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Pretenden que el padre y la madre sean igualmente responsables de hechos de sus hijos menores

Hoy el Código Civil establece que el padre es quien debe asumir los actos de sus hijos, y en el caso de no estar presente, lo hará la madre.

28 de julio de 2018

Imagen foto_00000004En el último tiempo se han conocido hechos donde menores de edad protagonizan destrozos, por ejemplo, con ocasión de las tomas de escuelas en la región Metropolitana, o filtran fotos de contenido sexual por las redes sociales. En estos casos, el Código Civil establece que dicha responsabilidad se traspasa al padre del autor de los hechos, y si éste no se encuentra, a la madre.

 

A juicio del senador Francisco Chahuán esta situación resulta discriminadora, de allí que presentara una moción para precisar la responsabilidad del padre y de la madre sobre los hechos de los hijos menores.

 

La propuesta que deberá ser estudiada por los integrantes de la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes, recuerda que el artículo 2320 del Código Civil establece que “el padre, y a falta de éste la madre, es responsable del hecho de los hijos menores que habiten en la misma casa".

 

El legislador argumenta que “consideramos que esta responsabilidad debe ser de ambos padres, sin que exista un orden de  prelación, como actualmente ocurre para evitar discriminaciones, sino que a falta de uno de ellos, cualquiera que sea, el otro deba ser el responsable”.

 

El proyecto consiste en un artículo único que sustituye el texto del inciso segundo del artículo 2320 del Código Civil, por el siguiente: "Los padres son responsables del hecho de los hijos menores que habiten en la misma casa. A falta de cualquiera de los padres, será el otro el responsable".

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