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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 364ª
Sesión 45ª, en martes 6 de septiembre de 2016
Ordinaria
(De 16:18 a 19:20)
PRESIDENCIA DE SEÑORES RICARDO LAGOS WEBER, PRESIDENTE,
Y JAIME QUINTANA LEAL, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron las señoras y los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--Espina Otero, Alberto
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Navarro Brain, Alejandro
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Tuma Zedan, Eugenio
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros de Economía, Fomento y Turismo, señor Luis Felipe Céspedes Cifuentes; de Justicia y Derechos Humanos, señora Javiera Blanco Suárez, y del Deporte subrogante, señora Nicole Sáez Pañero.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario subrogante, el señor Julio Cámara Oyarzo.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:18, en presencia de 14 señores Senadores.
El señor LAGOS (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor LAGOS (Presidente).- Las actas de las sesiones 43ª y 44ª, ordinarias, en 30 y 31 de agosto de 2016, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de las señoras y señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA

El señor LAGOS (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor CÁMARA (Prosecretario subrogante).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Cinco de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con los dos primeros retira y hace presente la urgencia, calificándola de "discusión inmediata", para la tramitación de los siguientes proyectos de ley:
1) El que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género (boletín N° 8.924-07).
2) El que modifica la ley N° 19.712, del Deporte, y la ley N° 20.686, que crea el Ministerio del Deporte, con el objeto de incorporar el deporte adaptado y paralímpico (boletín N° 9.837-29).
Con el siguiente retira y hace presente la urgencia, calificándola de "suma", para la tramitación del proyecto que extiende la aplicación de la ley N° 20.243, que establece normas sobre los derechos morales y patrimoniales de los intérpretes de las ejecuciones artísticas fijadas en formato audiovisual (boletín N° 9.889-24).
Con los dos últimos retira y hace presente la urgencia, calificándola de "simple", para la tramitación de los siguientes proyectos de ley:
1) El que crea la Comisión de Valores y Seguros (boletín Nº 9.015-05).
2) El que modifica la ley N° 20.357, que tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra, para incorporar el delito de agresión y extender los crímenes de guerra a conflictos no internacionales (boletín Nº 10.665-07).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Dos de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero informa que ha aprobado la enmienda propuesta por el Senado al proyecto de ley que concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, al diácono señor Guido María Alfons Goossens Roell (boletín N° 10.699-06).
--Se toma conocimiento y se manda archivar el documento junto con sus antecedentes.
Con el segundo comunica que ha prestado su aprobación al proyecto de ley que establece el 8 de agosto de cada año como Día de los Juzgados de Policía Local (boletín N° 10.691-24).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Adjunta resoluciones dictadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de las siguientes disposiciones:
-Cuatro que recaen en el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 18.216, y en el inciso segundo del artículo 17 B de la ley N° 17.798.
-Inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 18.216.
-Artículos 548, inciso primero, del Código de Procedimiento Penal, y 15, N° 2, segunda parte, del Código Penal, a los efectos que indica.
-Artículo 17 B de la ley N° 17.798.
-Inciso segundo del artículo 510 del Código del Trabajo.
-Inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal.
--Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Ministro de Defensa Nacional:
Remite información, solicitada en nombre del Senador señor De Urresti, relativa al reforzamiento de la labor de detección y destrucción de minas terrestres para cumplir con los plazos establecidos por la Convención de Ottawa, y número de artefactos explosivos eliminados.
Del señor Ministro de Obras Públicas:
Contesta solicitud de información, enviada en nombre del Senador señor Espina, acerca de las medidas que se tomarán para remediar el aislamiento que afecta al sector de Alboyanco, debido al estado de sus calles.
Atiende requerimiento, expresado en nombre del Senador señor García, para analizar la posibilidad de construir una ciclovía en el camino Huichahue, comuna de Freire.
Da respuesta a petición de información sobre las dependencias institucionales existentes en la ciudad de Valdivia, materia consultada en nombre del Senador señor De Urresti.
De la señora Ministra de Salud:
Da contestación a inquietud, cursada en nombre del Senador señor Quintana, por la carencia de equipamiento comunitario de salud en el nuevo barrio de la ciudad de Temuco, camino a Chol Chol, denominado "Portal de San Francisco".
Absuelve solicitud de información, planteada en nombre del Senador señor Guillier, sobre las alternativas de apoyo para el tratamiento médico que requiere un menor que padece de ectasia corneal grave.
De la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo:
Responde planteamiento, efectuado en nombre del Senador señor De Urresti, relativo a la ampliación del Programa de Conservación de Parques Urbanos.
Contesta requerimiento, realizado en nombre del Senador señor Navarro, sobre la posibilidad de otorgar los recursos solicitados por la Directora Regional del SERVIU de la Región del Biobío, para dar solución a las familias de la Villa Los Castaños I y II, de la comuna de Tucapel.
Del señor Ministro (S) de Agricultura:
Atiende solicitud, enviada en nombre del Senador señor Horvath, para reevaluar la destinación de terrenos y las instalaciones de la Escuela Agrícola de Coihaique, a fin de compatibilizar su uso con la Universidad de Aisén, el Parque Tecnológico, el Centro de Investigaciones Agropecuarias, el Instituto Forestal y el Servicio Nacional de Geología y Minería.
Da respuesta a requerimiento, expresado en nombre del Senador señor Navarro, para informar acerca de variados tópicos relacionados con la deforestación, política de reforestación, estrategia nacional del cambio climático y recursos vegetacionales, y la sequía que afecta a Chiloé.
Del señor Ministro de Energía:
Envía respuesta a petición, formulada en nombre del Senador señor Horvath, relacionada con antecedentes estadísticos de los caudales de los ríos y mediciones de los vientos, para establecer una política de emergencia ante el cambio climático que está generando sequía en la Región de Aisén y en la Patagonia.
Atiende requerimiento, enviada en nombre del Senador señor De Urresti, sobre el cierre del camino público en Riñinahue, comuna de Lago Ranco, debido a la construcción de la central de pasada Hidro Riñinahue.
Del señor Subsecretario de Justicia:
Da respuesta a consulta, formulada en nombre de los Senadores señora Pérez San Martín y señor Ossandón, relativa al funcionamiento de las denominadas "tobilleras electrónicas" en casos de condenados sujetos a libertad vigilada intensiva con control telemático.
De la señora Subsecretaria del Medio Ambiente (S):
Contesta requerimiento, efectuado en nombre del Senador señor De Urresti, acerca del proceso para declarar a la araucaria chilena como especie en peligro de extinción.
Del señor Superintendente de Pensiones:
Responde solicitud, planteada en nombre del Senador señor Navarro, para remitir informe de los fondos de rezago y del sistema de contabilidad de cada una de las administradoras de fondos de pensiones, desde su creación a la fecha.
Del señor Intendente de la Región del Biobío:
Contesta consulta, formulada en nombre del Senador señor Navarro, relativa al balance de los daños provocados por las marejadas ocurridas el 13 de julio recién pasado que afectaron a las costas de la región.
Del señor Intendente de la Región de Antofagasta:
Remite antecedentes acerca del proyecto denominado "Análisis de Adaptación al Cambio Climático en Humedales Andinos", financiado por el Gobierno Regional mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, inquietud formulada por el Senador señor De Urresti.
Del señor Director Nacional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura:
Envía antecedentes, solicitados en nombre del Senador señor Guillier, referentes a las listas de espera y causales de caducidad de las inscripciones artesanales.
Del señor Director Nacional (P y T) del Servicio Médico Legal:
Remite respuesta sobre la posibilidad de analizar la instalación de una sede de ese servicio en la comuna de San Pedro de Atacama, o en subsidio, fortalecer la presencia del mismo en la ciudad de Calama, materia consultada por el Senador señor Guillier.
Del señor Secretario General de Carabineros:
Atiende consulta, efectuada en nombre del Senador señor Ossandón, relativa a infracciones cursadas a transportistas en la Ruta CH-11 y las causas detectadas por la institución en accidentes de tránsito ocurridos en esa vía por vehículos de carga pesada.
Del señor Director Regional de INDAP de la Región del Maule:
Remite información, solicitada en nombre del Senador señor Matta, sobre la detección del ácaro varroa en la región, y las medidas de solución aplicadas.
De la señora Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de La Araucanía:
Informa petición acerca de fiscalizaciones y requerimiento de infraestructura de seguridad vial para los vehículos que transitan por la calle O'Higgins de la comuna de Victoria, debido al tránsito de camiones de alto tonelaje.
Del señor Director de Tránsito de la Municipalidad de Temuco:
Adjunta respuesta, solicitada en nombre del Senador señor García, relativa a la posibilidad de realizar una visita inspectiva al camino Temuco-Chol Chol, a la altura del acceso al Portal San Francisco, para adoptar soluciones que mejoren las condiciones de seguridad vial de esa zona.
Del señor Jefe del Departamento de Regímenes de Bienestar Social de la Superintendencia de Seguridad Social:
Entrega respuesta a solicitud de información, expedida en nombre del Senador señor García, sobre un descuento por un crédito de consumo de la Caja de Compensación La Araucana, efectuado por Metlife Seguros de Vida S.A., en la liquidación de pago de pensión de persona individualizada.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informes
De la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el "Primer Protocolo Modificatorio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico", suscrito entre la República de Colombia, la República de Chile, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, en Paracas, Ica, República del Perú, el 3 de julio de 2015 (boletín N° 10.776-10).
De la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, recaído en el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 39 de la ley N° 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la inscripción de la declaración de pérdida total de un vehículo por parte de las empresas aseguradoras y otros, regulando los efectos de su omisión (boletín Nº 10.818-15).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Senadores señores Girardi, Guillier, Navarro y Rossi, con la que inician un proyecto que modifica la ley N° 20.380, sobre protección de animales, con el objeto de regular las actividades recreativas en que se haga participar a animales (boletín Nº 10.877-12).
--Pasa a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
De los Senadores señor Bianchi, señoras Muñoz y Van Rysselberghe y señor Quinteros, con la que inician un proyecto de ley que modifica el artículo 81 del Código Civil en materia de presunción de muerte por desaparecimiento de embarcaciones de porte menor de pesca artesanal y de trabajadores costeros dedicados a la extracción de especies marinas (boletín Nº 10.879-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y se manda poner en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema.
Proyecto de Acuerdo
De los Senadores señor De Urresti, señoras Allende, Muñoz y Pérez San Martín y señores Araya, Bianchi, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Letelier, Matta, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Quintana, Quinteros, Rossi y Tuma, por el que solicitan a Su Excelencia la Presidenta de la República que, si lo tiene a bien, adopte las medidas necesarias para evitar que los recursos naturales endémicos y de uso ancestral sean utilizados, patentados y comercializados sin restricción alguna por particulares, empresas o laboratorios (boletín N° S 1.902-12).
--Queda para ser votado en su oportunidad.

El señor CÁMARA (Prosecretario subrogante).- En este momento han llegado a la Mesa los siguientes documentos:
Mensaje
De Su Excelencia la Presidenta de la República, con el que retira y hace presente la urgencia, calificándola de "discusión inmediata", para la tramitación del proyecto de ley que permite la transformación de los institutos profesionales y centros de formación técnica en personas jurídicas, de aquellas regidas por el Título XXXIII del Libro I del Código Civil (boletines N°s 10.261-04 y 10.302-04, refundidos).
--Se tiene presente la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Informe
De la Comisión de Educación y Cultura, recaído en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.712, del Deporte, y la ley N° 20.686, que crea el Ministerio del Deporte, con el objeto de incorporar el deporte adaptado y paralímpico (boletín N° 9.837-29) (con urgencia calificada de "discusión inmediata").
--Queda para tabla.
El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la Cuenta.
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El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, entre las mociones incluidas en la Cuenta aparece una de los Senadores señores Girardi, Guillier, Navarro y Rossi, con la que inician un proyecto de ley sobre protección de animales, la que, en el fondo, pretende limitar las actividades vinculadas al rodeo.
Yo quiero pedir que, además de la Comisión de Medio Ambiente, dicha iniciativa sea enviada a la Comisión de Educación, ya que de su lectura se desprende que incluso puede llegar a impedir la práctica de ese deporte, y es este organismo el que siempre ha visto los temas vinculados a él.

El señor LAGOS (Presidente).- Si le parece a la Sala, se procederá en la forma solicitada.
--El proyecto pasa a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, y a la de Educación y Cultura.
)----------------(

El señor LABBÉ (Secretario General).- Señoras y señores Senadores, está pendiente fijar plazo para formular indicaciones al proyecto que modifica la ley N° 15.076, para fortalecer el proceso de ingreso y formación en especialidades médicas y odontológicas, y la ley N° 19.664, con el objeto de otorgar beneficios al personal afecto a dicho texto legal, iniciativa ya aprobada en general por el Senado.

El señor LAGOS (Presidente).- Si le parece a la Sala, se fijará plazo hasta el lunes 12 de septiembre.
--Se establece como plazo para formular indicaciones al proyecto individualizado el lunes 12 de septiembre.


ACUERDOS DE COMITÉS

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- En sesión celebrada el día de hoy, los Comités adoptaron los siguientes acuerdos:

1.- Tratar, como si fuera de Fácil Despacho, en la sesión ordinaria de hoy, el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.712, del Deporte, y la ley Nº 20.686, que crea el Ministerio del Deporte, con el objeto de incorporar el deporte adaptado y el paralímpico (boletín Nº 9.837-29).

2.- Eximir del trámite de comisión al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que declara feriado el 20 de septiembre de cada año en la Región de Coquimbo con motivo de la celebración de la Fiesta de la Pampilla (boletín Nº 10.493-06) y tratarlo en el primer lugar del Orden del Día de la sesión ordinaria de hoy.

3.- Tratar, en el primer y el segundo lugar del Orden del Día de la sesión ordinaria de mañana, miércoles 7 del presente, los siguientes asuntos:
-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula el desarrollo integral y armónico de caletas pesqueras a nivel nacional y fija normas para su declaración y asignación (boletín N°10.063-21).
-Proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 39 de la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la inscripción de la declaración de pérdida total de un vehículo por parte de las empresas aseguradoras y otros, regulando los efectos de su omisión (boletín Nº 10.818-15).

4.- Nombrar a los miembros de la Comisión de Hacienda para que integren la Comisión Mixta que debe formarse para resolver las discrepancias respecto del proyecto de ley que crea la Comisión de Valores y Seguros (boletín Nº 9.015-05).

5.- Autorizar a la Comisión de Hacienda para conocer, en el trámite reglamentario del primer informe, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece perfeccionamientos en materia de asignaciones para los funcionarios del sector salud que indica y delega facultades para la fijación de las plantas de personal de los Servicios de Salud y del Fondo Nacional de Salud (boletín Nº 10.752-11).

El señor LAGOS (Presidente).- El Senador señor Pizarro me ha pedido la palabra.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, por lo que dijo el señor Secretario, entiendo que el proyecto que declara un feriado para la Región de Coquimbo se vería en el primer lugar de la tabla de hoy y a continuación seguiríamos con el de los centros de formación técnica.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- No, el de los CFT no se vota hoy.

El señor LAGOS (Presidente).- Correcto, el de los centros de formación técnica e institutos profesionales se verá mañana, no así el que otorga un día feriado para la Región de Coquimbo, que será discutido hoy.

El señor PIZARRO.- ¿Y es cierto que este viene sin informe de la Comisión de Gobierno?
El señor LAGOS (Presidente).- Así es. Los Comités autorizaron para que fuera visto sin informe de la Comisión de Gobierno. Salvo los que deben pasar por Hacienda, todos los demás proyectos pueden ser tratados sin informe, siempre, claro está, que haya acuerdo al respecto.
Pasamos al Orden del Día.

V. ORDEN DEL DÍA



INCORPORACIÓN DE DEPORTE ADAPTADO Y PARALÍMPICO EN LEY DEL RAMO


El señor LAGOS (Presidente).- Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.712, del Deporte, y la ley N° 20.686, que crea el Ministerio del Deporte, con el objeto de incorporar el deporte adaptado y el paralímpico, con informe de la Comisión de Educación y Cultura y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.837-29) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 27ª, en 10 de junio de 2015 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Educación y Cultura: sesión 45ª, en 6 de septiembre de 2016.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo principal de la iniciativa es adecuar la legislación vigente que regula el deporte en el país, esto es, la Ley del Deporte y la ley que creó el Ministerio del ramo, de manera de incorporar en ella el deporte paralímpico y el de carácter adaptado e introducir las modificaciones orgánicas para la creación y funcionamiento del Comité Paralímpico de Chile.
La Comisión de Educación y Cultura discutió el proyecto en general y en particular, en virtud de un acuerdo adoptado por la Sala, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Von Baer y señores Allamand e Ignacio Walker.
En cuanto a la discusión particular, la Comisión realizó diversas enmiendas al proyecto, las que también aprobó por unanimidad.


El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra del Deporte subrogante.

