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Tasa Máxima Convencional: Comisión Mixta logra consenso

El cobro de micro-créditos productivos, los plazos a partir de los cuales pueden aplicarse cláusulas de aceleración y la gradualidad con que entraría en vigencia la norma, fueron algunos de los temas presentes en la discusión.

7 de octubre de 2013

Imagen foto_00000015En una extensa jornada, la Comisión Mixta encargada de dirimir las discrepancias surgidas entre ambas Cámaras sobre los proyectos relativos a la Tasa Máxima Convencional (TMC), despachó el texto legal quedando en condiciones de ser sometido al pronunciamiento de la Sala del Senado, y posteriormente, de la Cámara de Diputados.

 

En la sesión a la que asistieron los senadores Jovino Novoa, Carlos Kuschel, José García-Ruminot, Eugenio Tuma y Andrés Zaldívar más los diputados designados, se procedió a dirimir los artículos que habían quedado pendientes respecto de los cuales aún faltaba afinar su redacción, o que el Ejecutivo debía presentar indicaciones.

 

Fue así como la discusión se centró en aspectos, tales como, las comisiones que deberán cobrar las entidades que otorgan micro-créditos productivos, la aplicación de la cláusula de aceleración en el caso de los deudores, la información a la que podrá acceder la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) respecto a los titulares de los créditos, y  la fecha a partir de la cual entraría en vigencia la norma y su gradualidad.

 

BUENA NOTICIA

 

Concluida la sesión, el senador García Ruminot se mostró satisfecho con el trabajo realizado en las últimas semanas, calificando como una “buena noticia” los acuerdos a los que llegó la Comisión Mixta.

 

El legislador explicó que el texto permitirá una rebaja considerable de la TMC. “Hoy la tasa alcanza un 55% lo que es muy alto, por ello hemos dejado en no más de 32 puntos los créditos hasta 50 Unidades de Fomento (UF); mientras que los préstamos que van entre 50 y 200 UF no deberían superar los 39 puntos”, indicó junto con precisar que los cambios deberían verse reflejados en un plazo máximo gradual de dos años.

 

El congresista valoró la discusión, indicando que “no es menor conseguir rebajas tan significativas”, sobre todo pensando en que los principales beneficiados serán personas de condición económica baja y media.

 

Respecto a los pensionados que piden créditos en cajas de compensación, el senador García Ruminot comentó que la TMC no debiera estar por sobre el 25%, cifra que a su vez irá disminuyendo con el correr del tiempo.

 

MENOR TASA

 

En la misma línea, el senador Zaldívar aseguró que el proyecto apunta a mejorar las condiciones que hoy tienen las personas que solicitan créditos. “La idea es que los consumidores se informen mejor, de manera que tengan toda la información necesaria para decidir aceptar un crédito”.

 

El parlamentario fue enfático al señalar que la norma tiene por objeto “determinar una tasa máxima de cobro que se aleje del abuso”. Al respecto, aclaró que las personas de menores recursos son las que más necesitan de estos fondos y los que tienen mayores dificultades para acceder a ellos, puesto que “quien les entrega los créditos, les impone tasas excesivas”.

 

Respecto de uno de los temores que se dio en la discusión que indicaba que la reducción de la TMC implicaría dejar fuera a este segmento del mercado crediticio, el senador se mostró satisfecho con los ajustes realizados a la legislación que permitirán ir en ayuda de aquellos que más lo necesitan sin que ello se transforme en usura.

 

En cuanto a lo que viene, el senador Zaldívar proyectó una votación favorable al informe que emitirá la instancia mixta. “En la Sala se verá si el proyecto se aprueba o rechaza, puesto que en esta etapa final no se discute el articulado. Como en la Comisión tuvimos muchos acuerdos, creo que en la Sala se dará lo mismo y se aprobará sin problemas”, manifestó.

 

TASA DE MERCADO

 

Para el senador Tuma, este texto viene a resolver una práctica en que han incurrido los acreedores, puesto que las tasas que hoy cobran se encuentran amparadas en la ley, y constituyen una “usura legalizada”.

 

El parlamentario aclaró que “ahora no se va a calcular la TMC en función de los créditos que toman los más pobres, sino se considerarán los créditos de los sectores que pueden negociar con los bancos y a partir de ello, se le agrega un aditivo”.

 

A su juicio, ello significa generar una tasa de mercado que en definitiva termina siendo más realista, puesto que no contempla como base la situación de aquellos que tienen más problemas para pagar, y que por tanto, se les puede cobrar más por estos servicios.

 

DEBATE

 

En lo sustancial, el proyecto reduce la tasa de interés máxima que pueden cobrar las entidades que prestan dinero. Para ello, cambia la forma en que se calcula la TMC, definiendo como base, la Tasa de Interés Corriente (TIC) para las operaciones de menor tamaño. La Ley actual calcula la TIC de los créditos hasta 200 UF en función de las operaciones de ese mismo tramo, a lo cual se suma un 50% para obtener la TMC. Con las modificaciones aprobadas, para la TIC de este segmento se considerará la TIC vigente en el tramo de 200 a 5.000 UF, a la que se le aplicará un factor aditivo. De esta forma rebaja de las actuales tasas máximas permitidas por la ley.

 

TOPE DE COMISIONES

 

Durante el debate se analizaron los temas en los que ambas Cámaras no lograron consenso. Uno de ellos fue el tope de las comisiones que deberán cobrar las entidades prestadoras de micro-crédito productivo, por concepto de evaluación y seguimiento del microcrédito –sin que sean consideradas como interés-, tales como el Fondo Esperanza del Hogar de Cristo o Banigualdad.

 

La propuesta del Ejecutivo era establecer un tope de 2,5 UF, monto que fue considerado elevado puesto que los créditos por este concepto no superan las 40 UF. La Comisión acordó en este sentido, fijar el tope en 1,5 UF por operación, pero no podrá superar un máximo de un 20% del crédito.

 

CLÁUSULA DE ACELERACIÓN

 

Otro de los temas que generó discusión fue la cláusula de aceleración. Ésta permite a los acreedores cobrar anticipadamente el saldo insoluto de la deuda, al constatarse que el deudor no cancela sus obligaciones.

 

En este caso, el Senado y la Cámara Baja tuvieron criterios distintos en cuanto al plazo en que esta cláusula no podría operar. Así la Comisión estableció en 60 días dicho plazo, considerando deudas iguales o menores de 200 UF, salvo respecto de los créditos hipotecarios para la vivienda, cuyo monto puede llegar hasta 2000 UF.

 

INFORMACIÓN SBIF

 

Uno de los aspectos pendientes era el acceso a la información que tendrá la SBIF sobre los créditos, considerando temas como el uso de dichos datos y su implicancia tanto para acreedores como deudores.

 

Luego de revisar las condiciones bajo las cuales hoy opera esta solicitud de información, se decidió que dicha Superintendencia podrá pedir los datos desagregados sin identificar el deudor (Rut) y en el caso de ser necesario y por motivos de fiscalización, se acordó que la SBIF realice un requerimiento nominal a las entidades crediticias.

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