Click acá para ir directamente al contenido

Ley de Servicios de Gas: Gobierno repone Tasa de Costo de Capital de 6%

El miércoles 28 de septiembre, los legisladores se abocarán a analizar las mejoras realizadas por el Gobierno y los congresistas a la norma.

21 de septiembre de 2016

Imagen foto_00000018

Una primera mirada a las indicaciones que presentó el Ejecutivo al proyecto que modifica la Ley de Servicios de Gas, dieron los integrantes de la Comisión de Minería y Energía.

 

Los legisladores se encuentran estudiando el articulado de la propuesta en segundo trámite. El debate se realizará en los próximos días, puesto que en la última sesión, los congresistas conocieron de boca del Ministro de Energía, Máximo Pacheco las mejoras que ha realizado el Gobierno al texto.

 

INDICACIONES

 

El secretario de Estado comentó que se han presentado 128 indicaciones, 90 de las cuales son de forma y 38 de fondo. “En cuanto a estas últimas, existen una serie de temáticas que hemos decidido agrupar, de manera que en los próximos días podamos desarrollar el debate”, aseguró.

“Los temas a trabajar son ampliar el ámbito de aplicación de la ley, perfeccionamiento de la metodología de cálculo, regulación de la rentabilidad máxima, la ampliación de la red y los mecanismos de competencia”, dijo.

 

En cuanto a lo primero, aclaró que se extenderá la distribución al gas licuado a granel. “Respecto a la zona de concesiones, hemos propuesto que tenga un carácter regional, puesto que hoy hay varias concesiones en una región. También planteamos eliminar los planes de expansión vinculantes”, explicó.

 

Respecto al chequeo de rentabilidad, manifestó que se hizo un conjunto de precisiones. “Por ejemplo, se mantiene la regla general respecto al valor del gas. Cuando hay transacciones entre partes relacionadas, la Comisión Nacional de Energía (CNE) observará la licitación para determinar si hubo conflicto de interés”, indicó.

 

La autoridad también hizo ver que el Ejecutivo explicó de mejor forma las tarifas garantizadas, recordando que los servicios adicionales pueden ser cobrados, pero se debe dar cumplimiento a las acciones propias del giro.

 

En cuanto al rol del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), el ministro Pacheco planteó que “si una empresa alega competencia desleal, la afectada por esta denuncia deberá demostrar que la presión de los sustitutos es apta para afirmar que hay condiciones de competencia”.

 

TCA

 

Imagen foto_00000020En materia de inversión y expansión de la red, el secretario de Estado comentó que se introduce el factor individual por zona de concesión. “Existen diferencias geográficas y de realidad económica que merecen ser reconocidas”, admitió comentando que se optó por reponer el porcentaje de la Tasa de Costo de Capital (TCC) de un 6%, que fue rechazado en la Cámara Baja.  

 

Cabe consignar que el proyecto mantiene la estructura de la rentabilidad máxima permitida, equivalente a una TCC, cuyo piso mínimo sigue siendo un 6%, más un margen adicional, pero lo reduce de cinco a tres puntos porcentuales.

 

La actual ley establece que para determinar la tasa anual de capital deben considerarse los siguientes aspectos: el riesgo sistemático de las actividades propias de las empresas concesionarias de servicio público de distribución de gas en relación al mercado, la tasa de rentabilidad libre de riesgo, y el premio por riesgo de mercado. La legislación agrega que esta tasa no deberá ser inferior al 6%.

 

 

Imprimir