La señora SÁEZ (Ministra del Deporte subrogante).- Muy buenas tardes, señor Presidente y Honorables señoras y señores Senadores.
Lo primero es expresar que resulta un honor y una alegría estar hoy día acá, en el Senado de la República, haciendo la presentación de este proyecto sobre deporte adaptado y paralímpico.
Esta iniciativa surgió como una moción parlamentaria, por lo que es importante reconocer a sus autores, los Diputados Pilowsky, Urrutia, Verdugo, Jiménez, Schilling, Torres, Morano, Cariola, Arriagada y Espejo, la cual hizo suya el Ejecutivo incorporándole una indicación aditiva.
Este proyecto fue visto, con la celeridad que requería, en la Comisión de Educación de esta Corporación, por lo que en nombre del Gobierno agradezco el trabajo de dicho órgano técnico.
Nuestro país ha avanzado progresivamente en el reconocimiento y desarrollo del deporte adaptado, haciéndose consciente de los cambios que Chile necesita en esta materia.
Además, es importante destacar una notable coincidencia: este proyecto se presenta justo en vísperas de la inauguración de los Juegos Paralímpicos de Río 2016, donde tenemos una delegación de más de 15 deportistas que nos van a representar y que duplica aquella que viajó a Londres el 2012.
Menciono lo anterior porque ellos van a ser parte de los beneficiarios de este proyecto de ley, junto con otros 796 deportistas que están en los registros del Ministerio del Deporte, así como los 2 millones de chilenos que se encuentran en situación de discapacidad, según la última encuesta realizada en 2015.
Avanzar en este proyecto satisface una obligación internacional, porque constituye la materialización del artículo 30 de la Convención sobre los Derechos de Personas con Discapacidad, la cual fue aprobada, junto a su protocolo facultativo, el 13 de diciembre de 2006, en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y promulgada por el decreto supremo N° 201, de Relaciones Exteriores, de 2008.
En dicha normativa, los Estados se comprometen a "alentar y promover la participación, en la mayor medida posible, de las personas con discapacidad en las actividades deportivas generales a todos los niveles".
Por lo tanto, Chile se halla obligado, por esta norma internacional, a promover y proteger los derechos esenciales de la persona en situación de discapacidad, entre los que se encuentra el derecho al deporte y a la actividad física y recreativa.
El proyecto de ley sometido a vuestra consideración incorpora en la legislación deportiva chilena el vínculo del deporte adaptado y paralímpico, en función de ciertas modificaciones que se introducen en la Ley del Deporte (N° 19.712) y en la ley que crea el Ministerio del Deporte (N° 20.686), principalmente en tres ejes o directrices:
1) Visibilizar y promover públicamente el deporte adaptado, esto es, la modalidad deportiva convencional adecuada para su práctica por las personas con discapacidad o aquel deporte diseñado para este grupo de personas.
2) Establecer, en el contexto anterior, un Comité Paralímpico de Chile, a la par y semejanza del ya existente Comité Olímpico de nuestro país.
3) Fomentar y facilitar la práctica del deporte adaptado por las personas en situación de discapacidad en todos los niveles educacionales de enseñanza media y su efectiva instalación en la vida social.
Como ven, estamos dando una potente señal, como Estado, en cuanto a la importancia de avanzar en la inclusión de todas aquellas personas en situación de discapacidad en la práctica de la actividad física y del deporte.
Muchas gracias, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- A usted, señora Ministra.
Si le parece a la Sala, se abrirá la votación.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi.

El señor ROSSI.- Señor Presidente, básicamente, deseo valorar este proyecto y felicitar a sus autores. Algunos de ellos están presentes en la Sala.
Los principales problemas que existen no solo en Chile, sino a nivel planetario, son los determinantes sociales de la salud. Estos tienen que ver justamente con la posición socioeconómica de las familias, con el acceso al sistema sanitario, a vivienda, a saneamiento, a agua potable, en fin. Y dentro de los temas que efectivamente deben ser abordados por políticas públicas para poder intervenir en tales determinantes se encuentra la discapacidad.
El proyecto que nos ocupa, de alguna manera -y lo decía bien la Ministra del Deporte subrogante-, va a permitir...
Señor Presidente, al principio había un poco de bulla en la Sala, pero ahora hay demasiada. Se puede intervenir con tres o cuatro personas hablando, pero no ya con cinco o seis.

El señor LAGOS (Presidente).- Continúe, señor Senador.

El señor ROSSI.- Gracias, señor Presidente.
El proyecto es importante. A mi juicio, a este tipo de materias a veces no se les da la relevancia que tienen. Porque hoy día uno de cada cinco chilenos sufre algún tipo de discapacidad. Y visibilizar esta discapacidad -como aquí bien se señaló-, pero sobre todo fomentar la posibilidad de que personas con capacidades diferentes practiquen una disciplina deportiva, deportes adaptados e incluso disciplinas nuevas que se creen para ellas, me parece que debe ser relevado.
Particularmente, quiero decir que es una feliz coincidencia que la aprobación de esta iniciativa concuerde con el inicio de los Juegos Paralímpicos de Río de Janeiro 2016.
Por lo tanto, sin más, felicito a los autores de este proyecto, que con mucho gusto apruebo.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, primero, deseo saludar la iniciativa en general. Considero tremendamente importante ir fijando políticas en nuestro país en esta área. Esa es la esencia de la moción parlamentaria que el Ejecutivo ha recogido.
Me gustaría entender, para que no quede solo como letra muerta, cuál es la obligación que se establece para los recintos deportivos. Porque, de cierta lectura, pareciera que aquí se contemplan situaciones que no necesariamente todos los recintos van a tener.
A mí me parece del todo positivo que se genere como lógica que toda persona con capacidad distinta tenga derecho al acceso a la recreación. Pero si un municipio cuenta con un gimnasio que no está adaptado para todo tipo de deportes, ¿será motivo para clausurarlo? El texto debe ser muy explícito en esto. Una cosa es que "se propenda a", que "se promueva la generación de condiciones", pero otra distinta es que estas existan.
Entonces, me preocupa bastante que algunos de esos enunciados puedan ser mal interpretados por algunos. Estimo que lo primero que uno debe garantizar es el acceso. Pero la falta de accesibilidad es una dificultad que todavía existe en el Estado en su conjunto, en relación con la infraestructura. No toda la infraestructura pública está adecuada al objeto que se persigue. Y tenemos una serie de cuellos de botella.
Por tanto, mi principal preocupación, compartiendo cien por ciento el espíritu del proyecto, es la letra de la ley.
Me gustaría dejar constancia de lo anterior en la historia fidedigna de la ley, por cuanto, de repente, para comunas que dispongan de piscinas públicas que no cuenten con condiciones de accesibilidad, ¿cuál será la sanción? ¿Van a ser sancionadas?
Aquí debemos ver si se trata, más bien, de un plan para generar accesibilidad o de una situación declarativa.
A mi juicio -por su intermedio, señor Presidente, quiero explicarle a la señora Ministra mi inquietud-, ello es muy importante, porque cuando en su momento se tramitó la Ley de Inclusión se planteó que se iba a garantizar el acceso al trabajo a personas en situación de discapacidad. La verdad es que eso no se ha cumplido, y muchos años después estamos a punto de sacar una ley que establece cuotas, con sanciones para quienes no las garanticen.
Entonces, solicito que nos especifiquen el alcance del concepto "derecho a acceso al deporte", y nos aclaren qué pasa si no existe accesibilidad a cierto tipo de recintos deportivos o si estos no tienen las condiciones para que practiquen deporte quienes conviven con capacidades distintas.
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.

El señor HARBOE.- Señor Presidente, primero, deseo felicitar el envío de esta moción. Representa una buena intención que, además, plasma un sentido inclusivo en materia deportiva, lo cual me parece muy adecuado.
Me preocupa -muy en sintonía con lo que sostuvo el Senador Letelier- la modificación que se propone al artículo 4° bis de la Ley del Deporte, para agregar como obligación lo siguiente:
"En lo que corresponde al deporte adaptado y paralímpico, esta política deberá observar, además, los siguientes principios". Y luego de enumerar algunos dice: "los establecimientos educacionales -no distingue públicos de privados- y los recintos deportivos deberán -es decir, imperativamente- contar con instalaciones adaptadas y accesibles para la práctica del deporte.".
A mí me encantaría que eso ocurriera. Estimo que eso sería lo lógico y lo ideal. Mi punto es que consagramos en una ley -valga la redundancia- una obligación legal. Sin embargo, ¿se contemplan recursos para tal fin? ¿El Ministerio del Deporte va a disponer de dinero para adaptar las instalaciones deportivas de recintos educacionales, sean públicos o privados, con el objeto de cumplir esa obligación?
Porque, si no se cuenta con ellos, ¿cómo vamos a endosar a los municipios o a los establecimientos particulares una obligación de carácter económico (que comparto desde el punto de vista del objetivo) sin entregarles los recursos necesarios?
De no contemplarse el aporte de esos fondos, o bien de no materializarse la adaptación de las instalaciones para que sean accesibles a la práctica de ese tipo de deportes, ¿por qué se va a sancionar a los establecimientos involucrados?
Señor Presidente, si al Senador Ossandón le interesa el tema, le agradeceré que se mueva un poquito para poder dirigirme a la Ministra.
Lo que planteo es muy importante porque, de lo contrario, se creará una obligación legal que no va a tener una aplicación práctica. ¡Y de declaraciones de voluntad ya estamos llenos!
Entonces, señor Presidente, deseo que la Ministra subrogante nos explique cómo van a solventar esto o cómo se va a cumplir la obligación legal que se incorpora. Con el objetivo de apoyar este proyecto, obviamente necesitamos saber cómo se va a financiar la adaptación de las citadas instalaciones.
Eso es todo, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, en esa misma línea, felicito a los Diputados autores del proyecto de ley, que hoy nos acompañan.
Esta materia era una aspiración permanente de todos los organismos de discapacidad deportiva paralímpica. La iniciativa viene a llenar un vacío que genera discriminación, respecto a un tema que hasta ahora era más bien marginal.
La pregunta del millón para la Ministra subrogante es ¿cuánto dinero se incorpora en el Presupuesto para el 2017 a fin de cumplir los objetivos del proyecto de ley en debate?
Sé que las organizaciones de mi Región, particularmente las de Talcahuano y Concepción, me van a consultar: "Si ese proyecto, que viene de la Cámara de Diputados, se aprueba ahora y se convierte en ley de la república, ¿de cuántos recursos se dispondrá en el Presupuesto para el año 2017 con el propósito de hacer realidad el proceso de integración...?".
Señor Presidente, si el Senador Letelier lo permite, quiero poder hacer una pregunta a la Ministra subrogante en mejores condiciones.

El señor LAGOS (Presidente).- Continúe Senador Navarro.

El señor NAVARRO.- Gracias, señor Presidente.
¿Existirán fondos adicionales, aunque sean algunos? Y ya que los presupuestos ministeriales fueron entregados, ¿se incluyeron los respectivos recursos?
No sé si la Ministra subrogante está en condiciones de informarnos cuánto se incorporó. Porque entiendo que la Secretaría de Estado mandó los antecedentes a la Dirección de Presupuestos.
Esto es importante porque nos van a preguntar: "Acaban de despachar el proyecto de ley para incorporar los deportes paralímpicos o deportes adaptados ¿y cuánto van a aportar los Senadores que lo aprobaron -ahora tienen que discutir la iniciativa de ley de Presupuestos- para ser coherentes con la finalidad de que esta normativa tenga un efecto práctico?".
Yo sé, señora Ministra subrogante, que hay una restricción presupuestaria enorme.
Sin embargo, le pido a mi Gobierno una señal, porque aprobar esta iniciativa de la mano de un presupuesto piloto es claramente muy necesario.

El señor PÉREZ VARELA.- ¿Cómo dijo?

El señor MOREIRA.- "¿Mi Gobierno...?".

El señor LAGOS (Presidente).- Ruego a Sus Señorías no interrumpir, por favor.

El señor NAVARRO.- Y pienso que la Presidenta Bachelet tiene la sensibilidad suficiente y necesaria para comprender la demanda de los deportistas que han anhelado y esperado este proyecto por tanto tiempo.
Por cierto, no creo que ningún Senador presente aquí, en la Sala, se restará a que ese esfuerzo se materialice con el voto a favor de esta Corporación.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.

El señor PÉREZ VARELA.- ¡No "MAS"...!

El señor LARRAÍN.- ¡No "MAS"...!

El señor LAGOS (Presidente).- ¡No más "MAS"...!
¡Perdón! ¡Pido disculpas por el exabrupto, pero fue inevitable...!

El señor PROKURICA.- ¡Le van a aplicar una censura, señor Presidente...!

El señor NAVARRO.- ¡No pudo aguantarse, señor Presidente...!

El señor LAGOS (Presidente).- ¡"MAS" no pude quedarme callado...!
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.

El señor BIANCHI.- Señor Presidente, quiero felicitar la aprobación de esta iniciativa -nos acompañan Diputados que la llevaron adelante-, y centrar la atención en dos puntos que me parecen relevantes.
En primer lugar, insisto en lo que puntualizaron varios colegas que me antecedieron en el uso de la palabra con relación al financiamiento de este tipo de proyectos.
Estamos votando favorablemente esta iniciativa, sin duda alguna, pero tenemos entendido que para el Presupuesto del año 2017 no se ha contemplado absolutamente ningún recurso con respecto a esta materia.
Por ello, es deseable que la Ministra subrogante -por su intermedio, señor Presidente- le diga a este Senado si el proyecto en comento va a ser solamente una buena intención o, por el contrario, podremos llevar a cabo todo lo que en materia de inclusión de discapacidad nuestro país necesita, para lo cual es elemental, obviamente, lo financiero, lo económico.
Para muchos de nuestros atletas su principal escollo, su principal dificultad es precisamente el financiamiento.
Por eso, voy a votar favorablemente esta iniciativa -la felicito-, pero nos cuesta dejar de indicar que, si no se inyecta un solo centavo, será letra muerta, una muy buena intención que solo quedará en ello.
Esa es una primera reflexión.
Por otra parte, me voy a valer de este proyecto para hacer una segunda reflexión -recién lo conversaba con el Diputado Pilowsky- respecto a llevar adelante una iniciativa de ley.
Hace pocos días asistimos a Isla de Pascua con la Comisión de Defensa Nacional -que presidió en esa ocasión el Senador Prokurica-, donde sostuvimos una conversación con los líderes de la comunidad.
Y la pregunta que les hacíamos es cómo se sienten cuando hay un evento deportivo en que juega Chile. Ellos se sienten chilenos. Sin embargo, dicen que nosotros los discriminamos. ¿Por qué? Y esto, señor Presidente, le tiene que interesar bastante a usted, porque lo quieren mucho en Isla de Pascua...

El señor MOREIRA.- ¿Y a Chahuán?

El señor BIANCHI.- ¡A Chahuán también...!
Como decía, les preguntamos: "¿Cómo se sienten ustedes?" Y nos contestaron: "Nos sentimos chilenos, pero ustedes nos discriminan. Porque ¿ustedes creen que en el deporte de alto rendimiento van a encontrar mejores nadadores que en Isla de Pascua, donde vivimos todo el día nadando?".
El tema es que se sienten discriminados, pese a tener un alto rendimiento no solo en natación, no solo en atletismo, no solo en canotaje (son expertos). ¿Y -por su intermedio, señor Presidente, se lo consulto a la Ministra subrogante- qué hace Chile al respecto?
En consecuencia, vamos a presentar un proyecto de ley en esa línea, pues sentimos que es necesaria la inclusión como Estado, como país.
Imagínense, Sus Señorías, en el resto de las etnias.
¡Cuántos jóvenes deportistas mapuches quisieran pertenecer a una selección nacional y no tienen ninguna posibilidad de hacerlo! ¡No son parte de la elite en nuestro país!
Entonces, pienso que se los margina. Y, por eso, esta es una buena oportunidad para hacer notar la necesidad de la inclusión, más aún la de aquellos jóvenes deportistas, hombres y mujeres, de nuestras etnias que, a pesar de tener toda la preparación física, la capacidad humana y el deseo, son discriminados.
Por eso, me valgo de...

El señor LAGOS (Presidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
Dispone de un minuto adicional.

El señor BIANCHI.- Gracias, señor Presidente.
Decía que me valgo de esta oportunidad para señalarle a la Ministra -por su intermedio, señor Presidente- la necesidad de incluir a numerosísimas personas que ven de pronto en nuestro Estado la existencia de discriminación por no estar dentro de la elite social, por no vivir en Santiago, pues además se le quita un cupo a un connacional, a un destacado deportista.
Debemos garantizar de alguna manera la inclusión.
¡Bien por el mundo de la discapacidad!
¡Extraordinaria la inclusión de nuestras etnias en el deporte nacional como una forma de ser un Estado integrador!
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
Le recuerdo, Su Señoría, que estamos analizando este proyecto como si fuera de Fácil Despacho.

