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REGULACIÓN DE DERECHOS A RESIDIR, PERMANECER Y TRASLADARSE HACIA Y DESDE EL TERRITORIO ESPECIAL DE ISLA DE PASCUA


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Corresponde ocuparse del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.683-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 12ª, en 3 de mayo de 2017 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 32ª, en 18 de julio de 2017.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo principal de esta iniciativa es regular la forma en que se ejercerán los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua.
La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización discutió este proyecto solamente en general, y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Bianchi, García, Quinteros y Andrés Zaldívar.
La Comisión hace presente que los artículos 33 y 55 tienen carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que para su aprobación se requieren 21 votos favorables. Asimismo, señala que todas las normas relativas a los derechos de residir, permanecer y trasladarse hacia el referido territorio especial deben aprobarse con quorum calificado, esto es, con al menos 19 votos afirmativos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, con fecha 3 de mayo del año en curso ingresó al Senado, en segundo trámite constitucional, el proyecto a que se hizo referencia, cuyo objetivo es regular el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua.
Esta iniciativa se inició en mensaje de Su Excelencia la Presidenta de la República de 30 de abril de 2016 y fue aprobada en su primer trámite constitucional por 104 Diputados, de un total de 118 en ejercicio.
Una reforma constitucional del año 2007 creó los territorios especiales de Isla de Pascua y de Juan Fernández. Posteriormente, la reforma constitucional de 2012 incorporó el actual inciso segundo al artículo 126 bis de la Carta Fundamental, el cual señala: "Los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde cualquier lugar de la República, garantizados en el numeral 7° del artículo 19, se ejercerán en dichos territorios en la forma que determinen las leyes especiales que regulen su ejercicio, las que deberán ser de quórum calificado.".
En este contexto, es necesario hacer presente que la superficie de Isla de Pascua alcanza a 166 kilómetros cuadrados y que en ella se emplaza el Parque Nacional Rapa Nui, que se extiende sobre un terreno equivalente a 46,17 por ciento de la isla y que fue declarado Patrimonio de la Humanidad por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en 1995.
La principal actividad económica de Isla de Pascua es el turismo, pues su riqueza natural y arqueológica la han transformado en un atractivo único en el mundo, lo que se refleja en la cantidad de visitas que anualmente ingresan a este territorio insular. No obstante, es necesario adoptar políticas que permitan que dicha actividad se desarrolle en forma sustentable.
Existen ciertos problemas para la habitabilidad, como el origen volcánico de la isla, la erosión que sufre su territorio y la existencia de sectores rocosos que dificultan asentamientos humanos. A ello se debe sumar que casi la totalidad del agua dulce utilizada por la población tiene su origen en pozos subterráneos que conforman el acuífero volcánico, en que las precipitaciones son su principal fuente de recarga y, al mismo tiempo, existen importantes riesgos de contaminación derivados de la ausencia de una red de alcantarillado que se haga cargo de los desechos que generan los habitantes y de la salinización que proviene de su contacto con el agua del mar.
Las complejidades originadas en su aislamiento extremo, su frágil ecosistema y los significativos flujos humanos que experimenta a diario hacen necesario establecer una regulación en cuanto a los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde este territorio especial. Ello, considerando, además, que en 2009 entró en vigencia en Chile el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo, el cual establece la obligación de los Estados de asumir la responsabilidad de desarrollar una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de los pueblos indígenas y a garantizar el respeto de su integridad.
La Comisión invitó especialmente -y escuchó los planteamientos formulados- a la investigadora del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile señora Liliana Galdámez; al profesor titular de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile señor Arturo Fermandois; al Director del Observatorio de Ciudades de la misma casa de estudios, señor Roberto Moris, y al profesor asistente señor Kay Bergamini; y a la abogada especialista en Derecho de Familia de la Biblioteca del Congreso Nacional señora Paola Trufello.
