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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 47ª, Ordinaria, en miércoles 7 de septiembre de 2016
De 16:24 a 20:00 horas. Asistencia de 36 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Ricardo Lagos, Presidente; Jaime Quintana, Vicepresidente y Alejandro Navarro, Presidente accidental.
Actuó como Secretario General el señor Mario Labbé Araneda.



REGULA DESARROLLO DE CALETAS PESQUERAS A NIVEL NACIONAL

Se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula el desarrollo integral y armónico de caletas pesqueras a nivel nacional y fija normas para su declaración y asignación. (Boletín N°10.063-21) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto crear un marco normativo adecuado, que establezca reglas claras y procedimientos expeditos respecto del uso de las caletas pesqueras, tanto por parte de quienes intervienen en la actividad de la pesca artesanal propiamente tal, como por aquellos terceros que regularmente hacen uso y goce de estos espacios, posibilitando con ello su desarrollo integral y sostenible en el tiempo y a nivel nacional.
Contenido del proyecto de ley:
- Define el término de caleta artesanal o caleta, como la unidad productiva, económica, social y cultural ubicada en un área geográfica delimitada, en la que se desarrollan labores propias de la actividad pesquera artesanal y otras relacionadas directa o indirectamente con aquella.
- Faculta al Servicio Nacional de Pesca para que, de oficio o a requerimiento de las organizaciones de pescadores artesanales o usuarios, solicite de las autoridades competentes, la destinación como caleta artesanal de aquella parte del borde costero que cuente con las condiciones físicas y la infraestructura necesaria para permitir en ellas el desarrollo integral y armónico de las actividades pesqueras y afines.
- Las caletas artesanales serán otorgadas en destinación a SERNAPESCA por un período de 30 años, el que deberá asignarlas, junto a la infraestructura portuaria construida en apoyo de la actividad pesquera, a las organizaciones de pescadores artesanales que se encuentren operativas y en funcionamiento, inscritas en el Registro Artesanal regulado en la ley de Pesca, y que tengan declarada como caleta base el espacio objeto de la destinación.
- En las caletas asignadas se podrán realizar todas aquellas labores vinculadas con el desarrollo de las actividades pesqueras extractivas y de transformación, de pesca recreativa y de acuicultura de pequeña escala, así como aquellas de carácter productivas, comerciales, culturales o de apoyo, relacionadas directa o indirectamente con las antes señaladas: turismo, puestos de venta de productos del mar y artesanía local, gastronomía y estacionamientos.
- Regula el procedimiento por el cual SERNAPESCA notificará y asignará la administración de la caleta respectiva.
- Las organizaciones interesadas en la asignación de la caleta deberán presentar una solicitud al Director del Servicio, fijándose los antecedentes mínimos que deberán acompañarse, entre los que destacan las propuestas de un Plan de Administración de la caleta y del Plan de conservación y mantenimiento de obras portuarias, si fuera procedente; regulándose el contenido, tramitación y aprobación de estos instrumentos.
- Prohíbe enajenar, ceder y constituir derechos a favor de terceros, de los beneficios que emanen del convenio de uso que deberá suscribirse entre el Servicio y la o las organizaciones asignatarias al finalizar el proceso de adjudicación de la administración de las caletas. Solamente se permite el arrendamiento o préstamo de uso una superficie de la caleta que no exceda del 40% del total asignado.
- Faculta al Ministerio de Bienes Nacionales para transferir en dominio a los pescadores artesanales los terrenos fiscales aledaños a las destinaciones de caletas, para lo cual será necesario la presentación de una solicitud de postulación para la adquisición a título gratuito u oneroso del inmueble fiscal por parte de sus ocupantes, conforme a los requisitos y procedimientos que se establece.
Intervinieron los Senadores Iván Moreira, Rabindranath Quinteros, Eugenio Tuma, Juan Pablo Letelier, Adriana Muñoz, Antonio Horvath, Andrés Allamand, Francisco Chahuán, Ricardo Lagos, Jorge Pizarro, Alfonso De Urresti, Carlos Bianchi, Alejandro Navarro y Lily Pérez.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones, hasta el 26 de septiembre próximo.



PROTEGE AL COMPRADOR DE UN VEHÍCULO REPARADO TRAS PÉRDIDA TOTAL

Se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 39 de la ley N°18.290, de Tránsito, en lo relativo a la inscripción de la declaración de pérdida total de un vehículo por parte de las empresas aseguradoras y otros, regulando los efectos de su omisión. (Boletín N° 10.818-15)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Manuel José Ossandón, Alejandro García-Huidobro, Juan Pablo Letelier, Manuel Antonio Matta y Eugenio Tuma, tiene por objeto proteger a los compradores de vehículos usados, quienes al momento de efectuar la adquisición, carecen de la información necesaria que les permita conocer si el vehículo fue declarado con pérdida total y refaccionado para su venta, transparentando dichas situaciones, a fin de evitar perjuicios a quienes de buena fe compran un automóvil.
Proyecto de ley:
- Obliga a las compañías aseguradoras a anotar, en el Registro de Vehículos Motorizados, las declaraciones de pérdida total de los vehículos que efectúen.
- La misma obligación se hace extensiva al vendedor y propietario cuando dicha declaración no se encuentre anotada al momento de la venta.
- La omisión de este deber facultará al comprador para ejercer la acción redhibitoria (devolución del dinero) en los términos generales del Código Civil, pudiendo demandar la indemnización de perjuicios directamente a la aseguradora, la que será responsable a todo evento cuando ella hubiere incumplido la obligación de registro.
Intervinieron los Senadores Manuel José Ossandón, Fulvio Rossi, Alejandro García-Huidobro, Alejandro Navarro y Felipe Harboe.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones, hasta el 29 de septiembre próximo.




