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A Sala iniciativa que endurece sanciones para conductores ebrios que causen lesiones graves o la muerte

La Comisión de Constitución rechazó por mayoría dos indicaciones que buscaban aumentar aún más las penas en determinados casos.

12 de agosto de 2013

Con las mismas sanciones con que fue aprobado en general por la Sala del Senado –esto es, penas de 3 años y 1 día a 10 años de cárcel-, quedó el proyecto que endurece las sanciones para los conductores ebrios que causen lesiones graves, gravísimas o la muerte, iniciativa conocida también como la Ley Emilia.

 

Ello, luego que la Comisión de Constitución desestimara dos indicaciones presentadas durante la discusión en particular, que busca que en algunos casos la pena fluctuara entre los 5 años y 1 día a 10 años.

 

Según explicó el presidente de la instancia, senador Patricio Walker, “todos coincidimos con aumentar las penas a los delitos de lesiones graves, gravísimas y casos de muerte ocurridas cuando el autor del delito conduce bajo estado de ebriedad…hoy las penas son de 5 años y en la aprobación en general acordamos aumentar el techo a 10 años, por lo que las penas fluctuarán entre 3 y 10 años”.

 

Precisó que respecto de las indicaciones propuestas “todos somos partidarios de que haya el máximo rigor por la imprudencia de manejar bajo el estado de ebriedad cuando se producen estos impactos tan dolorosos para las familias que pierden un ser querido, pero algunos estimamos que eso era restrictivo, porque hay otros casos que pueden significar agravar la pena, que no estaban contemplados (en la indicación)”.

 

PROPUESTA

 

Imagen foto_00000016En tanto, el senador Alberto Espina, autor de una de las indicaciones, lamentó que no se haya acogido su propuesta, pues a su juicio era “razonable y sensata”.

 

Precisó que su propuesta pretendía aumentar las penas de 5 años y 1 día a 10 años de cárcel en los casos en que quien cometiera el delito de lesiones graves, gravísimas o muerte, condujera con más de 1,2 gramos de alcohol en la sangre, lo hiciera a exceso de velocidad (sobre 30 km/hora de lo permitido) o hubiera sido sujeto de una suspensión condicional de procedimiento por conducción bajo efectos del alcohol.

 

“Lo que yo solicité es que en determinadas hipótesis, cuando había resultado de muerte y lesiones graves, gravísimas, la pena fuera de 5 años y un día a 10 años. Es decir, que se aplicara el grado más alto de la pena…me parece absolutamente razonable aplicar una pena más dura que vaya de 5 años y un día a 10, sin perjuicio de las circunstancias agravantes y atenuantes, porque estamos frente a una persona que conduce con un nivel de alcohol superior, a exceso de velocidad, hay casi una actuación dolosa a sabiendas que se puede producir un accidente y puede causar la muerte de otra persona”, explicó.

 

El senador Espina dijo que durante la discusión en particular en la Sala del Senado, intentará reponer su indicación.

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