Click acá para ir directamente al contenido

Buscan prohibir que bancos hagan uso de información crediticia desactualizada

Los integrantes de la Comisión de Economía despacharon en general la iniciativa, considerando la pertinencia de corregir el incumplimiento de la ley 19.628 en el que incurren las instituciones financieras.

7 de mayo de 2015

Imagen foto_00000014En condiciones de ser visto por la Sala quedó el proyecto iniciado en moción, que prohíbe el uso de registros históricos de datos comerciales caducos. Esto luego que la Comisión de Economía aprobara la idea de legislar.

 

El texto en primer trámite modifica diversos cuerpos legales con el fin de que las entidades bancarias y financieras no puedan usar, tratar, comunicar o transferir,  datos personales relativos a obligaciones de carácter económico o comercial, una vez que ésta ha sido pagada.

 

Los autores de la iniciativa son los senadores Felipe Harboe, Lily Pérez San Martín, Antonio Horvath, Jorge Pizarro y Eugenio Tuma. El primero de éstos expuso en esta instancia parlamentaria explicando los alcances de la propuesta.

 

El presidente de la Comisión, el senador Tuma explicó que “existe un plazo de caducidad para dar cuenta de la morosidad, pero los bancos y entidades que entregan créditos si bien no comunican públicamente dicha información, la utilizan para sus fines, lo que impide a muchos consumidores acceder a un nuevo crédito, incluso habiendo pagado sus obligaciones”.

 

“La ley de bancos se hizo pensando en ese sector y no en los consumidores, por lo que queremos corregir aquello. Ello pueden usar la información crediticia de un cliente, y eso queremos prohibirlo. Hoy muchas veces se niega un crédito puesto que el comité considera datos caducos (deudas canceladas)”, declaró el legislador.

 

A su juicio, “la realidad económica varía en el tiempo, por lo que se debe garantizar el derecho al olvido y hacer cumplir la ley”.

 

El texto será visto en las próximas semanas en una nueva sesión ordinaria. En esa oportunidad, los legisladores conocerán el informe de la citada Comisión en el que se recomienda aprobar la moción en general.

 

ALCANCES

 

¿Cuál es el problema que busca resolver el proyecto?

Los Bancos, Financieras, Cajas de compensación, Cooperativas de ahorro y crédito,  Agentes Administradores de Mutuos Endosables  y Compañías de Seguros utilizan información crediticia de sus clientes que no se encuentra actualizada, lo que perjudica la obtención de nuevos créditos.

 

¿Qué se entiende por historiales crediticios o trayectoria de comportamiento?

Al conjunto de datos de obligaciones económicas relativos a un determinado titular, lo que son evaluados por bancos e instituciones financieras.

 

¿En qué falta incurren estas instituciones?

La ley N° 19.628 sobre protección de datos de carácter personal, obliga a prescindir de estos datos comerciales caducados transcurridos más de cinco años, pero ello no se cumple.

 

¿La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) qué dice al respecto?

A través de una circular instruye a estas entidades que cuando se evalúe “el otorgamiento de un crédito o la apertura de una cuenta corriente a una persona que registra un protesto aclarado o uno que lleve más de 5 años publicado, la entidad debe abstraerse de la existencia de esos protestos y proceder como si no hubiesen existido jamás”.

 

¿Qué hace el proyecto al respecto?

El texto consagra el derecho al olvido de los datos comerciales en el plazo de 5 años y lo incorpora expresamente en cada uno de los cuerpos normativos de las instituciones que participan del mercado del crédito.

 

¿Qué pretende el derecho al olvido?

El derecho al olvido busca evitar que un dato personal comercial caduco o referido a una obligación ya extinguida, persiga a una persona por siempre sin que tenga una nueva oportunidad en el mercado del crédito.

 

Imprimir