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Quieren acelerar proyecto que busca terminar con dilaciones injustificadas en juicios orales

El senador Espina solicitará colocar en tabla el proyecto que apunta a modificar disposiciones del Código Procesal Penal

14 de abril de 2014

Imagen foto_00000014“Una cosa es el legítimo derecho de los imputados a contar con una adecuada defensa, y otra muy distinta es que se haga uso y abuso de normas legales con el propósito de dilatar los juicios”, con esta afirmación el senador Alberto Espina, quien integra la Comisión de Constitución anunció que solicitará poner en tabla el proyecto, iniciado en moción, que busca terminar con las dilaciones injustificadas en juicios orales.

 

La petición la realizó luego de conocido el veredicto en contra de seis comuneros mapuches quienes fueron absueltos de cometer el incendio en el Fundo Brasil (Vilcún) en 2009, con más de 19 suspensiones en el juicio oral.

 

Cabe precisar que las modificaciones -presentadas a través de una moción que presentó junto a su par, el senador José García Ruminot en octubre del año pasado- son a los artículos 10 y 269 del Código Procesal Penal (CPP) que tiene por objeto impedir el uso abusivo de las normas señaladas, lo que en la práctica ha significado que los juicios se demoren más de dos años para recién realizar la audiencia de preparación del juicio oral.

 

El senador Espina explicó que el artículo 269, que se refiere a la comparecencia del fiscal y del defensor, establece que si éste último no asiste al Tribunal deberá designar un defensor de oficio al imputado y dispondrá la suspensión de la audiencia por un plazo de no más de cinco días, con el objeto de permitir que el abogado designado del imputado se interiorice del caso.

 

“En la práctica lo que ocurre muchas veces es que renuncia el abogado defensor pocos días antes de la audiencia de preparación del juicio oral e invoca que el plazo de cinco días es muy breve para interiorizarse del juicio y, por lo tanto solicita la suspensión del mismo, en reiteradas oportunidades, invocando lo dispuesto en el artículo 10° del CPP que corresponde a la cautela de garantías”, señaló.

 

“Esto último se aplica por el Tribunal cuando a juicio del juez estima que el imputado no está en condiciones de ejercer los derechos que le otorga las garantías judiciales consagradas en la Constitución y las leyes”, precisó.

 

Según detalló “el uso abusivo de estas normas se ha traducido en que juicios producto de incendios o ataques, por ejemplo, al Fundo San Leandro, al Fundo Brasil, a un bus de Tur Bus o al peaje de Quino, han tenido en promedio más de 19 suspensiones demorándose cada uno de ellos casi tres años para llevar adelante las audiencias del juicio oral, todo lo cual afecta gravemente la correcta administración de justicia ya que implica debilitar la prueba, ya sea porque hay testigos que con el transcurso del tiempo se desisten de declarar, y otros medios probatorios se ven afectados”. 

 

Finalmente, el senador Espina señaló que “una cosa es el legítimo derecho de los imputados por un delito a contar con una adecuada defensa, y otra muy distinta es que se haga uso y abuso de normas legales con el propósito exclusivo de dilatar los juicios, ya que esto último atenta directamente en contra de la correcta administración de justicia y los derechos de las víctimas, que ven con impotencia como se posterga reiteradamente los juicios en contra de los presuntos culpables de los delitos”.

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