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INCORPORACIÓN Y CONTROL DE MEDIDA CAUTELAR ESPECIAL EN FAVOR DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde tratar a continuación el proyecto de ley, iniciado en moción de la Senadora señora Adriana Muñoz, en primer trámite constitucional, que modifica las leyes Nos 19.968 y 20.066 para incorporar una medida cautelar especial en favor de las víctimas de violencia intrafamiliar y facultar al tribunal, en casos calificados, a controlar su cumplimiento por medio del monitoreo telemático, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.715-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de la Senadora señora Muñoz):
En primer trámite: sesión 63ª, en 12 de noviembre de 2014 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 27ª, en 5 de julio de 2016.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (segundo): sesión 6ª, en 5 de abril de 2017.
Discusión:
Sesiones 31ª, en 13 de julio de 2016 (queda pendiente la discusión general); 32ª, en 19 de julio de 2016 (se aprueba en general).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La iniciativa fue aprobada en general por la Sala en su sesión de 19 de julio de 2016.
La Comisión de Constitución deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que el artículo 2º del proyecto no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones, por lo que debe darse por aprobado, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador, con el acuerdo unánime de los presentes, solicite su votación o discusión.
--Se aprueba reglamentariamente.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento efectuó dos enmiendas al proyecto de ley aprobado en general, las cuales fueron acordadas por unanimidad, por lo que deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición del órgano técnico respecto de alguna de ellas o existieren indicaciones renovadas.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado en el que se consignan las modificaciones introducidas por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y el texto como quedaría de aprobarse.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión particular la iniciativa.
Propongo a la Sala que abramos la votación, sin perjuicio de mantener los tiempos de intervención.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, antes de fundamentar el voto, debo manifestar que nosotros tenemos que cuidar el prestigio del Senado.
Cómo vamos a aprobar una iniciativa de esta importancia -en todo caso, voy a votar a favor del proyecto, participé activamente en su discusión, al igual que todos los miembros de la Comisión de Constitución- sin que, primero, haya alguien (aquí se encuentra una de las patrocinantes: la Senadora Muñoz) que explique en qué consiste su texto, cuáles son los cambios que introduce, por qué no se puede avanzar más en la materia. Porque si vamos a ser un Senado exprés, donde los proyectos pasan como quien dice "a la carrerita", sin tener idea de lo que despachamos, no sé si tenemos conciencia de lo que eso puede significar.
Entonces, quiero pedirle -por su intermedio, Su Señoría- al Presidente de la Comisión de Constitución, me parece que va a hacer uso de la palabra, o a la Senadora Muñoz, quien estuvo trabajando arduamente, que expliquen el cambio que implica este proyecto, ¡por favor!
Y posteriormente -si el señor Presidente lo permite, porque este era un asunto reglamentario- solicitaré intervenir por un par de minutos.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene razón, Su Señoría, en el sentido de la necesidad de que el Senado cuente con mayor información para efectos de la votación, pero también entiendo que los señores Senadores se encuentran impuestos del proyecto desde el momento en que se colocó en tabla.
Sin perjuicio de lo anterior, puede enriquecerse el conocimiento del texto pertinente mediante la participación de los miembros de la Comisión que han estado analizando este tema.
Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.
La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, no sé si corresponde que entregue un informe el Presidente de la Comisión de Constitución, Senador Pedro Araya, quien está reemplazando al Senador Harboe, para que pueda darnos cuenta de lo que se acordó en la Comisión unánimemente.
Y después, por cierto, yo usaría un tiempo para opinar sobre el proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, la presente iniciativa tiene por propósito establecer un sistema de supervisión electrónica para velar por el cumplimiento efectivo de la medida cautelar que puede decretar el juez de familia, con el fin de dar mayor protección a las personas que son víctimas de violencia intrafamiliar.
Asimismo, regula la aplicación del monitoreo telemático a los individuos condenados por el delito de maltrato habitual, que sanciona la Ley sobre Violencia Intrafamiliar.
Durante el debate en particular del proyecto solo se hicieron dos enmiendas al texto aprobado en general por la Sala de esta Corporación.
Mediante la primera se agrega un inciso final nuevo al artículo 92 de la ley N° 19.968, que Crea los Tribunales de Familia.
Cabe recordar que el artículo 92 establece las medidas cautelares de protección a la víctima que el juez de familia puede dictar en los procedimientos relativos a violencia intrafamiliar.
En relación con el precepto mencionado, se acordó agregar un inciso final nuevo, mediante el cual se dispone que el juez podrá determinar que se controle el cumplimiento de la medida que consiste en "prohibir al ofensor acercarse a la víctima y prohibir o restringir la presencia de aquél en el hogar común y en el domicilio, lugar de estudios o de trabajo (...) mediante un sistema de supervisión electrónica, que podrá consistir en el monitoreo telemático, una aplicación para teléfono móvil, una plataforma web u otra tecnología análoga, que permita tomar conocimiento de su quebrantamiento y otorgar auxilio inmediato a la víctima".
