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REGULACIÓN DE DERECHOS A RESIDIR, PERMANECER Y TRASLADARSE HACIA Y DESDE EL TERRITORIO ESPECIAL DE ISLA DE PASCUA


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.683-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 12ª, en 3 de mayo de 2017 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 32ª, en 18 de julio de 2017.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde realizar la votación en general.
Cabe recordar que la Comisión hace presente que los artículos 33 y 55 revisten el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que requieren 21 votos para su aprobación.
Asimismo, señala que todas las normas relativas a los derechos de residir y permanecer en el territorio especial de Isla de Pascua y de trasladarse a este son de quorum calificado, por lo que se precisan 19 votos para acogerlas.
Nada más.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, Chile tiene una deuda histórica con sus pueblos originarios. Lo anterior exige del Estado una política integral de reconocimiento, reparación y desarrollo hacia ellos. Mas también existe un pasivo ambiental, representado por la sobreexplotación y degradación de territorios producto de la introducción o del avance de nuevas actividades o poblaciones.
Ambas situaciones confluyen en el caso de la Isla de Pascua. Antes y después de la presencia chilena se registraron abusos en contra de su pueblo y su medio ambiente. Eso ha cambiado en los últimos años, sobre todo después de la dictación de la Ley Pascua, pero el territorio y la población de Rapa Nui siguen demandando normas y medidas específicas, atendidas sus características singulares.
El proyecto en discusión se hace cargo de una de las demandas principales de ese pueblo, en orden a la regulación de la permanencia en la isla de personas no pertenecientes a la etnia originaria.
La disposición pertinente es posible en atención a lo contemplado en el artículo 126 bis de la Constitución, que autoriza a establecer regulaciones al ejercicio del derecho a la libertad de desplazamiento. Asimismo, define a la Isla de Pascua como territorio especial, para los efectos de su gobierno y administración, si bien la respectiva ley regulatoria aún se encuentra pendiente.
El texto en votación propone una normativa nueva en nuestro país y sin muchos antecedentes en el mundo, pero con una justificación más que suficiente.
En primer lugar, median razones ambientales relacionadas particularmente con la disponibilidad de agua y energía y los problemas en la disposición de residuos, todos generados a partir del importante aumento de población experimentado en los últimos años.
Para enfrentar este cuadro, un plan de carga territorial que considerará tales factores críticos definirá los habitantes que es posible sustentar.
Los primeros estudios proyectan que la Isla de Pascua enfrentará en 2023 problemas en el suministro de agua para consumo, y se prevé al 2024 una saturación por exceso de basura domiciliaria y proveniente de los servicios turísticos.
Además, el territorio ha sido declarado vulnerable ante los efectos del cambio climático.
Se justifican, entonces, las limitaciones a la permanencia en la isla, las que, por cierto, afectarán hacia el futuro y no a los actuales habitantes.
Deberán, asimismo, tomarse los resguardos para que tales medidas no afecten las relaciones familiares ni el ejercicio de otros derechos constitucionales.
Pero en el trasfondo de las normas propuestas, sin duda, debemos considerar también factores culturales, expresados en que parte importante del crecimiento demográfico está provocado por migraciones desde el continente y el extranjero.
Esta disminución proporcional de la población originaria afecta la supervivencia del rico patrimonio cultural de la isla. Y frente a ello no podemos permanecer pasivos.
He tenido la oportunidad de escuchar a representantes de su pueblo, quienes me han expresado su apoyo a este proyecto y su preocupación por el retroceso en el conocimiento y uso de su lengua. Otro tanto pasa con las costumbres, la música, el folclor y otras expresiones culturales.
Recordemos que Rapa Nui fue declarada Patrimonio de la Humanidad por parte de la Unesco.
En consecuencia, con esta iniciativa estamos asumiendo no solo la responsabilidad histórica ante el pueblo rapa nui al acoger una de sus demandas principales, sino también nuestra responsabilidad ante la comunidad internacional para preservar el aporte tan significativo que un pequeño pueblo, aislado y sin riqueza, ha hecho desde Oceanía a la cultura universal.
Por esas razones, voto a favor del proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, este es un anhelo de quienes viven en Isla de Pascua, lugar que a futuro me gustaría que oficialmente se llamara "Rapa Nui". Eso es lo originario.
Debiéramos mirar ese territorio no como nos gusta verlo desde el continente, sino como sus habitantes desean que nosotros los miremos. Son personas que forman parte de una cultura absolutamente diferente de la del continente.
