices de delincuencia, con el fin de que las personas puedan sentirse efectivamente protegidas.
Y la historia nos muestra que poseemos un historial de ineficacias.
Conozco casos de personas asaltadas muy cerca de sus casas: las agreden y les roban los documentos y el celular. Las víctimas efectúan la denuncia y localizan el teléfono móvil en el domicilio de los agresores. Pese a ello, los carabineros no concurren, o porque no tienen la orden del fiscal o porque le piden primero a la víctima identificarse y luego someterse a una constatación de lesiones en la posta o el hospital más cercano. Así pasan las horas y, finalmente, no se realiza ninguna acción destinada a aprehender a los delincuentes, a pesar de que se sabe dónde están y quiénes son.
El resultado que se obtiene poco tiempo después es una notificación donde la fiscalía comunica al denunciante que su causa ha sido archivada porque no se ha podido identificar al agresor o violentista.
¡Esa es la realidad!
Debiéramos debatir en esta "Agenda corta" sobre numerosas herramientas que apunten a darles mayores facultades a las policías, a los tribunales y a los fiscales para la persecución penal. Sin embargo, estamos concentrados en la discusión acerca de si vamos o no a establecer el control de identidad.
¡Las policías no son capaces de ir a detener a un delincuente identificado plenamente! ¿Y me van a decir que será eficaz un control de identidad permanente a los ciudadanos, que restringe el derecho constitucional al libre tránsito por las calles?
En verdad, tengo reparos respecto de este artículo en particular.
He aprobado todas las demás normas del proyecto conocido como "Agenda corta antidelincuencia". También he felicitado a la Comisión, al Gobierno y a los demás intervinientes por su labor. Creo que estamos construyendo una muy buena legislación para proteger a los ciudadanos.
Pero me opongo al artículo propuesto. Cuando se dice: "Se realizan 2 millones de controles de identidad al año", me pregunto para qué estamos introduciendo esta medida.
¿En qué situaciones se piensa aplicar este control preventivo? ¿En las movilizaciones? ¿En las marchas? ¿Cuando un pequeño comerciante venda en la calle?
Hace algunos días relaté el caso de una mujer mapuche que vendía sus productos en la vía pública, a quien se llevaron detenida con sus canastos de perejil por atentar contra una ordenanza municipal.
¿No será mejor concentrar la labor de los carabineros, precisamente, en el combate contra la delincuencia: buscar a los delincuentes, detenerlos y llevarlos a juicio?
Este Congreso Nacional debe concentrarse en medidas que sean eficaces y, al mismo tiempo, que resguarden la seguridad de los chilenos y sus derechos constitucionales.
Creo que no existen las condiciones objetivas para modificar las facultades de que disponen hoy las policías.
Cuando alguien me señala: "Mire, quien se exceda va a ser sancionado", me pregunto ¿quién va a sancionar? La justicia militar. ¿Ustedes piensan que la víctima de algún abuso policial puede acceder a esa justicia?
En verdad, es una situación desequilibrada. Hay una diferencia muy grande con los derechos que eventualmente puedan invocar las víctimas de la policía en casos de abuso.
En mi opinión, el diagnóstico que se efectúa a propósito de esta enmienda no es bueno, porque el problema de la delincuencia no se resuelve con fijar un control de identidad, sino con desplegar a las policías donde se las necesita.
Nos debemos preocupar por ver qué tipo de sociedad estamos construyendo, y eso va mucho más allá de esta "Agenda corta"...

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
Dispone de un minuto adicional.

El señor TUMA.- Gracias, señor Presidente.
Esta "Agenda antidelincuencia", como dice su nombre, es bastante "corta". Por tanto, después viene una tarea muy larga, centrada en modificar un gran conjunto de normativas para construir una sociedad más acogedora, una que impida el surgimiento de mayor delincuencia.
Esta es producto de la sociedad que tenemos; no obedece solo a la voluntad de quien decide delinquir. Cabe considerar que nosotros hemos creado condiciones que llevaron a los delincuentes de algún modo a seguir una escala de valores que no se condice con los derechos de las personas.
En consecuencia, señor Presidente, si bien he aprobado todas las normas de este proyecto, en el caso particular del artículo 12 votaré en contra.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Montes.

El señor MONTES.- Señor Presidente, voy a rechazar, al igual que toda la bancada del Partido Socialista, la norma referida, que busca ampliar el control de identidad, porque dicha facultad ya existe.
Creo que el problema con los jóvenes es tremendamente serio en nuestra sociedad, y en dos dimensiones del asunto.
Aquí no asumimos el deterioro valórico, la desocialización, la desarticulación que existe en la base de la sociedad.
¡No lo asumimos!
Cuando pensamos en la familia, ¿qué estamos haciendo como sociedad? En educación tratamos de vender una visión de ser humano asociada al SIMCE; tenemos abandonados los barrios; los jóvenes cada día están practicando menos deporte, y contamos con una televisión tremendamente irresponsable.
O sea, sobre las causas estamos haciendo bastante poco.
Y en lo que respecta al control de los delitos, se han implementado distintas medidas que no han resultado bien, y habría que pensarlas más.
Creo que detrás de esta propuesta no se ve un análisis serio y fundado.
Yo participé del debate que se realizó cuando se terminó con la detención por sospecha.
¡Ocho años nos demoramos en tramitar dicho proyecto!
Al año, cientos de miles de jóvenes eran detenidos en forma arbitraria.
En esa ocasión, establecimos una modalidad de control de identidad que redactó Carabineros, porque nos pidió hacerlo. Y nosotros la acotamos durante la discusión. Y antes de dos meses de su puesta en marcha, la propia institución uniformada nos dijo: "No nos funciona". ¡Ellos la habían hecho!
Ahora Carabineros solicita que se amplíe esta medida. Y la verdad es que no existen fundamentos suficientemente rigurosos, pues se plantean muchos puntos tremendamente discutibles.
Quienes están escapando de la policía tendrían que ser bastante "giles" para que los agarraran en un simple control de identidad, porque normalmente son personas que se mueven de otra manera por las ciudades y por nuestro país.
Me parece que se debe rechazar esta norma por varias razones, que ya expuso el Senador Quinteros.
En primer lugar, existe una restricción de la libertad individual que no encuentra fundamento en decisión judicial alguna, sino en el mero arbitrio administrativo. Además, no se entregan garantías de resultados concretos.
En segundo término, se abre una amplia posibilidad para la discriminación.
¿Por qué las cortes de apelaciones han rechazado muchas de estas detenciones? Por la ambigüedad e imprecisión de los indicios que se plantean.
Según datos de la Defensoría Penal Pública, en 2012 las detenciones ilegales afectaron en 23,7 por ciento a etnias originarias; en 17,1 por ciento a jóvenes, y en 13,5 por ciento a extranjeros.
La UNICEF reclama que en esta norma existen enormes vacíos e imprecisiones que pueden prestarse para grandes abusos. A mí me hace mucha fuerza eso.
En tercer lugar, la atribución que se crea admite serias deficiencias respecto de los resultados, como ya he dicho.
¿Llegaremos a través de esta medida a detener al 0,1 por ciento de aquellas personas que están huyendo de la justicia? Lo veo difícil. Y la verdad es que no existe nada concreto que garantice su eficacia.
María Inés Horvitz, en el artículo "Seguridad y garantías: derecho penal y procesal penal de prevención del delito", señala "las demandas de mayor seguridad han significado, para la institución policial, un progresivo aumento de recursos humanos y materiales". ¡Un gran aumento de recursos materiales y humanos! Pero debemos evaluar eso. Hay que hacer accountability al respecto.
Asimismo, Paz Irarrázaval, en "Igualdad en las calles en Chile: el caso del control de identidad", acusa que no es posible obtener información detallada sobre el perfil de las personas sometidas a control, circunstancias y resultados.
Con esta propuesta, se amplía una atribución cuya eficacia es muy incierta y cuyas evaluaciones son inexistentes o, al menos, desconocidas.
En cuarto lugar, aunque los abusos policiales sean limitados, no existen canales para evaluarlos y tratarlos. A todos nos ha tocado conocer casos y no tenemos cómo manejarlos. La justicia militar en general no funciona. Uno prefiere el criterio del General Director de Carabineros, en el caso de esa policía, para actuar.
Finalmente, en esta norma hay numerosos riesgos de excesos y discriminación, escasos beneficios concretos en términos de eficacia policial y pocas medidas de control y resguardo.
¡Nosotros estamos votamos en contra!
Y lo manifestamos claramente para decirles a todos, a nosotros mismos, al Gobierno, a los Ministerios, que necesitamos una política pública seria para los niños, los adolescentes y los jóvenes.
Esto no contribuye mayormente a eso.
¡Hoy día no tenemos política pública! ¡El SENAME opera apenas por los bordes! ¡Las escuelas no asumen este problema! Por ende, desde dónde...

