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Proponen penas de cárcel y multas a quienes den falsas alarmas públicas

Se trata de un proyecto que llegó a cumplir su segundo trámite al Senado y que fue remitido a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, para su estudio.

1 de abril de 2013

A penas de cárcel que fluctúan entre 61 a 540 días y a multas de 20 a 40 UTM –entre $800 mil y $1.605.00 aproximadamente- se exponen quienes a “sabiendas” dieren falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos, a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, así como a los servicios de utilidad pública u organismos destinados a prevenir y reaccionar frente a emergencias.

 

Imagen foto_00000015Así lo plantea un proyecto que llegó a cumplir su segundo trámite constitucional al Senado y que fue remitido a la Comisión de Constitución para su estudio.

 

En lo fundamental, la iniciativa establece cambios al artículo 268 bis del Código Penal, ampliando el ámbito de acción de la norma que actualmente sanciona sólo con reclusión menor en su grado mínimo al que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos.

 

El proyecto en estudio, también plantea aumentar en un grado la pena, es decir de 541 días a 3 años de cárcel, a quienes, con ocasión de la falsa alarme, provoquen “la paralización o interrupción del funcionamiento de servicios públicos o de utilidad pública; el cierre de avenidas o calles, o el desalojo o evacuación masiva de recintos públicos o privados”.

 

Del mismo modo, el proyecto propone multas de una a 4 UTM – de $40 mil a $160 mil aproximadamente- para quienes realicen una llamada telefónica a un número de emergencia o se comunicare por cualquier otro medio, perturbando o distrayendo al servicio de los Cuerpos de Bomberos, las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, así como a los servicios de utilidad pública u organismos destinados a prevenir y reaccionar frente a emergencias”.

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