Como se consigna en el informe respectivo, este proyecto de ley fue aprobado en general por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Senadores señores Bianchi, García (remplazó al Senador señor Espina), Andrés Zaldívar y quien habla. El órgano técnico propone a la Sala que haga lo propio en los mismos términos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, ciertamente, hoy día se está saldando una deuda pendiente con Rapa Nui.
Iorana kite tangata o te kainga o rapa nui.
Claramente, se trata de una larga aspiración del pueblo rapa nui.
Hago mención de que recientemente se han cumplido 50 años desde que se aprobó la ley que creó su organización civil, como parte integrante activa del Estado de Chile, con sus autoridades y servicios públicos pertinentes.
Solo resta abocarse a una de las cuestiones esenciales.
Ello dice relación no solo con su estatuto especial, que sigue esperando; con la necesidad de preservar la biodiversidad existente en Rapa Nui; con la característica ineludible que posee en términos geopolíticos y todo lo que ello aporta en materia de zona económica exclusiva; con el rescate de su lengua; con focalizarse en el aporte que el pueblo rapa nui hace a la cultura de nuestro país. Además de lo anterior, también es preciso enfocarse en una demanda histórica como lo es la ley sobre residencia.
Dicho cuerpo normativo responde a la capacidad de carga de un territorio insular.
Los estudios realizados en la década de los noventa claramente están sobrepasados.
Hoy día hablamos de una capacidad de carga dinámica. Y lo que está desarrollando la Pontificia Universidad Católica de Chile se refiere justamente a aquello. Su estudio menciona cuatro elementos importantes.
El primero tiene que ver con el territorio (estamos hablando de un territorio insular).
El segundo se relaciona con la energía. Cuando se habla de fuentes energéticas y de capacidad de carga dinámica, es factible que en el futuro se generen otro tipo de energías renovables no convencionales que aporten en tal sentido.
El tercer aspecto se refiere a la disposición de residuos. Ello también resulta relevante en el sentido de cómo hacerse cargo finalmente de un territorio insular que presenta esa condición, sobre todo cuando todavía debemos producir en la isla un impacto muy significativo en materia de reciclaje.
Por último, se halla lo relativo al agua, cuarto elemento relevante en el modelo de capacidad de carga, más aún cuando se ha señalado que se registra una contaminación de las napas subterráneas en este territorio tan trascendente para nuestro país.
Por tanto, cuando uno habla de capacidad de carga de la isla debe tomar en cuenta todos esos elementos.
La población: ¡por supuesto!
Ella ha ido aumentando progresivamente en los últimos años, generando claramente un impacto en Isla de Pascua.
Por eso, el pueblo rapa nui ha planteado la necesidad de que la restricción a la libertad de circulación que se está estableciendo excepcionalmente para este territorio insular avance de manera importante.
¿Hay experiencias en tal sentido en otros lugares del mundo? Sí, las hay, teniendo en cuenta las condiciones especialísimas del territorio.
Recuerdo que cuando se aprobó la reforma constitucional pertinente muchos señores Senadores tenían dudas en cuanto a establecer una excepción a la libertad de circulación en nuestro país. Decían algunos que esto podría ser un mal precedente respecto de lo que ocurriría en el futuro con otros territorios, asociados fundamentalmente a pueblos originarios.
Nosotros señalamos en esa oportunidad que en este caso estaban dadas las condiciones para establecer esa excepción a la libertad de circulación, lo que respondía a las condiciones excepcionalísimas ya mencionadas.
Por tanto, al cumplirse los 50 años de la civilidad de Isla de Pascua, tomando en cuenta el estado de abandono de Chile respecto de sus territorios insulares, claramente se hace necesario seguir avanzando en saldar esa deuda histórica. Y ello implica aprobar esta iniciativa tan importante.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, este proyecto busca, por un lado, regular la forma en que se van a ejercer los derechos a residir, permanecer, trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua. Por otra parte, establece condiciones específicas cuando se sobrepasen ciertos límites de capacidad de carga definidos por la autoridad, evidentemente, respaldados por estudios e informes técnicos destinados a mejorar la gestión del territorio. Y propone el sistema sancionatorio que permitirá que estas normas sean efectivas.