El señor LAGOS (Presidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
Cuenta con un minuto para concluir, Su Señoría.

El señor MONTES.- Entonces, yo me pregunto ¿qué estamos haciendo en serio?
Seamos responsables y no entremos en una discusión como si esto fuera a resolver grandes problemáticas.
Debemos asumir lo que está ocurriendo en la sociedad.
¡Eso es responsabilidad de este Parlamento!
Y nosotros permanentemente hacemos como que esto no existe. Yo podría contarles -y todos- sobre diversos tipos de situaciones. Hoy en día, hay jóvenes que salen armados -porque se usan armas-, que no son delincuentes originalmente, roban un vehículo, parten a ver qué oportunidad se les presenta. Y eso va creciendo.
Yo les digo a todos los del barrio alto: "Cuidado, porque están yendo hacia allá, pues saben que existen más oportunidades".
Entonces, hay algo de fondo que está ocurriendo en la sociedad que requiere ser enfrentado con mucha mayor seriedad.
Señor Presidente, votamos en contra para dar un testimonio claro y contundente de que debemos enfrentar los problemas de fondo del vacío de la política pública de una manera mucho más seria.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Solicito autorización de la Sala para que presida la sesión la Senadora señora Muñoz.
Acordado.
--Pasa a dirigir la sesión, en calidad de Presidenta accidental, la Senadora señora Muñoz.

La señora MUÑOZ (Presidenta accidental).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señora Presidenta, quisiera que hiciéramos un recuento de todo lo que hemos dicho en esta Sala, porque esto lo venimos planteando desde hace muchos años.
El Presidente Sebastián Piñera llegó al poder basado en una exacerbación de la lucha contra la delincuencia, y a poco andar su Ministro del Interior Hinzpeter reconocía su fracaso ante dicha problemática.
Cuatro años tuvo la Derecha para implementar todo lo posible para enfrentar la delincuencia, dado que fue su principal compromiso de campaña.
¡Y fracasaron!
Y han fracasado los Gobiernos de la Concertación.
Y este Gobierno de la Nueva Mayoría enfrenta el mismo fracaso. ¡No avanza!
Esta "Agenda corta" no solo se queda corta...

El señor MONTES.- ¡Tu Gobierno...!

El señor NAVARRO.- Mi Gobierno, por cierto, con el cual es legítimo discrepar, ya que esa es la esencia de la Nueva Mayoría. ¡Si no, pregúntenle a la Democracia Cristiana...!
Quiero decirles que tengo serias dudas de que el aumento de las penas y todas las medidas que hemos discutido vayan de verdad a atacar a fondo la delincuencia. Más aún con esta norma, que, en definitiva, no garantiza en absoluto que las 80 mil personas que andan por las calles con órdenes de detención pendientes vayan a ser capturadas. O sea, la policía va a salir a la calle a controlar a todo aquel que se le cruce por delante para encontrarlos. Como decía Nelson Mery, "se debe investigar para detener, no detener para investigar".
En consecuencia, lo que se requiere es mayor eficiencia investigativa.
Ahora bien, se establece el control a los mayores de 14 años. ¿Cuántos de quienes están aquí tienen hijos adolescentes de entre 14 y 17 años?

El señor HARBOE.- ¡Yo!