El señor COLOMA.- Lo sé, señor Presidente. No obstante, a varios de los que nos ha tocado estar más cerca del deporte en distintas instancias obviamente este tema nos genera una sensibilidad especial.
Creo que esta iniciativa trae al debate parlamentario un asunto que no es la solución a una inquietud común en materia de integración, pero sí una señal potente.
Recordemos que el 12,9 por ciento de los chilenos sufre de alguna discapacidad: 400 mil de ellos severa; 500 mil, moderada; 1.150.000, leve.
El 31 por ciento de ese total sufre algún tipo de discapacidad física.
¿Y cuál es la gracia de este proyecto? Que se hace cargo de una realidad que, en general, se tiende más bien a soslayar, a pasar de lado: hacer un esfuerzo para, dentro de las políticas nacionales, fomentar la inclusión de personas en situación de discapacidad.
Quizás, muchos vimos el día domingo en algunos diarios a la selección chilena de fútbol de adultos (bastantes de tamaño pequeño) que sufren algún grado de discapacidad, a quienes conozco.
Yo reconozco en lo anterior una señal muy potente para la sociedad moderna en términos de comprender que hoy día existe orgullo por poder desarrollar algún tipo de tarea, y ello tiene que ver para algunos con la talla; para otros, con el corazón; para otros, con el esfuerzo; para otros con el sentirse deportistas capaces de representar a Chile y practicar una actividad propia de todas las personas y de las cuales se sienten excluidos.
Sé que aquí hay un tema económico de fondo.
Sin embargo, es importante que se incorpore a los deportistas al sistema de becas que hoy día existe en nuestro país, respecto de lo cual no hay una preocupación especial; que se incluya el concepto de "deporte adaptado" en lo relativo a la formación deportiva, a las selecciones, al alto rendimiento; que se establezca la necesidad de que la infraestructura deportiva nacional cumpla con las características de adaptabilidad universal.
Quiero llamar la atención sobre el particular porque esto es muy necesario en Chile, y hoy día estamos a años luz de lo que significa ser un país adaptado. Tenemos muchas leyes respecto a las calles, pero lo concreto es que tratar de desplazarse en los edificios públicos -insisto- con un grado de discapacidad se hace imposible. Y lo mismo ocurre en los estadios.
El proyecto avanza en una línea correcta, al generar mandatos para fomentar el deporte entre los estudiantes con discapacidad, para incluir a las instituciones de educación superior; incorporar las clasificaciones de discapacidad, a fin de dar distribución a la política nacional del deporte, en donde SENADIS pueda tener un rol; y, finalmente, integrar de manera formal la estructura, función y financiamiento del Comité Paralímpico de Chile, a la vera o al lado del Comité Olímpico, pero con independencia de él.
Señor Presidente, probablemente siempre en estos casos surge la lógica de los reparos, como los que han sido planteados en esta Sala y que parecen razonables: cómo asegurar que la propuesta no se quede en palabras y en buenos deseos. Sin embargo, considero que el proyecto tiene nervio. Y las cosas que tienen nervio hay que, de alguna manera, destacarlas, promoverlas, darles la importancia que merecen. Aquí hay caminos que debemos transitar como nación, respecto de los cuales no podemos seguir haciéndonos los lesos o mirando para el lado.
Por eso quise hacer uso de la palabra. Porque -insisto-, conozco a algunas de las personas que han estado haciendo esfuerzos para que el proyecto sea realidad. Conozco ese espíritu, que es impresionante, de un optimismo fuera de cualquier límite.
Y ese espíritu lo quiero rescatar, fortalecer, grabar a fuego, porque creo que lo necesita mucho el Chile un poquito más pesimista que vemos hoy día, y que sigue teniendo grandes distancias con las personas con discapacidad.
Por eso, señor Presidente, con mucha alegría, voto a favor.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, solo quiero dejar un testimonio para la historia fidedigna de la ley. Y lo hago porque me tocó participar en la Ley del Deporte que se dictó años atrás.
La verdad es que esa fue una buena iniciativa, pero las leyes son letra muerta cuando se implementan mal. Y, lamentablemente, ella se ha implementado mal, por diversas razones.
La Ley del Deporte contempla el desarrollo del deporte en sus cuatro fases: de alto rendimiento, competitivo, recreativo y formativo. Y dispone cuatro mecanismos de financiamiento: el Fondo Nacional para el Fomento del Deporte; el Subsidio para el Deporte (no se ha usado nunca); las donaciones con fines deportivos (tienen un reglamento tan exigente que finalmente no se aplica; y en algunos casos hubo mal uso de ellas); y la entrega de fondos directos.
¿Y por qué digo esto? Porque si hay algo de este proyecto que me preocupa -y me gustaría que el Gobierno lo aclarara- es lo que dijo el Senador señor Harboe. Considero que la iniciativa está superbien inspirada, pero tiene una frase que no se va a poder cumplir si no se dispone de financiamiento.
No es que quiera poner el acento en los aspectos negativos. He participado en todas las leyes de deporte que se han dictado en el Parlamento desde hace muchos años. Tengo hijos seleccionados chilenos en distintas disciplinas, lo que es un privilegio. Y, sin lugar a dudas, considero fundamental lo que dice relación con el derecho a la educación física y a la práctica deportiva de las personas en situación de discapacidad.
Creo que si Chile invirtiera plata en el deporte se ahorraría muchos recursos en salud, en seguridad. Porque cada peso que se invierte en deporte (la cifra oficial no la tengo en este instante) rinde tres o cuatro veces más que lo que se invierte en salud, en seguridad, etcétera. Porque un país que fomenta la práctica deportiva crea, en primer lugar, principios, valores, hábitos: el esfuerzo, la solidaridad, el trabajo en equipo, la capacidad de superar frustraciones, el saber no ser arrogante en los triunfos, la disciplina.
El deporte desarrolla todas esas dimensiones.
Y el proyecto en discusión cumple ese requisito ¡pero con mucha fuerza! cuando se trata de personas en situación de discapacidad. Y realmente es maravilloso verlas hacer deporte.
Sin embargo, hay una frase de esta iniciativa, Su Señoría, que simplemente es una declaración de intenciones. Y es muy complejo cuando el Parlamento aprueba leyes que son declaraciones de intenciones. Ella dice: "En lo que corresponde al deporte adaptado y paralímpico, esta política deberá observar, además, los siguientes principios: ninguna persona en situación de discapacidad debe quedar sin acceso a la educación física; los establecimientos educacionales y los recintos deportivos deberán contar con instalaciones adaptadas y accesibles para la práctica del deporte,".
¡Tiene toda la razón del mundo! ¿Pero alguien cree que esta ley, por sí sola, va a transformar todos los establecimientos educacionales para dotarlos de recintos deportivos adecuados?
Entonces, siento que aquí se generan expectativas.
Esto es lo mismo que pasa con los proyectos de acuerdo. No hay nada más fraudulento que la mayoría de los proyectos de acuerdo que se presentan. Y cuando uso la palabra "fraudulento" no lo hago acusando una intención positiva de "querer causar el fraude", sino pensando en el efecto que se provoca en la comunidad. Uno lee los medios de comunicación, sobre todo en las regiones, que señalan: "Senado aprueba proyecto de acuerdo que aumenta las jubilaciones". ¡Y todos los jubilados de la zona quedan felices! ¡El parlamentario recorre todas las radios! Pero sabemos que eso vale ¡cero!, porque es una simple petición que se le hace al Ejecutivo.
Entonces, no se puede abusar de la buena fe de la opinión pública -¡no se puede!-, porque eso nos rebota en contra.
Por tanto, siendo cien por ciento partidario de esta iniciativa, en el proyecto de Ley de Presupuestos voy a presentar -espero que me acompañe un importante número de Senadores- una glosa con miras a ver cuántos recursos se van a destinar para arreglar estos recintos deportivos.
Les puedo asegurar que me la van a declarar inadmisible -la voy a presentar igual- y me van a decir que no.
¿Me da treinta segundos más, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).- Por supuesto, señor Senador.

El señor ESPINA.- Muchas gracias.
Entonces, voy a votar a favor de este proyecto, pero quiero dejar constancia en la historia fidedigna de la ley de que él, si bien tiene buenas intenciones, no resuelve el problema.
Preferiría un proyecto que señalara algo más simple. Que dijera, por ejemplo: "Vamos a ir gradualmente incorporando a algunos establecimientos". ¡Algo que sea real! Porque estas son leyes que no se cumplen.
Seguramente, todas las personas que tienen discapacidad van a estar felices con la iniciativa, pero quiero decirles que va a pasar un año y, probablemente, se van a encontrar con que la infraestructura que ellos piden no está hecha en la forma que quieren.
Pero en la Ley de Presupuestos tendremos la oportunidad de debatirlo, y espero que se aprueben recursos para empezar a avanzar en esta materia.

El señor LAGOS (Presidente).- No hay más inscritos.
Señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (31 votos a favor).
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García-Huidobro, Girardi, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor LAGOS (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Bianchi.

Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, quiero pedir un plazo de indicaciones. Creo que varios han planteado la inquietud de poner un imperativo a este proyecto. Disponga usted cuál es la fecha más oportuna. Podría ser la primera semana de octubre.
Deseo, además, solicitarle a la Ministra -por su intermedio, señor Presidente- el informe financiero que debería tener esta iniciativa, para ver cómo logramos materializar lo que aquí se está planteando.

El señor LAGOS (Presidente).- Antes de fijar la fecha, voy a darle la palabra al Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, deseo solicitar, si es posible, que se pueda poner sobre tabla un proyecto de acuerdo...

El señor LAGOS (Presidente).- Señor Senador, estamos en otro tema. Le doy la palabra inmediatamente después.
¿Ha pedido la palabra sobre el proyecto o sobre otro asunto, Senador señor Navarro?

El señor NAVARRO.- Sobre otro proyecto, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- Resolvamos primero lo relativo al plazo de indicaciones.
¿Se va a referir a esta materia u otra, Senadora señora Goic?

La señora GOIC.- A otra, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- ¡Veo que tenemos cuatro temas distintos sin haber terminado todavía este...!
¿Le parece a la Sala fijar el día lunes 3 de octubre como plazo para la presentación de indicaciones?
--Así se acuerda.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.

La señora SÁEZ (Ministra del Deporte subrogante).- Señor Presidente, señores Senadores, quiero agradecer la preocupación por el proyecto de ley presentado y también aclarar un poco la información que se ha entregado acá.
En primer lugar, en cuanto a la preocupación por el tema de infraestructura deportiva, lo único que nosotros hacemos en este proyecto es incorporar dentro de la Ley del Deporte, que ya establece la responsabilidad del Instituto Nacional del Deporte en esa materia, el acceso universal.
Es importante señalar que la accesibilidad universal ya está consagrada en nuestro país en el artículo 3° de la ley N° 20.422, sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, el cual en su letra b) dispone que la infraestructura que se construya de aquí en adelante debe cumplir con dicho criterio.
Por lo tanto, si bien eso se declara ahora en la nueva modificación que se propone, se trata de algo ya vigente en nuestra legislación.
De esa forma, señor Presidente, y entendiendo la preocupación de los señores Senadores, también me interesa señalar que el Ministerio del Deporte hoy se encuentra trabajando en la construcción de infraestructura paralímpica -cuenta con recursos a ese efecto para este y el próximo año-, que va a estar situada en el Estadio Nacional y que tiene que ver con el desarrollo del deporte de rendimiento.
Dichas instalaciones van a considerar canchas de tenis adaptadas para jóvenes en silla de ruedas; de fútbol para no videntes, en el caso del fútbol 5 y del fútbol 7, y lo que antes era conocido como el "Caracol Azul" va a ser un centro de musculación para el trabajo práctico de los deportes paralímpicos.
Así, toda la infraestructura que hoy se encuentra en diseño y ejecución por parte del Ministerio del Deporte ya responde al criterio de accesibilidad universal establecido en la normativa pertinente.
Respecto a otro punto planteado, la preocupación por la educación, en este proyecto de ley se reconoce en todos los niveles educacionales la promoción del deporte y la actividad física en términos de la modalidad adaptada y paralímpica. Ello también se vincula con la ley N° 19.712, del Deporte, porque ahí se señala el rol que se tiene en la formación para el deporte y ahora se incorpora la declaración de que debe integrarse el deporte adaptado y paralímpico.
Por último, debo manifestar que en el Ministerio del Deporte estamos trabajando desde ya en toda la infraestructura necesaria y tenemos recursos disponibles para ello. Obviamente, no nos interesa que el proyecto se convierta en letra muerta. Por eso, se establece que de aquí en más toda la construcción que se realice en materia deportiva debe seguir el criterio de accesibilidad universal.
Muchas gracias, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- A usted, señora Ministra.
Ya quedó fijado el plazo para formular indicaciones a este proyecto.
Me han pedido la palabra varios señores Senadores.
En todo caso, debo señalar que se ha presentado un proyecto de acuerdo con respecto a la situación de Venezuela. De existir acuerdo, voy a ponerlo en votación. Cuenta con más de veinte firmas.
Si le parece a la Sala, trataremos dicho asunto luego de dar la palabra a quienes que me la han solicitado.
--Así se acuerda.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, quería precisamente referirme a esa materia.
Hemos sabido de la detención de un chileno, Braulio Jatar,...

El señor LAGOS (Presidente).- No, señor Senador; ya tocaremos ese tema.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, simplemente le agradezco que ponga en votación ese proyecto de acuerdo.

El señor LAGOS (Presidente).- Muy bien.
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El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, solicito abrir un plazo de indicaciones, hasta las 18 de hoy, para el proyecto que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género (boletín N° 8.924-07).
Hay acuerdo al respecto en la Comisión de Derechos Humanos, que presido. Ya están listas las indicaciones del Ejecutivo; solo requieren ser ingresadas. Se han trabajado intensamente con los asesores.
La iniciativa lleva dos años en trámite en dicho órgano técnico. Por eso, en concordancia con el Ejecutivo y por la unanimidad de los miembros de la Comisión, solicitamos este plazo para ingresar esas indicaciones, con el objeto de que sean discutidas mañana.

El señor LAGOS (Presidente).- ¿Ese es el proyecto con "discusión inmediata" de que dimos cuenta hoy?

El señor NAVARRO.- Sí, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Así se acuerda.
)----------(

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.- Señor Presidente, pido a la Sala que el proyecto de ley que establece perfeccionamientos en materia de asignaciones para los funcionarios del sector salud que indica y delega facultades para la fijación de las plantas de personal de los Servicios de Salud y del Fondo Nacional de Salud (boletín N° 10.752-11) sea visto, en el trámite de primer informe, por la Comisión de Hacienda y, por lo tanto, que la Comisión de Salud le pueda remitir los antecedentes respectivos, pues ya lo analizó en general.
La idea es que antes de venir a la Sala la iniciativa sea conocida por la Comisión de Hacienda.

El señor LAGOS (Presidente).- Señora Senadora, ese tema lo vimos en reunión de Comités y el acuerdo respectivo fue informado por el señor Secretario al comienzo de la sesión.
En consecuencia, ya está resuelta su inquietud.

La señora GOIC.- Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).- Además, se encontraba presente el Presidente de la Comisión de Hacienda.



PREOCUPACIÓN DE SENADO DE CHILE POR VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS EN VENEZUELA Y SOLIDARIDAD CON VÍCTIMAS DE REPRESIÓN. PROYECTO DE ACUERDO


El señor LAGOS (Presidente).- Corresponde votar el proyecto de acuerdo presentado por los Senadores señor Walker (don Patricio), señoras Goic, Muñoz y Pérez San Martín y señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Harboe, Horvath, Lagos, Larraín, Letelier, Matta, Moreira, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Rossi y Zaldívar.
--Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1.903-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica:
Se da cuenta en sesión 45ª, en 6 de septiembre de 2016.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- El proyecto de acuerdo dispone lo siguiente:
"EL SENADO DE LA REPUBLICA ACUERDA:
" Solidarizar con las víctimas de la represión sistemática en contra de periodistas, dirigentes políticos y sociales de oposición que trabajan por dar una solución pacífica y constitucional a la aguda crisis política, económica y social que afecta a Venezuela,
" Solicitar al Señor Ministro de Relaciones Exteriores tenga a bien representar a las autoridades competentes de la República Bolivariana de Venezuela la preocupación del Senado de la República de Chile por la violación de los derechos humanos en ese país, especialmente en contra de quienes demandan de manera pacífica y legal, la revocación del mandato presidencial y la solución a la profunda crisis integral que afecta las libertades públicas y el derecho a la alimentación, a la salud y la seguridad pública.".
Nada más, señor Presidente.


El señor LAGOS (Presidente).- En votación.
No habrá fundamento de voto.

El señor CHAHUÁN.- "Si le parece", señor Presidente.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Sí.

El señor NAVARRO.- No, señor Presidente, que se vote.

El señor LAGOS (Presidente).- Así se hará.
Señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el proyecto de acuerdo (27 votos a favor y uno en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Matta, Moreira, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votó por la negativa el señor Navarro.




DECLARACIÓN DE 20 DE SEPTIEMBRE COMO DÍA FERIADO PARA REGIÓN DE COQUIMBO


El señor LAGOS (Presidente).- Conforme a lo acordado por los Comités, corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que declara feriado el día 20 de septiembre de cada año en la Región de Coquimbo con motivo de la celebración de la Fiesta de la Pampilla, que fue eximido del trámite de Comisión.
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.493-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 41ª, en 16 de agosto de 2016 (se da cuenta).
(Por acuerdo de Comités no hay informe).

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Respecto de esta iniciativa, en caso de ser aprobada en general, se ha presentado una indicación para sustituir en su artículo único las palabras "de cada año" por la expresión "de 2016", con lo cual quedaría limitada al presente año.
Nada más, señor Presidente.
El señor LAGOS (Presidente).- En discusión general el proyecto.

Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.

La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, quiero valorar el acuerdo logrado hoy día en la reunión de Comités, donde se entregó el apoyo unánime para que este proyecto se eximiera del trámite de primer informe en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y se debatiera en la Sala, con el propósito de que la Región de Coquimbo pueda contar con una ley que establezca un feriado regional para el 20 de septiembre con motivo de la celebración de la fiesta de La Pampilla.
La Cámara de Diputados aprobó esta iniciativa con la finalidad de fijar un feriado permanente, dado que este fue declarado solo para el año 2014.
Es muy importante no dejar a dicha Región sin conmemorar esa fecha, por cuanto la referida festividad resulta significativa para todos sus habitantes.
Al objeto de facilitar la tramitación de este proyecto en el corto plazo de que disponemos -porque ya se avecina el 20 de septiembre-, y además, para resguardar el interés de nuestra Comisión por legislar en materia de feriados regionales sobre la base de una propuesta integral del Gobierno, la idea es aprobar su texto a fin de que se declare el feriado pertinente solo por este año.
Para la mencionada Región es muy relevante esa celebración, pues les recuerda a todos sus habitantes, no solo a los de La Serena y de Coquimbo, el origen de aquella festividad, que se remonta a épocas remotas donde las comunidades costeras eran asoladas permanentemente por corsarios, piratas y filibusteros, lo cual les provocaba mucho temor. Sin embargo, los coquimbanos juntaron mucha energía, y se enfrentaron en batalla a un corsario vastamente nombrado, don Bartolomé Sharp, quien fue obligado a retroceder y abandonar esa zona.
Ello ocurrió un 20 de septiembre. Por eso, se conmemora con mucha alegría ese acontecimiento.
Se trata de una fiesta que ya se halla instalada. No se crea un nuevo feriado, sino que se consagra en la ley, al igual como sucedió antes, que ese día se celebre como feriado regional.
Solicito, pues, a Sus Señorías que aprueben esta iniciativa, con la modificación que le introdujimos al texto despachado por la Cámara de Diputados, para que la Región de Coquimbo pueda conmemorar una vez más, tal como se ha hecho antes, la fiesta de la Pampilla.
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.- Señor Presidente, solo quiero explicar lo que en la Comisión de Gobierno hemos estado haciendo en torno a los feriados.
En este minuto tenemos alrededor de veinte proyectos de ley que plantean distintos feriados. Y vienen más.
Ello lo entiendo.
De hecho, el Diputado Sergio Gahona también insistió muchísimo en que se aprobara la iniciativa que declara feriado regional el 20 de septiembre con motivo de celebrarse la fiesta de La Pampilla.
Nosotros tomamos un acuerdo en el sentido de que, en materia de feriados, íbamos a esperar el proyecto pertinente del Ejecutivo. Incluso, pedimos que se enviara un oficio al Gobierno a fin de que estableciera un marco respecto a los feriados regionales.
Desgraciadamente, hasta ahora aquello no ha ocurrido.
Por eso, hoy día ingresamos a tramitación una iniciativa, firmada por todos los miembros de la Comisión de Gobierno, que dispone que habrá un feriado por cada región, que "será determinado por el Consejo Regional consultando a los Consejos Comunales sobre la pertinencia e impacto de estos para definir cuál será la fecha seleccionada".
Ello lo estamos haciendo como una forma de darle un marco a la existencia de feriados regionales.
Creemos que efectivamente hay una serie de festividades tanto religiosas como históricas que son parte de la cultura e idiosincrasia de cada región, de cada una de las identidades que tenemos en nuestro país.
En muchas de esas fechas existen actos conmemorativos, desfiles, procesiones que se transforman en un centro de atención regional o local sumamente relevante.
Por lo tanto, ha habido presión de parte de las regiones, que consideramos absolutamente legítima, para que esos días sean declarados feriados.
Sin embargo, también debemos poner sobre la balanza que no podemos estar determinando feriados regionales o comunales sin una mirada general y solo por un año.
Con ello tampoco se logra generar conciencia en el sentido de que cierto día es feriado, y así profundizar la idiosincrasia y la cultura común de esas regiones, cuestión que me parece tremendamente significativa.
Por eso, aceptando dicho desafío, dado que el Gobierno no ha enviado un proyecto sobre el particular, nosotros, como Comisión, presentamos un proyecto bastante simple, pues lo único que hace es establecer que habrá un feriado en cada una de las regiones, y que será el Consejo Regional, escuchando a los Consejos Comunales, el que definirá cuál será la fecha.
De esa manera le daremos solución a este problema, y contaremos con feriados regionales. Porque me parece que ellos forman parte de la cultura de cada una de las regiones. Además, uno podría considerar bastante injusto que algunas tengan feriado y otras no, sobre todo porque los estamos fijando por un solo año.
Así dispondremos de una política coherente en todo nuestro país, en que exista un feriado por cada una de las regiones; que ello se defina en las regiones y no en el Congreso, y que aquel no rija solo por un año, sino que sea estable en el tiempo.
Señor Presidente, el proyecto que presentamos los miembros de la Comisión de Gobierno es absolutamente inadmisible.
Como su Presidenta lo debo recibir, pero tendré que declarar que no es admisible.
Solo se encuentra en la Sala la Ministra de Justicia. No obstante, le pido al Ejecutivo, ya que no ha sido capaz de enviar la iniciativa pertinente, que le dé su patrocinio.
Acá presentamos dicho proyecto los cinco integrantes de la Comisión de Gobierno. Y esperamos que el Ejecutivo lo patrocine, para solucionar este asunto de una vez por todas.
Ahora, si el señor Presidente lo desea, también lo puede suscribir. Cualquier Senador que quiera lo puede hacer. Están todos invitados a adherir a él.
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Me habría encantado agregar mi firma para realzar esa presentación; pero, al parecer, ello no es factible, pues se excedería el número máximo de firmas permitido para esos efectos.

