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Proponen gratuidad para el trámite que permite alzar las prohibiciones para enajenar viviendas financiadas con subsidio

Los senadores Tuma, Montes, Ossandón, Pérez Varela e Ignacio Walker, presentaron una iniciativa que permite que una vez cumplidos los plazos de prohibiciones, los dueños puedan realizar el alzamiento sin costo.

10 de agosto de 2015

Imagen foto_00000015Con las exposiciones de la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile, y del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado continuará mañana martes con el estudio del proyecto que modifica el decreto ley Nº 2.833, en materia de alzamiento de prohibiciones de gravar, enajenar y celebrar actos y contratos en viviendas financiadas mediante subsidio habitacional.

 

Actualmente, las viviendas obtenidas a través de los subsidios habitacionales cuentan con una serie de prohibiciones que impiden a sus propietarios gravar, enajenar, ceder el uso o goce de la vivienda por un período que fluctúa entre los 5 y 10 años. Ello, con el objetivo de garantizar un uso adecuado de las viviendas y a su vez, asegurar el cumplimiento de la obligación de ocupación efectiva de los inmuebles.

 

No obstante, el alzamiento de las prohibiciones una vez cumplido el plazo, es un procedimiento regulado, pero se ha detectado que para algunas familias beneficiarias de los subsidios asociados, principalmente aquellas de mayor vulnerabilidad, su tramitación presenta dificultades tanto por los procedimientos como por el costo que implica.

 

Es por ello que los senadores Eugenio Tuma, Carlos Montes, Manuel José Ossandón, Víctor Pérez Varela e Ignacio Walker –todos integrantes de la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado- presentaron una moción que modifica el decreto ley N° 2.833, en materia de alzamiento de prohibiciones de gravar, enajenar y celebrar actos y contratos en viviendas financiadas mediante subsidio habitacional.

 

Según explican “este proyecto de ley tiene como objetivo establecer el alzamiento de las prohibiciones por el solo requerimiento del interesado y ampliar el régimen tarifario especial que abarque los alzamientos de los gravámenes y prohibiciones para las viviendas, no solo de propiedad del SERVIU y sus continuadores legales, sino también lo que han sido financiadas con recursos de esta entidad”.

 

En lo fundamental, la iniciativa plantea que “en el caso de prohibiciones de gravar, enajenar y celebrar actos y contratos por determinado periodo de tiempo, constituidas sobre viviendas financiadas a través del subsidio habitacional del Estado, transcurrido el plazo establecido se procederá a su alzamiento al sólo requerimiento del interesado, sin más trámite y siendo aplicables las normas establecidas en los artículos precedentes”.

 

Cabe recordar que el Estado de Chile ha desarrollado, históricamente, diversas iniciativas para la provisión de vivienda, especialmente de los sectores más vulnerables. Desde 1906 se implementaron las primeras medidas y en 1978 se implementó una política habitacional basada en el subsidio a la demanda, complementado con crédito y ahorro, aportado por los beneficiarios de estos programas.

 

Asimismo, las políticas habitacionales en Chile han permitido a través de los programas de subsidio el acceso a la vivienda de diversos sectores sociales, especialmente los más vulnerables.

 

Según cifras gubernamentales, entre 1990 y 2007, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo entregó 1.839.556 subsidios, sólo para el periodo 2011 y 2012 se otorgaron un total 63.606 subsidios, 34.853 destinadas a familias emergentes y 28.753 destinados a familias de clase media .

 

 

 

 

 

 

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