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Sesión 28ª, Ordinaria, en miércoles 19 de junio de 2019.
De 16:21 a 19:49 horas. Asistencia de 42 señores Senadores
Presidieron la Sesión los Senadores Jaime Quintana, Presidente; Alfonso De Urresti, Vicepresidente y Ximena Órdenes, Presidenta accidental
Actuaron cómo Secretarios, el Secretario General, Raúl Guzmán y el Prosecretario y Tesorero Subrogante, Julio Cámara



REGULA LA FORMA DE PAGO DE SOBREGIROS BANCARIOS

Por unanimidad y sin debate, se aprobaron las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, al proyecto despachado por el Senado, en tercer trámite constitucional, que regula las formas de pago de los sobregiros de las cuentas corrientes bancarias
. (Boletín N° 12.325-05) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley iniciado en Moción de los Senadores Juan Antonio Coloma, Luz Ebensperger, Alejandro García-Huidobro, Víctor Pérez y David Sandoval, tiene por objeto permitir a los clientes cuenta correntistas una mayor autonomía, poder de decisión y responsabilidad en la administración y pago de sus productos bancarios, evitando el consiguiente efecto de los intereses que ellos originan.
Contenido del proyecto de ley:
- Dispone que el pago de la línea de crédito asociada a una cuenta corriente bancaria será automático, con los abonos que se hagan a la cuenta corriente correspondiente, siempre y cuando no exista deuda vigente por créditos no estipulados.
- Autoriza el pago del crédito que se haya estipulado, mediante el depósito directo de abonos a dicho crédito que sea realizado por caja de las sucursales bancarias que corresponda o a través de las transferencias que el propio comitente determine realizar.
- Permite al comitente solicitar al Banco, después de la apertura de la cuenta corriente bancaria y en cualquier oportunidad en que ésta se mantenga activa, que el pago del crédito que se haya estipulado para su cuenta corriente bancaria no se realice de manera automática, para lo cual el Banco deberá mantener a disposición de sus comitentes los sistemas presenciales y remotos necesarios para su solicitud.
- El cálculo de todos los cargos asociados al crédito que se haya estipulado para la cuenta corriente bancaria será el mismo, cualquiera sea la opción asumida por el cliente.
- El Banco podrá permitir que su comitente gire en exceso del monto del crédito estipulado o de su haber en efectivo. En tal caso, los primeros abonos que en seguida se hagan a la cuenta se aplicarán de preferencia a extinguir el sobregiro.
- Dispone que las normas de este proyecto de ley entrarán en vigencia a contar del primer día del sexto mes posterior al de su publicación en el Diario Oficial, y regirá respecto de los pagos de los créditos que se hayan estipulado en cuentas corrientes bancarias, aun cuando los contratos respectivos hubiesen sido celebrados con anterioridad a ella.
En consecuencia, corresponde el envío del proyecto de ley al Ejecutivo, comunicándole su aprobación por el Congreso Nacional.




