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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 67ª, Ordinaria, en miércoles 14 de noviembre de 2018
De 16:21 a 19:42 horas. Asistencia de 41 señores Senadores.
Presidieron la sesión los Senadores Carlos Montes, Presidente; Carlos Bianchi, Vicepresidente; José Miguel Insulza y José Miguel Durana, Presidentes accidentales.
Actuó de Secretario General el señor Mario Labbé.



PRESIDENCIA DE COMISIÓN

Se dio cuenta que la Comisión Revisora de Cuentas ha elegido como su Presidente al Senador José Miguel Insulza.



PIDEN ADOPTAR MEDIDAS PARA EXTRADITAR A CHILE A PEDRO BARRIENTOS NUÑEZ

Se aprobó el proyecto de acuerdo, presentado por los Senadores Álvaro Elizalde, Isabel Allende, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Ximena Órdenes, Yasna Provoste, Ximena Rincón, Pedro Araya, Alfonso De Urresti, Guido Girardi, Alejandro Guillier, Francisco Huenchumilla, José Miguel Insulza, Ricardo Lagos, José Miguel Latorre, Juan Pablo Letelier, Carlos Montes, Alejandro Navarro, Jorge Pizarro, Jaime Quintana, Rabindranath Quinteros y Jorge Soria, por el que solicitan al Presidente de la República que adopte las medidas necesarias para obtener la extradición del señor Pedro Barrientos Núñez, desde Estados Unidos de América, con el objeto de restablecer el imperio de la justicia y de los derechos humanos. (Boletín N° S 2.029-12)




MINUTO DE SILENCIO

El Senador José Miguel Insulza, pidió a la Sala guardar un minuto de silencio en memoria del cantante nacional Luis Enrique Gatica Silva, conocido como Lucho Gatica, recientemente fallecido.



CAMBIO DE INTEGRANTE DE COMISIÓN DE ÉTICA DEL SENADO

Por unanimidad, se aprobó la propuesta del Comité Socialista para reemplazar al Senador Alfonso de Urresti por el Senador José Miguel Insulza, como integrante de la Comisión de Ética y Transparencia del Senado.




