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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 365ª
Sesión 21ª, en miércoles 7 de junio de 2017
Ordinaria
(De 16:23 a 19:42)
PRESIDENCIA DE SEÑORES ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN, PRESIDENTE,
Y GUIDO GIRARDI LAVÍN, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron las señoras y los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--Espina Otero, Alberto
--García Ruminot, José
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Navarro Brain, Alejandro
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Rossi Ciocca, Fulvio
--Tuma Zedan, Eugenio
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros Secretario General de la Presidencia, señor Nicolás Eyzaguirre Guzmán, y Secretaria General de Gobierno, señora Paula Narváez Ojeda.
Asimismo, se encontraban presentes los asesores de la Ministra Secretaria General de Gobierno, señores Cristian Arancibia Santibáñez y Sebastián Llantén Morales; y diversos asesores parlamentarios.
Actuó de Secretario General el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:23, en presencia de 13 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 17ª, ordinaria, en 30 de mayo; 18ª, extraordinaria, y 19ª, ordinaria, ambas en 31 de mayo, del año en curso, que no han sido observadas.
IV. CUENTA

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor ALLIENDE (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Catorce de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con el primero retira y hace presente la urgencia, calificándola de "suma", para la tramitación del proyecto que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para establecer la obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a Internet (boletín N° 8.584-15).
Con los trece siguientes retira y hace presente la urgencia, calificándola de "simple", para la tramitación de las siguientes iniciativas:
1) Proyecto que modifica la ley N° 19.132, de Televisión Nacional de Chile (boletín N° 6.191-19).
2) Proyecto de ley que reforma el Código de Aguas (boletín N° 7.543-12).
3) Proyecto de ley que determina conductas terroristas y su penalidad y modifica los Códigos Penal y Procesal Penal (boletines N°s 9.692-07 y 9.669-07, refundidos).
4) Proyecto de reforma constitucional que establece que los crímenes y delitos de guerra, lesa humanidad y genocidio no pueden prescribir ni ser amnistiados (boletín N° 9.748-07).
5) Proyecto que adecua la ley penal en materia de amnistía, indulto y prescripción de la acción penal y la pena a lo que dispone el derecho internacional respecto de los delitos de genocidio, de lesa humanidad o de guerra (boletín N° 9.773-07).
6) Proyecto de ley que perfecciona la justicia tributaria y aduanera (boletín N° 9.892-07).
7) Proyecto de ley que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias (boletín N° 9.914-11).
8) Proyecto de ley que previene y sanciona los conflictos de intereses y modifica normas sobre inhabilidades e incompatibilidades en el ejercicio de la función pública (boletín N° 10.140-07).
9) Proyecto que modifica la Ley de Tránsito para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte (boletín N° 10.217-15).
10) Proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y otros cuerpos legales en lo relativo a probidad y transparencia (boletín Nº 10.264-07).
11) Proyecto de ley que crea el Sistema de Educación Pública y modifica diversos cuerpos legales (boletín N° 10.368-04).
12) Proyecto que modifica la ley N° 20.357, que tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra, para incorporar el delito de agresión y extender los crímenes de guerra a conflictos no internacionales (boletín Nº 10.665-07).
13) Proyecto de ley que tipifica el delito de corrupción entre particulares y modifica disposiciones del Código Penal relativas a delitos funcionarios (boletines N°s 9.956-07 y 10.155-07, refundidos).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
De Su Excelencia el Vicepresidente de la República:
Con el que da inicio a un proyecto de ley que elimina el aporte fiscal indirecto para las instituciones de educación superior, estableciendo una regulación transitoria para el año 2017 (boletín N° 11.257-04).
--Pasa a la Comisión de Educación y Cultura, y a la de Hacienda, en su caso.
Oficios
De la Honorable Cámara de Diputados:
Con el que comunica que ha aprobado el proyecto que modifica la ley N° 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, para someter el transporte, recepción, acopio y embarque de minerales al sistema de evaluación de impacto ambiental, y establece normas para el desarrollo de dichas actividades (boletín N° 10.629-12).
--Pasa a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Adjunta resolución dictada en el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad.
--Se remite el documento a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Ministro del Interior y Seguridad Pública:
Responde inquietud, planteada en nombre del Senador señor Ossandón, sobre diversas materias relativas a visas, extranjería y migración.
Remite información sobre convenios existentes entre las distintas ramas de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública con bancos comerciales, solicitud expresada en nombre del Senador señor Navarro.
Del señor Ministro de Hacienda:
Adjunta respuesta a solicitud, enviada en nombre del Senador señor De Urresti, para informar sobre las razones del rechazo de veintiún proyectos de agua potable rural.
Del señor Ministro de Obras Públicas:
Responde inquietudes, planteadas en nombre del Senador señor Araya, acerca de las siguientes materias:
-Controles por incumplimiento de velocidades mínimas en la autopista Antofagasta-Carmen Alto, por circulación de camiones de carga ancha durante el período 2012-2016.
-Fiscalizaciones de los caudales de agua existentes en la Región de Antofagasta durante los períodos 2012-2016.
Informa sobre falta de abastecimiento de agua potable en el jardín infantil de la red Integra de la comunidad de San Ramón, comuna de Padre Las Casas, entregado en noviembre de 2016, solicitud expresada en nombre del Senador señor García.
Del señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura:
Atiende preocupación, manifestada en nombre del Senador señor Quinteros, relativa a la conformación de un grupo de estudio que aborde temas como el de las zonas contiguas, cuotas de captura de merluza y reineta, y Registro Pesquero Artesanal.
Del señor Alcalde de Coronel:
Contesta petición de información, cursada en nombre del Senador señor De Urresti, en relación con el trabajo realizado por la Mesa de Humedales del Gran Concepción.
Del señor Director General (S) de la Policía de Investigaciones de Chile:
Remite respuesta a solicitud, enviada en nombre del Senador señor Espina, acerca de la aplicación del control preventivo de identidad contemplado en el artículo 12 de la ley N° 20.391.
Del señor Director (S) del SERVIU de la Región de La Araucanía:
Informa requerimiento de información, expresado en nombre del Senador señor García, referente a la situación jurídica del terreno ubicado en calle Las Dunas, de Puerto Saavedra, donde se encuentran emplazados juegos infantiles y una multicancha.
Del señor Jefe de Gabinete del Subsecretario de Hacienda:
Responde solicitud para que se presente un proyecto de ley que permita contar con una Corporación Nacional Forestal pública y redefina el rol de las Fuerzas Armadas en tiempos de paz, materia consultada en nombre del Senador señor Horvath.
De la señora Jefa de Gabinete de la Subsecretaría de Educación Parvularia del Ministerio de Educación:
Atiende preocupación, manifestada en nombre del Senador señor De Urresti, con la adhesión del Senador señor Navarro, concerniente al programa Meta Presidencial de Construcción de Salas Cuna de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informe
De la Comisión de Economía, recaído en el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, en lo relativo al derecho a retracto en los contratos de prestación de servicios educacionales (boletín Nº 11.178-03).
--Queda para tabla.
Moción
De los Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Muñoz y señores Pérez Varela y Walker (don Patricio), con la que comienzan un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos (boletín Nº 11.256-12).
--Pasa a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
Comunicación
De los Senadores señores De Urresti y Pérez Varela, con la que informan de su participación en el "Seminario Ministerial para Diputados y Senadores de América Latina 2017", realizado en la República Popular China.
--Se toma conocimiento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la Cuenta.
V.
FÁCIL DESPACHO



TRAMITACIÓN Y OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE ACUICULTURA DE PEQUEÑA ESCALA EN REGIÓN DE LOS LAGOS


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En tabla de Fácil Despacho figura el proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Quinteros, en primer trámite constitucional, que interpreta el artículo 4° de la ley N° 20.825, que amplía el plazo de cierre para otorgar nuevas concesiones en acuicultura, en lo relativo a la expresión "acuicultura de pequeña escala", con informe de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
--Los antecedentes sobre el proyecto (11.203-21) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del Senador señor Quinteros):
En primer trámite: sesión 11ª, en 2 de mayo de 2017 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura: sesión 19ª, en 31 de mayo de 2017.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo de la iniciativa es regular la excepción contenida en el artículo 4° de la ley N° 20.825 respecto de las solicitudes de concesión de acuicultura en la Región de Los Lagos.
La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura discutió el proyecto en general y en particular, por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Goic, Muñoz y Von Baer y señor Quinteros.
Cabe hacer presente que el artículo único del proyecto tiene el carácter de norma de quorum calificado, por lo que requiere para su aprobación 19 votos favorables.
El texto que se propone aprobar se consigna en las páginas 7 y 8 del informe.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión general la iniciativa.
Tiene la palabra el Senador señor Moreira.

El señor MOREIRA.- Señor Presidente, por encontrarnos en Fácil Despacho, seré muy breve.
Como bien indicó el señor Secretario, fue el Senador Quinteros quien presentó una moción para interpretar la expresión "acuicultura de pequeña escala sobre algas", circunscribiéndola a aquella que no supere las 10 hectáreas de superficie.
Hago notar que el referido colega se encuentra en este minuto en un proceso posoperatorio, lo cual le ha impedido estar presente hoy en el Senado.
Dada la importancia que reviste su aprobación, se decidió colocar el proyecto en Fácil Despacho.
Ambos, el Senador Quinteros y el que habla, somos representantes de la Región de Los Lagos, a la que la iniciativa en debate beneficia directamente, así que no puedo estar más de acuerdo con Su Señoría en el texto de la normativa, que busca levantar la moratoria para la tramitación de concesiones a acuicultores de pequeña escala.
¡Me la ganó el Senador Quinteros! Lo digo porque yo había presentado una indicación, con fecha 15 de marzo, al proyecto de INDESPA, que precisamente pretendía resolver este conflicto con otras áreas productivas que se veían afectadas por la moratoria, la cual fue pensada para corregir problemas sanitarios y de reordenamiento de la industria salmonera.
Sin importar el origen ni el autor del proyecto, yo valoro enormemente este acuerdo con el Ejecutivo para realizar la modificación legal pertinente. Y creo que es tiempo de ir resolviendo los distintos conflictos de interés que existen con respecto a las concesiones en nuestra región.
Sobre el particular, quiero aprovechar esta instancia para hacer un llamado a las autoridades de la SUBPESCA en cuanto a ir cerrando ciertos procesos. Por ejemplo, la moratoria correspondiente a la Región de Los Lagos, cuyo objetivo es el reordenamiento territorial de las salmoneras, tenía fecha perentoria hasta el 2015. Este plazo fue ampliado por cinco años. Pero yo quisiera saber cuánto se ha avanzado en la relocalización porque, debido al atraso de la industria, otros sectores económicos se ven perjudicados. Es el caso de la acuicultura de pequeña escala, que es lo que queremos resolver hoy.
No podemos seguir con soluciones de parche; se deben buscar soluciones definitivas.
Otro ejemplo es lo que sucede con la Ley Lafquenche, que permite hacer solicitudes para el uso del borde costero. Existen muchas concesiones que se encuentran en proceso de ser renovadas, actualizadas, ampliadas o caducadas por la demora en los procesos de tramitación, pero se encuentran con la piedra de tope que es la moratoria.
Finalmente, cuando se levante la moratoria, los pequeños y medianos pescadores y acuicultores se encontrarán con que ya todo estará otorgado a las comunidades indígenas.
Entiendo que esto se intenta revertir a través de la "ley de mitílidos", pero no creo que este proyecto alcance a ser tramitado durante la actual Administración, y por ello se hace necesario hacer cumplir la normativa vigente, cerrar procesos, como el de la relocalización, y terminar con la moratoria o decidir no otorgar más concesiones a la acuicultura industrial, que está afectando la competitividad y la inversión en nuestra región.
No olvidemos que ante la sobreexplotación de recursos del mar ha sido la propia FAO la que ha propuesto la reconversión de la pesca artesanal, de la explotación al cultivo, para lo cual se requiere contar con un ordenamiento territorial del mar que dé garantías a todos los sectores.
Se está dando un paso muy importante a través de este proyecto de ley, que llevó adelante el Senador Rabindranath Quinteros, de mi propia región, lo cual demuestra que, a pesar de nuestras diferencias políticas, podemos estar de acuerdo en iniciativas que benefician a los pescadores de Los Lagos.
Invito a todos a votar a favor de esta propuesta legal, esperando la pronta recuperación de mi estimado colega.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.- Señor Presidente, efectivamente, lo que hoy día estamos discutiendo es un proyecto de ley que se originó en una moción del Senador señor Quinteros, quien preside la Comisión de Pesca y que, tal como se ha señalado, hoy no puede estar presente por un tema médico.
Por eso, yo voy a dar cuenta de lo que ha sido la tramitación de esta iniciativa, que además suscribimos y acompañamos todos los integrantes del referido órgano técnico, por parecernos absolutamente necesaria. Por ello se analizó también con bastante celeridad.
Fue presentada el 28 de abril de este año y su objeto es establecer una excepción a la moratoria impuesta a través de la ley N° 20.825, que amplió el cierre para otorgar nuevas concesiones de acuicultura, que fue una de las medidas que se adoptaron para incorporar mejores prácticas ambientales y propiciar el ordenamiento de las concesiones para un mejor desempeño ambiental y sanitario, a propósito del brote del virus ISA en el 2010.
Dicha ley "amplió el plazo de cierre del acceso a nuevas concesiones de acuicultura y la suspensión del trámite de nuevas concesiones, que finalizó el 8 de abril de 2015, con el fin de completar el proceso de ordenamiento de la actividad de acuicultura de salmones y la relocalización de las concesiones existentes", de acuerdo a la nueva normativa sanitaria.
En este contexto, el artículo 4° de la ley suspendió "el ingreso y otorgamiento de solicitudes de concesiones de acuicultura, cualquiera sea la especie o grupo de especies a cultivar, con excepción de la acuicultura de pequeña escala sobre algas, en la Décima Región de Los Lagos, entre la fecha de la publicación de la ley en el Diario Oficial y el 8 de abril de 2020".
Es del caso señalar que la voluntad expresa del legislador fue exceptuar de esa moratoria a los pequeños cultivos de algas en la Región de Los Lagos. No obstante, dado que no está definido legalmente el concepto de "acuicultura de pequeña escala", lo que ha ocurrido en la práctica es que la Subsecretaría de Pesca ha asumido que no se debe tramitar ninguna concesión en la región, sin importar el tamaño ni la especie, lo cual, como he señalado, no se condice con la voluntad del legislador.
La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura estudió este proyecto de ley en sus sesiones de fecha 3, 10 y 17 de mayo y, tal como se consigna en el informe respectivo, lo aprobó en general y en particular, con las modificaciones que concordamos en su momento con el Ejecutivo y que se propusieron en el seno de la referida instancia. Estos acuerdos fueron adoptados por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señoras Muñoz, Von Baer, señor Quinteros y quien les habla, los que, a la vez y por la misma unanimidad, acordamos recomendar a la Sala su aprobación en general y en particular en los términos consignados en el informe.
Finalmente, dada la modificación del artículo único, se solicita que, de aprobarse, se cambie la denominación de la iniciativa, pues ahora no interpreta sino que modifica el artículo 4° de la ley N° 20.825.
Es todo cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago presente a la Sala que este es un asunto de Fácil Despacho, por lo que vamos a empezar a aplicar el Reglamento en el sentido de que hable solamente un Senador por la aprobación y otro por el rechazo. Si no, caemos en la posibilidad de que su tratamiento se extienda demasiado.

El señor MONTES.- ¡Muy bien, señor Presidente!

La señora ALLENDE.- ¡Sí, aplique el Reglamento!
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Aprovecho de saludar a la delegación de estudiantes de Ecuador que están realizando un curso de Gobierno y Políticas Públicas en la Universidad del Desarrollo, quienes nos acompañan en las tribunas.
--(Aplausos en la Sala y en tribunas).
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Recuerdo a la Sala que el día de ayer se autorizó el ingreso de los asesores, tanto de la señora Ministra como de los Comités.
¿Habría acuerdo para mantener dicha autorización?

El señor ALLAMAND.- Sí.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Acordado.

El señor PROKURICA.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Diga, señor Senador.

El señor PROKURICA.- Días atrás tomamos, no sé si el acuerdo, pero sí se señaló que, cada vez que se viera un proyecto de ley, el Ministro respectivo debía estar presente.
En este minuto estamos tratando una iniciativa cuyas implicancias son muy importantes respecto de un tema no menor como es la pesca, en el cual hay Senadores, Diputados y asesores vinculados a todo tipo de acusaciones. Incluso, un colega afirma que existe financiamiento. Y no se encuentra en el Hemiciclo el representante del Gobierno.
A mí me gustaría que el Ejecutivo diera su opinión sobre este proyecto. No tengo por qué pensar mal de la normativa en estudio, pero, por seguridad de la Corporación y de los Senadores, el Ejecutivo debe entregar su parecer respecto de este tipo de proyectos, que siempre tienen aristas complejas.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le agradezco su intervención, señor Senador.
El problema es que nosotros, como Senado, pusimos esta iniciativa en Fácil Despacho el día de ayer. Ojalá pudiéramos comunicar estos cambios con el tiempo suficiente a los señores Ministros, para que quedaran en condiciones de concurrir. Pero, como seguramente vamos a aprobar el proyecto, habrá discusión particular y plazo para formular indicaciones. Ahora estamos en la discusión general.
No hay más Senadores inscritos para intervenir.

El señor MOREIRA.- Abra la votación, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación la idea de legislar.
--(Durante la votación).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Para fundamentar su voto, tiene la palabra el Senador señor Tuma.

El señor TUMA.- Señor Presidente, quiero felicitar al Senador autor de la moción. Sin embargo, hay algo que me llama la atención y por eso he solicitado hacer uso de la palabra.
Lo normal es que los trámites de concesiones acuícolas demoren entre diez, quince, dieciocho años. Entonces, aquí lo volvemos a ratificar al aceptar las concesiones acuícolas que cuenten con proyecto técnico aprobado al 9 de febrero del 2013 o que hayan sido presentadas antes del 12 de abril de 2012.
Con ello, parece normal que el trámite de una concesión de acuicultura demore tantos años.
Llamo la atención sobre el particular, señor Presidente. Y, por intermedio de la Mesa, le solicito a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura que vea con las autoridades pertinentes del Ejecutivo cómo lograr que un procedimiento que debería durar máximo un año no se tarde quince.
Voto a favor.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Quiero hacerle presente a la Sala que este proyecto es de quorum especial, por lo que para su aprobación se requieren 19 votos afirmativos.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (22 votos a favor).
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Coloma, Girardi, Letelier, Matta, Montes, Moreira, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Chahuán.

De otro lado, debo informarle a Sus Señorías que la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura me había solicitado que esta iniciativa fuera aprobada en general y en particular. Pero es la Sala la que debe resolver al respecto.

El señor PROKURICA.- ¡No, señor Presidente!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En caso de que no se aceptara esa proposición, el proyecto tendría que volver a la Comisión para el segundo informe. Pero primero habría que definir el plazo para presentar indicaciones.

El señor PROKURICA.- ¡Obvio!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Moreira.

