Click acá para ir directamente al contenido
DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 8ª, Extraordinaria, viernes 27 de marzo de 2020
De 16:44 a 22:37 horas. Asistencia de 40 señoras y señores Senadores
Presidieron la sesión la Senadora Adriana Muñoz, Presidenta y la Senadora Ximena Rincón, Presidenta accidental
La Secretaría estuvo a cargo del Secretario General, Raúl Guzmán


PRIMERA SESIÓN POR MEDIOS TELEMÁTICOS
Luego de la publicación, en el día de ayer 26 de marzo, de la Ley N° 21.219, que introdujo una Reforma Constitucional que autoriza al Congreso Nacional a sesionar por medios telemáticos en el contexto de una declaración de una cuarentena sanitaria o un estado de excepción constitucional por calamidad pública, situación esta última que se encuentra vigente, el Senado celebró su primera sesión con asistencia no presencial y por medios remotos, de 16 señoras y señores Senadores.




PRORROGA EL PLAZO PARA EL PAGO DE LOS PERMISOS DE CIRCULACIÓN -COMISIÓN MIXTA-

Se aprobó el informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que faculta a los concejos municipales para prorrogar la obtención o renovación del permiso de circulación, de los vehículos que indica. (Boletín N° 13.308-06)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, se enmarca en el actual contexto de crisis sanitaria que vive Chile tras haber sido declarada por las autoridades sanitarias la Fase 4, de la pandemia de "COVID-19", lo que ha implicado la necesidad de tomar distintas medidas tendientes a mantener a la población aislada, de modo tal de reducir la posibilidad de contagio y la velocidad en que éste se produzca. En el contexto de esta situación, es evidente que el pago de los permisos de circulación vehicular, en este mes de marzo, es uno de los eventos que convoca a una gran cantidad de personas y que genera aglomeraciones, lo que es necesario evitar.
La formación de una Comisión Mixta tuvo su origen en la declaración de inadmisibilidad que el Senado efectuara, respecto de esta iniciativa legal, que había sido tramitado y aprobado, en su primer trámite constitucional, por parte de la Cámara de Diputados.
Contenido de la propuesta de la Comisión Mixta:
- Se declara que la iniciativa es admisible, en los términos que se plantea.
- Dispone que, a partir de la publicación de este proyecto como ley y hasta el 30 de junio del año en curso, no se cursarán ni aplicarán, en lo referente a la conducción de un vehículo sin contar con su permiso de circulación vigente, las infracciones y sanciones contempladas en la Ley del Tránsito.
Intervinieron los Senadores Luz Ebensperger, Rodrigo Galilea, José Miguel Insulza, Felipe Harboe, Francisco Chahuán, Manuel José Ossandón, José García, Álvaro Elizalde, Jorge Pizarro, Juan Pablo Letelier, Guido Girardi, José Miguel Durana, Juan Castro, Alejandro García-Huidobro, Víctor Pérez, David Sandoval, Alejandro Guillier, Ximena Rincón, Yasna Provoste, Iván Moreira, Juan Ignacio Latorre, Carlos Bianchi, Alejandro Navarro, Carmen Gloria Aravena, Andrés Allamand, Isabel Allende, Alfonso De Urresti, Carolina Goic, Carlos Montes, Ximena Órdenes, Kenneth Pugh, Jaime Quintana, Rabindranath Quinteros y Jacqueline Van Rysselberghe.
En consecuencia, el informe de la Comisión Mixta pasa a la Cámara de Diputados para su conocimiento y votación.




