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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 71ª, Ordinaria, en martes 12 de diciembre de 2017
De 16:22 a 19:28 horas. Asistencia de 32 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Guido Girardi, Vicepresidente; Eugenio Tuma y Jaime Quintana, Presidentes accidentales.
Actuó como Secretario General el señor Mario Labbé Araneda.



INSTAURA EL DIA NACIONAL DEL TRABAJADOR PAPELERO

Por unanimidad se aprobó, en general y en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que instaura el día 12 de marzo de cada año como el Día Nacional del Trabajador Papelero. (Boletín N° 8.875-13) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Moción del Senador Hernán Larraín y de la ex Senadora Soledad Alvear, tiene por objeto otorgar un reconocimiento a la labor que realizan los trabajadores del sector papelero en bien del desarrollo productivo y humano del país, relacionando esta fecha con la fundación de la Empresa Manufacturera de Papeles y Cartones en Chile.
Contenido del proyecto de ley:
- Declara el día 12 de marzo de cada año como el Día Nacional del Trabajador Papelero.
Intervinieron los Senadores Hernán Larraín y Carlos Montes
En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.



CONCEDE LA NACIONALIDAD POR GRACIA A LEOPOLDO LÓPEZ MAÑEZ

Por unanimidad y sin discusión, se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que concede por especial gracia, la nacionalidad chilena al señor Leopoldo López Mañez. (Boletín N° 10.589-06) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto reconocer la labor realizada por el destacado profesor universitario español, quien ha ejercido como Cónsul Honorario de Chile en Valencia, en forma ejemplar, destacándose por su compromiso con nuestro país y las acciones realizadas para colaborar en la profundización de los lazos económicos, comerciales y de amistad entre España y Chile en bien del desarrollo de las relaciones bilaterales de ambas comunidades.
Contenido del proyecto de ley:
- Concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano español señor Leopoldo Ernesto López Mañez.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados, para que ésta lo remita al Ejecutivo para su promulgación.



CREA LA DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ -COMISIÓN MIXTA-

Por unanimidad se aprobó el Informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que crea la Defensoría de los Derechos de la Niñez. (Boletín N° 10.584-07) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto continuar con el cumplimiento del compromiso del Estado de Chile de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de cualquier índole que sean necesarias para permitir el ejercicio efectivo de los derechos reconocidos en la "Convención sobre los Derechos del Niño", mediante la creación de un mecanismo independiente y eficaz que vigile la aplicación de dicho instrumento internacional.
Contenido del proyecto de ley:
- Crea la Defensoría de los Derechos de la Niñez, como una corporación autónoma de derecho público, cuyo objeto será la difusión, promoción y protección de los derechos de los niños, reconocidos en la Constitución, las leyes y tratados internacionales, velando por su interés superior.
- Entrega a la Defensoría las facultades y atribuciones necesarias para cumplir su objetivo, tales como la difusión, promoción y protección de los derechos de los niños; realizar recomendaciones específicas sobre las materias que se les planteen; emitir informes y recomendaciones a cualquier órgano del Estado; observar y hacer seguimiento a la actuación de los órganos de la administración del Estado, a personas jurídicas de derecho privado que tengan por objeto la promoción o protección de derechos de los niños y a organizaciones que puedan afectar con sus acciones tales derechos, de acuerdo a un plan que se elabore para estos efectos; y visitar centros o instituciones en que un niño permanezca privado de libertad, reciban o no recursos por parte del Estado.
- Establece como principios rectores que orientarán el ejercicio de las funciones y atribuciones de la Defensoría, el interés superior del niño; el derecho a ser oído; la igualdad y no discriminación arbitraria; la autonomía progresiva y el derecho y deber preferente de los padres de educar a sus hijos.
- Regula la organización interna de la Defensoría, la que deberá considerar, entre otras, las áreas de protección de derechos; de promoción y difusión de los mismos y la de estudios.
- Dispone que la Defensoría estará encabezada por un Defensor, quien será su director y representante legal; durará cinco años en el cargo y será designado por acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio, a propuesta uninominal de su Comisión de Derechos Humanos, la que deberá, para estos efectos, establecer un procedimiento que asegure la observancia de los principios de publicidad, transparencia, idoneidad y no discriminación arbitraria; oír a todos los postulantes que cumplan con los requisitos que se establecen y especialmente, al Consejo Directivo del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
- Establece los requisitos, inhabilidades e incompatibilidades para ejercer el cargo de Defensor; las causales de cesación en el mismo y el procedimiento de remoción de esta autoridad.
- El Defensor deberá realizar anualmente una cuenta pública, para lo cual presentará un informe ante el Presidente de la República, el Congreso Nacional y el Presidente de la Corte Suprema, en el cual se consignen, entre otras, todas las actividades desarrolladas en el ejercicio de sus funciones y atribuciones; la situación nacional en materia de derechos humanos y de representación judicial de los niños; además de una descripción del grado de cumplimiento, por parte de los órganos del Estado, de los requerimientos que se les haya formulado y de la situación de los niños que se encuentren en centros de privación de libertad y centros residenciales de protección, sea que reciban o no recursos por parte del Estado; entre otros.
- Existirá un Consejo Consultivo donde estarán representados los niños y niñas, la sociedad civil y los académicos, siendo su función principal la de asesorar al Defensor en todas aquellas cuestiones de su competencia que requieran para su adecuada resolución del pronunciamiento de la comunidad.
- Quienes desempeñen funciones directivas en la Defensoría serán seleccionados mediante concurso público efectuado por el Servicio Civil, de conformidad con las normas que regulan los procesos de selección de la Alta Dirección Pública.
Intervinieron los Senadores Patricio Walker, Ena Von Baer, Alejandro Navarro, Alejandro Guillier y el Ministro Secretario General de la Presidencia, Gabriel De la Fuente.
En consecuencia corresponde comunicar a la Cámara la aprobación del Informe de la Comisión Mixta, para que ésta se pronuncie sobre el mismo.



PERMITE ASCENSO EXTRAORDINARIO A PERSONAL DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES

Por unanimidad se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que faculta disponer el ascenso extraordinario del personal de la Policía de Investigaciones de Chile por excepcional abnegación en el cumplimiento de su deber o como reconocimiento póstumo. (Boletín N° 11.277-25)
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto otorgar un reconocimiento a aquellos funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, que hubieren fallecido o quedado en estado de invalidez a causa de actos de excepcional abnegación ejecutados en el cumplimiento de su deber, facultando a la autoridad para otorgarles una promoción extraordinaria en estas ocasiones.
Contenido del proyecto de ley:
-Establece, que será el Director General de investigaciones quien podrá disponer ascensos extraordinarios del personal del escalafón de Asistentes Policiales de la planta de Apoyo General, para premiar acciones de excepcional abnegación o como reconocimiento póstumo.
-Dispone, que en los casos de fallecimiento de personal del grado 12 del escalafón de Asistentes Policiales de la planta de Apoyo General, y de aquellos cuyo deceso ocurra con ocasión de un procedimiento estrictamente policial en que participe en el cumplimiento de su deber, podrá ordenarse la promoción póstuma hasta el grado 11 del referido escalafón.
- Agrega que tratándose del personal del escalafón de Oficiales Policiales, esta promoción extraordinaria podrá disponerse al grado inmediatamente superior al del empleo que se encontraba sirviendo el causante, como reconocimiento póstumo, mediante decreto supremo extendido por intermedio del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y a proposición del Director General.
-En caso de que un oficial del personal del escalafón de Oficiales Policiales resulte muerto o inválido con ocasión de un procedimiento estrictamente policial en el que haya participado en el cumplimiento de su deber, el ascenso extraordinario podrá disponerse hasta en dos grados inmediatamente superiores al grado en que se encontraba sirviendo el causante.
Intervino el Senador Carlos Montes.
En consecuencia el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados para que ésta lo remita al Ejecutivo para su promulgación.



REGULA EL EXPENDIO DE MEDICAMENTOS

Quedó pendiente la discusión en particular del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias. (Boletín N° 9.914-11) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Guido Girardi, Carolina Goic, Manuel José Ossandón, Fulvio Rossi y Andrés Zaldívar, tiene por objeto ajustar la legislación, con miras a fomentar la disponibilidad y la incorporación en el mercado de medicamentos genéricos.
Intervinieron los Senadores Rabindranath Quinteros, Francisco Chahuán, Guido Girardi, Alejandro García-Huidobro, Baldo Prokurica, Ena Von Baer, Felipe Harboe, Alejandro Navarro, Isabel Allende, Juan Antonio Coloma, Eugenio Tuma, Juan Pablo Letelier, Manuel José Ossandón, Hernán Larraín, José García, Carlos Montes, y el Subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows.
En consecuencia, procede tratar el proyecto de ley en la próxima sesión que celebre el Senado.