El señor MOREIRA.- Señor Presidente, este es un proyecto simple. Se discutió en la Comisión de Pesca, donde fue aprobado por unanimidad. Beneficia a una región en especial, ya que está resolviendo la situación relativa a la moratoria.
Por lo tanto, yo no veo qué indicaciones se pueden presentar en esta materia, pues, en el fondo, se trata de la modificación de un artículo.
Señalo aquello porque, de seguir ese procedimiento, se va a demorar y a demorar su despacho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Para eso requiero la unanimidad de la Sala, porque cualquier Senador puede solicitar que se fije un plazo para presentar indicaciones.
Consulto a Sus Señorías sobre el punto.
Tengo una petición en tal sentido.
Efectivamente, como se señaló, el Subsecretario de Pesca asistió a la Comisión y manifestó su acuerdo con el propósito de este proyecto.
Eso es cierto.
Entonces, ¿les parece que el plazo para la presentación de indicaciones sea hasta el lunes 19 de junio, a las 12?
Acordado.
VI. ORDEN DEL DÍA



RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN DE DERECHO DE IDENTIDAD DE GÉNERO


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde proseguir la discusión particular del proyecto de ley, iniciado en moción de las Senadoras señoras Pérez San Martín y Rincón y de los Senadores señores Escalona, Lagos y Letelier, en primer trámite constitucional, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, con segundo informe, segundo informe complementario y nuevo informe complementario del segundo informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (8.924-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señoras Lily Pérez y Rincón y señores Lagos, Letelier y Escalona):
En primer trámite, sesión 20ª, en 7 de mayo de 2013.
Informes de Comisión:
Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 49ª, en 27 de agosto de 2013.
Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía (segundo): sesión 58ª, en 26 de octubre de 2016.
Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía (segundo informe complementario): sesión 58ª, en 26 de octubre de 2016.
Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía (nuevo informe complementario del segundo informe): sesión 17ª, en 30 de mayo de 2017.
Discusión:
Sesiones 87ª, en 21 de enero de 2014 (se aprueba en general); 19ª, en 31 de mayo de 2017 (queda pendiente la discusión en particular); 20ª, en 6 de junio de 2017 (queda pendiente la discusión en particular).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Quedó pendiente la discusión de la indicación renovada N° 15, cuyo propósito es intercalar, en la letra c) del inciso tercero que propone la Comisión de Derechos Humanos para el artículo 1°, entre las palabras "tratada" y "en", la frase "una vez realizada la rectificación que regula esta ley".
Durante el debate se señaló que se buscaría una redacción alternativa.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No hubo acuerdo para ello.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Entonces, habría que darles la palabra a los señores Senadores que quedaron inscritos para intervenir.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Lily Pérez.

La señor PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, ayer quedamos justo en este punto, que tiene que ver con la letra c). Y se había renovado una indicación para eliminarla.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No, señora Senadora. Estamos discutiendo la letra c) que aparece en la columna final de la página 4 del boletín comparado.

La señora PÉREZ (doña Lily).- ¡Sí, pues! ¡Eso!
Había una indicación del Senador...

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No era para eliminar la letra c), sino para agregarle una frase.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Y el Ejecutivo quedó de traer una redacción alternativa.
De eso estamos hablando.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Y no hubo posibilidad de concordar esa redacción.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Okay: no hubo acuerdo para ello.
Sin embargo, creo que la situación está igualmente salvada en el texto original. ¿Por qué?
Señalo lo anterior para quienes tienen duda con respecto a la certeza jurídica que mencionaron ayer los Senadores Espina y Chahuán.
Me explico.
Una persona puede tener un nombre social distinto, pero su rol único nacional no se altera. Y cuando concurre, por ejemplo, a la firma de un contrato, o a la compra de un bien, queda ese número. De manera que no se puede argumentar que tales actos no tendrían legitimidad o que se estaría incurriendo en un vicio.
Como ese número no se altera -lo que cambia en este caso es el nombre social o registral-, honestamente creo que debe respetarse la norma original, ya que no hay acuerdo en cuanto al texto alternativo del Ejecutivo.
Por lo tanto, yo estaría dispuesta a votar la disposición tal y como venía originalmente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Allamand.

El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, ayer se visualizó una solución para este problema que quizá todavía es factible de concretar. Porque, si se fija, la letra c) tiene dos elementos distintos.
La primera frase plantea que la persona tiene derecho a "ser tratada en conformidad con su identidad de género". Sin embargo, acto seguido se agrega la siguiente condición: "y, en particular, a ser reconocida e identificada de ese modo en los instrumentos públicos y privados", en fin.
Entonces, ¿por qué siento que no existe propiamente una diferencia? Porque estamos hablando de dos cosas distintas.
La primera frase se halla relacionada con el derecho de la persona que ha planteado lo relativo a la identidad de género a ser tratada conforme a ella.
La segunda parte tiene que ver con una cosa diferente.
Por ejemplo, desde cuándo un notario, para los efectos de otorgar una escritura pública, debe estarse a lo que se ha denominado acá "nombre o sexo social".
Ese es exactamente el problema. Por eso son dos situaciones diferentes.
Veamos un caso práctico: el de una persona que va a una notaría y quiere suscribir una escritura. Y me voy a colocar como ejemplo.
En la notaría me preguntan por mi nombre. Yo respondo: Andrés Allamand. Pero digo: "No. Es que para este efecto quiero ser considerado femenino: me llamo Andrés Allamand, y mi sexo es femenino. Identifíqueme en la escritura de esa manera".
¿Qué hace el notario? No puede acceder a ello si no existe la inscripción: debe pedir el certificado de nacimiento o el carnet de identidad.
Entonces, no estamos frente a una diferencia. Lo que hay que hacer aquí es separar las dos situaciones envueltas en el artículo.
La primera es general: toda persona tiene derecho "A ser tratada en conformidad con su identidad de género".
La segunda situación es desde cuándo, para los efectos de un instrumento público o un instrumento privado, debe estarse al "sexo requerido", por así llamarlo. Obviamente, ello debe ser después de la inscripción.
Señor Presidente, mi pregunta es muy simple. Si yo le planteo a cualquier notario lo siguiente: "Mire, mi carnet dice: `Andrés Allamand, sexo masculino', pero yo quiero que coloque `Andrés Allamand, sexo femenino'.", ¿podría acceder a ello, contraviniendo lo señalado en el carnet de identidad y por mi sola petición? ¡Obviamente que no!
Entonces, no tenemos una diferencia.
Esto se soluciona perfectamente disponiendo que toda persona tiene derecho "A ser tratada en conformidad con su identidad de género (...) Asimismo, una vez formulada la inscripción", y luego continuar con el artículo.
De lo contrario, se les formulará a las autoridades públicas una exigencia que no les será factible cumplir.
¿Cómo podría una autoridad pública dar cumplimiento a lo que señalé anteriormente, contraviniendo lo que dice el certificado de nacimiento y el carnet de identidad?
¡Sería imposible!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago presente a los señores Senadores que ya intervinieron que solo pueden hacerlo una vez.
Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, quiero señalar que ayer hubo un acuerdo de la Sala para que el Ejecutivo propusiera hoy día una nueva redacción.

La señora PÉREZ (doña Lily).- La trajo.

El señor CHAHUÁN.- Ciertamente.
Sin embargo, vuelvo a insistir en que acá estamos hablando acerca de cómo poder resolver la inoponibilidad respecto de terceros. Por eso a mí me gustaría que pudiéramos revisar la propuesta del Ejecutivo para saber si efectivamente podemos zafar con relación a los efectos jurídicos en cuanto a terceros de un acto o contrato a fin de dar certeza jurídica, que es lo que esperamos.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.

La señora NARVÁEZ (Ministra Secretaria General de Gobierno).- Señor Presidente, quiero saludar, por su intermedio, a todos los señores Senadores y señoras Senadoras.
Como Ejecutivo, hemos cumplido con el compromiso de traer una nueva redacción, buscando, por cierto, salvar este punto.
Me interesa señalar que no estamos discutiendo la oponibilidad al tema, que está salvada, sino que estamos hablando específicamente de cómo lograr un tratamiento digno.
Leeré a continuación la nueva redacción de la letra c) del artículo 1° del proyecto de ley:
"A ser tratada dignamente de conformidad con su identidad de género en concordancia con las circulares e instructivos oficiales emanados de la autoridad competente. En relación a los instrumentos públicos, deberá utilizarse siempre el nombre y sexo legal vigente al momento de su suscripción.
"Asimismo, desde que se produzca la rectificación de la partida de nacimiento, y de conformidad con los artículos 8° y 9° de esta ley, las imágenes, fotografías, soportes digitales, informáticos o cualquier otro instrumento con los que las personas figuran en los registros oficiales deben ser coincidentes con la nueva identidad establecida en la referida partida".".
Esa es la nueva propuesta, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.- Señor Presidente, por su intermedio, quiero solicitarle a la Ministra si puede leer de nuevo la redacción del Ejecutivo o distribuirla, porque por lo menos a mí no me queda claro qué se está planteando.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señora Senadora, le pido, por favor, evitar el diálogo y dirigirse a la Mesa.

La señora VON BAER.- Perdón, señor Presidente.
Por su intermedio, le solicito a la Ministra que nuevamente lea el texto del Ejecutivo, pues no me queda claro cómo se resuelve el problema.
Gracias.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- De acuerdo. Voy a pedir que se coloque en la pantalla de la Sala, para que lo puedan leer ahí.
Mientras tanto, tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, me parece que se avanza en un sentido, pero en otro no.
Efectivamente, aquí hay dos temas. Uno es el relativo al trato digno. En este caso no se requiere que se circunscriba a lo que dicen las circulares. Simplemente, se debe establecer por ley. Más aún cuando el artículo 9 dispone la "OBLIGACIÓN DE TRATO DIGNO".
Aquí basta con lo consignado en la letra c) del proyecto: "A ser tratada en conformidad con su identidad de género". Se podría agregar "A ser tratada `con dignidad' en conformidad con su identidad de género".
Ese no es el punto.
A lo que hemos estado aludiendo es a la situación que se produce al momento de firmar un documento público cuando la persona está en proceso de cambio de identidad legal y todavía mantiene la de origen.
Si durante ese proceso se lo identifica con la identidad que busca y no con la que tiene se puede producir un efecto jurídico negativo, que haga inoponible el acto de terceros. Este es el conflicto que tratamos de evitar. Y opino que la fórmula a que me referí sí lo resuelve.
En cuanto a la frase "En relación a los instrumentos públicos", debería agregarse "y los privados", porque esto puede afectar, por ejemplo, a un contrato entre partes.
Por tanto, la solución sería establecer la siguiente oración: "En relación a los instrumentos públicos y privados, deberá utilizarse siempre el nombre y sexo legal vigente al momento de su suscripción".
Eso resolvería el problema, porque si el día de mañana la persona tiene una identidad de género distinta, desde ese minuto, desde el acto de reconocimiento -es lo que hemos estado planteando y proponía la indicación del Senador Chahuán-, se usará la nueva identidad de género. Pero antes de que se haya reconocido oficialmente, en conformidad a lo que dispone la ley, no puede utilizarse aquella, sino la actual.
A mí me parece que con lo que propongo es suficiente.
Y, respecto de la frase anterior que plantea el Ejecutivo, no es necesario agregar lo relativo a "las circulares e instructivos oficiales". Bastaría con expresar: "A ser tratada dignamente de conformidad con su identidad de género. En relación a los instrumentos públicos y privados, deberá utilizarse siempre el nombre y sexo legal vigente al momento de su suscripción.".
Así quedaría bien.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Está inscrita la Honorable señora Von Baer.
Su Señoría ya habló. Recuerde que cada Senador puede intervenir solo una vez.
Tiene la palabra.

La señora VON BAER.- Señor Presidente, quiero llamar la atención respecto a la nueva redacción del Ejecutivo.
Me parece que lo propuesto en la segunda parte, como dice el Senador Larraín, avanza en solucionar el problema.
Pero quiero referirme a la primera parte del texto, en cuanto a que la persona debe "ser tratada dignamente de conformidad con su identidad de género en concordancia con las circulares e instructivos oficiales emanados de la autoridad competente".
Por ejemplo, en nuestro país existe una circular del Ministerio de Educación, del 27 de abril de este año, dirigida a todos los sostenedores y directores y directoras de establecimientos educacionales de Chile, que se basa en una definición de identidad de género que, de hecho, es la que rige actualmente.
Dice esa circular, que está vigente, que la identidad de género "Se refiere a la vivencia interna individual del género tal como cada persona se siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al nacer, incluyendo la vivencia personal del cuerpo".
Según el texto propuesto por el Ejecutivo, los niños que manifiestan una identidad de género distinta del sexo que les fue asignado al nacer tienen que ser tratados dignamente.
Eso incluye, por ejemplo, el uso de los servicios higiénicos en el colegio.
Por lo tanto, si utilizamos esa forma de describir tal derecho, un alumno de sexo masculino pero con identidad de género femenina podrá entrar a los baños de las niñas.
¿Es eso lo que se está planteando? De ser así, lo encuentro complejo, sobre todo, si estamos hablando de establecimientos educacionales públicos en que las duchas son abiertas. Por consiguiente, en los colegios esa medida tendrá efecto sobre terceros.
Según la circular, un estudiante de 16 años de sexo masculino e identidad de género femenina podrá entrar al baño de niñas. Y, como el documento está vigente, el asunto resulta complejo, o al menos yo, desde el punto de vista del funcionamiento de los establecimientos educacionales, lo estimo así.
Por eso considero complicado que en la primera parte del texto del Ejecutivo haya una frase que diga: "en concordancia con las circulares e instructivos oficiales emanados de la autoridad competente".
Me parece mejor la indicación del Senador Chahuán, porque plantea de manera sumamente clara que este trato corresponde "una vez realizada la rectificación que regula esta ley".
De esa manera, no produciríamos efecto sobre terceros, contrariamente a lo que ocurre con la propuesta del Gobierno, pues -como señalé- en muchos colegios de nuestro país el uso de las duchas es por completo abierto.
En suma, quería plantear que me parece compleja la primera parte de la indicación del Ejecutivo.
Gracias, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago presente a la Sala que, de no haber unanimidad, no puedo dar curso a la indicación del Gobierno. Por consiguiente, deberemos pronunciarnos sencillamente respecto de la letra c).

El señor LETELIER.- Pido la palabra para un punto de Reglamento.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Espero que no se refiera al fondo, señor Senador.
Tiene la palabra.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, propongo recabar el acuerdo de la Sala para suspender este debate y continuar el tratamiento del proyecto hasta que podamos construir un acuerdo sobre temas que son naturales. La idea es que el efecto jurídico se produce al momento de verificar el cambio registral. Pero ese momento jurídico no cuestiona lo que propone la letra c) del inciso primero del artículo 1°.
Sugiero dejar el tema pendiente hasta que podamos llegar a un acuerdo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, dejaremos pendiente la votación de la letra c) del inciso primero (que ha pasado a ser tercero) del artículo 1°.
Acordado.
Les encomiendo a los representantes de los diferentes Comités buscar con el Gobierno una redacción que solucione el problema, pues considero necesario clarificar la normativa.


El señor LABBÉ (Secretario General).- A continuación, se ha renovado la indicación N° 16, que propone sustituir el inciso segundo, que ha pasado a ser cuarto, por el siguiente:
"Las personas tendrán derecho a que se respete su identidad de género, sin perjuicio del ejercicio legítimo de derechos fundamentales por parte de terceros".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Allamand.

El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, en el contexto de las conversaciones efectuadas desde ayer, básicamente el Ejecutivo debería haber presentado una indicación, porque estuvimos revisando la materia junto con sus equipos técnicos, en la que, manteniendo la redacción actual, se agregue una parte final que de alguna manera se refiera a la Ley Zamudio. Es decir, se establecen todos los derechos de no discriminación, sin perjuicio del ejercicio legítimo de derechos fundamentales.
La indicación N° 16 dice: "Las personas tendrán derecho a que se respete su identidad de género, sin perjuicio del ejercicio legítimo de derechos fundamentales por parte de terceros".
Entiendo que existe otra indicación, revisada por los equipos técnicos del Gobierno y nuestros asesores, que mantiene exactamente igual el texto del inciso segundo (que ha pasado a ser cuarto) aprobado por la Comisión, pero que le agrega la frase "Lo anterior, es sin perjuicio del ejercicio legítimo de derechos fundamentales.".
Si hubiera acuerdo -en el aspecto técnico lo hay-, no tendríamos inconveniente en retirar la indicación N° 16.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora NARVÁEZ (Ministra Secretaria General de Gobierno).- Señor Presidente, entendiendo que en este caso opera el principio de primacía constitucional, como Ejecutivo, no nos oponemos.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- De todas maneras, vamos a poner en pantalla la indicación.
¿Habría acuerdo para aprobar la indicación acordada con el Ejecutivo para agregar, en el inciso segundo del artículo 1°, la frase "Lo anterior, es sin perjuicio del ejercicio legítimo de derechos fundamentales"?
Tiene la palabra el Honorable señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, estoy de acuerdo con el texto, pero considero que debería eliminarse la expresión "y/o". Basta con que dijera "o" o "y".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a Su Señoría, facultaremos a la Secretaría para corregir ese aspecto gramatical.
El señor LARRAÍN.- Nunca hay que escribir en una normativa "y/o", señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En consecuencia, aprobaremos la indicación consensuada con el Ejecutivo y queda retirada la indicación renovada N° 16.
--Así se acuerda.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Por consiguiente, no corresponde tratar la indicación renovada N° 19, que proponía eliminar una frase del señalado inciso, ya que en el nuevo texto ese aspecto está superado.

La señora VON BAER.- No escuché bien, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Había una indicación que suprimía una frase del inciso. Pero, como se consensuó un texto, no procede analizarla.
Por lo tanto, la damos por retirada.
--Queda retirada la indicación renovada N° 19.


El señor LABBÉ (Secretario General).- En seguida, la indicación renovada N° 25 propone agregar en el inciso primero del artículo 3°, que ha pasado a ser 2°, antes de la palabra "podrá", la expresión "sin vínculo matrimonial vigente".

El señor ALLAMAND.- La retiramos.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme.
--Queda retirada la indicación renovada N° 25.

El señor LABBÉ (Secretario General).- A continuación, como no se ha renovado indicación y se pidió votación separada, corresponde pronunciarse sobre el inciso quinto, nuevo, del artículo 1°, que señala: "No será condición necesaria para el ejercicio de los derechos que emanan del reconocimiento del derecho a la identidad de género haberse sometido a algún tipo de intervención y/o tratamiento modificatorio de la apariencia.".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo?
Acordado.
--Se aprueba el inciso quinto, nuevo, del artículo 1°.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, pero con la corrección de "y/o". Debería decir solo "o".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sí, vamos a revisar ese punto.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Sin perjuicio de que se haya pedido votación separada, en la misma página 5 figura la supresión del artículo 2°, que se acordó por unanimidad en la Comisión.
¿No habría insistencia en la solicitud de votación separada?

El señor LETELIER.- No la hay.
Sigamos, señor Presidente.
El señor LARRAÍN.- No se necesita votar la supresión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tenemos que pronunciarnos sobre la supresión del artículo 2°, que se acordó por unanimidad.
¿Habría acuerdo?

El señor ALLAMAND.- Hay acuerdo

El señor LARRAÍN.- Hay acuerdo.

El señor LETELIER.- Sí, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Como se pidió votación separada, debo respetar eso.
Si existe acuerdo, daríamos por aprobada la supresión.
Tiene la palabra el Senador señor Allamand.

El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, ¿estamos aprobando el inciso quinto, nuevo?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ya se aprobó, señor Senador. Estamos pronunciándonos sobre la supresión del artículo 2°, que fue aprobada por unanimidad en la Comisión.