La segunda enmienda que acordó la Comisión modifica el artículo 93 de la ley N° 19.968, precepto que regula la comunicación y ejecución de las medidas cautelares dictadas por el juez de familia.
En relación con esta disposición, se resolvió agregar un inciso segundo nuevo al mencionado artículo 93, mediante el cual se consagra que "La resolución judicial que imponga la medida cautelar establecida en el número 1 del artículo 92 precisará la unidad de Gendarmería de Chile, de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones de Chile que deberá velar por su cumplimiento". Asimismo, indica que "Si el juez de familia estimare conveniente la aplicación de la medida de monitoreo telemático, deberá determinar, en el menor tiempo posible, la factibilidad de su aplicación, de acuerdo a lo establecido en el reglamento respectivo".
Señor Presidente, todas estas enmiendas fueron acordadas por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión de Constitución y contaron con el respaldo de la Honorable señora Muñoz, autora de la moción.
Las modificaciones explicitadas persiguen perfeccionar nuestra legislación y dotar a los jueces de familia de nuevos instrumentos para que puedan otorgar una mejor protección a las víctimas de violencia intrafamiliar.
Por las razones expuestas, solicitamos la aprobación de este proyecto de ley.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, solo deseo agregar que hago un reconocimiento a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado por haber tramitado el presente proyecto, en la persona de su Presidente, señor Felipe Harboe, quien lo puso en tabla rápidamente, y al colega señor Espina, quien contribuyó de manera activa a que fuéramos perfeccionando el texto de la iniciativa.
Hubo una acogida transversal a esta propuesta, que incluyó a los Senadores señores Larraín, Araya, Coloma, cuando nos tocó participar en su examen. Y considero que ello habla muy bien del objetivo del proyecto, porque busca ir haciendo cada vez más visible la violencia que viven las mujeres en nuestro país y cómo la institucionalidad pública: Estado, Parlamento, tribunales de justicia, se ha hecho escasa para llegar a aplicar justicia en su caso.
Disponemos de pocos instrumentos para prevenir el asesinato de mujeres; contamos con escasos instrumentos para precaver y sancionar más drásticamente la violencia que día a día viven miles de ellas.
Por eso, la iniciativa busca mejorar la potestad cautelar del juez para que pueda adoptar de manera preventiva, y antes de la secuela del juicio, medidas eficientes, tendientes a evitar, o minimizar al menos, los actos de violencia.
¿Qué significa lo anterior? Que se propone que se establezcan en el caso de sede de familia. Porque hoy día, para algunas medidas de libertad condicional en sede penal, existe la instalación de los dispositivos respectivos. Sin embargo, en sede de familia, cuando la mujer denuncia ante los tribunales, sucede que, según el criterio del magistrado acerca de la gravedad de la acusación, se entregan las medidas cautelares o precautorias.
Sin embargo, para tales procedimientos hoy día no hay ninguna posibilidad de controlar si efectivamente se cumplen.
Por eso que hemos pensado que es importante contar con estos dispositivos electrónicos, a los efectos de que constituyan un sistema de control de la eficiencia y la eficacia de las medidas cautelares, que en la actualidad se traducen en el uso de tobilleras o brazaletes o incluso en un botón de pánico que se puede instalar en el celular.
Con las medidas propuestas buscamos que las cautelares se hagan efectivas y que la denuncia, que tanto le cuesta formular a una mujer, con muchos años de duda; de miedo; de incertidumbre acerca de si hacerlo o no, pueda de verdad ser motivo de protección, porque numerosas mujeres piensan "¿Qué saco con denunciar si, al final, voy a ser asesinada o va a aumentar la violencia o el amedrentamiento?".
Entonces, señor Presidente, la idea que se persigue es la que he explicado. Y creo que con el proyecto damos una respuesta a lo que está sucediendo gravemente en nuestro país. Llevamos once femicidios, uno semanal; la gravedad del cuasi femicidio a Nabila Rifo, donde todos pudimos ver por televisión de manera expectante cómo el código y las actitudes y la cultura patriarcal están presentes incluso en el momento, en el espacio donde se busca hacer justicia, con un lenguaje que ha ido transformando a la víctima en victimaria.
Y de la manera propuesta podemos instalar en el Congreso Nacional (ya lo hemos venido haciendo mediante distintas leyes: las dos sobre violencia intrafamiliar, la de femicidio y varias otras iniciativas) el hecho de hacernos cargo, como un poder del Estado, como Parlamento, como representantes populares, de que aquí se presenta una situación dramática, que quizás no se visibiliza con la misma fuerza que la violencia, la delincuencia en las calles, pero que significa que estamos presenciando una situación de criminalidad que día a día afecta a las mujeres.
Por eso, señor Presidente, solicitamos que la Sala tenga a bien aprobar el proyecto, el que ha sido transversalmente respaldado en la Comisión.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.