El señor HARBOE.- ¿Puede abrir la votación, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).- Sería para pronunciarse en general.
Eventualmente, habría que realizar una segunda votación, salvo que los señores Senadores acordaran votar todo en un solo acto.
Señalo aquello porque se presentó una indicación para los efectos de que el feriado propuesto solo rija respecto de este año.
¿Me explico?
En consecuencia, si Sus Señorías lo desean, pondremos en votación esta iniciativa en general y particular, incluyendo la indicación que señalé.
¿Habría acuerdo para proceder de esa manera?
Acordado.
En votación general y particular el proyecto, con la indicación a que se hizo referencia.
--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, una cosa es patrocinar una iniciativa, y otra, adherir a ella.
Así que perfectamente puede adherir al referido proyecto. No se haga problema.

El señor LAGOS (Presidente).- Así lo haré.

El señor PIZARRO.- Me parece bien.
Señor Presidente, quiero manifestar mi opinión sobre esta materia. El Senado la conoce, pues la he señalado cada vez que se han discutido este tipo de iniciativas.
A mí no me gusta esto de tener feriados por cualquier cosa, sin considerar, además, los efectos que en cada una de las comunas y regiones de nuestro país genera el establecimiento de esta clase de feriados.
Tampoco hemos hecho una evaluación de los feriados que ya aprobamos.
Esa es la razón por la cual reiteradamente se le ha pedido al Gobierno que fije líneas para los fines de llevar adelante este tipo de proyectos de manera eficaz y sin afectar los intereses generales de la nación.
La fiesta de La Pampilla en la Región de Coquimbo es una tradición antiquísima.
Tal como lo señaló la Senadora Muñoz, el origen de dicha festividad se remonta a la época en que los filibusteros asolaban las costas de Coquimbo. Sus habitantes subían a las partes altas de la ciudad para evitar esos ataques. Una vez que los piratas se marchaban, se ponían a celebrar.
Otra versión asegura que esa fiesta se relaciona con la independencia de Chile, que ocurrió un 18 de septiembre. Dicha noticia, producto de la lejanía, de la falta de conectividad, llegó a Coquimbo solo el 20 de septiembre. Por ello, se hizo popular conmemorar tal acontecimiento en esa fecha.
En efecto, La Pampilla de Coquimbo es una festividad popular.
La gente acude a ese lugar y se instala en carpas por 4, 5 o 6 días; el municipio organiza toda una infraestructura para atender a las cerca de 150 mil personas que viajan desde todas partes a celebrar esa fiesta.
Ello se ha transformado en una tradición.
Ahora, a los coquimbanos les da exactamente lo mismo que aprobemos o no este proyecto, pues desde hace muchísimos años vienen celebrando ese feriado. Y ese día nadie trabaja. No es legal, pero hacen aquello producto de la tradición.
El asunto acá es que se está estableciendo un feriado regional, y la situación de las otras comunas es muy distinta a la de Coquimbo.
Como lo dije al inicio de mi intervención, yo esperaba que el Gobierno elaborara un informe sobre la materia.
Imagino que la iniciativa que presentaron los miembros de la Comisión de Gobierno es para motivar al Ejecutivo a que entregue dicho informe.
El Gobierno se ha hecho el leso con ello, y nos deja a nosotros la responsabilidad.
En general, me he opuesto a ese tipo de iniciativas.
En el caso que nos ocupa, hablé con la mayoría de las autoridades locales (alcaldes, concejales, gente del Gobierno regional, en fin).
Ellos tienen bien asumido que habrá un día feriado. No les cabe en la cabeza que este 20 de septiembre no sea declarado feriado.
Les he manifestado mi opinión permanente sobre el particular.
De otro lado, la Presidenta de la Comisión de Gobierno señaló que hay veinte proyectos en espera (no sé de qué tipo) y que, además, vienen otros.
Entonces, vamos a seguir eternamente con este problema.
Yo voy a votar a favor de este proyecto nada más que por la petición que me hicieron expresamente las autoridades locales de toda la Región.
Algunos saben que no van a ir a La Pampilla. Pero también en sus respectivas comunas se hacen "Pampillas" más chicas. E imagino que tanto en Santiago como en el resto de nuestro país se hará lo mismo.
En consecuencia, señor Presidente, voy a votar a favor de esta iniciativa, con la indicación que se mencionó.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, yo apoyo los feriados de carácter regional.
En esta materia no tengo dos opiniones. Yo siempre estoy a favor de este tipo de iniciativas cuando hay buenos argumentos.
La fiesta de La Pampilla es tan importante como el 18 de septiembre, porque la independencia de nuestro país se conmemora precisamente en esa fecha. Y tal como lo señalaron la Senadora Muñoz y el Senador Pizarro, quienes representan a la Región de Coquimbo, esta festividad se celebra masivamente. Todos los estamentos de la comunidad, sin ninguna distinción, participan en ella.
Esa fiesta dura varios días, y culmina el 20 de septiembre.
Por lo tanto, porque soy respetuosa de las fiestas regionales, y, además, porque los argumentos para conmemorarlas son muy poderosos, pues tienen que ver con aspectos históricos -la propia UNESCO ha reconocido a La Pampilla como una festividad relevante a nivel internacional-, obviamente voto a favor de este proyecto.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.- Señor Presidente, he estado escuchando con mucha atención las intervenciones respecto de esta iniciativa, que ya fue aprobada en la Cámara de Diputados de manera permanente. Y se anunció la presentación de un proyecto para que las regiones señalen la fecha en que celebrarán su feriado (cada una de ellas tiene su particularidad).
Es del caso mencionar que existen al menos 10 iniciativas tanto en la Cámara como en el Senado tendientes a darle al pueblo mapuche la posibilidad de conmemorar el We Tripantu el 24 de junio.
Sin embargo, no hemos contado con la voluntad del Ejecutivo para apoyar una iniciativa de esta naturaleza, que distintos parlamentarios hemos intentado concretar durante tantos años.
Creo que esta es una oportunidad que le permitirá a La Araucanía al menos definir que el 24 de junio sea el día del We Tripantu, fecha en que se celebra un cambio de ciclo, de temporada, donde la naturaleza se renueva (las semillas brotan y dan origen a nuevas vidas, en fin).
Ello tiene una connotación especial para los pueblos originarios que viven en la Región, fundamentalmente el mapuche.
Esa festividad se celebra anualmente con diversos actos culturales y religiosos. Pero sucede que muchos trabajan ese día o están en funciones que no les permiten participar en ella como corresponde.
Entonces, un feriado para la Región de La Araucanía sería muy bien visto por el pueblo mapuche.
Por esa razón, aunque la iniciativa que se nos plantea ahora solo se limita al 2016, me parece un paso sustantivo para que, de aquí a un año, se regule esta materia de manera definitiva o se concrete el proyecto que se señaló, a fin de que cada región tenga la autonomía para definir cuándo, cómo y con qué significación conmemorará su feriado.
Así que de todas maneras apruebo la idea de legislar, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, en más de una ocasión hemos discutido la autonomía que debieran tener las regiones para definir sus feriados.
Cuando hablamos de feriados no nos referimos a una manera de hacerle el quite al trabajo, sino al significado cultural y religioso que conlleva este tipo de festividades, y en particular también al legítimo derecho al ocio.
El ocio es productivo -lo decían los griegos hace más de 2 mil años-, y trae como beneficio salud, vitalidad. Y cuando se trata de fiestas religiosas, eso se traduce en desarrollo económico, inversión, comercio; se brindan servicios, y se comparte en familia.
Estoy completamente de acuerdo con aquello, pues lo que estamos haciendo es plasmar una realidad. No hay mejor ley que la que solo establece lo que la realidad ya señala.
La gente concurre a La Pampilla -lo dijo el Senador Pizarro- a celebrar una festividad. Entonces, estamos dándole legalidad a un hecho que ya ocurre.
La iniciativa que ahora nos ocupa propone la declaración de un solo feriado. Y quiero discutir este punto. Porque los feriados serán los que las regiones acuerden con prudencia y razonabilidad.
También resulta fundamental la participación de la ciudadanía.
Esto tendría que ser de abajo arriba. Así debiera legislarse respecto de asuntos esenciales.
Yo esperaría que cuando una región decidiera establecer uno, dos o tres feriados al año, que no siempre coinciden con días laborales, existiera una muy fuerte participación ciudadana; que tuviéramos un instrumento vinculante de plebiscito regional.
Ello, porque puede suceder que determinada región no acepte lo que diga un Diputado o un Senador, o el Parlamento.
Yo soy autor, con otros Senadores y Diputados, de la iniciativa popular de ley, cuestión que la Constitución Política no contempla.
O sea, las leyes pueden iniciarlas los Senadores, los Diputados o el Ejecutivo, pero los ciudadanos, no.
Siendo Diputado, presenté un proyecto -ahí duerme; cada Ministro del Interior ha prometido incluirlo en las reformas pertinentes- sobre iniciativa popular de ley.
En cuanto a la materia que nos ocupa esta tarde, más que determinar la existencia de un feriado por región, establezcamos la posibilidad de que la ciudadanía, con determinado número de firmas, le proponga al Congreso Nacional, de manera no vinculante, el debate de un proyecto que refleje el interés de un sector.
Empoderemos a los ciudadanos -el pueblo es el soberano; la soberanía reside en la nación- para que les sea factible gestar leyes.
Votaré a favor de la iniciativa en debate. Sin embargo, me preocupa el hecho de que se quiera disponer por ley solo un feriado, pues ello puede ser en extremo contrario a la libertad, a la autonomía, a la independencia de las regiones.
¿Por qué un feriado, si algunas regiones pueden decidir no tener ninguno, y otras, más de uno?
Me alegra mucho que podamos establecer derechos de esta índole para la gente, sea por motivos religiosos o por razones culturales.
Señor Presidente, tras examinar las legislaciones laborales de Europa y ver que los trabajadores de ese continente son bastante más productivos que los nuestros, uno concluye que ello obedece no solo a que ganan más y viven mejor, sino también a que tienen más feriados, más vacaciones, más derechos.
Yo soy un convencido de que el trabajador que está contento y hace equipo con su jefe produce más, con lo que ganan él y la empresa.
La cuestión radica en que cuando se produce más se perciba una remuneración mayor.
Para eso existe la negociación colectiva, que es un derecho constitucional. Pero solo lo ejercita el 8 por ciento de los trabajadores. ¡Ese es el problema que tenemos!
Numerosos trabajadores sienten que cuando laboran más, se empeñan más, mojan la camiseta y producen más no hay respuesta de la empresa; que su mayor esfuerzo no se traduce en una relación que implique un beneficio directo para ellos.
En tal sentido, un feriado para una región es asimismo un feriado para los trabajadores, a fin de que descansen, compartan con su familia, dediquen tiempo al ocio, a la lectura. Un país que lee es más rico, crece. Y ese tiempo se da con leyes como la que se pretende generar con proyectos como el que estamos discutiendo esta tarde.
Me alegra que el Senador Pizarro haya apoyado esta iniciativa: se trata de su región.
Espero que exista autonomía de las regiones y que ellas puedan originar, mediante iniciativa popular de ley, proyectos de feriado regional de abajo arriba.
Voto a favor.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.- Señor Presidente, voy a votar a favor de este proyecto de ley, pero quiero valerme de él para expresar que resulta indispensable que el Estado reconozca a las regiones.
Hemos insistido permanentemente ante los distintos gobiernos en la necesidad de que cada región pueda elegir su feriado.
En el caso de la Región que represento, hay en la Cámara de Diputados una moción que da cuenta del descubrimiento del Estrecho de Magallanes un día 21 de octubre.
Señor Presidente, le garantizo que, si hubiera un plebiscito regional y se le consultara a nuestra comunidad, todos reconoceríamos en la llegada de la goleta Ancud, con mujeres y hombres de Chiloé horas antes de que se hiciera presente una embarcación francesa, la anexión de ese territorio al resto de nuestro país.
Por eso, no tengo duda alguna de que, de una buena vez, debiera haber un reconocimiento para el mundo chilote, para las personas que permitieron anexar a nuestro territorio toda la riqueza de la Patagonia chilena, más allá de discutir lo que significó el descubrimiento del Estrecho de Magallanes allá por el año 1520.
Señor Presidente, hemos elaborado, como dijo la señora Presidenta de la Comisión de Gobierno, un proyecto de ley -una vez más- para pedirle al Ejecutivo que permita que las propias regiones, que pronto, en 2017, tendrán la elección de gobernadores -exintendentes-, definan qué día quieren para un feriado en ellas.
A no dudarlo, se requiere avanzar en ese tipo de medidas, en esa clase de autonomía, que no afectan en nada a la economía de nuestra nación, sino todo lo contrario: la incentivan.
Yo tengo el recuerdo de que, en el caso de Puerto Natales, me tocó en su momento hacer un proyecto, el cual, al transformarse en ley, permitió que esa ciudad, por única vez -igual como se ha pedido ahora tratándose de La Pampilla-, tuviera un día feriado para la conmemoración de su centenario.
¡Eso es respetar a las regiones! ¡Eso es reconocer la identidad, el sentido de pertenencia!
Voy a votar favorablemente, pero dejando en claro que reclamo la posibilidad de que las regiones decidan.
Pero reclamo asimismo la necesidad de que se haga justicia al mundo chilote, a las mujeres y a los hombres de Chiloé que, con la llegada de la goleta Ancud, permitieron anexar a Chile el territorio de la Patagonia.
Se trata de un reconocimiento indispensable ante una injusticia enorme del Estado para con quienes posibilitaron agrandar el territorio nacional.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, estamos en presencia de una propuesta más de feriado.
Es difícil negarse a estas iniciativas cuando obedecen a identidades territoriales claramente definidas.
En cada región de Chile se han ido instituyendo fiestas de carácter unitario, que congregan a la población, que identifican su territorio y que hacen un país más diverso y no un país que habitualmente tiene que celebrar gestas nacionales o situaciones que no siempre se identifican de manera directa con el territorio.
Yo entiendo que nuestro país debe tener cultura, hitos con los cuales todos los ciudadanos se sientan identificados; es un concepto de "nación". Pero también existe una particularidad enorme en el territorio; y en buena hora.
Lo señalaba recién el Senador Bianchi: Magallanes tiene su identidad, particularidades; hitos fundacionales, de desarrollo; épicas de creación, de consolidación. Y bien podemos proyectar eso en cada una de las regiones.
Entonces, se trata de una buena institución.
Sin embargo, me parece que, en el marco del debate actual sobre la descentralización, este tipo de iniciativas deben ser de resorte de los gobiernos regionales, de los consejos; en definitiva, de la institucionalidad regional.
No es admisible que el Parlamento -y en particular nosotros, como Senadores de la República- esté influyendo y determinando si corresponde la fiesta de La Pampilla; o la de algún santo en el norte; o la del patrono de la minería; o, en nuestro caso, la celebración -hemos estado insistiendo en ella- del 2 de octubre por ser el día en que se creó la Región de Los Ríos.
Todas las instancias son legítimas. El Congreso Nacional, por cierto, tiene la representación de la voluntad popular. Sin embargo, no le compete estar pronunciándose sobre todo. Las regiones se hallan dotadas de legitimidad para formular planteamientos de esta índole; poseen asidero territorial, e incluso, afectivo. Estas cuestiones, por tanto, no corresponden, en mi opinión, a materias de ley. Debieran ser privativas de las regiones, de los gobiernos regionales, dentro de la nueva institucionalidad, en la que deberán establecerse condiciones para reivindicar valores, principios, conceptos identitarios de cada lugar de nuestro país.
Espero que este proyecto entre en aplicación con la indicación que se formuló para circunscribirlo al año 2016. Y ojalá que en su momento tengamos la votación necesaria para una reforma regional profunda, en la que apostemos no solo a la elección democrática del gobernador regional (bien se justifica), sino además a que haya un conjunto de competencias para generar identidad regional; una cultura, una masa crítica local, las que, entre otras formas, se expresan tanto a través de fiestas y conmemoraciones como mediante la existencia de competencias efectivas desde el punto de vista patrimonial -generación de recursos, capacidad de inversión, en fin-, para no tener condicionantes del gobierno central de turno que determinen adónde se destinan los dineros.
Voto a favor de la iniciativa que nos ocupa, pero dejando constancia expresa de que esta materia debiera ser una atribución clara contenida en la Ley Orgánica sobre Gobierno y Administración Regional, precisamente en el glosario de competencias que esperamos sea parte del acuerdo que permita avanzar en la descentralización de nuestro país.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, hemos debatido muchas veces sobre esta materia, y nuevamente se presenta, con harta justificación, una iniciativa en el mismo sentido.
La gente de Coquimbo ha planteado la posibilidad de declarar este feriado para la Cuarta Región, el que venía de la Cámara de Diputados con carácter permanente.
En sesión anterior discutimos dos proyectos de feriado para sendas regiones del norte: la de Tarapacá y la de Antofagasta.
Respecto de uno de esos casos -me parece que el de la Virgen de Ayquina; no recuerdo el nombre exacto de la festividad-, hoy supe que los propios habitantes han dicho que no quieren la celebración porque no están dadas las condiciones, no existe capacidad, etcétera.
Uno lo entiende. Pero, como expresó en esta Sala la Presidenta de la Comisión de Gobierno, es bueno que este asunto se regularice.
Yo insisto en ello, pues la circunstancia de declarar un día feriado no solo implica que la gente deje de trabajar para poder concurrir a la celebración pertinente, sino que además genera un montón de otros efectos: bancarios, judiciales (por ejemplo, vencimiento de plazos), en fin. Y nada de eso se reglamenta; cada situación se resuelve por la vía de los hechos.
Recuerdo que en el pasado la fiesta de La Pampilla se realizaba igual que hoy: la gente se instalaba en ese sector y festejaba durante una semana (es lo que dura la celebración). En esa época no se pedía declarar feriado regional: sencillamente, la gente asumía la festividad como un elemento de su propia vivencia.
Ahora estamos con este problema.
La iniciativa llegó de la Cámara Baja -repito- como feriado permanente. Aquí se ha establecido -y me parece bien- como feriado por este año, a fin de permitir que se legisle para regular la materia.
Yo respaldo una vez más la idea que tuvimos los miembros de la Comisión de Gobierno en el sentido de presentar un proyecto que motive al Ejecutivo -porque no tenemos iniciativa en la materia- para regularizar los feriados regionales de tal manera que haya más racionalidad en su determinación.
Ojalá en cada región exista un feriado en el que se celebre su día, al objeto de que en el Senado no sigamos insistiendo con iniciativas parciales, pues, por mucha justificación que tengan, en nada contribuyen a la consecución del propósito de disponer de una normativa más orgánica sobre la materia.
En virtud de las razones expuestas, voy a abstenerme. Y, sinceramente, espero que podamos legislar sobre este asunto.
Por último, deseo recordarle a la Sala que hace dos semanas el Senador Chahuán, después de la iniciativa que nos ocupa esta tarde, presentó tres proyectos sobre feriados (pasaron a la Comisión de Gobierno), dos de los cuales beneficiaban a varias zonas de la Región de Valparaíso.
Esa proliferación de iniciativas puede ser muy determinante para adoptar una política general sobre la materia.
Por ello, me abstengo. Y espero que la situación se resuelva en el tiempo inmediato.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general y particular el proyecto, con la indicación referida a la vigencia del feriado solo por el año 2016 (27 votos a favor y 2 abstenciones), y queda terminada la discusión en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Coloma, De Urresti, Espina, García, Girardi, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Rossi y Tuma.
Se abstuvieron los señores García-Huidobro y Andrés Zaldívar.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, que se agregue mi voto favorable, por favor.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Se deja constancia de la intención de voto afirmativo de Su Señoría.