El señor LETELIER.- Así es.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Está bien?

El señor LARRAÍN.- Sí, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Acordado.
--Se aprueba la supresión del artículo 2°.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- En la página 6, se ha retirado la indicación renovada N° 25, que proponía agregar, antes de la palabra "podrá", la expresión: "sin vínculo matrimonial vigente".
Ahora bien, de todas maneras hay que votar el artículo mismo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo para aprobar el artículo 3°?

El señor LETELIER.- Sí.
--Se aprueba el artículo 3°, que ha pasado a ser 2°.

El señor LARRAÍN.- Pido la palabra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, el inciso segundo de este artículo dice: "En el caso de la solicitud presentada por persona con vínculo matrimonial no disuelto, se estará a lo dispuesto en el Título III de la presente ley.".
No es que tenga un inconveniente respecto de esto, pero no sé si el minuto para hacer la discusión es este o cuando veamos el Título III, porque me parece que deberían también incorporarse los acuerdos de unión civil no disueltos, a efectos de tener una tramitación similar a la del vínculo matrimonial no disuelto.
Reitero que no tengo problema en hacer la discusión en el Título III.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Veámoslo en el Título III.

El señor LARRAÍN.- Pero si logramos incorporarlo ahí, entonces se deberá hacer también acá.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Por supuesto; se entiende así. Si en la discusión del Título III el resultado es el que señala, deberemos volver nuevamente a esta norma.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- A continuación, en la página 8 del boletín comparado, la Comisión propone incorporar un artículo 3°, nuevo.
Como se ha pedido votación separada de cada artículo, procedería votarlo, salvo que se retire esa solicitud.

El señor ALLAMAND.- La retiramos, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Muy bien.
--Se aprueba el artículo 3°, nuevo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- En la página 9, la Comisión acordó por unanimidad la supresión del artículo 4°.

El señor ALLAMAND.- Retiramos la solicitud de votación separada.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Perfecto.
--Se aprueba la supresión del artículo 4°.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- En la página 10, está el artículo 5°, que ha pasado a ser 4°. En él recae la indicación renovada N° 46, que dice: "Será competente para conocer de la gestión a que se refiere la presente ley el Juez de Familia del domicilio del peticionario.".

El señor LETELIER.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra, señor Senador.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, el artículo 4° aborda dos temas, no solamente uno.
Lo primero es determinar la autoridad competente para conocer de los cambios registrales: el Registro Civil.
Y lo segundo es qué ocurre cuando los solicitantes tienen vínculo matrimonial no disuelto.
En esa materia, se plantea que es competente el tribunal de familia del domicilio del cónyuge.
Esos dos temas se están discutiendo acá.
En la Comisión tuvimos diferencias. Yo fui minoría, porque no era partidario de que esta ley entrase a la discusión de la disolución del matrimonio, cuando existiese. Pero la mayoría de la Comisión tuvo otra opinión. El artículo está estructurado en ese sentido. Se refiere a quién tiene competencia para manifestarse sobre las acciones.
En ese contexto, la indicación dice relación a los efectos -si se quiere ser coherente con el texto-, de manera de resolver quién tiene competencia cuando hay vínculo conyugal o matrimonio: si es el tribunal de familia del domicilio del cónyuge o del peticionario.
Ese es el motivo de la discusión.
La Comisión optó por que sea competente el tribunal de familia del domicilio del cónyuge y no del peticionario del cambio registral.
Por mi parte, soy partidario de que se mantenga el texto tal como fue aprobado en la Comisión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, quisiera hacer dos comentarios.
Primero, me parece adecuado que el Servicio de Registro Civil e Identificación deje de ser el órgano competente y que pase a serlo un tribunal.
El tema es, básicamente, si la judicatura adecuada es la de familia o la civil.
Entiendo que es un tema controvertido, por el colapso de los juzgados de familia, pero pongo sobre la mesa el punto de que tanto los juzgados de familia como los juzgados civiles podrían ser perfectamente competentes para resolver aquello.
Señor Presidente, me voy a allanar a las indicaciones de los Senadores señoras Allende, Goic y Pérez San Martin y señores Girardi, Lagos, Pizarro y Tuma, sin perjuicio de que habría preferido que sobre esta materia se pronunciara un juzgado civil y no uno de familia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.- Señor Presidente, el Senador Letelier planteaba que esto tenía que ver solo con el domicilio.
El texto aprobado por la Comisión de Derechos Humanos dice: "Será competente para conocer de la solicitud de rectificación de sexo y nombre el Servicio de Registro Civil e Identificación.".
La indicación expresa: "Será competente para conocer de la gestión a que se refiere la presente ley el Juez de Familia del domicilio del peticionario.".
Según entiendo, la indicación cambia al Registro Civil por el juez de familia.

El señor CHAHUÁN.- Eso es.

La señora VON BAER.- Ese es el cambio que se está proponiendo.

El señor LETELIER.- Hay que mirar el artículo entero.

La señora VON BAER.- Por lo tanto, esto tiene que ver no solo con el domicilio, sino también con la autoridad frente a la que se hace el trámite.
A mi juicio, no se puede realizar ante el Registro Civil. Este Servicio debe cumplir un montón de otras obligaciones. Y, a decir verdad, ha tenido problemas en la vinculada con los cambios de domicilio para los procesos electorales.
En consecuencia, me parece adecuada la indicación que presentaron los Senadores señoras Allende, Goic y Pérez San Martín y señor Girardi, etcétera, para que sea competente el juez de familia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, creo que la indicación N° 46 demanda una explicación de los Senadores que la renovaron, pues tengo la impresión de que quedó mal referida.
En efecto, de seguirse el criterio planteado por Sus Señorías, el trámite deja de ser administrativo y pasa a ser judicial, ámbito en el cual este proyecto no incursiona. El trámite es judicial únicamente en el evento de que el peticionario tenga un vínculo matrimonial no disuelto.
Por consiguiente, antes de continuar el debate, sería prudente que alguno de los parlamentarios que firmaron la indicación renovada explicara si efectivamente están pidiendo el cambio hacia la competencia judicial o si hay un error de referencia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- No sé a qué se refiere el Senador Araya, señor Presidente.
Lo que yo veo es que están volviendo al inciso primero del ARTÍCULO 5°, lo que obliga a entender que la indicación renovada se halla referida también al inciso primero del ARTÍCULO 4°, nuevo, o antiguo ARTÍCULO 5°.
Ahora, yo comparto el sentido de la indicación renovada, porque me parece que una actuación de tal naturaleza no puede quedar entregada a la sola voluntad de un funcionario administrativo, como lo es el Director del Servicio de Registro Civil.
Hoy día el cambio de nombre se hace por la vía de un procedimiento judicial.
Ahora no se trata solo del cambio de nombre, sino también del cambio de la identidad de género, lo que exige al menos mantener el mismo nivel de procedimiento legal existente en la actualidad para el cambio de nombre, que es de carácter judicial.
Me parece que únicamente corresponde redactar bien la norma, pues la referencia debe ser, no al juez de familia del domicilio del peticionario, sino al tribunal con competencia en materia de familia. Ello, porque no en todos los lugares hay un tribunal de familia, sino jueces civiles con competencia en asuntos de familia. Entonces, debe entenderse que la referencia es a ambos.
En tal sentido, ciertamente, aprobamos la indicación renovada N° 46.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE.- Señor Presidente, la verdad es que yo no renové esta indicación. Y quería retirarla, porque, además, se presentó cuando estábamos hablando de los menores, lo que, desgraciadamente, la iniciativa en debate no contempla.
A mi entender, este proyecto, relativo al derecho a la identidad de género, debería incluir a los menores. Lamentablemente, no ha sido así. De modo que espero que en la Cámara de Diputados ello se pueda modificar.
La indicación original -repito- estaba pensada en aquella perspectiva.
Ahora, no quiero retirarla, sino únicamente dejar claro que yo no la renové.

El señor LETELIER.- Es otra materia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago presente que pueden retirar la renovación quienes la suscribieron. Se trata, entiendo, de nueve Senadores.

El señor LARRAÍN.- Pero podemos hacerla nuestra.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Así es: puede hacerla suya cualquier Senador.
O sea, el retiro no es voluntario, porque...

El señor WALKER (don Ignacio).- ¡Esto es rarísimo...!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, no quiero pensar que aquí hay mala fe.
Hasta ahora, yo he tratado de ser lo más ecuánime posible en el juicio sobre los colegas de las bancas del frente. Pero debo decir que, si la intención de ellos, en particular del Senador Larraín, es cambiar al ente que hace la rectificación respectiva, optaron por renovar una indicación que no corresponde. Ello, porque en lo único que la indicación que se renovó puede tener que ver con el precepto que estamos discutiendo es en la actuación de tribunales de familia respecto de las uniones civiles y matrimonios.
El tratar de insistir para cambiar al Registro Civil sería una actitud mañosa. Porque el origen de la indicación que se renovó era la determinación de la autoridad competente para ver temas de menores: ARTÍCULO 5° antiguo, que ya no existe.
Yo quise actuar de buena fe al principio, pero veo que aquí hay, quizás, una confusión o una distorsión.
Lo que deseo decir es que, si se procura restablecer el espíritu de la indicación original, corresponde que retiren la renovación, porque esa indicación tenía que ver con los menores.
Ahora, si no quieren que sea el Registro Civil el ente que haga el cambio registral, corresponde que voten en contra de la parte pertinente del precepto que sugirió la Comisión, pero no renovar una indicación vinculada con la materia que explicité, la cual fue desechada.
Las Senadoras Pérez, Goic y Allende jamás han pedido que los tribunales de familia hagan el cambio registral para los mayores de edad.
Creo que esa es la confusión que se ha generado en este momento.
En consecuencia, propongo que se retire la renovación de la indicación, porque recae en un precepto que ya no existe, pues tenía que ver con los menores.
--(Aplausos en tribunas).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Debo puntualizar, en todo caso, que esa misma indicación fue renovada por Senadores de la UDI y de Renovación Nacional, según me indica el señor Secretario: los señores Chahuán, Larraín, entre otros.
De consiguiente, la Mesa podría dar por retirada la renovación hecha por los Honorables señores Girardi, Lagos, etcétera, si Sus Señorías estuvieran de acuerdo, pero debería pedir el pronunciamiento de la Sala sobre la misma indicación, que fue renovada por otros Senadores.
Sigamos con la discusión.
Tiene la palabra la Honorable señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, en primer lugar, a quienes sostuvieron lo contrario debo decirles que la indicación está bien redactada.
En segundo término, he de señalar que carece de sentido que la Comisión haya dejado en su informe esa indicación, porque ella cayó en el mismo momento en que dicho órgano técnico rechazó la inclusión de los menores.
La competencia que nosotros, a través de esta indicación, les dábamos a los tribunales de familia era justamente para ver el tema de los menores de edad. Como eso se cayó durante la tramitación del proyecto, no entendemos por qué la indicación en comento se mantuvo en el informe final que nos llegó a la Sala.
Dicho eso, nosotros, obviamente retiramos la indicación renovada.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le hago presente a la señora Senadora que las indicaciones no aprobadas en la Comisión respectiva pueden ser renovadas en la Sala por diez Senadores -es lo que ha sucedido- o por el Ejecutivo -por cierto, si son de su autoría-, según corresponda.

El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Para un punto de Reglamento?

El señor WALKER (don Ignacio).- No.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, tiene la palabra el Senador Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, debo aclarar que yo firmé la renovación de la indicación que nos ocupa. Pero, mirando bien, me parece que el texto que figura en la página 10, columna de la derecha, es correcto. Y quiero explicar por qué, si Su Señoría me lo permite.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene derecho a hacer uso de la palabra, señor Senador. Yo no se lo estoy negando.

El señor ESPINA.- Muchas gracias.
Señor Presidente, la regla general es que las solicitudes de cambio de sexo se tramitan ante el Registro Civil. Y eso es razonable. Porque si no hay ningún trámite adicional y existe la mera voluntad del peticionario, ir a los tribunales de justicia para que certifiquen un hecho no tiene sentido.
El inciso quinto está bien, pues contempla una norma adicional que dice que debe notificarse de la solicitud a determinados parientes.
Si alguno de esos parientes, por equis razón, se opone legítimamente, la cuestión se traslada a la justicia para que la resuelva en un procedimiento contencioso.
Entonces, me parece que la norma que propone la Comisión es coherente: el asunto está en el ámbito del Registro Civil cuando nadie se opone; pero si alguien manifiesta oposición, ese Servicio no tiene competencia ni jurisdicción para resolver la disputa entre quien legítimamente y por su propia voluntad quiere cambiar su sexo y aquel que se opone por algún motivo (económico, patrimonial, en fin).
Por eso el inciso quinto (página 12) dice: "Recibida la solicitud, deberá notificarse de ella, mediante carta certificada, a los ascendientes y descendientes de primer grado por consanguinidad, y al cónyuge, si lo hubiere. Dentro del plazo de 15 días corridos, contado desde la notificación, los interesados podrán oponerse a la solicitud. En el evento de que exista oposición, el asunto devendrá en contencioso, y será remitido mediante oficio al tribunal que tenga competencia en materia de familia del domicilio del peticionario.".
Considero que la norma pertinente es correcta. Y entiendo que muchos de nosotros la respaldamos.
Por lo tanto, retiro mi firma de la renovación. Porque me parece que decir de plano que el asunto va a los tribunales de familia no existiendo ningún hecho contencioso es absurdo. Pero si se transforma en un hecho contencioso, la situación cambia.
El derecho a recurrir a la justicia cuando se cree que existe una controversia tiene sustento en una garantía constitucional que nadie puede desconocer.
En este caso el legislador regula qué pasa si ocurre aquello.
A mi juicio, el precepto que propuso la Comisión es correcto, pues resuelve bien el problema.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.

El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Se retiró la indicación renovada, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sí, señor Senador.

El señor WALKER (don Ignacio).- ¡Para qué hablar, entonces!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se retiraron las dos indicaciones.
En consecuencia, quedan retiradas.
Habían pedido la palabra los Senadores señores Bianchi y Larraín, pero para referirse a la misma materia.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Hay que votar el ARTÍCULO 4°, que comienza en la página 10 y termina en la 12.

Dentro de él, el inciso segundo -dice: "En el caso de los solicitantes con vínculo matrimonial no disuelto, será competente el tribunal con competencia en materias de familia del domicilio de su cónyuge.".- es de rango orgánico constitucional.
Posteriormente, en el mismo ARTÍCULO 4° se renovaron las indicaciones números 47 y 53, pero para agregar incisos nuevos.
Yo me estoy refiriendo, señores Senadores, solo al texto despachado por la Comisión de Derechos Humanos.
Por supuesto, después deberán votarse los incisos nuevos incorporados mediante aquellas indicaciones renovadas.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.

El señor GIRARDI.- Señor Presidente, quiero aprovechar este debate, que me parece muy relevante para restablecer derechos a personas que hoy día, por distintas razones, no los tienen y, asimismo, para restituir la posibilidad de que todas las personas sean sujetos de derecho, independiente de cualquier condición (porque todas son personas, al menos para quienes estamos en este lado), para señalar lo siguiente:
"Constituye tortura tratar a las personas con un nombre y sexo que no las identifica, obligándolas desde pequeñas a desarrollar una vida que no es la suya, sino las proyecciones o deseos de otros.
"Senadores, senadoras, los invitamos a pensar cómo se sentirían si hubiesen sido obligados a vivir según un sexo que no los identifica. Si naciendo hombres, les asignaran una identidad legal femenina o, si siendo mujeres, las obligaran a usar los baños de hombres y a exponer su intimidad. Vivirían abusos y desconsuelos permanentes.
"Si ustedes estuvieron seguros a temprana edad sobre si eran hombres o mujeres no fue por sus genitales. Fue porque así lo sintieron, así les fluyó, sin que nadie les dijera nada. La naturaleza no recibe órdenes.
"Sentir, fluir y ser es lo que negamos a las personas trans cada vez que las tratamos con un nombre y sexo ajeno a su identidad. El problema se acrecienta cuando existen barreras estatales para recuperar legalmente la naturaleza arrebatada al nacer por prejuicios o ignorancia.
"Si alguien nace con pene o vagina, asumimos automáticamente que es hombre o mujer, en forma respectiva, y comenzamos, queriéndolo o no, a dirigir su forma de vida hacia lo masculino o femenino, sin cuestionamientos, sin preguntarnos si con ello violentamos la dignidad humana. Pero si la persona nacida con pene verbaliza que es mujer, asumimos que es un error que debe corregirse o que el futuro podría variar.
"Genitalizar a la persona implica ver sus sentimientos, raciocinios y deseos solo a partir de lo que está entre las piernas. Tal mirada reduccionista provoca daños concretos, estando en el extremo los asesinatos transfóbicos.
"Lamentamos profundamente que el proyecto que hoy se discute deje fuera de su amparo a los niños y niñas trans. Ello violenta el interés superior del niño. También lamentamos que este proyecto impida a las personas casadas cambiar su nombre y sexo legal, aun cuando la legislación actual sí lo permite.
"Pese a todo, hoy marcamos un hito en la tramitación de esta norma, tras el primer proyecto de ley sobre la materia que ingresamos al Parlamento en 2008. Hoy pedimos el cese de los obstáculos, la agilidad en el trámite y el despacho en breve de este proyecto para continuar su segundo trámite y así avanzar por nuevos caminos hacia la igualdad y el real respeto a los derechos humanos.".
Hago mío ese texto -y me siento muy honrado al poder leerlo acá-, que representa al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Les ruego a Sus Señorías referirse a la materia en debate.
Está en discusión el ARTÍCULO 4°.
Se hallan inscritos en seguida los Senadores señor Allamand y señora Allende, quienes no intervendrán.
Tiene la palabra el Honorable señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, creo que quedó claro que, tratándose de una persona sin vínculo matrimonial, es decir soltera, la solicitud se tramita ante el Servicio de Registro Civil.
Ahora, me gustaría que se votara separadamente el inciso quinto del ARTÍCULO 4°, pues ahí se produce una de las incongruencias de esta iniciativa.
Todo el proyecto relativo a la identidad de género discurre sobre la base de que es un derecho personalísimo el poder definir el sexo conforme a las creencias, a los sentimientos.
Ahora bien, el ejercicio de los derechos personalísimos, a mi juicio y según la teoría constitucional, no admite oposición de terceros.
Sin embargo, curiosamente, en el inciso quinto del ARTÍCULO 4° se plantea la posibilidad de que exista oposición al cambio de sexo.
Yo tengo entendido que aquí hubo un debate en cuanto a que la oposición podía ser solo al cambio de nombre y no al de sexo.
Cuando uno lee el referido inciso observa varias incongruencias.
Primero, dispone que debe notificarse de la solicitud, "mediante carta certificada, a los ascendientes y descendientes (...) y al cónyuge".
El problema radica en que en ese procedimiento nunca podrá haber cónyuge, pues solo a las personas solteras les será factible hacer cambio de sexo.
Para el solicitante que tiene un vínculo matrimonial, como lo explicamos ayer, se establece una suerte de procedimiento de nulidad de matrimonio.
En mi concepto, el inciso quinto del ARTÍCULO 4°, en lo que respecta a la oposición de terceros, quedó, a raíz de las modificaciones que sufrió el proyecto, mal redactado, no tiene sentido alguno y es del todo incongruente con el resto del articulado.
Repito: desde el minuto en que aceptamos que el derecho a la identidad de género es personalísimo, no puede haber oposición de terceros.
Además, también redunda en un absurdo, porque si la cuestión se judicializa, el tribunal no podrá rechazar el cambio de sexo. Solo le será posible hacerlo si la persona no reúne los requisitos de ser mayor de edad y soltera.
Entonces, la norma de la oposición carece de sentido. Reitero que la discusión, si la memoria no me falla, se hallaba referida más bien al cambio de nombre, lo que quedó mal aprobado producto de las indicaciones que se votaron.
Cabe pronunciarse separadamente acerca de la disposición.

