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Compromiso con la promoción y protección de los Derechos Humanos: despachan acuerdo del Mercosur

La Sala aprobó el convenio suscrito en Asunción Paraguay, en 2005 que enfatiza la cooperación en materia de políticas públicas.

4 de mayo de 2017

Imagen foto_00000014Fortalecer la cooperación entre los Estados Partes del Mercosur en materias de derechos humanos, permitiendo abrir un espacio de diálogo político y temático para promover el avance en las políticas públicas y de integración sobre esta materia y reafirmar la vigencia de las instituciones democráticas, es el fin del acuerdo internacional despachado por el Senado.

 

La Sala dio su aprobación al Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur, suscrito en Asunción, República del Paraguay, el 20 de junio de 2005.

 

De este modo, quedó en condiciones de ser remitido para su promulgación como Ley de la República.

 

Al respecto, el senador Hernán Larraín, precisó que este protocolo reafirma los principios y objetivos de diversos instrumentos internacionales, en relación al compromiso con la democracia. Asimismo, reconocen la universalidad, la indivisibilidad, la interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos, sean derechos económicos, sociales, culturales, civiles o políticos.

 

Contenido del Protocolo:

 

- Fortalece la institucionalidad del Mercosur en el ámbito de los derechos humanos.

 

- Dispone que la cooperación de las Partes comprenderá la promoción y protección efectiva de los derechos humanos y libertades fundamentales.

 

- El Protocolo se hará efectivo cuando se reconozcan graves y sistemáticas violaciones de los derechos humanos en una de las Partes, en situaciones de crisis institucional o durante la vigencia de estados de excepción.

 

- Estipula que las consultas entre los Estados Parte y la Parte afectada tienen como finalidad restablecer los derechos y las libertades amenazadas, disponiendo que en caso que éstas no resulten, las demás Partes podrán adoptar medidas para resolverlos.

 

- La naturaleza y el alcance de las medidas a aplicar serán consideradas por las demás Partes y comunicadas a la afectada, en relación a la gravedad de la situación y contemplarán desde la suspensión del derecho de participación en el proceso de integración, hasta la suspensión de los derechos y obligaciones del mismo.

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