El señor NAVARRO.- Quiero decirles que deberemos implementar una política a fin de ir a los liceos, particularmente a los municipales, para que los estudiantes saquen su carné de identidad. Porque si un joven de 14 años no porta cédula de identidad (porque no tiene dinero para adquirirla o tiempo para hacer el trámite, debido a la presión que significa la preparación de la PSU), vamos a encontrarnos con graves dificultades.
Las órdenes de detención no se resolverán con el control de identidad discriminativo.
El mayor riesgo de esta medida radica en que los jóvenes, que debieran ser nuestros aliados y recurrir a la policía para denunciar, no lo hagan y pasen a ser jóvenes más críticos.
¡Había un millón 700 mil detenciones al año cuando existía la detención por sospecha! Y la delincuencia no se vio afectada.
Debemos hacer un esfuerzo, pues muchos creen que esta norma no les va a tocar. Pero esto puede dar paso a muchos abusos.
Cuando trabajamos la Ley sobre Violencia Intrafamiliar hubo que capacitar a las policías, porque muchas mujeres llegaban a declarar y las enviaban de vuelta a sus casas diciéndoles: "Vaya y póngase en la buena". Hubo que capacitar a miles de funcionarios públicos para entender que la violencia intrafamiliar era sancionada. Y había que contar con el personal público preparado para enfrentar ese fenómeno.
Yo estoy dispuesto a apoyar a Carabineros en todo. Pero creo que esta norma, más que ayudarlos, los va a complicar. Hará que se los mire con sospecha, ya que de todo hay en la viña del Señor. Y hay algunos bastante brutos, poco prudentes.
La ley en proyecto dispone que el carabinero que controla la identidad debe individualizarse antes. Así, por ejemplo, deberán señalarle a la persona: "Soy el carabinero Juan Gómez, mi placa es la 337 y pertenezco a la dotación de Peñalolén". Eso es lo que establece el proyecto.
He conversado con decenas de jóvenes, quienes corroboran que las policías no se identifican, ni siquiera portan una chapa distintiva durante las manifestaciones. Y esto no tiene nada que ver con la condena irrestricta a los abusos de los encapuchados. ¡Todos estamos en contra de aquello!
Estoy hablando del uso masivo de esta facultad, que va a separar a los jóvenes de la policía. Ojalá me equivocara. Sin embargo, considero que esta es una medida que, más que cooperar, enturbiará la necesaria relación de colaboración.
Algunos plantean que a los jóvenes del barrio alto no los van a detener. La policía deberá ejercer su tarea en forma amplia, ya que este procedimiento, seguramente, se va a ejercer en las comunidades mapuches, en las poblaciones populares, en los centros juveniles.
Circunstancia y condición: un elemento básico. Pero aquí no se habla de circunstancia y condición: en cualquier circunstancia y condición.
Un concejal de Los Vilos me contó que su hijo fue detenido a media cuadra de su casa; no se le permitió ir a buscar el carné de identidad y terminó golpeado y esposado en la comisaría respectiva.
Hago una prevención a Carabineros. Es probable que esta norma se apruebe. Pero quiero decir que esta medida estará sometida a una evaluación en forma constante.
Espero que todo lo que hemos aprobado, como subir las penas o esta misma norma, contribuya en algo. Porque aquí se ha dicho que estamos atacando la delincuencia.
Vamos a ver qué resulta.
Toda nuestra cooperación con la policía; todo nuestro respeto al gran cuerpo policial. Pero voy a rechazar esta norma, porque considero que le traerá más problemas que ventajas a Carabineros de Chile.
Voto en contra.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, en verdad, cuando oigo a algunos Senadores manifestarse en contra de esta disposición, no logro entender debidamente su justificación.
Una de las razones que se esgrimen para oponerse al control de identidad es que ello significaría la instalación nuevamente de la detención por sospecha, la cual trae a la memoria situaciones muy ingratas por los abusos que se cometieron en el pasado en virtud de esa atribución.
Ciertamente, tal argumento no resiste ningún análisis. Lo que se plantea ahora no guarda ninguna relación con ese tipo de detención.
Aquí se trata de algo muy modesto, bastante mínimo, de alcance extremadamente limitado y circunscrito, que no puede confundirse, ni siquiera para la retórica populista, con la detención por sospecha.
Un segundo argumento que se plantea es que esto atenta contra la libertad de las personas.
Señor Presidente, los derechos y las libertades, cualesquiera que sean, no son absolutos. En una sociedad, todos debemos responder a las restricciones que se establezcan respecto del ejercicio de esos derechos, de esas libertades.
Por lo demás, que a alguien le soliciten su identificación, que le pregunten quién es no puede considerarse como un acto vejatorio, que esté ofendiendo o afectando la libertad personal.
En consecuencia, aquí estamos magnificando, extremando los argumentos de manera inexplicable.
Por lo demás, aquí también hay derechos que en cierto sentido colisionan. Porque se halla la libertad irrestricta que algunos reclaman versus la seguridad social, y sobre todo la de la gente más humilde, que es aquella que sufre proporcionalmente la mayor cantidad de delitos.
Estamos, pues, tratando de asegurar que la población tenga algún grado de protección en sus derechos con un mínimo esfuerzo de toda la ciudadanía: identificarse cuando un policía, un carabinero lo solicita.
También se señala: "¡Es que esto, además, se va a prestar para muchos abusos!".
Señor Presidente, hoy día existe ese tipo de control en dos ámbitos.
Por un lado, se halla el control investigativo, que se ejerce en otras circunstancias: cuando hay indicios de que una persona ha cometido un delito flagrante. Y por otro, existe el control preventivo, que se da en algunos casos: por ejemplo, para acceder al estadio o a espectáculos públicos.
Y, en verdad, al año se practican muchos controles, sumando esas dos situaciones: cerca de un millón ochocientos mil. Y, sin embargo, la consecuencia práctica de abuso, según los datos de que disponemos, es menos de 0,3 por ciento.
Entonces, aquello no se ha prestado para abusos. Ciertamente, se producen algunos abusos menores. Eso siempre puede ocurrir. Por eso, la norma establece diversas medidas que aseguran un control, a fin de evitar que eso suceda.
Así, se deberá elaborar un procedimiento estandarizado para ejercer esa facultad.
Se considerarán como faltas administrativas los abusos que puedan cometerse. Ello normalmente significa terminar con la carrera del policía en cuestión.
Finalmente, las policías informarán trimestralmente al Ministerio del Interior y Seguridad Pública sobre los antecedentes que les sean requeridos para conocer el ejercicio práctico de esta medida.
Por lo tanto, hay cautela, hay resguardo.
En definitiva, señor Presidente, aquí existe poca voluntad para avanzar en una batalla en que los carabineros son pieza esencial. Son sus principales autoridades las que nos han requerido una y otra vez que les entreguemos facultades al objeto de desarrollar en forma eficaz su labor preventiva.
Ya se sabe lo relativo a las sesenta y tantas mil órdenes de detención vigentes que no se pueden controlar, pues no hay medidas para hacerlo.
Controles aleatorios, como los que se supone se efectuarán producto de la facultad que les agregamos a los carabineros, permitirán que aquello ocurra. Por lo tanto, le daremos efectividad a la batalla contra la delincuencia.
¿Vamos a resolver el problema por esta vía? No. Que nadie lo entienda así.
Existen muchas formas para hacerlo. Y no es excusa decir: "Es que hay tantas otras cosas que se deben realizar, en materia de mejoramiento de la educación, de medios de comunicación, de cultura, en fin".
Sí, señor Presidente: hay que abocarse a todo eso.
También hay que mejorar la rehabilitación. ¡Por cierto! Mientras no mejoremos la rehabilitación en las cárceles, tendremos altos índices de reincidencia, cuestión que, desgraciadamente, todavía existe. Y una medida preventiva sería contar con una verdadera rehabilitación en las cárceles.
Pero no porque no estemos llevando adelante ese conjunto de medidas vamos a impedir que nuestros carabineros cuenten con las atribuciones necesarias para ejercer debidamente sus funciones.
En tal sentido, evitar que la policía disponga de esas facultades me parece más un escapismo que un compromiso social para combatir la delincuencia, el cual nos es reclamado.
Entonces, que cada uno se haga responsable ante la ciudadanía si quiere impedir que la policía ejerza adecuadamente su labor. Porque, con razón, los chilenos van a reclamar que no estamos respondiendo a sus verdaderas inquietudes.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, el control de identidad existe hoy día.
Al revisar el artículo 85 del Código Procesal Penal, es posible observar que las policías hoy día, sin orden previa de los fiscales, pueden solicitar la identificación de cualquier persona, para lo cual se establece un conjunto de condiciones. Incluso, les es factible llevarse a las personas a la unidad policial más cercana para fines de identificación. Y el procedimiento puede durar hasta 8 horas.
Como ya mencioné, en la práctica, hoy existe el control de identidad.
Las policías realizan control de identidad, que, si bien no lo llaman "preventivo", reviste ese carácter.
31 de marzo de 2016: "PDI realizó operativo preventivo y detuvo a 112 personas".
24 de mayo de 2014: "Carabineros realiza un procedimiento policial; controla a mil 600 personas, y hay 324 detenidos".
5 y 6 de febrero de 2016: "Control de identidad preventivo de Carabineros: 7 mil 432 controles de identidad".
Señor Presidente, la norma actual exige la existencia de indicios de que se hubiera cometido un delito.
¿Creen razonablemente, señores Senadores, que en todos esos procedimientos existieron tales indicios?
¿Piensan que en dichos procedimientos el carabinero se identificó previamente con su nombre, su placa y la unidad a la que pertenece?
¿Creen ustedes que en los procedimientos que se realizan actualmente hubo algún mecanismo de reclamo en caso de que el controlado se sintiera discriminado?
Hoy se efectúan controles de identidad, y la norma del referido artículo 85 no contiene el conjunto de derechos que sí establece la disposición que ahora estamos votando. Porque, como decimos siempre, el legislador debe hacerse cargo de una realidad. Y la realidad es que hoy día, habiendo en la práctica controles de identidad, tenemos un problema, pues no hay derechos respecto de aquellos que son controlados.
Veamos qué hizo la Cámara de Diputados, señor Presidente.
Allí se presentó una indicación, ¡oh, sorpresa!, de los Diputados señores Andrade, Carmona, Ceroni, Chahín, Farcas, Saffirio y Matías Walker, para establecer el control de identidad.
¿Qué decía su texto? Que se podrá controlar la identidad de cualquier persona en el lugar en que se encontrare.
La indicación fue aprobada con el voto afirmativo de 88 Diputados.
Si Sus Señorías leyeran la lista de quienes votaron a favor, se sorprenderían.
Perdón, la norma aprobada en la Cámara de Diputados señala que se podrá "controlar la identidad de cualquier persona en el lugar en que se encontrare".
El Senado recibió ese texto, que habla de "cualquier persona". No distingue entre mayor de 14 años y menor de 18 años y mayor de 18 años. En consecuencia, se podría retener en la unidad policial a un mayor de 14 años hasta por cuatro horas.
Tampoco distingue el lugar. Es decir, con esa norma, un carabinero podría decir: "Yo puedo entrar a la casa de determinada persona, controlarla, y si no cuenta con identificación, me la llevo por cuatro horas". ¡A un menor que tenga 14, 15 o 16 años!
Dicha norma -repito- fue aprobada por 88 Diputados.
¡Yo no estoy disponible para aprobar el mencionado precepto, pues creo que en esta materia hay que tener equilibrio!
Por eso en la Comisión de Constitución despachamos una disposición diferente.
En primer lugar, la referida norma establece que el control de identidad debe realizarse en lugares públicos o de acceso al público: restoranes, etcétera (por de pronto, este Senado ya aprobó el control de identidad en las inmediaciones de los estadios).
En segundo término, preceptúa que en cualquier procedimiento de control de identidad el carabinero previamente debe identificarse con nombre, placa y unidad a la que pertenece.
En seguida, dispone que la identificación ha de efectuarse en el lugar, con aplicación de medios tecnológicos.
En el caso de los mayores de 14 años y menores de 18, la primera obligación del funcionario policial es llamar a sus padres, y especialmente, respetar la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos del Niño. Y si hay dudas, la ley presume que se trata de menores de edad; o sea, no se los puede controlar.
Un señor Senador decía en la Sala: "Hay niños que no tienen carné de identidad". Pero aquí se habla de "cualquier medio de identificación": tarjeta escolar, cédula de identidad, carné de curso; lo que sea.
En consecuencia, se abre la posibilidad de identificación. La idea es facilitar esta en el lugar, para no ser conducido...
Pido un minuto adicional.