El señor WALKER (don Ignacio).- Perfecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tomamos nota de ello.
Se ha pedido la votación separada del inciso quinto, al cual ha hecho referencia el Honorable señor Araya.
Tiene la palabra la señora Ministra.

La señora NARVÁEZ (Ministra Secretaria General de Gobierno).- Señor Presidente, rechazamos, como Ejecutivo, la inclusión de cualquier tipo de oposición, pues nos encontramos frente al ejercicio de un derecho de carácter personalísimo referente a la identidad de las personas, frente a lo cual sostenemos la convicción de que no puede haber una impugnación legítima.
Además, este inciso presenta algunas incongruencias, tales como:
1) Se establece que la solicitud deberá notificarse al cónyuge.
Esta hipótesis nunca podría ocurrir, tal como aquí se ha dicho, ya que en el artículo 5° del proyecto de ley se le otorga al oficial del Registro Civil e Identificación un mandato para declararla inadmisible cuando el solicitante presente un vínculo matrimonial vigente, a quien deberá informar sobre el procedimiento establecido en el artículo 6°.
Dado lo anterior, malamente podría notificarse un requerimiento o una solicitud declarados inadmisibles.
En tal sentido, en esta última disposición se establecen un procedimiento y formas de notificación, materias que deben someterse a la consideración del juez, entre otros aspectos, para el caso de solicitantes con vínculo matrimonial vigente.
2) Notificaciones.
La exigencia de notificaciones a través de carta certificada puede convertir en letra muerta el derecho a la rectificación de la partida de nacimiento en razón del nombre y del sexo registral. Ello, por cuanto no se señala qué pasa si el solicitante no sabe el domicilio ya sea de los ascendientes o de los descendientes.
Adicionalmente, debemos tener presente que dentro de este grupo de la población existen muchísimos casos de personas echadas de sus hogares, en razón de su condición, por sus propios padres.
Tampoco se resuelve la cuestión de no ser habidos los ascendientes o descendientes, o de quién asumirá el costo de las notificaciones, o del funcionario que deberá practicarlas.
Por otra parte, se innova innecesariamente respecto de la forma de notificación establecida en la ley N° 17.344, que autoriza el cambio de nombres y apellidos, ya que la norma ordena una notificación por medio de un aviso que se publicaría en el Diario Oficial los días 1° o 15 de cada mes.
3) En el caso de los hijos.
Acá se observa otra incongruencia. En la Comisión se excluyó a niños, niñas y adolescentes del ejercicio del derecho a la identidad de género. Sin embargo, en la disposición se les otorga el derecho a oponerse al cambio de nombre y sexo registral de sus padres. Lo anterior ignora el aforismo jurídico de que quien puede lo más puede lo menos.
Como no se distingue entre hijos mayores o menores de edad, un niño, una niña o un adolescente pueden perfectamente oponerse a una solicitud de cualquiera de sus ascendientes.
Cabe agregar que se ignora que ascendientes y descendientes poseen herramientas para que no los afecten ciertos actos o nulidades. Me refiero a la inoponibilidad, que es una sanción civil de ineficacia respecto de terceros de los efectos de un acto jurídico o una nulidad.
4) Ausencia de causales para fundar la oposición.
La ley N° 17.344, en el inciso cuarto de su artículo 2°, contempla, como una causal genérica, poseer un interés, el que ha sido interpretado por la Excelentísima Corte Suprema como de carácter pecuniario o patrimonial.
A lo anterior debemos agregar que el referido cuerpo legal impone la obligación de acompañar antecedentes a la oposición.
Sin embargo, la disposición no establece ningún tipo de exigencias ni requisitos, lo que atenta contra la certeza y seguridad jurídicas de los solicitantes y las personas, en general.
5) Transformación del procedimiento en contencioso.
La ley N° 17.344, en caso de haber oposición, no transforma el procedimiento en contencioso. Solo establece, en el inciso cuarto del artículo 2° que "el juez procederá sin forma de juicio apreciando la prueba en conciencia y en mérito de las diligencias que ordene practicar".
En razón de lo anterior, nos oponemos, como Ejecutivo, al inciso quinto del artículo 4° del proyecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Allamand para una cuestión de Reglamento.

El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, expondré una cuestión de procedimiento y también de sentido común.
El artículo, tal como lo puntualizó el señor Secretario, contiene siete u ocho incisos que tratan materias muy distintas. Y se ha pedido la votación por inciso. Entonces, la exposición que acaba de hacer el Ejecutivo es casi imposible de seguir, porque no es posible darse cuenta de si se hace referencia al quinto o al sexto, por ejemplo.
Para la adecuada tramitación del proyecto y para que todos puedan intervenir, sugiero ir pronunciándose por inciso y expresando las argumentaciones en cada caso. De lo contrario, la discusión se transformará en algo absolutamente ininteligible.
Las razones que ha dado el Ejecutivo son fundadas, pero es poco menos que impracticable, para alguien que no conozca el detalle del texto, saber a qué se remiten.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Lo que pasa es que se había pedido la votación por artículo. Ahora, si acaso se quiere un pronunciamiento por inciso,...
El señor ALLAMAND.- Es la única manera de proceder.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ... es diferente.
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, íbamos a votar por artículo.
La Senadora señora Allende pidió votar por separado los tres últimos incisos. Esa puede ser una primera definición, más que ir por inciso. Pero si es más fácil, podemos hacerlo.
Lo único que consignaré es que queremos proponer que se agregue en la disposición un inciso final, nuevo, para abordar lo que veíamos en la letra c) del artículo 1°.
En resumen, hago presente la conveniencia de votar sin más discusión cada uno de los incisos, para ir despejando.
Vamos a dar la oponibilidad solo para este artículo. ¿Por qué? Los colegas de enfrente quieren plantear el asunto. Nosotros estamos en contra.
Es preciso votar ese punto por separado -inciso quinto- y un inciso nuevo, para llegar al acuerdo que planteamos antes.
Si esos colegas no tienen inconveniente en que se efectúen solo tres votaciones, sería más fácil.

El señor ALLAMAND.- ¡Es mucho más rápido avanzar una a una al tiro!
El señor LETELIER.- Entonces, hagamos eso. Nos ocupamos en la competencia y vamos despejando.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Guillier.

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, se ha expuesto una fórmula para ir discutiendo el artículo.
El Senador que habla también enfrenta problemas con el inciso quinto, pero no con el resto. Pero si se prefiere ir por inciso para proceder mejor, a lo mejor se ordena el asunto. No tengo ninguna dificultad al respecto.
Me opongo específicamente al inciso quinto. Después argumentaré por qué.

El señor WALKER (don Ignacio).- Pido la palabra para una cuestión de Reglamento.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir la Honorable señora Van Rysselberghe.

El señor WALKER (don Ignacio).- Solicité hacerlo antes.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si la señora Senadora le cede su lugar, no hay problema.

La señora VAN RYSSELBERGHE.- No tengo inconvenientes.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Lo que pasa es que Su Señoría aparece inscrito después del Honorable señor Larraín.

El señor WALKER (don Ignacio).- Quiero preguntarle a la Mesa si hay alguna indicación acerca del artículo 5°, que ha pasado a ser 4°, sobre el órgano competente

El señor ALLAMAND.- Tres.

El señor WALKER (don Ignacio).- Lo que se está pidiendo es la votación separada del inciso quinto.
Mi única duda es esa. ¿Por qué no se hace el debate que se ha planteado al respecto y una sola para el resto del artículo?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se ha solicitado la discusión por inciso y las dos indicaciones formuladas son para agregar sendos incisos nuevos.
En el caso del inciso segundo se requiere un quorum especial.
Tiene la palabra la Honorable señora Van Rysselberghe.

La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, más allá de que se pueda votar por inciso, lo que me parece pertinente, quisiera plantear dos cosas.
Inicialmente, la moción de los Senadores que presentaron el proyecto conllevaba, tanto para los menores de edad, quienes fueron contemplados, como para los mayores, la realización del trámite en los tribunales. Y creo que eso era necesario, porque se solicitaba una serie de requisitos que había que conocer y podía generarse oponibilidad al procedimiento.
Posteriormente, el texto mutó, y se decidió que el cambio de sexo iba a ser un mero trámite administrativo, en el que no se evaluaría ningún tipo de consideración.
En el articulado inicial se regulaba también la oponibilidad para todas las personas. Cualquiera podía impugnar y transformar el proceso en contencioso.
Hoy día, la posibilidad se halla absolutamente restringida en el artículo 4° y se dice que solo pueden generar oposición los ascendientes y descendientes en primer grado de consanguinidad, es decir, padres e hijos.
Si un hijo mío decide que quiere cambiar de sexo y resulta que, como madre, considero que es mejor que espere o que está cometiendo un error o que influye alguna otra situación, no voy a poder actuar.
¡Eso es poco razonable! ¡Si estamos haciendo referencia solo a la oposición de consanguíneos en primer grado! ¡Cómo no va a ser posible opinar en relación con lo que están haciendo padres o hijos!
Para que estos casos, normalmente muy complejos, puedan ser evaluados y resueltos de mejor manera, cabe considerar, sobre todo, que a lo mejor se trata de postadolescentes de 18 o 19 años. Algunos Honorables colegas podrán oponer: "Son mayores de edad"; pero estos jóvenes no necesariamente cuentan con la madurez necesaria para poder avanzar y es legítimo que los padres quieran dar su parecer.
Entonces, si los familiares directos de la persona y la gente que le tiene cariño y afecto, que quiere que ese ser humano pueda evolucionar y desarrollarse adecuadamente, no pueden exponer su punto de vista en los tribunales, a mí me parece que ello no corresponde.
Me parece un error negar la oposición, como lo están planteando Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra.
Creo que si la decisión presenta un buen fundamento, los organismos jurisdiccionales van a fallar adecuadamente.
Se genera la posibilidad de que solo los parientes directos en primer grado, eventualmente, den su opinión con pruebas fundadas.
A mi juicio, no resulta adecuado negar la intervención que he señalado. Juzgo de verdad que ratificar lo aprobado en la Comisión es un error.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, estimo que la cuestión en debate es compleja. Y comprendo la argumentación expuesta para que el asunto sea entendido como un derecho personalísimo. Me asalta la duda de si entonces el trámite debería someterse al conocimiento del Servicio de Registro Civil.
Hoy día, el cambio de nombre se hace ante un tribunal. Si ahora no solo se cambiará de nombre, sino también de identidad de género, y eso se lo entregamos a una mera certificación de un funcionario administrativo, con un cargo, pienso que no estamos procediendo debidamente.
Entonces, si no hay oposición, porque las razones que se dan son explicables y justificables, pido considerar el punto como referido al tribunal que resuelva la solicitud.
En materia de oposición hay reglas generales, de manera que se podrán aplicar como corresponde al derecho civil en relación con cualquier solicitud no contenciosa, como sería el caso.
Pero si nuestra legislación contempla un procedimiento judicial para el cambio de nombre, para cautelar un atributo de la persona, me parece que estaríamos efectuando una modificación que imagino que tendrá que hacerse con un carácter general. Porque ya no tendríamos por qué dejar que solo a las personas que cambian de género les asista el derecho a cambiar de nombre simplemente por un proceso administrativo. ¡Ello se debería extender a todos!
Y, ciertamente, lo anterior podría redundar en complicaciones muy graves. Por alguna razón es que nuestra legislación y nuestra jurisprudencia han mantenido siempre el mismo espíritu.
En consecuencia, creo que se deben ligar directamente una situación y otra.
¿Por qué el Senador que habla firmó la indicación? En verdad, esta se había presentado por sus autores independientemente del contexto. A mí me parece que lo razonable es considerar no solo el caso del matrimonio no disuelto y que se debe agregar también -espero que sostengamos la discusión pertinente- el acuerdo de unión civil. Me parece que ambas instituciones deben ser tratadas de la misma forma en estas materias. No veo por qué hacer una diferenciación.
Estimo que podemos buscar ojalá un acuerdo o un entendimiento para dejar entregada la oponibilidad a las reglas generales, sin una norma expresa, pero con una decisión acerca de la inscripción del proceso de rectificación ante el juez y no ante el Servicio de Registro Civil, como se plantea en el inciso primero.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Guillier.

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, intervine hace un momento porque quería saber si íbamos a discutir por inciso o de frentón respecto del quinto.
No sé cuál es la situación.

El señor WALKER (don Ignacio).- Partamos por el quinto.

El señor GUILLIER.- Perfecto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se votará por inciso.

El señor GUILLIER.- ¿Vamos a ir por inciso? Porque a mí me interesa participar específicamente cuando se trate el quinto.
Solicito aclarar el punto, porque veo que se están efectuando nuevas intervenciones.
Si estamos en dicho inciso, me gustaría intervenir.

El señor WALKER (don Ignacio).- Partamos por el quinto.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Está bien.

El señor GUILLIER.- Conforme.
El inciso quinto del artículo 4º del proyecto -a saber, la oposición al cambio de nombre de pila y de sexo-, tal como se presenta en este momento a la discusión en la Sala, plantea la posibilidad de oposición a las solicitudes de rectificación que presenten mayores de edad al Servicio de Registro Civil e Identificación.
Para eso, se ha establecido que una vez que se reciba una de ellas deberá notificarse mediante carta certificada a los ascendientes y descendientes de primer grado -o sea, padres e hijos-, y al cónyuge, si lo hubiere, quienes podrán oponerse al cambio de nombre de pila y al de sexo registral.
Francamente, no me parece lógico -y, aún más, lo encuentro absolutamente contradictorio con lo que estamos legislando- establecer algún tipo de oposición a circunstancias que dicen relación con decisiones que se sitúan dentro del ámbito de la autonomía de las personas y no afectan las relaciones de familia ni provocan efectos patrimoniales.
Incluso más -y para que sea objeto de consideración-, en la ley Nº 17.344, que autoriza el cambio de nombre, se contempla la posibilidad de una oposición de terceros, pero siempre que les asista interés, el que ha sido interpretado por la Excelentísima Corte Suprema como pecuniario o patrimonial. En cambio, en el proyecto no se requiere ni interés -porque no está involucrado- ni algún requisito para fundar la oposición.
Lo único que se está haciendo es afectar el derecho a tomar una decisión personalísima.
Por ese motivo, me opongo a la disposición.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir la Honorable señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, la Senadora que habla también se opone, porque estamos haciendo referencia a mayores de edad.
Obviamente, puede haber reparos de su línea consanguínea, por ejemplo, el caso de padres frente a un joven o una joven de 18 años. Pero estamos hablando de personas mayores de edad, que tienen derecho a voto, que pueden casarse y tomar decisiones de diversa índole.
Por lo tanto, si estamos otorgando un derecho de una vivencia absolutamente personal, esto no se condice con permitir una oposición en tribunales.
Dicho eso, quiero recoger lo que planteaba el Senador Larraín, con quien coincido en un punto. En nuestro proyecto original la solicitud iba a los tribunales de justicia, no solo al Registro Civil, pero precisamente porque incluía a menores.
Por muchos de los aspectos que hemos visto desde ayer, está claro que el tema de los menores queda instalado en un área gris.
¿Qué pasa con los menores de 17 años y 11 meses? No van a recibir un trato digno, porque, conforme a los artículos anteriores que revisamos, nadie tendrá la obligación de tratarlos por su nombre social, ni los funcionarios públicos, ni en su colegio, ni en ninguna parte. Su situación queda absolutamente en una zona gris. Entonces, es un tema que habrá que resolver en algún minuto.
Obviamente, estoy en contra de lo que se ha planteado, señor Presidente, porque estamos hablando de mayores de edad, y las personas, dentro de su libertad individual, pueden ejercer su derecho, con su deber y con responsabilidad.
Yo creo que la persona debe decidir.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Allamand.

