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Inician estudio de proyecto que establece la tramitación digital de los procedimientos judiciales

La Comisión de Constitución se abocará a analizar la iniciativa que busca un cambio en el paradigma de la administración de la justicia. Asimismo, la instancia iniciará el análisis de un proyecto que modifica el Código Penal en materia de delitos sexuales.

5 de enero de 2015

Imagen foto_00000014Permitir la implementación de la tramitación digital de todos los procedimientos judiciales, es el objetivo del proyecto que presentaron los senadores Pedro Araya, Alfonso De Urresti, Alberto Espina, Felipe Harboe y Hernán Larraín, que comenzará a ser analizado por la Comisión de Constitución este martes 6 de enero. A la sesión están invitados el Ministro de Justicia, José Antonio Gómez y el Presidente de la Corte Suprema, Sergio Muñoz.

 

En lo fundamental, la iniciativa introduce modificaciones en el Código de Procedimiento Civil para permitir la implementación de la tramitación digital en todos los procedimientos y de ese modo establecer un cambio en el paradigma de la administración de justicia, generando una mayor comodidad para el usuario y una descongestión de los tribunales.

 

Entre otras medidas, el proyecto consagra el "expediente digital", que asegura fidelidad, preservación y reproducción. Según los autores de la iniciativa, el expediente físico está expuesto a la posibilidad de pérdida, deterioro o destrucción, riesgo que se ve incrementado dada la gran cantidad de personas que está o puede estar en contacto con el mismo.

 

Asimismo, la iniciativa busca dar más facilidad de acceso al expediente y mejoras en cuanto a las notificaciones, pues tanto abogados litigantes, cómo de las partes, podrán acceder a los expedientes de los casos en que se encuentren involucrados. Por su parte, agiliza todas aquellas gestiones entre tribunales en que actualmente se debe remitir físicamente el expediente, permitiendo a los demás tribunales, tener acceso inmediato al mismo.

 

En lo que a notificaciones se refiere, se reemplaza la forma de notificación por el estado diario, por una notificación digital consistente en la mera incorporación de la resolución o actuación en el portal de Internet del Poder Judicial, lo que posibilita un acceso inmediato a las actuaciones o resoluciones dictadas, con conocimiento instantáneo de su contenido.

 

Adicionalmente, se establecen una serie de principios generales que inspiran las normas sobre tramitación digital, cuales son los de la equivalencia funcional o de soporte, de economía procesal, de eficacia y de eficiencia, de lealtad, buena fe y no repudio, y de universalidad y máxima divulgación.

 

DELITOS SEXUALES

 

Asimismo, la Comisión de Constitución iniciará el estudio del proyecto de los senadores Pedro Araya, Alfonso De Urresti, Felipe Harboe, Hernán Larraín y Patricio Walker,  que incorpora en el Código Penal un precepto que supedita el inicio de la aplicación de las penas sustitutivas al cumplimiento de un año de presidio efectivo, tratándose de delitos contra la libertad sexual cuyas víctimas sean menores de edad.

 

En lo principal, el proyecto incorpora una norma con el fin de establecer que en caso de condena de una persona por los delitos de abusos sexuales, abusos sexuales agravados, abusos sexuales propios, abusos sexuales impropios, exposición del menor a actos de significación sexual, producción de material pornográfico con participación de menores, favorecimiento de la prostitución o favorecimiento de la prostitución impropio,  la ejecución de la respectiva pena sustitutiva quede en suspenso por un año, tiempo durante el cual deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fuere condenado.

 

Según explican los autores de la iniciativa, “no se trata de imposibilitar al condenado el acceso a las formas de cumplimiento alternativo de la ley 18.216, ya que el régimen punitivo debe propender a la rehabilitación, pero tampoco se puede permitir que personas que han abusado de menores de edad, aprovechándose de sus situación de poder o vulnerando el deber de cuidado que tienen, y que hayan sido condenadas por esta clase de delitos, no cumplan un solo día de su condena en prisión”.

 

 

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