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Comisión de Obras Públicas revisa sistema de pago de multas en obras concesionadas

Asimismo, esta instancia parlamentaria está estudiando mecanismos de compensación por cortes de suministro sin previo aviso por parte de empresas sanitarias

7 de junio de 2013

A la espera de una indicación que presentará el Ejecutivo se encuentra la Comisión de Obras Públicas respecto al proyecto que modifica le Ley N° 20.410, confirmando la vigencia inmediata de la norma que derogó la indemnización compensatoria por no pago de tarifa o peaje en obras concesionadas.

 

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El texto que se encuentra en primer trámite, y que la citada instancia legislativa comenzará a votar la próxima semana, consiste en un artículo único que busca evitar un error en el que están incurriendo los jueces de policía local al interpretar la ley.

 

La actual norma que modifica las concesiones de obras públicas en su artículo 42  derogó la idea original que permitía a las vías concesionadas cobrar 40 veces lo adeudado por no pago de peaje o tarifa.

 

Así este artículo hoy indica que “cuando el juez de policía local condene al pago de lo adeudado, aplicará una multa de cinco veces el citado monto; y en caso de reincidencia, esta multa aumentará a quince veces el monto” y a su vez establece que la multa no podrá exceder de 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, 801.700 pesos.

 

Sin embargo, algunos jueces aún cobran 40 veces la deuda considerando un artículo transitorio que indica que es potestad de la empresa concesionaria este cobro.

 

En tal sentido, el presidente de la Comisión, senador Alejandro García Huidobro admitió que “este es un problema complejo en los sistemas de cobranza de los tag que debe ser rectificado”.

 

Asimismo comentó que existe un problema con los dineros que son destinados a un fondo común municipal y a los respectivos municipios donde se emplazan las obras concesionadas, puesto que no todos los concesionados aceptaron las nuevas reglas del juego.

 

CORTES DE SUMINISTRO

 

Un segundo tema que revisó la Comisión fue el proyecto que busca compensar a los usuarios de servicios de distribución de agua potable cuando estas empresas interrumpan el suministro sin razones justificadas (Boletín N° 2357-09).

 

Esta iniciativa se encuentra en segundo trámite y se está a la espera que la Comisión emita un segundo informe donde analiza el articulado del proyecto. En este caso, también el Ejecutivo emitió una indicación que será revisada en detalle por esta instancia.

 

En términos generales esta observación, faculta a la Superintendencia de Servicios Sanitarios para suspender las denominadas fórmulas de tarifas en el caso que las empresas no presten en forma efectiva el servicio de tratamiento de aguas servidas.

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