Por esa razón, hago llegar a ellas todo mi respeto, cariño y reconocimiento.
A mi juicio, este proyecto, al establecer normas de excepción para el libre tránsito o desplazamiento que consigna la Constitución Política de la República, está muy bien planteado, porque Isla de Pascua efectivamente tiene particularidades que la hacen ser muy distinta del resto de Chile.
El día de ayer lo dijeron aquí el Senador Rabindranath Quinteros y otros colegas: se trata de una zona acotada, donde los efectos del cambio climático se notan con mucha más fuerza que en otros lugares; donde sus características propias hacen necesario resguardar el patrimonio histórico; donde sus rutas turísticas son visitadas por muchos viajeros, y donde en muchas oportunidades ha habido destrozos por parte de turistas que no entienden la cultura isleña, la cultura rapa nui.
Por tal motivo, estoy absolutamente de acuerdo con las restricciones que se establecen respecto de Isla de Pascua para el ingreso y desplazamiento de las personas que la visitan.
Sé que la Comisión de Gobierno viajará en estos días a Rapa Nui. Pido que lleve a sus habitantes el saludo de todos los Senadores y las Senadoras.
El próximo año espero ser Senadora por Isla de Pascua también, ya que se agranda el territorio de mi circunscripción.
Quiero decirles desde acá que somos muchos a quienes nos importa realmente su destino y las vicisitudes y los problemas por los que atraviesan.
Por ello, con muchas ganas y con mucho orgullo, voto a favor de este proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.


El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, la naturaleza, las condiciones y las características particulares y únicas que, dentro del territorio nacional, posee Isla de Pasca o Rapa Nui motivaron la reforma constitucional que en el 2007 -hace exactamente diez años- la calificó como "territorio especial".
Varios estudios indican que ese territorio insular está conformado por un ecosistema frágil y vulnerable, cuya protección, desarrollo y cautela requieren la adopción de una serie de acciones, tanto legislativas como administrativas, destinadas a controlar de mejor manera aquellos aspectos que influyen en el potencial y progresivo deterioro de los elementos en los que se sustenta su medio ambiente.
En 2012 -hace cinco años-, a través de la ley Nº 20.573, se aprobó una reforma constitucional para incorporar a nuestra Carta Fundamental un nuevo inciso al artículo 126 bis, del siguiente tenor: "Los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde cualquier lugar de la República, garantizados en el numeral 7º del artículo 19, se ejercerán en dichos territorios en la forma que determinen las leyes especiales que regulen su ejercicio, las que deberán ser de quórum calificado.".
Según da cuenta la historia de la tramitación de la mencionada reforma, ya hacia el año 2008 se observaba en Isla de Pascua un sostenido aumento de visitantes y residentes, deterioro de la riqueza natural, complejidades para el abastecimiento de recursos, etcétera. Por tanto, ese sentido de urgencia nace desde las propias demandas del pueblo rapa nui.
Por otro lado, hay que recordar que en los años 2015 y 2016 se realizó en la isla un proceso de consulta indígena, el que tuvo una tremenda convocatoria. En efecto, aquel finalizó el 24 de enero del 2016 -hace un año y medio-, con una histórica participación del pueblo rapa nui: votaron 1.411 personas (71 por ciento del padrón registrado en la CONADI), de las cuales el 97,7 por ciento estuvo a favor de la medida.
Las ideas matrices del proyecto que nos ocupa tienen su foco -como he dicho- en la protección del medio ambiente, a cuyo respecto se han seguido experiencias muy interesantes como las relacionadas con la isla de San Andrés (Colombia) y el archipiélago de Galápagos (Ecuador), entre otras.
Básicamente, la iniciativa en análisis propone, primero, regular la circulación de personas que ingresen a Isla de Pascua, para lo cual se establece un registro, un sistema de monitoreo, requisitos y plazos máximos de permanencia (30 días como regla general).
En segundo lugar, regula la permanencia y residencia de personas en la isla. Se precisa quiénes no estarán obligados a cumplir con la restricción de los 30 días; ello, basado en razones de relaciones de familia, laborales o de actividades económicas.
Y, tercero, deja fuera del ámbito de aplicación de dicha medida a las personas que pertenezcan al pueblo rapa nui, de conformidad con la ley Nº 19.253.
Toda persona tendrá derecho a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua si cumple los requisitos establecidos en la ley, con exclusión de quienes pertenecen -como se ha dicho- a la etnia rapa nui.
