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Asistentes de la Educación en la Reforma Educacional

Por Isabel Allende, senadora por la Región de Atacama

12 de junio de 2015

Imagen foto_00000015La reforma educacional instala un nuevo paradigma que concibe la educación como un derecho y no como un bien de consumo. Este gran paso que estamos dando como país toca a una serie de actores involucrados, alumnos y alumnas; sus familias, padres y apoderados; y por cierto al personal que trabaja en los establecimientos educacionales, donde están los profesores, pero también los asistentes de la educación, grupo que representa cerca de 130.000 cargos en el sistema escolar, es decir, más del 30% de la comunidad educativa.

 

Claramente, hoy día nadie puede discutir la importancia que tienen los asistentes de la educación. De hecho, en la Ley General de Educación, de septiembre de 2009, son reconocidos expresamente como parte de la comunidad educativa y por tanto sujetos de derechos y deberes.

 

Trabajar en un ambiente de tolerancia y respeto mutuo, así como participar de las instancias colegiadas de la comunidad escolar y proponer las iniciativas que consideren útiles para el progreso del establecimiento, son parte de sus derechos. Mientras que en sus deberes, se encuentra el ejercicio de sus funciones en forma idónea y responsable, respetando las normas del establecimiento y brindando un trato respetuoso a los demás integrantes de la comunidad educativa.

 

En este sentido, soy consciente de la importancia de apoyar y seguir reconociendo a este grupo de trabajadores en el proceso de cambio profundo que hoy está experimentando el sistema educacional en Chile. En el proceso de desmunicipalización no podemos eludir la responsabilidad de establecer una única normativa que rija a todos los asistentes de la educación por igual, y se haga cargo de definir funciones, perfiles de cargo, remuneraciones y condiciones laborales, entre otros.

 

Hay que tener en cuenta que actualmente los asistentes de la educación tienen diferentes empleadores. Por una parte, están los que dependen de las Corporaciones Municipales; por otro lado, los DAEM (Departamento de Administración de Educación Municipal) y los DEM (Departamento de Educación Municipal); y por último, aquellos establecimientos educacionales administrados por instituciones o personas jurídicas, entre ellas fundaciones, establecidas en  el Decreto Ley N° 3166 de 1980.

 

Debido a este escenario heterogéneo es que se hace imprescindible emparejar la cancha, a través de un estatuto o normativa que nivele hacia arriba en cuanto a remuneraciones, que dignifique a estos trabajadores y que reconozca su importancia y aporte al proceso educativo.  Por ello, también es importante regular los procesos de reclutamiento de personal, considerando los conocimientos, la formación técnica o universitaria, y por sobretodo la experiencia y las habilidades personales de estos trabajadores, para desempeñarse en sintonía con el ambiente escolar.

 

Por todo lo anteriormente expuesto, hago un llamado al  Ejecutivo y en particular al Ministerio de Educación para seguir avanzando con compromiso y fidelidad a nuestros valores, en el proceso de negociación que desde el año pasado están sosteniendo con el Consejo Nacional de los Asistentes de la Educación, de forma que en el corto plazo se pueda legislar en una normativa única que los regule a todos por igual.

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