El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, dentro de esta caótica discusión -yo compartía el argumento del Senador Guillier en el sentido de que fuéramos analizando inciso por inciso-, nos encontramos en el tema de la oposición.
Yo no puedo estar más sorprendido por los argumentos que acabo de escuchar. Ayer también se señaló que era poco menos que una aberración jurídica plantear que en estos procedimientos pudiera haber oposición.
Yo quiero traer a colación a la Sala un antecedente que tengo la impresión que puede ser importante.
Cuando se presenta la moción que da origen a este proyecto, firmada por las Senadoras señoras Pérez San Martín y Rincón, los Senadores señores Lagos y Letelier y el entonces Senador señor Escalona, expresamente se señala que cuenta con el respaldo de la Organización de Transexuales por la Dignidad de la Diversidad y la Fundación Iguales.
Señor Presidente, si vamos al inciso primero del ARTÍCULO 6° del proyecto original, curiosamente dispone que el procedimiento para el cambio de sexo registral será en sede judicial.
Quiero llamar la atención sobre lo que dice a continuación, en el inciso segundo: "Dentro del plazo de quince días corridos contados desde la publicación del aviso, cualquiera podrá oponerse a la solicitud.".
Y continúo la lectura:
"INCISO TERCERO. La oposición deberá formularse por escrito ante el mismo Tribunal y fundarse en una de las dos causales siguientes.
"a) Existencia de un perjuicio directo o indirecto de carácter moral o patrimonial que afecte al opositor a consecuencia del cambio de sexo y género del o la solicitante.
"b) Existencia de una causa criminal pendiente entre el opositor y el o la solicitante.".
En consecuencia, señor Presidente, aquí estamos verdaderamente frente a una disforia, ¡aquí hay una incongruencia mayúscula!, porque el proyecto original establecía, en opinión de los propios autores, que la oposición era un requerimiento absolutamente válido.
Y no se diga que esto tiene que ver con menores o no menores, porque la moción original no trataba el tema de los menores.
Lo que estoy señalando, respetuosamente, es lo siguiente: los autores del proyecto específicamente establecieron en la moción original que la oposición siempre iba a ser legítima y siempre iba a ser procedente.
Es perfectamente posible que hayan cambiado de opinión. Yo lo entiendo. Y si es así, entonces, lo razonable es que, con un mínimo de rigor, digan: "En verdad, cuando firmamos esta moción no nos dimos cuenta de que estábamos estableciendo un procedimiento de oposición absolutamente general, y ahora tenemos una opinión distinta".
Entremedio, uno tendría que evitar descalificar a las personas que piensan que la oposición es válida.
Lo que estoy evidenciando, señor Presidente, es que, por un mínimo de rigor en el debate, hay que tomar en cuenta que los propios autores de la moción, el MOVILH y todos los movimientos que la apoyan, establecían expresamente que la oposición era legítima.
En consecuencia, si ahora han cambiado radicalmente de opinión, sería bueno conocer las razones para un cambio tan abrupto, tan radical y tan inexplicado.
Por último, señor Presidente, más allá de esta incongruencia, quiero hacer presente que cuando se plantea que un derecho es de un ejercicio personalísimo a lo que se alude es propiamente a que los efectos no generen impactos en terceros. Pero cuando la causal que se invoca y el requerimiento que se formula tienen enormes efectos en terceros, como es el caso de este proyecto, resulta obvio que debe existir un procedimiento de oposición, como lo señalaron explícitamente los autores de esta moción al presentarla.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, a propósito de este artículo, el Senador Girardi hizo una defensa de su visión global. Y yo no quiero que eso quede planteado en el aire sin que alguien diga algo a ese respecto, con todo el respeto que merece lo que legítimamente alguien piense.
Él señaló textualmente: "Si alguien nace con pene o vagina, asumimos automáticamente que es hombre o mujer, en forma respectiva, y comenzamos, queriéndolo o no, a dirigir su forma de vida hacia lo masculino o femenino, sin cuestionamientos, sin preguntarnos si con ello violentamos la dignidad humana.". Y agrega a continuación: "Tal mirada reduccionista provoca daños concretos".
Yo por lo menos no quiero que esa idea quede instalada como que nadie dijo nada -como señala la poesía-, porque considero profundamente equivocado lo que plantea el Senador.
Yo no me siento reduccionista por decirle "hombre" a alguien que tiene pene; ni tampoco porque le diga "mujer" a alguien que tiene vagina. ¿Reduccionista de qué es eso? ¿Por qué me debo sentir mal si digo que esto es lo que es?
Yo respeto a quien, con un cuerpo que siente diferente, tiene una vida sexual distinta de la que uno podría tener. Eso está dentro del ámbito legítimo de la moralidad de cada cual. Pero no extendamos la argumentación de este proyecto, señor Presidente, a frases de este tipo, que a mi juicio alteran por completo la naturaleza del debate.
Porque si eso es lo que estamos discutiendo -y agradezco la sinceridad con que lo manifestó el Senador-, entonces planteemos otro proyecto.
Según lo señalado por el colega, aquí están los buenos y los malos. Y los malos, para este efecto, somos los que llamamos las cosas por su nombre. Al parecer, eso hoy día no es adecuado. ¡Y no tiene ningún sentido despectivo! Yo no me siento ni pecador, ni equivocado, ni digno del infierno porque digo esto, señor Presidente.
Entonces, a propósito de que el Senador Girardi lo manifestó en la discusión de este artículo, yo, con todo el respeto que merece, pero con toda la firmeza que necesita, quería señalar que tengo una visión completamente distinta. Por lo tanto, a lo menos esa no es la opinión del Senado de Chile. Podrá ser la de algunos Senadores. En eso les asiste el derecho a discrepar de alguien que tiene una visión absolutamente diferente.
En segundo lugar, en cuanto al tema al que estamos abocados -porque también quiero referirme al inciso quinto en su mérito-, me cuesta mucho entender que haya resistencia a algo tan elemental como una notificación -voy a plantearlo de manera más precisa- a un cónyuge o a un descendiente.
Yo creo que es de sentido común que un cónyuge sea notificado si alguien quiere entrar en esta lógica de articulación. Y también me parece que a un descendiente, a un hijo, a una hija, no le puede dar lo mismo que su padre o su madre se cambie de sexo. Y es legítimo que sienta que tiene derecho a ser oído respecto de ese cambio.
Entonces, dar esta sensación de que hay un supraderecho es muy extraño, desde mi perspectiva, si no está generando un daño a nadie.
Si uno se cambia de nombre, se tiene que publicar en el Diario Oficial, hay todo un largo trámite respecto de terceros. No creo que sea irritante en este caso el hecho de notificar -fíjense de lo que estamos hablando- a los ascendientes o descendientes de primer grado de consanguinidad -no nos estamos refiriendo a los tíos, a los sobrinos- y al cónyuge, si lo hubiere.
Entonces, parece que eso tampoco es aceptable hoy día. Realmente, no sé qué es aceptable o no en esta nueva óptica.
A mi juicio, lo que estamos viendo es de bastante sentido común. Es propio de toda la legislación equivalente que hemos dictado no con este motivo, sino respecto de las acciones que generan efectos civiles.
Francamente, señor Presidente, rechazar lo que estamos planteando no me genera ninguna lógica. No creo que el rechazo esté vinculado con el sentido del proyecto y pienso que al final provoca más problemas que soluciones.
He dicho.
--(Aplausos y manifestaciones en tribunas).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, hay tres temas que se están discutiendo en torno a este artículo, y quiero agregar un cuarto, por lo cual pido que votemos.
El primero de ellos dice relación con la autoridad que realizará el cambio registral.
Si uno ve la votación, observa que fueron los mismos Senadores de las bancas de enfrente quienes apoyaron que el órgano competente fuera el Registro Civil y no los tribunales.
¿Por qué se optó por ese camino, entre otros? Porque el proyecto original es muy distinto a lo que hoy se está discutiendo. Por cierto, recurrir al texto primitivo para sustentar argumentos resulta interesante, válido. Pero la verdad es que, después de muchos meses de discusión, se han ido sopesando los debates.
Es preciso señalar que este proyecto surge de las organizaciones. Lo digo porque no pretendo hacer plagio de algo que no nos corresponde. Aquí hay una abogada y una agrupación que promovieron esta iniciativa. De hecho, lo que nosotros hicimos fue fomentar lo que uno podría llamar la "iniciativa popular de ley": facilitar que las organizaciones traigan proyectos.
Ahora bien, respecto de esta materia yo he cambiado de opinión.
Aquí nos encontramos ante un derecho individualísimo, y no creo que a uno, siendo mayor de edad, se le pueda restringir ese derecho. Entiendo, por ende, que tenemos una diferencia de opinión.
Mi mayor diferencia de opinión -por su intermedio, señor Presidente- es con la Senadora Van Rysselberghe, quien no comparte la idea de cuál es el momento en que la persona es adulta, que es a los 18 años. Ella, quizás, quiere mantener cierto control sobre sus "polluelos", más allá de que sean mayores de edad.
Aquello, evidentemente, no corresponde.
Las cosas afectivas, que son otras materias que se han discutido aquí, están en ese ámbito. Pero eso no es lo que hacemos en este Parlamento. Nosotros aquí elaboramos leyes para garantizar derechos establecidos de cierta forma.
Señor Presidente, es legítimo que algunos quieran que exista la oponibilidad. Otros consideramos que es innecesaria, porque estamos hablando de un derecho personalísimo. Y lo planteo sin descalificar, pues pienso que ambos caminos son absolutamente legítimos. Además, tampoco es de la esencia del proyecto el tema en cuestión. Ciertamente, elevar cada debate a un nivel máximo es algo más teórico.
Señalo lo anterior porque, en verdad, los primeros en acoger a los transexuales son normalmente sus familiares, porque los quieren, porque los aman, porque se trata de sus hijos o hijas, a quienes desde pequeños les conocen su realidad. Y por eso mismo hoy hay tantos padres y madres dolidos debido a que sus hijos menores de edad no tendrán acogida en este proyecto.
Acá, por cierto, estamos en una discusión de principios, en cuanto a si debe haber oponibilidad o no. Yo no elevaría el tema más allá de eso.
Por tanto, señor Presidente, pido votar las materias contenidas en el artículo y agregar lo relacionado con la certeza jurídica.
--(Aplausos en tribunas).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, como se han expuesto todos los argumentos, solo quiero poner a Sus Señorías en la siguiente hipótesis.
Está claro que todos somos partidarios de que exista el derecho de una persona a cambiar de sexo. Pero me imagino qué puede ocurrir con un menor de edad, de 14, 15 años, a quien nunca nadie le avisó ni le notificó que su papá se cambió de sexo.
¿Tiene derecho ese menor a ser notificado, a enterarse o siquiera a informarse?
Ahora, si se trata de un hijo mayor, de 25, 30 años, o que vivió cuarenta años con su madre o su padre, que tenía el sexo de hombre o de mujer (según sea el caso) y de repente le dicen que no es lo que él pensaba que era. ¿Ese hijo no tiene derecho siquiera a ser notificado para los efectos de poder dar una opinión -no es vinculante-, por ejemplo, decir que su papá en el momento en que está tomando la decisión -no digo que esto sea la generalidad de los casos; lo aclaro porque todo aquí se desvirtúa- simplemente no lo está haciendo en forma correcta, adecuada, ni en un momento en que pueda decidir con toda la certeza que se requiere?
¡Cómo no va a poder ser notificado! Si aquí no estamos notificando a los tíos, a los primos, a los suegros, a los consuegros, a los amigos, sino que simplemente se pretende que los padres y los hijos sean notificados.
No sé cómo puede afectar esa situación.
En definitiva, creo que se cae en un extremo. Y el otro extremo sería decir que los padres y los hijos tienen derecho a veto.
¡Eso es inaceptable! ¿Por qué lo van a vetar?
Por cierto, hay que tener en cuenta, entre otras cosas, lo que dice la Convención sobre los Derechos del Niño, en cuanto a que se pudiera ver afectado el interés superior del niño, toda vez que el cambio de nombre y de sexo de sus padres le implicaría algún tipo de daño. Y el niño podría pensar en ese momento -estoy hablando del niño, no del adulto- que durante dieciséis años estuvo junto a un hombre y una mujer, o dos hombres, o dos mujeres, y de repente uno de los dos cambia de sexo.
Este no es un ataque a quien quiere cambiar, sino que se trata del mínimo resguardo que la legislación tiene respecto de una persona a la que el acto de otra la va afectar, ¡que el acto de otra la va a afectar! Y si esto es así, ¡cómo ella ni siquiera va a poder ser notificada -si aquí está claro que no hay requisito-, notificada!
A este respecto, me pregunto: ¿qué pasa si seis meses después se le ocurre a aquel individuo cambiar nuevamente de sexo?
Señor Presidente, tengo plena conciencia del sufrimiento que experimentan las personas cuyo sexo es distinto de aquel que emocionalmente tienen. Considero que ese ha sido un daño gigantesco -y la sociedad debe entenderlo así-, pero también creo que hay otras personas -los parientes más cercanos: hijos y padres- que pueden verse afectadas. Por ello, sería pertinente que fueran notificadas y que, eventualmente, puedan hacer presentes los argumentos por los que piensan que esa decisión no está tomada con todo el leal saber y entender. Solo en esa hipótesis un juez podría ver la solicitud correspondiente.
Esa es la razón en la cual se fundamenta esta propuesta, la que, obviamente, será objeto de una decisión por parte del Senado.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le propongo a la Sala que empecemos a votar inciso por inciso, puesto que, en el fondo, ya se ha hecho un debate respecto de todo el artículo.
Tiene la palabra el señor Secretario
.

El señor LABBÉ (Secretario General).- De consiguiente, procedería que se vote el inciso primero, que está al final de la página 10. Lo puedo leer si Sus Señorías lo desean.

El señor LARRAÍN.- ¿Qué se va a poner en votación?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El inciso primero, señor Senador, al cual el señor Secretario le va a dar lectura.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La norma dice: "Será competente para conocer de la solicitud de rectificación de sexo y nombre el Servicio de Registro Civil e Identificación. La solicitud podrá ser presentada ante cualquier oficina del Servicio sin importar cuál sea el domicilio del o la requirente.".

La señora VON BAER.- Señor Presidente, ¿por qué no votamos el inciso quinto primero?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señora Senadora, no tiene incidencia el inciso primero con el quinto.
Si en la Comisión se votó por que fuera el Registro Civil, tenemos que pronunciarnos sobre eso.
Por cierto, la Mesa es la que dirige la votación.
En votación el inciso primero.
--(Durante la votación)

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, daré mi fundamento de por qué voy a votar en contra de la norma.
A mí me parece que el cambio de identidad de género y el cambio de nombre que puede conllevar aquel son decisiones extraordinariamente relevantes. Por eso estimo que no basta que las solicitudes se presenten ante el Servicio de Registro Civil, porque es una autoridad meramente administrativa.
En Chile el cambio de nombre, precisamente para preservar a la persona, se hace ante un juez. Por lo tanto, hay alguien que tiene una envergadura distinta en la decisión. Y esta no es una decisión cualquiera. Es muy importante, por el cambio en los atributos de la personalidad que ella importa y porque provoca efectos múltiples en muchas áreas. No es simplemente llegar y tomarla.
Me parece relevante que sea una autoridad como un juez, más que un oficial del Registro Civil, la que realice el análisis y finalmente dé el visto bueno, tal como opera en el procedimiento destinado al cambio de nombre.
Eso, para mí, es importante.
Pienso, señor Presidente, que estamos frente a una decisión que no es menor.
Yo cometí un error el día de ayer. Entendí que el cambio de identidad de género era por una sola vez. Sin embargo, pareciera que la disposición pertinente fue eliminada y que la persona puede cambiarla tantas veces quiera.
A mayor abundamiento, si lo anterior se mantiene -yo espero que no-, con mayor razón es necesaria la intervención de un juez. El Senador Espina planteó una hipótesis que puede parecer muy elaborada pero que se puede dar. Ello serviría para proteger a la persona que está tomando la decisión, a fin de asegurarse de que sea una decisión fundada y no una decisión cualquiera.
Por eso el artículo, tal como está, no me parece tan necesario. Una persona que siente, cree y está convencida de pertenecer a otro género tiene un derecho personal, pero debe ejercerlo ante una autoridad con la jerarquía de un juez y no de un mero funcionario administrativo.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina.

El señor ESPINA.- No intervendré, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Está inscrito a continuación el Senador señor Chahuán, quien no se encuentra en la Sala.
Por lo tanto, le pido al señor Secretario que consulte.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso primero del artículo 4º (17 votos a favor, 3 en contra, 4 abstenciones y un pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, Girardi, Guillier, Horvath, Matta, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa la señora Von Baer y los señores Coloma y Larraín.
Se abstuvieron los señores Allamand, Chahuán, Espina y Prokurica.
No votó, por estar pareado, el señor García.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde, señores Senadores, votar el inciso segundo del artículo 4º, que figura en la página 11 del boletín comparado.
Hago presente que este inciso reviste el carácter de norma orgánica constitucional, por lo que requiere, para su aprobación, 21 votos favorables.
Su texto es del siguiente tenor:
"En el caso de los solicitantes con vínculo matrimonial no disuelto, será competente el tribunal con competencia en materias de familia del domicilio de su cónyuge.".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso segundo del artículo 4º (23 votos favorables y un pareo), dejándose constancia de que se cumple el quorum constitucional requerido.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, Espina, Girardi, Guillier, Horvath, Hernán Larraín, Matta, Montes, Navarro, Pizarro, Prokurica, Quintana, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
No votó, por estar pareado, el Senador señor García.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde pasar al inciso tercero.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Con relación a esta norma, se ha renovado la indicación número 56, para agregar un inciso tercero, nuevo, del siguiente tenor:
"Para fundar la solicitud, el o la solicitante deberá presentar una evaluación médica realizada por un experto calificado en la materia, con el objeto de determinar que el o la solicitante cuenta con las condiciones psicológicas y psiquiátricas necesarias para formular la solicitud a que se refiere la presente ley.".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión la indicación renovada.
Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.

El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, yo presenté esta indicación en la Comisión -a la cual no pude asistir-, donde fue rechazada. Ahora la hemos repuesto y quiero explicarla brevemente.
Conversé con varios expertos y expertas en la materia al momento de preparar el proyecto. Una de ellas me autorizó a decir su nombre: la doctora Carmen Astete, genetista clínica que estuvo a cargo de la dirección especializada del hospital Calvo Mackenna por más de diez años, experta en bioética y que, al igual que yo, comparte todo el contenido de la iniciativa. Sin embargo, me hizo una advertencia que, considerando su experiencia médica, me llamó la atención.
Ella me señaló que, en su dilatada y vasta práctica en la materia -años y décadas trabajando con personas que se hallan en la situación que aborda esta normativa-, se ha encontrado con casos de trastornos de la personalidad en algunas personas que se plantean el cambio de identidad de género y que no veía reflejada en el texto, en ningún sentido, la posibilidad de advertir a tiempo, en beneficio del peticionario o la peticionaria -no estamos hablando de terceros, sino de la persona que recurre al procedimiento de rectificación-, la existencia de algún trastorno de la personalidad; no una disforia, que es lo que estamos viendo, en general, en este proyecto.
Recordemos, además, que aquí no hay juez, no hay tribunal; este es un procedimiento administrativo ante el Registro Civil. Y está bien. Yo voté a favor de ese artículo y de todos los que conforman la normativa que estamos analizando.
Por ello, me parece perjudicial, para el peticionario o la peticionaria, en el caso de que se presente un cuadro de trastorno de la personalidad, que ello pase inadvertido, pues ese cambio administrativo, individual, de identidad de género puede terminar por perjudicarlo o perjudicarla.
Por lo tanto, la doctora Astete me sugirió que, al momento de solicitarse la rectificación, se presentase una evaluación médica, no vinculante -¡no vinculante!-, justamente con el objeto de descartar, dentro de este trámite administrativo -legítimo-, de cambio de identidad de género -legítimo-, la posibilidad de un cuadro de trastorno de la personalidad.
En tal virtud, lo que propone la indicación es que, al momento de fundarse la solicitud, se acompañe una evaluación médica realizada por un experto calificado en la materia, con el propósito de determinar que el o la solicitante cuenta con las condiciones psicológicas y psiquiátricas necesarias para formular la solicitud a que se refiere la presente ley.
Se trata de un requisito que estamos planteando en beneficio del peticionario o la peticionaria, pues, de lo contrario, se produciría un vacío.
Tal es el fundamento de la indicación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.

La señora NARVÁEZ (Ministra Secretaria General de Gobierno).- Señor Presidente, para el Ejecutivo no resulta para nada razonable pedir requisitos a personas mayores de edad en razón de que, primero, estamos frente a una convicción personal e interna que no puede ser medida por un parámetro externo.
Segundo, requerir exámenes médicos patologiza la condición. La persona trans no tiene una visión "errada" o "anormal" de su identidad. Menos la afecta una patología física o psíquica. Por tanto, no sería posible pedir certificados médicos o psicológicos.
Tercero, en cuanto a quiénes podrían expedir una certificación, no hay consenso en lo relativo a la calificación profesional de quien deba hacerlo.
Y cuarto, la regla general es la capacidad: capacidad de goce, para ser titular de derechos y obligaciones, y capacidad de ejercicio, para poder actuar en la vida jurídica. No puede una persona naturalmente capaz no serlo cuando va a solicitar su cambio de nombre y sexo registral.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.