Señor Presidente, este es un proyecto ejemplar desde varios puntos de vista.
Como ya dije, la iniciativa busca regular la forma en que se ejercen los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio de Isla de Pascua, así como establecer límites de capacidad de carga definidos por la autoridad.
Es un proyecto ejemplar porque se trata de una política pública que evidencia un problema que tiene que ver con la gestión demográfica de la población en el territorio y con el impacto en la conservación de la naturaleza.
El crecimiento demográfico es un problema ambiental a nivel mundial. Y quiero destacar que nuestro país esté empezando a regular esta materia más en serio. En este caso, se hace al abordar las condiciones para residir y trasladarse desde y hacia un lugar que es especialmente frágil desde el punto de vista ecológico.
La Isla de Pascua fue declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en 1995, justamente porque se trata de un territorio especialmente frágil. La isla tiene un origen volcánico que la hace sensible a la erosión. A la vez, presenta dificultades en su abastecimiento hídrico. Además, está el problema de la basura, común en muchas otras comunas incluso de la Región de Valparaíso y del resto de Chile.
De igual forma, la Isla de Pascua es importante por la biodiversidad que alberga. Algunas de sus especies son legendarias y están prácticamente extintas en su medio natural, como es el caso del toromiro, que es una especie de arbusto de unos tres metros de altura. Su madera tenía numerosas aplicaciones en la cultura de Rapa Nui, y predominaba su uso en rituales. Sin embargo, durante los siglos XVIII y XIX fue utilizado de modo intensivo como alimento por los animales domésticos traídos por los europeos, lo cual finalmente lo llevó a su extinción en la isla. En la actualidad en Chile hay algunos ejemplares adultos de la especie y se trabaja para reintroducirlo.
Pero, más allá de la biodiversidad, hay un aspecto cultural y de desarrollo local que se busca conservar. El Parque Nacional Rapa Nui alberga más de 25 mil restos arqueológicos -como aquí se ha dicho- que ameritan una protección especial. Son restos de la cultura e historia tanto de este lugar como de toda la humanidad.
Debemos conservar la cultura viva actual del pueblo rapa nui, que representa el 60 por ciento de los habitantes de la isla, el cual, a su vez, fue consultado en el marco del Convenio 169 de la OIT.
Los principales problemas detectados por el mismo pueblo tienen que ver con la basura, el incremento del parque automotriz y el turismo.
Señor Presidente, si bien el turismo puede ser positivo para un país como actividad económica, hay que tener mucho cuidado respecto de la manera en que se realiza y cuáles son sus límites.
Se han duplicado las visitas al parque nacional en menos de diez años; el parque automotriz ha aumentado en 44 por ciento en menos de ocho años; se proyecta que al 2023 Isla de Pascua experimentará una grave disminución de agua para consumo; para el año 2024 se prevé una saturación por exceso de basuras domiciliarias y provenientes de los servicios turísticos; en la actualidad existe un problema de saturación por falta de energía.
Es deber del Estado cuidar nuestro patrimonio. Por eso, los decretos que propone este proyecto de ley para regular esta situación tendrán que ser suscritos tanto por el Ministerio del Interior como por el Ministerio del Medio Ambiente. Son estas dos Carteras las llamadas a regular este tipo de problemas públicos, como son los temas de conservación y gestión demográfica.
En concreto, señor Presidente, este proyecto de ley propone regular la circulación de personas que ingresan a la isla, estableciendo un registro y monitoreo, requisitos y plazos máximos de permanencia.
Como mencioné, se regula la permanencia en la isla.