El señor PROKURICA.- Señor Presidente, felicito a la Senadora Adriana Muñoz por esta iniciativa que, a mi juicio, responde un poco a lo que es evidente, en el sentido de que la violencia de todo tipo ha aumentado, y especialmente la violencia al interior de los hogares.
En noviembre del año pasado, el Ministerio Público reveló un preocupante aumento en los casos de violencia intrafamiliar por acciones violentas entre parejas y otros miembros de la familia que no terminan en sentencias condenatorias. En nuestro país, de más de 93 mil denuncias por violencia intrafamiliar en el período enero-septiembre, solo el 9,28 por ciento terminó en condena.
Esa información se relaciona con lo que señaló hace un minuto la señora Senadora.
La Directora Ejecutiva Nacional del Ministerio Público, Francisca Werth, sostiene que aquello se debe principalmente a la retractación de las víctimas. Porque quienes conviven al interior de un hogar tienen temor de denunciar la violencia que ejerce uno de los cónyuges o integrantes de la pareja, especialmente hacia la mujer, ya que es posible que después reciba una agresión física mucho peor o, eventualmente, que el agresor le cause la muerte.
De acuerdo con datos de Carabineros, durante el primer semestre del 2006, de las 45 mil 910 denuncias de violencia recibidas por la institución, el 79 por ciento de las víctimas eran mujeres. Es decir, si uno proyecta esa cifra, en Chile se recibe una denuncia cada 7 horas por maltrato a mujeres a través del Fono Familia 149 de Carabineros. Esto sin considerar las denuncias que se efectúan por medio de la PDI o directamente en la Fiscalía.
Según los datos del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, en los últimos 5 años (del 2012 al 2016) fueron asesinadas 201 mujeres por sus parejas en nuestro país. Esta cifra, sin lugar a dudas, es preocupante y nos invita a reflexionar respecto a lo que estamos realizando.
Señor Presidente, a veces pienso que en el Poder Legislativo, en el Parlamento, nos vamos por el camino fácil, por ejemplo, de despachar una iniciativa que declara el femicidio como delito nuevo. Pero ¿ha producido esto el efecto final que queremos: que haya menos mujeres muertas por sus parejas?
Quizás esa es la pregunta de fondo.
Además, hay un tema cultural, educacional que dejamos de lado, y que tal vez se encuentra en la base y en las causas del problema.
El proyecto de ley tiene como objetivo establecer un sistema de supervisión electrónica para velar por el cumplimiento efectivo de las medidas cautelares que puede decretar el juez de familia, con el fin de dar mayor protección a las víctimas de la violencia intrafamiliar.
Asimismo, se debe regular la aplicación del monitoreo telemático a los individuos condenados por delito de maltrato habitual, que sanciona la Ley sobre Violencia Intrafamiliar.
Me parece que la iniciativa cumple con su objetivo, considerando que el problema existe y que esta es una fórmula para resolverlo.
Sin embargo -no sé si algún Ministro vendrá a defender este proyecto-, quiero hacer unas preguntas.
Mediante esta iniciativa hoy día estamos generando expectativas a miles de mujeres y de víctimas de la violencia intrafamiliar, ¿y vamos a poder cubrir esas expectativas? ¿Cuántos brazaletes, tobilleras o elementos tecnológicos están disponibles por parte de los tribunales, por parte de las policías o por parte de quienes deban cumplir esta norma?
Lo consulto para que esto no resulte solo en una declaración de intenciones, sino que realmente implique un paso adelante en cuanto a que a través de los elementos tecnológicos de que disponemos sea posible resguardar la vida de las personas que se atreven a denunciar.
¿Por qué digo lo anterior? Porque hay una cifra muy dura: en el 52 por ciento de los femicidios cometidos en 2014, al menos se había realizado una denuncia previa en contra del agresor. No obstante, únicamente el 23 por ciento de aquel porcentaje mantenía medidas cautelares. Mientras que el año pasado al menos en 3 de los 36 femicidios consumados existían denuncias previas.
Señor Presidente, ojalá pudiéramos recibir de parte del Ejecutivo, de algún Ministro o de quienes estén encargados de esta materia alguna cifra sobre el particular, a fin de saber de qué y de cuántos elementos disponemos, de tal manera que este proyecto de ley no sea una declaración de intenciones o una generación de expectativas para las personas y después se transforme en una tremenda frustración para ellas.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, voy a tratar de explicar, en breves minutos, los dos cambios más fundamentales que, desde mi punto de vista, tiene el proyecto.
En primer lugar, felicito a la Senadora Adriana Muñoz pues esta es una muy buena iniciativa. Y, nobleza obliga, sobre todo porque ella fue insistente en sacarla adelante. Además, Su Señoría logró que en la Comisión se hiciera un buen trabajo.
