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Sesión 56ª ordinaria, en miércoles 21 de julio de 2021.

Legislatura Número 369


C U E N T A

Mensaje de S. E. el Presidente de la República

Con el que retira la urgencia en el despacho de las solicitudes de acuerdo del H. Senado para designar como Ministro Titular Abogado del Ilustre Tercer Tribunal Ambiental, al señor Javier Eduardo Millar Silva y para designar como Ministra Titular Abogada del Ilustre Primer Tribunal Ambiental a la señora Sandra Marianela Álvarez Torres (Boletines Nos S 2189-05 y S 2188-05, respectivamente) y, a la vez, hace presente nuevamente la urgencia a que se refiere el Artículo 53, numeral 5) de la Constitución Política de la República para el despacho de los referidos asuntos.

- Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Oficios

Tres de la Honorable Cámara de Diputados

Con el primero, comunica que ha rechazado las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley sobre endoso o transferencia del pasaje de transporte aéreo, del titular a un tercero (Boletines Nos 9.509-15, 9.980-03, 12.285-15, 12.773-19 y 12.825-15, refundidos) y señala los Honorables Diputados que concurrirán a la formación de la Comisión Mixta que establece el artículo 71 de la Constitución Política.

- Se toma conocimiento y se designa a los Honorables Senadores miembros de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones para integrar la señalada Comisión Mixta.

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Con el segundo, señala que ha aprobado el proyecto de ley que modifica el Código Sanitario en lo relativo al cobro de multas (Boletín N° 14.336-11)

-- Pasa a la Comisión de Salud y a la de Hacienda, en su caso.

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Con el tercero, informa que ha aprobado el proyecto de ley que establece un procedimiento especial para hacer efectiva la responsabilidad civil del Estado respecto de personas que hayan sido víctimas de lesiones, mutilaciones o muerte, en el contexto de movilizaciones sociales (Boletín N° 13.854-17).

-- Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

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Informes

Cuatro de la Comisión de Relaciones Exteriores relativos a los siguientes asuntos:

-Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el ´´Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Turquía´´, suscrito en Colombo, el 7 de diciembre de 2017. (Boletín Nº 14.181-10)

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-Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el ´´Convenio de Transporte Aéreo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado de Qatar´´, suscrito en Colombo, Sri Lanka, el 5 de diciembre de 2017.´´. (Boletín Nº 14.182-10)

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-Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el ´´Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Finlandia´´, suscrito en Nairobi, el 11 de diciembre de 2018.´´. (Boletín Nº 14.183-10)

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-Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el ´´Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado de Israel´´, suscrito en Jerusalén, el 26 de junio de 2019. (Boletín Nº 14.186-10)

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De la Comisión de Régimen Interior recaído en el proyecto de acuerdo sobre modificaciones al Reglamento del Personal del Senado, en lo relativo a diversas materias que indica (Boletín S 2.190-09)

- Quedan para Tabla.

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Moción

De los Honorables Senadores señoras Aravena y Carvajal y señores Durana, Elizalde y Pizarro, con la que inician un proyecto de ley que modifica la Ley General de Cooperativas para regular las multas que afecten a las cooperativas que no califiquen como de importancia económica en el régimen sancionatorio de multas (Boletín N° 14.481-03).

- Pasa a la Comisión de Economía.

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Declaración de inadmisibilidad

Moción de los Honorables Senadores señor Quinteros, señora Rincón y señores Bianchi, De Urresti y Elizalde, que modifica la ley N° 18.056, que establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República, para incorporar específicamente a los hijos de personas fallecidas por covid 19.

-- Se declara inadmisible por corresponder a una materia de ley de iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República, conforme lo disponen el artículo 65 de la Constitución Política de la República, en sus incisos tercero y cuarto, número 2, en relación con el artículo 32 numeral 11.