En relación con lo anterior, quisiera rescatar el hecho de que los instrumentos de gestión demográfica son herramientas técnicas, que se elaboran a través de estudios y planes de capacidad de carga demográfica. Es más, existe un Consejo de Gestión de Carga Demográfica, integrado por autoridades locales y representantes del pueblo, que busca aportar a la construcción de instrumentos técnicos. Creo que en este proyecto también se debe considerar a representantes técnicos del Ministerio del Medio Ambiente.
Por lo señalado, señor Presidente, desde ya anuncio mi voto favorable.
Antes de terminar, quisiera recordar que pude conocer la isla hace muchos años, gracias a la visión de mi madre -lo debo reconocer-, que tuvo la audacia de decir que deseaba visitar Isla de Pascua cuando ni siquiera era posible hacerlo por vía aérea. Se viajaba en el transporte Pinto, que era de carga, el cual llevaba el abastecimiento a esa isla, que no tenía ninguna posibilidad de autoabastecerse y que recibía desde la harina hasta todos aquellos implementos que permitían la subsistencia. Creo que ha sido de las experiencias más inolvidables de mi vida. No he regresado aún. Espero hacerlo muy pronto. Pero quiero desde ya decir que el impacto que puede producir visitar un parque como el Rapa Nui; conocer esa cultura; convivir con los pascuenses, como nos tocó hacerlo durante diez días, fue una experiencia personal inolvidable.
Señor Presidente, votaré favorablemente este proyecto de ley para que pase a su discusión particular.
Tenemos que fortalecer la iniciativa con una mayor presencia técnica del Ministerio del Medio Ambiente.
Quiero reforzar eso porque lo creo muy importante, ya que parece que lo que el pueblo rapa nui necesita y desea es velar por la conservación de su territorio y su cultura más que expulsar a continentales de su isla.
Señor Presidente, como integrante de la Comisión de Medio Ambiente, aprovecho la ocasión para instar al Ejecutivo a que le otorgue urgencia al proyecto de ley sobre biodiversidad, iniciativa que claramente aportará, por ejemplo, con medidas como un fondo para el cuidado de la biodiversidad, facultades para remover especies exóticas invasoras y un mayor estándar en el cuidado de las áreas protegidas.
Espero, entonces, que el Gobierno nos oiga, nos escuche, y efectivamente se le aplique urgencia a un proyecto tan importante como el de la biodiversidad, que estamos viendo en la Comisión de Medio Ambiente.
Finalmente, señor Presidente, creo que el criterio para cuidar nuestra biodiversidad, que pasa a ser un tema incluso de seguridad, debiera ser el mismo que se aplica para las áreas protegidas del Estado.
Por eso yo abogo, respecto de un organismo como CONAF -actualmente privado, que ejerce funciones públicas y que depende de un Ministerio sectorial, como el de Agricultura-, para que el cuidado de la biodiversidad y de las áreas protegidas del Estado pase al Ministerio del Medio Ambiente, pues creo que ello es fundamental para proteger nuestra biodiversidad.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, como Senador me tocó pronunciarme acerca de la reforma constitucional que introdujo el actual inciso segundo del artículo 126 bis, que establece que los derechos a residir, permanecer y trasladarse desde cualquier lugar de la república hacia Isla de Pascua y Juan Fernández serán regulados por una ley.
Es decir, por primera vez en Chile establecimos la posibilidad de fijar límites al derecho de trasladarse por todo el territorio nacional, dispuesto en el artículo 19 de la Carta Fundamental.
Para ponerlo en términos simples y didácticos, es como si señaláramos que para visitar Chiloé o Arica un chileno tuviera ciertas restricciones, que es lo que persigue este proyecto de ley.
La razón de esta medida -fuerte desde el punto de vista jurídico-, que implica que cualquier connacional chileno tenga una limitación para trasladarse, residir o permanecer en algún lugar de Chile, obedece a las particulares condiciones que posee Rapa Nui (en Juan Fernández ocurre algo parecido, y lo veremos en su oportunidad): se trata de una isla que tiene 166 kilómetros cuadrados, de los cuales el 46 por ciento lo constituye un parque nacional, y que posee una población actual de aproximadamente siete mil habitantes, de acuerdo a las proyecciones del INE, que esperamos conocer con mayor precisión cuando se entreguen los resultados preliminares del último censo, a fines de agosto.
Esos 166 kilómetros cuadrados eran para una población, en su minuto, de 2 mil a 3 mil personas. Hoy existen 7 mil: más del doble que antes. Y a ello se agrega un mayor flujo turístico, con una elevada rotación de visitantes, lo cual ha generado sobre la Isla una carga medioambiental y demográfica que es necesario regular.
Hago todo este preámbulo, señor Presidente, para explicar el contexto en que hay que entender la norma constitucional que establece limitaciones al derecho a trasladarse dentro del territorio nacional, pues existe una colisión de derechos que deben salvaguardarse y a cuyo respecto se tiende a privilegiar como bien jurídico protegido el desarrollo sostenible de Rapa Nui o Isla de Pascua.
En tal sentido, valga recordar -lo señalaba otro Senador; creo que el colega Chahuán, con quien hemos concurrido en innumerables oportunidades a Rapa Nui, cuya realidad nos ha preocupado- que hasta la década del sesenta el pueblo rapa nui ni siquiera tenía carné de identidad; casi no era chileno desde el punto de vista legal: ¡el pueblo rapa nui estaba completamente abandonado por nuestro Estado!
Fue recién con el Gobierno del Presidente Frei Montalva, y a partir de una manifestación activa, pacífica, pero muy fuerte en Isla de Pascua, liderada -entre otros- por Alfonso Rapu, que se logró poner la atención del Estado de Chile en la Isla.
Desde entonces ese pueblo ha tenido acceso a la educación pública y ha sido objeto de preocupación en materia de dotación de consultorios. Asimismo, ha existido inquietud por tener en la zona presencia policial, y no solo de la Armada, que fue la que se encargó de la Isla por décadas, mientras estaba abandonada por el Estado en su conjunto.
Fue a partir de los años sesenta que Rapa Nui, de manera creciente, pasó a formar parte del mapa de nuestro país. Pero no solo del mapa geográfico (ese que siempre, con mucho orgullo, mostramos a todo el mundo para señalar que Isla de Pascua y sus moái son patria de Chile), pues hoy día, después de 50 años, Rapa Nui está plasmada -diría yo- en el mapa de la Ley de Presupuestos, en el mapa de las políticas sectoriales, en el mapa de la preocupación por su desarrollo.
En la actualidad enfrentamos una situación muy compleja, en la cual tal vez estamos justo en el límite de la posibilidad de intervenir para evitar un desastre ecológico en Rapa Nui.
Ese desastre ecológico podría llevar a un desastre político y de convivencia al interior de la Isla. Porque, cuando ella comienza a recibir el impacto de la saturación que provocan las cargas medioambientales, el crecimiento demográfico, en fin, la pregunta que surge es quién tiene derecho a residir allí.
¿Yo, que he permanecido 18 años en la Isla pero no soy rapa nui sino continental?
¿Yo, que soy del continente y estoy emparejado desde hace 18 años con una pascuense?
¿Quién tiene aquel derecho?
Eso es lo que este proyecto de ley trata de regular. Y, a mi entender, apunta en la dirección correcta.
Queda, en todo caso, una serie de cabos sueltos. Y lo vimos en la Comisión de Gobierno cuando se discutió en general la iniciativa.
Por ejemplo, a los continentales que están viviendo en la Isla, ¿cómo se les va a aplicar la restricción de los 30 días para establecerse? ¿Qué derechos tendrán los rapa nui? ¿Cuáles van a ser los derechos de las familias rapa nui con una relación de convivencia (sea legal, a través de un matrimonio o de un acuerdo de unión civil, o incluso, de hecho) con continentales, trátese de hombres o de mujeres?
Esa cuestión no es menor. Porque con este proyecto de ley se está considerando fuente de derecho la convivencia entre dos personas. No se exige vínculo matrimonial o acuerdo de unión civil.
Eso hay que mirarlo en su conjunto.
Quienes hemos visitado Rapa Nui y seguido de cerca su drama y su desarrollo hemos observado que su pueblo es muy activo cuando ve que las causas lo interpretan.
Ya hemos tenido en Rapa Nui dos manifestaciones formales distintas de expresión ciudadana desde el Estado.
Una fue la consulta vinculada con la administración del parque de Rapa Nui, que tuvo una baja participación ciudadana y poca motivación, por cuanto, o no se entendió, o fue mal explicada, lo que generó una fricción muy grande entre los habitantes de Rapa Nui y el Estado de Chile como tal. Al final del día, eso se tradujo en una mala participación. Legítima; por suerte, legal -nadie lo discute-, pero poco representativa.
En cambio, en la consulta hecha al pueblo rapa nui acerca de este proyecto de ley participó un número sustantivo de personas: más de 1.700, con 97 por ciento de aprobación. Ello demuestra que este sí era un tema que le importaba a ese pueblo, el que participó activamente.
Ahora, la participación hay que verla en el contexto del desarrollo de Isla de Pascua.
Está el turismo, ciertamente. Y hay un debate en torno a qué tipo de turismo debe existir: uno de altos ingresos, o uno solo para extranjeros de elevados ingresos, o también uno para connacionales.
En tal línea, creo que 30 días son un plazo razonable para seguir incentivando el turismo local en distintos niveles.
Empero, aquello dice relación también con la subsistencia de Rapa Nui.
Y ahí quiero engarzar con un tema que cada vez captura más la atención de la Isla, del Alcalde, del Concejo, del Consejo de Ancianos y de la CODEIPA: el vínculo de Rapa Nui con los océanos.
Hoy existe en el mundo una discusión respecto a la contaminación de los mares. Y el pueblo rapa nui ha estado presente en todas las convenciones internacionales y en las reuniones globales y multilaterales realizadas sobre esta materia, pues le interesa compatibilizar con el medio ambiente el derecho que les asiste a explotar de la mejor manera posible su pesca ancestral.
En tal sentido, hay un debate genuino en cuanto a si se requiere un parque marino o un área marina protegida.
Todo indica que va a ocurrir lo último; o sea, un área marina protegida, que da mayor flexibilidad, pareciera tener más apoyo, pero debe ser ratificada en una consulta, la que está pronta a comenzar.
En resumen, señor Presidente, este proyecto permite mirar de manera holística o integral el desarrollo futuro de Rapa Nui a partir del establecimiento de una regulación -algunos dirán "restricción"; otros diremos "regulación adecuada"- que permita construir una mirada grande, una mirada larga respecto al desarrollo de Rapa Nui.
Nada sacamos con plantear mejoras en materia medioambiental (alcantarillado, en fin) y en el área de los funcionarios públicos si no tenemos capacidad para regular la carga humana, incluida su gradualidad, que puede soportar Rapa Nui.
De eso se trata el debate, de eso estamos discutiendo hoy día a propósito de este proyecto de ley orgánica, que viene a hacer carne la reforma que aprobamos el año 2012.
Voy a votar gustoso favorablemente, y espero escuchar las opiniones del pueblo rapa nui en la discusión particular.
Entiendo que la Comisión de Gobierno va a sesionar este fin de semana en Isla de Pascua. No soy miembro de ella. No le voy a pedir a ninguno de sus titulares que se reste de participar en la sesión pertinente para que lo haga yo. He ido en innumerables oportunidades a Rapa Nui -lo he hecho por mi cuenta- para trabajar, como siempre. Y seguiré yendo.
En esta oportunidad no puedo asistir -repito-, pues no soy miembro de la Comisión de Gobierno. Sin embargo, aprovecho esta tribuna para decirle al pueblo rapa nui que seguirá contando con el apoyo de muchos habitantes del continente que deseamos asegurarnos de que el futuro de la Isla sea bueno, brillante, y siempre esté ajustado al marco de la Constitución y del Estado de Chile.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Guillier.


El señor GUILLIER.- Señor Presidente, este proyecto busca hacer operativo un principio, consignado en la Constitución desde el año 2007 y ratificado legalmente en 2012, que implica reconocer la existencia de territorios especiales y, también, de territorios diferentes dentro del Estado unitario que es Chile, los cuales, además, requieren regímenes especiales, lo que a mi juicio constituye un avance en el proceso de descentralización de nuestro país al reconocer estatus distintos a regiones de Chile que tienen características muy particulares.
Este proyecto se funda -como expresé- en la reforma constitucional de 2007, mediante la cual se crearon los territorios especiales de Isla de Pascua y de Juan Fernández.
También, en la ley N° 20.573, de 2012, que establece que los derechos garantizados para trasladarse a cualquier punto de la república se ejercen en los territorios especiales respectivos de la forma como se determine a través de leyes particulares que van a regular su ejercicio.
Y eso tiene fundamento.
En efecto, según los datos del Instituto Nacional de Estadísticas, la población de Rapa Nui aumentará en casi 30 por ciento al año 2020, constatándose por lo tanto una creciente presión poblacional, lo que pone en riesgo su fragilidad territorial, su pequeño tamaño y, además, sus propias características.
Por ejemplo, el agua dulce utilizada por la población tiene origen en pozos subterráneos que conforman el acuífero volcánico y reciben de las precipitaciones su principal recarga.
Pero hay importantes riesgos de contaminación, derivados de la ausencia de una red de alcantarillado, por ejemplo, o de la salinización proveniente del contacto de esas aguas con el mar.
Ese frágil ecosistema y los significativos flujos humanos que se registran a diario hacen necesario establecer una regulación en cuanto a los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde dicho territorio especial.
Señor Presidente, quiero destacar que, de acuerdo a la reglamentación de la OIT, a través del Convenio 169, este proyecto fue objeto de una consulta regulada, la que se desarrolló a través de diversos mecanismos durante un período de cuatro meses y tuvo una amplia participación. De hecho, intervino 71 por ciento del padrón registrado por la CONADI y 97,7 por ciento de los participantes se manifestaron a favor del contenido de esta iniciativa. De manera que ella está plenamente legitimada por los propios ciudadanos de Rapa Nui.
En síntesis, señor Presidente, no se trata de otra cosa que de regular la circulación de personas que ingresan a Isla de Pascua o Rapa Nui. Para ello se establecen un registro y un monitoreo, y, además, se fijan requisitos y plazos máximos de permanencia (30 días, como regla general).
De otro lado, se dispone que quienes tengan ciertas calidades habilitantes, basadas principalmente en relaciones de familia, laborales o económicas, no serán objeto de restricciones similares, como la de los 30 días.
Hay, pues, un buen equilibrio.
Es importante reconocer que nuestro país tiene territorios especiales que, por sus características, requieren tratamiento distinto.
En consecuencia, este proyecto, que por lo demás recoge experiencias del derecho comparado, es legítimo -está validado por la comunidad local- y responde a las condiciones objetivas de sustentabilidad de una isla con características geográficas y territoriales muy singulares.
Por lo expuesto, le doy mi apoyo a esta iniciativa, en el convencimiento de que posibilitará preservar y proteger el territorio de Rapa Nui y los derechos de sus habitantes originarios.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Vamos a dar por terminada la discusión en general de este proyecto.
Por lo tanto, como se requiere quorum especial de aprobación, voy a pedir que votemos la iniciativa en la próxima sesión, en primer lugar.