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Empresas distribuidoras de energía estarían obligadas al retiro y reposición del empalme y medidor

El proyecto de ley llegó al Senado y precisa que será íntegramente de cargo de la empresa, "siempre que la inutilización de la obra se haya producido por fuerza mayor como un sismo, salida de mar, temporal u otra calamidad".

26 de septiembre de 2016

Imagen foto_00000016La Comisión de Minería y Energía será la encargada de analizar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica la ley General de Servicios Eléctricos para imponer a la empresa distribuidora de energía la obligación de solventar el retiro y reposición del empalme y medidor en caso de inutilización de las instalaciones por fuerza mayor.

 

La propuesta especifica que "el retiro y reposición del empalme y medidor será íntegramente de cargo de la empresa distribuidora de energía, siempre que la inutilización de la obra se haya producido por una fuerza mayor, como sismo, salida de mar, temporal u otra calamidad, y que la autoridad competente haya decretado zona de catástrofe. Este retiro y reposición no quedará condicionado a la existencia de morosidad en la cuenta o saldo pendiente en el momento en que se produzca la fuerza mayor y se haya decretado por la autoridad competente zona de catástrofe”.

 

Entre las justificaciones de la moción, que proviene de la Cámara de Diputados, se recuerda el último terremoto en el norte chico, de 8,4 grados en la escala de Richter, que sacudió a la región de Coquimbo, "ocasionando lamentables daños materiales e irreparables pérdidas humanas".

 

"Claramente -se agrega- el balance que arroja es de numerosos daños en viviendas de una gran cantidad de habitantes que lo han perdido, mucho de ellos, absolutamente todo. Luego de este devastador sismo uno de los ámbitos donde mayor importancia revisten los daños lo constituye la energía cuya necesidad es absoluta, particularmente para proveer a la población de los servicios fundamentales y prevenir actos delincuenciales en las zonas afectadas".

 

A juicio de los autores del proyecto, "una de las injusticias que lamentablemente reviste nuestro ordenamiento jurídico lo contiene la actual ley general de servicios eléctricos en el sentido que se indicará a continuación y que forma, por ello, parte de la idea matriz de este proyecto de ley".

 

"En efecto, luego de este mega sismo en la región de Coquimbo las empresas eléctricas, en algunos casos, están exigiendo que sea de cargo de los propios damnificados el retiro y reposición de los servicios de empalme, y de medidor, que los damnificados solicitan para sus nuevas viviendas de emergencia, cuando en muchos casos, tantos los empalmes como los medidores se encuentran en condiciones de poder seguir siendo utilizados por los usuarios, cobrando cifras a nuestro parecer excesivas teniendo en consideración que dichas personas lo perdieron todo producto del terremoto, y que no cuentan con los medios económicos necesarios para enfrentar una situación apremiante desde todo punto de vista", resaltan.

 

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