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Acuerdan fórmula para regular de mejor forma las construcciones en zonas de riesgo

Así lo determinó la Comisión Mixta que estudió el proyecto que permite establecer condiciones de resistencia y mitigación de los efectos de maremotos en las construcciones costeras.

7 de noviembre de 2015

Imagen foto_00000015Asegurar de manera más precisa que las autoridades competentes tengan las facultades para regular la construcción en zonas de riesgo, es el objetivo del proyecto que permite establecer condiciones de resistencia y mitigación de los efectos de maremotos en las construcciones costeras. De ahí, la importancia del acuerdo que logró la Comisión Mixta de senadores y diputados, que zanjó las divergencias que se habían suscitado en torno a la iniciativa.

 

Según explicaron los senadores Carlos Montes y Manuel José Ossandón, ambos integrantes de la citada instancia, con el acuerdo alcanzado entre las dos ramas del Congreso, se logra garantizar que existan las facultades necesarias para regular la construcción en zonas de riesgo.

 

El senador Montes explicó que durante el debate se buscó precisar qué cosas hay que incorporar a la Ley de Urbanismo y Construcciones para regular las edificaciones en condiciones de riesgo.

 

"La versión que había del Senado era restrictiva, la Cámara de Diputados le agregó algunas cosas y lo que estamos haciendo ahora es calibrar ambas versiones para que quede claro de que hay facultades para la autoridad de regular cuando hay riesgo de distinta naturaleza", dijo el senador Montes.

 

Agregó que, aun cuando no es tema de este proyecto, él planteó sus dudas respecto de qué se puede hacer en casos como la falla de San Ramón, donde se están construyendo casas. "Hoy día se está construyendo por encima de la falla y hay gente que está comprando viviendas que están encima y el lugar de mayor daño va a ser obviamente ese. Ahí se construye en zonas de riesgo y hay que ver qué se hace en ese tipo de situaciones", precisó.

 

por su parte, el senador Ossandón indicó que "se llegó a un acuerdo con el Ministerio en que se especificó todos los puntos donde haya que tomar medidas de mitigación para poder no construir en lugares de tsuanmi, en las quebradas, en todos los lugares peligrosos y una de las cosas que se hizo es tomar la experiencia y la normativa que tienen los planes reguladores".

 

Agregó que "no se puede construir en esos lugares a no ser que se hagan las medidas de mitigación y se levante la restricción. La diferencia es que esto especifica mucho más las cosas que la ley antigua".

 

PROYECTO

 

La norma modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones con el objeto de establecer que en el diseño y construcción de las obras de urbanización y edificación del borde costero deben existir condiciones de resistencia y mitigación de los efectos de maremotos y tsunamis. Por ejemplo, se debería contemplar infraestructura de protección, que los primeros pisos de edificaciones tengan suficientes cimientos y  que existan las debidas vías de evacuación.

 

La Comisión de Vivienda y Urbanismo fue la encargada de analizar la iniciativa, por ello recibió a una serie de expertos. En esos años, los geógrafos plantearon la necesidad de modificar las normas de edificación en las costas, debido a que generalmente son los maremotos los que provocan mayor cantidad de víctimas después de un sismo de proporciones.

 

A la luz de esas recomendaciones, el texto propuso establecer zonas de exclusión en las que no se puede construir, y zonas intermedias en la que se pueden edificar viviendas en determinadas condiciones, pero por ningún motivo hospitales, servicios básico, colegios o servicios de utilidad pública".

 

En la Cámara Baja, el texto se modificó estableciendo que se deberán tomar "todas las características, fenómenos naturales y particularidades de los diferentes lugares del territorio nacional" al momento de diseñar las obras.

 

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