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Martes 2 de Julio de 2024

Reforma al sistema notarial: Comisión aprueba norma sobre fijación de tarifas

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La Comisión de Constitución sigue con el estudio de las indicaciones presentadas al proyecto que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales.

Constitución y reforma a sistema notarial
Discusión en particular de reforma al sistema notarial y registral

Un significativo paso dio la Comisión de Constitución del Senado al aprobar una norma que regula la fijación de tarifas en el marco del estudio en particular del proyecto que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales y que plantea una reforma integral al sistema.

 

Cabe recordar que la instancia está realizando al menos dos sesiones semanales destinadas a analizar en particular el proyecto que cumple su segundo trámite y en ese contexto aprobó una indicación que regula el procedimiento de fijación de tarifas, uno de los temas más sentidos por los usuarios y que quedó en evidencia con el estudio realizado por la Fiscalía Nacional Económica para conocer el funcionamiento del sistema.

 

En lo fundamental, la disposición aprobada señala que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberá establecer mediante decreto fundado, previa consulta a la Fiscalía Judicial, y de acuerdo a los procedimientos y normas establecidas previamente con este fin, los precios máximos a cobrar por cada servicio. Este decreto tarifario deberá ser actualizado a lo menos cada dos años. 

 

Asimismo, se señala que la determinación de las tarifas deberá encontrarse precedida de un procedimiento objetivo y técnico, el cual deberá contar con la participación de expertos del mundo público y privado.

 

Se indica también que para la fijación de los precios máximos a considerar por cada servicio se deberá atender, entre otras, a la naturaleza diversa de las variadas actuaciones que la ley encarga a notarios, conservadores y archiveros y a las características específicas que presentan los mercados notarial y registral en las distintas zonas geográficas del país en atención al número de oficios de notarios, conservadores y archiveros presentes en cada una de estas; su número total de habitantes; la demanda real o potencial de servicios notariales y registrales; la presencia o cercanía a ciudades asiento de Corte y capitales regionales o provinciales; la naturaleza de las actividades económicas que se desarrollan en estas zonas y su concentración; y la situación de ruralidad y de acceso a centros urbanos. 

 

La norma aprobada señala que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos podrá clasificar a los oficios de notarios, conservadores o archiveros en categorías para efectos de establecer tarifas diferenciadas aplicables a cada una de estas. Esa categorización podrá efectuarse en atención a la naturaleza de la función que desempeñan estos oficios; su pertenencia a un mismo territorio jurisdiccional o zona geográfica; las características de la demanda que satisfacen; a su estructura de costos y utilidades, o a otros criterios objetivos de carácter técnico o económico.

 

Otro de los aspectos aprobados por la Comisión de Constitución dice relación con que el fiscal judicial, en virtud de las nuevas funciones que tendrá respecto de los notarios, conservadores y archiveros, deberá dar cuenta anual especialmente de la función de supervisión.