ESTABLECE MEDIDAS ECONÓMICAS PARA ENFRENTAR LA CRISIS POR EL VIRUS COVID-19 -COMISIÓN MIXTA-

Se aprobó el informe de la Comisión Mixta, despachado por la Cámara de Diputados, recaido en el proyecto de ley que establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile. (Boletín Nº 13.337-05) Con urgencia calificada de "Discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto la implementación de diversas medidas económicas que forman parte del Plan Económico de Emergencia, anunciado por el Gobierno y que, en su conjunto movilizará recursos fiscales por $11.750 millones de dólares, y que son necesarias de adoptar en el contexto de crisis profunda, pero a la vez temporal, que se vive en materia de salud; en donde, si bien lo prioritario en este momento es contener la enfermedad, es indudable que la paralización o menor desarrollo de la actividad económica, va a tener un efecto importante en muchas empresas, de todo tipo, pero en especial, en las pequeñas y medianas empresas que tienen menor capital de trabajo, y en las familias, que tienen menos recursos para afrontar una paralización de la actividad económica como la que se está produciendo. En razón de ello se plantean medidas enfocadas en tres principales ejes: (1) reforzar el presupuesto del sistema de salud; (2) proteger los ingresos familiares; y (3) proteger los puestos de trabajo y a las empresas que los generan
.
Contenido del proyecto de ley:

1.- Bono de apoyo a los ingresos familiares . Entrega un bono extraordinario de cargo fiscal, no imponible ni tributable, a todos los beneficiarios del subsidio familiar establecido en la ley Nº 18.020, (los menores hasta los 18 años de edad y los inválidos de cualquier edad, que vivan a expensas del beneficiario), que ascenderá a $50.000, por cada causante acreditado como tal a la fecha que se determine mediante decreto dictado por el Ministerio de hacienda al efecto.
- Igualmente tendrán derecho a este bono las personas o familias usuarias del "Subsistema Seguridades y Oportunidades", creado por la ley Nº 20.595; en este caso el bono ascenderá a $50.000 por familia.
- En forma excepcional, como resultado de las consecuencias socioeconómicas derivadas de la pandemia provocada por la enfermedad COVID-19, tendrán derecho al bono señalado, las personas o familias que integren un hogar que pertenezca al 60% más vulnerable de la población nacional de conformidad al instrumento de caracterización socioeconómica. Estos hogares no podrán recibir el beneficio cuando estén integrados por personas que se encuentren percibiendo una pensión de cualquier naturaleza en algún régimen de seguridad social o sistema previsional; o por trabajadores dependientes o independientes formales; o personas que reciban alguno de los beneficios que se señalan en los puntos anteriores. En este caso el bono ascenderá a $50.000 por hogar.
- Cada causante sólo dará derecho a un bono, aun cuando el beneficiario estuviere acogido a diversos regímenes previsionales y aun cuando pudiere ser invocado en dicha calidad por más de un beneficiario. En este último evento, se preferirá siempre a la madre beneficiaria.
- El bono se pagará por el Instituto de Previsión Social en una sola cuota, a más tardar dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigencia como ley de este proyecto, conforme a la nómina que le proporcione la Superintendencia de Seguridad Social, en los casos de beneficiarios por subsidio familiar, o en el remitido por Ministerio de Desarrollo Social y Familia; en los demás casos.
- Regula el reclamo por el no otorgamiento del bono, y las sanciones a quienes perciban indebidamente el mismo.

2.- Capitalización extraordinaria del BancoEstado . Se autoriza al Ministro de Hacienda para que, en un plazo de hasta 12 meses, y previo informe favorable de la Comisión para el Mercado Financiero, realice un aporte extraordinario de capital al Banco del Estado de Chile, por un monto de hasta 500.000.000 de dólares, o su equivalente en moneda nacional, en una o más transferencias; el cual se financiará con cargo a activos disponibles en el Tesoro Público, dentro de los cuales se incluyen los recursos provenientes del Fondo de Estabilización Económica y Social.
- Dispone que, transcurrido los 12 meses señalados, el Banco del Estado deberá informar a las Comisiones de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, el destino de los recursos y los criterios de asignación.

3.- Rebaja de impuesto : Reduce transitoriamente a 0% la tasa del impuesto de Timbres y Estampillas, aplicable a las operaciones de crédito de dinero que se efectúen entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de este año. Lo anterior disminuirá considerablemente los costos de los créditos que soliciten las empresas y las personas, permitiéndoles obtener nuevos recursos para hacer frente a la difícil situación económica actual.

4.- Medidas para incrementar el flujo de recursos fiscales disponibles y llevar a cabo una debida implementación del Plan Económico de Emergencia :
a. Se suspende por dos años el aporte anual que debe hacer el fisco al Fondo de Reserva de Pensiones, creado en la ley Nº 20.128, sobre Responsabilidad Fiscal, con el fin de contar con mayores recursos necesarios para el financiamiento del plan de contingencia.
b. Se autoriza al Presidente de la República para obtener, durante el año 2020, financiamiento adicional, en Chile o en el extranjero, hasta por $4.000 millones de dólares, de modo complementario al ya aprobado en la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente.
c. Se modifica la ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, para hacer más eficiente la administración de los recursos fiscales, al disponerse que todas las recaudaciones efectuadas por organismos públicos deberán ser transferidas a la cuenta principal de la Cuenta Única Fiscal, eliminándose con ello los casos excepcionales en los que se autorizaba que servicios e instituciones públicas conservaran la recaudación de ingresos de operación, multas, tasas y otros.
d. Se modifica la ley Nº 21.174 que establece Nuevo Mecanismo de Financiamiento de las Capacidades Estratégicas de la Defensa Nacional, en su artículo tercero transitorio para aumentar en 18 meses el plazo para el traspaso de los saldos que deben hacerse al Fondo de Contingencia Estratégica.
Intervinieron los Senadores Jorge Pizarro, Jaime Quintana, Carlos Montes, Ximena Rincón, Manuel José Ossandón, Álvaro Elizalde, Rabindranath Quinteros, José García, Carlos Bianchi, Juan Pablo Letelier, Iván Moreira, Felipe Kast, Juan Ignacio Latorre, Juan Castro, Juan Antonio Coloma, Felipe Harboe, Víctor Pérez, Isabel Allende, José Miguel Durana, Alejandro Navarro, Yasna Provoste, Alfonso De Urresti, Ricardo Lagos, Carolina Goic, Rodrigo Galilea, Jacqueline Van Rysselberghe, Alejandro García-Huidobro, José Miguel Insulza y David Sandoval.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados, para que ésta lo remita al Ejecutivo comunicándole su aprobación por el Congreso Nacional.




PRORROGA VIGENCIA DE LAS REVISIONES TÉCNICAS DE VEHÍCULOS -COMISIÓN MIXTA-

Se aprobó el informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que prorroga la vigencia de las revisiones técnicas de vehículos. (Boletín N° 13.340-15)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Francisco Chahuán, Alejandro García-Huidobro y Juan Pablo Letelier tiene por objeto, en el contexto de las medidas sanitarias adoptadas por la pandemia del Covid-19, impedir las aglomeraciones en las plantas de revisión técnica, como es habitual en esta fecha.
Contenido del proyecto de ley:
- Prorroga a partir de la publicación de este proyecto como ley y hasta el 30 de junio de 2020, la vigencia de las revisiones técnicas de vehículos cuyo vencimiento haya ocurrido a partir del mes de octubre de 2019, facultándose al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en uso de sus atribuciones, la tarea de establecer un calendario y los dígitos correspondientes, a objeto de organizar la realización de dicho trámite.
En consecuencia, procede remitir el proyecto de ley al Ejecutivo comunicándole su aprobación por el Congreso Nacional.




CONCEDE INDULTO GENERAL CONMUTATIVO A CAUSA DEL COVID-19

Por unanimidad se rechazaron las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que concede indulto general conmutativo a causa de la enfermedad Covid-19 en Chile (Boletín N° 13.358-07) con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, se enmarca dentro del conjunto de acciones adoptadas por el Gobierno destinadas a enfrentar la crisis generada a causa de la enfermedad COVID-19 en Chile, así se plantea el otorgamiento de un indulto general conmutativo en las condiciones que se señalan, con el propósito de satisfacer dos objetivos de salud pública relativos al sistema de ejecución pena: por un lado establecer medidas destinadas al cuidado preventivo de aquellos grupos de más alto riesgo, que se encuentren privados de libertad en condiciones de hacinamiento que los hace más vulnerables al contagio; y, por otro lado, adoptar medidas orientadas a reducir los contactos interpersonales en los recintos penitenciarios, para así prevenir eventuales focos de contagio masivo, de manera de proteger a toda la ciudadanía.
En consecuencia, procede la formación de una Comisión Mixta que proponga la forma de resolver las divergencias entre ambas Cámaras.