El señor LAGOS (Presidente).- Lo tiene, señor Senador.

El señor HARBOE.- En consecuencia, señor Presidente, esta norma comienza a otorgar un conjunto de derechos para un control de identidad que hoy día se practica sin la concurrencia de ellos.
Adicionalmente, si el controlado se siente vejado, discriminado, se consigna un procedimiento de reclamo, del cual puede derivar para el funcionario policial, aparte la responsabilidad penal pertinente -ella será eventual-, una sanción administrativa en la hoja de vida, la que afectará su carrera funcionaria (entonces, el policía pensará dos veces antes de actuar de manera arbitraria).
Como si todo aquello fuera poco, se impone la obligación de informar trimestralmente al Ministerio del Interior.
Por consiguiente, votar en contra del control de identidad propuesto implica perpetuar lo que existe hoy día.
Y me van a disculpar, pero lo que existe hoy día, a mi juicio, sí se presta para abusos. Porque no hay procedimiento de reclamo, no hay sanción efectiva y no hay mecanismos para impugnar las decisiones de la autoridad.
Por eso, señor Presidente, voy a concurrir con mi voto favorable, pues estoy convencido de que la implementación del sistema sugerido permitirá regular la situación actual, en la cual los ciudadanos no tienen ningún derecho.
Repito: en esta materia debe haber equilibrio.
Hoy es factible controlar a un conductor que transita por una carretera u otra vía pública para verificar si los papeles del vehículo se encuentran en orden.
¿Por qué no se puede solicitar la identificación de una persona en los lugares que explicita la norma planteada?
Eso nada tiene que ver con la detención por sospecha.
En virtud de tal disposición no se puede detener a nadie. Y si al amparo de ella la policía detiene a alguien incurre en una ilegalidad susceptible de sanciones administrativa y penal.
Voy a aprobar esta norma, señor Presidente, porque creo que consagra un conjunto de derechos que hoy día no tienen los ciudadanos que son controlados conforme al artículo 85 del Código Procesal Penal.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, Honorable Sala, en la Comisión de Constitución me pronuncié en contra de esta norma y en la Sala también voy a votar que no, sobre la base de los argumentos que he señalado antes y que mantengo en esta oportunidad.
Valga una aclaración a quien me antecedió en el uso de la palabra.
La indicación que dio origen a este artículo no viene en el proyecto primitivo, sino que fue presentada en la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara. Y, en el caso de la firma de los Diputados de que se hizo mención, se trata de una propuesta de acuerdo formulada luego de una iniciativa que dista mucho de la idea matriz del proyecto.
Señor Presidente, cuando tenemos instituciones tan respetables, democráticas, establecidas por este Parlamento, como el Instituto de Derechos Humanos, que señala, tal y cual lo han dicho el relator de la ONU, la Corte Suprema y el propio Instituto, entre otros: "la normativa propuesta es inaceptable en un estado democrático de derecho. Si el Estado de Chile quiere seguir gozando del prestigio internacional que ha ganado por sus logros en materia social y económica, debe asumir como desafío central el liberarse de las ataduras del pasado y propender a no generar nuevas amarras que dificulten el proceso de profundización de la democracia y el avance en materia de derechos humanos".
Cuando leemos en la prensa, bajo el título "Control de identidad: Iniciativa inconveniente": "No hay posibilidades reales de hacer descansar este control en juicios objetivos. Así, la aplicación de esta política, por muy loable que sea su motivación, conducirá a que se trate desigualmente a las personas y grupos que forman parte de nuestra nación...". Y al final: "Harald Beyer, Centro de Estudios Públicos".
Cuando la prensa dice en un titular: "Corte Suprema cuestiona duramente la ley corta antidelincuencia y califica de inaceptable para el Estado Democrático el control de identidad".
Cuando leemos en los medios de comunicación lo siguiente: "Pero lo más problemático de la propuesta -generada bajo la administración del anterior ministro de Justicia-" (se excluye a la Ministra actual) "no es la disparidad de tratamiento punitivo, sino las razones aludidas para emprender dicha estrategia y la promesa de resultados esperados. De acuerdo con la inspiración del mensaje, se apuesta nuevamente por la vieja táctica: más cárcel, esperando con ello incapacitar a un número importante de infractores mediante su reclusión por tiempos más prolongados y reduciendo el volumen de candidatos que pueden optar a penas alternativas. El problema de dicha apuesta -al igual que en el caso del control de identidad preventivo- es la falta de evidencia que la sustente". Esto lo señalan Catalina Mertz Kaiser, Directora Ejecutiva, y Ana María Morales, Directora del Área de Justicia y Reinserción de la Fundación Paz Ciudadana (no estoy leyendo a opinólogos, a académicos o a instituciones de la Izquierda garantistas, sino que estoy haciendo referencia a un conjunto de actores del sistema).
Cuando la propia representante de las Naciones Unidas en nuestro país nos señala que esta norma vulnera el artículo 1 de la Convención sobre Derechos del Niño, no obstante lo que se ha señalado en cuanto a que en el caso de los menores de edad la detención o la privación de libertad solo puede ser por una hora, uno debe hacer una reflexión.
Ahora, como uno tiene que hacerse cargo de todas las opiniones, debo puntualizar que hay una que me interpreta en particular.
Dice:
"La preferencia por una clase de delitos que se expresa en este tipo de legislación es aquella criminalidad de la marginalidad, convirtiéndola en el paradigma de la delincuencia, en desmedro de la de quienes tienen posiciones más acomodadas. En un país cruzado por la desigualdad, el sistema penal está promoviendo su profundización".
"El caso más paradigmático de esto es el control preventivo de identidad que propone este proyecto, el cual no implica ninguna mejora en materia de combate a la delincuencia, pero sí entrega una herramienta de uso arbitrario a las policías que indudablemente se concentrará en ciertos grupos marginalizados: pobres, jóvenes, inmigrantes y personas con estilos de vida alternativos".
Esta última referencia es de los profesores de Derecho Penal...

