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Sesión 111ª ordinaria, en martes 4 de enero de 2022.

Legislatura Número 369


C U E N T A

Catorce Mensajes de S. E. el Presidente de la República.

Con el primero, inicia un proyecto de ley que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios sanitarios y eléctricos generadas durante la pandemia por COVID-19, y establece subsidios a los clientes vulnerables para el pago de éstas (Boletín N° 14.772-03).

--Pasa a la Comisión de Economía y a la de Hacienda, en su caso.

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Con el segundo, hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, para la tramitación del asunto consignado precedentemente.

--Se tiene presente la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Con el tercero, inicia un proyecto de ley que crea la Comisión de Comercio Estratégico y regula la exportación de material de uso dual y de defensa y otras materias que indica (Boletín N° 14.773-02).

--Pasa a la Comisión de Defensa Nacional y a la de Hacienda, en su caso.

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Con el cuarto, hace presente la urgencia, calificándola de ´´simple´´, para la tramitación del asunto anterior.

--Se tiene presente la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Con el sexto, inicia un proyecto de ley que equipara el derecho de sala cuna para las trabajadoras, los trabajadores y los independientes que indica, en las condiciones que establece, modifica el Código del Trabajo para tales efectos y crea un fondo solidario de sala cuna (Boletín N° 14.782-13).

--Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social y a la de Hacienda, en su caso.

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Con el séptimo, hace presente la urgencia calificándola de ´´suma´´, para la tramitación del asunto anterior.

--Se tiene presente la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Con el decimotercero, inicia un proyecto de ley que crea un Estatuto de Facilitadores y Asistentes, establece un nuevo procedimiento de interdicción de las personas dementes, y modifica el Código Civil y otros cuerpos legales que indica (Boletín N° 14.783-07).

--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y a la de Hacienda, en su caso, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Carta Fundamental, se manda poner en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema.

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Con el decimocuarto, hace presente la urgencia, con el carácter de ´´simple´´ para la tramitación del proyecto consignado precedentemente.

--Se tiene presente la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.

Con el undécimo, comunica que ha resuelto retirar de tramitación el proyecto de ley que crea el beneficio social de educación en el nivel de sala cuna (Boletín N° 12.026-13).

- Se tiene presente el retiro y se manda archivar los antecedentes.

Con el quinto, octavo y decimosegundo, hace presente la urgencia, calificándola de ´´discusión inmediata´´, para la tramitación de los siguientes asuntos:

-El que modifica la ley N°20.128, sobre responsabilidad fiscal (Boletín Nº 14.615-05).

-El que reforma constitucional que regula estado de alerta para prevenir daños a infraestructura crítica (Boletín N° 13.086-07).

-El que modifica la ley N° 17.798, sobre control de armas, con el objeto de fortalecer su institucionalidad (Boletines Nos 5.254-02, 5.401-02, 5.456-02, 9.035-02, 9.053-25, 9.073-25, 9.079-25, 9.577-25 y 9.993-25, refundidos).

-El que modifica artículo 476 del Código Penal, para incluir el delito de incendio en lugares destinados al culto religioso (Boletín N° 13.889-07).

-El que modifica diversos cuerpos normativos en materia de integración social y urbana (Boletín Nº 12.288-14).

-El que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales (Boletín N° 12.092-07).

-El que excluye de los beneficios regulados en la ley N° 19.856 a quienes hayan cometido crímenes de carácter sexual contra personas menores de edad (Boletín Nº 13.046-07).

-El que introduce un nuevo párrafo al Título VII del Libro II del Código Penal, relativo al proxenetismo, explotación sexual comercial y pornografía de niños, niñas o adolescentes (Boletín Nº 14.440-07).

-El que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, para tipificar el delito de sustracción de madera y otros relacionados, y habilitar el uso de técnicas especiales de investigación para su persecución (Boletín Nº 14.008-07).

-El que establece un nuevo estatuto de protección en favor del denunciante de actos contra la probidad administrativa (Boletines Nº 13.115-06 y 13.565-07, refundidos).

-El que modifica el Código Penal para reforzar la protección penal a la infancia y a otras personas que indica (Boletines Nº 14.107-07 y 14.123-07, refundidos).

-El que regula los biocombustibles sólidos (Boletín N° 13.664-08).