En nuestro país existe un problema con la violencia intrafamiliar. Y cada vez que se produce un acto de esta naturaleza (y quiero hacer una prevención), cientos de personas, parlamentarios, autoridades, corren a dar conferencias de prensa lamentándolo, declarando que es dramático, que afecta gravemente a la sociedad; pero la verdad es que en términos legislativos se avanza muy poco para proteger a las mujeres, ¡muy poco!
Si bien este proyecto representa un progreso importante, nos gustaría que fuera mucho mayor. Y deseo explicar por qué.
Actualmente, cuando existe una agresión, habitualmente hacia una mujer o un niño, al juez le es posible decretar una medida cautelar. Esto significa que el magistrado puede decir: "Voy a tomar ciertas medidas para evitar, mientras dura el juicio, que se siga cometiendo el delito".
Entonces, en el número 1 del artículo 92 se habla de: "Prohibir al ofensor acercarse a la víctima y prohibir o restringir la presencia de aquél en el hogar común y en el domicilio, lugar de estudios...", etcétera.
Quiero contarles que eso es teoría. Porque, explíquenme cómo se lleva a la práctica. ¿Hay un carabinero por casa?
Entonces, todos miramos para el techo, pero la verdad es que esta medida no se cumple. Por eso hay tantos casos de violencia intrafamiliar. Porque si un hombre golpea a su mujer, y esta tiene la valentía, la osadía, el coraje de denunciarlo, va donde el juez de familia, quien dice: "Mire, voy a decretar la medida cautelar para que el marido, conviviente o pareja no se pueda acercar a la casa de la mujer".
¿Y eso cómo se cumple? ¡En la práctica no se cumple! ¡No se cumple!
Por eso tenemos tantos casos de violencia intrafamiliar en Chile. Por eso las mujeres se sienten desamparadas y en un verdadero infierno cuando son agredidas, porque su problema no tiene solución.
En todo caso, el proyecto que nos ocupa representa un avance importante -ese es su mérito-, pues establece que, en estos casos: "El juez podrá determinar que se controle el cumplimiento de la medida referida en el numeral 1 mediante un sistema de supervisión electrónica, que podrá consistir en el monitoreo telemático, una aplicación por teléfono móvil, una plataforma web...", etcétera.
¿Qué significa eso en castellano?
Lo ideal sería el monitoreo telemático, conocido como "la tobillera" o "el brazalete", pero esto implica mucha plata y requiere un sistema de control que se debe mejorar.
Entonces, el mérito del proyecto es establecer, primero, que el juez puede decretar la supervisión electrónica como medida cautelar, lo cual no podía hacer antes.
Y, segundo, es posible, por ejemplo, aplicar el sistema de mensajería WhatsApp conectado con la policía, que es gratis. O sea, se otorgan más facilidades para que la mujer, cuando vea que su agresor vuelve a la casa, habitualmente en estado de ebriedad o con un ataque de celos, y que la quiere golpear, pueda informar rápidamente a la policía para que vaya en su protección.
En consecuencia, primero se resuelve el problema de la medida cautelar, que significa "no es lo ideal". Porque lo ideal sería que en todos los casos el agresor usara brazalete, que fuera controlado adecuadamente. Sin embargo, se abren alternativas para que la policía pueda informarse rápidamente, sin costo, de que una mujer protegida está ante un agresor. Y ello lo puede hacer la mujer a través de un mensaje de WhatsApp o de texto, con un número fácil de recordar al cual accedería simplemente usando su teléfono, tras lo cual la policía quedaría instantáneamente avisada del peligro que enfrenta.
¡Es un avance sin lugar a dudas! Y pienso que este instrumento es un avance importante que va a ser bien usado. Solo queda sociabilizarlo, explicarlo.
Cabe destacar que en nuestro país no todos están en condiciones de enviar mensajes por WhatsApp. Pero este sistema -repito- es un paso adelante. Asimismo, se abre la posibilidad de empezar a instalar brazaletes, y es aquí donde tiene que gastarse la plata, pues estas son las medidas que se necesitan. A esto se le llama "convivencia entre la gente".
¿Me concede un minuto adicional, señor Presidente, si es tan amable?
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Puede continuar, señor Senador.
El señor ESPINA.- La segunda medida dice relación a una vez que se dicta la sentencia y hay fallo.
Hoy día la situación es tan absurda que si ustedes van a la página 7 del comparado verán que cuando se condena a una persona por violencia intrafamiliar, salvo que haya cometido un delito más grave, que merezca pena de cárcel, la sanción es la remisión condicional de la pena. ¡La remisión! O sea, se le remite la pena y hasta ahí se llega.
En cambio, ahora se establece que el juez tendrá que aplicar lo que se llama la "libertad asistida especial" -excepto si el delito requiere pena de cárcel, por ser más grave-, pero, al hacerlo, permite que se ordene el uso del brazalete por parte del infractor. En el fondo, se extiende la norma del brazalete, del WhatsApp o de cualquier mecanismo electrónico o sistema comunicacional que exista, aplicándose no solo como medida cautelar, durante el juicio, sino también una vez dictada la sentencia.