TIPIFICACIÓN EN DERECHO INTERNO DEL DELITO DE TORTURA


El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Conforme a lo acordado por la Sala en sesión anterior, corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal en lo tocante a la tipificación del delito de tortura, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.589-17) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 82ª, en 16 de diciembre de 2015 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 44ª, en 31 de agosto de 2016.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo principal de esta iniciativa es tipificar en el derecho interno el delito de tortura con la finalidad de que nuestro país pueda dar cumplimiento a los compromisos contraídos en virtud de los tratados internacionales vigentes en esta materia y alcanzar los estándares exigidos por ellos.
El proyecto se extiende a otras figuras penales que también vulneran gravemente la dignidad de las personas, como son los apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, y las vejaciones injustas.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento discutió esta iniciativa en general y en particular, en virtud de un acuerdo adoptado por la Sala el 7 de junio de 2016.
Dicho órgano técnico aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Araya, De Urresti, Harboe y Larraín.
En cuanto a la discusión particular, realizó diversas enmiendas al articulado, las que aprobó con las distintas votaciones que consigna en su informe.
El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 221 a 225 del referido documento y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Nada más, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).- En discusión general.

Tiene la palabra en primer lugar el Presidente de la Comisión de Constitución, Senador señor Pedro Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, esta iniciativa se originó en la Cámara Baja en una moción de los Diputados señoras Karol Cariola y Camila Vallejos y señores Sergio Aguiló, Lautaro Carmona, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Daniel Núñez, Guillermo Teillier y Patricio Vallespín.
Como fundamentos de ella, se hizo presente que la tortura es uno de los crímenes más degradantes que puede sufrir una persona y que, ante eso, el derecho internacional ha efectuado importantes esfuerzos para prevenirla y juzgarla, los que los Estados han ido acogiendo paulatinamente en sus legislaciones internas.
Se connotó que, si bien la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes entró en vigencia en nuestro país con fecha 26 de noviembre de 1988, las prevenciones del régimen militar de la época determinaron que su ratificación se realizara con importantes reservas, las que dificultaron su incorporación plena al derecho interno.
Por eso, aun cuando algunas de esas reservas han ido eliminándose, nuestra legislación penal sigue sin cumplir los estándares internacionales requeridos, lo que hace indispensable introducir las modificaciones normativas correspondientes a fin de que nuestro país quede al día con estos relevantes compromisos.
El proyecto en debate, por consiguiente, se ocupa de tipificar y sancionar adecuadamente la tortura como delito autónomo en nuestra legislación penal común, y, además, se extiende a otras figuras que también vulneran gravemente la dignidad de las personas, como son los apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, y las vejaciones injustas.
Dadas la relevancia de esta iniciativa y la pertinencia de agilizar su tramitación, la Comisión de Constitución estimó procedente estudiarla en general y en particular, de manera de presentar a la Sala un primer informe que planteara desde ya un texto ajustado y perfeccionado.
La idea de legislar se aprobó con el voto favorable de la unanimidad de los miembros presentes de dicho órgano técnico.
Luego, la Comisión continuó su trabajo a lo largo de diez sesiones, contando con la participación activa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y con la colaboración de diversos profesores de Derecho Penal, de organismos públicos vinculados a la persecución penal y de variadas instituciones de la sociedad civil.
El referido órgano técnico analizó el contenido del proyecto y revisó cada uno de los ilícitos regulados en él, los bienes jurídicos que se tutelan, las hipótesis que se castigan y las penas que en cada caso se asignan.
En todo momento se tuvieron a la vista los parámetros que ofrecen en esta materia el derecho internacional, la doctrina y, también, la legislación comparada.
Uno de los principales aspectos que centraron la atención de la Comisión fue el de dirimir quiénes serán los sujetos activos de los delitos abordados por la iniciativa. El punto consistió en precisar si solamente se trataría de los funcionarios públicos -atendido que estas figuras delictivas cautelan, además de la dignidad y los derechos de las personas, el buen funcionamiento de la Administración- o si también se consideraría a los particulares.
Sobre esa materia, hubo opiniones disímiles entre los miembros de la Comisión, quienes podrán explicar a la Sala sus correspondientes posturas y votaciones.
Señor Presidente, una vez que la Comisión llegó a conclusiones respecto a cada una de las normas del proyecto, se elaboraron indicaciones para recogerlas, las que fueron suscritas por sus miembros. Debo agregar que la mayor parte de ellas fue acogida en forma unánime y que únicamente las reglas concernientes al sujeto activo de los delitos recién señalados se aprobaron por mayoría.
En todo caso, el objetivo común fue despachar un texto armónico y sistemático que consagre en el Título III del Libro II del Código Penal, dentro del párrafo 4, relativo a los crímenes y simples delitos que afectan los derechos garantidos por la Constitución, una estructura piramidal con la tortura en la cima, seguida del delito de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes que no alcancen a constituirla, y del de vejaciones injustas, todo ello con la correspondiente escala graduada de penas.
En forma resumida, el contenido principal del proyecto, según fue despachado por la Comisión, es el siguiente:

1.- En primer lugar, se plantea un conjunto de modificaciones al Código Penal, siendo la de mayor relevancia la del artículo 150 A, que consagrará el delito de tortura. Se precisan las conductas que lo constituirán, las que deben ir acompañadas de una intencionalidad o finalidad determinadas.

2.- Se contempla a continuación, en un artículo 150 B nuevo, un delito de "tortura calificada", que tiene lugar cuando, con ocasión de llevarlo a cabo, se cometen otros graves ilícitos, tales como homicidio, violación, estupro o lesiones, y se fija la correspondiente escala de penas.

3.- Luego, en el nuevo artículo 150 D se tipifica el delito de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. Se halla concebido como una figura residual, comprensiva de las conductas que no alcancen a constituir tortura y sean cometidas por el empleado público que se encuentre en las mismas situaciones especificadas en el caso de este último ilícito.

4.- Además, el artículo 150 F castiga al particular que, en el ejercicio de funciones públicas o a instigación de un empleado público, o con el consentimiento o aquiescencia de este, incurra en los delitos de los dos preceptos anteriores.

5.- Asimismo, se enmienda el artículo 255 del Código Penal para sancionar las vejaciones injustas que cometa el empleado público en el desempeño de un acto del servicio.

6.- Respecto de todas estas figuras se incluye una "cláusula de cierre", la cual prescribe que no se considerarán delitos las molestias o penalidades que sean consecuencia únicamente de sanciones legales o resulten inherentes o incidentales a estas, ni las derivadas de un acto legítimo de autoridad.

7.- Complementariamente, el proyecto modifica otros cuerpos legales, como la ley N° 18.216, en la cual se establecerá que a los delitos de tortura y tortura calificada no se les podrán aplicar las penas sustitutivas allí consagradas, y el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones, a fin de que los funcionarios que ejecuten cualquier acto de violencia destinado a obtener declaraciones de un detenido sean sancionados según las reglas del Código Penal, con lo que se evitan antinomias.

8.- Finalmente, se incluye una disposición transitoria en el sentido de que el articulado se aplicará a hechos delictivos cometidos con posterioridad a su entrada en vigencia, para dejar en claro que no se afectarán las sentencias condenatorias dictadas con anterioridad.
La Comisión estimó pertinente desechar algunas normas por juzgarlas improcedentes o, en otros casos, para evitar posibles confusiones. De ello se da cuenta detalladamente en el informe. En esta situación se hallan, por ejemplo, la que determinaba la imprescriptibilidad de los delitos contemplados en el proyecto y la que reiteraba la regla en virtud de la cual la justicia militar no es competente para conocerlos cuando haya participación de civiles o de menores de edad.
En esta forma entendemos que estamos presentando un texto apto para satisfacer los fines que fundamentan la tramitación de la iniciativa en debate, sin perjuicio de las sugerencias o ajustes que a la Sala le parezca conveniente plantear al respecto.
Es todo cuanto puedo informar.
Pido abrir la votación.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Ello ya se había solicitado.
Si no hay objeciones, así se hará, con diez minutos para cada inscrito por tratarse de una votación en general.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Puede intervenir el Honorable señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, el informe del Senador señor Araya, Presidente de la Comisión de Constitución, permite ahorrar parte de la explicación en el Hemiciclo, porque creo que ha hecho una exposición lúcida y muy completa.
Quisiera entrar derechamente al punto de discrepancia en el órgano técnico.
Parto por consignar que la tipificación de los delitos de tortura, de apremios ilegítimos y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes y de vejaciones injustas obliga a la legislación y es bueno que se lleve a cabo. Es evidente que Chile tiene que actualizar su ordenamiento en relación con este tipo de ilícitos, muy cobardes, además, porque la víctima habitualmente se halla en total y absoluta indefensión. Y, por otra parte, las convenciones sobre la materia que ha suscrito, en particular contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, hacen necesaria una adecuación.
En cuanto a la cuestión de fondo, mantenemos una diferencia que se expresará en la discusión particular, y le pido a la Sala reflexionar al respecto.
Hay quienes sostienen que el delito de tortura -para graficarlo en este caso, porque da exactamente lo mismo respecto de apremios ilegítimos- solo puede ser cometido por agentes del Estado, o bien, por particulares, cuando actúan en funciones públicas o instigan a funcionarios públicos para llevarlo a cabo.
Deseo señalar que la limitación del ilícito a estos últimos es un profundo y grave error, sin sustento en la legislación, e importa una discriminación arbitraria cuando el autor es un particular.
Voy a ponerme exactamente en el caso de Daniel Zamudio. Y daré los fundamentos de por qué sostengo que este es un delito que se puede cometer perfectamente bien por particulares en contra de otros o también por agentes del Estado. Porque podemos debatir sobre lo que cada uno de nosotros creemos; lo que no podemos hacer es discutir sobre lo que dicen los tratados.
La Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes dispone, en su artículo 1, luego de describir en qué consiste la tortura -ello se señala minuciosamente en el artículo 150 A de nuestro proyecto, para que los señores Senadores lo lean-, que "El presente artículo se entenderá sin perjuicio de cualquier instrumento internacional o legislación nacional que contenga o pueda contener disposiciones de mayor alcance.".
Por lo tanto, si bien se expresa que la comisión se relaciona con agentes del Estado, se deja abierta absolutamente la posibilidad de que los países adopten normas que amplíen a particulares la autoría de estos delitos, y no se obliga, como se ha intentado establecer aquí, de acuerdo con una especie de dogma de fe, a que ello diga relación solo con los primeros.
Mas no se trata únicamente de eso, sino que, adicionalmente, se hace una recomendación: "Al mismo tiempo, el Comité considera que definiciones nacionales de la tortura más amplias también favorecen el objeto y el propósito de la Convención a condición de que contengan, como mínimo, los principios de la Convención, y se apliquen a la luz de estos.". O sea, se plantea la ampliación del concepto y no solo que se refiera a funcionarios públicos.
Se trata tanto del Comité contra la Tortura, entonces, como de la Convención.
Adicionalmente, en el artículo 7° de la ley N° 20.357, que tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra, señalamos que la tortura es un delito de la primera especie, ejercido ya sea por agentes del Estado o por particulares.
En consecuencia, lo que he querido sentar en la doctrina -y es lo que hemos sostenido con mi Honorable colega Larraín y vamos a insistir en indicaciones-, es que la tortura no solo se tiene que cometer en contra de...

El señor PROKURICA.- ¡Por...!

La señora PÉREZ (doña Lily).- No.

El señor ESPINA.- Perdón. No solo se puede cometer por agentes del Estado, sino también por particulares.
Quiero dar un ejemplo. Con el criterio que está aprobando la Comisión, cabe consignar que Daniel Zamudio no fue víctima de tortura. ¡Y lo quemaron, degradaron e hicieron objeto de las conductas más atroces, descritas en la definición de tortura y que la Convención permite ampliar!
Aquí se argumenta: "El instrumento internacional hace referencia a que los derechos humanos se violan solo por agentes del Estado". Acabo de leer dicho texto y la opinión del Comité contra la Tortura, nada más y nada menos, entidad que expresa: "Esa teoría no es real".
¡El mundo moderno se abre a otros conceptos! Puede haber grupos de particulares que cometan actos como estos.
Y quiero consignar lo siguiente. Fíjense Sus Señorías en nuestro concepto, que recoge, en el fondo, la Convención:
"Se entenderá por tortura todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos, con el fin de obtener de ella o de un tercero información, declaración o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se le impute haber cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona, o en razón de una discriminación" -lo subrayo- "fundada en motivos tales como la ideología, la opinión política, la religión o creencias de la víctima; la nación, la raza, la etnia o el grupo social al que pertenezca; el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, la edad, la filiación, la apariencia personal, el estado de salud o la situación de discapacidad.".
Entonces, pongo el caso de Daniel Zamudio, ¡quien fue brutalmente torturado!
En Chile hemos visto grupos de neonazis que atentan contra personas de origen judío o de homosexuales, como también actos de tortura, los que no son delitos comunes. Un sector violentista podría perfectamente cometerlos el día de mañana contra particulares con el propósito de arrancarles ciertas decisiones. Y resulta que no queremos asumir lo que es ese ilícito en el siglo XXI y deseamos limitarlo solo a agentes del Estado.
Sin perjuicio de la actividad de narcotraficantes, extremistas, violentistas, perseguidores de razas, ¿Sus Señorías me dirán que quienes maltratan o golpean a alguien en razón de su condición sexual incurren en un delito común, no en tortura, en circunstancias de que la Convención -lo repito por tercera vez- les dice a los países: "¡Ojo! ¡Ábranse y legislen sobre la materia!"?
Acabo de leer lo que expresa dicho tratado. Y como veo que algunos Senadores van a replicarme, lo reiteraré: "El presente artículo se entenderá sin perjuicio de cualquier instrumento internacional o legislación nacional que contenga o pueda contener disposiciones de mayor alcance.". ¡De mayor alcance! Toda la jurisprudencia internacional tiende hoy día a un concepto más amplio.
En un momento termino, señor Presidente.
Nosotros apuntamos -y vamos a presentar las indicaciones respectivas- a que el Senado y el país tomen una definición.
¡Cómo me van a aseverar que un acto de barbarie en contra de una persona -y pongo otra vez el ejemplo de Daniel Zamudio- constituye un delito común! A ver, ¿qué sería? ¿Lesiones graves gravísimas? ¿Lesiones menos graves? ¿Homicidio frustrado? ¡Por favor! La descripción del tipo, para cualquier penalista que actúe con minuciosidad, conduce a concluir que es un acto de tortura. Y si fuera de una entidad menor, entonces nos hallaríamos frente a apremios ilegítimos y otros tratos crueles e inhumanos.
Al menos los miembros de la Comisión que creemos que la idea de legislar es buena y que el proyecto está bien nos pronunciaremos a favor, por lo que insto a los parlamentarios de nuestras bancadas a proceder de la misma manera. Pero hay una diferencia de fondo. Para algunos de nosotros, la tortura puede ser cometida por un particular, y no hay ninguna excusa para dejarlo exento de un delito de esta naturaleza. Y, aún más, se produce...
¿Me da treinta segundos más, señor Presidente?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- No más que eso, Su Señoría. Hay una larga cantidad de inscritos.