PERMITE TRANSFORMAR ORGANISMOS TÉCNICOS (IP - CFT) EN CORPORACIONES SIN FINES DE LUCRO PARA ACCEDER A LA GRATUIDAD

Se aprobó en general del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que permite la transformación de los institutos profesionales y centros de formación técnica en corporaciones reguladas por el Título XXXIII del Libro I del Código Civil. (Boletines N°s 10.261-04 y 10.302-04) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en sendas Mociones de los Senadores Ricardo Lagos, Carlos Montes y Andrés Zaldívar la primera, y de los Senadores Juan Pablo Letelier y Jaime Quintana, la segunda, tiene por objeto facilitar la transformación de los institutos profesionales y de los centros de formación técnica en personas jurídicas sin fines de lucro, a fin que sus estudiantes puedan acceder al beneficio de la gratuidad, en la medida que dichos planteles cumplan también con los requisitos de calidad y otros exigidos por el Ministerio de Educación.
Contenido del proyecto de ley:
- Permite que los Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica, que actualmente se encuentren constituidos como sociedades (civil o comercial) y que, además, cuenten con reconocimiento oficial, sean autónomos y se encuentren acreditados, se transformen en personas jurídicas sin fines de lucro, regidas por el Código Civil, mediante la reforma de sus estatutos constitutivos, manteniendo inalteradamente su personalidad jurídica, sin solución de continuidad.
- Regula el procedimiento de transformación de estos organismos educacionales, permitiendo que éstos sean absorbidos por fusión con o en una corporación o fundación de derecho privado sin fines de lucro.
-Determina que las sociedades que se hayan transformado en corporaciones de derecho privado sin fines de lucro mantendrán su reconocimiento oficial, autonomía y acreditación y se entenderá que la corporación que se forme sucede a la persona organizadora del respectivo Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica para todos los efectos legales, especialmente en términos académicos ante el Ministerio de Educación.
-Estipula que la modificación o los antecedentes sobre la fusión o transferencia de derechos y obligaciones, según corresponda, deberán registrarse en el Ministerio de Educación.
-Define que los centros de formación técnica o institutos profesionales que, sin utilizar la transformación o fusión antes referidas, se reorganicen como personas jurídicas sin fines de lucro mantendrán su reconocimiento oficial, autonomía y acreditación vigentes, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos que establece este proyecto de ley.
Intervinieron los Senadores Ignacio Walker, Rabindranath Quinteros, Alejandro Guillier, Isabel Allende, Juan Pablo Letelier, Andrés Allamand, Jaime Quintana, Ena Von Baer, Alfonso De Urresti, Andrés Zaldívar, Hernán Larraín, Alejandro Navarro y la Ministra de Educación, Adriana Delpiano.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe.



INCIDENTES

EL SENADOR ALEJANDRO NAVARRO criticó la falta de médicos en el sistema público de salud, expresando que particularmente ello se debe al examen que se les realiza a los médicos extranjeros (UENACOM) para poder ejercer en el sistema público, sin perjuicio de que puedan ejercer su profesión sin inconveniente alguno, en el sistema privado.
Señaló que fue invitado a un seminario del Colegio Médico Metropolitano y que por ser una voz disidente, no apareció en ningún medio su intervención, en la cual aseveró que es necesario terminar con el EUNACOM para los médicos especialistas.
Solicitó que su intervención sea enviada a la Presidenta de la República, a la Ministra de Salud y a todos los directores de los distintos servicios de salud en el país.
EL SENADOR JAIME QUINTANA solicito enviar oficios a diversas autoridades en relación con las siguientes materias:

1.- Para que retome la administración de módulo médico mapuche la agrupación Komemuñen, de Nueva Imperial, quienes organizaron el modelo de salud intercultural de dicha comuna, estableciéndose un sistema de atención en base a las técnicas ancestrales de sanación.

2.- Para que se implementen estaciones médico rurales en sectores alejados de la comuna de Collipulli, mientras se reconstruye el hospital de la zona, que sufrió un incendio hace 10 meses, de forma de cubrir mejor la atención primaria.

3.- Para que se priorice la implementación de los proyectos SAR en distintas localidades de la zona de Temuco, tales como Cajón, Vilcún, Conunhueno, Padre Las Casas y sector Fundo El Carmen, con lo que además, se ayudaría a descongestionar el Hospital de Temuco, que se encuentra colapsado.

4.- Para que se considere la construcción de un centro oncológico integral para la Región de la Araucanía, de forma tal que los tratamientos oncológicos se realicen en esa región y no en Valdivia, como ocurre actualmente, con todo el consiguiente costo para la familia.
5.- Para que se rediseñen las políticas de detección oportuna del VIH, por cuanto ha ido en aumento, especialmente en los segmentos etarios más jóvenes, que comienzan su vida sexual tempranamente. Para ello, pide que se consideren los exámenes de detección de segunda generación o "test rápidos", que acortan considerablemente el tiempo de ventana entre la transmisión y el diagnóstico, además de ser entregados los resultados de forma inmediata. También pidió que se analice la posibilidad de poner a disposición de todos los estudiantes de enseñanza media del país el examen del VIH de manera directa en sus establecimientos, transformándose en una obligación conjunta de los Ministerios de Salud y de Educación y de una facultad de los estudiantes el hacerse o no hacerse el examen.