Finalmente, dejo constancia de que el presente proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputados por 104 votos a favor.
Esperamos que el Senado, en cumplimiento de los compromisos adquiridos y del estatuto especial de Rapa Nui en virtud del artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, tenga a bien aprobar y dar su conformidad a esta iniciativa.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Está inscrito para intervenir el Honorable señor Chahuán, pero ahora no se encuentra en la Sala.
Puede hacer uso de la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, tal como lo manifestaron en sus intervenciones quienes me antecedieron, esta iniciativa de ley tiene como fundamento la reforma constitucional introducida el año 2012, en la cual se incorporó un inciso segundo al artículo 126 bis de la Constitución Política.
El inciso primero de dicho precepto establece que son territorios especiales los correspondientes a Isla de Pascua y al Archipiélago Juan Fernández; y su inciso segundo, al cual responde este proyecto, mandata al legislador para regular la forma en que se ejercerá en Rapa Nui el derecho a la libertad personal contenido en el artículo 19, numeral 7º, de la Carta Fundamental.
Por eso la presente iniciativa es de quorum calificado.
La razón de esta propuesta legislativa, señor Presidente -y fue lo que motivó también la reforma constitucional de 2012-, es que la Isla de Pascua -como se manifestó en esta Sala- tiene un ecosistema muy frágil; por tanto, se requiere ahí una legislación que controle el potencial deterioro del medio ambiente.
Este tipo de leyes no son raras en zonas insulares, sobre todo con un desarrollo turístico tan fuerte como el que posee Rapa Nui. De ahí que, para conservar ese territorio, cuyo ecosistema es delicado, se necesita una regulación especial.
Solo como antecedente, quiero señalar que en los últimos años ha habido un incremento muy fuerte del número de habitantes de Isla de Pascua: en 2002 eran 3.790 y en 2012, 5.167, y se estima que la población aumente en un 30 por ciento de aquí al 2020.
Por eso, señor Presidente, hay que regular de manera especial dicho territorio.
Además, ha habido en Rapa Nui un enorme desarrollo turístico, lo que ha atraído un sinnúmero de turistas y, también, de personas que buscan explotar tal actividad. Es necesario poner en equilibrio este aspecto con el resguardo del patrimonio cultural de la isla y, como se planteó, con su ecosistema, que -insisto- es muy frágil.
Asimismo, existen algunas dificultades para la habitabilidad de la isla, de lo cual tenemos que hacernos cargo, como la erosión del terreno y el abastecimiento de agua dulce para consumo humano, la cual se obtiene mediante la extracción de pozos subterráneos.
Todo ello hace urgente este tipo de regulación.
Señor Presidente, votamos a favor de este proyecto en general, dando cumplimiento al mandato constitucional de dictar una regulación especial para Isla de Pascua.
Sin embargo, habrá que ver durante la discusión en particular cómo asumimos algunas tensiones que podrían surgir de esta futura ley.
Es evidente que deberemos equilibrar dos aspectos: por una parte, la necesidad de contar con una legislación especial para Rapa Nui y, por otra, cómo regular en este territorio el derecho constitucional a la libertad de desplazamiento, sin afectar la libertad de trabajo y la libertad económica.
Otro elemento sumamente relevante son las normas atinentes a las relaciones de parentesco a efectos de permanencia en Isla de Pascua.
Tal como señaló un estudio de la Biblioteca del Congreso, hay dudas respecto a qué sucede cuando uno de los padres no pertenece a la etnia rapa nui con relación a su permanencia en el territorio insular. Si la pareja se separa o se pone fin al matrimonio, ¿qué ocurre con ese padre? ¿Puede seguir residiendo en la isla, especialmente si el hijo es menor de edad? ¿Opera esta futura ley si el hijo o hija rapa nui no reside en la isla o deja de permanecer en ella? ¿Se aplica si no existió matrimonio ni convivencia entre los padres del niño o niña rapa nui?
Esos son algunos de los temas que deberemos abordar, sobre todo porque estamos legislando por primera vez respecto de este tipo de restricciones a la libertad de trabajo, a la libertad económica y la libertad de desplazamiento.
En ese sentido, señor Presidente, tenemos por delante una tarea muy relevante: equilibrar la necesidad de regular la permanencia en la isla dada la fragilidad del ecosistema y, al mismo tiempo, resguardar los derechos establecidos en nuestra Constitución.