-El que promueve el envejecimiento positivo, el cuidado integral de las personas mayores, y el fortalecimiento de la institucionalidad del adulto mayor (Boletín Nº 13.822-07).

-El que modifica Código Civil y otras leyes, regulando el régimen patrimonial de sociedad conyugal (Boletín N° 7.567-07).

-El que establece un sistema de subvenciones para la modalidad educativa de reingreso (Boletín Nº 14.309-04).

-El que modifica las sanciones del delito de usurpación y las equipara con las de otros delitos a la propiedad (Boletín N° 13.657-07).

-El que modifica el Código de Procedimiento Civil para incorporar la medida precautoria de restitución anticipada de inmuebles, en juicios de precario y de terminación de arrendamiento y de comodato (Boletín N° 12.809-07).

-El que promueve la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de servicios financieros (Boletín Nº 14.570-05).

-El que crea una nueva institucionalidad del sistema estadístico nacional (Boletín Nº 10.372-03).

-El que modifica la ley N°21.239, para prorrogar nuevamente el mandato de los directores u órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19 (Boletín Nº 14.747-06).

-El que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados (Boletín Nº 12.065-15).

-El que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley N° 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica (Boletín Nº 11.174-07).

-El que modifica diversos cuerpos normativos con el objetivo de perfeccionar la regulación relativa a la contratación, prestación y pago del servicio de extracción de residuos sólidos domiciliarios (Boletín Nº 14.032-06).

Con el noveno, hace presente la urgencia, calificándola de ´´suma´´, para la tramitación de los siguientes asuntos:

-El que establece normas sobre delitos informáticos, deroga la ley N° 19.223 y modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al convenio de Budapest (Boletín N° 12.192-25).

-El que Crea el Servicio de Empresas Públicas y perfecciona los gobiernos corporativos de las empresas del Estado y de aquellas en que este tenga participación (Boletín Nº 11.485-05).

-El que establece un sistema de subvenciones para los niveles medios de la educación parvularia (Boletín Nº 12.436-04).

-Sobre nueva ley de copropiedad inmobiliaria (Boletín Nº 11.540-14).

-El que sanciona los daños en los medios de transporte público de pasajeros y en la infraestructura asociada a dicha actividad (Boletín Nº 12.467-15).

-El que tipifica la utilización de menores para la comisión de crímenes o delitos (Boletín Nº 11.958-07).

-El que extiende y moderniza la subvención escolar preferencial (Boletín Nº 12.979-04).

-El que reconoce a organizaciones de la sociedad civil como promotoras de la actividad física y el deporte (Boletín Nº 13.870-29).

-El que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos, en cuanto a la remuneración de los integrantes del Panel de Expertos y del Consejo Directivo del Coordinador Eléctrico Independiente del Sistema Eléctrico Nacional (Boletín Nº 14.583-08).

-El que modifica las normas de admisión escolar para garantizar la libertad de enseñanza, vinculación de apoderados con los proyectos educativos, y entregar prioridad en la admisión a estudiantes bajo cuidado alternativo del servicio nacional de menores y aquellos con necesidades educativas especiales permanentes, (Boletín Nº 12.486-04).

-El que introduce modificaciones y prorroga la vigencia de la ley Nº18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje (Boletín N° 14.068-01).

-El que sanciona penalmente a quienes ingresen elementos prohibidos a los establecimientos penitenciarios (Boletín Nº 13.740-07).

-El que modifica el Código Penal y otros cuerpos legales para fortalecer la protección de las Fuerzas de Orden y Seguridad y de Gendarmería de Chile (Boletín Nº 13.124-07).

-Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia (Boletín Nº 11.077-07).

-El que modifica la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y otros textos legales que indica (Boletín N° 8.466-07).

-El que mejora pensiones del sistema de pensiones solidarias y del sistema de pensiones de capitalización individual, crea nuevos beneficios de pensión para la clase media y las mujeres, crea un subsidio y seguro de dependencia, e introduce modificaciones en los cuerpos legales que indica (Boletín Nº 12.212-13).

-El que perfecciona la ley N°19.657 sobre concesiones de energía geotérmica para el desarrollo de proyectos de aprovechamiento somero de energía geotérmica (Boletín Nº 12.546-08).

-Sobre modernización de la franquicia tributaria y modificación de fondos públicos que indica (Boletín Nº 12.487-05).

-El que crea un beneficio transitorio para el pago del crédito con garantía estatal establecido en la ley N° 20.027 (Boletín Nº 13.758-05).

-El que establece normas especiales para la entrega voluntaria de armas de fuego a la autoridad, fija obligaciones a ésta, determina un plazo para la reinscripción de dichas armas y declara una amnistía (Boletín Nº 12.229-02).

-El que modifica la ley N°20.285, Sobre Acceso a la Información Pública (Boletín Nº 12.100-07).

-El que crea un Sistema de Tratamiento Automatizado de Infracciones del Tránsito y modifica las leyes N° 18.287 y N° 18.290, (Boletín Nº 9.252-15).

-El que modifica el Código Procesal Penal con el objeto de permitir la utilización de técnicas especiales de investigación en la persecución de conductas que la ley califica como terroristas (Boletín Nº 12.589-07).

-El que establece la obligación de las personas sin fines de lucro de informar acerca de los aportes que reciban (Boletín Nº 12.679-07).

-El que aprueba el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico entre Australia, Brunéi Darussalam, Canadá, los Estados Unidos Mexicanos, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, la República de Chile, la República del Perú, la República de Singapur y la República Socialista de Vietnam, y las cartas intercambiadas en el contexto del mismo, todos suscritos en Santiago, Chile, el 8 de marzo de 2018 (Boletín N° 12.195-10).

-El que regula la exhibición y ejecución artística en los bienes nacionales de uso público (Boletín Nº 8.335-24).

-El que moderniza los delitos que sancionan la delincuencia organizada y establece técnicas especiales para su investigación (Boletín Nº 13.982-25).

-El que introduce modificaciones al Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarias de pensión de invalidez (Boletín Nº 14.445-13).

-El que crea la Subsecretaría de Recursos Hídricos en el Ministerio de Obras Públicas y una nueva institucionalidad nacional de recursos hídricos, y modifica los cuerpos legales que indica (Boletín Nº 14.446-09).

-El que modifica los requisitos de ingreso a carreras de pedagogía, establecidos en el artículo 27 bis de la ley N°20.129 y en el artículo trigésimo sexto transitorio de la ley N°20.903 (Boletín N° 14.151-04).

-El que fortalece el deporte de alto rendimiento (Boletín N° 13.898-29).

-El que moderniza la ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado (Boletín N° 14.137-05).

- El que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, en lo relativo a las licencias transables de pesca e incorpora normas para prevenir la pesca ilegal (Boletín N° 11.704-21).

-Reforma constitucional que incorpora, dentro de las inhabilidades para ser candidato a diputado o senador, la circunstancia de ser juez o secretario de los juzgados de policía local (Boletín N° 9.941-07).

-El que establece normas sobre acceso a territorios de alta montaña o de altas cumbres (Boletín Nº 12.460-20).

-El que modifica la ley N°19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, para facilitar la obtención de patente de salones de música en vivo por parte de los establecimientos que indica (Boletín Nº 14.534-06).

-El que moderniza los procedimientos concursales contemplados en la ley N°20.720, y crea nuevos procedimientos para micro y pequeñas empresas (Boletín Nº 13.802-03).

-El que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales (Boletín Nº 11.144-07).

-El que establece como requisito para ser candidato a Presidente de la República, Senador y Diputado, el no haber sido condenado por delitos de violencia intrafamiliar, ni estar considerado en el Registro de Deudores de Alimentos (Boletín Nº 14.629-07).

-El que crea el Ministerio de Seguridad Pública (Boletín Nº 14.614-07).

-El que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de establecer como requisitos para ser candidato a cargos de alcalde, concejal, gobernador regional y consejero regional, el no haber sido condenado por delitos de violencia intrafamiliar, ni aparecer en el Registro de Deudores de Alimentos (Boletín Nº 14.612-06).

-El que establece medidas para evitar la contaminación con colillas de cigarrillos, y facilita su reciclaje o reutilización (Boletín Nº 12.407-12).

