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Comisión de Valores y Seguros: nueva institucionalidad contribuye al desarrollo del mercado de capitales

El texto legal apoya la estructura de la regulación y supervisión financiera existente en nuestro país.

16 de febrero de 2014

Imagen foto_00000015La Comisión de Hacienda será la encargada de analizar el proyecto de ley, que se encuentra en segundo trámite legislativo, y que crea la Comisión de Valores y Seguros, (SVS) y busca introducir mejoras a esta institución reguladora y fiscalizadora del mercado de valores y seguros, a fin de potenciar su independencia, eficiencia regulatoria y continuidad en su gestión institucional.

 

Dentro de los objetivos centrales del proyecto se encuentra el dotar a esta entidad fiscalizadora de mayor autonomía y estabilidad, aislando su función de ciclos políticos, mejorar la transparencia en la dictación de la normativa, y profundizar la efectividad y garantías del debido proceso en los procedimientos sancionatorios.

 

¿CUÁL ES LA ESTRUCTURA DEL PROYECTO?

 

El eje de la iniciativa apunta a transformar la actual estructura de gobierno unipersonal de la SVS en una Comisión de Valores y Seguros regida por un órgano colegiado y con mayor grado de autonomía.

 

Para ello se incorporan mejoras al gobierno corporativo de la entidad reemplazando  la figura del Superintendente de exclusiva confianza del Presidente de la República por un ente colegiado.

 

Con ello se moderniza la organización de gobierno de la SVS, reemplazando la figura del Superintendente por una Comisión de 5 miembros, que adopta decisiones de regulación, supervisión y sanciones por regla de mayoría.

 

Se propone  que los cargos serán de plazo fijo, se renuevan por parcialidades y no puedan ser removidos discrecionalmente, lo que garantizará la autonomía e independencia de la Comisión. Para ello se proponen requisitos de idoneidad, normas objetivas sobre incompatibilidades y causales de remoción que garanticen un correcto desempeño.

 

En el mecanismo de designación de los Consejeros se establece que intervendrán el Ejecutivo y el Senado, estableciéndose una renovación por parcialidades mientras que el cargo de presidente de la Comisión es de dedicación exclusiva, nombrado por el Presidente de la República, de exclusiva confianza, por un periodo de 4 años, concordando con el mandato presidencial.

 

¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES PROPUESTAS PARA EL ORGANISMO?

 

El Consejo establecerá las políticas de funcionamiento de la CVS; definirá la estructura y la organización interna de la entidad; aprobará las contrataciones y remociones de funcionarios principales; aprobará la solicitud de presupuesto de la institución; velará por el cumplimiento de las normas aplicables a la institución; acordará normas para la regulación de entidades y mercados fiscalizados; propondrá al Ministro de Hacienda proyectos de ley y reglamentos; determinará la aplicación de sanciones a entidades y personas fiscalizadas y aprobará la adhesión a organismos y convenios nacionales e internacionales por la CVS.

 

El texto legal permite la coordinación entre la Comisión y el Poder Ejecutivo para desarrollar materias regulatorias y de supervisión. Por su parte, la dedicación exclusiva del presidente le permite abocarse a conocer en detalle los asuntos de la CVS, resolver temas administrativos y de gestión interna y tomar decisiones por el Consejo en temas que requieran de rapidez en el actuar.

 

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