Voto a favor.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Aprovecho de saludar a las integrantes del Centro de Damas de Gómez Carreño, quienes fueron invitadas por la Senadora señora Lily Pérez.
--(Aplausos en la Sala y en tribunas).
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez Varela.


El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, sin duda, el proyecto de ley que estamos discutiendo por primera vez nos permite ver como país las particularidades de una parte del territorio (en este caso, de Isla de Pascua), las cuales obligan y exigen que tengamos una mirada regulatoria distinta.
En 2011 y 2012, cuando se efectuó el debate sobre la regulación de los territorios especiales de Isla de Pascua y del Archipiélago Juan Fernández, el argumento más usado por quienes venían de esos lugares era que, si no se hacía algo, colapsarían.
Una ciudad como las que conocemos en la parte continental, que puede crecer permanentemente -a pesar de las dificultades que eso conlleva en algunos casos, como lo estamos viendo-, es distinta de una isla, por su territorio extraordinariamente delimitado y, en particular, por razones ambientales.
Si no regulamos adecuadamente cómo trabajar ese territorio, cómo administrarlo y cómo llevar adelante la vida de las personas que lo habitan; si no tomamos en consideración aspectos ambientales que son mucho más complejos y difíciles para una isla que para una región del continente, ¡vamos a terminar en una situación imposible!
Creo que la solución que se está planteando va en el camino correcto.
Primero, establecimos una norma constitucional que define a Isla de Pascua como territorio especial, con lo cual se precisa una mirada distinta.
Es "especial" no solamente porque uno demora cinco horas en llegar desde el continente, sino porque el pueblo rapa nui posee una cultura extraordinariamente rica en tradiciones, lo que nos enorgullece y nos identifica en el mundo.
Si no tomamos medidas adecuadas, por ejemplo, en materia de tratamiento de la basura, que es algo tan obvio y simple, la isla puede colapsar.
Tenemos que mirar a Isla de Pascua de una manera mucho más significativa.
Nosotros, a instancia del Senador Prokurica, como miembros de la Comisión de Defensa Nacional del Senado, visitamos Rapa Nui el año pasado junto con la Fuerza Aérea. Estuvimos dos o tres días viendo todas y cada una de sus potencialidades, algunas de ellas extraordinariamente importantes. Pero nosotros no la miramos adecuadamente.
Por ejemplo, no se aprecia de forma apropiada su realidad en materia de salud. Existe un hospital, pero su capacidad para atender a los isleños es muy limitada. La Fuerza Aérea concurre una vez al año para atender masivamente a todos y cada uno de los habitantes de manera efectiva.
Hay que reconocer que, a lo mejor, nos gustaría que hubiera total libertad para entrar a la isla y quedarse allí. Pero si mantenemos ese principio, claramente vamos a poner en riesgo el sentido mismo de Isla de Pascua.
Estas regulaciones me parecen adecuadas, aunque, sin duda, son perfectibles. Trabajaremos durante la discusión en particular para mejorarlas y asegurarnos de que verdaderamente sean un instrumento eficaz.
¿Qué queremos? ¿Qué anhelamos? Que Rapa Nui siga siendo un territorio muy especial para Chile y que pueda desarrollarse, crecer y contar con capacidades importantes.
Por ejemplo, para el tráfico aéreo en esa zona, debiéramos impulsar una mayor presencia para reforzar la seguridad aérea, función que hoy día, lamentablemente, está limitada a dos o tres funcionarios de la Fuerza Aérea.
Por lo tanto, la definición constitucional que introdujimos el 2007, en cuanto a que la Isla de Pascua es un territorio especial, va en el camino adecuado.
Las regulaciones que analizamos ahora buscan proteger una zona muy importante para Chile. Principalmente por razones ambientales y culturales, tenemos que resguardar la isla. No pretendemos conculcar ahí libertades ni derechos, sino regular apropiadamente su ejercicio para no poner en peligro un territorio del cual debiéramos sentirnos muy orgullosos.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ossandón.


El señor OSSANDÓN.- Señor Presidente, voy a votar a favor de este proyecto, pero es importante que en la discusión particular seamos capaces de ver los problemas constitucionales que involucra.
Tenemos claro que el objetivo es proteger a Isla de Pascua -eso a todos nos parece bien-. Sin embargo, el artículo 126 bis de la Constitución habla del derecho "a residir, permanecer y trasladarse".
