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Senadores plantean que asistencia de los ministros a las sesiones del poder legislativo sean obligatorias

La moción busca agregar un inciso a la Constitución Política, de manera que los representantes del Ejecutivo estén comprometidos a asistir cuando una comisión exponga sobre “asuntos pertenecientes a sus respectivos ámbitos de atribuciones”.

25 de abril de 2017

Imagen foto_00000014Debido a las inasistencias de los ministros a las sesiones de su competencia en el poder legislativo los senadores Carlos Bianchi, Francisco Chahuán y Baldo Prokurica  iniciaron una moción en la que proponen modificar la Constitución Política de la República, con el objetivo de modificar la obligatoriedad de la concurrencia de los ministros, tanto al Senado como a la Cámara de Diputados.

 

Actualmente el artículo 37 de la Constitución de la República, en su segundo inciso, señala que los ministros deberán asistir personalmente cuando la Cámara de Diputados o el Senado convoquen a sesiones especiales para informarse sobre asuntos que, perteneciendo al ámbito de atribuciones de las correspondientes Secretarías de Estado, acuerden tratar.

 

Según lo que señalan los legisladores, de este inciso se puede inferir que “la obligación de asistencia de los Ministros rige solo para las sesiones especiales de sala que sean convocadas por cualquiera de las cámaras”, pero que en diversas oportunidades las comisiones legislativas citan a los representantes de las carteras del Ejecutivo para exponer sobre asuntos de sus respectivos ámbitos de atribuciones, sin que ellos concurran a las sesiones.

 

Los senadores proponen por consiguiente, la inclusión de un tercer inciso en el artículo 37 de la Constitución Política de la República que establezca lo siguiente: "El mismo deber establecido en el inciso que antecede, regirá para los Ministros cuando sean citados por una comisión de la Cámara de Diputados o del Senado, para exponer sobre asuntos pertenecientes a sus respectivos ámbitos de atribuciones. En el evento de existir causales justificadas que les impida asistir a las sesiones para las que han sido citados, deberán excusarse con la antelación necesaria, caso en el cual deberán ser reemplazados por sus subrogantes legales. La infracción a esta obligaciones, serán sancionadas por la Contraloría General de la República, en conformidad a las normas de su ley orgánica constitucional, previo requerimiento de la cámara respectiva".

 

De esta manera, al ser solicitada la presencia de un ministro en una comisión del poder legislativo, éste deba concurrir obligatoriamente y en caso de no poder asistir, excusarse con la anticipación necesaria y siendo reemplazado por un subrogante legal.

 

La moción de los senadores Bianchi, Chahuán y Prokurica será debatida en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. 

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