-El que modifica el decreto ley N°3.063, de 1979, sobre rentas municipales, y crea un régimen de donaciones con beneficios tributarios en apoyo a las entidades sin fines de lucro (Boletín Nº 14.486-05).

Con el décimo, hace presente la urgencia, calificándola de ´´simple´´, para la tramitación de los siguientes asuntos:

-El que amplía el ámbito de la ley N° 20.418, que fija normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad (Boletín N° 12.734-04).

-El que establece el nuevo Código Procesal Civil (Boletín Nº 8.197-07).

- El que modifica la ley Nº19.712, del Deporte, para denominar el premio nacional del deporte como Premio Nacional del Deporte Marlene Ahrens Ostertag (Boletín Nº 13.596-29).

-El que regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten (Boletín Nº 11.934-15).

-El que modifica la ley N° 19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, para incorporar el libro electrónico (Boletín Nº 12.959-04).

-El que aclara y refuerza la aplicación de sus respectivos estatutos en materia de procedimiento de tutela laboral a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública (Boletín N° 13.988-13).

-El que modifica diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales, proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales, y evitar su revictimización (Boletín Nº 13.688-25).

-Sobre extravío de personas y la realización de las primeras diligencias orientadas a su búsqueda (Boletín Nº 12.392-25).

-El que establece un nuevo sistema de compras e inversiones de las capacidades estratégicas de la Defensa Nacional, con cargo al Fondo Plurianual para las Capacidades Estratégicas de la Defensa y al Fondo de Contingencia Estratégico (Boletín N° 13.563-02).

-El que modifica ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, estableciendo normas especiales para la representación en juicio de adultos mayores (Boletín Nº 7.507-18).

-El que modifica Art. 1182, del Código Civil, declarando incapaz para suceder al difunto, a quien ejerce violencia con el adulto mayor (Boletín Nº 8.528-32).

-El que determina conductas terroristas y su penalidad y modifica los Códigos Penal y Procesal Penal (Boletín Nº 9.692-07).

-Sobre reforma integral al sistema de adopción en Chile (Boletín Nº 9.119-18).

-El que modifica la ley N° 20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regularización de loteos, para extender su aplicación a los loteos irregulares incorporados al catastro del Programa Nacional de Campamentos 2018, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y facilitar la elaboración de los estudios de riesgo exigidos por ella (Boletín Nº 12.756-14).

-El que fortalece la descentralización financiera de los Gobiernos Regionales, establece normas sobre responsabilidad fiscal y crea fondos que indica (Boletín Nº 13.815-05).

-El que dispone la obligatoriedad de la adopción del régimen de federación deportiva nacional para aquellas entidades que reciben recursos públicos de manera permanente (Boletín Nº 13.869-29).

-El que autoriza erigir un monumento, en el Aeródromo Cañal Bajo Carlos Hott Siebert, de la comuna de Osorno, región de Los Lagos, en memoria de Carlos Hott Siebert (Boletín Nº 12.369-24).

- El que modifica diversos cuerpos legales para agravar la pena aplicable al delito de homicidio simple y establecer mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional (Boletines Nos 14.090-07, 14.091-07, 14.092-07, 14.100-07 y 14.121-07, refundidos).

-- Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.

Oficios

Tres de la Honorable Cámara de Diputados

Con el primero, informa que ha aprobado el proyecto de ley que crea la Pensión Garantizada Universal (Boletín N° 14.588-13) (con urgencia calificada de ´´discusión inmediata´´).

--Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social y a la de Hacienda, en su caso.

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Con el segundo, comunica que ha dado su aprobación, el día de hoy, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, inciso primero, de la Constitución Política de la República, ha dado su acuerdo a la solicitud efectuada por S.E. el Presidente de la República, en orden a prorrogar la vigencia del estado de excepción constitucional de emergencia, por grave alteración del orden público, en las provincias de Biobío y Arauco, en la Región del Biobío, y en las provincias de Cautín y Malleco, en la Región de La Araucanía, declarado por decreto supremo N° 270, de 12 de octubre de 2021 y prorrogado por el decreto supremo N° 276, de 26 de octubre de 2021, el decreto supremo N° 281, de 10 de noviembre de 2021, el decreto supremo N° 293, de 25 de noviembre de 2021, el decreto supremo N° 302, de 7 de diciembre de 2021, y el decreto supremo N° 313, de 22 de diciembre de 2021, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el plazo de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el artículo primero del señalado decreto supremo N° 313 (Boletín N° S 2.235-14).