El señor LAGOS (Presidente).- Su Señoría dispone de un minuto adicional.

El señor DE URRESTI.- ... de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile señores Mañalich y Winter.
Cuando uno hace ese conjunto de reflexiones; cuando uno entiende que esto no viene en la idea matriz del proyecto; cuando ello genera una estigmatización respecto a grupos precisos de la población; cuando, en definitiva, por esta vía se entregan a Carabineros herramientas que van más allá de las que hoy día tienen y que no ejercen adecuadamente para hacer aquel control; cuando se hace abstracción de que hemos aprobado un conjunto de iniciativas que la propia policía y el Ministerio Público han planteado, no vamos por el camino adecuado.
Esto contribuirá a estigmatizar a segmentos de la población; a encarcelar a los más pobres, a la gente humilde, a las personas sencillas.
Estos controles de identidad no se harán en los grupos acomodados. Y ahí también hay delincuencia. Y ahí también debemos focalizar.
Por eso, creo que estamos ante una medida ineficaz, que no va a dar los resultados previstos y que -peor aún- generará más segregación y una focalización de la delincuencia sobre delitos de poca consideración.

El señor HARBOE.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).- ¿Su Señoría quiere hacer una aclaración?

El señor HARBOE.- Sí, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- Puede hacerla, señor Senador.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, el colega que terminó de hablar señaló que lo que yo leí no era una indicación, sino una idea, un proyecto, algo así.

La señora MUÑOZ.- Una idea original.

El señor HARBOE.- Una idea original.
Pues bien, en la página 130 del informe de la Cámara Baja se dice:
"Los diputados señores Andrade, don Osvaldo; Carmona, don Lautaro; Ceroni, don Guillermo; Chaín, don Fuad; Farcas, don Daniel; Saffirio, don René, y Walker, don Matías, formularon indicación para incorporar un artículo 12, nuevo:

"Artículo 12.- En cumplimiento de las funciones de resguardo del orden público y la seguridad pública, y sin perjuicio de lo señalado en el artículo 85 del Código Procesal Penal, los funcionarios policiales señalados en el artículo 83 del mismo Código podrán controlar la identidad de cualquier persona en el lugar en que se encontrare, por cualquier medio de identificación".
En la página 133 se expresa: "Sometida a votación la indicación de los diputados señores Andrade, Carmona, Ceroni, Farcas, Saffirio y Walker, que incorpora un artículo 12, nuevo, se aprobó por la unanimidad...".
Y ahí están todos los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.
Es solo para los efectos de la historia de la ley.
Se trata -repito- del informe de la Cámara de Diputados.

El señor DE URRESTI.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor PROKURICA.- ¡Téngannos piedad...!

El señor LAGOS (Presidente).- Imagino que el Senador señor De Urresti quiere agregar algo.

El señor PROKURICA.- ¡No, señor Presidente...!

El señor MONTES.- ¡Muy bien, señor Presidente: está creando su propio Reglamento...!

El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, me parece muy bien la corrección que hace el Senador Harboe.
Pero seamos claros.
Yo me he referido a que la idea original del proyecto adicionado a la propuesta que hizo el Ejecutivo no corresponde a los Diputados que ahí se consignan.
Fue un nuevo proyecto, para tratar de sintetizar las distintas posiciones. Y por ello esa amplia variedad de Diputados.
Esta es una iniciativa que, principalmente, obedece a parlamentarios de Derecha.
Y sería claro: lo que el Senador expone es el proyecto que la Comisión sintetizó para llegar a un acuerdo.
La iniciativa original en función de la cual se incorpora esa situación obedece a un planteamiento de una bancada antidelincuencia o provida -no sé cuál era la característica que tenía-, que en la Cámara de Diputados ha hecho un trabajo activo.