También es preocupante que las sanciones las aplique el gobernador o la gobernadora, pues nuestra jurisdicción dice que eso tienen que hacerlo los tribunales de justicia. Lo otro puede ser absolutamente arbitrario.
Son aspectos que hay que superar, mejorar, perfeccionar. El objetivo es el adecuado, porque es una manera de promover y proteger un patrimonio de la humanidad, pero hay que hacerlo bien. Y una de las cosas más importantes es que, si la ley contempla sanciones, estas sean aplicadas por los tribunales y no por un órgano administrativo.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, esta legislación regula el derecho de los ciudadanos a residir o permanecer en parte del territorio nacional. Tal como aquí se ha dicho, la solicitud que Rapa Nui venía haciendo desde hace mucho tiempo se ha materializado, primero en una reforma constitucional, y luego, en una ley.
La isla tiene que ser protegida. La UNESCO la declaró Patrimonio de la Humanidad en 1995. En ella hay más de 25 mil piezas arqueológicas. Es, en sí, un espacio cultural milenario. Y, claramente, muchos incidentes dan cuenta de que su patrimonio no está debidamente protegido.
El 60 por ciento de sus habitantes pertenecen al pueblo originario rapa nui; el 40 por ciento restante son extranjeros y chilenos avecindados allí desde hace muchos años.
Lo que se requiere es tener una perspectiva sobre cómo ha ido creciendo la capacidad de carga. El 2007 Rapa Nui recibió 36 mil 500 visitantes; el 2014, 65 mil. Es un incremento creciente, que está generando problemas de convivencia y, por cierto, presión sobre los recursos naturales y la propia capacidad de la isla para soportar la cantidad de turistas que la visitan anualmente.
El debate sobre Pascua deja muy en claro que comunas como Tiltil también requieren una evaluación de su capacidad de carga. Si decimos que este territorio especial presenta un problema por la capacidad de carga que ejercen las personas, lo mismo podemos señalar en cuanto a otros emplazamientos a propósito de su industrialización o de la instalación de vertederos y rellenos. En Tiltil, por ejemplo, se pretende concentrar toda la basura del Gran Santiago.
Todas las comunas del país deben ser evaluadas respecto a lo que pueden recibir o retener. En el caso de Rapa Nui, a su capacidad de recibir personas; tratándose de Tiltil, a su capacidad de acopiar los residuos domiciliarios e industriales de la Región Metropolitana.
En Coronel, tal como señalamos ayer en la mañana, se ha formalizado a tres ejecutivos de ENDESA España -hoy día, ENEL Italia-, a propósito de la capacidad de los territorios de soportar termoeléctricas o empresas altamente contaminantes.
Señor Presidente, voy a votar a favor de la idea de legislar. Sin embargo, hay que aclarar todavía un conjunto de elementos que dicen relación con el derecho de los trabajadores de llevar a Pascua a su familia cuando desarrollen una tarea profesional o laboral y con la situación de los familiares de quienes se han avecindado allí desde hace mucho tiempo. La lista puede ser infinita y es bueno clarificar cuántos parientes podrán residir de manera permanente en la isla.
El Senador Quinteros planteó la situación excepcional de los científicos que desarrollan su tarea en ese territorio especial. Ellos deben quedar protegidos. La comunidad científica no puede ser considerada parte de la capacidad de carga, porque lo que esas personas hacen ahí es precisamente evaluar cómo cuidamos, cómo preservamos el patrimonio cultural de un sitio tan excepcional.
Del mismo modo, señor Presidente, las leyes rapa nui hablan muy claramente de la propiedad del territorio. Hay elementos que dan cuenta de que no toda la isla ha sido entregada a las familias que la habitan ancestralmente y de que una parte de ella es propiedad del Estado de Chile, por lo que espero que esto se pueda resolver de la mejor forma.
Las limitaciones a la propiedad se hallan establecidas en la Constitución, y esta es una limitación necesaria. Sin embargo, yo espero que, como se ha planteado aquí, el procedimiento de resolución de conflictos considere al Consejo de Ancianos y a los ciudadanos de Rapa Nui, de manera que tengan un espacio de participación en la aplicación del reglamento. Me da temor un reglamento estricto, centralizado en su aplicación, porque eso puede generar conflicto.
Hoy día decidimos proteger a la isla, a sus habitantes, a su patrimonio arqueológico, y cualquier elemento de debate que surja sobre la interpretación del reglamento debe considerar la participación principal del pueblo rapa nui.