El señor ESPINA.- Muchas gracias. No necesito más.
Resulta contradictorio que, conforme a lo que determinamos acerca de los delitos más graves en la ley N° 20.357, a la cual acabo de invocar, ahí sí que los particulares puedan cometer tortura cuando se trate de crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes y delitos de guerra, en tanto que los agentes del Estado solo incurran en ello cuando no nos hallemos en esa situación.
¡Esta es una definición de fondo en la protección de los derechos humanos en una sociedad moderna y democrática! Por esta razón, vamos a aprobar el proyecto.
Habiendo participado en todo el debate, con mi Honorable colega Larraín mantuvimos una profunda diferencia con el resto de los miembros de la Comisión respecto del enfoque recién expuesto. Fuimos minoría. Prepararemos las indicaciones respectivas y esperamos sostener la discusión del caso durante el estudio en particular.
Cabe agregar que la cuestión implica dejar fuera a los que capturen el día de mañana a un policía, por ejemplo -no se trata solo del caso que ya puse-, y lo martiricen brutalmente en venganza por perseguir a una banda de narcotraficantes. ¡Esta persona no recibiría tortura, a pesar de que la Convención dice que es preciso abrir...!

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Terminó su tiempo, Su Señoría.
Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.- Señor Presidente, los medios de comunicación recogían hace pocos días la inquietud de que Chile estaba en la lista de países que no han cumplido con la implementación de un protocolo facultativo contra la tortura, y así lo había representado la ONU. Tanto es así que esa entidad le fijó un plazo de seis meses al Gobierno para elaborar las respuestas oficiales a los cuestionamientos realizados. El plazo vence el 26 de diciembre próximo.
Sin entrar en debate sobre los tiempos considerados en la tramitación de la iniciativa, deseo resaltar su contenido, que modifica la tipificación del delito de tortura y eleva su penalidad, como también establece expresamente su imprescriptibilidad, con miras a adecuar la normativa nacional a las exigencias internacionales en lo relativo a las principales obligaciones sobre la regulación del ilícito asumidas por el Estado.
En este contexto, el propio Instituto de Derechos Humanos ha destacado en sus informes que, con la ley en proyecto, junto a la tipificación del delito y las nuevas disposiciones que refuerzan su tratamiento, donde destacan la prohibición de la amnistía y la prescripción como formas de extinción de la responsabilidad penal respecto de estos ilícitos y el aumento de la penalidad que se les asocia, se da cumplimiento a los tratados suscritos por Chile.
Sin duda alguna, la casi unanimidad registrada en la tramitación de la iniciativa se da considerando la exposición de los antecedentes aportados por profesionales, expertos e instituciones que participaron de la discusión, sumados a los estándares internacionales en derechos humanos, derecho penal internacional y derecho internacional humanitario.
No puedo sino hacer propia la fundamentación del articulado, en cuanto a que la tortura constituye una violación a los derechos humanos y uno de los más viles crímenes que puede sufrir una persona, razón por la cual el derecho internacional determina la prohibición absoluta de su práctica, constituyendo la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes su principal fuente normativa, lo que ha quedado establecido en la historia del texto que hoy votamos.
El proyecto recoge la circunstancia de que el Estado suscribió dicho instrumento, vigente desde el 26 de noviembre de 1988. Sin embargo, y pese a las modificaciones introducidas por la ley N° 19.567, de 1998, nuestra legislación penal es insuficiente para dar cumplimiento a los mandatos y obligaciones contenidos en el tratado.
Una de las obligaciones fundamentales es la de investigar todo acto de esta naturaleza. El derecho internacional obliga a hacerlo con prontitud e imparcialidad en el caso de cualquiera que sea notificado. Así, es un deber asegurar que las autoridades competentes procederán a la indagación siempre que haya motivos razonables para creer que se ha cometido, sobre la base del artículo 12 de la Convención contra la tortura; de los principios 33 y 34 del conjunto de principios sobre la detención, y del artículo 9 de la Declaración sobre la protección contra la tortura.
Resulta indiscutible la coincidencia en que la iniciativa constituye un importante avance, y, en esta línea, respaldamos la idea de legislar, con el fin de que Chile quede a la altura de lo que la comunidad internacional y nuestra propia sociedad demandan para resguardar el cuidado de los derechos humanos, en este caso en lo relativo al delito de tortura en particular.
Voy a votar a favor de la idea de legislar.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra a continuación el Senador señor Prokurica.

El señor PROKURICA.- Señor Presidente, este es un proyecto extraordinariamente importante para un país como el nuestro y, especialmente, para ponerse al día con los tratados internacionales que hemos firmado.
La conciencia de lo que hoy se conoce universalmente por derechos humanos es propia de los tiempos modernos, es decir, es una idea que surge y se consolida a partir del siglo XVIII, fundamentalmente, tras las revoluciones americana y francesa. Solo a contar de ahí se puede hablar con propiedad de la existencia de derechos humanos.
En este sentido, hay dos ideas primordiales intrínsecas al fenómeno de los derechos humanos. La primera es la dignidad inherente a la persona; o sea, tales derechos pretenden la defensa de esa dignidad. Y la segunda hace referencia al establecimiento de límites al poder, siendo los derechos humanos uno de los límites tradicionales al poder omnímodo de los Estados.
El fin de la Segunda Guerra Mundial, en 1945, dejó al descubierto los horrores ocurridos en los campos de concentración y del genocidio judío por parte de los nazis, donde los derechos humanos se convirtieron en uno de los objetivos básicos de la recién creada Organización de las Naciones Unidas.
La Carta de ONU, que es el pilar básico sobre el cual se basan todas las demás declaraciones, se hizo eco de este interés por los derechos humanos, proclamando su -comillas- "fe en los derechos fundamentales". Y en 1966 comienza la internacionalización de ellos con la aprobación de los pactos internacionales de derechos humanos.
La presente iniciativa legal tiene por objeto tipificar el delito de tortura en el derecho interno, con la finalidad de que nuestro país pueda dar cumplimiento a los compromisos contraídos en virtud de los tratados internacionales que se encuentran vigentes en esta materia y alcanzar los estándares exigidos por dichos instrumentos.
El proyecto se extiende, además, a otras figuras penales que también vulneran gravemente la dignidad de las personas, como son los apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos y degradantes y las vejaciones injustas. Así lo plantea igualmente la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Señor Presidente, concuerdo en la necesidad de que nuestra legislación cumpla con los estándares internacionales, pero me cuesta votar a favor de una iniciativa en la cual un sector del país, que lamentablemente hoy día tiene la mayoría, ha establecido que solo pueden cometer este tipo de delitos los agentes del Estado.
Ello no es posible entenderlo desde el punto de vista de la lógica.
Lamentablemente, ese mismo sector votó en contra de un proyecto de mi autoría, que ampliaba la competencia del Instituto Nacional de Derechos Humanos, entidad que también ha sostenido por mucho tiempo la tesis de que los derechos humanos únicamente pueden ser violados por agentes del Estado y que la competencia del Instituto es nada más que para las violaciones cometidas por ellos.
No voy a repetir los ejemplos que dio el Senador Espina, que me parecen muy potentes, como el de Daniel Zamudio, pero quisiera mencionar otro. Si un terrorista que no es agente del Estado toma a otra persona o bien a un agente del Estado y le practica actos constitutivos de violaciones a los derechos humanos o que constituyen tortura, ¿no comete este delito? Si aprobamos la normativa tal como la mayoría de la Izquierda gobernante quiere, por supuesto que no. Y vamos a estar diciendo: "Señores terroristas, civiles o privados, ustedes pueden practicar la tortura y no van a tener la sanción que corresponde", como en el caso que estoy señalando.
¿Y por qué se procede de esa forma? La verdad es que yo no lo logro entender sino por un interés político que obedece a una realidad de cierta época que vivió el país donde solo se sancionaba a personas que pertenecieron a un régimen militar.
¡Eso es, en la práctica! ¡No hay otra razón para sostener esa tesis!
Como planteó el Senador Espina, no es posible comprender que si una persona, que incluso puede ser un agente del Estado, es tomada por un grupo terrorista o un grupo de civiles y es sometida a tortura, en las distintas fórmulas que esta puede asumir, no signifique que se configure este delito.
Francamente, no es posible entenderlo. Y por eso, señor Presidente, me cuesta apoyar un proyecto que, en la práctica, por una posición sesgada, termina dirigido a un solo sector.
Quiero finalizar mi intervención con un pensamiento de mi proyecto de ley, que ampliaba las facultades y la competencia del Instituto Nacional de Derechos Humanos y que, curiosamente, contaba con el apoyo de la ex Directora de dicho organismo. Cuando un carabinero era agredido, quemado, matado, yo le preguntaba: "¿Por qué usted, señora Directora, y el Instituto no dicen nada de esto en sus informes? ¿Por qué no presentan querella? ¿Por qué en la información que hacen llegar al Senado o al Gobierno no consignan nada de aquello?". Y ella me respondía: "Bueno, yo no hago las leyes, señor Senador. Si usted presenta un proyecto de ley para ampliar la competencia del Instituto, por supuesto que me voy a preocupar".
Pues bien, presenté una moción, que fue aprobada por unanimidad en la Comisión del ramo -lo cual agradezco a su Presidente, el Senador Navarro, y a sus demás integrantes-, pero llegó aquí, a la Sala, e inmediatamente empezó el direccionamiento de los derechos humanos.
En la práctica, señor Presidente, hay ciertos sectores que creen que los derechos humanos son solamente para ellos y no para todas las personas, para todos quienes sufren tratos inhumanos o degradantes. Lamento que así sea, porque los carabineros, los agentes del Estado, los privados, también tienen familia y, a mi juicio, también derechos humanos, por lo que me parece absurdo dejar fuera una competencia que es aún mayor y, en mi opinión, más perfecta para defender los derechos de todos los ciudadanos, no solo de acuerdo a los tratados que hemos firmado a nivel internacional, sino, además, por obedecer un poco a la lógica que ha ido teniendo este principio, que es fundamental.
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- La Mesa saluda a la Ministra Javiera Blanco, quien nos acompaña en esta discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, hemos escuchado a la que algunos calificarían "ultraderecha de Atacama", a la que le gusta usar el calificativo de "los otros".
Yo quiero llevar el debate a un plano más serio.
El colega que me antecedió en el uso de la palabra, al igual que el Senador Espina, trata de dejar como elemento irrelevante quién es el sujeto activo del delito.
Ahora, previo a entrar directamente en la materia, debo manifestar que es muy importante que nuestro país se ponga al día en sus compromisos internacionales y que podamos tipificar en el Código Penal el delito de tortura, que nuestra sociedad, por desgracia, conoció en forma masiva durante la dictadura; que, también por desgracia, aún existe hoy masivamente en otros países, y que la comunidad internacional reprueba y condena, procurando que todas las naciones contraigan el compromiso de erradicarlo como práctica de agentes que cumplen un rol especial.
Señor Presidente, cuando aquí se tipifica la tortura, no se está tipificando únicamente el hecho de que a una persona le pongan corriente, o que se le cause dolor o reciba tratos crueles o inhumanos, o que la priven de libertad y le apliquen una degradación brutal en su humanidad; lo que aquí está en juego -y es el debate al que nos ha querido llevar el Senador Espina- no es solo que se inflijan dolores o sufrimiento grave de manera intencional, con un propósito concreto, coactivo, sancionador o discriminatorio, sino también -y este es el punto donde tenemos la diferencia- que en los hechos intervenga o al menos preste su visto bueno un funcionario del Estado.
En el delito de tortura, el sujeto activo, como se señala en el ámbito internacional, tanto en el sistema interamericano como en el de las Naciones Unidas, es un funcionario público o un particular que actúa en el ejercicio de funciones públicas, con el consentimiento o instigado por un funcionario.
¿Por qué es así, señor Presidente? Porque se trata de un delito especial. Así como en nuestra legislación existe el homicidio, hay otros delitos especiales, como el femicidio, que se dan en un contexto particular donde el sujeto activo presenta ciertas características.
El Senador Espina, que planteó la extensión del concepto, como una figura ampliada de la Convención, lo ha llevado por un camino a mi juicio equivocado.
En el delito de tortura, es fundamental determinar quién es el sujeto activo. ¿Por qué? Por algo que es de la esencia en la doctrina de los derechos humanos, que a algunos les molesta. Pero, aunque les moleste, es bueno que al menos se pueda compartir la diferencia conceptual.
El sujeto activo tiene la responsabilidad de proteger un bien jurídico superior, que es el bien común. En tanto funcionario público, cumple un rol en la sociedad; la sociedad le ha conferido responsabilidades.
Aquí lo relevante no es solo que se lesione la dignidad de la persona afectada por la tortura, sino que se cometa una lesión, un daño al colectivo, que vaya más allá de la persona que sufre el dolor; es la sociedad la violentada, porque es un funcionario público, a quien la sociedad toda le ha atribuido cierta función, el que comete el delito.
No es lo mismo que un policía, un gendarme, un funcionario de inteligencia golpee a una persona, le aplique electricidad, la viole -y que esto sea considerado un delito común y no un delito especial-, a que alguien golpee con un fierro a una persona o la viole.
Se trata de un crimen horrible en ambos casos. Nadie está minimizando la gravedad de los hechos. En nuestro lenguaje común, claro, se habla de que tal persona "torturó" a otra. Se usa en un léxico más genérico, pero, en la terminología del Código Penal y del derecho internacional de la tortura, un elemento constitutivo de este tipo penal es el sujeto activo. Y el querer borrar eso, señor Presidente, es lo que a mí más me sorprende.
No es lo mismo que un policía aplique electricidad en un recinto público, del Estado, en un calabozo, en una cárcel, en un centro de detención, a que ello lo haga una persona que secuestró a otra para obtener dinero en forma ilegal. Más allá del dolor causado, más allá de otras tipicidades de este tipo penal, lo esencial y determinante es el sujeto activo. Y es por eso que la comunidad internacional ha reaccionado y pide que se tipifique este delito.
Cuando el Senador Espina tuerce, a mi juicio -no digo que su intención sea maliciosa-, el concepto y pide ampliar la figura, no lo está planteando en el sentido de eliminar el sujeto activo o de que pueda haber diferentes sujetos activos. No es ese el llamado que se hace. Por cierto, se puede considerar otro tipo de situaciones, pero no respecto del sujeto activo.
Son los mismos casos que el Senador que me antecedió en el uso de la palabra ha traído a la Sala en varias ocasiones con relación a lo que se considera delitos de lesa humanidad -este es un delito de lesa humanidad-, en donde quiere obviar el tema del sujeto activo.
Esto no tiene que ver con lo que vivimos en la dictadura, como él cree; no tiene que ver con que uno esté pegado a las atrocidades que vivieron miles de chilenos en nuestro país en los años setenta y ochenta; tiene que ver con una mirada de lo que es la responsabilidad de los funcionarios públicos, a quienes se les entrega una responsabilidad sobre el bien común, de actuar en beneficio de todos. Se los empodera y, por tanto, cuando ellos violentan tal compromiso, causan daño no solo a las víctimas de la tortura, sino también al colectivo que él o ella debe proteger.
Señor Presidente, creo que este es un proyecto tremendamente importante y un paso que estaba pendiente desde hacía mucho tiempo.
Solo quiero recordar, para la historia de la ley, que este debate lo iniciamos, diría yo, en los años noventa, cuando solo logramos avanzar en definir la tortura como apremio ilegítimo, y en forma bastante genérica. Es lo que pudimos hacer en ese momento de nuestra historia, muy al inicio de la transición, donde no hubo voluntad de avanzar más.
Creo que este es -repito- un paso muy importante, siguiendo lo que muchos países de nuestra región hicieron hace ya muchos años. Estamos en deuda, pero nos estamos poniendo al día, tal como ya lo hicieron Argentina, Perú, Bolivia, Paraguay, Venezuela, México, El Salvador, Guatemala, Honduras, Canadá, Estados Unidos, Portugal, España, Alemania y el Reino Unido, naciones que han acogido una definición de tortura donde el sujeto activo es un elemento fundamental.
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Está muy claro, señor Senador.
Le ofrezco la palabra a continuación al Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, pienso que el debate ha sido muy ilustrativo en dos aspectos. Uno, el acuerdo y consenso, yo diría unánime, de todos los Senadores que han intervenido, respecto de la necesidad de esta legislación; de lo bien estructurado que está el tipo de tortura y otros que se están incorporando, como los tratos crueles y degradantes, o los apremios ilegítimos, en la forma que se señala, y en general, de la penalidad que ahí se establece.
Donde se produce una diferencia no es en cuanto a lo que se dice, sino en cuanto a algo que, a juicio de muchos, también debería estar, esto es, si acaso la tortura solo es aquella que cometen agentes del Estado o particulares en conexión con ellos, o si también la pueden cometer particulares.
Por lo tanto, no estoy de acuerdo con la afirmación recién realizada por el Senador Letelier en el sentido de que plantear esto último significaría, aparentemente, no estar de acuerdo con los derechos humanos según la doctrina actual. Muy por el contrario. A mí, entre otros, este es un tema que me interesa desde mis estudios universitarios -alguna especialización hice en la materia cuando efectué el posgrado- y siempre he estado atento a seguir impulsando, en cualquier forma, los derechos humanos en nuestro país. No necesito hacer historia sobre esto.
Sin embargo, existe un tema de fondo involucrado en la discusión. Si uno se pregunta qué es la tortura para el sentido común, verá que ella, de algún modo, refleja dolores duros, fuertes, extraordinarios, causados por alguien, incluso a veces con métodos sofisticados, para lograr una confesión o alguna información que sirva a determinada finalidad.
De acuerdo al sentido común, el concepto de tortura no está asociado, necesariamente, a que ella sea perpetrada por alguna autoridad, por algún funcionario público. Es más, ¿cómo define la Real Academia la tortura, en su primera acepción, desde luego? La define como "Grave dolor físico o psicológico infligido a alguien, con métodos y utensilios diversos, con el fin de obtener de él una confesión, o como medio de castigo".
En el sentido natural y obvio que tienen las palabras, el concepto de tortura no se halla circunscrito a que ella sea cometida por una autoridad del Estado.Y es por eso que muchos aquí han argumentado en el sentido de que cuando se habla de tortura no solo se alude a la que puedan cometer los agentes del Estado, sino a que también puede haber personas, como grupos terroristas, violentistas, narcotraficantes y otros, que por distintas razones causen estos dolores físicos extraordinarios para castigar a alguien u obtener alguna información.
El Senador Espina preguntaba si en el "caso Zamudio" había tortura. ¡Por cierto que puede haberla! ¿Es posible imaginar otros actos perpetrados por particulares que logren esa misma finalidad o correspondan a esa misma tipificación de conducta? ¡Por supuesto que sí! Y creo que para eso no hay que ser muy imaginativo; ni siquiera es preciso dar ejemplos. Los agentes de policía pueden ser objeto de tortura por cualquier particular, con propósitos diversos: un grupo que pretenda desarrollar acciones violentistas; grupos anarcos, como los hay en nuestro país, que necesiten información para proceder.
Sin embargo, el problema radica en que la legislación en proyecto no contempla ese caso. ¡Ese es el problema!
Y ello se debe a una tendencia que bien han reflejado algunos colegas en el sentido de que nuestra legislación no está al día (tienen razón, y por eso esta iniciativa viene a ayudar), como tampoco la normativa sobre delitos de lesa humanidad, genocidio y otros crímenes de guerra. Acabamos de agregar hace pocas semanas el delito de agresión, al aprobar en general el proyecto pertinente. Les recuerdo que años atrás se promulgó una ley especial, la Nº 20.357, que nos permitió actualizar nuestra legislación y, al mismo tiempo, incorporarnos el Estatuto de Roma.
No obstante, en nuestro Código Penal la tipificación es absolutamente insuficiente. Y esta iniciativa considera avances importantes en la materia. Por lo tanto, nos parece bien, y por eso vamos a aprobarla.
En cuanto a la propia tipificación -la recordaba el Senador Espina; no la leeré-, en el inciso tercero del artículo 150 A se define bien qué es la tortura.
Se han agregado algunos elementos que fueron bastante discutidos incluso por los profesores que nos asesoraron. Por ejemplo, si era necesario añadir lo relativo a dolores o sufrimientos sexuales, pues se suponía que los dolores físicos o psíquicos los incluían. Pero es bueno incorporarlos si eso ayuda a precisar el tipo. Además, se entrega una señal desde el punto de vista didáctico o pedagógico, labor que la ley también debe cumplir, y está bien que así sea.
Asimismo, se añadieron los casos de discriminación -pueden ser motivos que induzcan a la conducta- de manera muy pormenorizada, de manera de ser lo más exhaustivo posible en la descripción del tipo penal.
Lo que objetamos es que se contemple que la tortura la ejercen solo los agentes públicos o los particulares cuando actúan con la aquiescencia de una persona que ejerce funciones públicas. Si no es así, si no existe conexión con una autoridad, no sería tortura.
Señor Presidente, no es correcta esa definición.
Se recordaba que las Convenciones contra la tortura también son distintas en cuanto a la precisión del concepto.
La Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura es muy rígida y estricta.
Sin embargo, la Convención contra la Tortura, que es genérica, abarca la participación no solo de un funcionario público, sino también de quien está actuando en el ejercicio de funciones públicas, lo que no es una distinción menor. Por tanto, puede extenderse el concepto, como lo hace esta Convención.
Aquí se mencionaba el caso de Argentina como un país que ha tipificado la tortura. Es efectivo. Pero resulta interesante ver que en el artículo 144 ter de su Código Penal, inciso tercero (en los incisos precedentes se describe el tipo y quién lo puede cometer), se dispone: "Igual pena se impondrá a particulares que ejecutaren los hechos descritos.". Se refiere a los particulares, pero no cuando estos actúan en concomitancia o con la aquiescencia de una autoridad. Es decir, los particulares que cometen los mismos tipos que los agentes públicos a los que nos hemos referido también pueden ser sujetos activos del delito de tortura.
Adicionalmente, señor Presidente, el propio informe de la Biblioteca del Congreso nos ayuda a entender este caso, recordándonos el artículo 1 de la Convención contra la Tortura, que expresamente sostiene que la definición de tortura "se entenderá sin perjuicio de cualquier instrumento internacional o legislación nacional que contenga o pueda contener disposiciones de mayor alcance". Vale decir, el concepto de tortura circunscrito a los agentes públicos es el concepto mínimo. Esto no significa que no se pueda extender. Y lo que nosotros estamos pidiendo es que se extienda, no que se restrinja...