El señor LAGOS (Presidente).- Proseguimos con la votación del proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.- Señor Presidente, las últimas intervenciones muestran que esta es una discusión absolutamente abierta, donde hay opiniones con distintas miradas, independiente del signo ideológico.
Yo quisiera señalar primero que nosotros vamos a entregar un respaldo total a la "Agenda corta" antidelincuencia, por todo lo que significa, con las ideas matrices, con cuanto se ha planteado.
Todo lo que implica la "Agenda corta" antidelincuencia está muy bien: modificación del Código Penal; responsabilidades penales alternativas; lo que señalaba el Ministro Burgos en cuanto a un plus de penas para reincidentes; instrumentos procesales para los fiscales; atribuciones para las policías.
El problema estriba en que en esta "Agenda corta" nos hemos desviado a otros temas, a mi juicio accesorios y no relacionados con el combate contra la delincuencia.
En cuanto al debate sobre las filtraciones de información, debo puntualizar que me pronuncié negativamente en las dos votaciones que hubo. Pero ello, no porque tuviera dudas en torno al trabajo que hizo la Comisión de Constitución; todo lo contrario: creo que el debate habido allí fue bastante serio. Mi aprensión tiene que ver principalmente con el hecho de que estos temas se apartan del objetivo principal de la "Agenda corta" antidelincuencia.
Por eso mismo nuestra votación en el caso de la norma relativa a los 75 años, a las razones humanitarias.
Lo propio ocurre en lo concerniente al control preventivo de identidad, por las razones que aquí se han dado -y lo decía recién el Senador De Urresti-: hoy día tenemos el artículo 85 del Código Procesal Penal y la disposición de la Ley de Violencia en los Estadios que permite hacer controles (en algunos casos, con éxito; en otros, no).
Entonces, señor Presidente, considero que este artículo tensiona innecesariamente a las policías y a la ciudadanía.
Se está incorporando un elemento absolutamente subjetivo.
Como decíamos, la introducción del control preventivo de identidad ha recibido críticas de organizaciones y de especialistas de un amplio marco ideológico.
Se mencionaba acá al Decano de la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, Davor Harasic; a la UNICEF; a la Corte Suprema. Y se expresa que, en el hecho, el instrumento que se procura poner a disposición de las policías no podrá ser objeto de control efectivo y en algunos casos se prestará para consolidar prácticas abusivas, especialmente en un país tan desigual y segregado como el nuestro.
Traigo a colación aquello a propósito de lo que muchos señores Senadores han manifestado con respecto a la realidad de Alemania, de Francia, de Italia.
Pienso que sería bueno, antes de hacer comparaciones, observar los índices de desigualdad existentes en esas naciones. Y luego de eso, claro, podríamos discutir sobre el control preventivo de identidad en Chile.
Yo estoy por combatir sin tregua la delincuencia, pero de manera inteligente y eficaz.
Es indudable que la norma que se nos propone en este momento se va a concentrar -lo han dicho ya varios señores Senadores- en los pobres, en los jóvenes, en los mapuches, en los inmigrantes y en personas (por qué no decirlo) de estilos de vida alternativos.
¡Jamás se aplicará a personas de los sectores más acomodados, en ninguna ciudad de nuestro país!
Repito: yo estoy por combatir sin tregua la delincuencia, pero de manera eficaz.
De ningún modo aprobaré una norma antijóvenes, discriminatoria, poco efectiva y socialmente abusiva.
Quiero una sociedad segura, que permita vivir en paz, no una sociedad policial que limite derechos de las personas.
Por eso, voto en contra.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Horvath.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, este proyecto tiene elementos positivos, los que, obviamente, se han votado en consecuencia.
Otro se despejó parcialmente: el vinculado con las filtraciones de información que pudieran llevar a sanciones penales a cualquier persona que participara en ellas, amenazándose con eso, entre otras, la libertad de expresión.
Ahora, creo que el caso particular del control de identidad, además de controvertido, tiene una suerte de popularidad y pirotecnia.
¿Por qué digo aquello?
Yo tengo el mayor respeto por las policías -tanto Carabineros cuanto Investigaciones- y por los demás entes que participan en estos procesos. Pero la pregunta de fondo es si la norma propuesta verdaderamente contribuye a prevenir y controlar la delincuencia y ayuda a las referidas instituciones a ejercer su importante y delicada labor.
La propuesta del proyecto consiste en permitirles a las policías efectuar controles de identidad a personas mayores o a menores de edad con más de 14 años sin que exista indicio alguno de que hayan cometido o se apresten a cometer un delito o falta. Este control se puede realizar en lugares públicos o privados con acceso público (estamos hablando de restoranes, cines, gimnasios, en fin).
El mencionado procedimiento incluye la facultad del personal policial para que, en caso de no haberse concretado el control de identidad de manera satisfactoria para el funcionario a cargo -y reconocemos que por la vía de las indicaciones hubo una ampliación más allá del carné de identidad-, se pueda trasladar a la persona hasta un recinto policial, sin control de tribunales o consulta a la fiscalía, por un período de hasta cuatro horas tratándose de mayores de edad y de hasta una hora en el caso de menores de edad con más de 14 años.
No quiero exagerar al respecto, porque hay una serie de prevenciones para garantizar los derechos de los menores de edad.
Me referiré ahora a los argumentos en que se funda la norma propuesta.
Se dice que es necesaria como una medida para mejorar el combate contra la delincuencia.
Como aquí se ha expresado, no existe ningún estudio o informe que demuestre que el ampliar las facultades de las policías va a cumplir aquel objetivo.
La Presidenta de la Fundación Paz Ciudadana y el Presidente del Centro de Estudios Públicos han señalado este punto, en cuanto a que no hay evidencia que demuestre la utilidad de tal medida.
Hoy el artículo 85 del Código Procesal Penal les otorga a las policías facultad para controlar la identidad de cualquier persona, sin orden previa de los fiscales o de tribunales, para solicitar la identificación en los siguientes casos fundados:
a) Cuando el policía estime que existen indicios de que la persona hubiese cometido o intentado cometer un delito o falta;
b) Cuando estime que puede dar información útil para la investigación de un delito o falta;
c) Cuando estime que esa persona está encapuchada o utiliza alguna forma para dificultar o disimular su identidad.
Entonces, surge la pregunta: ¿Es la norma propuesta necesaria para enfrentar las más de 60 mil órdenes de detención pendientes?
Esas órdenes de detención pendientes no corresponden a personas condenadas por delitos y que están prófugas de la justicia. El mayor número de ellas han sido despachadas por tribunales que no son penales y corresponden a quienes han sido citados como testigos, peritos o partes en procesos civiles, de policía local o administrativos y no han concurrido ante los tribunales por alguna razón. Lo anterior no justifica una medida tan invasiva como la que se pretende.
En seguida, de acuerdo con los datos oficiales entregados por el Poder Judicial, de 311 mil 960 controles de detención en el año 2014, solo el 0,77 por ciento fue declarado ilegal, cifra marginal.
Insistimos en que a los policías no se les facilitará el trabajo, sino que más bien se los inhibirá de cumplir sus funciones.
Por estas razones, voto en contra.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Allamand.

El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, creo que el debate y particularmente esta última votación han sido extraordinariamente importantes.
Ha quedado claro que la delincuencia es uno de los principales problemas que enfrenta el país. Se ha reiterado que dice relación con la más deficitaria y peor evaluada área de gestión del Gobierno; que este está fracasando en la materia.
Pero, además, las votaciones demuestran otra cosa: que el Gobierno va a seguir fracasando en la tarea. ¿Y por qué lo señalo? Por la muy simple razón de que en esa coalición hay una fractura muy profunda en un aspecto esencial.
No es una casualidad que todos los Senadores de la centroderecha y de la Democracia Cristiana, más algunos independientes, estén apoyando el proyecto.
¿Y quiénes se están pronunciando en contra de la iniciativa del Ejecutivo? Los representantes de la Izquierda.
Entonces, cabe preguntar si habrá algún motivo de fondo para tal comportamiento, más allá de un análisis meramente coyuntural.
¿Por qué una coalición de Gobierno se parte exactamente por mitades cuando se trata de votar estas normas, así como al hacerlo, en la sesión anterior, respecto del caso en que los carabineros sean agredidos no hasta el extremo de lesiones visibles?
La explicación, revelada por el Honorable señor Quintana, es muy sencilla: para la Izquierda, en definitiva, la sociedad es siempre la delincuente y no las personas. Es una cuestión no menor. Cuando se presume que males sociales, como la desigualdad, la pobreza, la discriminación, son los generadores de estas conductas, se verifica una inversión completa del orden normal y razonable de las cosas. Porque, entonces, ya el delincuente no tiene la condición de tal: la delincuente es la sociedad y ese individuo pasa a ser una víctima.
Con esa forma de razonar, se concluye que el problema no es la eficiencia policial, sino el abuso policial.
Hago presente que a mí simplemente me impresiona la liviandad con que algunos Senadores han prejuiciado respecto de la acción de Carabineros. En efecto, hay una especie de sambenito. Se dice: "Nosotros respaldamos a esta honorable Institución y tenemos el mayor respeto por ella", y acto seguido se agrega: "Pero, ¡ojo!, si se le da esta facultad, va a discriminar, a actuar en forma clasista, a hacer un mal uso de sus atribuciones".
¿En qué quedamos? ¿Confiamos o no en Carabineros?
Ya que se han citado tantas cartas, deseo consignar que un ex General Director escribió hace algunos días una que expresa lo siguiente:
"Es un agravio injusto el menosprecio que estos críticos hacen de los más de 65 mil chilenos que, en su inmensa mayoría, provienen del corazón de la clase media y de los sectores más humildes. ¿Por qué el personal que hace diariamente servicio en la calle tendría una disposición generalizada a discriminar a personas de su mismo origen socioeconómico?".
No hay ninguna razón. Simplemente se trata de un prejuicio.
Pero, además, la cuestión se torna casi grotesca cuando resulta que Carabineros figura entre los organismos en que los chilenos más confían, situándose el Congreso entre aquellos que se encuentran en el extremo opuesto. Mas hay personas en el mismo Congreso que se permiten pretender que el conjunto de la institución desconfíe de aquella que es objeto de una mayor confianza entre los chilenos.
Por eso es que hay un tremendo desprestigio. Porque es algo que sencillamente no tiene sentido.
Para concluir, creo que aquí -y lo señalé en la sesión anterior- hay simplemente dos veredas. Se puede seguir la de apoyar lealmente a Carabineros, la de entregarle la confianza, la de respaldarlo a través de medidas eficaces, o bien, la de la sospecha, la de la desconfianza, la de no darle, en definitiva, los instrumentos que requiere para una gestión mucho mejor.
Por eso es que voy a votar a favor, ya que siempre voy a estar en la primera vereda y no en la segunda.