Por eso, señor Presidente, voto a favor de este proyecto de ley, necesario y urgente.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Horvath.


El señor HORVATH.- Señor Presidente, quiero destacar la importancia que tiene Rapa Nui para Chile. Es lo que nos hace ser un país tricontinental y uno de los más diversos del mundo.
Este territorio se encuentra a 3 mil 700 kilómetros al oeste de Caldera. Tiene una superficie de 163,6 kilómetros cuadrados. Sin embargo, si uno le suma la porción de zona económica exclusiva y lo que significa el Mar Presencial y lo proyecta hacia la Antártica, todo ello le da a nuestro país una dimensión oceánica en un cuadrante completo del Océano Pacífico.
La historia de Isla de Pascua es mundialmente conocida, no así del todo en Chile.
En 1887, Policarpo Toro recibe la misión de tomar o anexar Rapa Nui y logra un acuerdo con el Consejo de Ancianos. Entonces, había 101 rapa nui vivos -el pueblo estaba al borde de la extinción-, quienes eran llevados como esclavos a las guaneras del Perú, de Bolivia y del sector norte de Chile.
Al igual que la Patagonia y otras extensas dependencias de nuestro país, la isla fue entregada en administración a grandes empresas, como la Williamson-Balfour, que hicieron un uso abusivo de su territorio, de sus recursos, de su actividad económica.
Pero la gente de Rapa Nui no es dócil, en el sentido de que se deje aplastar. Y fue así como hace 103 años, en 1914, hubo un movimiento, conocido como "la rebelión de Angata", por el nombre de una religiosa que levantó su mano a nivel internacional, para impedir estos atropellos.
Los problemas continuaron y en 1965, durante el Gobierno de Eduardo Frei Montalva, se produce otra rebelión, por el grado de abuso y la condición de abandono en que se encuentra la población. Esta acción es dirigida, entre otros, por el profesor Alfonso Rapu Haoa. El Gobierno es bastante receptivo -hay que decirlo-: se crean el municipio y la gobernación y a la isla se le empieza a dar un estatus de administración parecido al resto del territorio.
En 1993 se crea la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua y se reconoce formalmente el Consejo de Ancianos de Rapa Nui.
Más adelante, el 2007, se le otorga un estatuto especial en la Constitución, y se ha seguido avanzando en forma paralela en el área de la protección. En Salas y Gómez, isla inmediatamente contigua, se crea el primer gran parque marino de nuestro país, Motu Motiro Hiva, proyecto que parte en este Congreso, en el que participan Oceana, Pew y una serie de organismos internacionales y chilenos, pero que aún exhibe un sustento y un grado de participación precario, por así decirlo, aunque gracias a él se ha logrado superponer las dos áreas marinas de zona económica exclusiva para no afectar a la Isla de Pascua, que tiene un camino propio a través de la zonificación del borde costero, de áreas protegidas y de un resguardo real frente a países que están pescando en ella en forma absolutamente ilegal.
Una isla de ese tamaño y con tal significado necesita obviamente instrumentos de planificación como el que plantea este proyecto mediante la denominada "capacidad de carga demográfica", del turismo, de la presencia en el lugar, de modo que se produzca un equilibrio entre las condiciones culturales y las ambientales.
Con motivo de la tramitación de la Ley de Pesca tuvimos la oportunidad de estar en Isla de Pascua y crear un registro propio para los pescadores artesanales, ya que, como dependían de la Quinta Región, las naves de Valparaíso se dirigían a ese lugar para sobrexplotar los recursos.
Por lo tanto, me parece que este proyecto constituye un gran avance. Hay puntos muy importantes para lograr un buen equilibrio.
Chile debe entender que es único, pero diverso. Y vamos a lograr este objetivo en la medida que regionalicemos de verdad el país.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, iorana kite tangata o te kainga o rapa nui.
Esto es parte de cómo somos capaces de cumplir una deuda histórica que el Estado de Chile tiene con Isla de Pascua.
Hace solo 50 años sus habitantes pudieron asumir la civilidad gracias a una revolución no violenta encabezada por Alfonso Rapu, quien fue capaz de poner sobre la mesa que los rapa nui no debían seguir siendo para Chile un número, sino ciudadanos.
Fue justamente a propósito de ese movimiento que pudieron elegir a su primer alcalde: el líder de la revolución pacífica, Alfonso Rapu.
