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Universidades en Regiones de O’Higgins y Aysén: proyecto será analizado por la Sala

Las Comisiones Unidas de Hacienda y Educación despacharon el texto legal que en forma inédita, crea ambas casas de estudio.

15 de mayo de 2015

Imagen foto_00000015En condiciones de ser analizado por la Sala del Senado quedó el proyecto que crea la Universidad Estatal de la Región del Libertador General Bernardo O’ Higgins y Universidad Estatal de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo (Boletín N° 9405-04).

 

Ello, luego que las Comisiones Unidas de Hacienda y Educación concluyeran el despacho de la iniciativa legal que permitirá a ambas regiones contar con universidades públicas.

 

Así lo dieron a conocer los senadores Andrés Zaldívar, José García Ruminot, presidente e integrante de la instancia, respectivamente y el senador por la Región de O’Higgins, Juan Pablo Letelier quien reemplazó a su par, Fulvio Rossi.

 

El senador Zaldívar destacó el despacho de esta iniciativa que concitó un amplio trabajo con el fin de acoger algunas indicaciones que apuntan a perfeccionar el marco legal de estas casas de estudios.

 

Asimismo, manifestó su esperanza que esta iniciativa pueda ser vista por la Sala a partir de la próxima semana

 

A su turno, el senador García Ruminot, resaltó que las Comisiones Unidas “han logrado pleno acuerdo respecto a la creación de dos nuevas universidades regionales”.

 

Puntualizó que “la discusión ha recaído sobre los plazos, los recursos y la forma en que las universidades van a lograr su acreditación; cómo se ponen en funcionamiento, cómo se consulta a la comunidad y cómo participa la comunidad universitaria respecto de la creación de estas dos universidades”.

 

Por su parte, el senador Letelier calificó este hito legislativo como “histórico” para las regiones de Aysén y de O’Higgins –que representa-  porque se despacha la ley que faculta la creación de universidades públicas. Es la primera vez que se crea una universidad a partir de la nada porque, en el caso de la Universidad de Chile y la Universidad Técnica del Estado fueron leyes que regularon algo que ya existía, a diferencia de estas que facultan al Estado para que a través del gobierno se creen dos universidades  en regiones donde no hay de modo que sean parte de la red de educación superior del país”.

 

Puntualizó que también “se agregan matices importantes, entre ellos, asegurar mecanismos de acceso de cada región excepcionales, especiales para que estudiantes de la región puedan acceder y para que los procesos no sean discriminatorios”.

 

Asimismo “establece requisitos mínimos en los procesos de acreditación y evaluación que van a ser sometidos los primeros 4 y 7 años respecto a asegurar que tengan bachillerato mínimo así como carreras de pregrado conducentes al desarrollo de títulos profesionales”.

 

CONTENIDO DE LA INICIATIVA

 

 -Crea las Universidades de O’Higgins y de Aysén como personas jurídicas de derecho público autónomas, funcionalmente descentralizadas, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Las universidades tendrán su domicilio y desarrollarán sus actividades, de preferencia, en la VI Región del Libertador General Bernardo O’Higgins y en la XI Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, respectivamente, y se relacionaran con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación.

 

- Reafirma el carácter regional de las universidades que se crean, en cuanto deberán tener como parte fundamental de su misión institucional, la formación de personas y la contribución preferente al desarrollo cultural, material y social de la VI y XI regiones, respectivamente.

 

- Reconoce como principios inspiradores de estas instituciones la libertad de pensamiento y de expresión; libertad de cátedra y asociación; el pluralismo; la participación de sus miembros en la vida institucional; la actitud reflexiva, dialogante y crítica en el ejercicio de las tareas intelectuales; la excelencia académica; la equidad y la valoración del mérito como criterios de ingreso a la universidad, promoción y egreso de ella, y la formación de personas con sentido ético, cívico y de solidaridad social.

 

- Las universidades podrán otorgar todo tipo de grados académicos, títulos profesionales y técnicos; certificaciones técnicas con motivo de las capacitaciones que realice, así como otras certificaciones no conducentes a título o grado.

 

- Regula la integración del patrimonio de cada institución que se crea, y la conformación de su planta del personal, quienes tendrán la calidad de funcionarios públicos, regulados por las normas que se señalan.

 

- Las universidades estarán exentas de cualquier impuesto, contribución, tasa, tarifa, patente y otras cargas o tributos.

 

-Faculta al Presidente de la República para que, dentro de un plazo determinado desde la fecha de publicación de este proyecto como ley, dicte las normas estatutarias que regularán la organización, las atribuciones y el funcionamiento de la Universidad de O’Higgins y de la Universidad de Aysén.

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