Click acá para ir directamente al contenido

Financiamiento de la política: senadores ratifican delitos electorales que implican pérdida del escaño, penas de cárcel y multas

La Comisión de Probidad y Transparencia estableció multas de hasta el triple de los recursos obtenidos fuera de la ley y penas de presidio de hasta 3 años.

24 de noviembre de 2015

Con la definición de las conductas que conllevarán la pérdida del escaño en caso de infringir los límites del gasto electoral y la fijación de penas de presidio y multas, la Comisión sobre Probidad y Transparencia dio prácticamente por culminado el análisis del proyecto sobre fortalecimiento y transparencia de la democracia, más conocida como ley de financiamiento de la política. 

 

De acuerdo a lo aprobado por la Comisión se verán afectados por la cesación en el cargo, penas de presidio de entre 541 días a 3 años y multas del triple de la infracción, quienes usando procedimientos distintos a los contemplados en la ley otorguen u obtengan aportes para candidatos o partidos que excedan en un 50%  de lo permitido. En los casos de aportes entregados u obtenidos por una persona jurídica se aplicará la misma pena.

 

En tanto, el ofrecimiento o solicitud de los aportes fuera de la ley, será castigado con multa del doble de lo ofrecido o solicitado.

 

Por otra parte, quienes utilicen aportes o fondos públicos destinados para distintos fines, arriesgarán penas de 541 días a 3 años de cárcel. En tanto, los que a sabiendas se hayan beneficiado de tales actos, serán castigados con penas de 61 a 540 días de cárcel.

 

INFRACCIONES GRAVES

La Comisión también aprobó un catálogo de infracciones graves que también acarrearán la pérdida del escaño. Entre ellas se cuentan:

 

a)      Haber sobrepasado en un 25% el límite al gasto electoral permitido por la ley, siempre que dicho porcentaje sea superior a 40 UF.

 

b)      Haber sufrido el rechazo de la cuenta general de ingresos y gastos de campaña por contener una diferencia superior al 20% entre el gasto electoral declarado y lo determinado por el Servel.

 

c)      Recibir aportes de personas jurídicas

 

Durante la sesión de esta tarde, la Comisión de Probidad y Transparencia también aprobó una norma que establece la transparencia de los aportes públicos. Para ello señala que los aportes deberán contar por escrito y tendrán que consignar el nombre completo, cédula de identidad del aportante y deberán efectuarse a través del sistema de recepción de aportes del Servel por medio de transferencias electrónica o depósito bancario.

Cada candidato y partido deberá abrir una cuenta que tendrá como objeto exclusivo recibir los aportes de campaña y el Servel podrá tener acceso a ella para ver los movimientos.

 

MÁXIMAS SANCIONES

Al término de la sesión, los senadores Ignacio Walker y José García Ruminot, presidente e integrante de la Comisión de Probidad y Transparencia, respectivamente , destacaron las normas aprobadas señalando que con ellas se han extremado al máximo los niveles de sanciones para quienes infrinjan la ley.

 

“Hemos incorporado por primera vez el concepto de delitos electorales que no existían. Estos llevarán sanciones como presidio, multas, el doble o el triple de la infracción según el caso y pérdida del escaño. Aquí hay un nivel de exigencia y de sanción no solo desconocido en nuestra historia sino que bastante desconocido a nivel de la legislación comparada…Estamos en el nivel máximo de exigencia desde el punto de vista de  la sanción y de la  penalidad”, dijo el senador Walker.

 

En la misma línea, el senador García Ruminot manifestó que “la idea es garantizar a la ciudadanía procesos electorales que sean limpios, transparentes que tengan un financiamiento acorde con las normas que se están estableciendo de manera de evitar que se repitan situaciones como las que se han conocido y que tanto daño le causan a la democracia y tanto daño le causan al Congreso y a las instituciones en que su cuerpo directivo está integrado por personas elegidas en votaciones populares”.

 

Imprimir