El señor MONTES.- ¡Afortunadamente, Su Señoría está equivocado!
¡Eso no ayuda en nada!

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Tranquilo.

El señor LAGOS (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, en primer término, quiero manifestarle, por su intermedio, al colega Horvath que la información que ha entregado en la Sala no corresponde a la realidad.
Tal como lo dijo el Honorable señor Espina, las 66 mil órdenes de detención emanan de juzgados de garantía y de tribunales de juicio oral en lo penal. Por lo tanto, ello no dice relación con el ámbito civil.
Es algo que quiero aclarar, porque constituye una situación que puede confundir a la opinión pública. Y lo hago presente sobre todo para el efecto de la Versión Oficial.
En segundo lugar, deseo valorar justamente el trabajo realizado por la Comisión de Constitución, ya que Carabineros necesita facultades y que le entreguemos lo que la comunidad está esperando. Cualquier democracia respetuosa de los derechos de las personas y ocupada en proveer de seguridad a la población admite que la ley faculte a la policía para requerir datos o antecedentes sobre la identidad.
En seguida, vamos a la casuística. A cualquiera que entre a un edificio le piden el carné de identidad. ¿Y quién lo hace? El conserje, quien trabaja en darles seguridad a los residentes. Y a nadie he visto reclamar. Contra la policía, sí.
Voy a ir a un caso extremo. Muchos de mis colegas viajan a las regiones que representan y la que les solicita el carné de identidad es la azafata. Y si van con un niño, tienen que mostrar la cédula de este. Esa es la realidad en nuestra sociedad.
¿Cómo es posible que la policía no pueda pedirles la identificación a quienes transiten por la vía pública?
Para qué decir en el caso de los bancos. ¡Si los cajeros están solicitando el carné para cambiar un cheque, y nadie protesta!
Sin duda que hay posiciones distintas. Pero el primer problema que exponen todos los chilenos es el de la delincuencia. ¿Y quiénes tienen que combatirla? Las policías. Es preciso darles a ellas instrumentos como estos, y muy bien resguardados, como lo han planteado todos los Senadores.
Es decir, se plantea una situación en la que algunos sectores podrían aparecer congeniando, muchas veces, con la delincuencia, y eso es peligroso. Porque, en el fondo, ¿qué otros instrumentos se le van a entregar a la policía si ni siquiera es posible consultar quién es la persona que va transitando?
No creo que corresponda irse a los casos extremos, obviamente. ¿Cabe pensar en una persona haciendo deporte y que trota?
No creamos que nuestros carabineros carecen de formación: tienen bastante de ella. Se someten a disciplina y se desempeñan por vocación. Sin duda que tenemos que respaldarlos y apoyarlos. Si no se les entrega este tipo de instrumentos, no podrán cumplir con lo que la comunidad espera y con lo que ellos, por su vocación, también quieren desarrollar.
¡Si Carabineros de Chile -me parece que bien lo decía mi Honorable colega Prokurica- es una de las instituciones más prestigiosas en nuestro país! ¡Y la estamos criticando con ocasión de entregarle una facultad absolutamente regulada, porque ninguno de sus integrantes podrá abusar, sino que tendrá que cumplir con una normativa!
Por eso, voto a favor y espero que Carabineros y la policía puedan trabajar conforme a lo que la comunidad de Chile espera.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, no quiero intervenir sobre el proyecto, sino simplemente dejar constancia, aunque no es habitual, de nuestro reconocimiento a los funcionarios de la Comisión de Constitución señora Nora Villavicencio, señores Rodrigo Pineda y Patricio Fuenzalida, y señorita Carolina Galleguillos.
Este ha sido uno de los más complejos asuntos que se han visto en mucho tiempo en ese órgano técnico. Demandó una labor extraordinariamente difícil. Por lo tanto, me parece correcto y justo el envío de una comunicación a la Secretaría de la Corporación -y creo representar para tal efecto a los Senadores presentes- para pedir que en la hoja de vida de estos funcionarios se anote el agradecimiento por el esfuerzo, el trabajo y el profesionalismo que evidenciaron en la tramitación de la iniciativa.
Y lo dice quien a veces discute más con ellos. Pero, por lo mismo, debo destacar que son un ejemplo de profesionales que realizan bien su cometido. De hecho, tuvieron que rehacer muchas veces acuerdos que fuimos perfeccionando.
Deseo dejar esta constancia en la historia fidedigna de la ley y, además, en las hojas de vida correspondientes, a través de la comunicación que estoy solicitando.
Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).- Así se hará, Su Señoría.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la votación.

--Por 20 votos contra 14, se aprueba el artículo 12, quedando despachado en particular el proyecto.
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Lily Pérez y Van Rysselberghe y los señores Allamand, Araya, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Harboe, Hernán Larraín, Moreira, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Allende y Muñoz y los señores Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Letelier, Montes, Navarro, Quintana, Quinteros y Tuma.


