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Con prisión podrían ser sancionados quienes comercialicen fuegos artificiales

La norma que está en segundo trámite, está siendo analizada por la Comisión de Defensa que deberá emitir un primer informe tras el receso legislativo

20 de febrero de 2013

La Comisión de Defensa Nacional solicitó a la Sala analizar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que tipifica como delito conductas relacionadas con la comercialización de fuegos artificiales (Boletín N° 8612-02) en general y en particular a la vez, en el primer informe que deberá emanar esta instancia.

 

Este acuerdo fue alcanzado el 15 de enero pasado, oportunidad en que la Comisión escuchó a representantes de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) y de la Corporación de Ayuda al Niño Quemado (Coaquimen), quienes manifestaron la importancia de modificar la Ley N° 17.798 que sanciona la fabricación, importación, transporte, almacenamiento y distribución de fuegos artificiales.

 

El 5 de marzo la Comisión deberá continuar con el estudio de la propuesta que busca garantizar la seguridad de la población que se ve expuesta a graves quemaduras por manipular dichos artefactos que no cuentan con las autorizaciones respectivas. Esta situación aumenta explosivamente a fines de cada año, cuando centenares de niños se ven lesionados al utilizar fuegos artificiales los días previos a navidad y año nuevo.

 

En lo concreto, el proyecto sanciona como falta el uso de fuegos artificiales, acciones que serán conocidas por los Juzgados de Policía Local. A su vez, sanciona con presidio menor en su grado mínimo a quienes fabriquen, importen, comercialicen, distribuyan, vendan y entreguen dichos elementos. 

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