Click acá para ir directamente al contenido
DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 2ª, Ordinaria, en miércoles 15 de marzo de 2017
De 16.22 a 19:05 horas. Asistencia de 35 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Ricardo Lagos, Presidente y Jaime Quintana, Vicepresidente.
Actuó como Secretario General el señor Mario Labbé Araneda



RENUNCIA DE LA MESA DEL SENADO

La Sala del Senado tomó conocimiento de la comunicación de los actuales Presidente y Vicepresidente de la Corporación, Senadores Ricardo Lagos Weber y Jaime Quintana Leal, mediante la cual presentan la renuncia a sus cargos, la que quedó para ser votada después de la Cuenta de la próxima sesión ordinaria.




CAMBIOS EN PRESIDENCIA DE COMISIONES

Se dio cuenta que la Comisión de Economía ha elegido como su presidente al Senador Eugenio Tuma Zedan.




CREA LA SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ

Por unanimidad se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que otorga nuevas atribuciones al Ministerio de Desarrollo Social en materia de niñez y crea la Subsecretaría de la Niñez, dependiente del mismo. (Boletín N° 10.314-06) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto dotar al Estado de una institucionalidad específica en materia de coordinación de los servicios públicos encargados del planteamiento e implementación de las políticas públicas dirigidas a la protección y garantía, integral y efectiva, de los derechos de los niños.
Contenido del proyecto de ley:
- Entrega al Ministerio de Desarrollo Social, la tarea de velar por los derechos de los niños con el fin de promover y proteger su ejercicio, de acuerdo con el Sistema de Garantía de Derechos de la Niñez, y a través de las funciones y atribuciones que en el presente proyecto de ley se le entregan.
- Serán funciones del Ministerio, en el ámbito de la promoción y protección integral de los derechos de los niños, entre otras, las de asesorar al Presidente de la República en estas materias; proponerle la Política Nacional de la Niñez y su Plan de Acción, informar sobre su ejecución y recomendar las medidas correctivas que resulten pertinentes; administrar, coordinar y supervisar los sistemas o subsistemas de gestión intersectorial pertinentes; impulsar acciones de difusión, capacitación o sensibilización destinadas a la promoción y/o protección de la infancia y, promover el fortalecimiento de la participación de los niños en todo tipo de ámbitos de su interés.
- Crea, dentro de la estructura orgánica del Ministerio de Desarrollo Social, la Subsecretaría de la Niñez como un órgano encargado de colaborar con el Ministro en las funciones que se le entregan en materia de infancia, tales como la de constituirse como Secretaría Técnica del nuevo "Comité Interministerial de Desarrollo Social de la Niñez"; coordinar el Subsistema "Chile Crece Contigo" y colaborar en la implementación de instrumentos de medición y seguimiento de las condiciones de vida de los niños y niñas.
- Dispone que el Comité Interministerial de Desarrollo Social pasará a denominarse "Comité Interministerial de Desarrollo Social de la Niñez" cuando le corresponda conocer de las materias relativas a la protección de la infancia, señalando sus funciones y estableciendo normas especiales de funcionamiento para estos casos.
Intervinieron los Senadores Ena Von Baer, Rabindranath Quinteros, Isabel Allende, Alfonso de Urresti, Hernán Larraín, Carlos Bianchi, Lily Pérez, Alberto Espina, Jorge Pizarro, Antonio Horvath, Patricio Walker, Alejandro Guillier, Juan Antonio Coloma, Felipe Harboe, Francisco Chahuán y el Ministro de Desarrollo Social, Marcos Barraza.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión, para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 10 de abril próximo.




ASIGNACIÓN DE FORTALECIMIENTO PARA PERSONAL DE REDES ASISTENCIALES

Por unanimidad y sin discusión, se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea una asignación de fortalecimiento de redes asistenciales para el personal que indica. (Boletín N° 11.015-11) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto robustecer la atención integral a las personas y regular las prestaciones y acciones de salud que corresponden al personal de la Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Contenido del proyecto de ley:
- Establece una asignación de fortalecimiento de redes asistenciales, para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, pertenecientes a los estamentos de profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares, que se encuentren regidos por el Estatuto Administrativo.
- La bonificación contendrá un componente fijo de $100.000 brutos mensuales, reajustables a partir del año 2019 y, otro proporcional correspondiente al 10% calculado sobre la base de la suma del sueldo base y de las asignaciones sustitutiva y profesional, según corresponda.
- Se establece la escala de progresión para el pago de la asignación, para cada año y estamento, debiendo completarse la aplicación total en diciembre de 2018.
- Impone a la Subsecretaría de Redes Asistenciales el deber de definir anualmente, un plan institucional que contenga las principales líneas de acción, objetivos, indicadores y metas institucionales que deberán ser cumplidas durante el año calendario siguiente, indicándose las materias mínimas que deberán ser abordadas en dicho plan.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados para que sea remitido al Ejecutivo, para su promulgación.




INCENTIVO AL RETIRO PARA FUNCIONARIOS DE LA JUNJI

Por unanimidad y sin discusión se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que extiende los beneficios de la ley N° 20.948 a los funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, establece normas especiales para el incentivo de la ley N° 20.213 y modifica los requisitos de ingreso y promoción de la función de supervisión de la planta de profesionales de dicho servicio. (Boletín N° 11.086-05)
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto mejorar las condiciones de egreso de la carrera para los funcionarios de la JUNJI que están en edad de pensionarse, permitiendo potenciar el desarrollo de la carrera de los demás funcionarios de dicha institución.
Contenido del proyecto de ley:
- Otorga una bonificación adicional, por una sola vez, a los funcionarios de carrera y a contrata que perciban la bonificación por retiro para funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP, que tengan 20 o más años de servicio en la Administración Central del Estado, así como también para aquellos de entre 18 y 20 años de servicio, que cumplan con la edad legal para pensionarse y con los demás requisitos que se fijan.
- La bonificación adicional para Auxiliares y Administrativos con 20 o más años de servicio será de 320 UTM y, para aquéllos con 18 y menos de 20 años de servicio, 233 UTM.
- Los técnicos recibirán 404 UTM para quienes tengan 20 años o más de servicio y, de 303 UTM para aquéllos con 18 y menos de 20 años de servicio.
- Los profesionales, directivos y fiscalizadores con 20 o más años de servicio, percibirán una bonificación adicional de 622 UTM y, de 466 UTM para aquéllos con 18 y menos de 20 años de servicio.
- Permite, para los años 2016 y 2017, que las unidades educativas de la JUNJI que hayan obtenido el puntaje máximo en el proceso de evaluación integral de la calidad de la educación parvularia, puedan acceder a la asignación correspondiente al primer tramo en el pago del incentivo anual al desempeño.
- Otorga un bono por antigüedad de 10 UF por cada año de servicio por sobre los cuarenta años, con tope de 100 UF, para los estamentos auxiliares y administrativos.
- Entrega un bono por trabajo pesado de 10 UF por cada año cotizado o certificado como trabajo pesado, con un máximo de 100 UF, a los funcionarios que cumplan con las condiciones para pensionarse.
- Para favorecer el retiro de los trabajadores beneficiados, se establecen dos etapas de postulación, la primera en que se tendrá derecho al 100% de los beneficios y, la segunda sólo al 50%. En todo caso tendrán derecho a postular al 100% de los beneficios todos aquellos que a la fecha de publicación de este proyecto como ley, tengan más de 65 años, debiendo postular en la primera etapa.
- Modifica los requisitos de ingreso y promoción para los profesionales que ejerzan funciones de supervisión.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados para que sea remitido al Ejecutivo, para su promulgación.