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Pacientes de zonas alejadas podrían contar con farmacias móviles

Así lo propone una moción de los senadores Rossi y Chahuán que busca facilitar el acceso a medicamentos. Actualmente 83 comunas del país no poseen este servicio

12 de agosto de 2013

Imagen foto_00000014A la luz de la discusión de la Ley de Fármacos han surgido una serie de temas respecto al acceso a los medicamentos. Uno de ellos es la necesidad de contar con farmacias en aquellas comunas alejadas de nuestro país.

 

Con este espíritu, los senadores Fulvio Rossi y Francisco Chahuán presentaron una moción que introduce cambios en nel Código Sanitario con el propósito de permitir el funcionamiento de farmacias móviles. Ahora, la Comisión de Salud, de la que forman partes los citados congresistas, deberá analizar su contenido.

 

La norma indica que “se hace necesario modificar el artículo 123 del Código Sanitario, permitiendo que las farmacias puedan disponer de estructuras móviles, para dar acceso a las 83 comunas del país que actualmente no cuentan con farmacias ni almacenes farmacéuticos”.

 

De acuerdo al texto, muchos de los habitantes que residen en localidades de menos de veinte mil habitantes, en múltiples oportunidades deben desplazarse hasta cincuenta kilómetros para adquirir algún medicamento. Esta situación resulta mucho más apremiante en el caso de pacientes afectados con patologías como diabetes o hipertensión arterial, que requieren de medicamentos en forma permanente.

 

Por esta razones, los parlamentarios plantean que se debe permitir que las farmacias puedan disponer de una infraestructura móvil, las que no deben descuidar cumplir con la normativa vigente de seguridad respecto a los medicamentos y su conservación, como asimismo en cuanto a sus instalaciones.

 

LEY DE FÁRMACOS

 

Cabe consignar que el proyecto de ley que modifica el Código Sanitario en materia de regulación a las farmacias (Boletín N° 6523-11) que está en tramitación, contempla el funcionamiento de farmacias móviles.

 

La iniciativa se encuentra en tercer trámite en la Comisión de Salud del Senado, donde se están analizando los cambios introducidos por la Cámara de Diputados. En el primer trámite, se introdujo la frase:

 

“En aquellos lugares donde no existan farmacias establecidas, podrán autorizarse farmacias itinerantes, las que corresponderán a estructuras móviles que se ubicarán en lugares y horarios autorizados expresamente por la autoridad sanitaria, facilitando el acceso de la población a los medicamentos, cumpliendo en todo caso las condiciones que al efecto establezca el respectivo reglamento”.

 

Este texto fue aprobado por la Cámara, por lo que hasta ahora forma parte de la última versión del proyecto. Independiente de ello, la presentación de esta moción permitiría precisar la legislación al respecto, independiente de lo que ocurra con la Ley de Fármacos.

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