El señor PROKURICA.- Así es.

El señor LARRAÍN.- No estamos diciendo que no se entienda que la tortura es la que comete el agente público, sino que ella también puede ser realizada por un particular. Es posible que existan distintas sanciones en un caso y en otro, pero es evidente que un particular también puede incurrir en esta conducta. Las Convenciones señalan fundamentalmente el mínimo y no el máximo.
Por último, señor Presidente, hay una situación que debemos resolver.
El Ejecutivo, al final, propone establecer la tortura como un delito especial propio, sin una figura residual que pueda ser realizada en forma autónoma por agentes no calificados, o sea, no se plantea un castigo específico para los particulares que cometan estas mismas conductas, los que quedan remitidos a los delitos comunes que puedan reflejarla, léase lesiones graves, homicidio, secuestro, según el tipo de conducta a que se refiera. Sin embargo, nosotros pensamos que es necesario constituir el delito de tortura como un delito común, no como una figura residual. Alguien podría decir...

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene treinta segundos adicionales, para que pueda terminar, señor Senador.

El señor LARRAÍN.- ¡Apuro la máquina!
Decía que alguien podría decir que eso dejaría con la misma sanción a los funcionarios públicos. Es posible buscar un delito residual común, que el delito de tortura sea también un delito común. Pero, en el caso del funcionario público, debe haber un agravamiento de la pena, con lo cual se consigue la sanción que se quiere, porque obviamente cuando la tortura la comete un agente público es más grave, por la investidura, por la responsabilidad que tiene: se le confió el cuidado de la ciudadanía y no cumple, sino que tortura. Entonces, es pertinente que se le apliquen las mayores sanciones. Sin embargo, no tenemos que dejar de castigar a los particulares cuando esto corresponda.
En consecuencia, señor Presidente, voto a favor, pues creo que es una buena iniciativa. Pero con ocasión del segundo informe deberemos incorporar a los particulares. Dejarlos afuera es simplemente darles un beneficio a personas que pueden incurrir en las mismas conductas y por no ser agentes públicos no recibir la misma sanción.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, obviamente, estoy a favor de legislar en esta iniciativa, porque nuestro país todavía tiene algunos asuntos pendientes en materia de derechos humanos, entre ellos, la modificación al Código Penal con respecto a la tortura.
No obstante, también existe otro aspecto pendiente -aprovecho la presencia de la señora Ministra de Justicia en la Sala-: el proyecto de ley sobre incitación al odio. Hay un compromiso del actual Gobierno en tal sentido. Fue parte del Programa Presidencial de Michelle Bachelet cuando era candidata; está por escrito. Se trata de una iniciativa que pasó todas las etapas correspondientes en la Comisión de Derechos Humanos del Senado; fue aprobada en general, y quedó detenida en la Comisión de Constitución. Entonces, si realmente queremos estar al día en materia de derechos humanos, no podemos dejar de lado el proyecto de ley sobre incitación al odio.
¿Por qué cito esa iniciativa? Porque en ella se contempla que los funcionarios públicos o agentes del Estado que incurran en incitación al odio recibirán penas agravadas con respecto a los particulares. Y creo que esa es la fórmula que nosotros debiésemos emplear en el proyecto que nos ocupa ahora.
Efectivamente, los paradigmas en materia de derechos humanos en las décadas de los cuarenta y los cincuenta en Europa decían relación con que solo agentes del Estado podían violar los derechos humanos. Pero con el aumento del terrorismo, especialmente en la última década, ha quedado demostrado que no solamente los agentes del Estado o un Estado en específico, sino también muchos particulares vulneran los derechos humanos a través de grupos terroristas.
Por lo tanto, los paradigmas han cambiado.
Esto lo he conversado con el nuevo Secretario General de la OEA y con el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
En consecuencia, en Chile no podemos ir ajustando nuestra legislación solo a los paradigmas antiguos, sino que tenemos que adelantarnos a los tiempos.
Obviamente, un particular que vulnera a una persona a través de la tortura, de la forma en que sea y por las razones que fueren -nunca hay justificación-, cometerá una violación de derechos humanos, al igual que un particular que incita al odio, al igual que un agente de Estado que la aplica. La diferencia radica, del mismo modo en que lo estamos estableciendo en la iniciativa de ley sobre incitación al odio, en que cuando la acción la comete un agente del Estado o un funcionario público existe un agravante. Así lo hemos determinado en ese proyecto.
Y en la presente iniciativa debiésemos hacer exactamente lo mismo. Es decir, incorporar una sanción de carácter penal dura y rigurosa para cualquier persona que torture -sea agente del Estado, funcionario público o particular-, con el agravante de que cuando sea funcionario público o del Estado la pena sea aún más drástica, porque obviamente este tiene un rango de superioridad o una posición colectiva frente a la víctima.
Señor Presidente, me parece muy importante reiterar lo anterior, pues nosotros estamos al debe en estas materias como nación. Y tenemos que ponernos al día, pero como un todo, no solamente picoteando en algunas partes.
Por tanto, voto a favor de la idea de legislar. Sin embargo, pido a los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento -está en la Sala su Presidente- que se considere este punto, porque yo de verdad estoy convencida de que esto tenemos que abordarlo desde una visión mucho más global y no solamente desde una parte.
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, me parece que en las intervenciones de distintos señores Senadores ha quedado claro cuál fue el punto de discordancia principal en la Comisión de Constitución.
Y en esto quiero defender la posición que sostuve en esa instancia y la votación en el sentido de que los delitos de tortura que estamos tipificando solamente pueden ser cometidos por funcionarios públicos.
Encuentro muy legítima la postura que con gran vehemencia defendieron en dicho órgano técnico los Senadores Alberto Espina y Hernán Larraín. Sin embargo, en la discusión mencioné que hay que tener presente que el poder punitivo del Estado y el Código Penal se estructuran sobre la base de la tutela de ciertos bienes jurídicos y que, a partir de eso, se van construyendo tipos penales dependiendo de cuál es el bien jurídico que se tutela.
Así, en el caso de un asesinato, si una persona mata a otra con la cual no guarda ninguna relación de parentesco comete el delito de homicidio. Pero si además se le agrega una situación adicional, como es el grado de parentesco, comete el de parricidio.
¿Por qué digo esto? Porque en el tipo penal de la tortura los bienes jurídicos tutelados con la sanción penal son dos: en primer lugar, la integridad física, moral y sexual de la persona, según la nueva tipificación que estamos haciendo; pero de la mano con eso también se protege otro bien jurídico: la correcta administración de justicia y el buen funcionamiento del Estado.
¿Por qué razón? Porque la doctrina y la jurisprudencia han entendido que la tortura solo puede ser cometida por funcionarios públicos, pues en estos recae el mayor deber de cautela o el mayor deber de resguardo respecto de los particulares. Cuando se administra justicia, son ellos los llamados a que esta se aplique correctamente.
Al revisar libros de diversos autores que han escrito sobre la tortura, vemos que discurren en torno a que, en este caso, los funcionarios policiales o de Gendarmería tienen mayor deber de cuidado respecto a la persona que se encuentra bajo su responsabilidad, sea porque está siendo objeto de una investigación judicial o porque ha sido detenida injustamente.
Ese funcionario público debe resguardar no solo la integridad moral, la integridad física de la persona, sino además que se ejecute correctamente una buena administración de justicia y no en forma contraria a Derecho.
El Senador Espina se refirió profusamente al caso de Daniel Zamudio, que evidentemente nos conmocionó a todos, al país, pues vimos como ese joven fue objeto de abusos por parte de un grupo de ciudadanos, quienes lo llevaron a una situación límite que le causó la muerte.
¿Cuál es la diferencia entre el caso Zamudio y lo que se está tipificando en la tortura?
Las personas que ejecutaron el crimen de Daniel Zamudio cometieron los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y una serie de tipos penales más. Pero esos sujetos en ningún caso tenían el deber de una correcta administración de justicia. Ahí radica la diferencia con la tortura. Por esa razón, a ellos no se les podrían aplicar las normas vigentes en ese minuto, como apremio ilegítimo o tortura, porque -repito- los sujetos que cometieron ese brutal crimen no tenían la obligación de mantener la buena administración de justicia.
Esa es la diferencia fundamental, pues en el caso de la tortura lo que se cautela son dos bienes jurídicos, y los particulares obviamente no tienen la obligación de llevar adelante la correcta administración de justicia.
Los particulares solo podrán ser sujeto activo en el delito de tortura si la cometieran con la aquiescencia o con la concurrencia de un funcionario público. Es decir, si el funcionario público le pidiera a ese sujeto que realizara el acto de tortura.
En ese caso, por un tema de comunicabilidad de vínculo, se establece que el particular puede ser sancionado. En los otros no, porque -vuelvo a insistir- los particulares no pueden tutelar el bien jurídico de la correcta administración de justicia. Y, en razón de eso, se excluyó por mayoría de votos en la Comisión de Constitución y se dispuso que la tortura solamente la puedan cometer, como sujeto activo, los funcionarios públicos.
Creo que ese fue el gran debate que se dio en la Comisión, porque el resto del proyecto se estructuró en la forma -como lo señalé en el informe- de establecer la tortura en primer lugar, como delito principal y el más grave; después, los apremios ilegítimos; y, finalmente, las vejaciones injustas como distintos subgrupos o subcategorías de tortura, disponiendo que ciertas actuaciones de los funcionarios públicos no necesariamente constituirán tortura, pero sí vejaciones injustas o tratos crueles, inhumanos y degradantes.
Eso tendrá que ser construido a partir de la definición que se hizo de la tortura, en que nosotros nos encargamos de señalar o precisar algunas consideraciones acerca de cuándo se entiende que existe tortura por parte del funcionario público. Por ejemplo, señalamos los casos en que se hace por discriminación o por persecución de ideas políticas, entre otras cosas.
Señor Presidente, en honor al tiempo, quiero señalar que la Comisión tuvo la precaución de agregar un artículo transitorio, en el cual se señala que esa disposición estará en vigencia -así puede ser en materias penales- a partir de la publicación de la ley.
Y tuvimos la precaución de dejar lo que algunos denominamos "una norma de clausura", en cuanto a que los tipos penales que actualmente se encuentran en vigor, que corresponden a los tratos crueles e inhumanos que contempla la actual legislación del Código Penal en sus artículos 150 A y 150 B, van a continuar en vigor pese a la dictación de esta nueva normativa.
Eso se hizo para evitar que alguien pudiera pensar que producto de esta nueva legislación estamos derogando las normas que se aplican hoy día en casos de tortura y, como consecuencia de ello, en virtud del principio in dubio pro reo, alguna persona condenada por este delito solicitara la revisión de su condena.
En esa línea, la Comisión quiso establecer -queremos dejarlo claro para la historia de la ley- que en el caso de las personas actualmente condenadas al amparo de las normas vigentes del Código Penal, aun cuando en los próximos días este texto sea ley, la pena seguirá vigente, a fin de evitar que se produzcan revisiones de condena y, conforme al principio in dubio pro reo, se libere a quienes cometieron tales delitos.
A mi juicio, este es un buen proyecto, que adecúa la legislación nacional a los estándares existentes en materia de derechos humanos
Con eso se cumple también con parte de las observaciones que nos formuló el Comité contra la Tortura. Y quedan otros proyectos pendientes que la Comisión debe tratar, como los relativos a la imprescriptibilidad de delitos de lesa humanidad.
En esa materia, también queremos hacernos cargo de que el referido órgano técnico fue de la idea de no declarar la imprescriptibilidad de tales delitos, porque entendemos que lo que viene es una discusión más general, a propósito del nuevo Código Penal, respecto de cuáles delitos son prescriptibles y cuáles no.
En razón de lo anterior, la Comisión estimó que en estos casos se debían mantener las reglas generales, entre ellas, los períodos de prescripción para delitos de crimen, dado que la tortura está siendo sancionada con este tipo de pena.
Obviamente, nosotros esperamos que el Gobierno pueda presentar prontamente el proyecto de ley relativo al nuevo Código Penal. Y ese será el minuto de discutir qué delitos queremos que sean imprescriptibles y cuáles no.
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero señalar que, pese a ser integrante titular de la Comisión de Constitución, no pude participar en la discusión en particular de este proyecto por haber estado con licencia y reposo las últimas semanas. Pero, claramente, valoramos este proyecto que ha venido impulsando el Ejecutivo, a través de su Ministra -aprovecho de saludarla por su intermedio, señor Presidente, al igual que al equipo del Ministerio de Justicia que la acompaña-, generando con ello una importante discusión tendiente a actualizar nuestra legislación en materia del delito de tortura.
El Presidente de la Comisión de Constitución, Senador Pedro Araya, ha explicado muy bien el razonamiento que dice relación con la tipificación y, principalmente, con las características del sujeto activo y la situación que hemos establecido respecto de los agentes del Estado.
Aquí, claramente, existe una responsabilidad. Y además de la legislación internacional a la que nos estamos adaptando, tenemos una experiencia propia: con mucho dolor hemos seguido viendo estos días, y cada mes, la forma en que avanzan los procesos de violaciones a los derechos humanos en nuestro país. La persecución de delitos cometidos por agentes del Estado, que incluyen torturas y, en la mayoría de los casos, la desaparición forzada de personas, nos ha llevado a una situación francamente angustiante desde el punto de vista de la tranquilidad de las personas y las familias que sufrieron este tipo de delitos, debido a la dificultad que los jueces han enfrentado para llevar adelante las investigaciones.
Por eso, señor Presidente, más que concentrar la discusión en la argumentación que ya han consignado quienes me antecedieron en el uso de la palabra y que se entregó durante el trabajo de la Comisión -en lo personal, suscribo la posición defendida por su Presidente, el Senador Pedro Araya-, en términos de fijar el ámbito de aplicación de la ley en proyecto y de proveer un instrumento que permita sancionar estas realidades que muchas veces quedan en un limbo de impunidad, quiero dejar constancia de un elemento fundamental: la imprescriptibilidad.
Soy uno de los autores de la iniciativa que establece la imprescriptibilidad para este tipo de delitos, atendidas su magnitud y extensión.
Porque, muchas veces, a causa de los plazos que corren una vez finalizada la investigación o terminado un régimen de facto, se dan situaciones que impiden que las personas hagan las denuncias a través del Ministerio Público o de los tribunales de justicia a los efectos de que se investigue la ocurrencia de torturas. Por eso, creo que, para adecuarnos a parámetros internacionales y para tener éxito en las investigaciones, la imprescriptibilidad es un elemento fundamental.
No obstante, adscribo a la solución que se ha votado en la Comisión en términos de entender que el establecimiento de una regla especial de imprescriptibilidad para este tipo de delitos, no contando con un análisis sistémico en relación con otros ilícitos, los cuales deberán ser abordados en el Código Penal -ya se halla redactado y esperamos que llegue pronto a la Comisión para ser discutido-, debe llevarse a cabo precisamente en el conjunto orgánico de ese Código.
Los delitos de lesa humanidad, los delitos de esta naturaleza, los delitos que además dejan secuelas permanentes y que generan terror, angustia y reserva, lo que complica la investigación y la propia denuncia, tendrían que estar en la categoría de imprescriptibles, como también otros ilícitos que deberían considerarse en una futura discusión del Código Penal. Me refiero a los abusos en contra de menores o a situaciones en las que debiera haber una prescripción especial, de manera tal de habilitar su persecución, para que no corra el tiempo a favor del victimario en forma tan deplorable como la que hemos visto, y que permite que delitos de una enorme brutalidad, que afectan a menores o que involucran torturas, se acojan a la prescripción para evitar su investigación.
Por eso, voy a votar a favor de la iniciativa, con las prevenciones que he señalado y dejando abierta la discusión de la imprescriptibilidad para el debate a fondo del Código Penal, que esperamos se inicie pronto en la Comisión de Constitución.
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, ¿por qué aún, después de 26 años, en el Código Penal de Chile, el Código de Bello, de 1851, no teníamos descrito este delito?

