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Partidos políticos en proceso de formación podrán ser parte de pactos electorales diversos en elecciones municipales

La medida regiría desde las elecciones de octubre de 2016 y posibilita suscribir un pacto electoral, en la medida que posteriormente se constituyan como partido.

11 de marzo de 2016

"Esta es una legislación correcta, que da igualdad de oportunidades y que permite que se fortalezcan los pactos electorales", manifestó el senador Alberto Espina, presidente de la Comisión de Gobierno, Regionalización y Descentralización, quienes despacharon en particular la modificación de cuerpos legales para permitir la inscripción de pactos electorales diversos en elecciones municipales, proyecto que se encuentra en segundo trámite constitucional y posee discusión inmediata.

 

Cabe recordar, que en sesión anterior se había aprobado la idea de legislar y solo faltaba despejar qué sucedía con los partidos en formación (ver nota relacionada).

 

Imagen foto_00000003En concreto, explicó el legislador, "aprobamos un proyecto que permitirá que los partidos políticos que estén en proceso de formación, para esta elección de alcaldes y concejales, podrán suscribir un pacto electoral, en la medida que posteriormente se constituyan como partido y de esta forma se permite que partidos que están formándose y por una cuestión de tramites legales quedaran fuera de formar parte de un pacto".

 

Con esta se mantiene la idea matriz de la moción, que es permitir que los distintos partidos que conforman un pacto electoral para la elección primaria y definitiva de alcaldes puedan, a su vez, formar pactos distintos para la elección de concejales.

 

PROYECTO

 

En la propuesta se estipula que en el caso de un pacto para la elección de alcalde, los partidos pueden participar en forma individual o en conjunto con otros partidos y/o candidatos independientes, conformando un solo pacto electoral para todo el país.

 

El artículo 12 y siguientes de la Ley de Primarias regulan los efectos vinculantes del pacto, estableciendo que los partidos que lo han suscrito deben mantenerlo hasta que la elección definitiva se lleve a cabo.

 

En lo referente a este último punto, quienes suscriben la moción consideran que la actual regulación de los pactos en las elecciones municipales adolece de imperfecciones, que deben ser subsanadas. El problema radica específicamente en la relación entre el pacto de alcaldes y el pacto para la elección de concejales.

 

Ambos pactos están normados en el artículo 107 y siguientes de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. Conforme a tales disposiciones, las declaraciones de candidaturas a alcalde y a concejales deben presentarse de manera conjunta, pudiendo incluir candidatos de cualquiera de los partidos que los conforman.

 

EVITAR DOBLES CANDIDATOS

 

A su vez, la Ley de Primarias prescribe en el inciso segundo del artículo 13 que “Los pactos electorales suscritos con ocasión de estas elecciones primarias de parlamentarios o de alcaldes, se entenderán constituidos a contar de la fecha de su formalización y tendrán validez hasta el término de la elección definitiva de parlamentarios o de alcaldes y concejales según se trate (…)”.

 

Por lo tanto, el pacto para primarias de alcaldes continúa vigente hasta la elección definitiva de alcaldes y concejales y, en lo que respecta a estos últimos, sólo puede variar en lo relativo al subpacto que se acuerde. Es decir, el pacto suscrito para la elección primaria de alcaldes es el mismo que rige para la elección definitiva de concejales.

 

 

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