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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 40ª, Ordinaria, en martes 22 de agosto de 2017
De 16:22 a 18:57 horas. Asistencia de 33 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Andrés Zaldívar, Presidente y Guido Girardi, Vicepresidente.
Actuó como secretario General el señor Mario Labbé Araneda.



MODIFICA EL ACUERDO DE SEDE ENTRE CHILE Y LA OEI

Por unanimidad se aprobó en general y en particular el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Tratado que modifica el Acuerdo de Sede entre el Gobierno de la República de Chile y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, suscrito en Andorra, el 12 de septiembre de 2016. (Boletín N° 11.048-10)
El objetivo principal del instrumento internacional es ampliar el rango de actuación de la actual Oficina Técnica de programas en Santiago, encargada de la representación ante el Gobierno y del enlace con organismos de cooperación internacional y regional en los campos de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura.
Contenido del proyecto de acuerdo internacional:
-Otorga a la actual Oficina Técnica representativa de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y la Cultura, con sede en Santiago, la calidad de Oficina Nacional, ampliando su rango de actuación.
-Incorpora dentro de esta organización al Instituto Iberoamericano de la Primera Infancia (IIPI), el que aborda políticas relativas a la protección de la infancia de niños de 8 o menos años, favoreciendo la cooperación sur-norte en materia de primera infancia, posicionándose en las áreas de bienestar, protección y educación.
- La Oficina Nacional estará integrada, de esta forma, por el IIPI, y por la Oficina Nacional propiamente tal, encargada de las áreas de educación, ciencia y cultura.
- Ambas tendrán su sede en la ciudad de Santiago.
Intervino el Senador Hernán Larraín.
En consecuencia, el proyecto de acuerdo internacional vuelve a la Cámara de Diputados, para que sea remitido al Ejecutivo, para su promulgación.



CREA SOCIEDAD ESTATAL DENOMINADA "FONDO DE INFRAESTRUCTURA S.A."

Quedó pendiente la discusión en particular del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea una sociedad anónima del Estado denominada "Fondo de Infraestructura S.A." (Boletín Nº 10.647-09) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objetivo proporcionar una institucionalidad pública, sustentable en el tiempo, que permita al Estado utilizar de manera adecuada sus activos, incorporar a su haber los flujos financieros que aquellos generen y potenciar la inversión en infraestructura por medio de concesiones.
Contenido del proyecto de ley:
- Autoriza al Estado para desarrollar las actividades empresariales de financiamiento e inversión referidas a proyectos de infraestructura y los servicios anexos a los mismos, incluyendo su construcción, ampliación, reparación, conservación, explotación y desarrollo, en conformidad y con estricta sujeción a las normas que se establecen en este proyecto de ley.
- Dispone que, conforme a la autorización otorgada al Estado, deberá constituirse una sociedad anónima denominada "Fondo de Infraestructura S.A.", en la que el Fisco tendrá una participación en el capital social del 99% y el 1% será aportado por la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO). El Fondo se regirá por las normas de las sociedades anónimas abiertas, y quedará sometido a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero y de la Contraloría General de la República.
- Establece las actuaciones que el Fondo podrá desarrollar para el cumplimiento de su objetivo, entre las que destacan los actos o contratos necesarios para el financiamiento de proyectos de infraestructura (en los que podrá intervenir directamente o a través de terceros), o bien participar en las obras de ejecución de dichos proyectos (en estos casos solo a través de terceros).
- Precisa que aquellas obras que sólo pueden ejecutarse a través de terceros, necesariamente deberán realizarse por medio del otorgamiento de concesiones u otras modalidades contractuales, las que deberán definirse mediante procedimientos transparentes de licitación pública que garanticen condiciones de competencia e igualdad entre todos los oferentes.
- Dispone que, por regla general, para el otorgamiento de concesiones a terceros, el Fondo deberá ajustarse a las normas de la ley de concesiones de obras públicas y de su reglamento; y solo excepcionalmente y para proyectos determinados, el Fondo podrá utilizar otra modalidad de concesión o contratación, la que deberá ser autorizada por la junta de accionistas.
- El patrimonio del Fondo estará constituido por el capital inicial que suscribirán y pagarán el Fisco y la CORFO; por las utilidades que obtenga en el desarrollo de sus actividades financieras comerciales y, en general, por toda clase de bienes que adquiera a cualquier título.
- Declara desde ya, la utilidad pública de los bienes inmuebles necesarios para ejecutar las obras relacionadas directamente con el objeto del Fondo, quedando facultado el MOP para ordenar las expropiaciones correspondientes.
- Dispone que la administración del Fondo la ejercerá un Directorio compuesto por 5 miembros, dos de los cuales serán nombrados por el Presidente de la República elegidos de una nómina de 5 candidatos propuesta por el Ministro de Obras Públicas, y los tres restantes serán nombrados por el Presidente de la República a partir de una terna propuesta, para cada cargo, por el Consejo de Alta Dirección Pública, debiendo cumplir con los requisitos que se establecen a fin de garantizar que la administración esté sujeta a un nivel de independencia en la toma de decisiones compatible con el estándar que se exige al resto de las sociedades anónimas abiertas.
- Determina la duración de los cargos de directores, las incompatibilidades y las causales de cesación en el cargo.
- Regula diversos mecanismos de neutralidad competitiva, destinados a garantizar que el Fondo no persiga objetivos que puedan favorecer un funcionamiento ineficiente, introduciendo distorsiones en el mercado.
- Consagra un Plan de Negocios Quinquenal, el que deberá elaborar el Directorio y ser sometido a la junta de accionistas para su aprobación o rechazo, previo informe sobre el mismo emitido por el Ministerio de Obras Públicas, a más tardar el 31 de marzo del año que corresponda.
Intervinieron los Senadores Alfonso De Urresti, Antonio Horvath, Juan Antonio Coloma, Juan Pablo Letelier, José García, Ena Von Baer, Ricardo Lagos, Víctor Pérez, Hernán Larraín, Rabindranath Quinteros, Isabel Allende, Alejandro Guillier, Manuel José Ossandón, Jaime Quintana, Alejandro García-Huidobro y los Ministros de Hacienda, Rodrigo Valdés y de Obras Públicas, Alberto Undurraga.
En consecuencia, procede continuar con el estudio del proyecto en la próxima sesión que celebre el Senado.



CONDENAN RUPTURA DEL ORDEN INSTITUCIONAL EN VENEZUELA

Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo presentado por los Senadores Isabel Allende, Carolina Goic, Ena Von Baer, Andrés Allamand, Pedro Araya, Carlos Bianchi, Francisco Chahuán, José García, Alejandro García-Huidobro, Guido Girardi, Felipe Harboe, Antonio Horvath, Hernán Larraín, Manuel Antonio Matta, Carlos Montes, Iván Moreira, Manuel José Ossandón, Víctor Pérez, Jorge Pizarro, Rabindranath Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar, por medio del cual, condenan la ruptura de la democracia y del orden constitucional en la República de Venezuela, derivada de la usurpación de las funciones de la Asamblea Nacional de dicho país, entre otros acuerdos y medidas. (Boletín N° S 1.946 -12)



PIDEN EQUIPARAR PARA TODOS LOS PENSIONADOS DEL PAÍS LOS BENEFICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO

Por unanimidad se aprobó el proyecto de acuerdo presentado por los Senadores Andrés Allamand, Pedro Araya, Carlos Bianchi, Francisco Chahuán, Alfonso De Urresti, Alberto Espina, José García, Alejandro García-Huidobro, Alejandro Guillier, Felipe Harboe, Antonio Horvath, Juan Pablo Letelier, Manuel Antonio Matta, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Manuel José Ossandón y Lily Pérez en el que solicitan a la Presidenta de la República, considere una política pública que equipare los beneficios de que gozan los pensionados en el uso del transporte público en todas las regiones del país. (Boletín N° S 1.945-12)