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Sesión 50ª ordinaria, en miércoles 30 de junio de 2021.

Legislatura Número 369


C U E N T A

Mensaje

De S.E. el Presidente de la República

Con el que hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, para el despacho de los siguientes proyectos de ley:

1.- El que establece medidas para incentivar la protección de los derechos de los consumidores (Boletín N° 12.409-03), y

2.- El que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, y otorga ayudas extraordinarias para las familias en contexto del Covid-19 (Boletín N° 14.225-13).

-- Se toma conocimiento de la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Oficios

Cuatro de la Honorable Cámara de Diputados

Con el primero informa que ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que establece medidas para incentivar la protección de los derechos de los consumidores (Boletín N° 12.409-03) (con urgencia calificada de ´´suma´´).

-- Queda para Tabla.

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Con el segundo comunica que ha aprobado el proyecto de ley que autoriza la capitalización del Banco del Estado de Chile con el objeto de cumplir con las exigencias de Basilea III (Boletín N° 14.198-05) (con urgencia calificada de ´´suma´´).

-- Pasa a la Comisión de Hacienda.

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Con el siguiente, señala que ha aprobado el proyecto de ley que modifica la ley N° 20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño, para hacer solidariamente responsable a la empresa principal, o dueña de la obra o faena, del pago de los bienes entregados o servicios realizados por las micro, pequeñas o medianas empresas proveedoras, en las condiciones que indica (Boletín N° 14.011-03)

-- Pasa a la Comisión de Economía.

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Con el último, hace presente que ha aprobado el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el objeto de perfeccionar la regulación del principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres (Boletines Nos 10.576-13, 12.719-13 y 14.139-34, refundidos).

-- Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Del Excmo. Tribunal Constitucional

Remite resoluciones dictadas en procedimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto de las siguientes disposiciones:

Artículo 27 bis, inciso quinto, en la frase ´´Contra la resolución de la Corte de Apelaciones no procederá recurso alguno´´, de la Ley N° 19.995, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego (Roles Nos 11.045-21, 11.044-21).

Artículo 1° de la ley N° 17.344, que autoriza el cambio de nombres y apellidos en los casos que indica (Rol N° 10.975-21).

Artículos 4°, inciso primero, de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; y 495, inciso final, del Código del Trabajo (Rol N° 11.081-21).

Artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal (Rol N° 11.073-21).

Expresión ´´en forma absoluta´´, contenidas en el artículo 9°, inciso segundo, de la Ley N° 21.226, que establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile (Roles Nos 11.233-21, 11.174-21).

Artículo 768, inciso antepenúltimo, del Código de Procedimiento Civil (Rol N° 11.062-21).

Artículos 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798 (Roles Nos 11.171-21, 11.043-21, 11.168-21, 11.243-21, 11.184-21, 11.229-21).

Artículo 472 del Código del Trabajo (Rol N° 11.701-21).

Frase ´´y sólo para el sector público´´, contenida en el artículo 2º bis, inciso segundo de la Ley N° 20.261, que crea examen único nacional de conocimientos de medicina (Rol N° 10.958-21).

Artículo 387, inciso segundo, del Código Procesal Penal (Rol N° 11.042-21).

Artículo 318 del Código Penal (Rol N° 11.231-21).

Artículo 15, inciso segundo, del D.F.L. N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 2, de Educación, de 1996, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales (Rol N° 10.999-21).

Artículo 1°, inciso segundo, de la ley N° 18.216 (Roles Nos 10.772-21, 10.822-21, 11.276-21, 11.202-21, 11.191-21, 11.063-21, 11.223-21, 11.227-21, 11.215-21, 11.100-21, 11.166-21, 11.172-21, 11.188-21, 11.208-21, 11.224-21, 11.218-21, 11.248-21, 11.255-21, 11.214-21, 11.200-21, 11.213-21, 11.060-21, 11.221-21, 11.178-21, 11.219-21, 11.109-21, 11.121-21, 11.186-21, 11.148-21, 11.098-21, 11.149-21, 11.170-21, 11.177-21, 11.204-21,).

-- Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Remite copias de sentencias pronunciadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad referidos a los siguientes preceptos legales:

Expresión ´´en forma absoluta´´, contenidas en el artículo 9°, inciso segundo, de la ley N° 21.226, que establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile (Roles Nos 10.470-21, 10.569-21, 10.527-21, 10.483-21, 10.447-21, 10.465-21).

Artículos 13 Nº 1; 14 letra A), Nº 1; 15; 16; 17 y 19, de la ley Nº 18.290 (Rol No 9.791-20).

Artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 (Roles Nos 10.176-21, 9.816-20, 9.824-20, 10.294-21, 10.182-21, 10.290-21, 10.251-21, 10.242-21, 10.201-21, 10.226-21, 10.266-21, 10.282-21, 10.249-21, 10.278-21).

Frase ´´en que hubiere persona privada de libertad, solo se podrá alegar la causal del inciso primero cuando el impedimento obstaculice en forma absoluta´´, contenida en el artículo 9°, inciso segundo, de la Ley N° 21.226, que establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile (Rol N° 10.114-21).

-- Se manda archivar los documentos.

Del señor Contralor General de la República

Atiende presentación de los Honorables Senadores señores Pizarro, Lagos y Montes referida al contenido del documento ´´Observaciones al Estado de Operaciones de la Ejecución del Gobierno Central Presupuestarios enero-noviembre 2020´´, en el cual se habría constatado un déficit fiscal diferente al reportado en la información publicada por la Dirección de Presupuestos (DIPRES) del Ministerio de Hacienda, respecto de la ejecución presupuestaria del Gobierno Central.

Del señor Ministro de Defensa Nacional

Contesta solicitud de información del Honorable Senador señor Navarro referida al accidente de tránsito ocurrido en la ruta 5 sur, en el sector de Nercón, de la comuna de Castro, el 8 de abril del año en curso, en el que se derramaron más de diecisiete mil litros de pintura industrial en una carretera aledaña al mar.

De la señora Ministra de Transportes y Telecomunicaciones

Da respuesta a acuerdo del Senado en orden a solicitar al Presidente de la República que se consideren en los planes y programas de prevención e iniciativas de regulación y recuperación de actividades productivas y comerciales de cada sector, la inclusión de medidas específicas para mejorar la ventilación y medición de la calidad del aire de los espacios públicos cerrados, que se recogen en los considerandos, y la elaboración de los protocolos respectivos, con la finalidad de permitir la realización de actividades masivas en condiciones sanitarias adecuadas y seguras (Boletín N° 2.175-12).

Del señor Ministro de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación

Contesta, igualmente, el acuerdo del Senado referido en el párrafo anterior.

Del señor Subsecretario de Justicia

Informa solicitud del Honorable Senador señor Navarro acerca del número de solicitudes de retención judicial del primer y segundo retiro del 10%.

Del señor Subsecretario de Obras Públicas

Atiende requerimiento efectuado por el Honorable Senador señor De Urresti acerca del cronograma del inicio de las obras de la doble vía de acceso a Valdivia, desde el sur.

Del señor Superintendente de Educación

Hace llegar antecedentes requeridos por el Honorable Senador señor Navarro respecto de las denuncias ingresadas los últimos cinco años en contra del establecimiento educacional que indica.

Del señor Superintendente de Servicios Sanitarios

Contesta solicitud de la Honorable Senadora señora Provoste acerca de materias relativas a la aplicación de las medidas contempladas en la ley N° 21.249.

De la señora Directora del Instituto Nacional de Estadísticas

Envía datos pedidos por la Honorable Senadora señora Rincón referidos a tamaño de empresas de acuerdo a volumen de ventas y utilidades; por tramo y actividad económica, y sobre evolución de las remuneraciones.

-- Quedan a disposición de Sus Señorías.

Informe

De la Comisión de Economía, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que interpreta el inciso cuarto del artículo 11 de la ley Nº 21.354, en el sentido de no exigir la iniciación de actividades ni otra formalidad adicional al permiso municipal para que los comerciantes de ferias libres accedan a las ayudas contenidas en dicho cuerpo legal (Boletín N° 14.326-05).

-- Queda para Tabla.

Ver documento

Moción

De los Honorables Senadores señora Allende y señores Araya, De Urresti, Elizalde y Huenchumilla, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que elimina el inciso cuarto del artículo 13 de la Carta Fundamental (Boletín Nº 14.454-07).

-- Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Proyecto de Acuerdo

De los Honorables Senadores señor Coloma, señoras Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer, y señores Alvarado, Chahuán, Durana, Elizalde, García, Girardi, Latorre, Letelier, Moreira, Ossandón, Prohens, Pugh y Sandoval, por el que se solicita a S.E. el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, mandate a las autoridades competentes del Ministerio de Salud y del Fondo Nacional de Salud para modificar a la brevedad posible el reglamento al que se refiere el inciso segundo del artículo 112 del Código Sanitario, con el fin de incorporar a los profesionales psicopedagogos dentro de las profesiones auxiliares de la salud y permita incluir la codificación de aranceles que define el FONASA de las prestaciones que realizan como parte de terapias de recuperación, tratamiento y rehabilitación, incorporando la modalidad de compra de bonos (Boletín N° S 2.186-12)

-- Queda para ser votado en su oportunidad.