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Domingo 13 de Octubre de 2013

Para nuevos candidatos: proponen que propaganda electoral parta 45 días antes de las elecciones

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Con esto, los postulantes a alcalde, concejal, consejero regional, diputado y senador que no se encuentren ejerciendo el cargo, podrán adelantar en 15 días su publicidad.

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Imagen foto_00000002A través de un proyecto de ley, el senador Francisco Chahuán propone comenzar la propaganda electoral desde el cuadragésimo quinto (45 días) y hasta el tercer día anterior al de la elección, ambos inclusive para los candidatos a alcalde, concejal, consejero regional, diputado y senador, que al momento de postular a dichos cargos, no se encuentren ejerciéndolos, y que no hayan sido candidatos en elecciones anteriores a los mismos cargos, o los hayan desempeñado.

 

En concreto, la moción modifica la Ley Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios con el fin de ampliar el plazo de propaganda electoral respecto de los candidatos que se encuentren en las situaciones descritas.

 

CONTEXTO

 

Al respecto, el senador Chahuán recordó que "el artículo 30 de la ley Nº 18.700, establece en su artículo 3º que la propaganda electoral por medio de la prensa, radioemisoras y canales de televisión sólo podrá efectuarse desde el trigésimo (30) y hasta el tercer día anterior al de la elección o plebiscito, ambos días inclusive".

 

En este contexto, el legislador hizo presente que "cuando los candidatos a dichos cargos optan a la reelección, cuentan con una ventaja electoral frente a quienes aspiran a desempeñarlos, ya que  tiene más cobertura mediática y por lo tanto goza de mayor conocimiento público ante los electores".

 

CANDIDATO INCUMBENTE V/S DESAFIANTE

 

De la iniciativa legal se desprende el concepto de "candidato incumbente",  fenómeno que se traduce en que al estar ejerciendo en propiedad el cargo al que le interesa acceder nuevamente, cuenta con una dosis de poder, mediante los contactos que ha logrado establecer con autoridades estatales y directores de los servicios que conforman la Administración Pública, lo que le permite promover o impulsar obras de carácter público y brindar servicios que por cierto, los electores valoran políticamente".

 

"En cambio ¿aclaró el legislador-  los candidatos que se pueden denominar como "desafiantes", además de no contar con esta especie de plataforma, deben darse a conocer a los potenciales electores, lo que indudablemente hace más difícil su labor de posicionamiento frente a la comunidad que participará en los respectivos comicios".

                       

Ante este escenario, el legislador reiteró que "estimamos que para corregir tal asimetría, que indudablemente puede constituir hasta una discriminación, los candidatos a los cargos antes señalados que no se encuentran desempeñando el cargo al que postulan, deben contar con un plazo de propaganda mayor, que se estima en la mitad del que se otorga a quienes van a la reelección".