Yo creo que eso es un avance.
Por cierto, lo importante es difundirlo, sociabilizarlo. Y cuando discutamos el proyecto de Ley de Presupuestos, recortemos plata en otras cosas que no son prioritarias y gastémosla en salvar a mujeres que son golpeadas y quedan absolutamente abandonadas.
¡Eso hace un país que sabe priorizar bien materias tan sensibles como estas!
Por eso, voto a favor de esta iniciativa.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, a mí me tocó participar accidentalmente como reemplazante en la discusión de este proyecto de ley en la Comisión, tal como señaló la Senadora Muñoz, y encontré que se trata de una iniciativa extraordinariamente importante.
Además, pude socializar el proyecto con distintas personas que entienden bien el tema penal, particularmente con asociaciones de víctimas, que consideraron que este era, en verdad, un adelanto muy significativo en nuestro país.
Por eso, valoro que este mecanismo, más allá de que no haya discrepancias, sea explicitado, porque pienso que es un paso que debe ser difundido, que tiene que ser revelado, que ayuda mucho a que una medida que suele utilizarse, especialmente en casos de violencia intrafamiliar, como es la prohibición de acercarse a la víctima, tenga una posibilidad real de traducirse en cuidado.
Muchos de los procesos que hoy día vemos, ya sea durante su tramitación o una vez dictada la sentencia, incorporan esta medida, que es la más elemental cuando se trata de una prohibición. Claro, otra opción siempre es la prisión, pero la cárcel no es para toda la vida ni es la solución para todos los casos. Entonces, lo razonable, lo lógico es establecer un perímetro de seguridad donde las víctimas puedan realmente tener tranquilidad en su acontecer diario.
Y eso, que aparece muy bien en el papel, es extraordinariamente difícil de aplicar en la práctica. ¿Cómo se controla? Se lo pregunté a varias personas: ¡es incontrolable! O sea, con las medidas normales no es controlable.
Por ello, considero positivo que se haya traído esta figura, que es excepcional para algunos casos penales, a esta situación en particular, a este tipo de medida cautelar especial en favor de las víctimas de violencia intrafamiliar.
¿Y qué va a permitir eso? Que efectivamente se pueda saber dónde está, respecto del lugar en que está la víctima, aquel agresor que se encuentra en proceso o que ha sido sancionado. A la vez, establece organismos encargados. De ahí que el artículo 101 bis, nuevo, que contempla el protocolo para las actuaciones interinstitucionales, permite que se celebren entre las policías, el Ministerio Público y Gendarmería protocolos de actuación mutua para que la medida efectivamente pueda verificarse.
Un Senador me decía: "Bueno, pero quién va a estar mirando". Y justamente se trata de eso: la idea es que alguien esté observando, cautelando y se encuentre en condiciones de sancionar si la medida se vulnera.
Dejémoslo claro: con la norma actual, la medida se vulnera muchas veces en su aplicación práctica. Y ante esto, obviamente, uno no puede quedar impasible.
Por cierto, tampoco es solución -insisto- enrejar a todo el mundo. Pero sí me parece razonable que se incorpore esta figura, la de la tobillera o el brazalete electrónico -es la forma más común de realizar este tipo de supervisión (puede haber otras)-, en términos de medir con seguridad el cumplimiento de la medida cautelar. Si no se cumple, obviamente se aplicarán las sanciones correspondientes, que son bastantes más severas en caso de que no se acate una medida de esta naturaleza.
Por tal motivo, señor Presidente, estimo que este es un paso significativo, importante, valioso.
Insisto: a mí me tocó ver accidentalmente -participé como reemplazante- la manera en que la Comisión de Constitución estudió este tema. La encuentro muy valiosa. La medida fue analizada en forma profunda tanto por parte de sus miembros como de su Secretaría. Me pareció que había buena información, buenos comparados, buena lógica en cuanto a entender cómo se desarrolla en la práctica una legislación de este tipo.
Por tanto, me alegro de que este proyecto vaya a ser aprobado por unanimidad.
Probablemente, con esta legislación no va a terminar este tipo de delitos, pero habrá una capacidad de control infinitamente superior a la que existe hoy día.
Voto a favor.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, primero, quiero felicitar a la Senadora Adriana Muñoz, quien lleva no cinco sino varios años más en esta pelea en particular, levantando la voz no solo acerca de los temas de violencia, sino también en cuanto a cómo tener efectivamente una normativa que sea realista.
Al respecto, debo decir que apoyo el proyecto, pero tengo algunas dudas, y quisiera plantearlas.
Es evidente que disponer de medios electrónicos permite algo más eficaz que lo que tenemos hoy, que las medidas cautelares que se aplican en la práctica actualmente. Las miles y miles de medidas cautelares que se dictan a lo que conducen es a que un par de carabineros den vueltas en los domicilios de las víctimas para ver si están bien o si están mal, y después se van. Pero las mujeres -en la mayoría de los casos se trata de mujeres- quedan en la absoluta indefensión.