El señor LARRAÍN.- ¡El Código Penal no es de Bello...!
Es un poquito posterior.
El Código Civil es de Bello.

El señor NAVARRO.- ¿Es posterior?
Como sea, la ley N° 20.357, ya en su artículo 7°, se refiere a la materia que nos ocupa. Ha pasado largo tiempo. Incorporar estos delitos al Código Penal es un paso sustantivo, disuasivo, con el propósito de evitar su ocurrencia.
Claramente, Chile estaba al debe en este tema. Numerosos reproches de organismos internacionales nos señalaban aquello. Ya en 2009 el Comité contra la Tortura expresó su preocupación porque "la definición de tortura en el Estado parte sigue sin estar plenamente en consonancia con lo dispuesto en el artículo 1 de la Convención" -ese Estado es Chile- y porque "no se haya ampliado el plazo de prescripción de diez años ni se haya eliminado la prescripción para el delito de tortura, habida cuenta de la gravedad del mismo".
Esto fue el 2009. El 2014, durante el Segundo Examen Periódico Universal, el Estado de Chile se comprometió a "incorporar el delito de tortura en la legislación chilena, de conformidad con lo dispuesto en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes".
El Comité de Derechos Humanos en 2014 recomendó específicamente al Estado de Chile "ampliar el plazo de prescripción para los delitos de tortura, teniendo en cuenta la gravedad de este delito, de forma que todos los actos de tortura se puedan investigar con eficacia y, en su caso, enjuiciar y sancionar".
Quiero mencionar, de manera muy especial, que el Comité de los Derechos del Niño, en octubre de 2015, expresó "preocupación por la reticencia de la policía y la fiscalía a investigar y procesar de manera pronta y exhaustiva todos los casos de torturas o tratos crueles o degradantes cometidos contra niños por agentes de policía" y recomendó al Estado de Chile que "tenga en cuenta" -lo dice textualmente el informe- "la recomendación formulada por el Comité contra la Tortura en 2009 e introduzca en el Código Penal una disposición en que se establezca que el delito de tortura de niños no prescribe", y que "investigue, procese y sancione de manera pronta y exhaustiva todos los casos de torturas y tratos crueles o degradantes cometidos contra niños por agentes de policía".
El Comité de Derechos Humanos (2014) expresó su preocupación por "el excesivo uso de la fuerza en el marco de protestas ciudadanas, así como casos de tortura durante el traslado y detención de personas, incluidas denuncias de violencia sexual policial en contra de niñas y mujeres, en el contexto de protestas estudiantiles ".
Tenemos que hacer una reflexión sobre el tema de la prescripción.
Le pregunté al Senador Pedro Araya por qué no se establece la imprescriptibilidad de las torturas contra niños. Él argumenta, debidamente, que la muerte tiene prescripción. De manera que no habría una relación lógica en que la muerte de un niño sí tenga prescripción, pero no así la tortura o trato degradante o inhumano.
En ese caso, resultaría beneficiado aquel que le quita la vida a un niño, pero no aquel que lo tortura.
Urge tener una definición respecto de esta materia, como lo planteó el Senador De Urresti.
Se halla en proceso un nuevo Código. Lo señaló la Ministra de Justicia. Hay un debate pendiente sobre esto. Pero yo espero una fórmula que lo defina, porque no puede interpretarse que al no introducir la tortura, el trato degradante o inhumano contra los niños como algo imprescriptible se está concediendo alguna ventaja a quienes cometen estos crímenes.
Hay una definición pendiente, tal como manifestaron el Presidente de la Comisión, el Senador De Urresti y, de algún modo, también el Honorable señor Hernán Larraín, y la debemos abordar.
¿Va a quedar en la reestructuración que se hará en el futuro Código Penal el delito de tortura en contra de niños, minusválidos o discapacitados como un delito que no prescribe?
Sin ser especialista, señor Presidente, quiero señalar que no resulta comprensible que la tortura en contra de un adulto, en la medida en que es un delito de lesa humanidad, sea imprescriptible, como lo señalan las convenciones internacionales a que Chile ha adscrito, y que, en cambio, en nuestra legislación dejemos que una tortura, trato inhumano, vejatorio en contra de un niño, prescriba.
Espero que esto se resuelva de manera adecuada en la iniciativa que se está tramitando, como me señalan el Senador Pedro Araya y también la Ministra, y que, efectivamente, se profundice allí el debate a fin de hacer compatibles y realizables las sanciones en contra de quienes violen los derechos humanos y, particularmente, torturen o ejecuten tratos inhumanos en contra de niños.
Yo voy a votar a favor de esta propuesta. Es un paso adelante. Nos tardamos un poco. Las recomendaciones de los organismos internacionales eran insistentes. Tal vez hoy día están dadas las condiciones para resolver la cuestión.
Me alegro profundamente de que en esto haya transversalidad; de que, en definitiva, tal como debe ser siempre en materia de derechos humanos, no exista ninguna diferencia en torno a la condena absoluta de este tipo de hechos, más allá de que hayan sido cometidos por un agente del Estado o por un particular.
Ese es un debate que al parecer va a quedar pendiente. O sea, claramente, el agente del Estado, al actuar, involucra al Estado. No tengo total percepción de lo planteado por el Senador Larraín. Pero, en concreto, cuando un agente del Estado comete una violación, tortura, trato inhumano, hay una responsabilidad individual, pero también una responsabilidad del Estado, propia de la entidad que le ha otorgado autoridad a esa persona.
En el caso de un particular, existe una responsabilidad individual. Pero debe tener la misma penalidad y las mismas condiciones que si el ejecutor del delito fuera un agente del Estado. No veo por qué tendría que ser distinta. Solo que, en el caso de este último, por cierto, la responsabilidad involucra al sujeto autor del hecho, pero también a la institución a la cual pertenece y que lo ha dotado de poderes extraordinarios, sea un policía o cualquier tipo de funcionario, si utiliza su fuerza e investidura para actuar en contra de las personas.
Solo quiero recordar que en materia de responsabilidad de particulares o de agentes del Estado tenemos una historia.
Si me permite, señor Presidente, tengo a la vista el siguiente relato, que me hago el deber moral de leer en esta ocasión.
Dice así: "Fue una cacería. En septiembre de 1973 los carabineros de la Tenencia de Laja apresaron a 14 trabajadores de la Papelera y Ferrocarriles, a dos estudiantes secundarios y dos profesores, a los que llevaron al Fundo San Juan donde los ejecutaron y enterraron clandestinamente. Todos los policías habían bebido copiosamente pisco que les envió la CMPC," -Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones- "la que también aportó vehículos para la caravana de la muerte encabezada por el agricultor Peter Wilkens. A pesar de la desesperada búsqueda de sus familiares, el pacto de silencio sobre lo que ocurrió aquella noche se mantuvo hasta agosto del año pasado". Esto es, hasta el año 2011.
Luis Alberto Araneda, conductor de ferrocarril, asesinado vilmente, a mansalva esa noche, era el padre de un gran amigo, Mauricio Araneda. Lo sucedido ha abierto un debate sobre la responsabilidad de los agentes del Estado, de los carabineros que asesinaron a estos hombres, y también de los particulares, como el gerente de la CMPC, que proporcionaron vehículos, entregaron licor a los carabineros y participaron activamente en ese hecho.
Tanto los uniformados, agentes del Estado, como los particulares, tienen igual responsabilidad en actos atroces, como los fusilamientos de Laja. Y espero que llegue el minuto en que los carabineros, que ya están siendo procesados, y también los particulares que protagonizaron un activismo directo en esos asesinatos, sean juzgados, y que no haya diferencia alguna entre unos y otros.
Voto a favor, señor Presidente, con las consideraciones que he señalado respecto de la imprescriptibilidad de la tortura o abuso o trato inhumano perpetrado en contra de niños.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Finalmente, está inscrito el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, este tema es interesante. En el fondo, se trata de determinar hasta dónde llega la tipificación de un delito bastante conocido. Porque, no estamos hablando de un delito sofisticado, que requiera una explicación. Todos saben qué es.
Además, la tortura está correctamente definida -es bien dramático reflexionar sobre esto- como infligir intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos, con el fin de obtener de ella o de un tercero información, declaración, confesión, castigo, intimidación o coacción.
Y aquí encuentro interesante la discusión, porque quienes plantean que están de acuerdo íntegramente con el proyecto admiten que hay una diferencia entre un hecho cometido por un servidor o funcionario público, en función del deber de conducta, y el mismo hecho cometido por un ciudadano.
Señor Presidente, a mí me ocurre algo exclusivamente de sentido común. O sea, el sentido común me dice que tortura puede cometer cualquiera y que, en sí mismo, el efecto que produce en una persona es de tal gravedad que esa conducta, más allá de quién la realice, debe estar penada como tal.
No es lo mismo "tortura" que "apremio ilegítimo". No puede ser lo mismo. Estoy seguro de que cada uno en su conciencia sabe que son conductas distintas. Hay una graduación muy importante respecto, precisamente, del dolor y los efectos que una y otro producen en las personas.
No obstante, más allá de la sofisticación intelectual que supone hacer esa distinción, creo que validar esa intención va un poquito en contra, adicionalmente, de hacia dónde debería ir el mundo. La legislación internacional, que está llena de ideologismos, de prejuicios, también tiene luces que pueden alumbrar de buena manera lo que hay que hacer hacia adelante.
Y sobre todo porque la moción hace referencia a la lógica internacional, a mí me parece que una legislación planetaria debe establecer el delito puro y simple de tortura como susceptible de ser cometido por cualquier ciudadano y penado como tal por cualquier legislación.
A mí eso me nace; lo considero lógico, natural.
Y la distinción que se hace entre la tortura, que es excluyente para los funcionarios públicos o para algunos particulares que incidan en el actuar de un agente del Estado, y el apremio ilegítimo, como se califica la misma conducta, pero realizada por un ciudadano cualquiera, me parece que no tiene asidero en lo que uno debe entender que son las conductas exigibles a la sociedad.
Porque, cuando uno legisla, cuando manda, prohíbe o permite, está dando señales sociales. No está simplemente manejando códigos y aplicando sanciones.
A mí me cuesta explicarles a las personas que con toda razón preguntan respecto de la legislación que teóricamente estaríamos aprobando sobre el delito de tortura, que ella solo se aplicaría a un grupo de personas. Eso no me parece razonable.
Aquí no hay -espero que no lo haya- un tema de Derecha o de Izquierda. No sé. Puede que exista. Vamos a verlo después en el trámite del proyecto. Pero, creo que el sentido amplio de la tipificación de la conducta es lo que realmente implica dar a la ciudadanía la señal de lo que está estrictamente prohibido, y no esa disquisición jurisdiccional que puede ser objeto de múltiples confusiones, donde, incluso, más importante que investigar a fondo cuál fue la naturaleza del apremio, será determinar exactamente en qué calidad jurídica estaba la persona al momento de infligirlo, cuestión que a mí me repugna la conciencia.
Por eso, señor Presidente, valorando este proyecto en el sentido de que estimo adecuado incorporar esa tipificación, confío en que se pueda perfeccionar. Porque, vi que en la Comisión de Constitución, que lo estudió en general y en particular, hubo muchas votaciones divididas. Uno sigue las materias que tratan las Comisiones y sabe que estas últimas siempre tratan de llegar a acuerdos. De modo que, si en este caso hubo tanta votación dividida, significa que estamos ante un tema bien discutible.
Espero que en la discusión particular podamos retomar lo que me parece un camino más sano: generar una conducta matriz, global, total para quien inflige intencionalmente dolor, sufrimientos graves a una persona, y evitar que se confunda aquello de que en un caso siempre es apremio ilegítimo y en otro tortura, división que me parece equivocada.
Así que voto a favor de la idea de legislar. Pero hago un llamado a los miembros de la Comisión de Constitución a aplicar el sentido común al objeto de determinar hacia dónde debemos dirigir las conductas, no solo para constatar algunas tendencias legislativas -porque en ello hay un amplio abanico-, sino además para establecer hacia dónde debe seguir una sociedad que defienda integralmente al ser humano, más allá de quien pueda dañar a una persona.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (34 votos favorables).
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.


El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.

La señora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- Señor Presidente, agradezco la votación registrada en esta Sala.
Este proyecto trata de regular de mejor manera la clasificación y tipificación de un delito que no teníamos contemplado en nuestro ordenamiento jurídico, por lo que estábamos al debe en materia de legislación internacional.
Habíamos circunscrito a la figura penal de apremios ilegítimos muchas de esas conductas.
Hoy día contamos con la posibilidad de tener tipificado el delito de tortura.
A partir de las modificaciones que se han elaborado en el Senado, vamos a categorizar de mejor manera a través de la descripción y tipificación del delito de tortura y sus componentes, que están en los artículos 150 A y 150 B del Código Penal; de los apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y de las vejaciones injustas, que se mantienen en el artículo 255.
Sin embargo, me parece importante, a propósito de la solicitud reglamentaria del Senador Espina de abrir un período para presentar indicaciones -entiendo que por ello hoy día esta iniciativa se está votando solo en general, porque la Comisión había planteado aprobarla en general y particular-, efectuar dos precisiones acerca de por qué tales conductas no se incorporan como delito común.
Más allá de las recomendaciones que existen a nivel internacional, se trata de un ilícito que en todos lados se ha calificado como delito propio. Lo tenemos definido como un ilícito pluriofensivo. O sea, estamos hablando no solo de lesionar la dignidad de la persona, sino además el normal funcionamiento de la Administración Pública.
Por consiguiente, no es solo una vulneración a la integridad moral: también es un abuso de poder y una vulneración a las garantías legales y constitucionales.
Es decir, lo que estamos planteando es que se defienden con más fuerza los derechos humanos en la medida que ese ataque es llevado a cabo por aquel al que se le ha entregado ese poder de representación versus cuando ello ocurre con relación a cualquier otra persona.
Bullemore lo ha señalado en una serie de escritos. Y lo cito textualmente: "Los delitos de tortura cometidos por sujetos activos comunes se encuentran reglados por las normas generales del Código Penal, tanto en los delitos de homicidio, lesiones, violación, y otros".
Entonces, aquí tenemos que los hechos cometidos por particulares desconectados de cualquier función estatal se hallan subsumidos en figuras penales comunes.
Acá estamos creando una figura especial por lo que mencioné (el carácter pluriofensivo del delito), e incorporando la lesión no solo a la dignidad de la persona, sino además al funcionamiento de la Administración Pública como tal.
Otro punto que también ha generado algún grado de duda -lo planteó el Senador Navarro- se encuentra relacionado con la imprescriptibilidad.
Sobre el particular, cabe consignar que hoy día estamos regulando, vía modificación constitucional y legal, el carácter de imprescriptibilidad que le damos a los delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio.
Una de las razones que nos alientan a no establecer aquello en este proyecto tiene que ver con los incentivos perversos que se den -lo dijo el Senador Araya-, por cuanto, por ejemplo, la comisión de un homicidio podría terminar siendo prescriptible versus un delito de tortura.
Por último, a través del aumento de penas y dándoles el carácter de crimen a las figuras que estamos tipificando, implícitamente aumentamos los años de prescripción de cinco a diez.
Me parece fundamental, además de agradecer la votación registrada en esta Sala, explicar todos esos aspectos, porque vamos a tener un período de indicaciones donde seguramente estas materias serán debatidas, y relevar nuevamente la importancia de contar luego con una normativa que nos permita estar al día con los tratados internacionales vigentes sobre la materia.
Gracias, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Han sido muy necesarias las precisiones que usted ha formulado, señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos.
Por haberse cumplido su objetivo, levantaré la sesión, sin perjuicio de dar curso reglamentario a las solicitudes de oficios que han llegado a la Mesa.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes:
Del señor CHAHUÁN:
Al señor Director Regional de Gendarmería Valparaíso, pidiéndole indicar CANTIDAD DE BENEFICIADOS CON LIBERTAD CONDICIONAL REINGRESADOS A RECINTOS PENALES DE LA REGIÓN.
Del señor DE URRESTI:
Al señor Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, solicitándole información referida a LANZAMIENTO DE PRIMERA VERSIÓN DE SELLO ARTESANÍA INDÍGENA 2016.
Al señor Comandante en Jefe del Ejército, pidiéndole enviar COPIA DE CONVENIO SUSCRITO EN 2015 ENTRE EL EJÉRCITO, LA FUNDACIÓN HUILO HUILO Y LA UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS DE TEMUCO PARA CAPACITACIÓN DE CONSCRIPTOS EN PROTECCIÓN DE ÁREAS SILVESTRES.
Al señor Director Nacional de Gendarmería y al señor Director del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, solicitándoles remitir antecedentes y copia de CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE GENDARMERÍA, EL SENCE Y LA CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN PARA CAPACITACIÓN DE RECLUSOS EN USO EFICIENTE DE ENERGÍA SOLAR.
Del señor GARCÍA:
Al señor Director del Instituto de Previsión Social, para que informe sobre SITUACIÓN PREVISIONAL DE DOÑA MARÍA VERÓNICA VERGARA.
Del señor HARBOE:
Al señor Director del Servicio Nacional del Consumidor, reiterándole solicitud respecto de ASOCIACIÓN A LÍNEA 800 DE NÚMERO TELEFÓNICO DE SERNAC PARA RECLAMOS DE CONSUMIDORES POR CALIDAD DE PRODUCTOS.
Del señor MOREIRA:
A Su Excelencia la Presidenta de la República y a los señores Ministros de Hacienda y de Economía, Fomento y Turismo, a fin de solicitar MANTENCIÓN DE SALVAGUARDIA Y APLICACIÓN DE CONTROL DE CALIDAD RESPECTO DE ACERO CHINO Y DERIVADOS PARA EVITAR COMPETENCIA DESLEAL.
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El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:20.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción