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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 45ª, Extraordinaria, martes 30 de junio de 2020
De 16:17 a 21:14 horas. Asistencia de 42 Senadores
Presidieron la sesión la Senadora Adriana Muñoz, Presidenta, y el Senador Rabindranath Quinteros, Vicepresidente
La Secretaría estuvo a cargo del Secretario General, Raúl Guzmán
(Sesión 100% telemática)


TIPIFICA DELITO DE MALTRATO DE OBRA A BOMBEROS EN ACTOS DE SERVICIO
Por unanimidad, se aprobó en general y en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal para tipificar el delito de maltrato de obra a personal de Bomberos en actos de servicio. (Boletines N°s 10.167-07 y 10.897-07, refundidos)
El proyecto de ley, iniciado en sendas Mociones de la Cámara de Diputados, tiene por objeto relevar la función de servicio de utilidad pública que cumple el Cuerpo de Bomberos de Chile, institución cuyos servicios constituyen una necesidad básica para el país, razón por la cual, el tratamiento normativo de bomberos debe ser especial y directo, capaz de regular sus inquietudes o necesidades fundamentales, pero en especial, debe garantizarles el cumplimiento de sus tareas en un ambiente de protección de la integridad física de sus miembros, cuando concurren a atender un siniestro o a realizar otras labores relevantes; situación que, en no pocas ocasiones, se ve obstaculizado por grupos de personas que impiden el ingreso a los lugares en donde sus servicios son requeridos, mediante la agresión física tanto al personal que concurre como a los carros o vehículos de emergencia, lo que debe ser sancionado de manera ejemplar.
Contenido del proyecto de ley
- Modificar el Código Penal para elevar en un grado la pena que corresponde aplicar a quienes provoquen lesiones de carácter grave, que causen al ofendido una enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de 30 días, o menos graves, cuando las agresiones sean infligidas a integrantes del Cuerpo de Bomberos que se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
Intervinieron los Senadores Alfonso De Urresti, José García, Rodrigo Galilea, Carolina Goic, Felipe Harboe, Francisco Huenchumilla, José Miguel Insulza, Felipe Kast, Ricardo Lagos, Juan Ignacio Latorre, Juan Pablo Letelier, Carlos Montes, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Ximena Órdenes, Víctor Pérez, Jorge Pizarro, Yasna Provoste, Kenneth Pugh, Jaime Quintana, Rabindranath Quinteros, Ximena Rincón, David Sandoval, Jacqueline Van Rysselberghe, Ena Von Baer, Isabel Allende, Carmen Gloria Aravena, Pedro Araya, Carlos Bianchi, Juan Castro, Francisco Chahuán, Juan Antonio Coloma, José Miguel Durana, Luz Ebensperger, Álvaro Elizalde y Adriana Muñoz.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.




RECONOCE AL PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE

Se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo Chango como etnia indígena de Chile. (Boletines N°s 11.188-17 y 11.335-17, refundidos)
El proyecto de ley, iniciado en dos Mociones de la Cámara de Diputados tiene por objeto efectuar un reconocimiento de la subsistencia de la etnia de los Changos, cuyos miembros mantienen elementos comunes, como lo son sus costumbres, creencias y estructura de organización o rasgos, que conforman el ser indígena, siendo tal vez, el de la pureza genética el único que pueda cuestionarse, aunque dicha objeción ha de ser relativizada por la noción esencialmente cultural del modelo nacional de reconocimiento y calificación de los pueblos originarios y de sus integrantes, razones por las cuales deben ser reconocidos y garantizados por el Estado de Chile.
Contenido del proyecto de ley:
- Incorpora al Pueblo Chango entre las principales etnias indígenas de Chile, que el Estado reconoce y ampara, extendiendo a sus integrantes las normas sobre protección, fomento y desarrollo de los Pueblos Indígenas.
- Reconoce como Changos a las comunidades costeras ubicadas principalmente desde la II a la V Región; disponiéndose que se procurará proteger especialmente el hábitat de este pueblo originario, constituido por el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia.
- Extiende el reconocimiento como tierras indígenas a aquellas ubicadas en las Regiones II, III, IV y V, que actualmente ocupen personas o comunidades indígenas, en propiedad o posesión, y que hayan sido adquiridas como beneficiarios de los procesos de reforma agraria de los años '60.
- Incluye, entre los acuíferos que deben ser considerados bienes de propiedad y uso de las comunidades Aimaras y Atacameñas, los pozos de agua dulce.
Intervinieron los Senadores José García, Francisco Huenchumilla, Juan Ignacio Latorre, Juan Pablo Letelier, Iván Moreira, Alejandro Navarro, Ximena Órdenes, Jorge Pizarro, Yasna Provoste, Kenneth Pugh, Rabindranath Quinteros, Ximena Rincón, David Sandoval, Ena Von Baer, Jaime Quintana, Carmen Gloria Aravena, Pedro Araya, Juan Castro, Juan Antonio Coloma, Alfonso De Urresti, José Miguel Durana, Luz Ebensperger, Álvaro Elizalde, Rodrigo Galilea, Adriana Muñoz, José Miguel Insulza, Guido Girardi, Felipe Harboe, Felipe Kast, Carlos Montes, Francisco Chahuán y el Ministro Secretario General de la Presidencia, Claudio Alvarado.
En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.