Aquello significa mal uso de recursos económicos, con carabineros que no están en una línea de trabajo más eficaz y mujeres que se sienten totalmente vulneradas por el Estado, que no es capaz de cautelar de manera efectiva una medida de protección.
Señor Presidente, creo que esto es algo tremendamente importante. Porque muchas de las víctimas del delito de femicidio son mujeres que se encontraban con medidas de protección, cautelares. ¡Muchas! No obstante, un número elevado de ellas terminan asesinadas por quienes no se deben acercar, a pesar de la ronda de carabineros.
Por ello, mi reparo acerca de una parte de esta normativa. Porque allí dice: "El juez podrá determinar que se controle el cumplimiento de la medida referida (...) mediante un sistema de supervisión electrónica,". A mi juicio, tendría que haberse precisado mejor este texto. Porque, si se trata de algo reiterado, quizás se pudo consignar que el juez "deberá" determinar la medida de control a través de un medio electrónico.
Creo que el texto es demasiado amplio.
No sé qué pasó en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, la cual analizó este proyecto, que no quiso establecer como verbo rector "deberá".
En cuanto al argumento que le escuché a un distinguido señor Senador en orden a si existirían los medios económicos para adquirir brazaletes y tobilleras, recuerdo que el Estado dispuso de varios miles de millones de pesos para contar con ese tipo de elementos en relación con los delitos de carácter penal y que una cifra no superior al 20 por ciento de tales recursos -creo que el 10 por ciento- se ha ejecutado hasta el momento. Por tanto, existen fondos.
Así que entiendo que esa no es la principal inquietud.
Ahora bien, seguramente hay argumentos para haber resuelto por qué no se tenía que utilizar como verbo rector "deberá".
Señor Presidente, nosotros hemos de hacer todo lo posible para evitar el femicidio. Y me parece que esta norma, bien aplicada, puede impedir varias muertes y, además, la violencia reiterada por parte de quienes han sido agresores inicialmente.
Ciertamente, la presente iniciativa constituye un avance.
Espero que los tribunales puedan ir fijando lógicas distintas. En este sentido, considero muy importante que se involucre en la materia a los tribunales de familia, porque ahí se observa otro tipo de conocimiento acerca de la reiteración de estas prácticas. No estoy diciendo que no sean sensibles los jueces de los demás tribunales, pero el conocimiento más cercano de esta pandemia social, como es la violencia que existe en general y la violencia contra las parejas, las mujeres, es algo que, sin duda, puede ayudar en la aplicación de esta medida.
Nuevamente, felicito a la Senadora Adriana Muñoz.
Valoro la celeridad con la cual la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento estudió este proyecto, y espero que en los próximos trámites se pueda perfeccionar.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, quiero sumarme a las palabras que acaba de pronunciar el Senador Juan Pablo Letelier y reconocer el trabajo que la Senadora Adriana Muñoz ha realizado por muchos años.
Con ella hemos trabajado también algunas mociones, y estoy esperando que la Comisión de Constitución las tramite.
Lamento tener que volver a mencionar que dicho órgano técnico aún no tramita una moción -la Senadora Muñoz me acompañó en su presentación- mediante la cual pedimos cumplimiento efectivo, haciendo un símil con la Ley Emilia, de manera que si el agresor es reincidente a lo menos deba cumplir un año de cárcel real.
¿Por qué lo podemos hacer en la Ley Emilia, cuyo origen nos dolió tanto y que fue un paso adelante, y no respecto de agresores de mujeres? ¿Por qué tenemos que lamentar casos, casos y casos de femicidio?
Además, hay otras materias cuya tramitación todavía estoy esperando de parte de la Comisión de Constitución.
En lo que concierne al proyecto que nos ocupa, me sumo a las felicitaciones. Sé que la Senadora Muñoz ha dado una larga lucha. Muchas mujeres, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados, hemos levantado la voz contra la violencia intrafamiliar, contra los femicidios, sumándonos al "Ni una menos", para que no tengamos que seguir lamentando y lamentando.
En esta misma Sala hemos lamentado lo que estamos viendo incluso hoy día por los medios. Ha sido casi terrorífico ver el juicio que se está siguiendo por la agresión a Nabila Rifo, mujer a la que se le extrajeron los ojos y cuya primera reacción fue apoyar a quien había sido su agresor.
Eso revela en demasía aquella cultura que les impide a las mujeres con falta de autonomía, con inseguridad, denunciar, perseverar y permitir que la justicia siga haciendo su trabajo.
Eso me parece bastante serio.
Todos estamos a la expectativa de ver cómo se termina de desarrollar ese juicio y esperamos un castigo ejemplar para el verdadero responsable de esta situación, pues no podemos permitir impunidad ante hechos de esta naturaleza.