MODIFICA LEGISLACIÓN SOBRE LIBERTAD CONDICIONAL -COMISIÓN MIXTA-

Se aprobó el Informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que sustituye el decreto ley N°321, de 1925, que establece la libertad condicional para los penados. (Boletín N° 10.696-07)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Pedro Araya y Felipe Harboe, y de los ex Senadores Alberto Espina y Hernán Larraín, tiene por objeto regular el beneficio de la libertad condicional, a la que podrán acceder las personas que estando privadas de libertad, cumplan determinados requisitos y muestren un real avance en el proceso de la reinserción social.
Contenido del proyecto de ley:
- Cambia la denominación del Decreto Ley N° 321 de 1925, que regula la libertad condicional, sustituyendo la expresión "penados" por "las personas condenadas a penas privativas de libertad."
- Precisa el espíritu de la libertad condicional, señalando que ésta es un medio de prueba de que la persona condenada a una pena privativa de libertad y a quien se le concediere, demuestra, al momento de postular a este beneficio, avances en su proceso de reinserción social.
- Reafirma el principio de que la libertad condicional es un beneficio que no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que es un modo particular de hacerla cumplir en libertad por la persona condenada y según las disposiciones que se regulan en la ley.
- Reformula los requisitos que habilitan a una persona, condenada a una pena privativa de libertad de más de un año de duración, para postular al beneficio de libertad condicional, circunstancias que deberán cumplirse conjuntamente y que dicen relación con tener cumplida la mitad de la suma de todas las penas impuestas; conducta calificada como "muy buena" en los cuatro bimestres anteriores y contar con un informe favorable de reinserción social.
- Incorpora, entre los condenados que sólo podrán postular a la libertad condicional una vez que hayan cumplido dos tercios de la pena, a quienes lo hayan sido por los delitos de femicidio, violación de personas mayores de 14 años y el homicidio de integrantes del Cuerpo de Bomberos de Chile, en ejercicio de sus funciones.
- Excepcionalmente, si las condenadas por cualquiera de los delitos que habilitan para solicitar la libertad condicional después de cumplidos 2/3 de la pena, o por manejo bajo la influencia del alcohol, son mujeres embarazadas o madres de un hijo menor de 3 años, el beneficio se podrá conceder una vez cumplida la mitad de la pena privativa de libertad de forma efectiva.
- Dispone que en el caso que la suma de dos o más condenas impuestas a una persona sea igual o superior a 40 años de privación de libertad, sólo podrá postular al beneficio de la libertad condicional una vez cumplidos 20 años de reclusión.
- Establece que los condenados conforme a la ley que tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra, solo podrán postular a la libertad condicional una vez que hayan cumplido dos tercios de la pena, siempre que el condenado haya prestado una colaboración efectiva en el esclarecimiento de los hechos y mostrado claras señales de arrepentimiento. Además se regulan otros factores que deben considerarse en el otorgamiento de este beneficio, y que se refieren a la protección de la seguridad pública y de las víctimas de quien solicita la libertad.
- La solicitud de libertad condicional será conocida por una Comisión de Libertad Condicional, que funcionará en la Corte de Apelaciones respectiva, durante los primeros 15 días de los meses de abril y octubre de cada año, previo informe de Gendarmería de Chile, y en el cual se deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos legales para acceder a dicho beneficio.
- Regula la composición de la Comisión de Libertad Condicional y el procedimiento para el otorgamiento del beneficio.
- Faculta a la Comisión de Libertad Condicional para conceder, rechazar y revocar en su caso, el beneficio mediante resolución fundada.
- Establece que las personas en libertad condicional quedarán sujetas a la supervisión de un delegado de Libertad Condicional de Gendarmería de Chile.
- Dispone que dentro de los 45 días siguientes al otorgamiento de la libertad condicional, el delegado que hubiere sido designado para su control, deberá elaborar un plan de intervención individual para la persona condenada, de acuerdo a su perfil, el que deberá comprender reuniones periódicas, las que durante el primer año de supervisión deberán ser a lo menos mensuales; la realización de actividades tendientes a la rehabilitación y reinserción social, tales como la nivelación escolar, la participación en actividades de capacitación o inserción laboral, o intervención especializada. Asimismo, la persona condenada deberá firmar un compromiso de dar cumplimiento a las condiciones de su plan, las que se deberán expresar en el citado documento.
- En caso de incumplimiento, Gendarmería de Chile deberá informar a la Comisión de Libertad Condicional, para que ésta se pronuncie respecto de la continuidad o revocación de la libertad, o la modificación de las condiciones impuestas.
- Señala que las personas que se encontraren gozando del beneficio de libertad condicional, que hubieren cumplido la mitad del periodo de ésta y las condiciones establecidas en su plan de seguimiento e intervención individual, tendrán derecho a que, por medio de una resolución de la respectiva Comisión, se les conceda la libertad completa.
- Impone al Estado el deber de promoción y fortalecimiento de las medidas que permitan una efectiva reinserción laboral y social de los condenados que gocen de la libertad condicional.
Intervinieron los Senadores Francisco Huenchumilla, Francisco Chahuán, Iván Moreira, Carlos Bianchi, Isabel Allende, Alfonso De Urresti, Víctor Pérez, Juan Pablo Letelier, José Miguel Durana, Juan Ignacio Latorre, Rabindranath Quinteros, Pedro Araya, Kenneth Pugh, Rodrigo Galilea, José Miguel Insulza, Álvaro Elizalde, Andrés Allamand, Juan Antonio Coloma, Ricardo Lagos y el Ministro de Justicia, Hernán Larraín.
En consecuencia, el informe de la Comisión Mixta pasa a la Cámara de Diputados, para su discusión y votación.




INCIDENTES

LA SENADORA LUZ EBENSPERGER se refirió a la situación del desempleo en la Región de Tarapacá, en donde la tasa llega al 8,5% -la más alta del país-, lo que pone de relieve la urgente necesidad de reactivar la que fuera una importante fuente de desarrollo económico y laboral, cual es la Zona Franca, por lo que solicita al Gobierno constituir una mesa de trabajo, integrada por distintas autoridades de la zona y representantes de usuarios, con el propósito que en conjunto, trabajen en el desarrollo de una nueva visión y plan estratégico que deba asumir la empresa Zona Franca S.A., en beneficio de toda la Región.
EL SENADOR JOSÉ MIGUEL DURANA dio a conocer la situación que le hiciera presente la directiva de la junta vecinal N° 8 de Chinchorro, en relación a la contaminación por polimetales que afecta a los vecinos, como consecuencia del acopio y movimiento de minerales bolivianos y de su cercanía con la maestranza de Chinchorro, solicitando se oficie a diferentes autoridades dando a conocer esta situación y que a la vez la localidad sea considerada en los beneficios de la Ley N° 20.590, que "establece un programa de intervención en zonas con presencia de polimetales en la comuna de Arica".
EL SENADOR KENNETH PUGH destacó la gran labor desarrollada por la arqueóloga rapa nui Sonia Ahoa quien, junto a un grupo de mujeres locales, organizaron el Primer Seminario Internacional de Migraciones del Pacífico y de Navegaciones Ancestrales, al cual fueron convocados los mejores expositores y académicos en temas arqueológicos, medioambientales, sociales y de procesos migratorios ancestrales de la zona del Pacífico, lamentando que un hecho de esta relevancia no haya tenido cobertura oficial ni de prensa.
En el mismo sentido, pidió enviar oficio al Ministerio del Interior para que informe sobre la fecha en la cual se dispondrá del Reglamento para regular la situación de residentes en Isla de Pascua y que hoy están siendo sometidos a un proceso de habilitación que los mantiene en una constante incertidumbre e inquietud. Considera que este debiera ser un proceso más sencillo que reconozca a aquellos que tienen ya un derecho constituido para permanecer en la isla.
Finalmente, se refirió a los problemas relacionados con la administración del Parque Rapa Nui, declarado como Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, y que estaría afectando la relación que existe entre las treinta y seis familias agrupadas en la organización Honu Nui, con la Comunidad Indígena Polinésica Ma'u Henua, encargada de la administración del Parque, por lo que solicitó oficiar al Ministerio del Interior para que informe sobre los ingresos recibidos por esta comunidad indígena, el plan valorizado que ésta tiene y a quién rinde cuentas, a fin de aclararlo ante la comunidad Rapa Nui.
EL SENADOR ALEJANDRO NAVARRO expresó su preocupación por la situación por la que está atravesando la industria del acero en Chile, como consecuencia de la saturación del mercado mundial con material proveniente de China, a precios por debajo de sus valores normales, lo que constituiría dumping. Manifestó que esta situación estaría provocando la imposibilidad de competir para la industria chilena, lo que constituye un mal escenario, que amenaza con desempleo y cierre de estas industrias. Hizo un llamado al Presidente de la República para que tome medidas antidumping para proteger el acero de Chile y evitar efectos indeseados.
En otra materia, reiteró su preocupación por la grave situación que existe en Palestina como consecuencia de los constantes enfrentamientos con Israel, condenando la muerte, hace unos días, de siete palestinos tras un ataque con misiles por parte de tropas israelitas, en la Franja de Gaza. Particularmente manifestó su inquietud por la pasividad que pareciera existir frente a estos hechos, por lo que hizo un llamado al Presidente de la República y al Ministerio de Relaciones Exteriores a fin de que explique lo obrado por nuestro país en los últimos años, y en especial en los últimos meses por este Gobierno en materia de colaborar a la paz en Palestina e Israel.