Click acá para ir directamente al contenido

Prohibición a la publicidad de alimentos “altos en…” vuelve al Senado

La norma en tercer trámite plantea proteger la salud de los menores de 14 años, eliminando cualquier mensaje que pudiera incitar el consumo de estos productos.

23 de agosto de 2015

Imagen foto_00000014Luego de una extensa tramitación, los integrantes de la Comisión de Salud deberán retomar la discusión del proyecto –iniciado en mensaje- sobre publicidad de los alimentos. Esto luego que la Cámara Baja analizara el texto y planteara diversas modificaciones.

 

De esta forma el texto legar se encuentra cursando su tercer trámite. Si la citada instancia parlamentaria y la Sala rechazan esas modificaciones, será necesario conformar una Comisión Mixta que zanje las discrepancias entre ambos órganos.

 

Por ahora valga el ejercicio de revisar el contexto en que esta iniciativa se elaboró y cómo ha evolucionado el texto inicial.

 

¿POR QUÉ SURGIÓ ESTE PROYECTO?

 

Durante años se tramitó en el Congreso Nacional una ley que regulara el consumo de alimentos peligrosos para la salud. Así nació la ley de composición nutricional de los alimentos –más conocida como ley súper 8-, cuyo reglamento establece un nuevo etiquetado para los productos altos en sal, azúcar, grasas y calorías. La idea es que los consumidores compren informados entendiendo la citada información.

 

Pues bien, esta iniciativa contemplaba inicialmente también regular la publicidad de la industria alimentaria, sin embargo se optó por considerar esta materia en una nueva norma.

 

Así, en noviembre de 2011 ingresó al Senado una propuesta que básicamente buscaba proteger a los menores de edad de la publicidad de este tipo de alimentos, todo con el fin de evitar las consecuencias de una sobre ingesta.

 

¿QUÉ ETAPAS PASÓ EL PROYECTO?

 

En su primer trámite, el proyecto fue analizado por el Senado. En el segundo, por los diputados. En ambos trámites se introdujeron cambios.

 

¿CÓMO ESTÁ EL TEXTO AHORA?

 

La propuesta consta ahora con cinco artículos, luego que se le agregara uno nuevo en su último trámite.

 

En lo sustancial plantea:

  • Prohibir la publicidad de los alimentos altos en grasa, sal, azúcar y calorías (los que se especifican en el reglamento de la ley súper 8) que por su representación gráfica, símbolos y personajes se dirijan a menos de 14 años, por lo que busquen captar su atención.

 

  • Prohíbe la entrega gratuita de estos productos.

 

  • Toda acción de publicidad destinada a promover el consumo de estos alimentos, se podrá transmitir por radio y televisión entre las 22 horas y las 6 de la mañana siempre que no estén destinados a menores de 14 años.

 

  • De esto último solo se exceptúa aquella publicidad en el marco de eventos deportivos, culturales, artísticos o de beneficio social fuera de las 22 horas y las 6 de la mañana siempre que existan los siguientes requisitos:

  1. La actividad no sea organizada o financiada exclusivamente por la empresa interesada en la publicidad

  2. Que la publicidad no esté destinada exclusivamente a menores de 14 años

  3. Que ésta no exhiba situaciones de consumo

  4. Que acote a la promoción del nombre del producto

 

  • Prohíbe toda publicidad de alimentos  sucedáneos de la leche materna como fórmulas de inicio o de continuación hasta los 12 años.

 

¿QUÉ VIENE AHORA?

 

Estos cambios deberán ser votados por la Comisión de Salud del Senado. De rechazarse, esta instancia propondrá a la Sala hacer lo propio y solicitar la conformación de una Comisión Mixta, la que deberá zanjar las diferencias entre ambas Cámaras. De ser aprobado el texto, éste estaría en condiciones de transformarse en ley.

Imprimir