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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA REGULARIZACIÓN DE VIVIENDAS DE AUTOCONSTRUCCIÓN EN MATERIA DE PLAZOS DE VIGENCIA Y VALOR DE AVALÚO FISCAL


El señor MONTES (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.898, que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción, en materia de plazo de vigencia y de valor del avalúo fiscal, con informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo.
--Los antecedentes sobre el proyecto (12.153-14) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 90ª, en 22 de enero de 2019 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Vivienda y Urbanismo: sesión 92ª, en 23 de enero de 2019.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo de la iniciativa es ampliar el plazo para que los propietarios de viviendas que no cuenten con recepción definitiva, total o parcial, emplazadas en áreas urbanas o rurales, puedan hacer uso del procedimiento simplificado contemplado en la ley N° 20.898.
La Comisión de Vivienda y Urbanismo discutió el proyecto en general y en particular, por ser de aquellos de artículo único, y lo aprobó en los mismos términos en que fue despachado por la Cámara de Diputados, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Aravena y señores Montes, Sandoval y Soria.
El texto que se propone aprobar se consigna en la página 5 del informe de la Comisión y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Nada más, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Sandoval.


El señor SANDOVAL.- Señor Presidente, me corresponde informar sobre este proyecto, que nace de una moción presentada por parlamentarios de nuestra Región de Aisén y algunos otros: los Diputados señoras Aracely Leuquén y Camila Flores y señores René Alinco, René Manuel García, Pablo Kast y Andrés Longton.
Tal como ha señalado el Secretario, la iniciativa apunta a una modificación de la ley N° 20.898, que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción en materia de plazos, vigencia y valor de avalúo fiscal. Se la conoce como "Ley del Mono", para que contextualicemos de qué estamos hablando.
Esta norma legal tuvo una vigencia de tres años y vence el 4 de febrero del 2019, es decir, en pocos días más.
La idea de ampliar el plazo de vigencia nace fundamentalmente, en muchos casos, en diferentes regiones, de la necesidad de impulsar mecanismos de regularización de estas viviendas autoconstruidas que, en lo sustantivo, no superen los 140 metros cuadrados, con un avalúo que no exceda las 2 mil unidades de fomento.
El proyecto es de artículo único, como bien se ha señalado, y básicamente pretende modificar la vigencia de esta ley. Sustituye en el número 1 la expresión "tres años" por "seis años", lo cual la prorroga hasta el 4 de febrero del 2022.
¿Cuál es la implicancia de aprobar esta modificación, para lo que requerimos el apoyo de todos los Senadores presentes? Evitar un nuevo proceso de ley, con todo lo que eso significa, particularmente por sus efectos.
En la mayoría de los casos, se trata de familias vulnerables y el no tener esta posibilidad de regularización un poquito más simplificada les impediría acceder a toda la red de subsidios del Ministerio de Vivienda, a los programas de protección del patrimonio familiar; a los programas de descontaminación en las zonas afectadas; a la posibilidad de aplicar otro beneficio, un subsidio complementario, para el acondicionamiento térmico de sus viviendas.
El proyecto fue sometido al análisis de la Comisión de Vivienda, en la cual concurrieron con sus votos favorables la Senadora Aravena y los Senadores Montes, Sandoval y Soria.
Por tal motivo, señor Presidente, dada la urgencia de esta iniciativa que hoy se somete a consideración de la Sala, solicitamos su aprobación.
El señor MONTES (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
--Por unanimidad, se aprueba en general y en particular el proyecto, y queda despachado en este trámite.