En Argentina están lamentando lo sucedido con una activista por la causa de las mujeres contra la violencia intrafamiliar, quien fue raptada y asesinada, y cuyo cuerpo apareció hace algunas horas (un día atrás), lo cual ha generado movilizaciones masivas en la calle.
Entonces, tenemos que seguir trabajando.
Señor Presidente, aquí se trata de avanzar en la protección de la mujer ante la violencia intrafamiliar. Y la persecución de esta merece que se mejoren las modalidades de fiscalización. Está claro que las medidas cautelares, en su gran mayoría, no son eficaces, o no se cumplen o son burladas. Las policías no dan abasto.
Por ello es tan importante que los victimarios puedan ser monitoreados a través de las distintas modalidades que plantea el proyecto, ya sea por seguimiento telemático o por aplicación de telefonía móvil. En nuestro país tenemos más de veinte millones de teléfonos celulares, por lo cual no podemos decir que no estén al alcance de todos una plataforma web o cualquier tecnología que nos haga posible realizar dicho control.
Como hemos señalado, es imprescindible ir recuperando la confianza, porque hoy día con razón las mujeres no sienten confianza en la justicia, no sienten que las medidas cautelares sean efectivas, no sienten una real protección.
Eso también tiene que ver con cómo nosotros socializamos desde muy temprano, cómo educamos a nuestros niños, cómo hacemos para que la violencia no sea la solución a los conflictos familiares y no prevalezca en las relaciones de pololeo, de noviazgo, de marido y mujer o de cualquier otra índole.
En verdad, debemos avanzar mucho más en términos culturales para no seguir aceptando el drama que en Chile, en América Latina, en Europa y en el resto de los países del mundo sigue subsistiendo. La violencia intrafamiliar es una lacra y no podemos continuar mirando indolentemente cómo vamos perdiendo la confianza en una protección por el hecho de que, simplemente, no es efectiva.
Creo que las denuncias; el perseverar en ellas; que la justicia dé señales claras; el disponer de medios electrónicos que hoy día nos pueden ayudar son elementos absolutamente necesarios para que la mujer se sienta más protegida.
Yo espero que sigamos avanzando en la legislación. Pero este es sobre todo un tema cultural, que dice relación con cómo se desarrollan los valores al interior de la familia, qué les enseñamos a nuestros hijos, futuros adultos, pues los niños maltratados -ello constituye otro problema de esta sociedad- probablemente sean futuros maltratadores.
También corresponde hacerse cargo de eso, porque no queremos violencia contra la mujer, ni tampoco violencia contra los niños o nuestros adultos mayores, como hemos visto muchas veces.
Por esas razones, señor Presidente, con mucho gusto voto a favor.
Por cierto, reitero mis felicitaciones a la Senadora Muñoz. Y repito que sigo esperando que la Comisión de Constitución trabaje las otras mociones, pues queremos hacer efectivo...
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Concluyó su tiempo, señora Senadora.
Dispone de un minuto más.
La señora ALLENDE.- Gracias, señor Presidente.
Decía que queremos hacer efectivo el símil con la Ley Emilia, es decir, que el reincidente a lo menos cumpla un año de cárcel real. ¿Para qué? Para que tomemos el peso de lo que significan las agresiones al ser humano más débil: la mujer.
Lamentablemente, la mujer sigue siendo todavía el lado más débil, no solo por una razón física, sino también psicológica. La autonomía financiera, la seguridad psicológica, la capacidad de independencia no son elementos que acompañen fácilmente a las mujeres que tienen menos oportunidades y que son más vulnerables.
Por eso es tan importante que el Senado dé una señal, y espero que todos votemos a favor.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, quiero sumarme también al apoyo que se ha brindado a esta iniciativa, tal cual lo hicimos en la Comisión de Constitución sus integrantes, quienes trabajamos con el mayor entusiasmo posible para que iniciativas de esta naturaleza, mociones focalizadas en temas relevantes como lo son evitar la violencia intrafamiliar y hacer efectivo el cumplimiento de las normas para cautelar que esas situaciones no se repitan, tengan efectividad en el ordenamiento legal.
Pienso que lo propuesto por la Senadora Muñoz ha sido bastante preciso. No es una reforma al Código; no es un sistema ultramontano, sino una medida concreta para resolver un problema.
Hoy día los responsables de la violencia intrafamiliar, que normalmente son personas conocidas (familiares, amigos cercanos), tienen por esa misma razón facilidades de acceso a las víctimas, y las medidas cautelares que se toman para impedir que los victimarios se acerquen a ellas no son fáciles de asegurar ni de controlar.
Por ello, la propuesta que se ha hecho en el sentido de incorporar el control de supervisión electrónica a través de monitoreo telemático, al cual en la discusión se agregaron otros mecanismos electrónicos que operan mediante sistemas de GPS (geoposicionamiento satelital), permite identificar la ubicación del victimario, evitar que se aproxime a la víctima y garantizar que la medida cautelar se cumpla.
