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ASCENSO PÓSTUMO DE CARÁCTER HONORÍFICO A PERSONAL DE FUERZAS ARMADAS


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el siguiente lugar del Fácil Despacho figura el proyecto, en segundo trámite, que modifica la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, para otorgar un ascenso póstumo de carácter honorífico al personal de las ramas que la componen, con informe de la Comisión de Defensa Nacional.
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.992-02) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 53ª, en 5 de octubre de 2016 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Defensa Nacional: sesión 46ª, en 13 de septiembre de 2017.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo de la iniciativa es otorgar un ascenso extraordinario, de carácter honorífico, como reconocimiento al personal de las Fuerzas Armadas que resultare lesionado o enfermo a consecuencia de actos determinados del servicio que provoquen su retiro absoluto de la institución debido a una inutilidad de segunda o tercera clase, así como conceder un ascenso póstumo al personal que fallezca en actos determinados del servicio.
La Comisión de Defensa Nacional discutió este proyecto en general y en particular, por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros, Senadores señores Araya, Bianchi, Pérez Varela, Prokurica y Rossi, con las modificaciones que indica en su informe.
Cabe hacer presente que el artículo único permanente de esta iniciativa legal tiene carácter de norma orgánica constitucional, por lo que requiere para su aprobación 21 votos favorables.
El texto que se propone aprobar se consigna en las páginas 18 y 19 del informe y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión general y particular el proyecto.
Recuerdo a Sus Señorías que estamos en Fácil Despacho, por lo que les pido cumplir los tiempos previstos por el Reglamento.
Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.


El señor PROKURICA.- Señor Presidente, tal como indican los autores de esta moción, los Diputados Roberto León, Jaime Pilowsky, Renzo Trisotti, Marisol Turres, Jorge Ulloa y Osvaldo Urrutia, las Fuerzas Armadas cumplen, sin lugar a dudas, un rol trascendental para el país, tanto desde su perspectiva institucional como por la actividad que su personal desarrolla en el cumplimiento del deber, llegando en ocasiones a sacrificar su vida por la patria si fuera necesario, tal como reza su juramento.
Por esta razón, resulta fundamental que el Estado otorgue un reconocimiento extraordinario al personal que realiza acciones de demostrado heroísmo o que, lamentablemente, fallece en el cumplimiento de su deber, concediéndole un ascenso extraordinario en agradecimiento y gratitud a su gran labor prestada al país.
Esta es una forma de hacer justicia con quienes se desempeñan en nuestras Fuerzas Armadas y pierden la vida en el cumplimiento de su trabajo, ya que la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros, no así la de las Fuerzas Armadas, habilita al jefe máximo de la institución para conferir el mencionado reconocimiento a oficiales y suboficiales.
El objetivo del proyecto de ley es otorgar un ascenso extraordinario, solamente de carácter honorífico, como reconocimiento al personal de las Fuerzas Armadas que resultare lesionado o enfermo a consecuencia de actos determinados del servicio que provoquen el retiro absoluto de la institución debido a una inutilidad de segunda o tercera clase, así como conceder un ascenso póstumo como reconocimiento al personal que muera en actos determinados del servicio.
Si bien hace cien años que nuestro país no enfrenta una guerra, las Fuerzas Armadas han ido ampliando su presencia a operaciones de paz en el extranjero y a todo lo que significa el apoyo a la comunidad cuando ocurren terremotos, tsunamis, aluviones y otros fenómenos naturales.
Me tocó vivir el caso ocurrido en la Región de Atacama, donde nueve soldados del Regimiento de Infantería Nº 23 perdieron su vida, y el sucedido en el aluvión del 2015, en el cual dos militares murieron -también un periodista- mientras circulaban por la carretera, después de ayudar a la gente.
Esas personas hoy día carecen de un reconocimiento, tal como lo entrega la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros, y lo que hace este proyecto es igualar las condiciones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
La iniciativa es de quorum especial y requiere 21 votos favorables para su aprobación, por lo que ruego avisar a los señores Senadores que se encuentran fuera del Hemiciclo.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto (24 votos favorables), dejándose constancia de que se cumple el quorum constitucional exigido, y queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Goic y Lily Pérez y los señores Allamand, Araya, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Hernán Larraín, Matta, Montes, Ossandón, Pérez Varela, Prokurica, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Además, se deja constancia de la intención de voto afirmativo de los Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Navarro y Pizarro.