El señor LAGOS (Presidente).- Por haberse cumplido su objetivo, procederé a levantar la sesión, sin perjuicio de darse curso a los oficios llegados a la Mesa.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes:
De la señora ALLENDE:
Al señor Ministro de Hacienda, al señor Ministro de Economía, Fomento y Turismo, al señor Ministro de Desarrollo Social y a la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, a fin de que se ordene ESTUDIO DE RÉGIMEN JURÍDICO DE EMPRESAS CON MAYORÍA DE PROPIETARIOS O TRABAJADORES EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD.
Del señor CHAHUÁN:
Al señor Ministro del Medio Ambiente, para que informe acerca de AVANCE DE CONSEJO DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL DE BAHÍAS DE QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ.
Al señor Intendente de Valparaíso, con el objeto de consultar por AVANCE DE PLAN DE GOBERNANZA PARA BAHÍAS DE QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ.
Del señor DE URRESTI:
A la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo, a fin de que proporcione antecedentes acerca de DESALOJO EN POBLACIÓN NORTE GRANDE, SECTOR DE LAS ÁNIMAS, VALDIVIA, Y SOLUCIÓN PARA ALLEGADOS, ASÍ COMO ESTADO DE PROYECTO DE AGRUPACIÓN DE COMITÉ DE VIVIENDA.
Al señor Ministro de Bienes Nacionales, para consultar por CAUSA DE DESAPARICIÓN DE ROTONDA EN CAMINO A PLAYA EN PUERTO NUEVO, COMUNA DE LA UNIÓN.
Al señor Ministro del Medio Ambiente y al señor Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, a fin de que se señalen MEDIDAS CONTRA VISÓN EN CHILOÉ Y SENO DEL ALMIRANTAZGO.
Al señor Subsecretario de Telecomunicaciones, con el objeto de que se informe respecto de FACTIBILIDAD DE INCORPORACIÓN DE PUERTO NUEVO, COMUNA DE LA UNIÓN, EN PLAN DE CONECTIVIDAD DIGITAL.
Al señor Superintendente del Medio Ambiente, para que remita antecedentes sobre SANCIONES A MINERA MARICUNGA, EN REGIÓN DE ATACAMA, POR DESECAMIENTO DE HUMEDALES EN CORREDOR BIOLÓGICO ENTRE LAGUNAS DE NEGRO FRANCISCO Y SANTA ROSA, E IMPACTO EN ECOSISTEMA.
Al señor Director General de Aguas, a fin de que informe acerca de FISCALIZACIÓN POR DENUNCIA DE COMUNIDAD INDÍGENA LLASCAHUEANTE EVENTUAL CONTAMINACIÓN DE ESTERO PIUTEL, COMUNA DE PANGUIPULLI.
A la señora Directora de Obras Portuarias, para consultar por FACTIBILIDAD DEINCORPORACIÓN EN PLAN PARA RÍO BUENO DE INFRAESTRUCTURA EN RIBERA DE SECTOR DE NUEVO PUENTE EN PUERTO LAPI, COMUNA DE LA UNIÓN.
Al señor Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, con el objeto de que exponga POSICIÓN ANTE PETICIÓN DECONSULTA CIUDADANA POR EVENTUAL INSTALACIÓN DE PLANTA PROCESADORA DE CARNES EN COMUNA DE LANCO.
Del señor ESPINA:
Al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública y al señor Intendente de la Región de La Araucanía, pidiéndoles información acerca de PROYECTO DE AGUA POTABLE RURAL PARA SECTOR TRANAMÁN LA ISLA, COMUNA DE PURÉN.
A la señora Ministra de Educación, a fin de que indique RAZONES PARA NO CREACIÓN DE CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA EN COMUNA DE ANGOL.
A la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo y al señor Alcalde de Ercilla, solicitando información referida a MEDIDAS PARA PAVIMENTACIÓN EN SECTOR CAMPAMENTO ESPERANZA Y POBLACIONES SANTA MARCELA Y FELIPE CAMIROAGA, COMUNA DE ERCILLA.
A la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo y al señor Alcalde de Angol, consultando por REPARACIÓN DE PAVIMENTO EN INTERSECCIÓN DE PASAJES EL ROSARIO Y NAHUELBUTA, POBLACIÓN EL ROSARIO, COMUNA DE ANGOL.
Al señor Ministro de Agricultura, requiriendo información acerca de MEDIDAS PARA ENFRENTAR BAJO PRECIO DE TRIGO.
Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, solicitándole dar a conocer MEDIDAS PARA INSTALACIÓN DE TELEFONÍA MÓVIL E INTERNET EN SANTA EMA, COMUNA DE CURACAUTÍN.
A los señores Ministro de Transportes y Telecomunicaciones y Alcalde de Victoria, para consultar por FISCALIZACIÓN DE TRÁNSITO E INSTALACIÓN DE LOMO DE TORO EN CALLE O'HIGGINS, COMUNA DE VICTORIA.
A los señores Ministro de Energía, Intendente de La Araucanía y Alcalde de Purén, pidiéndoles informar sobre DEMORA EN SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD A SECTOR DE PAILÁN, COMUNA DE PURÉN.
A los señores Ministro de Energía y Superintendente de Electricidad y Combustibles, consultándoles por FISCALIZACIÓN A EMPRESA DE SERVICIOS ELÉCTRICOS POR CORTES EN COMUNA DE PURÉN.
Del señor GARCÍA:
Al señor Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente de La Araucanía, para pedir MEDICIÓN DE CONTAMINACIÓN EN COMUNA DE NUEVA IMPERIAL Y MEDIDAS DE MITIGACIÓN.
A los señores Directores de los Servicios de Salud Araucanía Norte y Araucanía Sur, para que remitan NÓMINA DE ESPECIALISTAS EN CENTROS HOSPITALARIOS.
Al señor Director del Hospital Regional de Temuco Hernán Henríquez Aravena, a fin de consultar por NÚMERO DE PACIENTES EN LISTA DE ESPERA PARA CIRUGÍAS NO AUGE, POR ESPECIALIDAD, HASTA MARZO DE 2015.
Del señor NAVARRO:
Al señor Ministro de Defensa Nacional, preguntando por SITUACIÓN DE 60 TANQUES "LEOPARD 2" Y 146 VEHÍCULOS BLINDADOS "MARDER", COMPRADOS A ALEMANIA EN 2009.
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Turismo, pidiéndole INFORMACIÓN DE SERNAPESCA SOBRE CONCESIONES PARA SALMONICULTURA E INVERSIÓN Y GANANCIA DE INDUSTRIA EN ÚLTIMOS DIEZ AÑOS.
A la señora Ministra de Educación, para que informe sobre TOTAL DE PRESELECCIONADOS NOTIFICADOS PARA GRATUIDAD DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA SIN PODER ACCEDER A ELLA.
A la señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos, solicitándole INFORME DE SENAME SOBRE LICITACIÓN DE PROGRAMA DE INTERVENCIÓN INTEGRAL FOCALIZADA PARA COMUNA DE SAN ANTONIO.
A la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, consultándole por NÚMERO, SITUACIÓN Y REMUNERACIONES DE TRABAJADORES ACTIVOS EN INDUSTRIA DE SALMÓNEIMPACTO DE BLOOM DE ALGAS SOBRE EMPLEO EN REGIÓN DE LOS LAGOS.
A la señora Ministra de Salud, con el objeto de que INFORME SOBRE TOTAL DE ANTIBIÓTICOS UTILIZADOS POR INDUSTRIA SALMONERA Y REPERCUSIONES EN SALUD HUMANA.
A los señores Ministros de Energía y del Medio Ambiente, solicitándoles remitir ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL DE CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA EN RÍO LAJA, DE AMPLIACIÓN DE PLANTA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA BASE DE LOS ÁNGELES, DE PARQUE EÓLICO LOS OLMOS Y DE LÍNEA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA BUREO-MULCHÉN.
Al señor Ministro del Medio Ambiente, para pedirle copia de PLAN DE DESCONTAMINACIÓN AMBIENTAL EN CHILLÁN Y CHILLÁN VIEJO YEVALUACIÓN DE POLÍTICAS PARA DESCONTAMINACIÓN DE AIRE EN AMBAS COMUNAS DURANTE ÚLTIMO LUSTRO.
Al señor Alcalde de San Pedro de la Paz, requiriéndole información en torno a PROTOCOLO DE TRABAJO PARA PREVENCIÓN DE DROGAS SUSCRITO EN MARZO DE 2016 POR ALCALDÍA, SENDA Y ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.
Del señor OSSANDÓN:
Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole informar sobre PERTINENCIA DE CONTINUIDAD DE PAGO DE PENSIÓN DE GRACIA A HERMANOS SAMUEL LISANDRO, ALEJANDRO Y CAROLINA DEL CARMEN ITURRA JORQUERA.
A la señora Ministra de Educación, pidiéndole antecedentes en cuanto a DIFICULTADES DE BENEFICIARIOS DE GRATUIDAD UNIVERSITARIA POR DURACIÓN DE ANÁLISIS DE ANTECEDENTES SOCIOECONÓMICOS Y DE APELACIÓN.
A la señora Ministra de Salud, requiriéndole informar acerca de MEDIDAS PARA INCLUSIÓN EN PRESTACIONES GES DE TRATAMIENTO CON BOMBAS PARA PROVISIÓN DE INSULINA.
Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, recabándole información atinente a PLANES DE OPERACIÓN DE RECORRIDOS DE TRANSANTIAGO Y CANTIDAD Y CONTENIDO DE NEGOCIACIONES EN MODALIDAD DE TRATO DIRECTO.
)---------------(

El señor LAGOS (Presidente).- Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 20:26.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción