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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 72ª, Ordinaria, en martes 27 de noviembre de 2018
De 16:22 a 19:22 horas. Asistencia de 40 señores Senadores
Presidieron la Sesión, los Senadores Carlos Montes, Presidente; Carlos Bianchi, Vicepresidente y Felipe Harboe, Presidente accidental.
Actuó de Secretario General el señor Mario Labbé



MINUTO DE SILENCIO

A solicitud de los Senadores José Miguel Insulza y José Miguel Durana, la Sala del Senado guardó un minuto de silencio en memoria del destacado historiador y profesor universitario, Manuel Mamani Mamani, recientemente fallecido.




PRIVILEGIA EL DERECHO DE MENORES DE TRES AÑOS A VIVIR EN FAMILIA

Se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, a fin de prohibir el ingreso de niños y niñas de cero a tres años a residencias, como medida de protección. (Boletín Nº 11.922-07)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Ximena Rincón, Yasna Provoste, Felipe Harboe, Francisco Huenchumilla y Jaime Quintana, tiene por objeto impedir que los menores de tres años, que por medidas de protección sean privados del cuidado parental, sean enviados a instituciones en donde existen importantes probabilidades de ser vulnerados en su integridad física y desarrollo síquico, emocional e intelectual, privilegiándose el desarrollo en un entorno familiar.
Contenido del proyecto de ley:
- Prohíbe decretar, como medida cautelar especial en los procesos de protección seguidos ante los tribunales de familia, la internación en residencias u hogares, de niños menores de 3 años.
- Establece un plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de este proyecto como ley, para que los menores que se encuentren en tal situación sean restituidos en su derecho a vivir en familia, ya sea de origen o extendida, si ello fuera posible, o disponiendo su cuidado alternativo con una familia de acogida.
Intervinieron los Senadores Ximena Rincón, David Sandoval, Felipe Harboe, Isabel Allende, José Miguel Durana, Jaime Quintana, Ena Von Baer, Manuel José Ossandón, Yasna Provoste, Víctor Pérez, Carmen Gloria Aravena, Alejandro Navarro y Alejandro García-Huidobro.
En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 17 de diciembre próximo.




SANCIONA CONDUCTAS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA CIUDADANA

Se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que sanciona conductas que afectan la convivencia ciudadana y aumentan la sensación de inseguridad en la población. (Boletín N° 11.913-25). Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto regular aquellas conductas u omisiones que la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana (ENUSC) del año 2017, clasifica como "incivilidades", es decir, desórdenes que sin constituir actos de violencia en sí mismo, provocan en la ciudadanía la sensación de estar frente a un peligro latente que puede afectar su derecho a vivir en un entorno pacífico; todo ello con el propósito de recuperar los espacios públicos para las personas, y rechazar actos de vandalismo o alteraciones del orden que perturben la convivencia social, aumenten la sensación de inseguridad y priven a las familias del goce de su vecindad, plazas o equipamiento comunitario.
Contenido del proyecto de ley:
- Incorpora, entre las conductas sancionadas como daños calificados contra la propiedad, es decir, que tienen una pena agravada, aquellas que provocan daños significativos a establecimientos educacionales; afectan la infraestructura comunitaria (multicanchas, luminarias, etc.) y los realizados en cualquier medio de transporte público de pasajeros.
- Castiga con presidio, multa y comiso, al que, sin contar con la autorización respectiva, fije mensajes, firmas, rayados, dibujos u otras figuras y expresiones, en bienes muebles o inmuebles públicos o privados mediante carteles, avisos u otros impresos, o sirviéndose de marcadores o pinturas de cualquier tipo.
- Sanciona como falta a quien, poniendo en riesgo la salud de terceros o interfiriendo su libre tránsito, acumula basura en el exterior de su domicilio o en cualquier espacio público, sitios eriazos o lugares privados de libre acceso al público, sin la autorización correspondiente o fuera de los espacios destinados para dicho efecto.
- Traslada el consumo de alcohol en la vía pública y su comercio clandestino, desde el régimen infraccional (juzgado de policía local) a una falta de carácter penal, lo que constituye un agravamiento de estas conductas, ya que la intervención de todo el sistema procesal penal traerá anexas otras consecuencias propias de estos procedimientos, como lo son la formación de antecedentes penales, intervención del Ministerio Público, aplicación de medidas cautelares, etc.
- Extiende las sanciones al consumo no autorizado de alcohol y el consumo de drogas o sustancias estupefacientes, a las zonas comunes de condominios o inmuebles sujetos al régimen de copropiedad, sin perjuicio de las excepciones dispuestas por el reglamento de copropiedad respectivo o las autorizaciones que el comité de administración otorgue en relación al uso de salones o espacios comunes.
- Refuerza la obligación de construir cierros en sitios eriazos ubicados en áreas urbanas y que enfrenten una vía de uso público.
Intervinieron los Senadores José Miguel Insulza, Rabindranath Quinteros, Andrés Allamand, Felipe Harboe, Luz Ebensperger, José Miguel Durana, Carmen Gloria Aravena, Ximena Órdenes, Carlos Montes, Francisco Huenchumilla, Juan Ignacio Latorre, Alejandro Navarro, Francisco Chahuán, Jaime Quintana y la Subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 14 de enero de 2019.