-- Queda para Tabla.

Con el tercero, da a conocer que aprobó la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que establece medidas para evitar la contaminación con colillas de cigarrillos, y facilita su reciclaje o reutilización (Boletines Nos 12.407-12 y 12.821-12, refundidos) (con urgencia calificada de ´´suma´´).

-- Queda para Tabla.

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Del Excelentísimo Tribunal Constitucional

Remite resoluciones dictadas en procedimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto de las siguientes disposiciones:

-artículos 5°, inciso segundo; 10, inciso segundo; y 11, letras a) y c), de la Ley N° 20.285 (Rol N° 12493-21 INA).

- artículo 196 ter, inciso primero, segunda parte, de la Ley N° 18.290 (Rol N° 12617-21 INA).

-artículos 5°, de la Ley N° 19.853 (Rol N° 12408-21 INA).

- artículos 506 y 208 del código del Trabajo (Rol N° 12419-21 INA).

- artículos 4°, inciso primero, de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; y 294 bis, del Código del Trabajo (Rol N° 12162-21 INA).

- artículos 13 y 14 de la Ley N° 16.441 (Rol N° 12415-21 INC).

- artículo 17, inciso primero, de la Ley N° 18.556 (Rol N° 11359-21 INA).

- artículos 5°, inciso segundo; 10, inciso segundo; y 28, inciso segundo, de la Ley N° 20.285 (Rol N° 12458-21 INA; Rol N° 12378-21 INA).

- artículo 162, incisos quinto, sexto, y séptimo del Código del Trabajo (Rol N° 12372-21 INA).

- artículo 318 del Código Penal (Rol N° 12448-21 INA).

- artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 (Rol N° 12463-21 INA; Rol N° 12552-21 INA; Rol N° 12577-21 INA; Rol N° 12584-21 INA; Rol N° 12556-21 INA; Rol N° 12526-21 INA; Rol N° 12553-21 INA; Rol N° 12524-21 INA; Rol N° 12185-21 INA; Rol N° 12624-21 INA; Rol N° 12278-21 INA; Rol N° 12579-21 INA; Rol N° 12620-21 INA; Rol N° 12637-21 INA; Rol N° 12642-21 INA; Rol N° 12551-21 INA; Rol N° 12622-21 INA; Rol N° 12623-21 INA; Rol N° 12544-21 INA; Rol N° 12650-21 INA; Rol N° 11928-21; Rol N° 12655-21 INA).

-- Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Remite copias de sentencias pronunciadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad referidos a los siguientes preceptos legales:

-artículos 248, letra c); y 259, inciso final, del Código Procesal Penal (Rol N° 11325-21).

- artículos 5°, inciso primero, en la frase ´´los documentos que les sirvan de sustento o complemento directo y esencial,´´; 5°, inciso segundo; 10, inciso segundo; y, 11, letras b) y c); de la Ley N° 20.285 (Rol N° 10656-21; Rol N° 10657-21; Rol N° 11238-21; Rol N° 11239-21; Rol N° 11240-21; Rol N° 11241-21; Rol N° 10658-21).

- artículo 365 del Código Penal (Rol N° 10316-21).

- artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 (Rol N° 11873-21; Rol N° 11887-21-INA; Rol N° 11917-21-INA; Rol N° 11925-21-INA; Rol N° 11933-21-INA; Rol N° 11935-21-INA; Rol N° 11874-21; Rol N° 11941-21-INA ; Rol N° 11880-21; Rol N° 11765-21; Rol N° 11894-21-INA; Rol N° 11881-21; Rol N° 11903-21-INA; Rol N° 11884-21; Rol N° 11766-21; Rol N° 11801-21; Rol N° 11910-21-INA; Rol N° 11913-21-INA; Rol N° 11811-21; Rol N° 11864-21; Rol N° 11871-21; Rol N° 11953-21; Rol N° 11954-21; Rol N° 11942-21; Rol N° 11958-21-INA; Rol N° 11947-21; Rol N° 11962-21-INA; Rol N° 11984-21-INA; Rol N° 11986-21; N° 11987-21-INA; Rol N° 11961-21-INA; Rol N° 11817-21; Rol N° 11882-21; Rol N° 11912-21; Rol N° 11989-21; Rol N° 11943-21; Rol N° 11943-21; Rol N° 11996-21; Rol N° 12007-21; Rol N° 11997-21; Rol N° 12013-21; Rol N° 12000-21; Rol N° 12016-21; Rol N° 12018-21; Rol N° 12022-21; Rol N° 12033-21-INA; Rol N° 12025-21; Rol N° 12025-21; Rol N° 12028-21; Rol N° 12029-21; Rol N° 11950-21-INA; Rol N° 12021-21; Rol N° 12036-21-INA; Rol N° 12032-21; Rol N° 12048-21; Rol N° 11965-21-INA; Rol N° 12049-21; Rol N° 12085-21; Rol N° 11974-21-INA; Rol N° 11975-21-INA; Rol N° 11982-21-INA; Rol N° 11798-21-INA; Rol N° 11952-21; Rol N° 11805-21-INA; Rol N° 11922-21; Rol N° 11939-21).

-- Se manda archivar los documentos.

Del señor Ministro de Bienes Nacionales

Responde solicitud del Honorable Senador señor De Urresti, relativa a las solicitudes de regularización de terrenos de las personas que indica, en la región de Los Ríos.

Del señor Ministro de Bienes Nacionales (S)

Informa petición del Honorable Senador señor Navarro, sobre la existencia de terrenos disponibles para ofrecer una solución habitacional a familias de la toma de Chaimávida, en la comuna de Concepción.

Del señor Subsecretario de Hacienda

Envía respuesta a inquietud del Honorable Senador señor Guillier, acerca del estado del presupuesto anual de la Dirección del Trabajo.

Responde planteamiento del Honorable Senador señor García, respecto de la incorporación de la Corporación de Rehabilitación Club de Leones Cruz del Sur como beneficiaria del decreto N° 152, de 21 de febrero de 1980, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica de Polla Chilena de Beneficencia.

Del señor Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental

Informa consulta del Honorable Senador señor De Urresti, en relación con los procesos de ingreso al Servicio de las obras inmobiliarias ejecutadas por las empresas que señala, en la comuna de Valdivia.

De la señora Jefa del Departamento de Atención al Usuario de la Superintendencia de Pensiones

Atiende inquietud del Honorable Senador señor García, acerca de la situación de la persona que individualiza.

De la señora Jefe de la División de Atención y Servicios al Usuario de la Superintendencia de Pensiones

Informa consulta del Honorable Senador señor De Urresti, respecto de la situación previsional de la persona que señala.

-- Se toma conocimiento y quedan a disposición de Sus Señorías.

Informes

De la Comisión Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica las leyes N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente y N° 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, con el propósito de exigir Resolución de Calificación Ambiental a los proyectos evaluados o aprobados con anterioridad a la creación de la actual institucionalidad ambiental (Boletín Nº 13.652-12).

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De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el Oficio de S.E. el Presidente de la República, mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para designar como Ministro de la Excelentísima Corte Suprema al señor Diego Gonzalo Simpértigue Limare (Harboe (Boletín N° S 2.230-05) (con urgencia del párrafo segundo del número 5) del artículo 53 de la Constitución Política de la República).

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De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el Oficio de S.E. el Presidente de la República, mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para designar como Ministra de la Excelentísima Corte Suprema a la señora María Cristina Gajardo Harboe (Boletín N° S 2.231-05) (con urgencia del párrafo segundo del número 5) del artículo 53 de la Constitución Política de la República).

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De la Comisión Revisora de Cuentas, recaído en la rendición de cuentas de la Tesorería, correspondiente al año presupuestario 2020 e Informe de la H. Comisión de Régimen Interior del Senado, en relación al informe consignado precedentemente de la Comisión Revisora de Cuentas e Informe Nº 9 del Comité de Auditoría Parlamentaria.

-- Quedan para Tabla.

Permiso Constitucional

Del Honorable Senador señor Insulza, por el que solicita autorización para ausentarse del país, a contar de hoy, 4 de enero de 2022, conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Carta Fundamental.

--Si le parece a la Sala, se accede a lo solicitado.