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Regularización de la pequeña propiedad: quieren evitar loteos brujos y la subdivisión de terrenos agrícolas con fines habitacionales

La Sala respaldó el informe de la Comisión Mixta que solucionó las discrepancias entre ambas Cámaras sobre iniciativa que apunta a terminar con los abusos que se producían con el decreto ley N°2.695 de 1979 y resguardar los derechos de terceros.

9 de agosto de 2018

Imagen foto_00000010Por 29 votos a favor y 1 abstención, la Sala aprobó el informe de la Comisión Mixta encargada de zanjar las discrepancias entre ambas Cámaras sobre el proyecto que modifica el decreto ley N° 2.695, de 1979, para resguardar derechos de terceros en relación con la regularización de la pequeña propiedad raíz.

 

Cabe recordar que el texto tuvo su origen en una moción del senador Manuel José Ossandón y los ex legisladores Lily Pérez San Martín y Eugenio Tuma. Su objetivo es establecer los resguardos necesarios para evitar que, quienes tienen legítimos derechos respecto de un inmueble, los pierdan como consecuencia de la aplicación del procedimiento sobre saneamiento de la pequeña propiedad raíz, cuando el requisito de poseedor regular de la propiedad se ha obtenido en forma fraudulenta.

 

Durante el debate intervinieron los senadores Carmen Gloria Aravena, Alejandro Navarro , Juan Pablo Letelier, David Sandoval, Rodrigo Galilea, Manuel José Ossandón, Alfonso De Urresti, José Miguel Durana.

 

Los legisladores coincidieron en la conveniencia de evitar los abusos que se producen con la regularización del pequeño bien raíz, pero llamaron la atención sobre la necesidad de fortalecer el rol de los Conservadores de Bienes Raíces para prevenir la proliferación de loteos brujos, la subdivisión de predios agrícolas con fines habitacionales y en general todo tipo de abusos que podrían suscitarse en este ámbito.

 

ARAVENA

“Este proyecto protege la posesión histórica familiar en relación con la prohibición de que los inmuebles regularizados según el citado decreto sean gravados y enajenados, y eso implica, en concreto, que los poseedores de materiales de bienes raíces rurales o urbanos, cuyo avalúo fiscal para el pago de impuesto territorial sea inferior a 800 o 380 unidades tributarias, es decir, orientado a familias de más escasos recursos”. “A partir de ahora el certificado de informaciones previas será obligatorio para cualquier tramitación que se realice en Bienes Nacionales. Esto implica que la Dirección de Obras Municipales, en todo el país, va a tener que elaborar un certificado de información previa que no solamente va a ser vinculante a los terrenos urbanos, sino también a los rurales”.

 

NAVARRO

“La Comisión de Vivienda que presido, revisó el informe de la Comisión Mixta y acogió los principales aspectos: respecto a proteger la posesión histórica familiar, en especial, en la vida rural; la exigencia de un certificado de informes previos para regularizar propiedades urbanas y rurales;  establecer que el objetivo del decreto ley N° 2.695 es regularizar la tenencia del terreno y no la autorización o construcción sobre el mismo, materia que es propia del Ministerio de Vivienda; el aumento del plazo a 5 años, de la prohibición de enajenar los predios y de 2 años para gravar los inmuebles.

 

LETELIER

“Necesitamos revisar en serio lo que es el proceso de regularización de los “predios rústicos”. Lo que hace Bienes Nacionales es tremendamente importante. Pero, probablemente de cien casos que resuelva deja unos veinte heridos en el camino, por ello, el que exista este informe de la autoridad local puede ayudar para evitar ciertas situaciones indeseadas”.. sin embargo, “lo que no hemos discutido es cuál es la política de suelo en nuestro país. ¡Hasta cuándo vamos a seguir con las parcelas de agrado, que después terminan generando una carga al Estado!.

  

SANDOVAL

“El objeto esencial de esta norma es precisamente permitir a las familias más vulnerables -porque se habla de la pequeña propiedad raíz-, que puedan acceder a esta regularización que hoy los mantienen al margen de toda la red de subsidios que pueden acceder, y por lo tanto ver mejoradas sus condiciones de habitabilidad”. “Esta ley es un avance pero no es la solución integral que comprometió el Ejecutivo  y que consiste en una norma específica a objeto de hacernos parte de la complejidad que tiene este tema a nivel de todas las comunas de nuestro país”.

  

GALILEA

“En Chile son numerosísimos los casos que se han demostrado de haber abusado de este decreto. Tanto es así que en este decreto en parte del país se le llama, derechamente, “el decreto ladrón”. Y esa es una expresión popular que se le ha dado a un mecanismo legal para regularizar muchas veces propiedades que no son de la persona que está ocupando este mecanismo ante Bienes Nacionales. El hecho de que la prescripción se alargue a dos años, el hecho de que en principio sea obligación poner un letrero en la misma propiedad, anunciando que se está regularizando su titularidad, me parece que son buenas medidas para evitar los abusos que en el tiempo han ido ocurriendo”.

 

OSSANDÓN

“Este proyecto que presenté junto a ex senadores apunta evitar los fraudes, tal como pasó con un caso de una persona que se fue a vivir fuera de Chile y dejó a su cuñado a cargo de su casa, una casa modesta; y después de quince años volvió y la casa estaba saneada por Bienes Nacionales, y era propiedad de su cuñado y no tenía ninguna opción de recuperarla”. “Pero es importante destacar que en este proyecto no tiene nada que ver la cesión de derechos que, en el fondo, los conservadores de bienes raíces inscriben un porcentaje con un plan autentificado que no permite nada frente al municipio, pero, cuando ya la casa está construida, es super difícil para un alcalde dar un decreto de demolición porque es muy difícil ejecutarlo”.

 

DE URRESTI

“Creo que aquí no se está abordando un problema de fondo que dice relación con los conservadores de bienes raíces. Hoy día tenemos un verdadero mercado paralelo de loteos brujos, irregulares, que, en definitiva, se hace una subdivisión: se inscribe, se venden acciones y derechos y luego se comienza el proceso de saneamiento. Ese no es el objetivo original de este decreto ley, sino que es regularizar la pequeña propiedad”…”Sin embargo, el Conservador es el ente registral. Es el ente que hoy día además, a propósito de las modificaciones que se quiere hacer al sistema notarial y de conservadores, debiera él ser el principal impulsor de notificar”.

 

DURANA

“Creo que falta en este proyecto de ley, y espero que la Comisión lo pueda analizar en su debido minuto, en que las inscripciones y subinscripciones que se deriven de los procesos de regularización de terrenos debiesen ser realizadas en un plazo máximo de 30 días, desde la fecha de resolución o regularización, bajo alternativa de caducidad del trámite, puesto que de lo contrario se desprotegen los derechos de terceros, que después de varios años se ven afectados por subinscripciones emanadas de antiguos procesos de regularización.  Y es aquí donde cobra especial importancia la labor que cumplen los conservadores de Bienes Raíces”.

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