El señor GIRARDI.- Señor Presidente, hace un rato se planteó que lo que yo había leído, que representa la postura del MOVILH, la cual hice mía, tendría contradicciones.
Por lo tanto, quiero reafirmar lo que leí, porque lo comparto plenamente.
Mencioné que, si alguien nace con pene o vagina, lo natural o normal es que tenga un sexo biológico que la mayoría de las veces será consistente con su sexualidad conductual; es decir, el que nace con pene será hombre y la que nace con vagina será mujer. Pero acá justamente estamos estableciendo que hay seres humanos, personas, que nacen con pene y conductualmente, socialmente, culturalmente, emocionalmente, en sus sueños, en sus expectativas, en sus amores, no se perciben como hombres, a pesar de tener órgano masculino, y se sienten, viven y aman como las mujeres, con femineidad -a veces, bastante más positiva que la masculinidad-, y con otra visión del mundo.
Entonces, cuando hablamos de visión reduccionista, nos estamos refiriendo, precisamente, a no querer reconocer esa condición y pensar incluso que ella constituye una anomalía, una enfermedad.
Recuerdo que un Senador acá -no está presente ahora- dijo que los homosexuales eran personas anómalas, que practicaban sexo con los animales y que después los mataban en la calle.
Así es: cuando se estigmatiza a un homosexual, después puede haber un joven al que, al pasar por la calle, como es un animal, como no es humano, como es un enfermo, como es un depravado, hay que matar.
Y así ha ocurrido, lamentablemente, en este país.
Lo que nosotros queremos reafirmar aquí es una cuestión de principios fundamental y base de la no discriminación: el respeto al legítimo otro.
Por eso han muerto muchos, desde los tiempos de la Inquisición, que asesinó a miles en la historia; de las guerras religiosas, que asesinaron a miles; de las guerras ideológicas, como el nazismo, que asesinaron a miles.
¿Por qué lo hicieron? Lo hicieron porque había una anormalidad, una supremacía moral y valórica que defender, incluso a costa de eliminar a los distintos.
¡Eso nunca más puede volver a ocurrir!
Y acá se está reproduciendo exactamente lo mismo. Hay una visión en virtud de la cual ser homosexual y casarse una mujer con una mujer o un hombre con un hombre serían situaciones anómalas.
Aquí hay censores, o personas que se sienten con el derecho a establecer lo que es bueno para el conjunto de la sociedad y no solamente para ellas, fundadas en una supremacía moral que, evidentemente, es la base de la discriminación y la base del autoritarismo.
Quienes estamos cuestionando eso lo estamos haciendo justamente porque queremos construir una sociedad donde las personas sean sujetos de derechos, ¡iguales derechos!, independientemente de su condición racial o religiosa o de su orientación u opción sexual o de género.
Eso es lo que queremos reafirmar.
Yo quiero reafirmar que las personas que están ahí arriba son tan personas como el que habla. Y si yo no necesito ninguna autorización médica, ningún certificado médico, ni para casarme, ni para amar a alguien, ni para tomar decisiones en la vida, tampoco lo necesitan ellas. Si un heterosexual se puede casar, también lo puede hacer un homosexual.
Y ese es el punto que nosotros queremos defender, ese es el punto que acá los sectores conservadores no quieren enfrentar.
--(Manifestaciones en tribunas).
Hay muchas formas de familia.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Pido guardar silencio.

El señor GIRARDI.- Este es un debate maravilloso, porque es un debate que le hace bien a Chile.
--(Manifestaciones en tribunas).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- A la próxima interrupción, tendré que pedir que saquen de las tribunas a la persona que grita.
--(Manifestaciones en tribunas).
Entonces retírese mejor, para no tener problemas.
--(Manifestaciones en tribunas).

El señor GIRARDI.- Si Cristo existiera, sería una persona muy tolerante, y creo que habría tenido una actitud muy distinta hacia los distintos.
Por eso, me parece que ningún tipo de certificado ni de intervención médica puede interponerse en decisiones de la propia vida, de las personas. Si yo respeto al legítimo otro, también tengo que respetar que tome sus propias decisiones.
Sin embargo, señor Presidente, aquí existe otra visión -puede ser legítima para quienes la sostienen, que la pueden profesar, si quieren- según la cual la persona deja de ser sujeto de derechos en determinadas condiciones, por su orientación sexual, por su opción de género e incluso por estar embarazada. Una mujer embarazada en Chile no puede tomar decisiones sobre su propia vida: otros deben hacerlo por ella.
Hace un rato se pedía notificar a los hijos o a los parientes y no solo notificarlos: un mayor de edad que decide cambiar de sexo no solo debería notificar a sus hijos o parientes sino que estos además podrían oponerse. ¿Por qué? ¿Acaso una persona mayor de 18 años no tiene derecho a tomar sus propias decisiones en la vida?
¡Ese es el problema!
Nosotros queremos una sociedad donde todos los mayores sean sujetos de derechos y puedan tomar sus propias decisiones, particularmente en este tipo de materias.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE.- Señor Presidente, en la misma línea de reflexión recién planteada, debo señalar que hemos hablado de la importancia de avanzar en una sociedad que no discrimine, que no prejuzgue, que no estigmatice, que permita que la gente se pueda desarrollar conforme a sus sentimientos más íntimos, y creo que lo que estamos haciendo con la indicación en debate es patologizar. Estamos suponiendo que se requiere un certificado médico porque existiría un nivel de perturbación, o un nivel de patología, o un nivel de insania que lo hace necesario.
Lo considero tremendamente injusto; me parece que no corresponde. Justamente el avance que queremos conseguir es que se entienda que los transgénero viven lo que viven no porque sean patológicos, sino porque es lo que ellos viven.
Ese es el avance que debemos lograr como sociedad.
Si aceptáramos la indicación, lamentablemente iríamos en el sentido contrario de lo que nos interesa defender.
Sí, es cierto que puede haber una patología, pero la puede haber en la persona que se va a casar, en cualquier persona que va a tomar una decisión importante en su vida. Ya llegará el momento de analizar si padece o no alguna enfermedad. Pero pedir un certificado o una evaluación, aunque no sea vinculante, me parece atentatorio contra lo que pretendemos establecer en este proyecto de ley, que es darle a la persona la dignidad de su decisión, la dignidad de que puede actuar conforme a sus sentimientos, a cómo vive, que es lo más importante: cómo vive psicológicamente, cómo se siente en su intimidad, cómo es esa persona, él o ella.
Por eso, señor Presidente, estoy en contra de la indicación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Propongo abrir la votación, sin perjuicio de mantener el tiempo que corresponde a los señores Senadores.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
En votación la indicación N° 56.
--(Durante la votación).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, para contraer matrimonio no se necesita la autorización de nadie. Y no se trata de ser mayor de edad. Hay personas que están en un proceso de adquisición de autonomía progresiva, entre los 16 y los 18 años.
Además, existen muchas decisiones que uno toma como mayor de edad: tomar un crédito, tener hijos. Para mí, esta es quizás una de las más importantes que puede adoptar un ser humano, y nadie pide un examen psiquiátrico o psicológico para ser padre o ser madre.
Ello se debe a la existencia de un principio: la plena autonomía de las personas mayores de edad.
Puede que en la reflexión del Senador Ignacio Walker y de quienes lo asesoraron en esta materia exista una preocupación legítima. Pero, si una persona no se encuentra en uso de sus facultades -es lo que se insinúa cuando se pide un certificado-, si está con un brote psicótico o de otro tipo de patología mental y realiza un acto jurídico, existe una causal para anularlo. Tanto es así que incluso las personas que cometen delitos graves en ocasiones son inimputables, porque están fuera de sus sentidos.
Señor Presidente, yo no tengo ningún problema en que se indique que la persona que ha hecho un cambio registral y quiera demostrar que no estaba en pleno uso de sus facultades presente todas las pruebas para anular ese proceso. Sin embargo, no estoy de acuerdo con exigirle requisitos extras para ejercer una facultad personalísima en un país en donde eso no existe, ¡no existe!
Yo no le pido permiso a nadie para comprar un arma de fuego; para portarla, sí. En el caso de querer casarse o tener un hijo, que son pasos mayores, tampoco se piden estos certificados.
Entiendo la preocupación, pero quiero reiterar algo que planteé ayer, y -discúlpenme- sé que puede ser molesto para algunos.
¡En qué afecta mi estado como ciudadano que otra persona con plena autonomía decida hacer lo que quiera con su vida, siempre que no me afecte a mí! ¡Siempre que no me afecte a mí!
--(Aplausos en tribunas).
Si quiere hacer el cambio registral, ¡es su derecho!
Si se quiere casar, ¡es su derecho!
¡Por qué me entrometo en la decisión autónoma de otra persona! ¡Con qué derecho! ¿Porque tengo otra concepción del mundo, de Dios?
Señor Presidente, como creyente, considero que lo peor que uno puede hacer si cree en la libertad es tratar de imponerle su visión de mundo a quienes tienen derecho a pensar distinto. A mi juicio, eso es lo que está en juego en el fondo: que se estén pidiendo requisitos. Yo puedo compartir o no las opciones de las personas, pero no tengo derecho a condicionar que ejerzan su plena autonomía.
Por eso, considero que esta indicación del Senador Ignacio Walker, que no tengo la menor duda de que es bienintencionada, podría tener efectos prácticos muy dramáticos, porque insinúa que las personas mayores de edad no tienen autonomía suficiente para tomar decisiones que a veces no me gustan, pero que sí la tienen plenamente con respecto a otras.
Por lo tanto, pienso que hay que rechazar esta indicación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, solo quiero precisar que me parece que la indicación tiene connotaciones que pueden ser peyorativas, toda vez que la orientación sexual de una persona no es un tema psiquiátrico, sino natural.
En segundo lugar, cuando un individuo ha tomado la decisión de cambiar su identidad legal ya ha realizado un proceso interno, personal, probablemente con su entorno. Es muy difícil que de la noche a la mañana cambie de opinión o que sea algo sorpresivo. Puede ser que un conocido (un amigo, un familiar, un hijo, un hermano) lo aconseje en su momento y converse con él hasta que madure una decisión. Pero dejarlo en manos de un médico psiquiatra, no me parece conveniente, pues le otorga una connotación que muchos tienen todavía en cuanto a que la sexualidad de las personas (en este caso, la homosexualidad, el lesbianismo o la transexualidad) es un asunto de carácter psiquiátrico. Además, genera un ruido en tal sentido.
Por otro lado, también considero que abre el camino para que exista una especie de instancia superior (un órgano del Estado) que determine si cede o no ante una decisión que finalmente es personal, con lo cual se antepone una condición que no existe para las personas heterosexuales cuando toman sus propias definiciones en la vida.
Por lo tanto, opino que el texto de la indicación es más bien perturbador y que agrega factores de confusión más que aclarar o hacer más expedito el proceso mediante el cual una persona pide un cambio legal de identidad, y eventualmente de sexo, si así lo estima.
Francamente no creo que ayude ni clarifique nada. Por el contrario, introduce nuevos problemas y, quizás, nuevos prejuicios.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, quiero formular dos apreciaciones.
En primer lugar, el Senador Letelier planteó que, en función del desarrollo de la autonomía progresiva, un menor de edad podía contraer matrimonio a los 16 años. Eso no es así: necesita la autorización de sus padres para hacerlo. Entonces, quiero corregirlo para que no quede esa impresión, pues alguien pudo entenderlo de esa manera. Eso es un hecho de la causa y espero que sea debidamente corregido.
En segundo lugar, quiero hacerme cargo respecto de lo expresado por el Senador señor Girardi.
Yo no dije que él actuara contradictoriamente; sino que lo hacía equivocadamente. Él no es contradictorio. A mi juicio, está equivocado porque instala la lógica de que todo aquel que no piensa como él es reduccionista. Y eso me parece muy violento desde un punto de vista moral.
Yo no he descalificado a nadie; no he hablado de anomalías ni he utilizado un tono despectivo con ninguna persona, pues no siento que deba hacerlo. Lo mío es tratar de ser coherente entre lo que pienso y lo que voto, y siento que no es reduccionista llamar a un hombre "hombre" y a una mujer "mujer". No me pueden convencer ni me pueden hacer sentir que cometo un error si digo eso.
Pero el Senador Girardi insiste en tratar de generarme un cargo de conciencia respecto de algo que me parece completamente natural.
Entonces, por el respeto que debe existir durante el debate, le pido que no sea reduccionista; que no descalifique a quien piensa legítimamente distinto.
No voy a entrar ahora al debate del matrimonio homosexual. Quiero decir con claridad que no soy partidario de este, para que no se instale esa idea, porque en el debate se puede establecer después parcialmente que todos somos partidarios. Yo no soy partidario -repito-, y eso no significa que sea despectivo, ni que considere que existen anomalías en quien piense algo distinto.
Yo respeto el derecho. Pero pido que se respete lo que pienso; pido además que se respete lo que es una concepción de la naturaleza y la libertad. Tampoco creo, como dijo otro Senador que me antecedió en el uso de la palabra, que la libertad sea total, sin límites y que uno pueda hacer siempre lo que quiera. Considero que la libertad tiene una lógica ordenada por la naturaleza, por el bien común.
Yo no creo en verdades o derechos absolutos. Pienso que la vida es bastante más compleja, bastante más societaria, bastante más de derechos y deberes. Con todo, no es de catones ni de personas que simplemente descalifican a quien discrepa.
Yo por lo menos rechazo esa forma de ver la vida, y voy a seguir -aunque a algunos pueda no gustarle- entendiendo que la naturaleza tiene sentido, que no es insensata.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la indicación renovada número 56, que agrega un inciso tercero, nuevo, al artículo 4° (12 votos contra 7 y 2 pareos).
Votaron por la afirmativa las señoras Goic y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, Horvath, Hernán Larraín, Matta, Prokurica, Ignacio Walker y Patricio Walker.
Votaron por la negativa las señoras Allende y Muñoz y los señores Araya, Girardi, Guillier, Montes y Quintana.
No votaron, por estar pareados, los señores García y Navarro.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde votar el inciso tercero propuesto por la Comisión, que figura en la página 11 del comparado:
"En la solicitud deberá señalarse el sexo y el o los nombres de pila sustitutivos de la partida de nacimiento, así como la petición de rectificar las imágenes y documentos con que se hubiera identificado a la persona ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, cualquiera sea el soporte en que éstos se conserven en dicho Servicio, cuando el sexo y nombre no coincidan con su identidad de género.".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso tercero propuesto por la Comisión de Derechos Humanos para el artículo 4° (15 votos a favor y 3 pareos).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic y Muñoz y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Girardi, Guillier, Horvath, Hernán Larraín, Montes, Prokurica, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
No votaron, por estar pareados, los señores Espina, García y Navarro.

El señor LABBÉ (Secretario General).- A continuación, en la misma página 11 del comparado se encuentra el inciso cuarto, que dice: "Sin perjuicio de lo anterior, quienes manifiesten la voluntad de no modificar sus nombres de pila podrán mantenerlos, siempre que ellos no resulten equívocos respecto de su nuevo sexo registral.".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión el inciso cuarto propuesto por la Comisión de Derechos Humanos para el artículo 4°.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso cuarto propuesto por la Comisión de Derechos Humanos para el artículo 4° (13 votos a favor y 3 pareos).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic y Muñoz y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Girardi, Guillier, Hernán Larraín, Montes, Prokurica, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
No votaron, por estar pareados, los señores Espina, García y Navarro.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Pasamos al inciso quinto, respecto del cual hubo discusión.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, la situación es la siguiente.
Corresponde ocuparse en la indicación renovada N° 47, que, en el artículo 4°, incorpora un inciso quinto, nuevo.

El señor ALLAMAND.- La retiro, señor Presidente.
--Queda retirada la indicación N° 47.

El señor LABBÉ (Secretario General).- De consiguiente, como señaló el señor Presidente, pasaríamos a la página 12 del comparado, donde figura el inciso quinto propuesto por la Comisión, que expresa:
"Recibida la solicitud, deberá notificarse de ella, mediante carta certificada, a los ascendientes y descendientes de primer grado por consanguinidad, y al cónyuge, si lo hubiere. Dentro del plazo de 15 días corridos, contado desde la notificación, los interesados podrán oponerse a la solicitud. En el evento de que exista oposición, el asunto devendrá en contencioso, y será remitido mediante oficio al tribunal que tenga competencia en materia de familia del domicilio del peticionario.".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión el inciso quinto propuesto por la Comisión de Derechos Humanos para el artículo 4°.
Ofrezco la palabra.

El señor ESPINA.- ¿Me permite, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, no voy a abrir debate sobre el inciso quinto en comento -ya discutimos largamente al respecto-, que según entiendo es el que comienza con las palabras "Recibida la solicitud".

El señor LABBÉ (Secretario General).- Sí, señor Senador.

El señor ESPINA.- Nosotros acabamos de aprobar una indicación mediante la cual se establece que una persona que solicite cambio del sexo registral deberá acompañar un certificado médico que acredite -no recuerdo exactamente el texto de la norma pertinente- que no tiene ningún trastorno mental y que cumple con los requisitos necesarios para formular dicha petición.
Lo que estamos planteando en el inciso quinto es que los hijos puedan recurrir invocando aquel fundamento. Y eso se pretende impedir.
Debe haber coherencia en la materia. Porque acá se le está pidiendo a una persona que acompañe un certificado médico.
Imaginémonos, señor Presidente, que el hijo piense -sé que se trata de un caso excepcional- que su padre padece un trastorno mental.
O sea, al hijo se le va a impedir oponerse y al padre se lo obligará a presentar una evaluación médica.
Entonces, si uno quiere ser coherente, lo razonable es que al hijo se le permita decir: "Yo me opongo, pues mi padre puede tener un trastorno mental", que fue el argumento que utilizó el Senador Ignacio Walker para que se aprobara la indicación que renovó.
Esto no es peyorativo ni ofensivo.
Entiendo que en la inmensa mayoría de los casos ello no ocurre y el cambio se hace de verdad, porque existe el sexo emocional. Y es válido que se quiera solicitar la rectificación del sexo y el nombre.
Sin embargo, cómo se le va a impedir al hijo hacer lo mismo que se le exige al padre, o a la madre, es decir, acompañar un certificado médico. A él se le estaría negando, a sabiendas de que su padre puede padecer un trastorno mental, oponerse a la solicitud respectiva.
A mi juicio, el inciso quinto debiera aprobarse, porque va en la misma lógica de la indicación que se acordó con anterioridad.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Allamand.

El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, solo quiero reiterar tanto el sentido original de la norma en debate como su justificación.
Cómo va a ser absolutamente indiferente para personas que sufren los efectos de ese acto jurídico o del requerimiento pertinente el que puedan ser objeto de una notificación a fin de que expongan aquello que estimen conveniente.
Cómo no va a ser totalmente razonable que a los hijos les sea factible dar una opinión sobre el particular, la cual -como se dijo- no es vinculante.
Ya nos hemos referido a las exigencias que establecen otras legislaciones.
Hace un rato se argumentaba, por ejemplo, sobre la supuesta no necesidad de acreditar la disforia.
En países que nadie podría considerar no progresistas, como Uruguay, no solo hay una exigencia explícita en tal sentido, sino que además existen audiencias ante una comisión especializada que debe opinar a ese respecto.
Cuando señalamos que ha de existir un mecanismo de notificación, estamos teniendo un mínimo respeto por personas para quienes el requerimiento de cambio de sexo y de nombre tiene efectos.
Por último, señor Presidente, una cosa de sentido común.
Para el solo efecto de cambiar de nombre es plenamente admisible la oposición. Y nadie en esta Sala ha discutido que cuando una persona pretende cambiarse el nombre tiene que haber un proceso de notificación y un proceso de oposición.
Ningún Senador ha cuestionado lo anterior.
Sin embargo, resulta que cuando alguien quiere modificar el sexo y el nombre, entonces ¡no hay ni notificación ni oposición posible...!
¡Cómo va a tener sentido eso! Es completamente incongruente.
Vuelvo a insistir: conforme a nuestra legislación civil, el cambio de nombre da lugar a oposición y a notificación. Pero cuando se trata de modificar el sexo y el nombre algunos sostienen que no debe haber siquiera lugar a notificación.
Es un completo contrasentido, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, el inciso quinto está pensado en razón de la normativa que autoriza el cambio de nombres y apellidos que se halla vigente en Chile: la ley N° 17.344.
En el artículo 2° de esa ley se sostiene que, ante la posibilidad de que se realice un cambio de nombre, se deberá dar aviso mediante publicación en el Diario Oficial para permitir la oposición de quienes tengan interés en ello. Lo anterior se justifica porque el nombre es la identificación jurídica y social con que la persona se relaciona con la sociedad. Por lo mismo, su relevancia no es meramente individual, sino también social.
El referido inciso es necesario por un mínimo de coherencia del ordenamiento jurídico, pues el solo cambio de nombre, menos radical que la modificación de nombre y de sexo, exige la notificación y admite la posibilidad de oposición por quien tiene interés legítimo. Y ello debe resolverlo el juez.
Por otro lado, la idea de oposición estaba presente en el proyecto original.
En efecto, en el inciso tercero del artículo 6° se regulaba la publicidad del cambio y la posibilidad de oposición de cualquier persona por perjuicio directo o indirecto tanto patrimonial como moral y para el caso de que existiese una causa criminal pendiente entre el opositor y el solicitante.
El actual inciso quinto, en cambio, solo dispone notificar expresamente a algunos.
Entonces, si respecto del cambio de nombre se exige la obligación de notificar para los efectos de permitir que terceros que tengan interés en ello puedan oponerse, por un mínimo de coherencia del ordenamiento jurídico me parece que en el caso más radical del cambio de nombre y de sexo no debemos aceptar que se elimine la notificación.
Eso no se condice con el espíritu inicial de este proyecto. De modo que claramente debemos dar lugar a esa notificación para permitir una adecuada oposición, de ser menester.