AGILIZA LOS PROCESOS DE CIERRE DE FAENAS DE EMPRESAS MINERAS -COMISIÓN MIXTA-

Se aprobó el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.551, que regula el cierre de las faenas e instalaciones mineras. (Boletín N° 12.324-08) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto disponer un mecanismo que alivie la carga financiera que asumen los titulares de proyectos mineros para cumplir con las exigencias de la ley en los procesos de cierre de faenas, estableciendo garantías de cierre efectivo, mejorando su respaldo financiero y la operación del mismo, a fin que el SERNAGEOMIN cuente de manera oportuna con las garantías necesarias para llevar a cabo estos procesos.
Contenido del proyecto de ley:
- Amplía las alternativas de instrumentos financieros disponibles para garantizar los planes de cierre, incorporándose la posibilidad de otorgarse pólizas de garantía a primer requerimiento emitidas por compañías de seguros nacionales.
- El asegurador deberá indemnizar al Servicio a su sola solicitud, la totalidad de los costos de las medidas y actividades que dejó de cumplir la empresa minera, de acuerdo a la resolución que el Servicio haya dictado, hasta el monto asegurado que contemple el plan de cierre.
- Reduce, de 10 a 5, los años de experiencia que se exige a los profesionales vinculadas a la industria minera, para poder inscribirse en el Registro Público de Auditores Externos que llevará el SERNAGEOMIN, para los efectos de tareas de cierre de faenas mineras.
- Establece que la empresa aseguradora deberá indemnizar al Servicio la totalidad de los costos de las medidas y actividades que, conforme se establezca en la respectiva resolución, la empresa minera dejó de cumplir, hasta el monto asegurado que contemple el plan de cierre.
- Dispone que la administración, renovación, sustitución y reemplazo de los instrumentos aceptados para garantizar el cumplimiento de las actividades de cierre de faenas y que tengan la categoría de A1 (Certificados de depósito a la vista, boletas bancarias de garantía a la vista, certificados de depósitos de menos de 360 días, carta de crédito stand by emitida por un banco cuya clasificación de riesgo sea a lo menos A o su equivalente), exceptuadas las pólizas de garantía, corresponderán a la empresa minera, la que deberá solicitar al Servicio la autorización correspondiente para realizar cambios o alteraciones a su identidad y vigencia, mediante la remisión de copias digitales de los certificados de las instituciones antes descritas, que acrediten las características y montos de los instrumentos respectivos.
- Entrega a un reglamento la determinación de los requisitos y condiciones a los que deberán sujetarse las pólizas de garantía a primer requerimiento, así como la clasificación de riesgo que deberán cumplir las aseguradoras.
- Permite a las empresas que se hayan acogido al régimen transitorio de cierre, exceptuarse de realizar la primera auditoría periódica a la que se encuentran obligadas, debiendo en su lugar actualizar sus planes de cierre, en el mismo plazo de cinco años contados desde la fecha de aprobación de los mismos. Conforme a esta actualización deberán establecer las medidas que les permitan hacerse cargo de la estabilidad física y química del lugar en que se encuentra la faena minera.
- Regula la entrada en vigencia de las modificaciones introducidas por este proyecto de ley, señalando que ello ocurrirá cuando se publique en el Diario Oficial el reglamento respectivo sobre pólizas de garantía.
Intervinieron los Senadores Alejandro García-Huidobro, Álvaro Elizalde y el Ministro de Minería, Baldo Prokurica.
En consecuencia, el informe de la Comisión Mixta, pasa a la Cámara de Diputados para que ésta se pronuncie sobre el mismo.




DERECHO A LA ATENCIÓN PREFERENTE EN SALUD -COMISIÓN MIXTA-

Por unanimidad se aprobó el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que modifica la ley N° 20.584, a fin de crear el derecho a la atención preferente. (Boletín N° 12.156-11) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Guido Girardi, Carolina Goic, Jacqueline Van Rysselberghe, Francisco Chahuán y Rabindranath Quinteros, tiene por objeto asegurar un trato digno y preferente, en hospitales y consultorios, a las personas de mayor vulnerabilidad en sus requerimientos de atenciones de salud, lo que hoy queda entregado a la buena voluntad de otras personas.
Contenido del proyecto de ley:
- Dispone que toda persona mayor de 60 años o en situación de discapacidad, tendrá derecho a ser atendido preferente y oportunamente por cualquier prestador de acciones de salud, con el fin de facilitar su acceso a dichas acciones, sin perjuicio de la priorización que corresponda aplicar según la condición de salud de emergencia o urgencia de los pacientes, de acuerdo al protocolo respectivo.
- Establece las medidas concretas en las que se traducirá esta atención preferente, distinguiéndose en cada caso, según se trate de solicitudes de consultas médicas; de la prescripción y dispensación de medicamentos (incluido el otorgamiento de recetas) o de toma de exámenes o procedimientos médicos más complejos.
- Impone a los prestadores de acciones de salud, el deber de consignar con caracteres legibles, en un lugar visible y de fácil acceso del recinto en que se desempeña, el texto de este derecho a la atención preferente y oportuna.
- Entrega a un Reglamento, que deberá dictarse dentro del plazo de 6 meses contado desde la publicación de este proyecto de ley, el que establecerá la forma en que se aplicará la atención preferente en cada establecimiento de salud.
Intervinieron los Senadores David Sandoval, Pedro Araya, Juan Pablo Letelier, Francisco Chahuán, Guido Girardi, José Miguel Insulza, Carolina Goic, Carlos Bianchi, Ximena Rincón, Víctor Pérez, Alejandro Navarro y Felipe Harboe.
En consecuencia, el informe de la Comisión Mixta, pasa a la Cámara de Diputados para que ésta se pronuncie sobre el mismo.