Es por ello que, a 50 años de esa civilidad y teniendo en cuenta los grandes compromisos que el Estado de Chile asumió cuando llevó a cabo la anexión territorial hace casi cien años, debemos ir avanzando en varios temas.
El primero se refiere al estatuto especial.
Con toda claridad, el territorio insular de Rapa Nui requiere una normativa específica. Pero, a pesar de la buena voluntad de los gobiernos, ha faltado el impulso legislativo necesario y hoy el proyecto respectivo sigue en la Cámara de Diputados, sin urgencia legislativa y con ausencia de diálogo con los habitantes de la isla.
Esperamos que los últimos intentos de ir adecuando ese estatuto especial a las nuevas realidades surtan los efectos necesarios.
Un segundo asunto se refería a quién administraría el parque.
Al respecto, existe un compromiso para que esa potestad pase de la CONAF al pueblo rapa nui.
Es uno de los compromisos.
Por eso, esperamos que en la visita que va a realizar a la isla en unos días más la Presidenta de la República promulgue la ley de residencia y además le entregue la administración del parque a los pascuenses.
Un tercer tema está relacionado, por supuesto, con la necesidad de preservar la cultura y la lengua, que se han ido perdiendo por parte del propio pueblo rapa nui. Junto con las comunidades cristianas de dicha etnia, tradujimos parte importante de la Biblia y recuperamos sus cantos ancestrales, todo lo cual se publicó en un libro que regalé a los habitantes. Pero, ciertamente, allí existe la necesidad ineludible de fortalecer el lenguaje y preservar la lengua original.
Un cuarto aspecto dice relación con la protección de la biodiversidad.
Sobre el particular, quiero recordar que junto con el Senador Antonio Horvath tuvimos una reunión con el Presidente Piñera luego de haber dialogado con varias organizaciones, como Pew y Oceana. Nos juntamos en Cerro Castillo y le propusimos que, como parte de las obras bicentenario, viera la posibilidad de avanzar en la creación de un parque marino protegido. Y el Primer Mandatario tomó la idea y la concretó.
Hoy día se abre una ventana para la oportunidad de establecer la nueva zona marina costera protegida, con consulta al pueblo rapa nui, en virtud del Convenio 169 de la OIT, lo que nos permitiría avanzar hacia la consolidación de una de las zonas marinas protegidas más extensas del mundo. Ahora, si uno le suma a esa aspiración el resto de las zonas marinas protegidas, se encuentra con que Chile se convertiría en líder en materia de protección subacuática.
Un quinto asunto tiene que ver, justamente, con esta futura ley de residencia, referida, en lo fundamental, a la capacidad de carga demográfica, que no debe determinarse a la luz de los elementos y el diseño de estudios de la década de los noventa, que están completamente desfasados de la realidad, pues actualmente se habla de "capacidad de carga dinámica".
La Pontificia Universidad Católica de Chile está realizando una investigación que apunta a cuatro elementos determinantes de la capacidad de carga.
El primero de ellos tiene que ver con la población, que en el caso de la isla ha ido ascendiendo progresiva y exponencialmente, hasta llegar hoy a cerca de 5 mil 200 habitantes.
El segundo dice relación con el tema del agua.
Por cierto, este recurso puede ser dinámico si se incorporan, por ejemplo, plantas desalinizadoras u otros instrumentos que permitan cambiar las condiciones. Hasta ahora vemos cómo se contaminan las napas subterráneas.
El tercer elemento apunta a la disposición final de los residuos.
Como en la isla todavía no existe una fuerte cultura del reciclaje, también se trata de un asunto determinante.
Y el cuarto elemento potencial de un estudio de capacidad de carga dinámica corresponde a la energía, que constituye un aspecto trascendente en la medida que podamos incorporar energías renovables no convencionales.
Es por eso que nosotros aprobamos con tanto énfasis la reforma constitucional a que se refiere este proyecto de ley, que establece efectivamente una excepción a la libertad de circulación, de trabajo y económica, pero que se explica por las condiciones excepcionalísimas que posee Isla de Pascua.
Por tales razones, votamos a favor de la idea de legislar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, seré muy breve, porque los colegas que me antecedieron explicaron bien la razón de ser de este proyecto.
Solo expondré tres consideraciones que me parecen relevantes.
La primera tiene que ver con que estamos tramitando una iniciativa para dar cumplimiento a un mandato de la Constitución. Es bien importante dejarlo establecido con claridad.