El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Puede abrir la votación, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Les parece a Sus Señorías?
Acordado.
En votación el inciso quinto propuesto por la Comisión de Derechos Humanos para el artículo 4°.
--(Durante la votación).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.

La señora ALLENDE.- Señor Presidente, como señalé cuando intervine en la sesión de ayer, la solicitud de rectificación de género -se halla en la esencia de este proyecto- es algo personalísimo, por lo que debiera realizarla exclusivamente el interesado.
En verdad, no justifico la indicación que aprobó la Comisión de Derechos Humanos para que un tercero pueda oponerse a dicha petición. Me parece que ello afecta la esencia del proyecto, al permitir a terceros, a sus familiares intervenir en la decisión de la persona.
Por otra parte, debemos tener cuidado, porque la aprobación de esta modificación -pareciera que algunos Senadores se van a inclinar por ella- no guarda armonía con los procedimientos ordinarios. Si ustedes se fijan, la solicitud de rectificación (regulada en los artículos 5° y 6°) solo puede aceptarse o ser declarada inadmisible. No se señala que un tercero pueda oponerse.
Entonces, ¿cuál es la norma que va a tener primacía: la que contempla la oposición o la del procedimiento ordinario?
Señor Presidente, esta modificación es inarmónica y produce un contrasentido. En lo personal, creo firmemente en que la solicitud de rectificación es un acto personalísimo y, lamentablemente, con esto le estamos poniendo trabas y condiciones que no se justifican.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, ¿vamos a llevar las relaciones familiares a los tribunales? ¿Vamos a obligar a una persona mayor de edad -que debe resolver un aspecto de su vida que le costó enfrentar y asumir frente a sí misma, con la pena y el dolor que ello conlleva- a litigar en los tribunales con los consanguíneos que se puedan oponer a su decisión libre, voluntaria e individual, sobre la cual responsablemente asume las consecuencias?
Yo me opongo rotundamente, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, como lo señalé con anterioridad, voy a votar en contra de este inciso, porque es contrario a la esencia del proyecto.
¿Qué posibilidad tiene un juez de establecer cuál es la convicción personal, interna del género que asume una persona? Por eso hemos dicho -y el proyecto discurre en ello- que esto se trata de un derecho personalísimo. De ahí que la oposición de terceros, a mi juicio, no puede existir.
Cosa distinta es cuando la persona mantiene un vínculo matrimonial no disuelto, pues ahí hay un incumplimiento de los requisitos para solicitar la rectificación.
En este caso, yo creo que la oposición no procede, porque en el fondo se trata del ejercicio de un derecho personal, de la convicción interna de una persona.
Además, la redacción del inciso presenta una serie de problemas que no están resueltos. Por ejemplo, en el caso de que no se conozca cuál es el domicilio de un ascendiente, no se determina cómo se le puede notificar, pues no se permite hacerlo por aviso. Entonces, una persona puede quedar literalmente atrapada en un sistema de notificaciones que nunca se van a poder cumplir y, como consecuencia de ello, no podrá llevar adelante su cambio de sexo.
Este artículo tampoco señala cuáles son las causales de la oposición. Solo dice "se podrá oponer". No indica cuál es la razón que pudiera tener un ascendiente o un descendiente para negarse al procedimiento.
Es curioso que en el texto se permita la oposición del cónyuge, cuando es requisito esencial para pedir el cambio de sexo estar soltero. Y ya vimos que en el caso de que exista vínculo matrimonial habrá una suerte de "divorcio exprés", donde el solicitante quedará soltero, y después de eso recién se procederá al cambio de sexo. Entonces, el cónyuge nunca podrá oponerse, porque, teóricamente, no habrá cónyuge al momento de tramitarse la solicitud.
Respecto al tema de la competencia, tampoco se clarifica cuál es el procedimiento que se va a seguir ante el tribunal de familia. Se señala simplemente que es un procedimiento contencioso, pero no se entregan más antecedentes. No se resuelven, a mi juicio, una serie de problemas.
Yo vuelvo a insistir: desde el minuto en que se tomó como eje central del proyecto la idea de que la identidad de género es un derecho personalísimo y que se relaciona con la convicción interna de una persona, que puede corresponder o no con su sexo biológico, debemos respetar esa línea argumental. A partir de eso, a mi juicio, por tratarse del ejercicio de un tipo de derecho personal, no puede haber oposición.
Por esa razón, votaré en contra de este inciso.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, a mí me sorprende un poco esta discusión, porque, revisando los antecedentes de la votación del inciso en la Comisión, advierto que este fue aprobado por unanimidad. En consecuencia, me llama la atención el cambio de opinión desde entonces hasta la fecha.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Incluía a menores de edad.

El señor LARRAÍN.- Viendo lo que dice esta norma, no se refiere al tema de los menores.
En fin. Independientemente de eso, lo que quiero es volver a mantener el punto.
Me parece que si la solicitud de rectificación se le entrega al oficial del Servicio de Registro Civil para que la timbre, entonces se abre la necesidad de que los más cercanos tengan derecho a manifestarse. Y si nosotros se la presentamos a un juez para que resuelva, estimo que no tiene sentido que haya oposición. Entonces, debemos elegir entre un camino o el otro.
Aquí se optó porque sea competencia del Servicio de Registro Civil, lo que considero una mala decisión. Creo que no cuenta con la solemnidad y la dignidad que requiere un paso tan importante como este: el reconocimiento de la situación de una persona, de su verdadera identidad de género. Por lo tanto, si no le damos la dignidad apropiada, entiendo que se abre la posibilidad de este artículo con alguna justificación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el inciso quinto del artículo 4° (12 votos contra 6 y 2 pareos).
Votaron por la negativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, Girardi, Guillier, Montes, Quintana, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la afirmativa la señora Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Hernán Larraín y Prokurica.
No votaron, por estar pareados, los señores Espina y García.


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde ocuparse del inciso sexto, que dice:
"Las personas extranjeras con permanencia definitiva en Chile sólo podrán rectificar su sexo y nombre para efectos de la emisión de sus documentos chilenos. Para ello, previamente deberán inscribir su nacimiento en la oficina de Santiago del Servicio de Registro Civil e Identificación.".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, el norte de Chile está lleno de inmigrantes. No veo por qué tendrían que viajar a Santiago a hacer esta gestión, sobre todo considerando que se trata de gente que muchas veces enfrenta dificultades económicas, de inserción, etcétera.
Para tal cometido deberían habilitarse todas las oficinas del Servicio de Registro Civil.
Me parece que esta norma establece un centralismo innecesario.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No es posible corregirla, señor Senador, salvo que haya unanimidad de la Sala.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, se puede dividir la votación del inciso y rechazar lo segundo.
Mi única duda es si se encuentra vigente la norma que establece que la inscripción de los matrimonios extranjeros se debe realizar en la oficina del Servicio de Registro Civil de Santiago. Porque, si ella está vigente, es coherente con esta.
Tengo la impresión de que esa puede ser la razón que tuvo la Comisión para aprobar este inciso: no por el centralismo, sino por la coherencia con la norma de inscripción de los matrimonios extranjeros en Chile.

La señora MUÑOZ.- Se podría hacer una modificación...

El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, ¿podemos abrir la votación?

El señor LARRAÍN.- ¿Cómo se va a votar?

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, ¿por qué no votamos separadas las dos partes del inciso?
El señor LARRAÍN.- ¿Algún miembro de la Comisión podría explicar cuál fue el fundamento?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.- Señor Presidente, yo tiendo a compartir la preocupación del Senador Guillier. Pero quisiera -por su intermedio, señor Presidente- que el Ejecutivo nos explicara por qué la norma dice "en la oficina de Santiago", por qué quedó así. Quizás existe una razón que nos permita entender la redacción. Porque, a simple vista, no tiene ningún sentido.
Sería bueno que, antes de votar, el Gobierno nos aclarara el punto.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.

La señora NARVÁEZ (Ministra Secretaria General de Gobierno).- Señor Presidente, el artículo 27 de la ley N° 19.477, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación, señala: "Un funcionario denominado Oficial Civil estará encargado de todas las funciones y actuaciones del Servicio que se realicen dentro de la circunscripción para la que fue nombrado, la cual quedará bajo su jurisdicción para todos los efectos de esta ley, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 24.".
Y más adelante la normativa prescribe que en el caso de los matrimonios celebrados en el extranjero esa jurisdicción es Santiago de Chile.
Por su parte, el artículo 24 a que alude el artículo 27, expresa: "Habrá, además, una Oficina de Registro Civil e Identificación, que tendrá su sede en la capital de la República, la que llevará los registros de hechos y actos constitutivos de estado civil acaecidos en el extranjero de chilenos, hijos de chilenos y de extranjeros residentes con permanencia definitiva, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales.".

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Se refiere al estado civil?

La señora NARVÁEZ (Ministra Secretaria General de Gobierno).- Así es.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.

El señor PROKURICA.- Señor Presidente, me parece que en esto el Senador Guillier tiene razón. Porque, en verdad, esa norma constituye un resabio del pasado, de la época en que no había posibilidades de comunicación ni de contar con información en línea a lo largo del país sobre lo que ocurría con extranjeros residentes en Chile.
Pero hoy eso no sucede, ya que el Servicio de Registro Civil tiene todos sus datos en línea y, por lo tanto, quienquiera que necesite información la va a obtener, ya sea en la oficina de Coihaique, de Vallenar, de Huasco o de Santiago.
Por tales razones, este inciso resulta innecesario, a menos que queramos mantener una norma cuya exigencia no sirve en la actualidad, porque para eso está Internet.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Siempre que hubiera unanimidad en la Sala -y, por supuesto, sin perjuicio de que durante el siguiente trámite en la Cámara podría perfeccionarse este punto-, propongo que la redacción quede así: "deberán inscribir su nacimiento en la oficina correspondiente a su domicilio del Servicio de Registro Civil e Identificación".
¿Habría acuerdo?

El señor LETELIER.- Sí.

La señora ALLENDE.- De acuerdo.

El señor LARRAÍN.- Yo lo eliminaría simplemente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Me refiero al domicilio del requirente.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, el inciso primero del artículo 4° ya establece que "Será competente para conocer de la solicitud de rectificación de sexo y nombre el Servicio de Registro Civil e Identificación.".
Y, a continuación, agrega: "La solicitud podrá ser presentada ante cualquier oficina del Servicio sin importar cuál sea el domicilio del o la requirente.".
Considero que, si quisiéramos hacer un acto de descentralización, deberíamos dividir la votación y eliminar la segunda parte del inciso sexto, a fin de que haya coherencia.

El señor LETELIER.- Eliminemos la segunda oración.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- A mi juicio, no podemos realizar trabajo de Comisión en la Sala. Sinceramente, prefiero dejar constancia del problema, a fin de que el Ejecutivo lo corrija en la Cámara de Diputados.
Reitero que no podemos hacer aquí el trabajo de Comisión.

El señor LARRAÍN.- Podríamos, de existir unanimidad.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo para aprobar el inciso sexto, dejando constancia de que en el trámite siguiente el Ejecutivo debe modificar la norma de manera que el trámite se realice en la oficina del Registro Civil donde tenga domicilio el requirente?
Al parecer, no hay consenso.
En votación.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso sexto del artículo 4° (11 votos a favor, una abstención y 2 pareos).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Muñoz, Lily Pérez y Von Baer y los señores Araya, Girardi, Hernán Larraín, Prokurica, Quintana, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvo el señor Guillier.
No votaron, por estar pareados, los señores Espina y Navarro.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable de los Senadores señores Chahuán y Coloma.


El señor LABBÉ (Secretario General).- El último inciso del artículo 4° señala: "La comparecencia de los y las solicitantes ante los tribunales con competencia en materias de familia se regirá por lo dispuesto en el artículo 18 de la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia.".
La disposición se refiere al procedimiento que se sigue dentro de esos tribunales.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo para aprobar esta disposición con la misma votación anterior?

El señor LARRAÍN.- "Si le parece".

La señora ALLENDE.- Sí.
--Se aprueba el inciso séptimo del artículo 4° con la misma votación anterior (11 votos a favor, una abstención y 2 pareos).


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Propongo a la Sala continuar la discusión en particular de este proyecto en la próxima sesión, ya que quedan varias votaciones para completar su despacho. Además, hay materias respecto de las cuales seguramente Sus Señorías querrán intervenir.
--Queda pendiente la discusión particular del proyecto.

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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.- Señor Presidente, solicito recabar el acuerdo de la Sala para ampliar hasta el lunes 19 de junio el plazo para presentar indicaciones al proyecto de ley que establece normas sobre prevención y protección del embarazo adolescente (boletín N° 10.305-11).

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
--Así se acuerda.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminado el Orden del Día.
VII. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS

El señor LABBÉ (Secretario General).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor BIANCHI:
Al señor Alcalde de Punta Arenas, pidiéndole informar sobre EVENTUAL TÉRMINO DE PROYECTO DE FARMACIA COMUNAL; HORARIO DE ATENCIÓN ACTUAL DE DICHA FARMACIA Y STOCK DE MEDICAMENTOS DE QUE DISPONE.
Del señor GARCÍA:
Al señor Director del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, de Temuco, a fin de solicitar OFICINA PARA DAMAS DE CELESTE (reiteración de oficio).
Del señor HORVATH:
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Turismo, a la señora Ministra de Bienes Nacionales y al señor Ministro del Medio Ambiente, planteándoles IMPORTANCIA DE QUE EN PROYECTO PARQUES DE LA PATAGONIA SE ASEGURE QUE ÁREAS A DECRETAR COMO PARQUES NO TENGAN SITUACIONES DE OCUPACIÓN O PETICIONES LEGÍTIMAS DE POBLADORES DE AISÉN Y LA PATAGONIA.
Al señor Director General de Aeronáutica Civil y al señor Director Nacional de Aeropuertos, planteándoles NECESIDAD DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLE PARA AERONAVES EN CIUDAD DE CASTRO (AEROPUERTO DE MOCOPULLI), A FIN DE ATENDER EMERGENCIAS Y ASEGURAR BUENA OPERACIÓN EN REGIONES DE LOS LAGOS Y DE AISÉN.
Y al señor Director de Vialidad de la Región de Aisén, solicitándole información respecto de PUENTE Y SOLUCIÓN CONSIDERADA PARA RÍO PAMPITA Y CONTINUACIÓN DE OBRA PARA FUTURO CIRCUITO A LOCALIDAD DE LA JUNTA.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En Incidentes, los Comités Partido Demócrata Cristiano e Independiente, Partido Socialista e Independiente y Partido Unión Demócrata Independiente no harán uso de sus tiempos.
En el turno del Comité Independientes y Partido Amplitud, tiene la palabra el Senador señor Guillier.


ACCIONES A FAVOR DE JARDÍN CARACOLITO Y LICEO A-16, DE ANTOFAGASTA, POR EMANACIÓN DE GASES. REITERACIÓN DE OFICIOS Y NUEVOS OFICIOS

El señor GUILLIER.- Señor Presidente, con fecha 28 de abril, esta Corporación envió, a solicitud mía, el oficio N°473/INC/2017 a la Ministra de Salud, señora Carmen Castillo, en el cual se informaba una grave situación que está aconteciendo en la ciudad de Antofagasta.
Con fecha 30 de marzo del presente año, mientras me trasladaba por calle Rendic, fui testigo presencial de las molestias que causa la emanación de gases en el sector norte de la ciudad, situación que afecta la salud de las personas, principalmente de niños y jóvenes que asisten al Jardín Caracolito (JUNJI) y al Liceo Industrial A-16 (municipal), respectivamente.
Según lo informado por la directiva del mencionado liceo, las emanaciones comenzaron a afectar el normal funcionamiento del establecimiento en 2015 y hasta la fecha en 68 ocasiones han debido evacuar a sus casi 2 mil alumnos de la jornada diurna, razón por la cual perdieron 2 mil 462 horas pedagógicas de estudio, según consta en el informe que adjunté con el envío del oficio.
Los estudiantes de la jornada diurna, con edades entre 13 y 18 años, presentan síntomas propios de la aspiración de gases cada vez que hay emanaciones (dolor abdominal, náuseas, mareo y cefalea), antecedentes que adjunté en dicha oportunidad mediante copia del registro de atención en la sala de primeros auxilios del liceo, en el cual quedó constancia de los síntomas que presentaron los alumnos entre el 15 y el 30 de marzo.
Debo destacar que, transcurridos dos años, según me señalan, nunca se ha realizado un examen de salud a los afectados para determinar eventuales daños permanentes causados por la aspiración de gases.
Además, se me informó que el liceo tiene un índice de vulnerabilidad de 62 por ciento. En consecuencia, cada vez que se produce la evacuación los alumnos que están en tal situación no reciben la alimentación que entrega el liceo y se desconoce si se están nutriendo de manera saludable y adecuada en sus hogares.
También comenté que se evidencia que esta problemática ha perjudicado notablemente la salud mental de los docentes y de la planta directiva del liceo, pues están sometidos a un estrés y una incertidumbre que afectan las relaciones humanas y laborales al interior del establecimiento.
Por su parte, la Municipalidad de Antofagasta ha realizado diversas gestiones -se detallaron en el adjunto del señalado oficio-, sin resultado favorable para la salud de las personas afectadas.
Es en virtud de ello que en el referido oficio se requirió informar sobre:

1.- Posibilidad de adoptar medidas de seguimiento, examen, diagnóstico y tratamiento a los alumnos, docentes y directivos del Liceo Industrial A-16 de Antofagasta, y a los párvulos, educadoras y planta directiva del Jardín Caracolito, con el objeto de prevenir y/o brindar tratamiento ante cualquier efecto originado por la aspiración de gases.

2.- Acciones realizadas o por realizar que tengan como objetivo proteger la salud de párvulos, estudiantes y directivos de los establecimientos educacionales indicados anteriormente.