MEJORA CONDICIONES LABORALES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

Se aprobó en general, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.070, que Aprueba Estatuto de los Profesionales de la Educación, en diversas materias de orden laboral. (Boletín Nº 11.780-04)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, recoge una serie de reclamaciones que ha hecho el Colegio de Profesores de Chile, y que tienen como objeto fortalecer la dignidad de los profesionales de la educación, mediante una serie de modificaciones orientadas a mejorar las condiciones laborales de los profesionales de la educación dependientes de DAEM o Corporaciones Municipales, incorporando en los contratos vigentes su calidad de titulares; determinar que los docentes puedan ser convocados para cumplir actividades de perfeccionamiento, previa observancia del requisito de inscripción en el Registro Público de Acciones Formativas del Centro; facilitar la prórroga de los contratos por los meses de enero y febrero, suprimiendo la renuncia irrevocable al cumplir la edad legal para jubilar, y establecer la exención del proceso de evaluación respecto de quienes les falten tres años o menos para cumplir la edad de jubilar.
Contenido del Proyecto de ley:
- Dispone que deberá incorporarse en los contratos vigentes de los profesores, con el carácter de titularidad, toda extensión horaria que se hayan prolongado por 3 años continuos o 4 años discontinuos, y que no correspondan a labores docentes transitorias, experimentales, optativas, especiales o de reemplazo.
- Incorpora dentro del feriado de los profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales, la interrupción de las actividades académicas en la época invernal de cada año (vacaciones de invierno).
- Dispone que los profesionales sólo podrán ser convocados para cumplir actividades inscritas en el Registro Público de Acciones Formativas Certificadas del Centro, durante las tres primeras semanas de enero. Dicha convocatoria deberá realizarse, a más tardar, el día 30 de noviembre del año escolar docente respectivo.
- Precisa que el derecho que tienen los profesores a su contrato se prorrogue por los meses de enero y febrero o por el período que medie entre diciembre y el día anterior al inicio del año escolar siguiente, beneficia a todos aquellos profesionales de la educación con contratos vigente al 1° de diciembre.
- Replantea la posibilidad de eximirse del proceso de evaluación docente de los profesionales de la educación a quienes les falten tres años o menos para cumplir la edad legal para jubilar. Disponiéndose además, que no podrá eximirse del proceso de evaluación docente el profesional de la educación que continúe en funciones, una vez cumplida la edad legal para jubilar.
- Elimina la renuncia anticipada en los casos que indica, como causal para dejar de pertenecer a una dotación docente del sector municipal.
Intervinieron los Senadores Juan Ignacio Latorre, José García, Yasna Provoste, Ena Von Baer, Carlos Montes, Alejandro Navarro, Francisco Chahuán, Ximena Rincón, Álvaro Elizalde, el Ministro Secretario General de la Presidencia, Gonzalo Blumel y el Subdirector de Presupuestos, Mauricio Villena.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a Comisión para segundo informe, fijándose plazo para presentar indicaciones hasta el 8 de julio próximo.




OBLIGA VENTA DE CELULARES CON RECEPCIÓN DE RADIO FM HABILITADA

Por unanimidad, se aprobó en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones en lo relativo a la funcionalidad del servicio de radiodifusión a objeto de favorecer la comunicación en situaciones de emergencia y catástrofe. (Boletín N° 12.277-15)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Ximena Órdenes, Yasna Provoste, Francisco Chahuán, José Miguel Insulza y Jorge Soria, tiene por objeto reconocer el rol fundamental que la radio cumple como medio de difusión masivo por su alto nivel de confiabilidad ciudadana, en especial a la hora de transmitir información en situaciones de emergencia o catástrofes, a lo que se suma el hecho que, en nuestro país, existe infraestructura de transmisión y de emisión del sistema radiofónico que no sufre mayor afectación ante el acaecimiento de siniestros, conservando su operatividad, lo que hace necesario potenciar el acceso rápido a este medio, para lo cual se obliga a las empresas de telefonía móvil, a comercializar los equipos que cuenten con receptores de radio FM, con esta funcionalidad habilitada.
Contenido del proyecto de ley:
- Establece que los concesionarios de servicio público de telecomunicaciones, que comercialicen equipos de telefonía móviles, que cuenten con la funcionalidad del servicio de radiodifusión sonora de frecuencia modulada, tendrán la obligación de entregarlos con la función habilitada y activada, de tal forma que el usuario tenga una posibilidad efectiva de acceso a la información en situaciones de emergencia, mediante el despliegue de un instrumento que, eventualmente, podría salvar vidas.
Intervinieron los Senadores Francisco Chahuán, Ximena Órdenes, Juan Pablo Letelier, Yasna Provoste, Juan Antonio Coloma, José Miguel Durana y Alejandro Navarro.
En consecuencia, el proyecto de ley, vuelve a Comisión para segundo informe.




INCIDENTES

Durante la hora de incidentes, hicieron uso de la palabra, para referirse a diversos temas de relevancia nacional o de sus circunscripciones:
El Senador José Miguel Durana para efectuar una denuncia en contra del Abogado en Jefe de la Corporación de Asistencia Judicial de Arica, por la emisión de un documento, con carácter de oficial sin serlo, para ser presentada ante una Corte Norteamericana, en el Estado de California, sin contar con autorización ni visación para ello, todo lo cual ha ocasionado graves perjuicios a un ciudadano chileno de Arica, quien habría sido privado de la custodia de sus hijos.
El Senador Kenneth Pugh para efectuar un reconocimiento a la Policía de Investigaciones de Chile, con motivo de conmemorarse este 19 de junio, el 86° aniversario de su creación.
En otro orden de cosas se refirió al problema que se está presentando en la actualidad con el pago del bono de zonas extremas para funcionarios de universidades estatales, debido a que el monto del financiamiento del mismo que corresponde al Fisco se encuentra fijado en términos globales, lo que sumado al aumento de las dotaciones funcionarias de dichos planteles, ha precarizado dicho beneficio, y por ello lo que le corresponde percibir a cada funcionario varía según el aumento -o la disminución- de la cantidad o número de beneficiarios. Consecuencia de ello, planteó la necesidad de aumentar el aporte global a las universidades estatales de las zonas extremas, estableciéndose a la vez un mecanismo que impida que el aumento de funcionarios se traduzca en una permanente disminución del mismo.
La Senadora Yasna Provoste para visualizar los problemas de acceso a la salud que afecta a los habitantes de Chañaral, particularmente en dos situaciones concretas. La primera referida a la carencia de un centro de diálisis en la ciudad, lo que obliga a los pacientes que deben someterse a este tratamiento a trasladarse hasta Copiapó (distante 166 kilómetros) cada vez que requieran de diálisis, lo que en muchos casos los ha obligado a trasladarse a vivir a Copiapó, con todo los dramas familiares, emocionales y económicos que ello implica. La segunda dice relación con la categoría del hospital de Chañaral que siendo de baja complejidad no se encuentra preparado para hacer frente a emergencias graves, como heridos por accidentes carreteros donde el traslado a Copiapó o a Antofagasta toma una gran cantidad de tiempo y no ayuda en nada a enfrentar urgencias; en razón de ello, se hace urgente su cambio de categoría a uno de mediana o alta complejidad.
El Senador Alejandro Navarro para exponer y relevar la visita que, en el día de hoy y por 3 días, efectuará a Venezuela, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, entregando al respecto un pormenorizado informe sobre su itinerario, para luego efectuar un detallado análisis de las consecuencias económicas que está provocando en dicha nación, el bloqueo económico decretado por los Estados Unidos en contra de aquel país.
El Senador José Miguel Insulza para referirse al Plan Especial de Desarrollo de Zonas Extremas, particularmente de su aplicación a la Región de Arica y Parinacota, en donde su aplicación se ha traducido en inversiones tendientes a reducir la brecha de infraestructura e impulso del desarrollo de la zona, generando no solo un alto impacto en los indicadores de inversión en la Región en los últimos cinco años, sino también ha dinamizado su economía. Sin embargo, todo esto se encuentra en peligro por cuanto el Plan tendría como fecha de término julio de 2020, por lo que se hace imperioso extender su aplicación.