En efecto, el artículo 126 bis de la Carta dice en su inciso segundo que "Los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde cualquier lugar de la República, garantizados en el numeral 7º del artículo 19, se ejercerán en dichos territorios" (la Isla de Pascua y el Archipiélago Juan Fernández) "en la forma que determinen las leyes especiales que regulen su ejercicio, las que deberán ser de quórum calificado". Es decir, el constituyente fijó una limitación a la libertad de desplazamiento y señaló que debía dictarse una ley especial para Isla de Pascua, por sus singulares características y condiciones.
Yo he tenido la oportunidad de visitarla, y en verdad se trata de un lugar maravilloso. Pero además de admirarla debemos cuidarla y protegerla, lo mismo que a sus habitantes, que forman parte de nuestra multiculturalidad. Debemos acercarnos bastante más a Rapa Nui, porque muchos de sus habitantes no se sienten interpretados por los que ellos llaman "del continente". Por eso, es necesario producir un acercamiento mayor.
Chile no es un país de una sola cultura; es multicultural, y por lo tanto tenemos que avanzar hacia una verdadera integración de la multiculturalidad.
Quisiera hacer algunas observaciones respecto de lo que vamos a debatir. Me pronunciaré a favor de la idea de legislar, pero me parece importante tener claros algunos aspectos que se deben regular mucho mejor en esta iniciativa. Imagino que los parlamentarios que representan a la isla se dieron cuenta de ellos y no los hicieron presentes porque seguramente están preparando las indicaciones del caso.
La página 3 del comparado se refiere a la prórroga que se le concede a una persona que ha debido quedarse en Rapa Nui. Recordemos que el plazo de permanencia para quienes no son habitantes o carecen de vínculos de parentesco, de trabajo, etcétera, es de 30 días. Pero se establece una excepción para aquellos que no puedan abandonar la isla por fuerza mayor o caso fortuito, para solicitar una extensión.
Sin embargo, la norma contiene una omisión que no deja de ser extraña.
Por una parte, señala que "La prórroga concedida a una persona deberá extenderse a los niños, niñas y adolescentes que hubieran ingresado bajo su cuidado", lo cual es de todo sentido común, porque, si un padre se enferma y tiene que quedarse en la isla después de los 30 días, sus hijos deberán permanecer allí hasta que él logre mejorarse o tenga la posibilidad de dejar el territorio en el plazo concedido.
Sin embargo, la norma agrega: "Asimismo, si a algún niño, niña o adolescente le afectare algún motivo de fuerza mayor o caso fortuito, se concederá prórroga a sus padres...". Y yo me pregunto ¿qué pasa con los hermanos? Porque si en una familia que visita la isla se enferma un hijo los padres tienen que quedarse cuidándolo. Pero ¿qué sucede con los otros hijos? ¿Deben viajar solos al continente?
Son precisiones que hago presente para que se consideren en la iniciativa de ley a fin de no crear contradicción. Con la norma tal como está, el hermano de un niño enfermo tendría que abandonar la isla y solo podrían quedarse los padres.
De modo que aquí hay una disposición que, obviamente, es necesario complementar.
Y, luego, hay otras materias a las que me referiré muy brevemente.
A mi juicio, es preciso que el legislador defina con mucho mayor claridad la declaración de latencia y qué significa la declaración de saturación.
Respecto a la declaración de latencia, el proyecto solo señala: "Cuando se advierte que se ha superado la capacidad de carga demográfica...". De manera que el legislador tiene que definir cuáles son los parámetros para medirla. Porque se le consultará a un Consejo, el que entregará observaciones, y, luego, el Gobierno determinará cuándo se produce una de esas hipótesis.
Me parece que para un tema de esta relevancia deben fijarse en la ley a lo menos los criterios y los principios que se aplicarán para declarar que se ha superado o no la capacidad de carga demográfica. Porque podría tratarse, por ejemplo, de un decreto extraordinariamente concesivo que permitiera la saturación excesiva, o a la inversa. Sin embargo, esto no se establece con claridad en la iniciativa.
Entonces, señor Presidente, vamos a votar a favor del proyecto de ley. Pero considero imprescindible avanzar en perfeccionarlo al menos en las materias a que me he referido, cuya finalidad, objetivamente, es cuidar y proteger Rapa Nui o Isla de Pascua.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (35 votos) dejándose constancia de que se cumplió el quorum constitucional exigido, y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el lunes 14 del mes en curso, a las 12.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, De Urresti, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.