3.- Cualquier otro antecedente relevante que se pudiese proporcionar sobre la materia.
El oficio respectivo, señor Presidente, aún no tiene respuesta.
Por lo tanto, y considerando que esta semana los acontecimientos se han repetido y se pusieron más críticos, solicito que, con carácter URGENTE, se envíe un oficio al respecto, reiterando el anterior.
A la vez, pido que se oficie al Ministro del Medio Ambiente, señor Marcelo Mena, y a la Subsecretaria de Educación, señora Valentina Quiroga, para requerirles que, en su respectiva área, tomen las acciones conducentes a encontrar pronta solución al problema descrito y de ese modo mitigar los daños que las emanaciones en comento les han provocado a alumnos, profesores y directivos.
Insisto: las clases se han suspendido ¡68 veces!; se han perdido ¡2 mil 462 horas pedagógicas!, y ¡no pasa absolutamente nada!
He dicho.
--Se anuncia el envío de los oficios pertinentes, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.

)---------(

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde el turno del Partido Por la Democracia.

El señor NAVARRO.- Queda tiempo del Comité Independientes y Partido Amplitud, señor Presidente.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Va a ocuparlo, señor Senador?

El señor NAVARRO.- Así es.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme.
Su Señoría dispone de 3 minutos y 55 segundos.

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, en un minuto más se le hará llegar la firma de la Senadora Muñoz por el tiempo del PPD.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Muy bien.
Tiene la palabra, señor Senador, en el tiempo del Comité Independientes y Partido Amplitud.


NEGATIVA DE SENADO A PUBLICACIÓN DE ARTÍCULO DE OPINIÓN PERSONAL SOBRE VENEZUELA

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, como saben diversos colegas, yo presenté hace algunos días un artículo que el Senado no quiso publicar. Su título era "Me duele el Senado y la hipocresía con Venezuela".
Eso me duele, porque en esta Sala se aprueban constantemente proyectos de acuerdo para denostar, para establecer una verdad única sobre la situación de Venezuela, pero no hay ninguna posibilidad de debatir políticamente sobre lo que pasa hoy día en esa nación, que se encuentra asediada por una campaña mediática, criminal, dirigida particularmente por los Estados Unidos, que busca la destrucción de aquel país.
¡Ya ni siquiera se trata del petróleo!
Lo que está ocurriendo en Venezuela debiera llamar a este Senado; a nuestro país; a la Presidenta Michelle Bachelet; a Heraldo Muñoz, Canciller de Chile, a intervenir a favor de la paz, a intervenir para lograr una salida democrática a la crisis que vive dicha nación.
Pero no: ¡el Senado opta por pedir elecciones anticipadas en Venezuela...!
En ese país se determinaron elecciones. La democracia venezolana estableció para julio de este año la realización de la elección de miembros de la Asamblea Nacional Constituyente, y para diciembre, la de gobernadores.
¡La "democracia de Temer" suspende las elecciones y "la dictadura de Maduro" convoca a dos elecciones para este año...!
El itinerario institucional, tal como lo ha dicho el Presidente Nicolás Maduro, se mantendrá llueva, truene o tiemble y se van a hacer las elecciones presidenciales el 2018.
No me parece que el Senado de un país como Chile pueda señalarle a otra nación cuándo debe hacer elecciones. Eso no ocurre en democracia: es injerencismo, intervencionismo.
Me duele que parlamentarios que se dicen de Izquierda, progresistas, democráticos voten a favor resoluciones del Senado de la República como aquella.

El señor WALKER (don Ignacio).- ¡Fue unánime!

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, la lámina que estoy mostrando da cuenta de que Orlando Figuera, de 21 años, fue ¡quemado vivo! durante las protestas "pacíficas" que se realizan actualmente en Venezuela. ¡Quemado vivo!
En ese país está operando una red de mercenarios pagados y dirigidos por la Oposición, lo que ha costado más de 70 vidas. La mayoría, por cierto, no participaba en las protestas.
De hecho, señor Presidente, se busca desestabilizar a Venezuela para crear el caos.
Hay desabastecimiento. Se conspira constantemente para hacer desaparecer los alimentos.
Existe una campaña mediática en una nación donde hay prensa libre.
¡Ya quisiera yo que en Chile existieran los diarios de Oposición que hay en Venezuela, los que, por supuesto, no hablan bien del Gobierno!
El 70 por ciento de los medios venezolanos son privados.
Diariamente se ponen a la venta cinco periódicos de Oposición y solo tres oficialistas.
La televisión abierta se reparte por igual: seis canales de Oposición, seis de Gobierno.
Por tanto, uno no logra entender el porqué.
Ese país se ha dado una democracia y una Constitución; tiene una Asamblea Nacional Constituyente que ya quisiera yo para Chile.
¡En nuestro país se nos niega una Asamblea Nacional Constituyente, sigue decidiendo la élite!
Se cuestiona que haya una Asamblea Nacional Constituyente en Venezuela, donde todos los delegados -¡todos!- son elegidos de manera universal, con plena participación de la ciudadanía.
Es por ello, señor Presidente, que solicito...

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se acabó su tiempo, Su Señoría.

El señor NAVARRO.- ¿Llegó la nota de la Senadora Adriana Muñoz, señor Presidente?

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Aún no.
Sin embargo, en este "Senado hipócrita" Su Señoría dispone de un minuto adicional para terminar.

El señor NAVARRO.- Yo creo que la hipocresía existe, señor Presidente. Esa es mi opinión. Y usted no debió haber censurado mi artículo.
¡No le ha censurado jamás un artículo a un Senador!
Hay Senadores que denuestan a Evo Morales, como el colega Pizarro, y Senadores que escriben lo que piensan.
¡Yo denuncio en este Senado la censura que se ha hecho respecto de un artículo de opinión mío!
Puedo estar equivocado, pero es mi opinión. Y ella debe ser respetada, señor Presidente. Y usted lo sabe, porque lleva muchos muchos años en el Parlamento.
Quiero señalar, por último, que se ha establecido la idea de que en Venezuela hay un caos y una crisis.
El pueblo venezolano va a resistir, porque es un pueblo democrático, que ama la libertad, que ama la felicidad.
Yo digo: ¡Dejen a Venezuela trazar su futuro! ¡No intervengan! ¡Dejen a los venezolanos resolver su futuro!
Las democracias son Gobierno y Oposición.
Este país, y particularmente este Gobierno, se la ha jugado por la Oposición. Y es un error político.
He dicho .

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Quisiera aclararle, señor Senador, ya que hizo una referencia a mi persona, que no hemos censurado ninguna cosa.
Usted tiene pleno derecho a expresarse aquí -y lo ha hecho hoy- sin censura alguna.
Incluso, le di tiempo adicional para terminar su exposición, y aun, para decir lo que dijo.
Además -y usted lo sabe-, hubo acuerdo unánime de los Comités en el sentido de que Su Señoría podía publicar en su página web lo que estimara conveniente, dentro de esta Corporación, pero no en la página del Senado, porque eso es distinto.

El señor NAVARRO.- ¡Eso es censura!

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Su Señoría tiene total derecho a hablar durante una sesión y a publicar lo que le interesa, individualmente, como Senador, en su propia página web.
Esa fue la razón por la cual se procedió como se hizo. Y (reitero) hubo acuerdo unánime de los Comités.
)---------(

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Horvath, por tres minutos.


CENTENARIO DE ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE CLUBES DE LEONES

El señor HORVATH.- Señor Presidente, se conmemora hoy el centenario de la Asociación Internacional de Clubes de Leones, que fue fundada en 1917 en los Estados Unidos por don Melvin Jones y que rápidamente se expandió a países como Canadá, China, Cuba, México, Perú, entre otros.
Don Humberto Valenzuela García constituyó en Santiago de Chile, en 1948...

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Perdón, Su Señoría.
Debo comunicarle al Senador señor Navarro que acaba de llegar a la Mesa la autorización de la Senadora señora Muñoz.
Puede continuar, Su Señoría.

El señor HORVATH.- Señor Presidente, decía que el 16 de septiembre de 1948 se constituye en nuestro país el Club de Leones de Santiago -rápidamente se expande a Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay- por el dirigente Humberto Valenzuela García, hecho que lo lleva a ser nombrado Presidente de la Asociación Internacional de Clubes de Leones entre 1955 y 1956.
Esos clubes están prácticamente en todas las regiones de Chile. Se expanden hacia el sur. Y, desde luego, también se encuentran en Coihaique y Puerto Aisén.
Desde el Senado, quisiera rendir un homenaje a todos aquellos que participan en esa importante organización internacional, que está constituida por más de un millón y medio de personas y tiene el bello lema "Nosotros Servimos".
Su labor es reconocida por toda la comunidad; por ejemplo, la de mejorar la calidad de vida de los ciegos; la de ocuparse de las discapacidades visuales; la de desarrollar acciones preventivas en ese ámbito, etcétera.
He dicho .


CONMEMORACIÓN DE TOMA DEL MORRO DE ARICA

El señor HORVATH.- Señor Presidente, hoy, 7 de junio, es feriado en la Región de Arica y Parinacota a raíz de la conmemoración de la toma del morro de Arica, gesta en la que en 55 minutos las tropas chilenas hicieron cumbre allí, lo cual implicó una gran cantidad de sacrificios de soldados tanto peruanos como nuestros.
Tras 137 años, ahora vivimos tiempos de paz e integración.
Son miles los chilenos y peruanos que cruzan a diario la frontera para pasear, comprar, trabajar o estudiar en el respectivo país.
Incluso, compatriotas nuestros acuden a Tacna para atenderse en el Hospital de la Solidaridad, donde son recibidos sin ningún tipo de discriminación.
Una gran cantidad de nuestros vecinos peruanos han adoptado a Chile como su patria para fundar sus comercios y asentarse aquí con sus familias.
El 7 de junio se conmemora en Perú como el Día de la Bandera, y en Chile, como el Día de las Glorias de la Infantería. A mi entender, ese debe ser un día de baluarte para la integración y para la realización de una profunda investigación y revisión de la historia que se enseña en ambos países a los niños y jóvenes con respecto a las causas que nos llevaron a la Guerra del Pacífico. La idea es que, bajo una mirada más amplia y solidaria, se borre todo tipo de mala predisposición en las dos naciones.
Desde el Senado, rindo también un homenaje muy especial a todos los ariqueños y parinacoteños en este nuevo 7 de junio y hago un gran reconocimiento a su lema, a su canción y al espíritu que los anima como habitantes de zonas extremas.
¡Este es el saludo de un representante de la zona extrema austral de Chile!
He dicho .
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Senador señor Navarro, ¿va a ocupar el tiempo que le dio el Comité Partido Por la Democracia?

El señor NAVARRO.- Por supuesto, señor Presidente.
Gracias

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.


CRÍTICA A SILENCIO DE PRENSA CHILENA ANTE REALIDAD DE VENEZUELA

El señor NAVARRO.- Señor Presidente, me voy a referir a lo que he llamado "Lo que la prensa chilena calla sobre Venezuela".
En su versión 2016, el Informe de Desarrollo Humano del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo señaló: "Venezuela goza de uno de los índices de desarrollo humano más altos de América Latina (0,767).".
El Informe sobre el Panorama Social de América Latina de 2016, realizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), expresó: "Venezuela se mantiene dentro de los países con menor grado de desigualdad social en la región, junto a Uruguay y Argentina.".
Chile, integrante de la OCDE, es el país con la mayor desigualdad -¡la mayor desigualdad!- entre los miembros de dicha Organización.
Durante los últimos quince años en Venezuela se han realizado diecinueve elecciones. Entre ellas, la que ganó la Oposición con 109 escaños, por sobre los 54 del oficialismo.
Venezuela, como dijo Jimmy Carter en el Center Carter, tiene el mejor sistema electoral del mundo.
La institucionalidad democrática venezolana posibilita que 80 por ciento de la población participe. Y los partidos políticos sobreviven -¡pero allá se reclama...!- cuando obtienen 1 por ciento de la votación nacional.
La legislación de Chile establece que los partidos políticos son legales solo si cuentan con 5 por ciento de la votación nacional. En Venezuela -repito-, donde hay cerca de 70 partidos, si tienen 1 por ciento.
La Asamblea Nacional de Venezuela incurrió en desacato y hubo una confrontación entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo por cuanto tres diputados de la amazonia no fueron ratificados por el Tribunal Electoral, por el poder electoral. De manera que -repito- se produjo un desacato. Hubo fraude electoral: el Tribunal no confirmó a esos diputados, pero la mayoría de la Asamblea Nacional los incorporó y los hizo participar. Es un conflicto entre Poderes del Estado.
Algunos dicen "El Presidente Maduro intervino el Poder Judicial".
Señor Presidente, en Chile a los jueces superiores los nombra el Senado, a propuesta del Presidente de la República. O sea, a esos magistrados los elegimos nosotros. Si no hay consenso aquí, una persona propuesta por el Primer Mandatario puede no ser elegida para ese cargo.
En Venezuela hay cinco Poderes del Estado. Y es bueno conocer la institucionalidad de ese país, para tener una opinión informada.
Por eso yo he dicho que lo que hoy día nos muestran los medios de prensa solo enfoca la violencia en las calles y no las multitudinarias marchas de apoyo al Gobierno del Presidente Nicolás Maduro.
De los más de setenta fallecidos que ha habido en esos actos "pacíficos", únicamente treinta han comprometido a efectivos que actualmente se hallan procesados.
La Guardia Nacional Bolivariana no usa ni balas ni perdigones. ¡Afortunadamente! Porque la conspiración permanente de la violencia mercenaria, financiada por la Oposición, financiada internacionalmente, solo busca el crimen, solo busca la desestabilización.
Hace algunos días yo me planteaba ¡cómo en Chile no nos impacta el hecho de que al joven Orlando Figuera, de 21 años, por vestir una polera (así decimos en nuestro país) roja y por ser mulato, moreno, se lo haya acusado de ser chavista y se le haya prendido fuego! ¡Lo quemaron vivo y, después de una larga agonía, falleció!
Orlando Figuera, de 21 años: ¡solo por parecer chavista!
¿Es esa una oposición democrática? ¿Es esa la oposición pacífica que hoy día la señora Lilian Tintori, quien ha venido a Chile, y el señor Luis Almagro, Secretario General de la OEA, defienden en los foros internacionales?
Señor Presidente, el 18 de mayo Carlos Ramírez, otro joven venezolano, también ¡fue quemado vivo durante una manifestación de la Oposición!
Porque nosotros vivimos una situación de esa índole en dictadura, cuando los militares quemaron a Carmen Gloria Quintana y a Rodrigo Rojas de Negri, a mí no me deja impávido lo que ocurre en Venezuela. No deja mi conciencia tranquila que se esté quemando a jóvenes por tener determinada ideología y haya silencio: silencio de parte del Ministro Heraldo Muñoz; silencio de parte del Gobierno; silencio de parte de quienes dicen defender la democracia en Chile.
Este Senado jamás ha emitido una opinión sobre los jóvenes muertos tras ser quemados vivos por la Oposición en Venezuela.
Sí, insiste en el caso del señor Jatar, quien no es chileno ni periodista. ¡Ni chileno ni periodista! El Cónsul de Chile en Caracas obtuvo en la cárcel las huellas digitales de esa persona, quien desde hacía 59 años no venía a nuestro país.
El señor Jatar -reitero- tampoco es periodista. Es dueño de un sitio web con registro en Miami, adonde llegó mientras arrancaba luego de ser acusado del delito de extorsión. Y fue indultado por Carlos Andrés Pérez para permitirle volver a Venezuela.
¡De eso se preocupa la Sala del Senado...!
¡Hagamos algo para detener la violencia en Venezuela! ¡Que Chile participe! ¡Que la Comisión de Presidentes que se propuso -fue apoyada incluso por el Papa Francisco- dé el espacio necesario para retomar el diálogo en ese país y no se sume a la campaña injerencista que busca desestabilizarlo!
Como ya he dicho, la bendición de Venezuela es el petróleo. Pero también es su maldición.
Quienes hoy día procuran destruir a Venezuela quieren su petróleo.
En Colombia hay siete bases militares de Estados Unidos. Se firmó allí un acuerdo de paz. ¡Qué sentido tiene que esas siete bases militares estén en territorio colombiano, en la frontera con Venezuela! ¡Qué sentido tiene sino atacar, invadir, conspirar permanentemente en contra de este último país!
Señor Presidente, yo abogo por la paz, por la libre determinación de los pueblos. Abogo por que Chile no se sume a los alaridos de Luis Almagro, quien ha traicionado a su propio partido, su propia ideología: ¡es un renegado!
Luis Almagro estuvo en esta Sala. Cada vez que intervino yo dije: "¡Protesto, señor Presidente!". ¡Porque vino a Chile a hablar de democracia y lo único que hizo fue referirse a "la dictadura de Venezuela"!
¿Qué pasa en Brasil con Temer? ¿Qué pasa en el resto de América Latina? ¿Qué pasa en México?
¡En los últimos doce años más de cien periodistas han sido asesinados en México!
¿Dónde está la voz de la OEA? ¿Dónde está la voz de Luis Almagro?
¿Dónde está la voz de Luis Almagro frente a los hechos ocurridos en Brasil?
¡Silencio!
¡Para Almagro solo existe Venezuela! ¡Su obsesión es Venezuela! ¡No existe otro país!
En mi país, Chile, recientemente -durante la semana pasada- efectivos de carabineros arrastraron del cabello a jóvenes estudiantes, quienes fueron detenidos y golpeados salvajemente. ¡Por Carabineros de Chile!
Pero se dice: "¡Mira lo que pasa en Venezuela!". ¡Y se falsean las imágenes!
Señor Presidente, en mi condición de Senador, denuncié en la Sala -y lo repito hoy- que Televisión Nacional de Chile, con motivo de un reportaje sobre ese país en el año 2016, presentó siete capítulos: entre ellos, "Caracas, la ciudad más violenta del mundo"; "El hambre en Venezuela"; "Las playas desiertas de turistas en Venezuela". En el primero, las imágenes proyectadas corresponden a Bogotá y Río de Janeiro, engañando a la gente.
¿Y qué me dijo Ricardo Solari? Remitió una escueta carta, que diluía toda la responsabilidad.
¡Los chilenos fueron engañados por TVN!
¿Y sabe, señor Presidente? Este medio no fue a mi proclamación presidencial. ¡Es el único canal de televisión que no asistió a la inscripción del Partido País y a ese otro acto! ¡Qué coincidencia!
Televisión Nacional le debe una explicación al pueblo de Venezuela, así como a los chilenos, porque los engañó. ¡Repito que mostró imágenes de otros países para testificar la violencia en Venezuela! ¡Tuvieron que recurrir a vistas de YouTube y de Río de Janeiro y Bogotá, Colombia!
Eso no se hace.
Eso es faltar a la ética.
Eso es engañar al pueblo chileno.
¡Y esa es la campaña que realizan muchos medios de comunicación en toda América Latina y el mundo!
Me siento orgulloso de haber conocido al Presidente Hugo Chávez Frías y de haber contado con su profunda amistad y cariño.
Del mismo modo, me siento orgulloso de contar con la amistad y el cariño de Nicolás Maduro, Presidente obrero de Venezuela. Lo conocí cuando fue Presidente de la Asamblea Nacional y supe de su persona cuando fue Presidente de los trabajadores del Metro.
No cabe sino trabajar por la paz en Venezuela. Y a Chile le corresponde ese rol. Ello se extiende a nuestro Ministro Heraldo Muñoz, siendo improcedentes las declaraciones en apoyo del golpismo sedicioso que se cierne hoy día sobre ese país.
¡Chile ha jugado un triste papel!
¡Le pido perdón al pueblo de Venezuela por el papel desempeñado por mi país en esta crisis!
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Por haberse cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:42.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción