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Ofician a la Corte Suprema para precisar cuántos casos de personas inhabilitadas para trabajar con niños no quedaron inscritos en el registro de pedófilos

La Comisión Especial de Seguridad Ciudadana recibió a director de la ONG “No más Abuso Sexual Infantil”. En tanto, el miércoles 5 de julio recibirá a representantes de la Corte Suprema y del Registro Civil.

29 de junio de 2017

Imagen foto_00000016Conocer con precisión cuántos son los casos de personas que, pese a que debieron quedar inscritas en el Registro de Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad, no aparecen registradas y escuchar las opiniones de los representantes de la Corte Suprema y del Registro Civil son algunas de las medidas que adoptó la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana.

 

La instancia sesiona en forma especial, en el marco de sus atribuciones de seguimiento de la ley, con el fin de considerar los problemas que ha enfrentado el funcionamiento del Registro de Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad (Artículo 39 bis del Código Penal) que estableció la ley N° 20.594.

 

En la primera sesión recibió al Director de la ONG “No Más Abuso Sexual Infantil”, José Fuentes y la diputada Karla Rubilar quienes expusieron diversos testimonios que establecen la reincidencia de condenados por estos delitos y que no apaceren en el Registro, además de antecedentes de demoras en los procesos de inscripción de hasta cuatro meses.

 

Los senadores Felipe Harboe y Alberto Espina, presidente e integrante de la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana, respectivamente, coincidieron en que se trata de hechos graves pues “genera dudas sobre la veracidad del Registro que se estableció por ley para que se llevara un detalle pormenorizado de los condenados por delitos sexuales contra menores que debían quedar inhabilitados temporalmente, o de por vida para acercarse a menores”.

 

El senador Harboe afirmó que el objetivo de este registro es que “cualquier ciudadano pueda consultar si una persona ha sido condenada por delitos sexuales y lo grave es que haya al menos, 7 jueces que no inscribieran a esos condenados en el registro especial y, por lo tanto, no se les puede inhabilitar para ejercer cargos o funciones con menores de edad”.

 

Agregó que “escuchamos a la ONG  “No Más Abuso Sexual Infantil” que nos dio varios antecedentes en cuanto a que estos no son los únicos casos y habría otros y, por lo tanto, invitamos para la próxima sesión del miércoles 5 de julio, entre las 14:00 y 16:00 horas al presidente de la Corte Suprema, el Director del Registro Civil y al Ministro de Justicia para poder conocer las distintas opiniones, pues hay casos donde los jueces habrían mandado a inscribir en el mencionado registro las condenas, pero tampoco se incorporaron”.

 

A la sesión asistió también la diputada Karla Rubilar, quien añadió que “a esto se agrega que la demora en los proceso de inscripción es de 4 meses entre que sale la condena y se incorpora al registro, no cual es incomprensible con los adelantos tecnológicos actuales”.

 

El senador Harboe recalcó que “aquí no hay un problema de la ley,  sino un incumplimiento grave de la ley por parte de jueces o de funcionarios del Registro Civil, por lo cual se decidió oficiar a la Corte Suprema para precisar cuántos son los casos de incumplimiento del registro y qué se ha hecho al respecto. Queremos conocer si se han ejercido acciones judiciales o si se han perseguido responsabilidades administrativas de esos jueces”.

 

Precisó que “el artículo N°372 del Código Penal es claro al establecer que hay delito de prevaricación del juez cuando falla en contra de la ley expresa y aquí creemos que hay ley expresa y, en consecuencia creemos que podría tipificarse este delito”.

 

A su turno, el senador Alberto Espina se mostró preocupado por los antecedentes recibidos ya que “estamos frente a un caso emblemático porque la legislación actual establece que cuando un delincuente que comete este tipo de delitos atroces contra menores y es condenado no solo va a la cárcel sino que tiene un periodo largo de tiempo o en forma perpetua una inhabilidad para trabajar cerca de menores de edad, la que debe quedar inscrita en un registro especial”.

 

Agregó que “la forma en que los establecimientos educacionales, los padres y la ciudadanía en general saben de dicha inhabilidad es a través de la consulta a un registro especial establecido por ley”.

 

 El parlamentario precisó que “la denuncia es que algunos jueces no habrían enviado al Registro Civil la resolución a la que está obligado, por lo tanto si no aparece, estas personas pudieron continuar acercándose a menores y reincidir. Eso es gravísimo”.

 

El senador Espina dijo que “por estas razones pedimos a la Corte Suprema y al Registro Civil que expliquen estos antecedentes ya que, de ser efectivas las denuncias respecto a que no están cumpliendo su función, van a ser duramente sancionados porque hubo personas que fueron víctimas debido a una negligencia inexcusable”.

 

No obstante, aclaró que “antes de emitir juicios escucharemos a las autoridades respectivas y una de las consultas que realizamos mediante oficio a la Corte Suprema es para saber el número de casos que están en esta situación de incumplimiento de inscripción en el registro. Se sabe de unos 12 pero puede ser una cifra superior”.

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