Sin embargo, el proyecto agrega otras dos características que lo hacen extraordinariamente efectivo: la medida impuesta debe ser supervisada por Gendarmería y Carabineros, y, por encima de ellos, el juez tendrá la facultad de determinar la factibilidad de su aplicación y, por lo tanto, si está cumpliendo con las finalidades perseguidas, todo ello de acuerdo con el reglamento que se establecerá en su oportunidad.
Me parece que ese es un elemento muy importante, porque, si no existiera un seguimiento, lo que ocurrirá al final es que estas leyes serán letra muerta.
Finalmente, el proyecto plantea asegurar una mayor coordinación interinstitucional entre las distintas organizaciones o instituciones que actúan en esta materia -el Ministerio Público, Gendarmería, Carabineros, la Policía de Investigaciones-, todas las cuales deben trabajar a través de mecanismos de coordinación, los que serán comunicados a cada corte de apelaciones a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
En mi concepto, el conjunto de estas normas, claras, precisas y muy sencillas, promete un efecto positivo para asegurar que, detectada la violencia intrafamiliar y sancionado quien incurrió en ella, se cumpla la medida cautelar dirigida a proteger a las víctimas.
¡Tan simple como eso!
Las leyes, si no se cumplen, no sirven.
Esta es una medida que busca asegurar el cumplimiento de las disposiciones que dictamos.
Se trata de un proyecto muy positivo, y, gracias a la buena voluntad de su autora, hemos contribuido a mejorarlo, para que cumpla todos los objetivos que Su Señoría propuso.
Por las razones expuestas, con mucho interés votaremos favorablemente.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, solo quiero hacerme cargo (lo considero relevante) de un planteamiento del Senador Prokurica y, además, entregar una información que tuvimos a la vista en la Comisión de Constitución -en ella, como ya se dijo en la Sala, se revisó muy rigurosamente la propuesta que formulé-, órgano en el que consideramos también el costo, que fue quizás uno de los puntos que trabaron la tramitación de esta iniciativa.
Tenemos antecedentes -y así quedó establecido- en cuanto a que actualmente en sede penal el sistema de monitoreo telemático existe para dos penas sustitutivas de privación de libertad: la reclusión parcial y la libertad vigilada intensiva.
Para tal efecto, se previeron recursos en la Ley de Presupuestos del año 2016. Sin embargo, al día de hoy, según la información que recibimos, no se ha ejecutado ni siquiera 10 por ciento de ello. Así, hay alrededor de 35 mil dispositivos, entre brazaletes y tobilleras, que no se han usado.
Entonces, el argumento de que la implementación del proyecto va a resultar muy cara carece de validez. Y, aunque fuera demasiado costosa, ¡la vida de una mujer vale toda la inversión pública que pueda hacerse!
La información exacta nos permitió decir que aquello no era una traba. Porque -repito- existen recursos, y únicamente se requiere voluntad para sacar adelante las medidas propuestas.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Guillier.


El señor GUILLIER.- Señor Presidente, anuncio que apoyaré este proyecto. Y felicito a su autora, la colega Adriana Muñoz.
Se trata de una supervisión electrónica que tiene como propósito asegurar el cumplimiento efectivo de la medida cautelar decretada por el juez de familia para dar protección real a las víctimas de violencia intrafamiliar.
Al mismo tiempo, se regula la utilización del monitoreo telemático (es decir, del dispositivo electrónico) para vigilar a los condenados por el delito de maltrato habitual.
Se tiene presente una serie de datos de alto impacto que la opinión pública conoce, como el incremento en nuestro país de las cifras sobre violencia intrafamiliar; la falta de respuesta efectiva de las políticas públicas desarrolladas, que han tenido las mejores intenciones pero no han sido la respuesta que se esperaba, etcétera.
Necesitamos, por lo tanto, enfrentar la reincidencia con respuestas oportunas y eficaces.
La existencia de normas que le confieren al juez de familia potestad para adoptar medidas como las propuestas se inscribe dentro de la obligación de que aquel otorgue resguardo a la víctima y al grupo familiar.
En consecuencia, simplemente se procura fortalecer las facultades del magistrado para dictar medidas cautelares y dotar al sistema de un mecanismo de fiscalización que evite de verdad las lesiones y los femicidios, que en los últimos años han seguido teniendo lugar pese a toda las disposiciones dictadas para frenar ese flagelo en nuestro país.
Si bien aquello es perfectamente coherente con los propósitos de las abundantes normativas dictadas hasta la fecha, se requieren medidas más eficaces.
Como dije, señor Presidente, apoyaré esta iniciativa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en particular el proyecto (26 votos a favor).
Votaron las señoras Allende, Muñoz, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Guillier, Hernán Larraín, Letelier, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable de la Senadora señora Goic.
--(Aplausos en tribunas).