MODIFICA TLC CON CANADÁ

Por unanimidad y sin discusión se aprobó en general y en particular el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Acuerdo para Modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado, entre la República de Chile y el Gobierno de Canadá y el Acuerdo para Modificar en Materia de Inversión y en Comercio y Género el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá, hecho en Santiago el 5 de diciembre de 1996, tal como se ha modificado, entre la República de Chile y el Gobierno de Canadá, ambos suscritos en Ottawa, Canadá, el 05 de junio de 2017 (Boletín N° 11.605-10). Con urgencia calificada de "suma".
El objetivo principal del instrumento internacional es modernizar el Tratado de Libre Comercio, a fin de incorporar algunas materias que no fueron contempladas en la negociación original y modificar otras, todo con el propósito de igualar el estándar existente en los acuerdos del mismo tipo con terceros países.
Contenido del Proyecto de acuerdo internacional:
Acuerdo para Modificar el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá:
- Establece un marco normativo respecto de las medidas sanitarias y fitosanitarias que impactan al comercio entre Chile y Canadá, que responden a objetivos compartidos relativos a proteger la salud y la vida de las personas, animales y vegetales, para lo cual se crea un Comité Ad Hoc, que permita aumentar el entendimiento mutuo y el intercambio de información relativa a los sistemas regulatorios.
- Incorpora un Capítulo relativo a materias sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC), estableciendo ámbitos de coberturas mayores a las de la OMC, en materias de transparencia, cooperación, buenas prácticas y evaluación de la conformidad. Además crea un Comité OTC.
- En materia de contratación pública, incorpora una nueva causal que permite reducir los plazos para la presentación de ofertas siempre que el proceso de licitación se realice íntegramente por medios electrónicos.
Acuerdo para Modificar en Materia de Inversión y en Comercio y Género el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Canadá:
- Introduce precisiones respecto de la forma de interpretar conceptos tales como "Trato Nacional"; "Trato de Nación Más Favorecida"; "Nivel Mínimo de Trato" y "Expropiación e Indemnización".
- Incorpora un "Capítulo N bis, Comercio y Género", que tiene por objetivo introducir la perspectiva de género en la promoción de un crecimiento económico inclusivo, reconociendo el aporte que las mujeres hacen a la economía nacional, al comercio internacional y al crecimiento sostenible.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, para que ésta lo remita al Ejecutivo, para su promulgación.




ACUERDO DE ASOCIACIÓN ECONÓMICA INTEGRAL CON INDONESIA

Por unanimidad y sin discusión se aprobó en general y en particular el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Acuerdo de Asociación Económica Integral entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Indonesia, suscrito en Santiago, República de Chile, el 14 de diciembre de 2017 (Boletín N° 11.748-10). Con urgencia calificada de "suma".
El objetivo principal del instrumento internacional es continuar con la política de apertura comercial impulsada por Chile durante las últimas décadas, la que le ha permitido incrementar considerablemente, tanto los volúmenes de exportaciones y la presencia de productos chilenos en el exterior, como la posibilidad de acceder a productos y servicios de origen extranjero.
Contenido del Proyecto de acuerdo internacional:
- Establece una zona de libre comercio entre las Partes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT1994) de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
- Conforme a este Acuerdo, Indonesia otorgó a Chile la eliminación inmediata de los aranceles para 5.962 ítems arancelarios, a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo, a lo que se suman 3.346 ítems arancelarios que serán desgravados completamente en 5, 7 o 10 años. Al final del proceso, el 93% de las importaciones de Indonesia originadas en Chile, quedarían cubiertas por una categoría de desgravación arancelaria. En cuanto a importaciones, nuestro país concederá acceso libre de aranceles para 7.669 ítems arancelarios, de los cuales 6.704 serán desgravados desde la fecha de entrada en vigor del acuerdo, y 965 estarán sujetos a calendarios de desgravación a ejecutarse en 5 años y 7 años, de tal manera que, los productos que serán completamente desgravados representan el 93% del comercio bilateral.
- En materia de Comercio de Mercancías, se establecen los programas de desgravación arancelaria para los productos originarios de las Partes.
- Incorpora reglas para garantizar que las mercancías intercambiadas tengan el mismo tratamiento en los mercados de las Partes, respecto de aquellas producidas localmente (principio trato nacional); prevenir la utilización de medidas no arancelarias injustificadas; aplicar de manera transparente y predecible eventuales mecanismos de licencias a la importación; y establecer un Comité (y puntos de contacto), para monitorear el cumplimiento de los compromisos del acuerdo y evaluar posibles mejoras en el acceso a los mercados en el futuro; entre otras.
- Reconoce las Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen de cada Parte, en la que se incluye al Pisco, en el caso de Chile.
- Regula las reglas específicas de origen por producto y el formato del certificado de origen; los procedimientos aduaneros y cooperación; medidas sanitarias y fitosanitarias; sobre obstáculos técnicos al comercio; defensa comercial y transparencia, entre otras materias.
- Norma las actividades de cooperación entre las Partes con el fin de expandir y ampliar los beneficios del Acuerdo en áreas tales como desarrollo económico, asuntos medioambientales, asuntos laborales, contratación pública, participación e inserción de ambas Partes en las cadenas globales de valor, así como otras áreas que las Partes puedan convenir.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, para que sea remitido al Ejecutivo, para su promulgación.